CUADRO RESUMEN MODELO DE PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CUADRO RESUMEN MODELO XX
XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
1. PODER ADJUDICADOR: |
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ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX-DULANTZI |
Órgano de Contratación: ALCALDÍA-PRESIDENCIA |
Número de Expediente |
109/2010 |
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Tipo de Procedimiento |
ABIERTO |
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Publicidad: |
SÍ |
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Tipo de Contrato: |
SERVICIOS |
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Tramitación: |
ORDINARIA |
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Criterios Adjudicación: |
VARIOS CRITERIOS |
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2. OBJETO DEL CONTRATO: [Descripción del Objeto del Contrato] |
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CPA: CPV 90500000-2 |
DESCRIPCIÓN DE CPA: MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL GARBIGUNE: EL CONTRATO CONSISTIRÁ EN RECIBIR TODOS LOS MATERIALES QUE SE RECIBEN EN EL GARBIGUNE, CONTROLAR QUE SE DEPOSITEN ADECUADAMENTE, ENARGARSE DE LA GESTIÓN PARA SU ELIMINACIÓN, MANTENIMIENTO DE TODO EL ESPACIO EN PERFECTAS CONDICIONES.
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3. PRECIO DEL CONTRATO |
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PRECIO: 32.320,03 € |
IVA: 5.817,60 € |
GASTOS DE PUBLICIDAD: |
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ANUALIDADES: |
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EJERCICIO: 2010 |
EJERCICIO: 2011 |
EJERCICIO: 2012 |
EJERCICIO: |
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REVISIÓN DE PRECIOS: SÍ |
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FORMULA: IPC DEL AÑO ANTERIOR |
SISTEMA DE REVISIÓN : |
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4. FINANCIACIÓN |
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FINANCIACIÓN AYUNTAMIENTO: 100% |
FINANCIACIÓN COMUNIDAD AUTONOMA: |
FINANCIACIÓN OTROS: |
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5. PLAZO DE EJECUCIÓN |
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HASTA: 00 XX XXXXXXXXX XX 0000 |
XXXXXXXX: SÍ |
DURACIÓN MÁXIMA: 4 AÑOS |
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6. GARANTÍAS |
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PROVISIONAL: NO
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ASCIENDE A: |
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DEFINITIVA: SÍ
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ASCIENDE A: 5% |
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COMPLEMENTARIA: NO
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ASCIENDE A: |
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7. MESA DE CONTRATACIÓN: SÍ |
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8. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA: NO |
GRUPO: |
SUBGRUPO: |
CATEGORÍA: |
MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la realización del servicio de MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL GARBIGUNE DE ALEGRÍA-DULANTZI, cuya codificación es CPV 90500000-2.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal como establece el artículo 10 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
EL CONTRATO CONSISTIRÁ EN RECIBIR TODOS LOS MATERIALES QUE SE RECIBEN EN EL GARBIGUNE, CONTROLAR QUE SE DEPOSITEN ADECUADAMENTE, ENARGARSE DE LA GESTIÓN PARA SU ELIMINACIÓN, MANTENIMIENTO DE TODO EL ESPACIO EN PERFECTAS CONDICIONES.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de servicios de MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL GARBIGUNE DE ALEGRÍA-DULANTZI será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxx-xxxxxxxx.xxx.
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 38.137,63 euros; el precio cierto anterior queda desglosado en un valor estimado de 32.320,03 euros y en el Impuesto sobre el Valor Añadido de 5.817,60 euros.
El importe se abonará con cargo a la partida 442.226.001 del vigente Presupuesto Municipal y de futuros años; existiendo crédito suficiente para hacer frente al gasto del año 2010, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de servicios será de 2 años con efectos desde 1 de diciembre de 2010 hasta 30 de Noviembre de 2012, pudiendo prorrogarse por el Ayuntamiento por plazo de otros 2 años.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
3.2. En los contratos de servicios, la solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
c) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
e) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, calle Herriko Plaza nº 1 de Alegría-Dulantzi, en horario de atención al público, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el BOTHA y en el Perfil de contratante: xxx.xxxxxxx-xxxxxxxx.xxx.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL GARBIGUNE DE ALEGRIA-DULANTZI». La denominación de los sobres es la siguiente:
Sobre «A»: Documentación Administrativa.
Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Sobre «C»: Documentación ponderable a través de juicios de valor.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de la Ley 30/2007 para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. _________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _________, c/ __________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad __________, con CIF n.º ________, enterado del expediente para la contratación del servicio de MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL GARBIGUNE DE ALEGRÍA-DULANTZI» por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de fecha _______ y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ______ euros y _______ euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En ____________, a ___ de ________ de 20__.
Firma del licitador,
Fdo.: _________________».
b) Documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática.
Generación de autoempleo.
SOBRE «C»
DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
a) Plan de Gestión del servicio en el que se valorará la organización de los residuos, el trato e información a los usuarios así como mejoras en el espacio.
CLÁUSULA DÉCIMA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
Precio: hasta 40 puntos (valorándose 4 puntos por cada 1% de baja sobre el tipo).
Empresas que generen autoempleo de sus socios (se acreditará con la justificación de la constitución de la sociedad y alta de autónomos): 30 puntos
.
Criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor:
Organización de los residuos: hasta 10 puntos.
El trato e información a los usuarios: hasta 10 puntos.
Mejoras en el espacio: hasta 10 puntos.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
D. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, que actuará como Presidente de la Mesa.
Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxx Cabezón, Vocal (Secretaria-Interventora de la Corporación).
X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Vocal (Concejal).
D. Fco. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, Vocal (Concejal).
X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxx, Vocal (Concejal).
D. Xxxxx Xxxx Xxxx xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx, Vocal (Concejal).
D. Xxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxxx, Vocal (Concejal).
D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx, Vocal (Concejal).
X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Vocal (Arquitecto Técnico Municipal).
Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Técnico de Medio Ambiente de la Cuadrilla xx Xxxxxxxxxxx).
Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Vocal (Técnico de Medio Ambiente de la Cuadrilla xx Xxxxxxxxxxx).
X. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, que actuará como Secretario de la Mesa.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 194 de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el art. 195 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Apertura de Proposiciones y Adjudicación Provisional
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 9:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «C», que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor.
Si se detectaran errores u omisiones en la documentación presentada en el Sobre «C», la Mesa concederá para efectuarla un plazo inferior a siete días, según el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx.
Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres «B».
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre «C») y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario provisional del contrato.
La adjudicación provisional del contrato deberá efectuarse en el plazo de 15 DIAS desde la apertura de las proposiciones; debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicarse en el Perfil de Contratante.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
Los que resulten adjudicatarios provisionales de los contratos deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 88 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Ofertas con Valores Anormales o Desproporcionados
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará en función de los siguientes parámetros:
Las bajas superiores al 25% del tipo de licitación o el 20% sobre la media de las otras ofertas presentadas.
CLÁUSUAL DECIMOSEXTA. Elevación a Definitiva de la Adjudicación Provisional
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el Perfil de contratante.
Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá aportar los documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva, y de haber abonado todos los anuncios de licitación y Seguro de Responsabilidad Civil con un límite de 300.000 euros por siniestro. Asimismo, podrá exigirse motivadamente al adjudicatario que acredite de nuevo su personalidad y capacidad para contratar.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo de quince días anterior, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva.
Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.
En el plazo de 30 días desde la firma del contrato deberá presentar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público).
Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 700 euros de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.
CLÁUSULA DECIMOVENA. Revisión de Precios
El precio de este contrato podrá ser objeto de revisión siempre y cuando se hubiese ejecutado, al menos, en el 20% de su importe, y hubiese transcurrido un año desde su adjudicación.
La formula de revisión de precios será el IPC del año anterior.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Plazo de Garantía
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de 6 meses, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
CLÁUSULA VIGÉSIMOPRIMERA. Ejecución del Contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
CLÁUSULA VIGESIMOSEGUNDA. Modificación del Contrato
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato.
Las modificaciones del contrato se formalizarán de conformidad con lo establecido en el artículo 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA VIGESIMOTERCERA. Penalidades por Incumplimiento
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 7.6.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades de hasta 3.837 euros.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGESIMOCUARTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 206 y 284 de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGESIMOQUINTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
1.- OBJETO
El contrato tiene por objeto la realización del MANTENIMIENTO DEL GARBIGUNE DE ALEGRIA-DULANTZI.
2.- CLASIFICACIÓN Y DESTINO DE LOS RESIDUOS
2.1.- CLASIFICACIÓN
En el cuadro nº 1 se desarrolla, en función del tipo de residuo, el área tipo que pretende instalarse y al que irá destinado, el tipo de contenedor que lo recogerá y la capacidad de éste.
