Esp. kodea: 2014KIRE0002 Asunto: HAINBAT UDAL GUNEREN GARBIKETA, ZAINTZA ETA MANTENTZE ZERBITZU KONTRATUA
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA
SERVICIOS DE LIMPIEZA, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS Y DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1. KONTRATUAREN XEDEA
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la prestación del “SERVICIOS DE LIMPIEZA, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS Y DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”, en las condiciones determinadas en el Pliego de Clausulas Técnicas, en el presente Pliego y en la oferta que resulte adjudicataria del contrato.
Codificación CPV: 45212290-5 77300000-6 90600000-6 90910000-9
2. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo total de ejecución de la prestación será de UN AÑO, contado a partir del primer día del mes posterior a la firma del contrato, siendo susceptible de prórroga expresa y mutuamente acordada (con una antelación mínima de tres meses) por UN AÑO más, sin que la duración total del mismo pueda exceder de DOS AÑOS.
La empresa contratada se entenderá incursa en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración
3. PRECIO DEL CONTRATO
El precio base del contrato para el primer año, IVA EXCLUIDO, será de 85.000,00 € (IVA excluido), cantidad que podrá ser mejorada a la baja en sus ofertas por los licitadores. En ese precio están incluidos únicamente las prestaciones obligatorias.
Para los servicios extraordinarios los licitadores podrán mejorar a la baja los siguientes precios: Enterramiento: 180,00 euros (IVA excluido). Precio hora operario limpieza, jardinería, tareas a realizar dentro del polideportivo,
trabajos de reparto: 18,00 euros (IVA excluido).
El presupuesto estimado del servicio del contrato para un año es de 90.000 € (IVA excluido). No obstante, debido a que el precio del contrato no puede ser previamente cuantificado, al depender de las necesidades reales que surjan, no se garantiza importe alguno por el servicio.
Así, el presupuesto estimado para la globalidad del contrato, incluidas las prórrogas, es de 180.000 € (90.000 x 2), IVA excluido.
Una vez adjudicado el contrato, en el precio se entenderán incluidos todos los gastos e impuestos que se ocasionen como consecuencia de la prestación del servicio.
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4. FINANCIACIÓN
Existe crédito presupuestario suficiente para atender las obligaciones que se deriven para el Ayuntamiento del cumplimiento del contrato.
Para los años sucesivos la ejecución del contrato queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios presupuestarios correspondientes.
5. FORMA DE PAGO
El pago del precio del servicio se realizará previa presentación de la correspondiente factura de carácter mensual, la cual será supervisada y contrastada por parte del Ayuntamiento y, si procede, aprobada por el órgano competente.
Una vez aprobada la factura, ésta será abonada dentro de los plazos legalmente previstos en el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato podrá ser objeto de revisión de precios cuando haya transcurrido un año desde su formalización, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 89 a 94 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La procedencia o no de la revisión, y en su caso el procedimiento y el índice específico aplicables, serán los que reflejen de la forma más adecuada la evolución de los costes del presente contrato de entre los aprobados reglamentariamente.
En caso de que en el momento en que corresponda aprobar la revisión de precios no se encuentren aprobados los supuestos en los que procede tal revisión, así como las fórmulas a aplicar, se realizará en base al 85% de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo general de carácter estatal del año natural anterior.
7. GARANTÍAS
Garantía provisional:
No se exige.
Garantía definitiva:
La empresa adjudicataria del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligada a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será xx xxxx días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa hubiera recibido el requerimiento, y podrá constituirse en cualquiera de los medios
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establecidos en el artículo 96.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con la salvedad de que las constituidas en metálico deberán de ser ingresadas en cualquiera de las cuentas corrientes del Ayuntamiento de Aramaio.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del referido Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por la empresa adjudicataria todas sus obligaciones contractuales.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
8. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto, a la oferta económicamente más ventajosa.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del procedimiento abierto relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1.- OFERTA ECONÓMICA (65 PUNTOS)
a) OFERTA ECONÓMICA SERVICIOS BÁSICOS: 62 puntos. (a incluir en sobre C)
El precio ofertado para la redacción del proyecto completo: 60 puntos. (a incluir en sobre C)
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
Pl= Ob/Ol x 62
Donde: Pl: Puntuación licitador Ob: Oferta más baja Ol: Oferta licitador
* La proposición económica en este apartado deberá estar desglosada por cada servicio a prestar acorde con el anexo II.
