Términos y condiciones para servicios de construcción de AUDI MÉXICO, S.A. de C.V.
Términos y condiciones para servicios de construcción de AUDI MÉXICO, S.A. de C.V.
AUDI MÉXICO, S.A. DE C.V. y el CONTRATISTA, convienen en que los términos y condiciones que a continuación se establecen, regirán para la(s) operación(es) acordada(s) entre dichas partes vía electrónica y en su defecto a través de documentos físicos convenidos por escrito con las áreas de Real Estate Plannig de AUDI MÉXICO y/o Planeación Ingeniería de Planta y las demás áreas involucradas de ambas partes, salvo que estos términos y condiciones se opongan a lo convenido en el documento electrónico o escrito denominado orden de compra , que las partes hayan otorgado y convenido y/o a lo acordado por las partes en otros contrato(s) y/o documento(s) específico(s) celebrado(s) entre ellas y relacionado(s) con la ORDEN DE COMPRA y/o con dicho(s) contrato(s).
1. DEFINICIONES.
Para los efectos de los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, mismos que forman parte integrante de la ORDEN DE COMPRA, las siguientes palabras tendrán los significados que a continuación se les atribuye:
ÁREA TÉCNICA DE AUDI MÉXICO: Es el área encargada de todo el proyecto en la especialidad aplicable, desde el desarrollo del concepto hasta la entrega final. En el caso de AUDI MÉXICO se denomina Real Estate Planning, denomina Planeación Ingeniería de Planta.
AUDI MÉXICO: Significa la persona moral denominada AUDI MÉXICO, S.A. DE C.V.
BITÁCORAS DE OBRAS: Serán los únicos documentos en el que se consignará el progreso de las OBRAS, así como el apropiado cumplimiento con las ESPECIFICACIONES y las observaciones en relación con las OBRAS hechas por las PARTES. Las BITÁCORAS DE OBRAS serán elaboradas y firmadas por el SUPERVISOR y por el DIRECTOR DE OBRA, además del área de Planeación de Audi; y en caso de estudios y/o ingenierías, deben ser firmadas por el Director Responsable de Obra (DRO) designado por AUDI MÉXICO.
CONCEPTOS ADICIONALES DE OBRA: Significa los volúmenes excedentes ya contratados y listados en el catálogo de precios negociados con el área de compras en la Orden de Compra original del proyecto. Estos conceptos adicionales podrán ser como máximo de un 20% del monto total de la obra, tomando en consideración el pre-finiquito o también conocido como el Plus-Minus del proyecto.
CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS DE OBRA: Significa los volúmenes o partidas no incluidas en el alcance original, pero que son necesarias para la correcta entrega del producto o servicio contratado. Estos conceptos extraordinarios antes de ser ejecutados, obligatoriamente deben ser negociados y aprobados por el área de Compras, para lo cual
el CONTRATISTA deberá presentar la tarjeta de precios unitarios con el debido respaldo para ser avalado técnicamente y después comercialmente.
CONTRATISTA: Persona física o moral que suministra bienes y/o servicios de construcción, y que se identifica como tal en la ORDEN DE COMPRA.
DÍA: Significa un día calendario.
DIRECTOR DE OBRA: Es la persona designada por el CONTRATISTA para efectos de representación, responsable de la realización y ejecución de las OBRAS, quien deberá estar presente en el SITIO desde la FECHA DE INICIO hasta el TIEMPO DE TERMINACIÓN.
DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA (DRO): Es la persona física o moral que es designada por AUDI MÉXICO como responsable de vigilar el proceso constructivo y que las OBRAS se realicen con apego a la normatividad vigente. El DRO deberá contar con registros ante la autoridad correspondiente en el municipio o delegación o alcaldía que le corresponda en virtud de la localización de las obras ya sean realizadas por AUDI MÉXICO.
DOCUMENTACIÓN: Cualquier documento que se realice adicionalmente a la ORDEN DE COMPRA y a los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, ya sea por medios físicos o por vía electrónica pudiendo ser, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
i. Alcances de trabajo
ii. Cuadernos de requerimientos (en lo sucesivo Lastenheft);
iii. Leyes y Normas Oficiales Mexicanas
iv. Normas aplicables de acuerdo con la especialidad (Internacionales o corporativas)
v. Catálogos de especificaciones
vi. Especificaciones
vii. Dibujos, PLANOS, diseños
viii. Programas de entrega
ix. Homologaciones técnicas
x. Licitaciones;
xi. Cotizaciones;
xii. Cartas de nominación;
xiii. Protocolos de negociación
xiv. Acuerdos de comercialización;
xv. Matriz RACI;
xvi. Requerimientos establecidos en el portal de proveedores publicados en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx incluyendo lo relativo al registro en dicha plataforma u otras del Grupo AUDI así como el uso de las mismas, en lo que no se oponga a lo previsto en la ORDEN DE COMPRA y cualquier anexo adicional que AUDI MÉXICO o VWM determine.
xvii. Requerimientos para la cotización de proveedores vía Electronic Supplier Link (ESL) (cuando resulte aplicable al proceso de contratación)
xviii. Cualquier anexo adicional que AUDI MÉXICO o VOLKSWAGEN DE MÉXICO determine, particularmente En: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/xxx-xxx pub/es/kbp_public/information/procurement_conditions_new/AUDI_ag.html y xxxx://xxx0-xxx.xx.xxx.xx/;x
xix. En general, cualquier otra información, contenida en medios electrónicos o impresos que reciba EL CONTRATISTA o acuerden los departamentos afectados de ambas partes, para efectos de la realización de la negociación u operación de la ORDEN DE COMPRA, debiendo contar siempre con la aprobación previa y por escrito de la Dirección de Asuntos Legales de AUDI MÉXICO.
DOCUMENTOS DE LAS OBRAS: Significa en conjunto, los cálculos, programas de computación y/o software, PLANOS, PROPUESTA TÉCNICA, manuales, precios, modelos y otros documentos elaborados por el CONTRATISTA de conformidad con la ORDEN DE COMPRA y las ESPECIFICACIONES entre los que enuncian, pero no se limitan a Lastenheft, Manual de Seguridad para Contratistas, Manuales y Condiciones Ambientales; Procedimientos de HLS y los requerimientos de AUDI MÉXICO.
ENTREGA RECEPCIÓN: Es el acto en el que el CONTRATISTA entregará finalizada(s) la(s) OBRA(S) a AUDI MÉXICO de conformidad con la ORDEN DE COMPRA, mediante un documento llamado PROTOCOLO DE ENTREGA DE OBRA.
EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN: Significa la mano de obra, así como todos los aparatos, maquinaria, vehículos, instalaciones provisionales u otros elementos requeridos para la ejecución de las OBRAS mas no incluye MATERIALES.
ESPECIFICACIONES: Son los documentos que contienen los procedimientos, lineamientos y requerimientos técnicos a los que deberá apegarse el CONTRATISTA para la ejecución de las OBRAS, conforme a la ORDEN DE COMPRA.
FACTURA. Documento donde se detallan los bienes vendidos o los servicios prestados y su precio, que se entrega como justificante del pago realizado por AUDI MÉXICO, de acuerdo con la legislación aplicable en la jurisdicción de EL CONTRATISTA y que permita su deducibilidad fiscal.
FECHA DE INICIO: Significa la fecha en que el CONTRATISTA se obliga a iniciar la ejecución de las OBRAS, misma que será un plazo no mayor a 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de la fecha de expedición de la ORDEN DE COMPRA. El inicio estará pautado por la realización de la junta de Kick Off, en el entendido que la ejecución física de las obras dependerá de las dimensiones y características del proyecto.
GRUPO AUDI. Grupo de entidades filiales, subsidiarias y/o afiliadas de AUDI AG a nivel mundial.
MATERIALES: Significa aquella materia prima y productos manufacturados que serán empleados para la ejecución de las OBRAS, los cuales deberán cumplir con los estándares de calidad requeridos y autorizados por AUDI MÉXICO XICO y la legislación aplicable.
MUESTRAS: Todos aquellos elementos que se consideren como ejemplo o modelo de los bienes y/o servicios que le sean solicitados al CONTRATISTA a través de la ORDEN DE COMPRA.
NÚMEROS GENERADORES: se refiere a las representaciones gráficas y contables que indican las cantidades de MATERIALES, EQUIPOS DE CONSTRUCCIÓN que se emplearon para realizar LAS OBRAS y que el CONTRATISTA, pretende demostrar para el cobro de los avances de LAS OBRAS
OBRA/OBRAS: Significa todo el trabajo y diseño (en su caso) a ser realizado por el CONTRATISTA conforme a la ORDEN DE COMPRA y cualquier VARIACIÓN en su caso.
ORDEN DE COMPRA: El documento celebrado vía electrónica (a través de los sistemas y/o medios indicados por AUDI MÉXICO de tiempo en tiempo) o por escrito en documento físico, el cual puede consignar una negociación o pedido sobre bienes y/o servicios (con o sin costo) acordados con EL CONTRATISTA, bajo los términos y condiciones contenidas en dicho documento y con las especificaciones y/o modificaciones que se contengan en la DOCUMENTACIÓN relacionada.
PARTES: Significa AUDI MÉXICO y el CONTRATISTA.
PLANOS: Significa los gráficos elaborados y proporcionados por el CONTRATISTA de las OBRAS, así como cualquier VARIACIÓN de dichos PLANOS en su caso.
PLANOS AS BUILT: Significa de lo gráficos elaborados por el contratista al término de las OBRAS, donde se incluyen todos los cambios autorizados por el AUDI MÉXICO.
PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD: Se refiere al lapso de tiempo otorgada por el CONTRATISTA, tal y como se establezca en la ORDEN DE COMPRA, la cual se contará a partir de la ENTREGA RECEPCIÓN con base al PROTOCOLO DE ENTREGA DE OBRA.
PRECIO DE LA OBRA: Significa la cantidad acordada especificada en la ORDEN DE COMPRA por la ejecución de las OBRAS, incluyendo la reparación de cualquier defecto, así como los ajustes en su caso, de acuerdo con los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS: Se refiere al programa calendarizado por las PARTES al cual el CONTRATISTA deberá apegarse para la ejecución de las OBRAS.
PROPUESTA TÉCNICA: Es el documento de naturaleza técnica elaborado por el CONTRATISTA de acuerdo a los requerimientos y ESPECIFICACIONES (Lastenheft) de AUDI MÉXICO.
PROTOCOLO DE ENTREGA DE OBRA: Documento que avala la terminación y entrega de instalaciones del proyecto a las áreas cliente y áreas involucradas, con las firmas correspondientes.
SITIO: Significa el lugar señalado por AUDI MÉXICO en el cual las OBRAS habrán de ejecutarse, y está localizado en [*]; San Xxxx Xxxxxx, Puebla, con una superficie total de [*] m2, así como cualquier otro lugar que se especifique en la ORDEN DE COMPRA, que forma parte del SITIO.
SUPERVISOR: Se refiere a la persona física o moral designada por AUDI MÉXICO para la supervisión de las OBRAS conforme a lo previsto en los TÉRMINOS Y CONDICIONES.
TIEMPO DE TERMINACIÓN: Significa el plazo en el cual el CONTRATISTA deberá haber concluido con las OBRAS a satisfacción de AUDI MÉXICO y que se establecerá en la ORDEN DE COMPRA, contado a partir de la FECHA DE INICIO.
TÉRMINOS Y CONDICIONES: Las presentes reglas de carácter general, y obligatorias entre las partes que forman parte integrante de la ORDEN DE COMPRA.
VARIACIÓN: Significa un cambio a las ESPECIFICACIONES y/o PLANOS y/o DOCUMENTOS DE CONSTRUCCIÓN solicitado por escrito por AUDI MÉXICO o a propuesta en su caso, por el CONTRATISTA.
2. DECLARACIONES DEL CONTRATISTA SOBRE LA OFERTA DE LICITACIÓN.
Al presentar la oferta de licitación el CONTRATISTA acepta que:
i. Está familiarizado con los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, así como con la tabla de servicios de la licitación de las Condiciones Técnicas Adicionales del Contrato (CTAC), incluidos todos sus anexos, y que las cumple en la prestación de los servicios contractuales y que son de su conformidad;
ii. Puede cumplir con todos los servicios ofrecidos a su debido tiempo y que todos los servicios estén incluidos en los documentos de licitación de forma tan completa e inequívoca como sea necesario para la presentación de una oferta libre de errores
sin que haya informado a AUDI MÉXICO de cualquier ambigüedad y/o inexactitud que pueda surgir;
iii. Ha comprobado la integridad de la oferta de licitación y que la misma no está incompleta ni es ambigua; que la ha leído completamente y que todas las preguntas pueden aclararse con el autor del plan y que la acepta como jurídicamente vinculante, presentando su oferta como base de la ORDEN DE COMPRA. Por lo anterior el CONTRATISTA no podrá reclamar ambigüedades en los documentos de la licitación después de presentar su oferta;
iv. Cumple debidamente con sus obligaciones legales y fiscales como pago de impuestos y cuotas de seguridad social, así como del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y que mantiene los certificados apropiados para demostrar el debido cumplimiento de estas obligaciones;
v. Se ha familiarizado con las condiciones locales y ha visitado el SITIO y, en particular, ha determinado la ubicación de las líneas públicas de suministro y eliminación de residuos y similares;
vi. Debe garantizar contractualmente de manera adecuada que los subcontratistas encargados por el CONTRATISTA, también acepten las obligaciones antes mencionadas como vinculantes;
vii. En el caso de consorcio de contratistas, que se ha designado a un representante autorizado, quien deberá tener las facultades para recibir pagos en representación del consorcio de contratistas; los miembros del consorcio de contratistas serán responsables solidariamente de la ejecución de la ORDEN DE COMPRA y estarán directamente obligados a prestar los servicios contractuales; y
viii. No se han celebrado acuerdos sobre precios a la fecha.
2.1 En caso de incumplimiento de las obligaciones descritas anteriormente, el CONTRATISTA indemnizará a AUDI MÉXICO por todas las reclamaciones presentadas en su contra y por todos los daños y perjuicios sufridos por estas, en este sentido. En particular, el CONTRATISTA se compromete, en caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas por parte del CONTRATISTA o de un subcontratista encargado por él, a tomar medidas en coordinación con AUDI MÉXICO para que los efectos del incumplimiento de la obligación sean lo más bajos posible. Además, en caso de incumplimiento de obligaciones derivadas de las declaraciones del CONTRATISTA, AUDI MÉXICO tendrán derecho a una rescisión extraordinaria de la ORDEN DE COMPRA.
3. PROCEDIMIENTO DE OFERTA DE LICITACIÓN
La licitación se lleva a cabo por el área de compras de Volkswagen de México, S.A. de C.V., ya sea a su nombre y por su cuenta o a nombre y por cuenta de AUDI MÉXICO, especificando que, la oferta de licitación del CONTRATISTA se aplicará exclusivamente para AUDI MÉXICO.
3.1 El CONTRATISTA deberá observar los siguientes puntos al preparar la oferta de licitación:
i. La oferta de licitación debe realizarse sobre la base del Código Civil Federal y de demás documentos aplicables.
ii. Al presentar la oferta de licitación, el CONTRATISTA reconoce y acepta su conformidad sobre estos TÉRMINOS Y CONDICIONES y las Condiciones Generales de Compra de AUDI MÉXICO, en su versión vigente. Esto también se aplicará a las posibles ofertas complementarias o adicionales y a las modificaciones de los pedidos.
iii. Todos los documentos de la licitación y sus copias no podrán transmitirse a terceros ni publicarse sin el consentimiento previo por escrito de AUDI MÉXICO. Lo mismo se aplica a la información del CONTRATISTA, sus subcontratistas y proveedores, tales como especificaciones, planos, fotos, dibujos, entre otras.
iv. La oferta de licitación será vinculante, sin embargo, lo solicitado en la licitación siempre prevalecerá sobre lo ofertado por el CONTRATISTA;
v. La oferta de licitación se presentará a través de las siguientes variantes:
● En el caso de ofertas: a través de la plataforma comercial xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx donde deberá ingresarse en la plataforma a más tardar en el plazo límite que se establezca para cada oferta.
● En el caso de oferta de licitación por correo electrónico: la oferta de licitación deberá firmarse y enviarse a la dirección indicada en atención de quien solicita la oferta.
vi. Los documentos de la oferta de licitación deben ser procesados en el formato en el que fueron entregados por AUDI MÉXICO (XLS, DOC, XML y PDF de acuerdo con el tipo de documento a procesar), de lo contrario se calificará como técnicamente no aprobado al CONTRATISTA y se desechará automáticamente la oferta de licitación sin responsabilidad alguna para AUDI MÉXICO.
vii. La oferta de licitación deberá indicar el nombre de la empresa, el domicilio social y domicilio convencional, la persona de contacto autorizada, la carátula del Registro Federal de Contribuyente (clave de identificación fiscal), el número de registro y el número de cuenta bancaria, así como acta constitutiva y reformas a sus estatutos y escrituras notariales de donde se desprendan las facultades de sus representantes legales.
viii. AUDI MÉXICO se reservan el derecho de adjudicar servicios parciales.
ix. El CONTRATISTA se compromete, mediante la presentación de la oferta de licitación, a que en caso de que se le adjudique la ORDEN DE COMPRA, a:
● Realizar las OBRAS en los términos y condiciones solicitados en el Lastenheft y los contenidos en la oferta de licitación en cada caso;
● Designar al DIRECTOR DE OBRA responsable, de conformidad con la normativa de construcción respectiva. El CONTRATISTA está obligado a proporcionar un DIRECTOR DE OBRA de habla española que comprenda el idioma inglés y/x xxxxxx, que debe estar siempre a disposición de AUDI MÉXICO;
Específicamente para AUDI MÉXICO, el CONTRATISTA deberá comunicar la información relevante del proyecto a todas las partes involucradas a través del software: think project! (denominación interna VOR para espacio de objetos virtuales)*.
