MINISTERIO DE SALUD
XXXXXXXXXX XX XXXXX
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX
“Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx”
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Nº 6355 Miraflores
CONTRATO Nº 0048 -HEJCU-2006
MENOR CUANTIA Nº 0048 - 2006-HEJCU-CEPCONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES |
Conste por el presente documento, la Contratación del servicio de Mantenimiento de Ascensores, que celebran de una parte el Hospital de Emergencias “Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx”, con RUC. N° 20138100015, domicilio legal en la Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000 – Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, debidamente representado por Xxx XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX identificado con DNI N° 00000000 en calidad de Jefe de la Unidad de Logística, encargado con Resolución Directoral N° 057-UP-HEJCU-2006, y facultado con Resolución Directoral N° 068-DE-HEJCU-2006, que en adelante se le denominará “El HOSPITAL” y de otra parte la Empresa ASCENSORES S.A. con RUC. N° 20100057523, con domicilio legal en Vía Evitamiento Nº1784 Ate - , debidamente representado por xxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx identificado con DNI N° 00000000, inscrito en la Ficha N° 4009 Asiento Nº12-C en la Localidad de Lima y a quién en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES
CLAUSULA PRIMERA:
1.1 Mediante Resolución Directoral N° 0151-DE-HEJCU-2006, se aprobaron las Bases de la Menor Cuantía Nº006-2006-HEJCU-CEP- “CONTRATACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES” destinado a garantizar la continuidad de los servicios esenciales que presta el Hospital de Emergencias “Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx”.
1.2 El proceso de Selección citado precedentemente, en su desarrollo estuvo a cargo del Comité Especial Permanente, designado por Resolución Directoral N° 027-DE-HEJCU-2006.
1.3 Consentida la Buena Pro se procede al perfeccionamiento del contrato.
DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO
CLAÚSULA SEGUNDA: El presente Contrato está conformado por el documento que lo contiene, y:
Bases
Oferta ganadora
Documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el presente contrato.
ITEM |
DESCRIPCION |
CANTIDAD SERVICIO MENSUAL |
X.XXX |
PLAZO DE EJECUCION
|
VALOR UNITARIO S/. |
VALOR TOTAL S/. |
001 |
Contratación del servicio de Mantenimiento de Ascensores |
1 |
UND |
doce (12) meses De julio 2006 A Junio 2007 |
1,016.25 |
12,202.94 |
TOTAL : |
S/.12,202.94 |
OBJETO DEL CONTRATO
CLÁUSULA TERCERA:El objeto del presente documento es la Contratación del servicio de Mantenimiento de Ascensores, que garanticen la continuidad de los servicios esenciales que presta “EL HOSPITAL” se describe:
ESPECIFICAIONES TECNICAS
Servicio de Mantenimiento de (2) Ascensores xxxxx XXXX de 900 Kg. – 1.5 m/seg
CONDICIONES MINIMAS DEL SERVICIO
Atención con la mayor diligencia la prestación del servicio durante las veinticuatro (24) horas, inclusive los xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados.
Inspección y engrase mensual de la instalación, incluyendo lubricación y limpieza de la maquina, motor y control, engrases y lubricación de cojinetes y guiadores, efectuando además ajustes y calibraciones técnicamente necesarias.
Revisión de los cables xx xxxxx para mantener un factor adecuado de seguridad.
Mantenimiento de dispositivos de seguridad y regulador de velocidad.
MANTENIMIENTO MENSUAL
Ajustes de partes móviles y limpieza del soporte de puertas, incluye cojinetes y cables.
Arreglo y limpieza de botoneras de llamadas y de emergencias.
Arreglo y limpieza del indicador de posición y botoneras de piso
Inspección del sistema eléctrico, iluminación de Emergencias y puertas.
Limpieza de los focos de señalización
Limpieza del timbre de emergencia.
Limpieza general del techo de la cabina
Limpieza y ajuste del sistema de control de puerta.
Limpieza, ajuste y engrase de partes móviles del motor del ventilador.
Pruebas del Sistema de nivelación y renivelación de cabina
Revisión, limpieza, ajuste y lubricación del dispositivo de seguridad
Revisión y prueba del sistema xx xxxxxx manual.
Verificación del estado de conservación xxx xxxxxx existente en cabina
SALA DE MAQUINAS
Corrección de conexiones flojas en el sistema
Eliminación de polvo en la sala de maquinas y paneles de control
Limpieza general de la sala de maquinas
Limpieza y lubricación selector de interruptores de nivelación
SISTEMA DE CONTRAPESO Y POZO
Inspección del sistema de amortiguación de contrapeso y cabina
Limpieza general xx xxxx
ASCENSOR
Revisión, limpieza, lubricación y engrase de poleas de tracción, tensora del limitador de velocidad y otras partes móviles
MONTO DEL CONTRATO
CLÁUSULA CUARTA:
4.1 El monto del contrato asciende a S/. 12,202.94 (Doce Mil Doscientos Dos y 94/100 Nuevos Soles), incluido IGV.
4.2 Queda establecido que la propuesta económica de “EL CONTRATISTA”, no podrá ser alterada, modificada o sustituida.
FORMA DE PAGO
CLÁUSULA QUINTA: El pago que realiza “EL HOSPITAL” a “EL CONTRATISTA” materia de Contrato, será después de ejecutada la prestación respectiva y cumplidas las condiciones señaladas en las Bases.