b) OFERTA ECONÓMICA SERVICIOS EXTRAORDINARIOS (PRECIO HORA OPERARIO): 2 PUNTOS. (a incluir en sobre C)
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta
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económica más baja y la oferta del licitador que se valora por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
Pl= Ob/Ol x 2
Donde: Pl: Puntuación licitador Ob: Oferta más baja Ol: Oferta licitador
C) OFERTA ECONÓMICA SERVICIOS EXTRAORDINARIOS (ENTERRAMIENTO): 1 PUNTO. (a incluir en sobre C)
Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más económica y la puntuación del resto de las ofertas se desprende de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre la oferta económica más baja y la oferta del licitador que se valora por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
Pl= Ob/Ol x 1
Donde: Pl: Puntuación licitador Ob: Oferta más baja Ol: Oferta licitador
2.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO A PRESTAR: 35 puntos. (a incluir en sobre B)
A) Organización general: 30 puntos. Se valorarán los siguientes aspectos:
Proyecto de organización adecuado a las exigencias xxx xxxxxx en cuanto a frecuencias, rendimientos, zonas de limpieza, equipos de trabajo y horario y días de servicio. Deberá contener un desglose de los distintos servicios a prestar acorde con la enumeración realizada en la clausula 1ª xxx Xxxxxx de Clausulas Técnicas.
Descripción de los medios humanos y materiales con que cuenta la empresa concursante para el presente contrato. Deberán concretarse los cálculos justificativos de los recursos humanos, cuadros y datos relativos al personal necesario para trabajo a realizar.
B) Sistemas de control: 5 puntos: Se valorarán los siguientes aspectos: Propuesta de sistemas de control, control de la planificación inicial del servicio,
controles de calidad del servicio. Medios de cumplimiento y de la organización del servicio.
9. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia
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económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la cláusula 10.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún o alguna miembro de la misma, esa persona deberá justificar documentalmente que está facultada para ello. Tanto en uno como en otro caso, a la representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además las empresas licitadoras deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
10. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el del Ayuntamiento de Aramaio, en horario de oficina, todos los días hábiles (excepto sábados), a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el BOTHA y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Asimismo la presente licitación se anunciará en el perfil del contratante del Ayuntamiento y el acceso a los pliegos y a la documentación complementaria podrá realizarse a través del mismo.
Para contactar con la Unidad de Contratación dirigirse a:
SECRETARÍA-INTERVENCIÓN Xxxxxxx Xxxxxxxxxx enparantza,1 – 01160 Aramaio
Tel. 000 000000 / Fax 000 000000 E-mail: xxxxx@xxxxxxx.xxx
Perfil del Contratante: xxx.xxxxxxx.xxx /
xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
Las proposiciones se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento (Xxxxxxx Xxxxxxxxxx plaza, 1 en el mismo horario indicado, DURANTE EL PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS NATURALES (en caso de que el último día coincida en sábado o festivo el plazo se ampliara hasta el primer día hábil siguiente), contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio. La hora límite de presentación de ofertas en el registro serán las 14:30 horas del último día de presentación.
Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico, a la dirección arriba indicada, la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo para presentación de proposiciones. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
Las empresas licitadoras deberán presentar TRES sobres cerrados (A, B y C) en cada uno de
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los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS Y DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar los tres sobres también firmados.
1) El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
1.a) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del empresario o de la empresaria y, en su caso, de su representación. La personalidad se acreditará mediante la presentación de:
- Documento Nacional de Identidad si la persona licitadora actúa en nombre propio. - En el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, Documento Nacional de Identidad y escritura de apoderamiento. En el acto de calificación de la documentación se procederá, de oficio, al bastanteo del poder.