*En caso de que EL CONTRATISTA tenga alguna pregunta sobre el Sistema VOR (no preguntas generales sobre el proyecto) deberá ponerse en contacto con el planificador responsable) en la siguiente dirección xxx-xxxxxxx@xxxx.xx
Para darse de alta en el sistema, el CONTRATISTA se compromete a ponerse en contacto con la empresa think project! GmbH inmediatamente después de la adjudicación de la ORDEN DE COMPRA en el siguiente link: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xx/
4. DE LA OFERTA DE LICITACIÓN
4.1 Información general
Las OBRAS deberán ser llevadas a cabo por un CONTRATISTA o un consorcio de contratistas, que cuente con todos los requisitos legales para celebrar contratos y realizar trabajos de construcción en una fecha fija y sujeto a las siguientes condiciones y documentos, respectos de la licitación:
- La oferta de licitación es gratuita y no vinculante para AUDI MÉXICO.
- Todos los documentos incluidos y/o mencionados en el Lastenheft, el CONTRATISTA los conoce y entiende; aquellos que se entreguen posteriormente, tendrán por objeto proporcionar explicaciones adicionales a las descripciones entregadas originalmente y se considerarán como suplementos para garantizar los aspectos funcionales de construcción necesarios.
- Al presentar su oferta de licitación, el CONTRATISTA declara que estará obligado a ella durante 3 (tres) meses a partir de la presentación del Lastenheft y de la oferta de licitación en la plataforma comercial o de la recepción postal de la oferta de licitación por parte de AUDI MÉXICO.
- El CONTRATISTA está obligado a cumplir con toda la normatividad mexicana, así como la indicada en el Lastenheft, siendo el Lastenheft el que tenga prioridad.
- La oferta de licitación se hará exclusivamente sobre la base de la licitación de AUDI MÉXICO y el Lastenheft correspondiente. El CONTRATISTA debe respetar la descripción de las OBRAS y la redacción de la licitación. En caso de variaciones, deberá presentar un escrito aclaratorio adicional a la oferta de licitación en donde se especifiquen expresamente dichas variaciones y deberán ser aclaradas a más tardar durante la homologación técnica.
- Si el CONTRATISTA durante la preparación de la oferta de licitación, encuentra que el alcance de la licitación no puede ser cumplido, deberá indicarlo claramente. Las dudas deben aclararse con el área técnica de AUDI MÉXICO antes de presentar la oferta de licitación y no serán aplicables notas o exclusiones que el CONTRATISTA indique en su oferta de licitación; para este efecto deberá realizarse una junta aclaratoria del proyecto, además de una visita en campo con las empresas CONTRATISTAS, antes de enviar su oferta de licitación.
- Al presentar la Oferta, el CONTRATISTA declara que si le fue posible determinar los precios sin duda alguna sobre la base de los documentos de licitación disponibles y que tuvo la oportunidad de informarse sobre las condiciones locales y la viabilidad de los servicios, en particular con respecto a los aspectos técnicos, de programación, logísticos de operación, de seguridad industrial y jurídicos de la construcción de las OBRAS. La oferta de licitación se basará en el Lastenheft, todos los planos, demás documentos e instrucciones de ejecución que se hayan puesto a disposición del CONTRATISTA a efectos de la elaboración y seguimiento de la oferta de licitación.
- No se reconocerán OBRAS y/o servicios adicionales que resulten por el desconocimiento de la información contenida en la licitación.
- Si la oferta de licitación es presentada por un consorcio de contratistas, se deberá indicar en la oferta de licitación el nombre del CONTRATISTA principal así como el nombre de todos los participantes. La oferta de licitación deberá estar firmada por todos los miembros del consorcio de contratistas, y todos serán solidariamente responsables de la correcta y completa ejecución de la ORDEN DE COMPRA correspondiente. El CONTRATISTA principal se considerará el autorizado ante AUDI MÉXICO para representar al consorcio y a cada uno de sus miembros.
- La formación de consorcios después de la presentación de la oferta de licitación sólo se permite con el consentimiento previo y por escrito de AUDI MÉXICO. Esto no constituye una razón justificable para demorar los trabajos y la entrega de las OBRAS más allá del TIEMPO DE TERMINACIÓN e indicado en la ORDEN DE COMPRA.
- Los servicios ofertados serán en la modalidad de precios unitarios fijos.
- Para el importe final neto, se incluirá el importe final bruto y el Impuesto Sobre el Valor Agregado en su caso, o cualquier otro impuesto aplicable, se deberá de indicar por separado.
- AUDI MÉXICO se reservan el derecho de designar por escrito a él o los proveedores para el suministro de los MATERIALES; solamente en este caso, será responsabilidad de AUDI MÉXICO la idoneidad de los mismos.
- Dichos MATERIALES deberán ser de las marcas autorizadas por AUDI MÉXICO, y cumplir con los estándares de calidad emitidos por las autoridades mexicanas, contemplados en normas oficiales aplicables y/o avalados o aprobados por asociaciones industriales. Asimismo, el CONTRATISTA será responsable de los volúmenes y/o cantidad de los MATERIALES necesarios para la ejecución de las OBRA, garantizando que su calidad sea la adecuada para dicha ejecución. Si los MATERIALES no cumplen con lo anterior, el CONTRATISTA deberá, bajo su propio riesgo y costo, subsanar el incumplimiento y asegurar que los MATERIALES sean reemplazados y se apeguen a los términos y condiciones establecidos. Lo anterior en ningún caso se entenderá como una extensión al TIEMPO DE TERMINACIÓN establecido entre las partes.
- Los precios deberán incluir todos los costos y gastos relacionados con la construcción de las OBRAS, incluyendo la obtención de todos y cualquier permiso necesario relacionados con lo anterior.
- Los precios unitarios son precios fijos durante el TIEMPO DE TERMINACIÓN hasta la aceptación total de las OBRAS.
4.2 Condiciones opcionales
Si se acuerdan condiciones opcionales en el curso de las negociaciones, ya sea i) ampliación al TIEMPO DE TERMINACIÓN o ii) una opción de actualización del PRECIO DE LA OBRA, se deberán establecer las siguientes disposiciones en la ORDEN COMPRA correspondiente:
i) Ampliación al TIEMPO DE TERMINACIÓN:
AUDI MÉXICO se reservan el derecho de ampliar el TIEMPO DE TERMINACIÓN por [*], sujeto a las mismas condiciones y precios hasta por un plazo que vencerá precisamente el (DD.MM.AAAA), a petición expresa y por escrito que reciban por parte del CONTRATISTA. En tal caso, sólo se requiere la declaración por escrito por parte de AUDI MÉXICO otorgando al CONTRATISTA tal ampliación al TIEMPO DE TERMINACIÓN o en su defecto, en el caso de AUDI MÉXICO, que ha instruido a VOLKSWAGEN DE MÉXICO para ejercer tal derecho, en su nombre y representación.
ii) Actualización del PRECIO DE LA OBRA:
AUDI MÉXICO se reservan el derecho de negociar el PRECIO DE LA OBRA ofertado por el CONTRATISTA para elegir un precio objetivo (Target) o solicitar un porcentaje de descuento, estableciendo una fecha y hora límite para la presentación del nuevo PRECIO.
Los PRECIOS DE LA OBRA establecidos deberán ser acordados previamente a la fecha antes mencionada. Para ejercer dicho derecho, sólo se requiere una declaración por escrito de AUDI MÉXICO al CONTRATISTA, explicando que AUDI MÉXICO por este medio hace uso de su derecho de opción de actualización de precios; sin embargo, AUDI MÉXICO no tendrá la obligación de ejercer su derecho de opción de aplicación de precios.
4.3 Ofertas alternativas
- La presentación de ofertas alternativas y subsidiarias, así como de ofertas especiales, estará permitida en relación con la presentación de la oferta principal y se explicará en un escrito aclaratorio en cada caso.
- Si el CONTRATISTA considera adecuado, podrá proponer variaciones al diseño, equipos, accesorios, cálculo u otros detalles de las OBRAS según corresponda, respecto a los documentos de la licitación o de la planificación del proyecto, siempre en apego al cumplimiento de marcas autorizadas por AUDI MÉXICO y de todas las normas aplicables. Las variaciones a proponer deben mantener en todo momento el propósito establecido por AUDI MÉXICO, la función de la parte individual modificada en el proyecto, equipo o instalación, además del efecto arquitectónico, según corresponda. Las desviaciones a la descripción de las OBRAS deben ser descritas en detalle y en su totalidad.
- El CONTRATISTA deberá documentar, justificar y presentar las variaciones propuestas antes de realizar las homologaciones técnicas, al planeador responsable del proyecto del área técnica correspondiente de AUDI MÉXICO, además del DRO en proyectos de Obra Civil y/o estructurales o según aplique, a fin de que sean revisadas y validadas técnicamente, sin que esto signifique, en principio, su aprobación tácita para considerarse en el proyecto, por lo que estas propuestas no serán compartidas a los otros CONTRATISTAS participantes en la licitación, hasta que sean aprobadas.
- En caso de que las propuestas del CONTRATISTA sean validadas por el área técnica de AUDI MÉXICO, para que puedan ser consideradas como aceptadas, deben contar con el Visto Bueno del Gerente del área técnica correspondiente. En este caso, será considerado como un cambio al alcance del Lastenheft y deberá reiniciarse el proceso de licitación, dando a conocer el nuevo Lastenheft a los
CONTRATISTAS participantes en la licitación, tomando en cuenta los tiempos para entregar sus ofertas y el plazo para la ejecución del proyecto.
5. ACEPTACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Si AUDI MÉXICO acepta la oferta de licitación, el CONTRATISTA deberá confirmar su oferta de licitación a través de los sistemas electrónicos designados por AUDI MÉXICO mediante el envío de la ORDEN DE COMPRA firmada al calce o por cualquiera de los siguientes supuestos:
5.1 El CONSTRUCTOR tendrá un lapso de 3 (tres) días hábiles para notificar alguna inconformidad y en caso de no recibirse notificación por escrito, se tendrá por entendido que el CONSTRUCTOR ha aceptado todas las condiciones estipuladas en la ORDEN DE COMPRA y los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
5.2 Si el pago del anticipo por parte de AUDI MÉXICO a favor del CONTRATISTA no es devuelto dentro de las siguientes 72 (setenta y dos) horas posteriores a su realización, se entenderá como la aceptación tácita del CONTRATISTA de la ORDEN DE COMPRA y su aceptación a los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
5.3 El inicio de la construcción de las OBRAS por parte del CONTRATISTA se entenderá como la aceptación tácita del CONTRATISTA de la ORDEN DE COMPRA y su aceptación a los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
5.4 Una vez aceptada la oferta de licitación, AUDI MÉXICO emitirá la ORDEN DE COMPRA correspondiente, misma que será jurídicamente vinculante y obligatoria para ambas PARTES cuando haya sido confirmada por el CONTRATISTA.
5.5 En el desarrollo de las OBRAS, el CONTRATISTA se obliga a apegarse al estado más actual de la ciencia y tecnología, las bases de rentabilidad, ahorro y funcionalidad, siendo responsable de la aplicación de todas las normas y reglamentos vigentes por enunciar pero sin limitar a las Normas Oficiales Mexicana (NOM), Reglamento de Construcción para el Distrito Federal y sus Normas Técnicas Complementarias, la
N.F.P.A. en materia de protección contra incendios, NEC en materia de Instalaciones eléctricas, Manuales de prevención de accidentes, IMC, IPC, ASME, ASHRAE , y de ejecución de obra y montaje en su caso en el entendido de que siempre prevalecerán las indicadas en el Lastenheft.
5.6 El CONTRATISTA manifiesta que es su libre voluntad obligarse y aceptar los TÉRMINOS Y CONDICIONES aquí establecidos, reconociendo que tuvo conocimiento previo de los mismos, de los DOCUMENTOS DE LA OBRAS y la DOCUMENTACIÓN, aceptando que las disposiciones contenidas en los mismos formarán parte de la ORDEN DE COMPRA; y que en caso de que existan disposiciones distintas entre la
ORDEN DE COMPRA y los TÉRMINOS Y CONDICIONES, prevalecerán las establecidas en los TÉRMINOS Y CONDICIONES.
5.7 La ORDEN DE COMPRA sólo crea obligaciones y derechos entre las PARTES, por lo que en caso de que el CONTRATISTA no cuente con autorización previa y por escrito de AUDI MÉXICO, no podrá ceder total o parcialmente las obligaciones y/o derechos que adquiere derivado de la ORDEN DE COMPRA, ni derechos u obligaciones adquiridos con terceros, originados a través de la misma, ni para subcontratar con terceros para su ejecución.
5.8 Asimismo, manifiesta el CONTRATISTA que no resultan aplicables sus condiciones de venta o suministro o cualesquiera otras condiciones, salvo acuerdos expresamente otorgados por escrito entre las partes, ya sea a través del área de Compras de AUDI MÉXICO y/u otros documentos otorgados por los representantes legalmente facultados de las partes.
6. DOCUMENTOS TÉCNICOS VINCULANTES A LA ORDEN DE COMPRA
I. El idioma oficial de la ORDEN DE COMPRA será preferentemente el español, seguido del idioma inglés como alternativa.
II. Bases y ordenamientos técnicos cronológicos para la oferta y posteriormente de la orden de compra que se citan de manera enunciativa y no limitativa, dependiendo de la especialidad y que serán entregados o enunciados por las áreas técnicas al inicio de la Licitación y/o a más tardar en la homologación técnica
- Lastenheft y sus anexos correspondientes o Licitación de AUDI MÉXICO;
- Cualquier otra correspondencia previa a la ORDEN DE COMPRA, siempre que AUDI MÉXICO hayan consentido expresamente y por escrito respecto a su contenido;
- La tabla de servicios o catálogo para la licitación con las condiciones técnicas adicionales, incluidos todos los anexos;
- Todas las especificaciones técnicas internacionales (ISO) y Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) aplicables;
- Términos y condiciones de compra generales de AUDI MÉXICO, en la versión actualmente válida;
- Requisitos de seguridad para empresas externas de AUDI MÉXICO en la versión actualmente válida;
- Normatividad aplicable en materia ambiental;
- Listas de asistencia a recorridos solicitados en el Lastenheft;
- Protocolo de homologación técnica;
- Boletines técnicos de aclaraciones y/o minuta de aclaraciones;
- La oferta de licitación del CONTRATISTA;
- Acta de las negociaciones;
En caso de contradicciones entre la ORDEN DE COMPRA y los documentos señalados, se aplicará la secuencia anterior, salvo que por disposición legal una deba prevalecer sobre la otra. En caso de que alguna de las anteriores implique diferentes grados de cumplimiento, será aplicable aquella que implique mayor grado de cumplimento a cargo del CONTRATISTA.
III. La ORDEN DE COMPRA y cualquier adición o modificación deberán celebrarse por escrito y deberá constar de forma expresa el consentimiento de las partes involucradas.
7. DOCUMENTOS.
La ORDEN DE COMPRA y la DOCUMENTACIÓN DE LA OBRA contienen la totalidad de los acuerdos entre las PARTES con las notas de homologación técnica, dejando sin efecto y cancelando todos los convenios, informes, negociaciones, correspondencia, compromisos y comunicaciones previas, ya sean orales o escritos, prevaleciendo la documentación técnica.
7.1 Toda vez que el CONTRATISTA, a la aceptación de la ORDEN DE COMPRA, aceptó y validó las ESPECIFICACIONES, los PLANOS y los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, en este acto reconoce que AUDI MÉXICO será responsable por ningún error, imprecisión u omisión de cualquier tipo en éstos.
7.2 EL CONTRATISTA manifiesta haber revisado a detalle los PLANOS, las ESPECIFICACIONES y DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, por lo que cualquier error, omisión, ambigüedad, inconsistencia, inadecuación u otro defecto, deberá ser corregido x xxxxx del CONTRATISTA y, en cualquier caso, AUDI MÉXICO no será(n) responsable de ningún error, inexactitud u omisión de cualquier tipo en los PLANOS y ESPECIFICACIONES. Cualquier dato o información recibida por el CONTRATISTA por parte de AUDI MÉXICO, o del SUPERVISOR o de un tercero, no liberará al CONTRATISTA de la responsabilidad en la ejecución y realización de las OBRAS.
7.3 EL CONTRATISTA acepta que deberá realizar los planos de taller que sean necesarios para el desarrollo de las OBRAS siguiendo para ello los manuales de dibujo y deberá suministrar a la SUPERVISIÓN copia de los planos o dibujos desarrollados para ser revisados y aprobados. Los planos de taller también pasarán a ser parte de los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS por lo que se entregarán actualizados en el proceso de ENTREGA RECEPCIÓN.
7.4 AUDI MÉXICO y el SUPERVISOR tendrán en todo momento la facultad de revisar los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, sin que esto implique ningún tipo de responsabilidad. AUDI MÉXICO podrá notificar por escrito al CONTRATISTA que algún DOCUMENTO DE LAS OBRAS incumple con la ORDEN DE COMPRA. En este caso el CONTRATISTA, deberá rectificar y reenviar los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS.
7.5 Cualquier aprobación o consentimiento en este sentido, o cualquier revisión al amparo de esta sección o de otro tipo, no liberará al CONTRATISTA de cualquier obligación o responsabilidad respecto de las OBRAS.
8. PERMISOS Y LICENCIAS.
El CONTRATISTA como profesional en la materia conoce y se obliga a obtener en total apego a las Leyes, Reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas vigentes y aplicables, Ley del Seguro Social, (SATIC) o (SIROC), todos los permisos, licencias y autorizaciones expedidos por las autoridades competentes, Federales, Estatales y Municipales que se requieren para la prestación de sus servicios y/o ejecución de las OBRAS.
El CONTRATISTA manifiesta que los permisos, licencias y autorizaciones referidas anteriormente, son precisos, completos y los necesarios para ejecutar las OBRAS, liberando de responsabilidad a AUDI MÉXICO de error, imprecisión u omisión de cualquier tipo. Será obligación del CONTRATISTA apegarse a lo establecido en los permisos, licencias y autorizaciones otorgadas por las autoridades correspondientes para la correcta ejecución de las OBRAS liberando a AUDI MÉXICO de cualquier responsabilidad, sea de índole civil, laboral, penal o cualquier otra, ya sea por la omisión o por el incumplimiento a los mismos, así como por la imposición de cualquier multa o sanción relacionada con dichos permisos o licencias.
El CONTRATISTA se obliga a entregar todos los documentos e información necesaria a fin de tramitar los documentos necesarios y que se requieran por concepto de la terminación de las OBRAS.