GARANTIAS
CLÁUSULA SEXTA.- “EL CONTRATISTA”, se compromete a cumplir fielmente el objeto del contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado de conformidad a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº084-2004-PCM, entregando en el Acta de suscripción del acuerdo contractual una Declaración Jurada de Fiel Cumplimiento.
PENALIDADES
CLÁUSULA SETIMA: Si “EL CONTRATISTA” incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, “El Hospital” le aplicará a éste una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto del presente contrato. Esta penalidad será deducida de los pagos que correspondan al mes de la prestación.
La Penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la fórmula siguiente:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto del Contrato
F x Plazo en días
Donde F = 0.25
Cubierto el monto máximo de esta Penalidad, “EL HOSPITAL” podrá resolver este contrato por incumplimiento.
PRESTACIONES ADICIONALES
CLAUSULA OCTAVA: “EL HOSPITAL” mediante resolución previa de la Dirección Ejecutiva podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales para lo cual deberá contar con la asignación presupuestal necesaria. El costo de los adicionales se determinará sobre la base de las especificaciones técnicas del servicio y de las condiciones y precios pactados en este contrato. Igualmente “EL HOSPITAL” podrá disponer la reducción de las prestaciones hasta por el quince por cien (15%) del monto del presente contrato.
AMPLIACIÓN DEL PLAZO CONTRACTUAL
CLAUSULA NOVENA: La ampliación del plazo contractual procederá en los siguientes casos:
Cuando se aprueba el adicional siempre y cuando afecte el plazo. En este caso “EL CONTRATISTA” ampliará la garantía de fiel cumplimiento otorgada.
Por atrasos y paralizaciones no imputables a “EL CONTRATISTA”
Por atrasos o paralizaciones en el cumplimiento de la prestación de “EL CONTRATISTA” por culpa de la Entidad; y,
Por caso fortuito y fuerza mayor
RESOLUCION DE CONTRATO
CLÁUSULA DECIMA: “EL HOSPITAL” podrá resolver el contrato por causas imputables al “EL CONTRATISTA”, en los casos siguientes:
Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo. Pese a haber sido requerido para ello.
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo.
Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación
“El CONTRATISTA” podrá solicitar la resolución del contrato cuando “EL HOSPITAL” incumpla injustificadamente sus obligaciones esenciales que se señalan en las Bases y en el presente acuerdo contractual.
El procedimiento de resolución de contrato por falta al cumplimiento de las partes de sus obligaciones, se iniciará cuando la parte perjudicada requiera a la infractora mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor de cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolución de contrato.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
CLAUSULA DECIMA PRIMERA: “El HOSPITAL” Y “EL CONTRATISTA” acuerdan que cualquier controversia sobre la ejecución o interpretación de este Contrato se deberá solucionar por Conciliación.
Las partes en este contrato han optado por recurrir al CONSUCODE quién deberá organizar y administrar el procedimiento de conciliación.
SUERVISION Y CONFORMIDAD DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: La recepción y conformidad de las prestaciones estarán a cargo de la Unidad De Servicios Generales y Mantenimiento, quien emitirá un informe donde exprese haber verificado la calidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, realizando las pruebas que sean necesarias. De existir observaciones se consignarán en el Acta respectiva, donde se indicarán claramente el sentido de éstas, el cual se le dará a “EL CONTRATISTA” un plazo prudencial para su subsanación. Dicho plazo no será menor de dos (2) días ni mayor xx xxxx (10) días, según la complejidad de las observaciones.
Si pese al plazo otorgado, “EL CONTRATISTA” no cumple a cabalidad con la subsanación, “EL HOSPITAL” se reserva el derecho a resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
La recepción conforme de las prestaciones no enerva el derecho de esta Entidad a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
Otorgada la conformidad final a la prestación, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
CLAUSULA DECIMA TERCERA: Las partes declaran que el presente contrato, sus anexos y sus disposiciones, no podrán ser modificados o alterados sin el acuerdo previo y escrito de cada una de ellas, por lo cual las partes se comprometen a llevar a cabo cualquier modificación conforme x Xxx, suscribiendo el Addendum que corresponda.
DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
CLAUSULA DECIMA CUARTA: Las partes se cursaran las comunicaciones o notificaciones correspondientes a la ejecución del presente contrato a los domicilios señalados en la parte expositiva.
Sin perjuicio de una eventual actuación del fuero Judicial, las partes renuncian al fuero del domicilio que hubiera adquirido fuera de la ciudad de Lima y se someten expresamente al de los Tribunales y Jueces de esta Jurisdicción.
NORMATIVIDAD APLICABLE
CLAUSULA DECIMA QUINTA: El presente contrato se rige por las Cláusulas que las contiene y por las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº063-2006-EF; y supletoriamente por las Normas del Código Civil.
En señal de conformidad con las obligaciones del presente Contrato, lo suscriben las partes en Lima a los 15 días del mes xx Xxxxx 2006.
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EL HOSPITAL EL CONTRATISTA
6
Av. Xxxxxxxx Nº 6355 Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx (Xx. Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx) – Telf. 000-0000 / 000-0000