Cuando la licitadora sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. - En el caso de que varios empresarios o empresarias acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos y ellos y ellas.
1.b) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
1.c) Declaración expresa responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
1.d) El documento o documentos que acrediten la solvencia económica y financiera. Deberá acreditarse por una o varias de las siguientes formas: · Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro
de indemnización por riesgos profesionales. · Tratándose de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las
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mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria en los Estados en donde aquellas se encuentren establecidas.
· Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras realizadas por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
1.e) Acreditación de la solvencia técnica o profesional. Deberá acreditarse con la presentación de la siguiente documentación: · Relación de servicios similares de seguimiento ambiental realizados en el curso de los
últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, acompañada de certificados de buena ejecución para las más importantes.
· Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
No serán admitidas las propuestas de los licitadores que no acrediten la disponibilidad de los medios necesarios.
1.f) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder a la empresa licitante.
1.g) Dirección de correo electrónico para efectuar los requerimientos o solicitudes de aclaraciones, documentación complementaria y/o la comunicación de existencia de vicios subsanables.
Aquellas empresas licitadoras que se encuentren inscritas en el registro Oficial de Empresas Clasificadas regulado por el Decreto 12/1998, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Registros de Contratos y Contratistas de la Comunidad Autónomo de Euskadi, podrán presentar copia compulsada del certificado expedido por el/la letrado/a responsable del registro en sustitución de la documentación requerida en los apartados 1.a), 1.b) y 1.c). Deberá acompañarse de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en la certificación no han experimentado variación.
* Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada.
** La aportación inicial de la documentación del “SOBRE A” para acreditar la capacidad y la solvencia (incluida la clasificación) podrán ser sustituidos por una declaración responsable de la empresa licitadora conforme al documento del Anexo I, indicando que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. La empresa licitadora en cuyo favor recaiga la adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
*** Las empresas licitadoras que hubieren presentado la documentación requerida en el sobre “A” para otro expediente de contratación tramitado por el Ayuntamiento, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de adjudicación, quedarán exentos de la obligación de presentarla nuevamente, siempre que no hubiera habido modificaciones en la misma y/o no se encuentren caducados, haciendo constar esa circunstancia mediante declaración
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responsable.
2) El sobre “B” se subtitulará “MEMORIA TECNICA” y contendrá los siguientes documentos:
Documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya valoración dependa de un juicio de valor, en concreto:
a) Memoria técnica que posibilite la valoración de los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula 8 apartado 2.
La documentación incluida en el presente sobre “B” deberá de tener como máximo 10 hojas DIN-A4 (por ambas caras, índice, fichas y anexos incluidos si los hubiera). En el caso de que el documento presentado supere el número de páginas señalado, los criterios de valoración correspondientes a la Memoria Técnica serán valorados con 0 puntos.
En ningún caso deben de incluirse en el presente sobre la proposición económica o cualesquiera otros datos correspondientes a criterios de adjudicación cuantificables de forma automática y que deberán incluirse en el sobre “C”.
La inclusión de cualquiera de dichos datos en el sobre “B” supondrá la exclusión de la empresa licitadora del presente procedimiento, y no se procederá a la apertura del sobre “C”.
3) El sobre “C” se subtitulará “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” y contendrá los siguientes documentos:
La proposición económica expresará el valor ofertado como precio del contrato para la realización del trabajo objeto de licitación, incluyéndose en el precio todos los conceptos, incluidos los impuestos, tasas y arbitrios del cualquier esfera fiscal, gastos generales y beneficio industrial del contratista. Se presentará según el modelo recogido en el anexo II de este pliego.
* En la oferta deberá figurar de manera desglosada el Impuesto sobre el Valor Añadido, indicando tipo e importe aplicable al contrato conforme a su normativa reguladora. En caso de que la oferta no se encuentre desglosada la misma será rechazada.
En ningún caso deben de incluirse en el presente sobre la memoria técnica o cualesquiera otros datos correspondientes a criterios de adjudicación cuya valoración dependa de un juicio de valor.