9. MATERIALES.
El CONTRATISTA es el único responsable de suministrar los MATERIALES para la debida ejecución de las OBRAS, de acuerdo con la ORDEN DE COMPRA y los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES. En ningún caso el CONTRATISTA podrá solicitar un costo mayor en el PRECIO DE LA OBRA bajo el supuesto de un aumento en el costo de los MATERIALES, toda vez que reconoce que el precio en comento incluye el total de los MATERIALES necesarios para la ejecución de las OBRAS.
9.1 Los MATERIALES deberán cumplir con las ESPECIFICACIONES y la PROPUESTA TÉCNICA, cubriendo los estándares de calidad y aquellos emitidos por las autoridades mexicanas, normas oficiales aplicables y/o asociaciones industriales. Asimismo, el CONTRATISTA será responsable de la cantidad de los MATERIALES, garantizando que su calidad sea la adecuada para la ejecución de las OBRAS. Si los MATERIALES no cumplen con lo anterior, el CONTRATISTA deberá, bajo su propio riesgo y costo, subsanar el incumplimiento y asegurar que los MATERIALES sean reemplazados y se apeguen a los términos y condiciones del CONTRATO. Lo anterior en ningún caso se entenderá como una extensión al TIEMPO DE TERMINACIÓN.
9.2 El CONTRATISTA requerirá de autorización expresa previa y por escrito de AUDI MÉXICO para la sustitución de los MATERIALES, debiendo las PARTES ajustar por escrito el PRECIO DE LA OBRA.
9.3 Las PARTES acuerdan que todo impuesto respecto a los MATERIALES se encuentra incluido en el PRECIO DE LA OBRA.
9.4 El CONTRATISTA se obliga a que los tiempos de entrega y suministro de los MATERIALES no afecten el TIEMPO DE TERMINACIÓN de las OBRAS.
9.5 AUDI MÉXICO se reservan el derecho de designar por escrito al o los proveedores para el suministro de los MATERIALES; solamente en este caso será responsabilidad de AUDI MÉXICO la calidad e idoneidad de los mismos.
10. SUPLEMENTOS Y AUMENTOS POR VOLUMEN
I. Todos los descuentos acordados en la oferta principal, incluidos los descuentos por volumen, se aplicarán también a todos los aumentos por volumen, trabajos accesorios y trabajos por hora.
II. Todos los descuentos acordados a la oferta principal no alteran las cantidades, calidades y especificaciones requeridas en el Lastenheft.
III. Las ofertas suplementarias se calcularán de acuerdo con los términos de la oferta principal y deberán desglosarse detalladamente en los costos de producción (en particular por horas, MATERIALES, equipos, subcontratistas, recargos, utilidades e indirectos etc.). como se conoce en tarjetas de precios unitarios (TPU) para ser revisados y ser autorizados como volumetrías y rendimientos por el área técnica de AUDI MÉXICO, para posteriormente ser aprobados económicamente por el departamento de compras
IV. AUDI MÉXICO y el CONTRATISTA acuerdan que en caso de incrementos o reducciones no superiores al 20% (veinte por ciento) al volumen original de compra, las partes no realizaran ningún tipo de reclamación o revisión de precios unitarios contratados o al precio final acordado, en caso de que la reducción se encuentre entre el 21% y el 50% se le reconocerá al contratista un 5% sobre el monto total no ejecutado.
V. En caso de que se requieran CONCEPTOS ADICIONALES DE OBRA por AUDI MÉXICO, el CONTRATISTA deberá respetar los precios ya negociados en la Orden de Compra, en el entendido que estos conceptos ya fueron negociados, forman parte del catálogo original y solo se trata de modificaciones al volumen contratado. Obligatoriamente, el CONTRATISTA antes de ejecutar CONCEPTOS ADICIONALES DE OBRA, estos deberán ser expresamente autorizados por escrito por AUDI MÉXICO. No se realizarán pagos de CONCEPTOS ADICIONALES DE OBRA no autorizados por AUDI MÉXICO.
VI. En caso de que se requieran CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS DE OBRA (conceptos NO considerados ni negociados en la Orden de Compra original) por AUDI MÉXICO, el CONTRATISTA se obliga a NO ejecutar ninguno de estos CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS DE OBRA, hasta que exista una negociación de los mismos en volumen y precio, en la que el área de Compras otorgue su autorización expresa para su ejecución, mediante una TARJETA DE PRECIO UNITARIO (TPU), previa liberación del CONTRATISTA y del área técnica de AUDI MÉXICO, sobre los rendimientos y volúmenes de la misma. Las tarjetas de precios unitarios deberán contener: los comprobantes del costo directo de los MATERIALES más sus indirectos y utilidades. Las ofertas de estos CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS DE OBRA, se subdividirán en los servicios parciales de los costos de fabricación y se presentarán utilizando las tasas de cálculo/recargos tomando como base en el protocolo de negociación de la Orden de Compra original. No se realizarán pagos de CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS DE OBRA no autorizados por AUDI MÉXICO.
11. PRECIO DE LA OBRA.
El PRECIO DE LA OBRA es el indicado en la ORDEN DE COMPRA, mismo que ambas PARTES aceptan como el justo y correcto para todos los efectos legales a que haya lugar, por lo que ninguna de las PARTES tendrá derecho a cambiar el PRECIO DE LA OBRA, excepto que así lo acuerden por escrito. El CONTRATISTA reconoce que ha tomado en consideración todos los riesgos dentro del espectro de construcción de las OBRAS.
11.1 El PRECIO DE LA OBRA incluye todos aquellos conceptos previstos en los DOCUMENTOS DE LA OBRA, así como todos aquellos costos que no estén mencionados específicamente en la ORDEN DE COMPRA pero que se consideren necesarios para la construcción de las OBRAS. Los precios se expresarán en valores netos (sin IVA ni cualquier otro impuesto aplicable) pesos mexicanos, dólares americanos y/o Euros.
11.2 El PRECIO DE LA OBRA en ningún caso se ajustará por concepto de dificultades o costos no previsibles derivados de las condiciones de los PLANOS, ESPECIFICACIONES, DOCUMENTOS DE LAS OBRAS y toda la documentación necesaria proporcionada por AUDI MÉXICO al CONTRATISTA para la realización de las OBRAS materia de la orden de compra.
11.3 El CONTRATISTA sufragará todos los costos y cargos por derechos especiales y/o temporales de servidumbre que pudiere requerir, incluyendo en su caso, aquellos de acceso y estancia en el SITIO comprometiéndose a restablecer las condiciones en las que el CONTRATISTA encontró las áreas y servidumbres de paso, sin costo para AUDI MÉXICO.
11.4 El CONTRATISTA realizará a su cargo y costo las conexiones al suministro de agua, cables eléctricos, líneas de telecomunicación y demás instalaciones internas y/o públicas necesarias para la ejecución y correcto funcionamiento de las OBRAS desde el SITIO. En caso de que el consumo de servicios públicos utilizados por el CONTRATISTA sea cobrado por las autoridades a AUDI MÉXICO, estos costos habrán de ser deducidos del PRECIO DE LA OBRA. De igual forma, el CONTRATISTA se compromete a liquidar los costos de dichos servicios y en su caso, a cancelarlos a la culminación de la OBRA.
11.5 Las PARTES convienen en que no se aceptarán en ningún caso, costos adicionales, secundarios o modificaciones al PRECIO DE LA OBRA salvo que las PARTES así lo acuerden previamente por escrito. En caso de tratarse de precios unitarios, el procedimiento aplicable será la presentación de las tarjetas de precios unitarios, respaldados por las facturas de los materiales que se pretendan considerar como adicionales
11.6 El PRECIO DE LA OBRA incluye MATERIALES, EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, así como cualquier gasto accesorio y necesario para la realización, consecución e instalación de las OBRAS de conformidad con la ORDEN DE COMPRA, incluyendo sin limitar, mano de obra, estudios topográficos, consumo y suministro de energía eléctrica (cuando AUDI MÉXICO no tenga una fuente cercana disponible), telecomunicaciones, agua, descargas de agua, así como todos los gastos directos e indirectos y las ganancias e impuestos correspondientes, particularmente los indicados a continuación, a menos que se especifique otra cosa en la ORDEN DE COMPRA:
- Gastos de transporte
Para la entrega y la retirada de materiales y herramientas en el SITIO. Las entregas de MATERIALES deben realizarse de acuerdo con el progreso del trabajo.
- Gastos de almacenamiento
Para la descarga, almacenamiento, conservación y la vigilancia de los MATERIALES, EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN y componentes suministrados por el CONTRATISTA, incluido todo almacenamiento temporal necesario, entre otros. AUDI MÉXICO, dependiendo de la magnitud del proyecto, podrá asignar al CONTRATISTA un área temporal en el SITIO con espacio para resguardar el mínimo necesario de materiales, herramientas, equipo, maquinaria, etc. El CONTRATISTA será responsable de los gastos que se generen para su conformación y protección (xxxxxxx xx xxxxx, casetas, etc.), además de salvaguardar correctamente lo que ahí se almacene, garantizando el cumplimiento de las condiciones de Seguridad e Higiene y DOL (Disciplina, Orden y Limpieza) que sean requeridas por el cliente. El CONTRATISTA, se obliga a dejar saneada y limpia el área asignada al término del proyecto.
- Gastos de viaje
Para gastos generales tales como viáticos (transporte, hospedaje y alimentación) y otras compensaciones salariales, siempre sujetas a las políticas de gastos de viaje de AUDI MÉXICO.
- Preparación / suministro de planos y documentos
Planos de ejecución, planos de taller, documentos de montaje para la ejecución de los servicios, documentos de inventario y revisión, documentos de la solicitud y documentos adicionales de aprobación, documentación del proyecto y certificados de conformidad.
- Instalaciones de las OBRAS
El punto de toma de electricidad y agua, así como el saneamiento de agua residual y las áreas comunes, vestidores, instalaciones sanitarias, almacenes, etc.
- EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN Y MATERIALES
Provisión e implementación de EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN y MATERIALES.
- Suministro de EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN
La entrega y el suministro de EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, tales como rampas, andamios fijos y móviles y similares para las alturas de construcción y montaje necesarios. La reubicación, el desmontaje y la reconstrucción de los andamios fijos y los andamios móviles se realizarán siguiendo las instrucciones de la dirección de obra de AUDI MÉXICO y no se pagarán por separado.
- Gestión de la OBRA
Supervisión de los trabajos, aceptación, realización de pruebas y similares.
- Realización de prueba
Puesta en marcha, operación y supervisión de las instalaciones durante la realización de pruebas, instrucción del personal de operación y subsanación de defectos, en su caso.
- Limpieza y eliminación de residuos
AUDI MÉXICO estará facultada en cualquier momento para exigir al CONTRATISTA que elabore y entregue a AUDI MÉXICO, cualesquiera reportes y documentación que acredite(n) cualquiera de los conceptos enunciados.
12. SITIO DE REALIZACIÓN DE LA OBRA.
Condiciones para AUDI MÉXICO:
Permitirá el acceso del CONTRATISTA, su personal y equipo de construcción al SITIO de acuerdo con el siguiente horario:
- Lunes a viernes de las 7:00 AM hasta las 18:00 hrs.
- sábado de las 07:00 AM a las 14:00 hrs.
El CONTRATISTA sólo podrá tener acceso al SITIO fuera de este horario, previa autorización por escrito de AUDI MÉXICO, sin que lo anterior constituya un costo adicional, ya que el CONTRATISTA lo hará en su obligación de terminar y mantener las OBRAS conforme al Lastenheft, el programa y cuando la naturaleza de las OBRAS así lo requieran. El CONTRATISTA se obliga a cumplir oportunamente con todos y cada uno de los trámites que AUDI MÉXICO le requiera, para el proceso de credencializar y registro de acceso de personal a las instalaciones.
12.1 El CONTRATISTA acepta y reconoce que los PLANOS, ESPECIFICACIONES, DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, así como toda la documentación proporcionada por AUDI MÉXICO son adecuados, completos y suficientes para la realización de las OBRAS.
12.2 Salvo manifestación expresa en contrario en la ORDEN DE COMPRA se considerará que:
a) El CONTRATISTA obtuvo y examinó toda la información relativa a riesgos, contingencias y otras circunstancias que pudieren influenciar o afectar la ejecución y realización de las OBRAS;
b) El CONTRATISTA acepta la responsabilidad total respecto de las dificultades y costos por hechos que siendo imprevisibles son evitables para la terminación exitosa de las OBRAS;
c) En caso de ser necesario, el CONTRATISTA deberá establecer oficinas apropiadas en el SITIO para uso del personal de AUDI MÉXICO. Asimismo, el CONTRATISTA deberá cooperar con el SUPERVISOR, así como con cualquier tercero relacionado con las OBRAS.
12.3 Durante la realización de las OBRAS, el CONTRATISTA deberá limpiar, segregar, y remover del SITIO cualquier escombro, chatarra u obras temporales que ya no sean requeridas comprometiéndose a realizarlo de manera continua y con la frecuencia necesaria, a fin de garantizar las condiciones de Seguridad, Higiene y DOL (Disciplina, Orden y Limpieza), que permitan la ejecución del proyecto. En caso de no cumplir con lo anterior, AUDI MÉXICO estará facultado para retener cualquier pago al CONTRATISTA. El CONTRATISTA deberá tramitar y mantener vigentes los permisos que se requieran para tal efecto.
12.4 Con antelación a la ENTREGA RECEPCIÓN el CONTRATISTA deberá limpiar y remover del SITIO todo el EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, MATERIALES excedentes, escombros, cascajo, herramientas, andamios, chatarra, obras temporales y demás implementos que haya utilizado durante la ejecución de las OBRAS. En caso de que el CONTRATISTA no dé cumplimiento a esta obligación, cubrirá a AUDI MÉXICO o a con cargo al PAGO DE RETENCIÓN, el costo de los trabajos de retiro y limpieza que se contrate con persona distinta.
12.5 Será obligación del CONTRATISTA dejar el SITIO y las OBRAS en condiciones limpias y seguras.
12.6 Todos los MATERIALES que se encuentren en el SITIO se considerarán propiedad de AUDI MÉXICO, según sea el caso, por lo que el CONTRATISTA deberá suministrar en calidad y las cantidades más cercanas a ser empleadas en las OBRAS Los excedentes, desperdicios y sobrantes seguirán siendo propiedad de AUDI MÉXICO, según corresponda y en su caso le indicará al CONTRATISTA dónde deberán entregarlos dentro de las instalaciones de AUDI MÉXICO para su disposición.
12.7 El CONTRATISTA es responsable por la seguridad que se requiera para:
a) Cumplir con todas las regulaciones de seguridad aplicables;
b) Tomar provisiones para la seguridad de todas las personas que puedan estar en el SITIO, especialmente el personal, agentes y clientes de AUDI MÉXICO;
c) Implementar medidas de seguridad para prevenir acceso no autorizado al SITIO y a las OBRAS, a fin de prevenir robos, vandalismo o destrucción de las OBRAS y MATERIALES;
d) Xxxxxxxxxx razonablemente para mantener el SITIO y las OBRAS libres de obstrucciones innecesarias a fin de evitar daño a terceros;
e) Proveer, en su caso, enrejado, iluminación, guardia y custodia de las OBRAS hasta su terminación y la ENTREGA RECEPCIÓN;
f) Proveer a su xxxxx cualquier obra temporal (incluyendo caminos, senderos, guardias y rejas) que puedan ser necesarias para la realización de las OBRAS para el uso y protección de terceros, así como de los propietarios y ocupantes de los terrenos adyacentes;
g) Cumplir con las leyes y regulaciones de México relativas al transporte, prevención de ruido, protección ambiental del SITIO y cumplir con las formalidades requeridas.
13. CONDICIONES DE PAGO Y FACTURACIÓN
Las PARTES acuerdan que AUDI MÉXICO podrá pagar al CONTRATISTA un porcentaje del monto total de las OBRAS como concepto de anticipo que deberá estar establecido en la orden de compra derivado de la negociación correspondiente con el departamento de Compras, el cual será facturado una vez que el CONTRATISTA entregue a AUDI MÉXICO, una Póliza de Fianza para garantizar el cumplimiento de OBRAS y buen uso del anticipo o en su defecto reembolsar el pago del anticipo; el CONTRATISTA se obliga a mantener vigente la Póliza de Fianza referida hasta el día en que tenga por demostrado la amortización del pago del anticipo y manteniendo la fianza por cumplimiento, de acuerdo a la presente sección de los TÉRMINOS Y CONDICIONES.
13.1 Las PARTES acuerdan que, para la cancelación de la fianza mencionada anteriormente, AUDI MÉXICO deberá emitir su autorización por escrito y dirigido a la Institución Afianzadora.
13.2 AUDI MÉXICO realizará el pago del anticipo previa presentación y autorización de la Póliza de Fianza y la factura misma que deberá cumplir con todos los requisitos fiscales que permitan su deducibilidad de acuerdo a las fechas, procedimientos y calendarios de pago que las áreas de Finanzas de AUDI MÉXICO tengan para tal efecto. Lo anterior de ninguna manera limita o modifica la FECHA DE INICIO de las OBRAS.
13.3 En caso de existir anticipo, AUDI MÉXICO hará pagos parciales al CONTRATISTA, que podrán ser del 60% (sesenta por ciento) y no mayores al 90% (noventa por ciento) del monto total de la contraprestación, por los avances registrados conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. En caso de NO existir anticipo, podrán realizarse pagos hasta por el 90% (noventa por ciento) de forma parcial al CONTRATISTA por los avances registrados conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. Dichos avances deberán constar en las BITÁCORAS DE OBRAS y los números generadores. El CONTRATISTA deberá enviar a AUDI MÉXICO la factura correspondiente con el desglose del pago por los avances realizados. El CONTRATISTA acepta que cualquier pago hecho por AUDI MÉXICO, no se interpretará como aceptación total o parcial de las OBRAS.
13.4 EL CONTRATISTA entiende que no podrá preparar o enviar su factura, hasta contar con la autorización por escrito de AUDI MÉXICO. Una vez recibida la Factura, AUDI MÉXICO, corroborará que las BITÁCORAS DE OBRAS y LOS NÚMEROS GENERADORES se encuentran de conformidad con el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS para efecto de autorizar el pago correspondiente.
13.5 Las PARTES acuerdan que a los pagos parciales se les realizará la amortización del pago del anticipo en la misma proporción en la que fue liberado el 30% (treinta por ciento) del monto revisado y autorizado como avances registrados de OBRAS. Las amortizaciones deberán de estar indicadas y desglosadas en la factura. El CONTRATISTA deberá asegurarse que al 80% (ochenta por ciento) del avance en la ejecución de la obra como máximo, el anticipo quedará 100% (cien por ciento) amortizado.