Esta clasificación estará sometida a las variaciones que se establezcan desde el Ayuntamiento.
CUADRO Nº 1: CLASIFICACIÓN RESIDUOS Y CONTENEDORES
RESIDUO |
ÁREA OCUPADA |
TIPO DE CONTENEDOR |
CAPACIDAD |
VIDRIO DE COLOR CARTÓN Y PAPEL METALES-CHATARRA ESCOMBROS MADERAS Y VOLUMINOSOS NEUMÁTICOS PLÁSTICOS BATERÍAS ACEITE USADO XX XXXXXX PILAS MEDICINAS SÓLIDAS 0 PASTOSAS RADIOGRAFÍAS SPRAYS TETRA-BRICKS TEXTILES ENVASES XX XXXXXX CATALIZADORES AUTOMOVILES TUBOS FLUORESCENTES PAN FRIGORÍFICOS EXTRACCIÓN FREÓN VEGETALES Y RESTOS DE DJARDINERÍA LATAS ACEITES VEGETALES USADOS TELEVISORES Y ORDENADORES ELECTRODOMESTICOS SERIE MARRON PELIGROSOS |
A. DESCUBIERTA A. DESCUBIERTA ANDEN 1 ANDEN 2 ANDEN 3 ANDEN 4 ANDEN 5 A. CUBIERTA A. DESC. PROX A.C.
A. CUBIERTA A. DESCUBIERTA A. DESCUBIERTA A. DESCUBIERTA A. DESCUBIERTA A. CUBIERTA
A. CUBIERTA A. CUBIERTA A. DESCUBIERTA
A. DESCUBIERTA
A. CUBIERTA A. CUBIERTA
A. CUBIERTA
A. DESCUBIERTA
ALMACÉN CERRADO |
IGLÚ COMPACTADOR METÁLICO METÁLICO METÁLICO METÁLICO METÁLICO POLIETILENO REFORZADO ESPECIAL ACEITES ESPECIAL PILAS NORMAL, PLÁSTICO
NORMAL, PLÁSTICO NORMAL, PLÁSTICO NORMAL, PLÁSTICO NORMAL, PLÁSTICO NORMAL, PLÁSTICO NORMAL, PLÁSTICO
NORMAL, PLÁSTICO NORMAL, PLÁSTICO NINGUNO
NINGUNO
ESPECIAL ESPECIAL
NINGUNO
ESPECIAL
ESPECIAL |
2,5 m 10 M3 28 m3 ÚTILES 28 m3 ÚTILES 28 m3 ÚTILES 28 m3 ÚTILES 28 m3 ÚTILES 650 l . PALETIZABLE 1.200 l. 10 l 330 l. 2 RUEDAS
330 l . 2 RUEDAS 330 l . 2 RUEDAS 1.100 l. 4 RUEDAS 1.100 l. 4 RUEDAS 1.100 l. 4 RUEDAS 330 l. 2 RUEDAS
330 l . 2 RUEDAS 330 l . 2 RUEDAS
MÓVIL S/FURGONETA
120 l. 80 l.
80 m2. |
2.2.- DESTINO FINAL DE LOS RESIDUOS
En el cuadro nº 2 indica el destino final de los residuos admitidos en el Centro.