La inclusión de cualquiera de dichos datos en el sobre “C” supondrá la no valoración de dichos documentos, por lo que solamente se le asignarán los puntos correspondientes a los criterios de adjudicación cuantificables de forma automática.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
11. VARIANTES O ALTERNATIVAS
No se admiten
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12. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación, que ejercerá las funciones que le son propias en el presente procedimiento, estará compuesta por las siguientes personas: a) Presidente: Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aramaio, o persona en quien delegue.
b) Vocales: 1.- Secretario-Interventor de Ayuntamiento, o quien legalmente le sustituya. 2.- El Concejal Presidente de la Comisión de Servicios. Sustituto: Presidente de la Comisión Xxxxxx. 3.- El Concejal Presidente de la Comisión xx Xxxxxxx y Participación. Sustituto: Presidente de la Comisión de Euskara y Educación.
c) Secretario: un funcionario del Ayuntamiento.
La Mesa de Contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
Podrán asistir, además, todo aquel personal técnico cuya presencia sea solicitada por la Mesa, para ejercer labores de asesoramiento.
13. CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”) procediendo, para ello, como se señala en los artículos 81 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de las empresas licitadoras que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del Órgano de contratación. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles las empresas licitadoras corrijan o subsanen los defectos observados.
En este mismo acto la Mesa de Contratación procederá a la apertura del sobre “B” (Memoria Técnica), y las remitirá al órgano encargado de su valoración, que deberá devolver el informe de valoración antes de la apertura pública de la proposición económica.
Las ofertas económicas presentadas (sobre “C”) serán abiertas en acto público en el lugar, fecha y hora que se indique en el perfil de contratante.
Posteriormente la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación que haya de efectuar la misma.
14. ADJUDICACIÓN, FORMALIZACIÓN Y GASTOS
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La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 320.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El Órgano de Contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 8 del presente pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el procedimiento, motivando en todo caso su resolución con referencia a dichos criterios de adjudicación.
El Alcalde, por delegación del Pleno, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Aportar la documentación para acreditar la capacidad y la solvencia para contratar (incluida la clasificación en su caso).
b) Constituir la garantía definitiva y, en su caso, la garantía complementaria. c) Presentar copia de la póliza y del recibo del seguro de responsabilidad civil d) Presentar la relación de los subcontratos a celebrar, con indicación de las partes del
contrato a realizar por cada empresa subcontratada.
La adjudicación se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo xx xxxx días anterior, siempre que el licitador haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva.
Cuando no proceda la adjudicación del contrato a la empresa licitadora que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa por no cumplir ésta las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar un nuevo requerimiento a la empresa licitadora o licitadoras siguientes a aquélla, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, en cuyo caso se concederá a ésta un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.
La adjudicación se realizará en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones.
El contrato se perfeccionará con su formalización en documento administrativo, que deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
Los gastos de anuncios de la licitación y adjudicación serán por cuenta del Ayuntamiento.
Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación de las empresas licitadoras no adjudicatarias incluida en los sobres “A” y “B” quedará a disposición de aquellas. Transcurrido el plazo de dos meses desde que dicha documentación quede a su disposición, la administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las empresas licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada.
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III.- EJECUCION DEL CONTRATO
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
16. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
La empresa contratada está obligada al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en los trabajos objeto de este contrato, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La empresa contratada será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del texto Refundido de la Ley Contratos del Sector Público.
A tal fin aportará, en el plazo indicado en la clausula 14ª desde la notificación de la adjudicación provisional, copia de una póliza de seguros, con límite mínimo de garantía de 600.000€, y justificante del pago de la misma, que cubra los riesgos inherentes al contrato y en especial a la responsabilidad civil en que pueda incurrir por los daños causados a terceras personas y derivados de actos del personal del adjudicatario, de sus empleados, y dependientes permanentes u ocasionales, de la maquinaria y equipo que empleen, así como a consecuencia de los trabajos realizados durante la prestación del servicio objeto de la adjudicación.
18. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, en los casos y en la forma previsto en el Título V del Libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
19. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
En el plazo máximo de 30 días desde la finalización de la prestación objeto del contrato se producirá el acto formal y positivo de recepción de la misma.
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Asimismo, se establece un plazo de 6 MESES a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la referida Ley.
Durante este plazo de garantía el contratista responderá de la calidad de cada uno de los elementos y materiales integrantes del Proyecto así como de los defectos que ellos los hubiere, sin que sea eximente la circunstancia de que los representantes del Ayuntamiento los hayan examinado, o reconocido durante su elaboración. El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden explícita del Ayuntamiento.
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
20. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A) DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Si la empresa contratada, por causas imputables a la misma, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias descritas en la clausula 21ª.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Órgano de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
B) DE LA EJECUCIÓN PARCIAL DE LAS PRESTACIONES
Cuando la empresa contratada, por causas imputables a la misma, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias descritas en la clausula 21ª.
21. INFRACCIONES Y SANCIONES
7 Se considerará incumplimiento contractual toda acción u omisión, por parte de la adjudicataria, que suponga un quebrantamiento de las obligaciones recogidas en los pliegos para este contrato y en otras normas de general aplicación.
Los incumplimientos tipificados en este Pliego se clasifican en leves, graves o muy graves. Los incumplimientos leves se penalizarán con multa de hasta 300 euros. Los incumplimientos graves se penalizarán con multa de entre 301 y 900 euros. Los incumplimientos muy graves se penalizarán con multa de entre 901 y 3.000 euros.
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Una vez calificado el incumplimiento, para la determinación de la penalidad concreta a aplicar se tendrá en cuenta el grado de intencionalidad, la reiteración y la naturaleza de los perjuicios o riesgos causados. Acreditada la comisión de una infracción, previa audiencia a la adjudicataria, el órgano de contratación impondrá la penalidad que corresponda de conformidad con lo establecido en esta Cláusula y en el artículo 212 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Si la adjudicataria persistiese en una actuación significativa de notoria infracción, los Servicios Técnicos propondrán la resolución del contrato sin que la adjudicataria pueda solicitar indemnización alguna.
1.1.- INCUMPLIMIENTOS LEVES La falta en el uniforme reglamentario en el personal, el estado indecoroso de la ropa o
llevar distintivos diferentes al diseño establecido. Omisión del deber de comunicar situaciones contrarias al buen funcionamiento del
sistema. Vehículos en mal estado de limpieza o con adhesivos no autorizados, aunque se
encuentre en buen estado de pintura. Cualquier otro incumplimiento respecto a las prescripciones del presente Pliego, xxx
Xxxxxx de Condiciones técnicas, o de la oferta presentada, que no tengan las consideración de graves o muy graves en los apartados siguientes.
1.2.- INCUMPLIMIENTOS GRAVES Se considerarán incumplimientos graves todos aquellos que supongan un
incumplimiento de las obligaciones establecidas para el contratista en el presente pliego y que no merezcan la calificación de muy graves y que por su naturaleza no deban de ser comprendidas como leves. Concretamente:
El menoscabo de la imagen del servicio o de sus operarios o del Ayuntamiento y sus inspectores.
Causar daños a la vía pública o a sus instalaciones o elementos. No cumplir las órdenes e instrucciones emanadas de los STM. No facilitar la información relativa al servicio en el tiempo solicitado. El incumplimiento de los programas definidores de las prestaciones del contrato, salvo
en aquellas obligaciones cuyo incumplimiento tenga la consideración de muy grave en el apartado siguiente.
El comportamiento incorrecto del personal del servicio con el público, los inspectores municipales o los agentes de la autoridad.
La percepción de la adjudicataria o sus empleados de cualquier remuneración, canon o merced de los particulares o usuarios del servicio.
La falta de mantenimiento y limpieza en los espacios e instalaciones comprendidos dentro del objeto del contrato.
Omisión del deber de rendir cuentas de los cobros de las tarifas del polideportivo por más de quince días.