13.6 Las PARTES acuerdan que para garantizar el cumplimiento de las OBRAS el CONTRATISTA autoriza a AUDI MÉXICO a realizar la retención de un 10% (diez por ciento) del monto revisado y autorizado como avances registrados de las OBRAS; este monto será facturado, y posterior a la ENTREGA RECEPCIÓN será liberado conforme a las condiciones de pago y contra la firma del PROTOCOLO DE ENTREGA DE OBRA.
13.7 AUDI MÉXICO cubrirá las cantidades parciales correspondientes mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que en su oportunidad le dé a conocer el
CONTRATISTA a AUDI MÉXICO y de conformidad con los calendarios y procedimientos que AUDI MÉXICO establezcan para la realización de pagos; pero en todos los casos como mínimo, a 30 días de vencimiento. El CONTRATISTA está obligado a emitir las facturas que contengan todos los requisitos fiscales conforme a las leyes aplicables y vigentes, ya que de lo contrario AUDI MÉXICO tendrá derecho a retener el pago, debiendo devolver la factura y solicitar una nueva, en cuyo caso se modificará la fecha de pago conforme a las políticas de AUDI MÉXICO.
13.8 El valor equivalente de la factura se considerará pagado si se transfiere a la cuenta bancaria del CONTRATISTA. El CONTRATISTA garantiza la exactitud de la cuenta bancaria, en el entendido de que las consecuencias de una transferencia errónea debido a la indicación de un número de cuenta incorrecto irán a cargo del CONTRATISTA.
13.9 Las facturas del CONTRATISTA y/o demás documentación requerida para efectuar el pago deberán ser presentadas física y/o electrónicamente conforme a la legislación fiscal vigente en México, en el domicilio de AUDI MÉXICO, ante el departamento que cualquiera de ellas señale, salvo que se indique otra forma de realizar su presentación. En caso de que llegase a convenirse con el CONTRATISTA, AUDI MÉXICO incorporará al CONTRATISTA al sistema de facturación segura (únicamente aplicable al CONTRATISTA cuyo domicilio fiscal sea en México) mismo que podrá realizar la facturación de los bienes y/o servicios recibidos por parte del CONTRATISTA. Queda entendido que AUDI MÉXICO no está obligada a recibir artículos y/o servicios ni FACTURAS que no estén amparadas por la ORDEN DE COMPRA y/o convenio respectivo.
13.10 Las PARTES acuerdan que una vez ejecutado el 80% (ochenta por ciento) de las OBRAS, EL CONTRATISTA se obliga a presentar los documentos As Built para poder continuar con su proceso de ESTIMACIONES.
13.11 Ningún pago hecho por AUDI MÉXICO será evidencia de aceptación de las OBRAS.
13.12 Serán propiedad de AUDI MÉXICO, según corresponda, las OBRAS total o parcialmente realizadas en el SITIO.
13.13 El CONTRATISTA acepta que AUDI MÉXICO tendrá la facultad de retener cualquier pago por incumplimiento por parte del CONTRATISTA, conforme a lo previsto en la presente sección de estos TÉRMINOS Y CONDICIONES.
13.14 A la ENTREGA RECEPCIÓN, el CONTRATISTA deberá hacer llegar a AUDI MÉXICO toda la documentación técnica y legal requerida para permitir a AUDI MÉXICO asegurarse de la terminación de las OBRAS. El 10% de pago final estará sujeto a la aceptación y conformidad por parte de AUDI MÉXICO y de sus departamentos receptores (solicitante, producción y mantenimiento), de todos los documentos. Una copia de la aceptación por parte de AUDI MÉXICO se adjuntará a la factura final como confirmación de la ENTREGA RECEPCIÓN.
13.15 El CONTRATISTA deberá pagar impuestos y cuotas de Seguridad Social de conformidad con las Leyes Mexicanas. AUDI MÉXICO no será responsable por cualquier impuesto o contribución de seguridad social y/o las multas impuestas al CONTRATISTA de conformidad con las Leyes Mexicanas y no será responsable de cualquier recargo derivado o afectado por tales impuestos o cuotas de seguridad social y/o sus multas. El CONTRATISTA se compromete a presentar, en un plazo no mayor a
72 (setenta y dos) horas la documentación de no adeudo de los conceptos anteriormente mencionados cuando AUDI MÉXICO así lo considere pertinente y sin excepción, las constancias de no adeudo serán parte de la ENTREGA RECEPCIÓN.
13.16 AUDI MÉXICO tendrá la facultad de retener hasta un 5% (cinco por ciento) del PRECIO DE LA OBRA con el fin de garantizar que se han pagado las contribuciones de manera oportuna y correcta por parte del CONTRATISTA al Instituto Mexicano del Seguro Social y Sindicato. De no ser así las PARTES acuerdan que se podrá usar esta cantidad para subsanar dichos pagos, o en su caso la devolución al CONTRATISTA. La cantidad retenida sólo será devuelta al CONTRATISTA una vez que éste demuestre haber pagado y estar al corriente las contribuciones a que se refiere el presente párrafo.
De igual forma se considerará causa justificada para retener el pago, el que AUDI MÉXICO reciba las OBRAS o servicios con defectos y/o desviaciones.
13.17 AUDI MÉXICO notificará al CONTRATISTA el importe del daño y necesidad de compensación de este. Una vez acordado el importe con el CONTRATISTA, AUDI MÉXICO podrá aplicarlo contra cualquier deuda pendiente a favor del CONTRATISTA y a cargo de AUDI MÉXICO, conforme a lo establecido en el artículo 2185 del Código Civil Federal y demás relativos. Además de los daños y perjuicios, el CONTRATISTA acordará con AUDI MÉXICO cualquier otro mecanismo para restituir todos los gastos incurridos por esta, hasta el pago total de todas sus reclamaciones.
13.18 Las reclamaciones y/o derechos del CONTRATISTA contra AUDI MÉXICO que pudieran resultar de la ORDEN DE COMPRA, no podrán ser cedidas a terceros sin el previo consentimiento por escrito de AUDI MÉXICO.
13.19 Queda convenido que AUDI MÉXICO estará legítimamente facultada para abstenerse de realizar los pagos que pudieran corresponder al CONTRATISTA; en caso de que AUDI MÉXICO fuese requerida por mandamiento de autoridad administrativa y/o judicial o disposición xx xxx a retener dichos pagos y/o ponerlos a disposición de la autoridad correspondiente.
13.20 El CONTRATISTA entiende y acepta desde ahora, que AUDI MÉXICO podrá solicitar a terceros esquemas de financiamiento para obtener fondeo para la ejecución de proyectos, de los cuales los entregables de esta ORDEN DE COMPRA pueden formar parte. Para tal efecto AUDI MÉXICO podría ser requerido a proporcionar tanto información propia como de contratistas participantes en el proyecto.
13.21 En este contexto, y de así requerirlo AUDI MÉXICO, el CONTRATISTA deberá entregar a ésta y/o a quien la misma le indique, toda aquella información y documentación que le sea solicitada por AUDI MÉXICO y/o la entidad que ésta designe a fin de cumplir con los requisitos tanto para gestionar el otorgamiento del financiamiento mencionado como para que se puedan ejercer las disposiciones del mismo. Dentro de la información/documentación a requerirse se contemplan en forma enunciativa más no limitativa la entrega de: facturas comerciales, documentos de embarque, certificados de origen, carta de confirmación del CONTRATISTA sobre pagos realizados por AUDI MÉXICO, así como confirmación de la vigencia de la presente ORDEN DE COMPRA; carta compromiso de reembolso en casos de incumplimientos contractuales, declaración de prácticas anticorrupción, etcétera. En tanto que la entrega de dicha documentación sea una de las condicionantes para el otorgamiento del financiamiento y disposiciones del mismo, el CONTRATISTA reconoce y acepta que la entrega de la información/documentación que se requiera podría ser condicionante para que se le puedan realizar los pagos comprometidos por la presente ORDEN DE COMPRA.
13.22 EL CONTRATISTA deberá proporcionar a AUDI MÉXICO acceso irrestricto a sus registros y documentación relacionada con las estructuras de costos y/o precios.
14. SUBCONTRATISTAS
El CONTRATISTA podrá subcontratar parcialmente la ejecución de las OBRAS previo consentimiento por escrito de AUDI MÉXICO. Para efectos de lo anterior, el CONTRATISTA deberá informar a AUDI MÉXICO el tipo de actividad que desea subcontratar, nombre completo del subcontratista, su domicilio fiscal, RFC, datos que hagan conocer su experiencia en el campo, cantidad de trabajadores, ingenieros, técnicos, número de alta patronal ante el Instituto Mexicano Seguro Social, así como toda aquella documentación que compruebe que éste se encuentra al corriente en el pago de las cuotas y obligaciones obrero-patronales.
14.1 AUDI MÉXICO se reserva el derecho de rechazar a cualquier subcontratista, independientemente que haya sido autorizado previamente, bastando para ello una notificación por escrito al CONTRATISTA.
14.2 El CONTRATISTA deberá garantizar o quedará como obligado solidario ante AUDI MÉXICO respecto de que la persona física o moral subcontratada se obligue y cumpla con los requisitos específicos de la ORDEN DE COMPRA, incluyendo las eventuales penalizaciones por el incumplimiento a ésta y la contratación de las pólizas de: i) Seguro de Responsabilidad Civil con Xxxxxxxxx General, o su equivalente local (cobertura amplia: lesiones y daño a propiedad), por un monto no menor a la cantidad de
$2’000,000.00 USD (Dos Millones de Dólares 00/100) por evento. La cobertura incluirá la Responsabilidad de subcontratistas; y ii) cualquier otra póliza que sea necesaria para asegurar, personas, activos, maquinaria, muebles y equipos propiedad de AUDI MÉXICO ubicados dentro del SITIO.
14.3 El CONTRATISTA se obliga a suscribir con la empresa o la persona física subcontratada, el contrato u orden de compra en su caso, respectivo en el que se haga referencia a la obligación aquí prevista y las demás establecidas en los TÉRMINOS Y CONDICIONES y la ORDEN DE COMPRA. Previo a la firma de cualquier contrato referente la subcontratación parcial de las OBRAS será obligación del CONTRATISTA, remitirlo para su conocimiento y revisión a AUDI MÉXICO, estando ésta facultada para realizar modificaciones a dicho contrato, mismas que el CONTRATISTA se obliga a realizar y plasmar en el documento que suscriba con el subcontratista.
14.4 El CONTRATISTA manifiesta y garantiza que todos los subcontratistas contarán con plena calificación y elegibilidad para concluir y realizar las OBRAS subcontratadas, incluyendo, sin limitación, todos los permisos, licencias y aprobaciones correspondientes.
14.5 El CONTRATISTA será responsable por los actos u omisiones de cualesquier subcontratistas, sus agentes, empleados y/o personal, tal y como si fueran los actos u omisiones del CONTRATISTA. El CONTRATISTA y cualquier subcontratista serán obligados conjunta y solidariamente ante AUDI MÉXICO respecto de cualquier parte de las OBRAS que sea subcontratada. AUDI MÉXICO no tendrá obligación alguna de pagar directamente a ningún subcontratista. Se acuerda explícitamente que cualquier subcontratación no aprobada por escrito por AUDI MÉXICO, se considerará como incumplimiento a lo establecido en la ORDEN DE COMPRA y estos TÉRMINOS Y CONDICIONES, por lo que el CONTRATISTA será acreedor a una pena convencional equivalente al 10% del PRECIO DE LA OBRA.
15. SEGUROS Y FIANZAS
AUDI MÉXICO no tendrá la obligación de contratar seguro alguno relacionado a la construcción de las OBRAS.
El CONTRATISTA deberá, a su propio costo y gasto, contratar y mantener válidas y surtiendo plenos efectos las siguientes pólizas de seguro y fianzas durante el TIEMPO DE TERMINACIÓN y el PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD a AUDI MÉXICO y/o en tanto
el CONTRATISTA no haya realizado la ENTREGA RECEPCIÓN de la OBRA.
15.1 SEGUROS:
a) Seguro de Responsabilidad Civil con Cobertura General, o su equivalente local (cobertura amplia: lesiones y daño a propiedad), por un monto no menor a la cantidad de $2’000,000.00 USD (dos millones de dólares 00/100) por evento. La cobertura incluirá la responsabilidad de subcontratistas.
b) Cualquier otra póliza que sea necesaria para asegurar a personas, activos, maquinaria, muebles y equipos propiedad de AUDI MÉXICO ubicados dentro del SITIO.
15.2 FIANZAS:
El CONTRATISTA se obliga a su propio costo y gasto, a contratar y mantener vigentes las siguientes Fianzas a favor de AUDI MÉXICO:
a) Fianza para garantizar el buen uso del anticipo, equivalente a la cantidad otorgada por anticipo en caso de haber sido así negociado;
b) Fianza de Cumplimiento equivalente al 10% (diez por ciento) del total del PRECIO DE LA OBRA; independiente de si se solicita o no anticipo.
c) Fianza de Garantía y Vicios Ocultos equivalente al 10% (diez por ciento) del PRECIO DE LA OBRA. Deberá ser contratada por el CONTRATISTA una vez que se concluyan las OBRAS de conformidad con AUDI MÉXICO, conforme al acta de entrega final y se cancele la Fianza de cumplimiento.
Una vez terminada la obra se solicitará la cancelación de las fianzas marcadas en los incisos a) y b) y se procederá a la solicitud de la fianza de garantía y vicios ocultos conforme al inciso c).
Las fianzas previstas en los incisos a) y b) del apartado anterior, deberán ser entregadas a AUDI MÉXICO dentro de los siguientes 5 (cinco) DÍAS siguientes a la fecha de la expedición de la ORDEN DE COMPRA.
El CONTRATISTA Se obliga a mantener vigente la póliza indicada en el inciso a) hasta el día en que tenga por demostrado la amortización del pago del anticipo. En el caso de que las OBRAS con causa justificada y aceptada por AUDI MÉXICO se prolonguen más allá del TIEMPO DE TERMINACIÓN, el CONTRATISTA deberá renovar o extender la vigencia de la póliza de fianza sin que esto genere un costo para AUDI MÉXICO.
Las PARTES acuerdan que durante el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS y de haber sido requeridas y aceptadas VARIACIONES, el PRECIO DE LAS OBRAS deberá ser actualizado y será sobre esa cantidad que el CONTRATISTA presentará la Fianza que se establece en el inciso c) anterior.
La fianza por garantía y vicios ocultos deberá ser entregada al término de las OBRAS, una vez que las fianzas mencionadas en el párrafo anterior hayan sido canceladas.
15.3 El CONTRATISTA deberá proveer a AUDI MÉXICO pruebas de que cualquier póliza requerida está vigente y debidamente pagada, remitiendo copia de dichas pólizas a AUDI MÉXICO.
En caso de que el CONTRATISTA deje de cumplir con esta obligación, AUDI MÉXICO tendrá derecho a retener, durante el plazo que dure el incumplimiento del CONTRATISTA, un monto equivalente al 10% (diez por ciento) de todos y cada uno de los pagos a realizarse a favor del CONTRATISTA, los cuales se destinarán a garantizar
el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ORDEN DE COMPRA y de los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
15.4 Si el CONTRATISTA no obtiene y/o mantiene con pleno vigor y efectos las pólizas de seguros y fianzas previamente mencionadas, AUDI MÉXICO tendrá el derecho (pero no la obligación) de contratar las pólizas correspondientes y dicho gasto se descontará del PRECIO DE LA OBRA.
15.5 AUDI MÉXICO se reserva el derecho de suspender las OBRAS en tanto el CONTRATISTA regulariza cualquiera de sus pólizas de seguro y fianzas sin que para AUDI MÉXICO represente una causa justificada de retraso en el TIEMPO DE TERMINACIÓN por lo que podrán aplicar las penas convencionales indicadas en la sección 2.4 de los TÉRMINOS Y CONDICIONES.
15.6 El Área de Seguros y Fianzas de AUDI MÉXICO está facultada para solicitarle a el CONTRATISTA que presente la documentación suficiente, a fin de comprobar la cobertura, validez, monto y vigencia de sus pólizas.
15.7 Cualquiera que sea la fianza otorgada, éstas solo podrán ser canceladas hasta en tanto y cuanto se reciba la cancelación de estas de manera escrita por parte de AUDI MÉXICO.
15.8 Las fianzas que se originen por motivo de la ORDEN DE COMPRA podrán ser reclamables hasta 180 (ciento ochenta) días naturales posteriores al término de la vigencia de la ORDEN DE COMPRA y deberán contener al menos las siguientes declaraciones:
1) Que se designe a AUDI MÉXICO como único beneficiario según sea el caso;
2) Que se otorgan atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en la ORDEN DE COMPRA;
3) Que se podrán ajustar a los cambios que la ORDEN DE COMPRA llegara a sufrir;
4) Que continuarán vigentes en caso de que se otorgue espera o prórroga al cumplimiento de la presente ORDEN DE COMPRA (aún y cuando estas hayan sido autorizadas extemporáneamente; y
5) Se cancelarán cuando el CONTRATISTA haya cumplido con todas las obligaciones que dichas fianzas garanticen.
15.9 Cualquier póliza de seguro y/o fianza que aseguren o garanticen las obligaciones de la ORDEN DE COMPRA, deberá ser expedida por una institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, misma institución que deberá contar con un índice de grado de inversión internacional de largo plazo (categoría emisor y/o deuda). Todos los seguros (cualesquiera su naturaleza) y/o fianzas de Anticipo y/o Cumplimiento y/o Buena Calidad deberán expedirse con el texto
que indique la Gerencia de Seguros y de Fianzas de AUDI MÉXICO y por conducto de su agente autorizado.
16. OBRAS OCULTAS
Cuando parte de las OBRAS tengan que ser cubiertas u ocultas, el CONTRATISTA deberá notificar por escrito a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR para que participen en la inspección de las mismas cuarenta y ocho (48) horas antes de su cubrimiento u ocultamiento. La notificación de inspección deberá incluir los MATERIALES, el contenido a ser cubierto u oculto y la hora y lugar de la inspección.