CUADRO Nº 2: DESTINOS
RESIDUOS |
DESTINO |
Fracciones Reciclables
Vidrio Papel y cartón Metales: Aluminio, hierro, acero inox, ... Plásticos Electrodomésticos serie blanca (exentos de C.F.C. )
Somieres Tetra-Brick Textiles Pan Envases xx xxxxxx T.V., ordenadores y videos (serie gris) Electrodomésticos serie marrón Aceites vegetales usados Catalizadores de automóvil Neumáticos |
Recuperador vidrio Recuperador papel y cartón Recuperador metales Recuperador de plásticos Recuperador plásticos Recuperador metales Recuperador metales Recuperador de Brick Recuperador de textil Alimentación animal Recuperación energética Recuperador especializado Recuperador especializado Recuperador Recuperador Recuperador
|
Fracciones No reciclables actualmente
Muebles Colchones Madera con herrajes metálicos o plásticos. Xxxxxx y puertas Vegetales y restos de jardinería Escombros y otros productos inertes |
Vertedero R.S. Inertes Vertedero R.S. Inertes Vertedero R.S. Inertes Vertedero R.S. Inertes Compostaje o Vertedero Vertedero R.S. Inertes |
Peligrosos
Aceites minerales usados Baterías de automóvil Pilas Medicamentos caducados Sprays Radiografías Tubos Fluorescentes y otros residuos con mercurio C.F.C. (extraído de frigoríficos) Pinturas, tintes, resinas y pegamentos Disolventes Insecticidas, desinfectantes, raticidas, herbicidas, fitosanitarios, etc. Productos químicos fotográficos Productos químicos del hogar (amoníaco, lejía, agua fuerte, limpia hornos, ceras, etc) Anticongelantes y antioxidantes |
Gestor Autorizado y Recuperación Gestor Autorizado y Recuperación Gestor Autorizado y Recuperación Gestor Autorizado y Depósito de Seguridad Gestor Autorizado y Recuperación Médicos sin fronteras Gestor Autorizado y Recuperación Planta de Tratamiento Gestor Autorizado y planta de tratamiento Gestor Autorizado y planta de tratamiento Gestor Autorizado y planta de tratamiento
Gestor Autorizado y planta de tratamiento Gestor Autorizado y planta de tratamiento
Gestor Autorizado y planta de tratamiento |
El destino de estos residuos podrá ser modificado con la autorización del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Dulantzi, siempre que se mejoren con ello las condiciones de reciclaje de los mismos.
3.- CRITERIOS DE ACEPTACIÓN DE LOS RESIDUOS
Para una adecuada gestión del Garbigune, será preciso que se realice una correcta admisión de residuos, de manera que no se produzca un almacenamiento de aquellos para los que no se creó.
De acuerdo con el manual de gestión del Garbigune que se implante estos residuos serán rechazados.
El Ayuntamiento podrá realizar variaciones en función de las áreas de clasificación que mantenga abiertas.
3.1.- RESIDUOS ADMISIBLES
Son los que se detallan en cuadro nº 3.
3.2.- RESIDUOS NO ADMISIBLES
Son los que se indican en el cuadro nº 4.
CUADRO Nº 3: RESIDUOS ADMISIBLES
-
Reciclables
Vidrio
Papel y cartón
Tetra - bricks
Metales: Aluminio, hierro, acero inoxidable, etc ...
Plásticos
Envases xx xxxxxx
Aceites vegetales usados.
Pan
Catalizadores de automóviles.
Neumáticos
Textiles.
Voluminosos
Electrodomésticos serie blanca y marrón.
Televisores y ordenadores.
Muebles
Colchones
Somieres
Xxxxx
Xxxxxx y puertas
Vegetales y restos de jardinería
Escombros y otros productos inertes, hasta un peso máximo de 50 kg. Por entrega y día
Peligrosos (hasta un peso máximo de 20 kg. por entrega y día incluido el envase)
Aceites de motor usados, líquidos de frenos etc.
Baterías de automóvil
Pilas
Medicamentos caducados sólidos o pastosos
Sprays
Radiografías
Tubos Fluorescentes
C.F.C (extraído de los frigoríficos)
Pinturas, tintes, resinas y pegamentos
Disolventes
Insecticidas, desinfectantes, raticidas, herbicidas, fitosanitarios, etc.
Productos químicos fotográficos
Productos químicos del hogar (amoníaco, lejía, agua fuerte, limpia hornos, ceras, etc)
Anticongelantes y antioxidantes
CUADRO Nº 4: RESIDUOS NO ADMISIBLES
-
Basuras domésticas
Residuos infecciosos
Residuos radioactivos
Otros residuos no identificables
3.3.- CRITERIOS DE ACEPTACIÓN DE RESIDUOS
El Centro de Recogida estará a disposición del ciudadano, y de pequeños comercios, oficinas, etc…
Y para las empresas que hayan obtenido la autorización municipal.
Antes de proceder a la aceptación del residuo o residuos, cada depositante deberá declarar en el puesto de control el contenido de lo que pretende entregar, tanto a efectos de control estadístico como de orientación de vertido.
El responsable del Garbigune, en función de la carga declarada y de la lista de residuos aceptables que se recoja en el manual, indicará su aceptación o rechazo.