1.3. INCUMPLIMIENTOS MUY GRAVES Utilizar las instalaciones fijas, para otra función que no sea la concreta del contrato.
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La utilización de los medios materiales y humanos vinculados al contrato y dentro de las jornadas y horarios previstos para su ejecución, a tareas ajenas al mismo, sin autorización de los STM.
La desobediencia inexcusable a las órdenes que el Ayuntamiento notifique por escrito para corregir deficiencias del servicio o por razones del interés público.
Asignar al servicio menos recursos que los establecidos en el contrato. Incumplimiento de las frecuencias, horarios y programaciones en la prestación de los
servicios. Falta de cumplimiento de adopción de medidas de seguridad pertinentes para la
prestación de cada servicio. La omisión de las obligaciones de comunicación al Ayuntamiento de cualquier
información o documentación prescrita en los Pliegos, tanto en formato como en la periodicidad establecida en los mismos. ´
Omisión del deber de rendir cuentas de los cobros de las tarifas del polideportivo, cuando no tenga la consideración de grave.
La falta de pago de los recibos del seguro de responsabilidad civil a su vencimiento. No cumplir las condiciones fijadas en la normativa vigente en materia medioambiental. La modificación en alguno de los programas que regulan las prestaciones del contrato,
sin autorización previa de los STM. Verter en lugar no autorizado los residuos. La imposición de dos sanciones por faltas graves en el plazo de un año o de tres en el
de dos años, siempre qué sean de la misma naturaleza. La suspensión o interrupción de los servicios, salvo causa de fuerza mayor apreciada
por el Ayuntamiento o paro laboral desarrollado en forma legal, o el incumplimiento de los servicios mínimos en este último supuesto.
22.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1.- El derecho a la percepción del precio se ajustará a las siguientes reglas:
a) Se abonarán al contratista, con arreglo a los precios convenidos, los trabajos que realmente ejecute con sujeción al pliego de prescripciones técnicas y a sus modificaciones debidamente autorizadas, a medida que por el Ayuntamiento se den por recibidas de conformidad.
b) No tendrá derecho el contratista al pago de las innovaciones o mejoras hechas voluntariamente, aunque fuesen beneficiosas para la Administración.
Tampoco se le admitirán reclamaciones por trabajos distintos de los presupuestados, que hubiere realizado sin previa autorización del órgano de contratación, con arreglo a las formalidades exigidas legalmente.
En ningún caso tendrá el contratista derecho al abono de los trabajos que realizase, contraviniendo lo dispuesto en este párrafo y en el anterior.
2.- Además de las contenidas en este Pliego y de las que resulten de la aplicación de las normas supletorias, son especiales obligaciones del contratista las siguientes:
a) La adquisición a su xxxxx de todos los elementos precisos para la prestación del servicio
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objeto del contrato.
b) Mantener en adecuado estado de uso y conservación tanto, los materiales como, la maquinaria adscrita al servicio, haciéndose cargo de los gastos que requiera el mantenimiento (revisiones técnicas, obras, etc) y la utilización de los mismos.
c) Contratar al personal preciso para la prestación del servicio y cumplir lo establecido en todas las disposiciones vigentes en materia de relaciones laborales, seguridad social y seguridad y salud en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por cualquier incumplimiento que se pudiera producir por parte del contratista.
d) Notificar, en el plazo de quince horas, las incapacidades, incompatibilidades o sustituciones del personal adscrito a un centro de trabajo que hubieran podido sobrevenir.
e) Disponer de medios suficientes para atender imprevistos en el servicio o poder disponer de ellos en un plazo no superior a 6 horas.
f) Presentación de partes de trabajo conforme a lo exigido en el pliego. Y documentación relativa a nóminas y seguridad social conforme a la periodicidad y formato que se fije desde la dirección del Ayunamiento.
g) Garantizar servicios mínimos en el caso de huelga, independientemente de compensaciones que puedan proceder.
23. SUBCONTRATACIÓN
De conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y sometido al cumplimiento de los requisitos exigidos, la empresa adjudicataria podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato, hasta un máximo del 30% del precio de adjudicación.