16.1 La inspección deberá constar en la BITÁCORAS DE OBRAS y solamente una vez firmada ésta por el SUPERVISOR, el CONTRATISTA podrá proceder con el cubrimiento u ocultación. En caso de que AUDI MÉXICO y el SUPERVISOR no aprueben la inspección, el CONTRATISTA deberá rectificar las OBRAS dentro del término que se fije por AUDI MÉXICO y someterse a una nueva inspección.
16.2 Cuando AUDI MÉXICO y el SUPERVISOR soliciten una reinspección respecto de las OBRAS ya cubiertas y ocultas, el CONTRATISTA deberá descubrir tales OBRAS de acuerdo con la solicitud y volver a recubrir o reparar esa parte después de la reinspección. Si las OBRAS reinspeccionadas son aprobadas por AUDI MÉXICO y el SUPERVISOR, AUDI MÉXICO solventará todo gasto derivado y otorgará la extensión del TIEMPO DE TERMINACIÓN que corresponda. Si las OBRAS reinspeccionadas no aprueban la reinspección, el CONTRATISTA solventará todo gasto derivado y no se otorgará extensión alguna del TIEMPO DE TERMINACIÓN.
16.3 Las PARTES acuerdan que el PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD será el establecido en la ORDEN DE COMPRA, contado a partir de la ENTREGA RECEPCIÓN, mismo que no podrá ser menor a:
- 5 años, cuando se trate de estructura y obra civil;
- 2 años, cuando se trate de maquinaria y equipos;
- 1 año, cuando se trate de defectos generados por mano de obra y materiales.
- Excepto que se indique otra cosa en el Lastenheft.
16.4 AUDI MÉXICO podrá, en cualquier momento dentro del PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD, solicitar por escrito al CONTRATISTA reparar los defectos o los vicios ocultos que aparezcan dentro del PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD.
16.5 EL CONTRATISTA estará obligado a reparar cualquier vicio oculto que se suscite en las OBRAS durante el PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD, a partir de la ENTREGA RECEPCIÓN, contra la firma del PROTOCOLO DE ENTREGA DE OBRA.
16.6 El CONTRATISTA deberá iniciar las reparaciones dentro de un término no mayor a 24 (veinticuatro) horas, a partir de la recepción de la solicitud por parte de AUDI MÉXICO
mismas que deberán concluir en un plazo no mayor a 15 (quince) DIAS, tomando en consideración la naturaleza y complejidad de las reparaciones. En caso de que el periodo de reparaciones sea más largo debido a la naturaleza del vicio/defecto, ello deberá ser acordado por escrito entre las PARTES. En caso de que el CONTRATISTA no dé inicio a las reparaciones en el término aquí establecido, AUDI MÉXICO podrá contratar a un tercero para que repare el vicio oculto, en cuyo caso, los costos de dicha reparación (mismos que habrán de ser razonables y basarse en el valor xxx xxxxxxx) serán reembolsados por el CONTRATISTA a AUDI MÉXICO en un término que no habrá de exceder de 5 (cinco) DÍAS a partir de la entrega de las facturas correspondientes al costo total de las reparaciones del vicio oculto.
16.7 Si el CONTRATISTA no cumple con lo anteriormente establecido, AUDI MÉXICO o podrá hacer efectiva la fianza de vicios ocultos prevista en la sección 10.2.
17. GARANTÍAS.
Todas las especificaciones de calidad y demás condiciones requeridas por AUDI MÉXICO a través de la ORDEN DE COMPRA, constituyen las características que deberán ser garantizadas por el CONTRATISTA. El PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD se contará a partir de la ENTREGA RECEPCIÓN, acorde a la legislación vigente y aplicable, salvo que se haya acordado por escrito entre las partes un período distinto. Estas condiciones y plazos resultan igualmente aplicables a las entregas que realice el CONTRATISTA por concepto de reemplazo de los bienes y/o servicios por eliminación de defectos, en cuyo caso se considerará el plazo de garantía a partir de la recepción de los reemplazos. En caso de retrabajos, el plazo de garantía se prolongará por el tiempo transcurrido entre la eliminación de defectos y la conclusión de los retrabajos.
17.1 Toda consecuencia económica derivada de las situaciones deberá ser previamente acordada entre AUDI MÉXICO y el CONTRATISTA. En el caso de que AUDI MÉXICO reclame al CONTRATISTA por bienes y/o servicios que tengan desviaciones, defectos y/o vicios, los importes exigidos al CONTRATISTA incluirán todos los costos tanto en mano de obra como de materiales, empaque y transporte, etc., que se hayan utilizado para reparar el reclamo. El CONTRATISTA podrá presentar los alegatos que estime pertinentes, únicamente dentro de los 30 (treinta) DÍAS naturales siguientes a la recepción de dicha notificación al CONTRATISTA.
17.2 Queda convenido por las Partes que los reportes de prueba de calidad o incluso la aceptación o recepción de AUDI MÉXICO de los bienes y/o servicios provistos, no afectarán de manera alguna el derecho de AUDI MÉXICO para demandar la garantía otorgada por el CONTRATISTA.
17.3 AUDI MÉXICO podrá establecer en cualquier tiempo con el CONTRATISTA convenios de garantía específicos, que quedarán considerados como
DOCUMENTACIÓN relacionada a la ORDEN DE COMPRA referente con dicho convenio de garantía específicamente.
17.4 El CONTRATISTA será responsable ante AUDI MÉXICO por el bien y/o servicio que le suministre, independientemente de que para su elaboración y/o ejecución hubiese adquirido bienes de terceros y/o subcontratado a estos. En consecuencia, deberá celebrar los contratos u órdenes de compra con dichos terceros, estableciendo los términos y condiciones que garanticen el cumplimiento de las diversas premisas que al amparo de la presente ORDEN DE COMPRA son exigibles al CONTRATISTA para el producto o servicio final, particularmente en lo referente a términos de garantía y calidad.
18. SUPERVISOR.
AUDI MÉXICO nombrará una persona física o moral, quien en lo sucesivo se le denominará SUPERVISOR y quien estará a cargo de supervisar la correcta ejecución de las OBRAS.
18.1 AUDI MÉXICO se reserva el derecho de reemplazar al SUPERVISOR, debiendo hacer del conocimiento del CONTRATISTA por escrito tal situación, surtiendo efectos el día de la notificación.
18.2 Es responsabilidad del supervisor:
a) Supervisar que las OBRAS se ejecuten sujetándose al PRECIO DE LA OBRA;
b) Emitir al CONTRATISTA instrucciones en el SITIO para la correcta ejecución de las OBRAS y en su caso a lo previsto en una VARIACIÓN;
c) Supervisar la ejecución de las OBRAS por parte del CONTRATISTA conforme a los PLANOS, PROPUESTA TÉCNICA, ESPECIFICACIONES, DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, MATERIALES y PROGRAMAS DE EJECUCIÓN DE OBRAS;
d) Xxxxxxxxxse que las OBRAS se ejecuten conforme a la FECHA DE INICIO y se concluyan dentro del TIEMPO DE TERMINACIÓN del CONTRATO;
e) Estar presente en el SITIO durante la ejecución de las OBRAS hasta que se dé por concluida la ENTREGA RECEPCIÓN;
f) Revisar y aprobar los MATERIALES para la ejecución de las OBRAS y verificará las condiciones de la calidad de dichos MATERIALES asegurándose de que el CONTRATISTA siga las instrucciones de instalación y pruebas indicadas por los fabricantes de los MATERIALES;
g) La revisión de los Reportes de Progreso hechos por el CONTRATISTA;
h) La elaboración y firma informativa de las BITÁCORAS DE OBRAS;
i) Validar que el contenido de las BITÁCORAS DE OBRAS corresponda al avance físico de la ejecución las OBRAS;
j) Llevar a cabo las pruebas que considere necesarias para corroborar que las OBRAS se ejecutan conforme a lo establecido en las ESPECIFICACIONES;
k) Emitir los dictámenes necesarios para informar a las PARTES las irregularidades y anomalías que detecte durante la ejecución de las OBRAS;
l) Participar en la inspección de las obras ocultas previo a su cubrimiento u ocultamiento;
m) Así como las demás obligaciones propias de la supervisión de obra.
18.3 Las PARTES confirman que:
a) El SUPERVISOR en ningún caso otorgará ninguna autorización respecto a posponer o cambiar el TIEMPO DE TERMINACIÓN y/o incrementar el PRECIO DE LA OBRA, ni tendrá facultades para autorizar tales asuntos;
b) Cualquier acto del SUPERVISOR no incrementará las obligaciones de AUDI MÉXICO ni liberará o mitigará al CONTRATISTA de sus obligaciones de conformidad con el CONTRATO.
18.4 Cualquier acto del SUPERVISOR que vaya más allá del espectro de la autorización de AUDI MÉXICO no será reconocido por AUDI MÉXICO y ésta no asumirá ninguna responsabilidad derivada del mismo.
19. DIRECTOR DE OBRA.
El CONTRATISTA designará un DIRECTOR DE OBRA, quien será el representante permanente del CONTRATISTA en el SITIO desde la FECHA DE INICIO hasta el TIEMPO DE TERMINACIÓN. El área técnica de AUDI MÉXICO, dependiendo de la magnitud de la obra, se reserva el derecho de evaluar y autorizar la asignación de un mismo DIRECTOR DE OBRA para proyectos pequeños, o bien, solicitar la asignación de más de un DIRECTOR DE OBRA en proyectos grandes para diferentes áreas de este.
19.1 En ningún caso, podrá el DIRECTOR DE OBRA realizar modificaciones a las OBRAS, ya que esto deberá ser acordado por las PARTES por escrito.
19.2 Son responsabilidades del DIRECTOR DE OBRA:
a) Xxxxxxxx, coordinar y supervisar las OBRAS sujetándose al PRECIO DE LA OBRA realizando para ello la contabilidad correspondiente, controlando los costos a través de la revisión de facturas;
b) Realizar y ejecutar las OBRAS conforme a los PLANOS, ESPECIFICACIONES, DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, MATERIALES PROPUESTA TÉCNICA y PROGRAMAS DE EJECUCIÓN DE OBRAS;
c) Cerciorarse que las OBRAS se ejecuten conforme a la FECHA DE INICIO y se concluyan dentro del TIEMPO DE TERMINACIÓN, así como que las OBRAS se ejecuten en apego a los permisos y licencias otorgadas por las autoridades correspondientes;
d) Asegurarse de que las OBRAS se sujeten en todo momento a los más altos estándares de calidad que existan en la industria, así como en apego a las Leyes y Normas Oficiales Mexicanas relativas a la construcción de espacios industriales;
e) Estar presente en todo momento en el SITIO a partir de la FECHA DE INICIO hasta que se dé por concluida la ENTREGA RECEPCIÓN.
f) Realizar recorridos regulares en las OBRAS, documentando en todo momento el desarrollo de éstas;
g) Mantener la seguridad y limpieza en todo momento del SITIO durante la ejecución de las OBRAS incluyendo remoción de cualquier escombro, chatarra y obras temporales que no sean requeridas;
h) Elaborar los Reportes de Progreso;
i) Elaborar y firmar las BITÁCORAS DE OBRAS;
j) A solicitud de AUDI MÉXICO y/o del SUPERVISOR, llevar a cabo las pruebas necesarias para corroborar que las OBRAS se ejecutan conforme a lo establecido en las ESPECIFICACIONES;
k) Reportar a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR las irregularidades y anomalías que detecte durante la ejecución de las OBRAS.
l) Notificar a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR con anticipación de 48 (cuarenta y ocho) horas, el día y hora en que se efectuará la inspección de las obras ocultas previo a su cubrimiento u ocultamiento.
m) Xxxxxxx cualquier visita, inspección y/o requerimiento de cualquier autoridad, debiendo para tales efectos contar con toda la documentación inherente a la ejecución de las OBRAS que llegase a requerir dicha autoridad. Para estos efectos el DIRECTOR DE OBRA deberá notificar tal circunstancia a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR;
n) Xxxxxxx y firmar cualquier documento requerido o solicitado a las autoridades correspondientes durante la ejecución de las OBRAS hasta la ENTREGA RECEPCIÓN;
o) Así como las demás obligaciones propias de la dirección de obra.
19.3 AUDI MÉXICO tiene la facultad de requerir al CONTRATISTA la sustitución del DIRECTOR DE OBRA, en un plazo no mayor a 5 (cinco) DÍAS. En caso de que el CONTRATISTA reemplace al DIRECTOR DE OBRA previamente y por escrito deberá notificar a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR tal circunstancia. En ningún caso la sustitución o reemplazo del DIRECTOR DE OBRA deberá afectar el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA ni representará un costo adicional al PRECIO DE LA OBRA.
19.4 El CONTRATISTA se obliga a pagar una pena convencional de USD $300 por cada DÍA que el DIRECTOR DE OBRA no se presente al SITIO sin causa justificada.
19.5 Si el DIRECTOR DE OBRA se ausenta temporalmente del SITIO durante la realización de las OBRAS debido a causa justificada, CONTRATISTA deberá notificarle por escrito a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR de forma inmediata, obligándose a tomar las providencias necesarias a fin de garantizar el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA.
20. REPORTES DE PROGRESO.
El CONTRATISTA a través del DIRECTOR DE OBRA deberá preparar semanalmente reportes por escrito del progreso de las OBRAS a partir de la FECHA DE INICIO y notificarlos a AUDI MÉXICO y al SUPERVISOR. La obligación de preparar y notificar los reportes de progreso de las OBRAS por parte del CONTRATISTA se mantendrá vigente hasta el TIEMPO DE TERMINACIÓN.
20.1 Cada reporte deberá incluir:
a) Descripciones detalladas del progreso de las OBRAS, incluyendo cada etapa de diseño, construcción, erección, y operaciones de pruebas;
b) Fotografías en que se muestre el progreso de las OBRAS;
c) Copias de documentos de garantía de calidad, resultados de pruebas y certificados de los MATERIALES, así como información respecto al proveedor de los mismos;
d) Estadísticas de seguridad, incluyendo detalles de cualquier tipo de incidentes o actividades peligrosas, aspectos ambientales y recursos humanos relacionados con las OBRAS;
e) En caso de que el avance físico de las OBRAS sea inconsistente con el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS o existan circunstancias que pudieran comprometer la terminación de las OBRAS, se deberán proponer y ejecutar por parte del CONTRATISTA las medidas de mejoras que se van a adoptar para superar dichos retrasos;
21. BITÁCORAS DE OBRAS.
Las PARTES acuerdan que las BITÁCORAS DE OBRAS serán los únicos documentos que validan el avance de las OBRAS conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS.
21.1 Las BITÁCORAS DE OBRAS son el medio oficial de comunicación por lo que las decisiones, cambios y cualquiera que impacte en los TIEMPOS DE TERMINACIÓN, calidad o PRECIO DE LA OBRA deberán de estar aquí documentados y autorizados; los medios electrónicos serán reconocidos solo como informativos, pero no como indicaciones.
21.2 Las BITÁCORAS DE OBRAS, deberán ser firmadas por el SUPERVISOR y el DIRECTOR DE OBRA y el área técnica responsable de AUDI MÉXICO, y deberán ser elaboradas de acuerdo al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS debiendo acompañar los Reportes de Progreso establecidos en la sección 19.
22. SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS.
AUDI MÉXICO podrá, en cualquier momento, suspender parcial o totalmente las OBRAS mediante una notificación por escrito al CONTRATISTA, señalando la fecha a partir de la cual surtirá efectos la suspensión, sin que lo anterior se considere como un incumplimiento por parte de AUDI MÉXICO.
22.1 En caso de suspensión parcial, será obligación del CONTRATISTA proteger y salvaguardar las OBRAS y MATERIALES en el SITIO contra cualquier deterioro, perjuicio, robo o daño. Únicamente cuando la suspensión parcial de las OBRAS se genere por causas no imputables al CONTRATISTA, este último, tendrá derecho a una extensión en el TIEMPO DE TERMINACIÓN, hasta por un plazo equivalente al tiempo en el que permanecieron las OBRAS en suspensión parcial, acordando las PARTES que dicha suspensión se encuentra cubierta por el PRECIO DE LA OBRA. Solo en este supuesto y por causas no imputables al CONTRATISTA La renovación o extensión de la vigencia de la póliza de Fianza correrá como un costo adicional y AUDI MÉXICO pagará por esta modificación.
22.2 En caso de suspensión total, el CONTRATISTA inmediatamente entregará todas las OBRAS ejecutadas hasta el momento de la notificación a AUDI MÉXICO, debiendo suscribir las PARTES la ENTREGA RECEPCIÓN. En este caso, el CONTRATISTA tendrá derecho al pago del saldo insoluto correspondiente a los avances registrados y validados en las BITÁCORAS DE OBRAS conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. AUDI MÉXICO no estará obligado a pagar ningún costo, gastos o penalización al CONTRATISTA.
22.3 El CONTRATISTA bajo ningún supuesto podrá suspender total o parcialmente de forma unilateral las OBRAS. En caso de que el CONTRATISTA suspenda las OBRAS por causa ajena a AUDI MÉXICO:
- NO tendrá derecho a una extensión del TIEMPO DE TERMINACIÓN.
- Asumirá la responsabilidad por la terminación tardía conforme a lo establecido en la sección 24.5 de presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES;
- Asumirá todos los gastos que se generen por este concepto; y
- Cubrirá todos los daños y perjuicios generados a AUDI MÉXICO y terceros.
23. ENTREGA RECEPCIÓN.
El CONTRATISTA deberá notificar por escrito a AUDI MÉXICO cuando las OBRAS estén terminadas conforme a lo previsto en la ORDEN DE COMPRA. AUDI MÉXICO dentro de los siguientes 5 (cinco) DÍAS a partir de recibir la notificación deberá dar aviso al CONTRATISTA las fechas en que se llevarán a cabo las pruebas finales de las OBRAS en conjunto con la intervención del SUPERVISOR y el DIRECTOR DE OBRA. En su caso, dichas pruebas finales deberán incluir, sin limitar, los análisis de estrés y/o de empuje, incluyendo:
23.1 El CONTRATISTA está obligado a entregar al inicio de las pruebas finales a AUDI MÉXICO toda la información y documentación necesarias respecto de las OBRAS a efecto de realizar dichas pruebas. Esto Incluye, pero no se limita a: Manuales de operación y mantenimiento, Carpeta técnicas con los submitalls aprobados de todas las OBRAS, Planos As Built, Dibujos en HLS en cualquier otro programa o técnica que lo llegue a sustituir debidamente revisados y validados por el SUPERVISOR o; Lista de defectos (Punch list), copias de las garantías que los fabricantes ofrecieron al
CONTRATISTA para respalda la garantía que en su conjunto ofrecerá el CONTRATISTA a AUDI MÉXICO.