4.- OPERATIVA LOGÍSTICA DE LA GESTIÓN DEL GARBIGUNE
Se tendrán en cuenta los siguientes:
4.1.- Circulación entradas-salidas
4.2.- Orientación de depósito
4.3.- Apoyo del personal al depósito
4.4.- Operaciones especiales del personal
4.5.- Retirada de contenedores
4.6.- Mantenimiento del Garbigune
4.7.- Vigilancia del Garbigune
4.8.- Xxxxxxx
4.9.- Señalización
4.10.- Registro y elaboración de información estadística
4.11.- Control xxx Xxxxxxx Municipal
4.1.- CIRCULACIÓN ENTRADAS-SALIDAS
Desde la caseta de control, el operario observará, de forma rigurosa, la llegada de los usuarios al Garbigune.
Una vez identificado el usuario y los residuos, se permitirá a éste el acceso al área de descarga.
4.2.- ORIENTACIÓN DE DEPÓSITO
Será una de las labores del personal propio del Garbigune el orientar a los usuarios hacia los lugares correctos de depósito, al tiempo que vigilar que dichas operaciones de vertido se realicen de forma correcta. De igual manera, examinará que no se producen confusiones, que el depósito se realiza correctamente y que las señales de indicación se encuentran en buen estado.
Se efectuará una inspección aleatoria sobre los siguientes residuos para comprobar que no están mezclados con otros que impidan su reciclaje:
Vidrio
Papel
Chatarra
Plásticos
Textiles
Se efectuará una inspección aleatoria en los siguientes residuos para comprobar que no estén mezclados con residuos peligrosos.
Fracción reciclable
Se efectuará una inspección aleatoria de los residuos peligrosos para comprobar que no son residuos distintos a los declarados en el control.
Se efectuará una inspección sistemática visual en todos aquellos contenedores de residuos líquidos declarados aceites que sean inferiores a los 5 litros.
No se recogerán aquellos que contengan más de 10 litros de aceite.
En el caso de que el depositante decida no entregarlo se le recomendará por escrito su tratamiento anotándose su identificación para su comunicación al Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Dulantzi.
Estas líneas generales de criterios de aceptación serán detalladas en un documento a disposición de los usuarios.
4.3.- APOYO DEL PERSONAL AL DEPÓSITO
El personal existente en la planta deberá ayudar a aquellos usuarios que lo soliciten en las operaciones de descarga.
4.4.- OPERACIONES ESPECIALES DEL PERSONAL
Se consideran operaciones especiales, aquellas que en cualquier caso deben ser efectuadas por el personal del Garbigune y son:
Almacenamiento de residuos peligrosos del hogar.
Acondicionamiento y almacenamiento de los residuos especiales que lo requieran:
Pilas xxxxxxx, alcalinas y botón: envasadas en bidones de 80 lt cerrados.
Fluorescentes: envasados en contenedores específicos.
Medicamentos sólidos y pastosos: se almacenan en contenedores de 200 lt. cerrados.
Radiografías: se almacenan en contenedores específicos.
Estas operaciones se realizarán de acuerdo con las normas específicas que para cada caso se establezcan por la empresa encargada de la explotación.
Y cualquier otra tarea relacionada con la actividad del Garbigune y que se pueda ir implantando.
4.5.- RETIRADA DE CONTENEDORES
En la planta existirán cinco tipos de contenedores o áreas de almacenamiento:
A.- Contenedor de 1.100 l. útiles de carga sobre camión que serán retirados siempre que sea necesario para un perfecto funcionamiento del Garbigune.
B.- Contenedores para residuos especiales de pequeño volumen que serán vaciados por los operarios en el propio Xxxxxxxxx siempre que sea necesario.
C.- Contenedores de descarga por su fondo tipo contenedor xx xxxxxx serán vaciados siempre que sea necesario para un perfecto funcionamiento del mismo.
D.- Contenedores especiales para aceites, fitosanitarios, baterías, etc. que serán vaciados por camiones especiales en el propio Xxxxxxxxx siempre que sea necesario para un perfecto funcionamiento del mismo.
E.- Área de almacenamiento de línea blanca hasta su traslado y recuperación por gestor homologado.
F.- Contenedor de tipo palet que será vaciado en el propio Xxxxxxxxx siempre que se considere necesario. De acuerdo con la disposición asignada a cada contenedor, se vigilará diariamente que éstos dispongan de capacidad suficiente, de tal manera que se efectúe su descarga inmediatamente sin perjuicios para los usuarios del Garbigune.
El adjudicatario, junto con el Servicio de Medio Ambiente de la Cuadrilla xx Xxxxxxxxxxx, se encargará de las gestiones necesarias con las empresas encargadas de la recogida de cada tipo de residuo.