La celebración de los subcontratos estará sometida a que la empresa contratada dé conocimiento por escrito a la Administración del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por la empresa subcontratada.
24. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como las recogidas en los pliegos.
25. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la misma.
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IV.- NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
24. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto, específicamente en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
25. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
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ANEXO I
D........................................................................................ ........................con domicilio en................................. CP....................., DNI nº........................, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de....................................................................................... con domicilio en ............................................ ...................................................... CP..........................., teléfono ..................... ...................., y DNI o CIF (según se trate de persona física o jurídica ..............................................................), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Aramaio, para la contratación de las SERVICIOS DE LIMPIEZA, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS Y DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
DECLARO:
PRIMERO: Que ha examinado y conoce el Pliego de Prescripciones Técnicas y el de Cláusulas Administrativas Particulares, y que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios de aplicación a la presente contratación.
SEGUNDO: Que la empresa licitadora cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y que en caso de resultar propuesta adjudicataria se compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, conforme a lo dispuesto en el artículo 146 del R.D. Legislativo 3/2011, referidos a la personalidad jurídica, representación, en su caso clasificación/solvencia y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y demás que se exigen en los pliegos.
TERCERO: Que dichos requisitos relativos a las condiciones de capacidad y solvencia se reúnen con anterioridad a la finalización del plazo establecido en los Pliegos para la presentación de proposiciones.
CUARTO: Los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, Comunicaciones y notificaciones, son los siguientes:
Domicilio (calle, nº, piso, código postal, población y provincia)………….. Teléfono/s: .........................../............................./ (movil)........................... Fax: .................................... Dirección de correo electrónico: ...................................................... Persona de contacto: ............
Nota: Téngase en cuenta que los requerimientos, comunicaciones y notificaciones, se efectuarán preferentemente a la dirección de correo electrónico por Vd. Indicada.
En........................., a........... de…................. de 20......
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ANEXO II
Modelo de proposición económica y otros criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas:
D .................................. con domicilio ................................ CP ....................., DNI nº ........................, teléfono.................................................................. en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de....................................................................................... con domicilio en………………………………… CP………….., Y DNI o CIF (según se trate de persona física o jurídica……………………), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Aramaio para la contratación de las SERVICIOS DE LIMPIEZA, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS Y DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL, declaro:
PRIMERO.- Que ha examinado, conoce y acato expresamente el Proyecto de Ejecución, el Pliego de cláusulas técnicas y el Pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen el presente contrato.
SEGUNDO.- Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios aplicables a esta contratación, y se somete voluntariamente a ellos.
TERCERO.- Que se compromete a llevar a cabo la ejecución total de las obras de SERVICIOS DE LIMPIEZA, CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS Y DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL con la siguiente oferta económica:
A) SERVICIOS BÁSICOS CONCEPTO Oferta excluido IVA
(incluye la suma IVA Precio Total
Mantenimiento, limpieza y gestión del polideportivo municipal
Limpieza de diversos espacios de titularidad municipal
Cuidado y mantenimiento de los parques, jardines y cementerios
Servicios a prestar durante las fiestas patronales de Aramaio y de los diferentes barriosTOTAL
B) SERVICIOS EXTRAORDINARIOS
CONCEPTO Oferta excluido IVA (incluye la suma IVA Precio Total
Precio hora operario.
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Enterramiento
TOTAL
NOTA: expresar todos los números en letra y número.
Dicho importe incluye todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto que se derive de la prestación, o que se origine para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los Pliegos.
En …………………………, a …………………… de …………………………..2014.
Eginbidea Nik neuk egiten dut, Xxxxxxx xxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxx xxxxx xxx 0000xx xxxxxxxx 0xx onartu zuela Plenoak.
Aramaio, 2014ko urriaren 6a.
Diligencia Lo extiendo yo, Secretario del Ayuntamiento, para hacer constar que el presente pliego fue aprobado por el Pleno el 6 de octubre de 2014. Aramaio, a 0 xx xxxxxxx xx 0000.
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Idazkaria /Secretario