23.2 Si al momento de la prueba final AUDI MÉXICO y/o el SUPERVISOR tienen observaciones respecto a las OBRAS, las PARTES acordaran por escrito el plazo y forma en que están serán subsanadas por el CONTRATISTA. En caso de que las observaciones no se subsanen en el plazo acordado por parte del CONTRATISTA se aplicará la pena convencional prevista en los TÉRMINOS Y CONDICIONES. Una vez subsanadas las observaciones hechas por AUDI MÉXICO y el SUPERVISOR o bien si al momento de la prueba final de las OBRAS en el SITIO, AUDI y el SUPERVISOR se cercioran de que las OBRAS se encuentran ejecutadas de conformidad a todo lo establecido en el CONTRATO, las PARTES junto con el SUPERVISOR y el DIRECTOR DE OBRA levantarán el acta correspondiente donde conste la ENTREGA RECEPCIÓN de las OBRAS finalizadas a entera satisfacción de AUDI MÉXICO.
23.3 AUDI MÉXICO dará al CONTRATISTA una fecha de ocupación benéfica, la cual no hace las veces de entrega, sino solo de liberación del área para que terceras partes también puedan cumplir con los programas y objetivos del proyecto. El CONTRATISTA a partir de esta fecha deberá de acelerar la entrega final resolviendo la lista de defectos (Punch list), entrega de documentación y planos as built, modelos 3D bajo las reglas HLS en cualquier otro programa o técnica que lo llegue a sustituir, entre otras; y así proceder a la entrega recepción e iniciar los procesos de cancelación de fianzas de cumplimiento e inicio de las fianzas de garantía y vicios ocultos.
23.4 AUDI MÉXICO dará al CONTRATISTA una fecha de entrada en operación, la cual no hace las veces de entrega, sino solo la liberación y arranque de un equipo o sistema integral para que terceras partes también puedan cumplir con los programas y objetivos del proyecto. El CONTRATISTA a partir de esta fecha deberá de acelerar la entrega final resolviendo la lista de defectos (Punch list), entrega de documentación y planos as built, modelos 3D bajo las reglas HLS o cualquier otro programa o técnica que lo llegue a sustituir entre otras; y así proceder a la entrega recepción e iniciar los procesos de cancelación de fianzas de cumplimiento e inicio de las fianzas de garantía y vicios ocultos.
23.5 La firma del acta de la ENTREGA RECEPCIÓN no liberará al CONTRATISTA de ninguna responsabilidad en que haya incurrido por terminación tardía o por la calidad de las OBRAS y/o de los MATERIALES.
23.6 AUDI MÉXICO tiene el derecho de ocupar o disponer, si así lo considera, parte de las OBRAS ya terminadas sin que esto se interprete como una ENTREGA RECEPCIÓN de las OBRAS. El ingreso a estas áreas estará sujeto a la autorización previa y por escrito de personal de AUDI MÉXICO.
23.7 Con el acta de ENTREGA RECEPCIÓN se entregarán a AUDI MÉXICO sin limitación y según lo especificado en el Lastenheft del área de especialidad, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes puntos:
1. PLANOS de Diagramas Eléctricos
2. Planos y documentos de gas o eléctricos u otras, validados por las unidades verificadoras de lo construido.
3. Memorias de cálculo
4. Fichas técnicas de materiales utilizados
5. Planos actualizados de las áreas intervenidas en el proyecto en formato Microstation en 2D y 3D (según aplique)
6. Recibos de agua y electricidad al corriente en sus pagos a la fecha de la ENTREGA RECEPCIÓN.
7. Notificación de terminación de obra al Instituto Mexicano del Seguro Social.
8. Aviso de terminación de las OBRAS a las autoridades correspondientes, así como el documento que éstas emitían al respecto.
9. Factura por la terminación de la construcción.
10. Cualquier otro documento necesario o útil para los fines del CONTRATO.
23.8 Es obligación del CONTRATISTA bajo su propio riesgo y costo satisfacer todos los procedimientos en relación con la terminación de las OBRAS de conformidad con las leyes mexicanas aplicables, incluyendo los requerimientos de las autoridades locales. Estos procedimientos deberán incluir, sin limitación, la inscripción de todos los documentos y formatos necesarios.
24. TIEMPO DE TERMINACIÓN.
El CONTRATISTA deberá iniciar las OBRAS en la FECHA DE INICIO y deberá proceder de forma diligente y sin demora, debiendo completar las OBRAS dentro del TIEMPO DE TERMINACIÓN.
24.1 El CONTRATISTA se obliga a ejecutar las OBRAS conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. El SUPERVISOR y/o AUDI MÉXICO supervisarán el avance físico y la correcta ejecución de las OBRAS, haciendo constar dicha supervisión por escrito en las BITÁCORAS DE OBRAS, la cual deberá ser firmada por el SUPERVISOR y el DIRECTOR DE OBRA.
24.2 En caso de que el avance físico de las OBRAS sea inconsistente con el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS el CONTRATISTA deberá proponer medidas de mejora dentro del DÍA siguiente a la fecha de firma de las BITÁCORAS DE OBRAS, para efectos de cumplir con el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. Las medidas de mejora no liberan al CONTRATISTA de responsabilidad alguna respecto del cumplimiento del PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS, la
calidad de los MATERIALES, la ejecución de las OBRAS o el PRECIO DE LA OBRA.
24.3 Los ajustes al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS, así como una extensión al TIEMPO DE TERMINACIÓN, únicamente procederán previo acuerdo por escrito entre las PARTES.
24.4 El CONTRATISTA acepta que en caso de que las medidas de mejora para cumplir con el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS y que a consideración de AUDI MÉXICO no resulten para mantener los TIEMPOS DE TERMINACIÓN de las OBRAS; AUDI MÉXICO podrá solicitar a un tercero realizar los trabajos sin que esto represente una invasión de obra y será el CONTRATISTA responsable de realizar el pago de los trabajos realizados por un tercero, en caso de no pagar conforme a las condiciones de pago, AUDI MÉXICO podrá realizar el pago con el correspondiente descuento al CONTRATISTA en el siguiente proceso de pago.
24.5 Si el CONTRATISTA no termina las OBRAS dentro del TIEMPO DE TERMINACIÓN, el CONTRATISTA deberá por tal omisión, pagar a AUDI MÉXICO por concepto xx xxxx convencional la cantidad que resulte de aplicar 0.5% (punto cinco por ciento) del PRECIO DE LA OBRA por cada DÍA que incurra en retraso en la entrega de las OBRAS hasta alcanzar un máximo del 10% (diez por ciento) del monto total de las OBRAS. La pena convencional referida no libera al CONTRATISTA de su obligación de terminar las OBRAS, así como de cualquier otra obligación o responsabilidad que tenga de conformidad con los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
24.6 Si por cualquier motivo el CONTRATISTA no estuviese en posibilidad de realizar la ENTREGA RECEPCIÓN en forma oportuna, dicha circunstancia deberá hacerse del conocimiento de AUDI MÉXICO en forma inmediata, quien podrá tomar cualquiera de las siguientes opciones:
a) Rescindir la ORDEN DE COMPRA: AUDI MÉXICO únicamente realizará los pagos de los bienes y/o servicios prestados hasta el momento que se genere el retraso o;
b) Recibir o aceptar las OBRAS en forma extemporánea.
c) Realizar las OBRAS por conducto de un tercero, x xxxxx del CONTRATISTA (incluyendo en este renglón el resarcimiento a AUDI MÉXICO de los costos que se deriven del cambio de CONTRATISTA que éste hubiera tenido que pagar).
24.7 La toma de cualquiera de las opciones anteriores será sin perjuicio del derecho de AUDI MÉXICO de cobrar al CONTRATISTA los gastos, daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento.
24.8 En caso de que AUDI MÉXICO decidiera recibir las OBRAS con un atraso por parte del CONTRATISTA, éste acepta que AUDI MÉXICO podrá cobrar la pena convencional que hubiese sido pactada por concepto de retraso en el plazo de entrega, sin que para tal efecto AUDI MÉXICO tenga que demostrar que sufrió daño o perjuicio por el incumplimiento del CONTRATISTA. La exigibilidad del cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA y del pago de la pena convencional será optativa para AUDI MÉXICO, ya que ésta se reserva el derecho de exigir, en lugar de lo anterior, el pago de daños y perjuicios que hubiese sufrido con motivo del incumplimiento del CONTRATISTA, acordando posteriormente con el CONTRATISTA el monto de la pena convencional a aplicar.
25. RESCISIÓN
La ORDEN DE COMPRA podrá ser rescindida por AUDI MÉXICO en cualquier momento y de manera inmediata sin responsabilidad alguna a su cargo y sin necesidad de declaración judicial previa, sólo dando un aviso por escrito al CONTRATISTA sobre su decisión en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) En caso de que se requiera, ordene o apruebe la quiebra o la disolución y liquidación, ya sea judicial o extrajudicial del CONTRATISTA;
b) En caso de cesión de la ORDEN DE COMPRA por parte del CONTRATISTA a un tercero, sin autorización de AUDI MÉXICO;
c) Por incapacidad técnica y/o comercial y/o por dolo, negligencia, mala fe del CONTRATISTA;
d) Cuando a consideración de AUDI MÉXICO exista retraso en el cumplimiento o incumplimiento parciales o totales por parte del CONTRATISTA en la ejecución y/o entrega de las OBRAS;
e) En caso de que el CONTRATISTA y el personal a su cargo actúe de manera irregular, deficiente, imprudente, negligente y/o irresponsable;
f) En caso de que existan interrupciones injustificadas por parte del CONTRATISTA o del personal a su cargo, o no inicie las OBRAS en la FECHA DE INICIO o suspenda la ejecución de las mismas por causa imputable a éste, o bien, no concluya las OBRAS en la fecha acordada;
g) Si el CONTRATISTA abandona las OBRAS u omite o se rehúsa a cumplir una solicitud de AUDI MÉXICO y/o del SUPERVISOR.
h) Por cualquier incumplimiento a lo dispuesto en la ORDEN DE COMPRA y en los TÉRMINOS Y CONDICIONES.
25.1 Previo a la rescisión, AUDI MÉXICO solicitará por escrito al CONTRATISTA, subsane el incumplimiento en un término de 5 (cinco) DÍAS posteriores a la notificación y en caso de no existir respuesta que satisfaga a AUDI MÉXICO, se procederá a la rescisión de la ORDEN DE COMPRA, aplicando la fianza correspondiente por concepto de incumplimiento.
Asimismo, en caso de terminación anticipada de la ORDEN DE COMPRA por causas imputables al CONTRATISTA, se aplicará la pena convencional prevista en la sección 24.5.
25.2 En caso de que, AUDI MÉXICO desee dar por terminado la ORDEN DE COMPRA, notificará al CONTRATISTA por escrito con 5 (cinco) DÍAS de anticipación a la fecha en que se desee dar por terminado el mismo. Dicha notificación se realizará en el domicilio señalado en la ORDEN DE COMPRA.
25.3 En caso de rescisión o terminación de la ORDEN DE COMPRA, CONTRATISTA deberá detener la ejecución de las OBRAS y entregar a AUDI MÉXICO los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS y toda aquella documentación generada con motivo de la ORDEN DE COMPRA para la debida continuación y terminación de las OBRAS, así como todos aquellos MATERIALES ya pagados por parte de AUDI MÉXICO que se encuentren en el SITIO, desalojando éste en un término no mayor de 5 (cinco) DÍAS posteriores a la fecha de rescisión o terminación.
25.4 La rescisión de la ORDEN DE COMPRA por parte de AUDI MÉXICO se hará sin perjuicio de cualquier otro derecho de AUDI MÉXICO de conformidad con la ORDEN DE COMPRA y estos TÉRMINOS Y CONDICIONES, tales como la reclamación de los daños y perjuicios.
25.5 En caso de terminación sin que exista causa imputable al CONTRATISTA, éste tendrá derecho al pago del saldo insoluto correspondiente a los avances de las OBRAS registrados y validados en las BITÁCORAS DE OBRAS conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. AUDI MÉXICO no estará obligado a pagar ningún costo u otros gastos al CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a reclamaciones distintas a las estipuladas en el presente párrafo por concepto de rescisión o terminación del presente instrumento legal, renunciando a cualquier reclamación al respecto.
25.6 En ningún caso el CONTRATISTA podrá reclamar a AUDI MÉXICO por concepto las OBRAS no ejecutadas a la fecha de terminación de la ORDEN DE COMPRA.
25.7 En el caso de rescisión o terminación de la ORDEN DE COMPRA, AUDI MÉXICO realizará un análisis del avance en la ejecución de las OBRAS a fin de determinar si la cantidad cubierta por concepto de anticipo ha sido aplicada por el CONTRATISTA en su totalidad para cubrir gastos generados por la ejecución de OBRAS ya que en caso de no ser así, el CONTRATISTA se obliga a devolver a AUDI MÉXICO la cantidad de anticipo no aplicada para la ejecución de las OBRAS, en un plazo no mayor a 10 (diez) DÍAS. De no proceder el CONTRATISTA a la devolución dentro del tiempo aquí indicado, el CONTRATISTA reconoce que deberá pagar un interés moratorio del 1.5% (uno punto cinco por ciento) mensual sobre los saldos insolutos y en su caso los gastos y costas del juicio y recuperación.
26. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Sin perjuicio de las obligaciones estipuladas en cada una de las seccione de estos TÉRMINOS Y CONDICIONES, el CONTRATISTA se obliga a:
i. Realizar los levantamientos necesarios para la ejecución de las OBRAS, en caso de existir éstos y sean proporcionados por AUDI MÉXICO, acepta el CONTRATISTA que sólo tendrán la finalidad de servir como referencia;
ii. Realizar los cálculos y mediciones necesarias para la ejecución de las OBRAS;
iii. Participar en su caso en reuniones con las autoridades correspondientes relacionadas con las OBRAS, así como el llenar formularios y presentar la documentación que la autoridad requiera;
iv. Realizar recorridos regulares con el DIRECTOR DE OBRA y el SUPERVISOR a efecto de corroborar la ejecución de las OBRAS;
v. Aplicar la habilidad, cuidado y diligencia razonables para le ejecución de las OBRAS;
vi. Proveer los MATERIALES y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN conforme a las ESPECIFICACIONES para la correcta ejecución de las OBRAS;
vii. Utilizar personal debidamente capacitado para la ejecución de las OBRAS;
viii. Elaborar los Reportes de Progreso, en tiempo y forma, así como las BITÁCORAS DE OBRA;
ix. Elaborar y entregar a AUDI MÉXICO a la firma de la ENTREGA RECEPCIÓN los planos de tubería y de conexiones eléctricas y demás instalaciones ocultas, junto con la licencia o documento emitido por la autoridad correspondiente respecto a la terminación de las OBRAS;
x. Seguir las indicaciones de AUDI MÉXICO le haga en relación a la ejecución de las OBRAS, apegándose el CONTRATISTA en todo momento a las ESPECIFICACIONES y los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS;
xi. Iniciar las OBRAS conforme a la FECHA DE INICIO y ejecutarlas de acuerdo al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS y entregarlas conforme al TIEMPO DE TERMINACIÓN. Las OBRAS deberán ser aptas para los propósitos para los cuales se dispusieron tal y como se define en la ORDEN DE COMPRA. Las OBRAS deberán incluir cualquier trabajo necesario para cumplir con el objeto de la ORDEN DE COMPRA, asegurando el CONTRATISTA en todo momento la operación apropiada y la estabilidad estructural de las OBRAS;
xii. En caso de retrasos, obtener las ampliaciones, modificaciones, prórrogas de los permisos y licencias por parte de las autoridades correspondientes y que sean necesarios para la correcta ejecución de las OBRAS;
xiii. Proponer medidas de mejora para efectos de cumplir con el PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. El CONTRATISTA notificará a AUDI MÉXICO en caso de que identifique alternativas económicas y ecológicas, para la ejecución de las OBRAS y que sean viables desde el punto de vista de la ingeniería de la construcción, o que sean apropiadas para facilitar la operación y mantenimiento de las mismas. Cualquier reducción de costos potencial identificada por las PARTES y/o SUPERVISOR y/o
DIRECTOR DE OBRA después de la celebración de la ORDEN DE COMPRA deberá ser acordada por escrito conjuntamente por AUDI MÉXICO y el CONTRATISTA;
xiv. Cumplir con el PERIODO DE GARANTÍA DE CALIDAD;
xv. Dar aviso conforme a lo previsto en relación a las obras ocultas;
xvi. Apegarse a lo establecido en los permisos o licencias otorgadas por las autoridades correspondientes para la correcta ejecución de las OBRAS, así como a todas la normas técnicas, directrices y disposiciones legales vigentes, liberando a AUDI MÉXICO de cualquier responsabilidad, sea de índole civil, laboral, penal o cualquier otra, ya sea por la omisión o por el incumplimiento a las misma, así como por la imposición de cualquier multa o sanción relacionada con dichos permisos o licencias;
xvii. Responsabilizarse de toda reclamación civil, mercantil, penal o de carácter legal por parte de terceros respecto de su personal y el subcontratado, obligándose a sacar en paz y a salvo AUDI MÉXICO de dichas reclamaciones, o en su caso, cubriendo los daños y perjuicios que dichas reclamaciones generen, ya sea AUDI MÉXICO a terceros;
xviii. Que su personal, proveedores y subcontratistas (en su caso) se sujete a las indicaciones que el personal de AUDI MÉXICO le instruya en orden de seguir puntualmente con los requerimientos de Control de Acceso a las instalaciones de AUDI MÉXICO y/o al SITIO, obligándose el CONTRATISTA, en su caso, a utilizar correctamente las instalaciones de AUDI MÉXICO, siendo responsable de todo daño causado a éstas. Es requisito para cualquier persona, cumplir con todos los requerimientos de Control de Acceso de AUDI MÉXICO, de lo contrario no se le permitirá el acceso a las instalaciones de AUDI MÉXICO sin que se genere responsabilidad alguna para ésta respecto de la ORDEN DE COMPRA. Asimismo, en caso de ingreso del personal, proveedores y subcontratistas del CONTRATISTA a las instalaciones de AUDI MÉXICO, aquellos deberán cumplir con las indicaciones que el personal de AUDI MÉXICO emita respecto a la seguridad y conducta dentro del inmueble o instalaciones de AUDI MÉXICO, debiendo dicho personal además guardar la debida compostura respeto y el mayor orden atención y cortesía en sus relaciones con AUDI MÉXICO y con terceros, ya que en caso contrario AUDI MÉXICOpodrá de forma discrecional retirar de dicho inmueble o de las instalaciones al personal del CONTRATISTA, de sus proveedores o subcontratistas, sin que lo anterior se interprete como un incumplimiento al presente instrumento legal;
xix. Que su personal cumpla con las indicaciones contenidas en el Reglamento Interno de AUDI MÉXICO, Seguridad Industrial, Medio Ambiente; debiendo dicho personal guardar la debida compostura respeto y el mayor orden, atención y cortesía en sus relaciones con terceros;
xx. Responsabilizarse por cualquier daño y/o perjuicio generado directamente por su personal derivados de negligencia, dolo, mala fe o falta de pericia ya sea que dichos daños se generen a AUDI MÉXICO o a terceros; respondiendo además por todo acto, omisión o negligencia propia o de sus funcionarios, personal, empleados, agentes, representantes y/o toda persona que, por cualquier causa, se encuentre o pudiere estar vinculada a la ORDEN DE COMPRA;
xxi. Ser responsable por la adecuación y seguridad de todas las operaciones en el SITIO, así como la correcta ejecución de todas las OBRAS;
xxii. Asumir la responsabilidad plena por la ejecución de las OBRAS toda vez que previo a la emisión de la ORDEN DE COMPRA, el CONTRATISTA no expresó objeción alguna en relación con las ESPECIFICACIONES, MATERIALES y DOCUMENTOS DE LAS OBRAS, liberando de responsabilidad a AUDI MÉXICO de error, imprecisión u omisión de cualquier tipo respecto a estos documentos, así como respecto a la ejecución de las OBRAS;
xxiii. Ser responsable de contenido de toda documentación ya sea escrita o electrónica referente a la ejecución de las OBRAS elaborada por él mismo, ya que su responsabilidad no será excluida o limitada por el hecho de que la documentación hubiere sido revisada o aprobada por AUDI MÉXICO o el SUPERVISOR, renunciando para ello a todo reclamo o derecho a hacer valer defensa alguna en el sentido de no haber sido debidamente supervisado;
xxiv. El CONTRATISTA otorga a AUDI MÉXICO y sus causahabientes una licencia irrevocable, exclusiva, libre de regalías para utilizar y reproducir cualquiera de los dibujos, detalles, especificaciones y cálculos y cualquier otro material (ya sea en forma impresa, digital o electrónica que han sido o son preparados por o en nombre del CONTRATISTA relativas a las OBRAS de construcción y los diseños contenidos en ellos para todos los efectos en relación con las OBRAS;
xxv. Cumplir con las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad a lo señalado en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el trabajo, así como en las normas aplicables para tal efecto; debiendo en su caso proporcionar los documentos que sustenten el Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el seguimiento a dicho programa; integrando para lo anterior las comisiones de Seguridad e Higiene, generando un entorno organizacional saludable, así como las demás medidas aplicables de acuerdo a la legislación vigente;
xxvi. Garantizar que el DIRECTOR DE OBRA cumpla con las obligaciones previstas en la ORDEN DE COMPRA, así como aquellas que le sean inherentes a la naturaleza de su encargo;
xxvii. Participar en el acto de ENTREGA RECEPCIÓN, así como en la entrega parcial de espacios de las OBRAS ya terminadas sin que esto se interprete como una ENTREGA RECEPCIÓN de las OBRAS;
xxviii. Realizar todas las pruebas del funcionamiento de las OBRAS y de las instalaciones de ésta a fin de verificar su correcto funcionamiento y en caso de irregularidades, proponer y ejecutar de inmediato las medidas correctivas que corrijan los defectos de las OBRAS a fin de entregarlas a AUDI MÉXICO o en correcto funcionamiento;
xxix. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la ORDEN DE COMPRA en los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS y los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, así como las demás disposiciones legales que resulten aplicables.