4.6.- MANTENIMIENTO
La imagen, que del Garbigune debe darse en todo momento, deber ser excelente tanto en cuanto a su logística como a la Limpieza, y mantenimiento de las instalaciones.
Esto requiere efectuar un riguroso seguimiento de las siguientes áreas:
Área de contenedores de gran volumen:
Cada vez que se produzca la evacuación de un contenedor, se procederá a la limpieza de la superficie de apoyo.
Se mangueará y se retirará el residuo caído sobre ella.
Área para los usuarios del Garbigune:
Deberá estar en condiciones de limpieza rigurosa, efectuándose tantos recorridos al día como sean necesarios, para retirar cualquier residuo depositado, bien sea por error, roturas, negligencia, etc...
Área de control:
Se mantendrá en perfecto estado todos los elementos que existan en la oficina.
Señalización:
Se repararán o repondrán inmediatamente las señales o adhesivos deteriorados.
Áreas ajardinadas:
Se hará especial hincapié en mantener en buen estado todas las plantaciones realizadas.
Ello supone realizar los riegos periódicos necesarios, siegas, abonados, sustitución de plantas muertas, podas, etc...
Dado que las zonas ajardinadas son parte esencial en la imagen del Garbigune se incidirá especialmente este aspecto.
Vallado:
Se vigilará que el vallado que rodea la planta, se encuentre en buen estado, tanto mecánico como estético.
4.7.- XXXXXXX
Dentro de los paneles o carteles indicadores representativos del Garbigune, se reflejará de forma clara el horario de apertura y cierre.
Este horario deberá ser tal que se favorezca la llegada de los usuarios al Garbigune por cuestión de jornada laboral.
Lunes a Viernes: de 9:30 a 13:30 horas y de 16:30 a 18:30 horas.
Sábados: de 9:00 a 14:00 horas.
El Garbigune permanecerá cerrado según el calendario anual que elabore el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Dulantzi antes del 15 de enero de cada año.
5.- PERSONAL
El responsable del Garbigune será el interlocutor con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Dulantzi, así como responsable del control estadístico de la planta y de su presentación al mismo.
6.- PLAN DE SEGURIDAD E HIGIENE
Los aspectos de seguridad e higiene más significativos a tener en cuenta son:
Se tendrá especial cuidado en no permitir la entrada de residuos tóxicos o peligrosos no especificados entre los permitidos.
En relación con las operaciones especiales del personal de la planta, se dotará a éstos de los debidos equipos de protección personal, a saber; guantes, gafas, buzos, botas, etc ...
En relación con la seguridad de los usuarios, se cuidará que la circulación de vehículos y peatones dentro del Garbigune se realice por diferente área.
Se mantendrá una vigilancia visual periódica de la zona de muelles, observando posibles accidentes por caídas a distinto nivel.
En el Garbigune se dispondrá de material absorbente por si se produjese algún derrame de aceite.
Se dotará a la planta de un botiquín de primeros auxilios.
Los operarios del Garbigune irán adecuadamente uniformados para desempeñar su trabajo.
En Alegría-Dulantzi, a 30 xx xxxxxx de 0000
XX XXXXXXX
Xxx.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx
ANEXO I |
ACREDITACIÓN SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA |
Solvencia económica y financiera (artículo 16 LCAP)
|
Informe de Instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. |
|
Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. |
Solvencia técnica (artículo 19 LCAP)
|
Las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. |
|
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluyan importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. |
|
Una declaración que indique el promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años. |
ANEXO II |
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
Dº/Xx ______________________________________________________________________, con domicilio en _______________________________, provincia de _________, c/ ______________ nº ____ en nombre (propio o de la empresa que representa) _____________________, con [CIF/NIF] ________________, y domicilio fiscal en ______________, c/_____________________, enterado/a del anuncio publicado en el BOTHA de ____________ del día ____ de ________ de _____, y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL GARBIGUNE DE ALEGRÍA-DULANTZI, se compromete en nombre1 ______________________ a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de __________ [expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato].
El licitador hace constar que la oferta presentada comprende no solo el precio de la contrata como tal, sino también el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, de acuerdo con su normativa reguladora.
____________________, a ____, de __________________, de 20___.
(Fecha y firma del proponente)
1 Propio o de la empresa que representa.
1