27. OBLIGACIONES DE AUDI MÉXICO Sin perjuicio de las obligaciones estipuladas en cada una de las seccione de estos TÉRMINOS Y CONDICIONES AUDI MÉXICO se obliga a:
i. Permitir al CONTRATISTA y a su personal y subcontratistas autorizados, el acceso al SITIO para el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA;
ii. Evitar obstrucciones físicas que dificulten el acceso al SITIO durante la ejecución de las OBRAS, siempre y cuando se deba a una causa imputable a AUDI MÉXICO y estas sean notificadas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de que fueron del conocimiento del CONTRATISTA.
iii. Cubrir el PRECIO DE LA OBRA al CONTRATISTA conforme a los términos y condiciones previstos en los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES;
iv. Las demás obligaciones establecidas en la ORDEN DE COMPRA y los TÉRMINOS Y CONDICIONES.
28. RESPONSABILIDAD LABORAL
Las PARTES reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas son las derivadas del CONTRATO, por lo anterior el CONTRATISTA se obliga a desempeñar y a ejecutar las OBRAS materia de la ORDEN DE COMPRA con personal y trabajadores propios, debidamente capacitados, bajo su propia dirección y dependencia.
Por lo anterior, las PARTES reconocen expresamente en este acto que AUDI MÉXICO no tiene vínculo o relación laboral alguna con dichos empleados o trabajadores, por lo que el CONTRATISTA libera a AUDI MÉXICO de toda responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Seguro Social, la Ley del INFONAVIT y/o cualesquiera otra aplicable, derivado de la ejecución de las OBRAS y del ejercicio que de sus legítimos derechos hagan los trabajadores del CONTRATISTA, ya sea en lo individual o en lo colectivo, ya que éste último expresamente los asume de manera íntegra, siendo el CONTRATISTA responsable del pago de salarios ordinarios y extraordinarios, vacaciones, aguinaldo, prima de antigüedad, accidentes, despidos, Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT), así como cualquier obligación derivada de la relación de trabajo existente entre el CONTRATISTA y su personal. En tal sentido, el CONTRATISTA se obliga a rembolsar a AUDI MÉXICO la totalidad de los gastos y honorarios de abogados en que haya podido incurrir ésta con motivo de la defensa contra cualquier reclamación o acción legal antes señalada o bien de cualquier requerimiento de autoridad judicial y/o administrativa; lo anterior con independencia de las acciones de naturaleza civil, penal, administrativa y/o de cualquier otra naturaleza que le asistieren ejercer a AUDI en contra del CONTRATISTA.
28.1 El CONTRATISTA se obliga respecto al personal que éste designe para efectos del cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA a cumplir en tiempo y forma con todas y cada una de las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social, por lo que libera a AUDI MÉXICO de cualquier reclamación al respecto, así mismo deberá dar
cumplimiento, de manera trimestral, a lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores y proporcionar evidencia física de dicho cumplimiento a AUDI MÉXICO.
28.2 AUDI MÉXICO podrá solicitar, en cualquier momento y las veces que sean necesarias, al CONTRATISTA constancia de que el personal que utilice para la ejecución de las OBRAS se encuentra debidamente inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e INFONAVIT. Asimismo, podrá solicitar en cualquier momento copia del pago provisional hecho al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e INFONAVIT para liberar el pago de la contraprestación.
28.3 En caso de que se presente cualquier tipo de acción legal en contra de AUDI MÉXICO por parte del personal o trabajadores del CONTRATISTA independientemente de su cargo o función que desempeñen para efectos de la ORDEN DE COMPRA, el CONTRATISTA (incluyendo personal que en su caso subcontrata) éste se obliga a liberar en paz y a salvo a AUDI MÉXICO.
28.4 El CONTRATISTA deberá cumplir con las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad a lo señalado en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el trabajo, así como en las normas aplicables para tal efecto; debiendo en su caso proporcionar los documentos que sustenten el Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el seguimiento a dicho programa; integrando para lo anterior las comisiones de Seguridad e Higiene, generando un entorno organizacional saludable, así como las demás medidas aplicables de acuerdo a la legislación vigente.
28.5 El CONTRATISTA en este acto se obliga a pagar cuotas sindicales en relación con sus trabajadores a los sindicatos correspondientes, así como cualquier otro que pudiera reclamar la titularidad del Contrato Colectivo.
29. RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
El CONTRATISTA tendrá plena responsabilidad por la debida ejecución de las OBRAS a partir de la FECHA DE INICIO y hasta la ENTREGA RECEPCIÓN, conforme al marco de las reglas y normas aplicables y vigentes en la República Mexicana, ya sean Federales, Estatales o Municipales.
29.1 El CONTRATISTA será responsable de cada daño ocasionado por él, sus trabajadores, proveedores y en su caso de los subcontratistas, a menos que demuestre que no existe culpa de su parte o de los mencionados, debiendo ser responsable conforme la legislación civil, penal y demás aplicable al caso.
29.2 Las PARTES serán responsables de cubrir por su cuenta y cargo los gastos generados por cualquier perjuicio o daño que deriven de la negligencia imputable a ellas, así como por el incumplimiento de la ORDEN DE COMPRA.
29.3 El CONTRATISTA será responsable de todo daño y perjuicio causado a AUDI MÉXICO y/o terceros derivados de negligencia, dolo, mala fe o falta de pericia; respondiendo además por todo acto, omisión o negligencia propia o de sus funcionarios, personal, empleados, agentes, representantes y/o toda persona que, por cualquier causa, se encuentre o pudiere estar vinculada a las OBRAS.
Asimismo, el CONTRATISTA será responsable por la correcta ejecución de las OBRAS, incluyendo aquellos daños causados por errores e imprecisiones de cualquier tipo, siendo responsable por aquellos delitos que se generen por el incumplimiento en la ejecución de las OBRAS.
29.4 En ningún caso AUDI MÉXICO será responsable por haber firmado algún documento derivado de la ORDEN DE COMPRA ya que la responsabilidad en la ejecución de las OBRAS será del CONTRATISTA en todo momento.
29.5 El CONTRATISTA se obliga observar las normas de seguridad dentro del SITIO, proporcionando la capacitación y el equipo de seguridad adecuado a los trabajadores y observando y acatando todas las medidas previstas en la sección [*]. En caso de que CONTRATISTA incumpla dichas normas, AUDI MÉXICO solicitará por escrito al CONTRATISTA subsane las omisiones de seguridad en un plazo no mayor a 24 (veinticuatro) horas siguientes a la notificación de la solicitud. En caso contrario, AUDI MÉXICO podrá suspender de manera temporal o permanente las OBRAS, corriendo a cuenta y cargo de CONTRATISTA los gastos que dicha suspensión genere y en caso de retraso en la ENTREGA RECEPCIÓN se aplicará la pena convencional prevista en la sección 2.4 de los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
30. CONFIDENCIALIDAD/ DERECHOS DE TERCEROS Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
El CONTRATISTA se obliga a considerar la ORDEN DE COMPRA, así como dibujos técnicos, know-how, diseños, muestras, prototipos, marcas, PLANOS y en general cualquier información que reciba de AUDI MÉXICO (sin importar el medio en que esté impresa, grabada, almacenada o dispositivo en el que se encuentre) como información confidencial y secreto comercial propiedad de AUDI MÉXICO.
30.1 El CONTRATISTA únicamente usará esta información en caso de que tal uso sea absolutamente necesario para el cumplimiento adecuado de la ORDEN DE COMPRA. El CONTRATISTA se compromete a prevenir que cualquier tercero obtenga acceso no autorizado a tal información y documentos sin el consentimiento previo de AUDI MÉXICO otorgado por escrito en relación con tal divulgación. Tal consentimiento se otorgará a discreción de AUDI MÉXICO. En su caso, el CONTRATISTA se asegurará de que sus empleados y subcontratistas únicamente obtengan acceso a tal información en el momento y medida en que tal acceso sea necesario, e impondrá la obligación de
guardar confidencialidad a sus empleados y subcontratistas en la misma, o comparable, forma a la contenida en la ORDEN DE COMPRA. El CONTRATISTA, en su caso, hará valer las obligaciones de confidencialidad en relación con sus empleados y subcontratistas, e informará a AUDI MÉXICO inmediatamente en caso de cualquier violación al deber de confidencialidad.
30.2 El deber de confidencialidad acordado en esta sección se mantendrá vigente durante los cinco años siguientes a la terminación de la relación contractual.
30.3 Las obligaciones relativas a esta sección no aplicarán en los siguientes casos:
a. El CONTRATISTA ya estaba en conocimiento de la información antes de que ésta le fuera comunicada por AUDI MÉXICO y el CONTRATISTA no estaba obligado de ninguna forma a mantener confidencialidad al respecto de esta información.
b. La información fue debidamente transmitida al CONTRATISTA por un tercero autorizado por AUDI MÉXICO.
c. La información fuera del conocimiento público al momento en que fue comunicada por AUDI MÉXICO.
d. La información fuera del conocimiento público después de ser comunicada por AUDI MÉXICO sin que esto se debiera a una violación al deber de confidencialidad establecido en la ORDEN DE COMPRA o una violación de otras obligaciones de confidencialidad.
30.4 La denominación social de AUDI, AUDI MÉXICO, así como las marcas, logotipos, diseños y demás derechos protegidos de las empresas que conforman el Grupo AUDI.
El CONTRATISTA y AUDI MÉXICO sólo podrán hacer pública su relación de negocios para fines publicitarios cuando exista autorización previa de AUDI MÉXICO por escrito. En este mismo sentido, queda entendido que el CONTRATISTA no está autorizado para utilizar las marcas y/o razón social y/o logotipos de AUDI MÉXICO sin autorización por escrito de ésta.
30.5 El CONTRATISTA garantiza a AUDI MÉXICO que por motivo del desempeño de las actividades contratadas no se lesionan derechos de patente, marcas registradas, derechos de autor, derechos de propiedad industrial o intelectual, ni cualesquiera otros derechos de terceros protegidos por la ley en los Estados Unidos Mexicanos o en el extranjero. Si por cualquier motivo se llegase a reclamar a AUDI MÉXICO responsabilidad por afectación de derechos de terceros, el CONTRATISTA deberá tomar dicha reclamación a su cargo, por su propio derecho y a su xxxxx, debiendo cubrir todos los daños y perjuicios, gastos y costas que pudiera sufrir o erogar AUDI MÉXICO directa o indirectamente con motivo de las reclamaciones derivadas de la afectación de derechos de terceros legalmente protegidos en que hubiese incurrido el CONTRATISTA.
30.6 De conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en adelante LFPDPPP) y su Reglamento, en el supuesto de que la relación contractual y/o comercial involucre el tratamiento de datos personales y que por motivo de dicho tratamiento AUDI MÉXICO entregue al CONTRATISTA y/o éste los recabe en nombre de AUDI MÉXICO por cualquier medio, el CONTRATISTA deberá en su carácter de encargado tratar los datos única y exclusivamente conforme a las instrucciones de AUDI MÉXICO debiendo en todos los casos en su carácter de encargado, cumplir con las obligaciones previstas para tal efecto en dicho Reglamento, es decir, enunciativa y no limitativamente:
I. Tratar únicamente los datos personales conforme a las instrucciones de AUDI MÉXICO;
II. Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por AUDI MÉXICO;
III. Implementar las medidas de seguridad y de protección de datos personales establecidas en esta ORDEN DE COMPRA, en la LFPDPPP, su Reglamento y en las demás disposiciones legales aplicables;
IV. Guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados;
V. Suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez cumplida la relación jurídica con AUDI MÉXICO o por instrucciones de AUDI MÉXICO, siempre y cuando no exista una disposición legal que exija la conservación de los datos personales;
VI. Abstenerse de transferir los datos personales salvo en el caso en que AUDI MÉXICO así lo determine, la transferencia derive de una subcontratación, o cuando así lo requiera la autoridad competente;
VII. Establecer y mantener medidas de seguridad, administrativas, físicas y en su caso, técnicas, para la protección de los datos personales, con arreglo a lo dispuesto en la LFPDPPP y su Reglamento, con independencia del sistema de tratamiento. Se entenderá por medidas de seguridad para los efectos de esta ORDEN DE COMPRA, el control o grupo de controles de seguridad para proteger los datos personales.
VIII. Aceptar visitas por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para allegarse de los elementos de convicción necesarios para continuar con el procedimiento de verificación establecido en el Reglamento, así como cualquier otra auditoría que desee implementar AUDI MÉXICO.
30.7 Todas las obligaciones en materia de protección de datos personales contenidas en esta ORDEN DE COMPRA subsistirán aun después de finalizar la presente relación contractual, de conformidad con la LFPDPPP.
30.8 El CONTRATISTA se obliga a que su personal se encuentre capacitado en el Tratamiento de Datos Personales, con el fin de conocer y ejecutar las obligaciones establecidas en la LFPDPPP durante el cumplimiento del objeto de este Contrato.
30.9 El CONTRATISTA asume la responsabilidad del cumplimiento con las obligaciones mencionadas en el presente convenio y será responsable de cualquier incumplimiento, ya sea de él mismo o de sus subcontratistas ante AUDI MÉXICO. El CONTRATISTA reconoce que su primer contacto para dirimir controversias son sus contactos en AUDI MÉXICO.
30.10 El CONTRATISTA se obliga a sacar en paz y a salvo a AUDI MÉXICO, VOLKSWAGEN DE MÉXICO y/o cualquiera de las empresas del Grupo AUDI MÉXICO o VOLKSWAGEN DE MÉXICO, sus funcionarios y/o personal de éstas respecto de:
a. Cualquier litigio, procedimiento administrativo, controversia, que sea consecuencia del incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente convenio y sus anexos.
b. Cualquier demanda, acción, reclamación y/o queja que sea intentada por cualquier miembro del personal directo o indirecto a cargo del CONTRATISTA y/o de los subcontratistas autorizados; y
c. Cualquier multa, requerimiento, procedimiento, embargo o afectación de bienes, acción de cobro, demanda, acción, reclamación y/o queja que sea intentada por cualquier autoridad, con motivo de cualquier acción u omisión atribuible al CONTRATISTA de forma directa o indirecta o por motivo del incumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente contrato, la LFPDPPP y su Reglamento y demás disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales, ante el INAI o de cualquier otra naturaleza.
30.11 En cualquiera de los casos anteriores referidos en la presente sección, el CONTRATISTA se obliga a pagar y/o reembolsar a AUDI MÉXICO y/o cualquiera de las empresas del Grupo AUDI, sus funcionarios y/o personal de estas, cualquier cantidad que los mismos tuvieren que erogar con motivo de la atención de dichas acciones, multas, reclamaciones, requerimientos y procedimientos en general, incluyendo honorarios de abogados, gastos y costos asociados, así como cualquier cantidad que deba pagarse como condena con motivo de resolución de autoridad judicial y/o administrativa o como resultado de convenios o finiquitos que tiendan a terminar la controversia.
31. DERECHOS DE AUTOR
Si el CONTRATISTA es titular de derechos de autor u otros derechos sobre cualquiera de sus PLANOS y/o documentos y/o sobre las obras realizadas de conformidad con sus dibujos, PLANOS y/o documentos y/o instrucciones, concederá a AUDI MÉXICO gratuitamente los derechos exclusivos, irrevocables, transferibles, temporales, relacionados y no restringidos en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Derechos de Autor en cualquier forma posible, en su totalidad o en parte, autorizando su reproducción tantas veces como se desee, en forma inalterada o rediseñada.
En particular, la concesión de derechos incluye sin limitar, el derecho a publicar, multiplicar, distribuir, reproducir, editar, explotar, así como cualquier otra posición legal en cuanto a ideas, conceptos, soluciones, borradores y diseño de las obras o servicios concedidos en cualquier forma. En caso en que los empleados u otros agentes del CONTRATISTA posean o hayan adquirido derechos de autor u otros derechos sobre las obras o servicios a ser prestados a AUDI MÉXICO, el CONTRATISTA se compromete a adquirir dichos derechos y a transferirlos gratuitamente a AUDI MÉXICO en la misma manera que establece la presente disposición.
El CONTRATISTA garantiza que todos los servicios recibidos por AUDI MÉXICO en la ORDEN DE COMPRA no están sujetos a ningún derecho, en particular los derechos de autor de terceros. No obstante, en caso de que AUDI MÉXICO sea considerado responsable ante terceros por la violación de los derechos de dichos terceros en el marco de las obras y servicios a prestar por el CONTRATISTA, el CONTRATISTA indemnizará AUDI MÉXICO por dichas reclamaciones y garantizará a AUDI MÉXICO el uso continuo de los servicios contractuales por medio de las medidas adecuadas.
32. FUERZA MAYOR
Ninguna de las PARTES será responsable o se considerará que se encuentra en incumplimiento de cualesquiera obligaciones a su cargo derivadas de la ORDEN DE COMPRA, si dicho incumplimiento resulta directa o indirectamente, del caso fortuito o fuerza mayor.
Por caso fortuito o fuerza mayor se entenderá toda circunstancia exterior, fuera del control de las PARTES, razonablemente imprevisible e inevitable o derivado de una orden de la autoridad, que haga absolutamente imposible el cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA, siempre y cuando no exista dolo, negligencia o mala fe imputables a cualquiera de las PARTES.
Asimismo, las PARTES aceptan que, para efectos de la ORDEN DE COMPRA, no será considerado caso fortuito o fuerza mayor: hechos imputables a la parte obligada o hechos que siendo imprevisibles son evitables por la parte obligada. Tampoco será considerado caso fortuito o fuerza mayor respecto del CONTRATISTA la ausencia temporal o definitiva, el embargo o intervención de sus cuentas bancarias, quiebra, insolvencia o liquidación de ésta.
32.1 En caso de que cualquiera de las PARTES se viese afectada por una circunstancia de caso fortuito o fuerza mayor, notificará dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes en que tenga conocimiento del suceso a su contraparte señalando los efectos de dicha circunstancia con respecto al cumplimiento de sus obligaciones contraídas en virtud de la ORDEN DE COMPRA, así como la duración estimada de dicha circunstancia. De ser necesario AUDI MÉXICO instruirá al CONTRATISTA la suspensión de la realización de las OBRAS y/o el paro del EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN. La parte afectada por la circunstancia de caso fortuito o fuerza mayor deberá notificar dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a su contraparte el momento en que dicha circunstancia
cese. Si el evento continúa por un periodo de 90 (noventa) DÍAS, cualquiera de las PARTES podrá dar aviso de terminación por escrito, el cual surtirá efectos a los 3 (tres) DÍAS después de su notificación.
32.2 Derivado de la terminación de la ORDEN DE COMPRA por caso fortuito o fuerza mayor el CONTRATISTA tendrá derecho al pago del saldo insoluto correspondiente a los avances registrados y validados en las BITÁCORAS DE OBRAS conforme al PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRAS. AUDI MÉXICO no estará obligado a pagar ningún costo u otros gastos al CONTRATISTA, proveedores de éste y/o subcontratistas.
33. DISPOSICIONES MISCELÁNEAS
Las partes acuerdan que no se han celebrado acuerdos verbales ni acuerdos adicionales y lo establecido en la ORDEN DE COMPRA, los DOCUMENTOS y la DOCUMENTACIÓN DE LA OBRA. Las modificaciones y suplementos de la ORDEN DE COMPRA, deben hacerse por escrito y manifestando el consentimiento expresamente por las partes, para que surtan efectos legales.
33.1 Todas las obligaciones derivadas de la ORDEN DE COMPRA deberán cumplirse en la forma, lugar y términos y/o condiciones acordados. La propiedad y riesgo de los artículos será por cuenta del CONTRATISTA y pasará a AUDI MÉXICO sólo hasta el momento en que éstos sean recibidos y aceptados por AUDI MÉXICO de conformidad.
33.2 El CONTRATISTA mantendrá vigentes todos los permisos gubernamentales, licencias, órdenes, solicitudes y aprobaciones que se requieran para la construcción de las OBRAS.
33.3 El CONTRATISTA se obliga asimismo a cumplir con todas las disposiciones que le resulten aplicables establecidas por AUDI MÉXICO relativas a los reglamentos para contratistas y subcontratistas, medidas ambientales, medidas de seguridad, procesos y sistemas logísticos y/o cualesquiera otras vigentes, por lo que se obliga a imponerse del contenido de las mismas para la ejecución de la ORDEN DE COMPRA. Lo mismo le resultará aplicable respecto de Normas Oficiales Mexicanas y/o cualquier otro ordenamiento legal relativos con el objeto de la ORDEN DE COMPRA, siendo responsabilidad del CONTRATISTA cualesquiera daños y perjuicios que se causen a AUDI MÉXICO, en sus bienes, personas o en los de sus visitantes o CONTRATISTA o clientes derivado del incumplimiento de cualesquiera de estas disposiciones.
33.4 El CONTRATISTA al ingresar a las instalaciones de AUDI MÉXICO está obligado a cumplir con la normatividad legal y las disposiciones de AUDI MÉXICO vigentes al momento de su ingreso.
33.5 En materia de Seguridad e Higiene Industrial, el área de Seguridad Industrial está facultada para solicitarle al CONTRATISTA que presente la documentación pertinente a fin de verificar que esté cumpliendo con las leyes vigentes y disposiciones de AUDI
MÉXICO al momento de la revisión y de acuerdo a su actividad dentro de AUDI MÉXICO.
33.6 En caso de que se autorice al CONTRATISTA la contratación de terceros para la ejecución de la ORDEN DE COMPRA, el CONTRATISTA deberá asegurar el cumplimiento de éstos, a los previstos de ésta sección.
33.7 AUDI MÉXICO podrá modificar en cualquier tiempo las ESPECIFICACIONES y cantidades establecidas en la ORDEN DE COMPRA, así como los PLANOS y dibujos que sirvan como referencia, las indicaciones sobre el modo de transporte de la OBRAS, amparados por la ORDEN DE COMPRA, siendo a su cargo los gastos adicionales, que se ocasionaren.
Las modificaciones a la ORDEN DE COMPRA serán realizadas y acordadas a través de los medios electrónicos y/o sistemas que AUDI MÉXICO designe (o en su defecto en documento por escrito otorgado y firmado por ambas partes), liberándose AUDI MÉXICO de cualquier modificación no realizada en dichos términos.
33.8 Cada parte actuará como contratista independiente respecto a la otra, y ninguna de ellas tendrá facultades para actuar, obligarse o comprometerse en nombre de la otra parte.
33.9 Independientemente de las causas que se señalen en los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, en la ORDEN DE COMPRA o en acuerdo otorgado por escrito entre las partes, se considerará causa de rescisión de la presente ORDEN DE COMPRA el que el CONTRATISTA no cumpla con las obligaciones que adquiere o se desvíe de las condiciones que hubiese pactado por escrito con AUDI MÉXICO, reconociendo el CONTRATISTA el derecho de AUDI MÉXICO para dar por terminada la ORDEN DE COMPRA sin que para tal efecto sea necesario tramitación y/o resolución judicial previa, por lo que el CONTRATISTA reconoce expresamente la validez del pacto comisorio aquí contenido y renuncia a invocar cualquier tesis o disposición que pretenda restarle validez a dicho pacto.
33.10 En caso de que alguna de las disposiciones de los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, así como de la ORDEN DE COMPRA sea inválida, ello no afectará a la validez de las demás disposiciones de los presentes. Las partes sustituirán las disposiciones inválidas en el ámbito de lo razonable y de buena fe por una disposición que se acerque lo más posible al éxito jurídico y económico de la disposición inválida.
33.11 Cada vez que exista petición de los departamentos especializados de AUDI MÉXICO, el CONTRATISTA se compromete a ponerse en contacto con el departamento especializado en un plazo no mayor a 24 horas a partir de la petición.
34. MEDIO AMBIENTE.
El CONTRATISTA manifiesta que en la elaboración de los DOCUMENTOS DE LAS OBRAS previó todo aquello referente a la calidad ambiental y al sistema que se utilizará en la ejecución de las OBRAS, debiendo cumplir con las medidas ambientales establecidas en la legislación aplicable, así como aquellas propuestas emitidas por las diferentes autoridades administrativas competentes.
De igual forma el CONTRATISTA se obliga a contar y aplicar medidas y procedimientos concretos para la disminución o reutilización de residuos durante el desarrollo de los trabajos, así como para la protección y mejora de la fauna y flora del SITIO.
34.1 El CONTRATISTA será responsable del manejo de todas las sustancias peligrosas, así como del almacenamiento de dichas sustancias y tomar todas las precauciones de seguridad necesarias a tal efecto. La disposición final de los residuos peligrosos y no peligrosos será responsabilidad total del CONTRATISTA.
34.2 En el supuesto de que se genere contaminación al suelo, agua o aire, será responsabilidad del CONTRATISTA tomar todas las medidas necesarias para remediar el daño causado, así como por cubrir cualesquiera multas o infracciones impuestas por las autoridades correspondientes, liberando a AUDI MÉXICO de cualquier responsabilidad.
34.3 El uso o manejo que implique cuidado, riesgo o peligro (ej. flamable, explosivo, perecedero, peligro o daño a las personas que lo manejen) el CONTRATISTA queda obligado a indicar ostensiblemente dichas características en los envases, envolturas, o en los artículos mismos con leyendas tales como cuidado, peligro, explosivo u otra frase aplicable, según lo dispongan las Normas Oficiales Mexicanas y normas internacionales vigentes aplicables.
34.4 Para la ejecución de las OBRAS, el CONTRATISTA deberá respetar y acatar los reglamentos para contratistas, los cuales le han sido proporcionados con anterioridad a la fecha de emisión de la ORDEN DE COMPRA, mismos que son de su conocimiento y aceptación. De resultar aplicable, todos los recipientes de productos y sustancias químicas que ingresen a las instalaciones de AUDI MÉXICO deberán estar identificados de acuerdo con los requerimientos indicados en las Normas Oficiales que, en términos de seguridad e higiene, identificación de recipientes y cualesquiera otras que llegaren a resultar aplicables a la fecha la ORDEN DE COMPRA y/o en lo sucesivo, las cuales se anexarán por correo al CONTRATISTA.
34.5 En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla con las disposiciones antes mencionadas, será directamente responsable por cualquier tipo de afectación que AUDI MÉXICO pudiera sufrir conforme a lo señalado en los presentes TÉRMINOS Y
CONDICIONES. Las partes acuerdan que EL CONTRATISTA deberá cubrir por su propia cuenta y costo todos los gastos materiales en los que incurra AUDI MÉXICO por haber incumplido con cualquier medida de seguridad vigente al momento del siniestro. Adicionalmente, EL CONTRATISTA se asegurará de sacar en paz y a salvo a AUDI MÉXICO en caso de que cualquier tercero intente afectar los intereses de AUDI MÉXICO derivado de la afectación causada por el incumplimiento de las medidas de seguridad que haya incurrido EL CONTRATISTA.
35. REQUISITOS PARA LA SOSTENIBILIDAD EN LAS RELACIONES CON LOS SOCIOS COMERCIALES (CÓDIGO DE CONDUCTA PARA SOCIOS COMERCIALES).
Cuando EL CONTRATISTA hace una oferta a AUDI MÉXICO y/o acepta esta ORDEN DE COMPRA y/o ejecuta un pedido, EL CONTRATISTA confirma su conocimiento y conciencia de los requerimientos de AUDI MÉXICO para el desarrollo sostenible, que se encuentran en: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx bajo el rubro “Sustainability”.
AUDI MÉXICO se reserva el derecho de comprobar in situ, por medio de expertos, el cumplimiento por parte de los socios comerciales de los requisitos mencionados, sólo después de aviso previo y en presencia de representantes del CONTRATISTA, dentro de horarios comerciales normales y cumpliendo con la legislación respectivamente aplicable, especialmente la de protección de datos.
EL CONTRATISTA acepta y reconoce, que los recursos que integran su patrimonio no provienen de actividades derivadas o conexas con el lavado de activos, financiación del terrorismo, o actividad alguna considerada por las leyes como ilícita; de igual forma manifiesta que los recursos entregados a AUDI MÉXICO en el desarrollo de este Contrato, no provienen de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA manifiesta no encontrarse en ninguno de los listados, sistemas de información o bases de datos, de entidades que financien el terrorismo o coadyuven de manera activa o pasiva al lavado de activos.
Adicionalmente EL CONTRATISTA manifiesta que cuenta con medidas de prevención para evitar cualquier actividad xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, o actividad alguna considera por las leyes como ilícita.
En el supuesto de que EL CONTRATISTA llegara a hacer uso de recursos de procedencia ilícita, haciendo caso omiso de sus medidas, EL CONTRATISTA acepta responder ante AUDI MÉXICO y sacarle en paz y a salvo de cualquier multa o perjuicio que le genere por motivo del uso de EL CONTRATISTA de recursos de procedencia ilícita, lavado de activos, financiación del terrorismo, o actividad alguna considera por las leyes como ilícita.
Los requerimientos para el desarrollo sostenible definen las expectativas de las empresas del Grupo Volkswagen con relación a la conducta de los proveedores involucrados en el valor agregado de sus productos. El texto completo de dichos requerimientos puede encontrarse en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx bajo el rubro “Sustainability”
36. ANTICORRUPCIÓN.
Cada una de las PARTES, declara que no ha pagado, ofrecido pago, ocasionado pago, ofrecido o acordado ser pagado directa o indirectamente, al respecto de la ORDEN DE COMPRA y de acuerdos accesorios, ninguna contribución, cuota o comisión política, asimismo declaran que no ofrecerán, pagarán, prometerán pago o autorizarán pago de dinero; u ofrecerán, otorgarán o prometerá otorgar o autorizar la entrega de cualquier valor a cualquier autoridad o a empleados de ninguna empresa o a terceros.
36.1 El CONTRATISTA manifiesta para todos los efectos legales a que haya lugar, que en la aceptación de la ORDEN DE COMPRA no existe conflicto de intereses alguno, ya que, en caso de existir, la ORDEN DE COMPRA se podrá dar por rescindido de forma inmediata sin responsabilidad alguna por parte de AUDI MÉXICO
36.2 .
36.3 El CONTRATISTA se compromete a ejecutar sus obligaciones de manera ética y de conformidad con las Leyes, Reglamentos y Normativa aplicable y vigentes, incluyendo sin limitar, leyes que prohíban el soborno y el lavado de dinero, leyes que requieran el cumplimiento con legislación fiscal, regulaciones relacionadas con la importación y exportación y con el pago de cuotas y derechos aplicables y leyes de derechos humanos, ordenamientos que el CONTRATISTA manifiesta que conoce y que se compromete que sus directores, funcionarios, empleados, agentes, subcontratistas y representantes cumplan con sus términos y condiciones.
37. NOTIFICACIONES.
Las PARTES señalan como sus domicilios para oír y recibir notificaciones los enunciados en la ORDEN DE COMPRA. Las PARTES acuerdan que cualquier notificación o comunicación deberá formularse por escrito y con acuse de recibo. Cualquier contravención a esta sección dejará nula toda notificación o comunicación.
37.1 Las PARTES aceptan que se podrán realizar comunicaciones de carácter administrativo para la ejecución de las OBRAS a través de una plataforma de comunicación dispuesta por AUDI MÉXICO denominada Sala Virtual de Objeto (VOR). El CONTRATISTA acepta que es obligatorio hacer uso de la plataforma en caso de comunicaciones administrativas, lo cual no representará costo alguno para el CONTRATISTA y únicamente deberá utilizarse para efectos del CONTRATO, debiendo registrarse en el sitio de internet: xxx.xxxxxx-xxxxx.xx, donde un ningún caso el CONTRATISTA podrá reclamar daños o perjuicios a AUDI MÉXICO por el mal funcionamiento de la plataforma o bien reclamar gastos adicionales por su uso.
38. IDIOMA, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
El idioma oficial de los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES será el español; en caso de que existan versiones en alemán o inglés serán únicamente para fines informativos y en caso de inconsistencias, prevalecerá siempre lo establecido en la versión en español.
Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de la ORDEN DE COMPRA y los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES, las PARTES acuerdan expresamente someterse a la Legislación Federal Mercantil y Civil aplicable, así como a la jurisdicción de los tribunales y/o juzgados del Estado de Puebla, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere ser corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.