PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO DE DÍA MUNICIPAL PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES “LA AMISTAD”.
SERVICIO DE CONTRATACIÓN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR EL SERVICIO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL CENTRO DE DÍA MUNICIPAL PARA PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES “LA AMISTAD”.
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EXPEDIENTE nº 68 - SER/2012.
I DISPOSICIONES GENERALES
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de la Gestión Integral del Centro de Día Municipal para Personas Mayores Dependientes La Amistad, para 60 plazas/día, sito en Valencia C/ Yecla 12, de conformidad con lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La gestión comprenderá la atención directa e indirecta de todos aquellos factores que intervienen en la atención integral de los/as usuarios/as del Centro de Día Municipal. Definido éste como un establecimiento que ofrece un programa de atención diurna especializado a personas mayores de 60 años que precisan de ayuda para la realización de las actividades básicas y/o actividades instrumentales de la vida diaria, con el objeto de mantener, preservar y/o mejorar la funcionalidad de las personas mayores y servir de apoyo a la familia, mediante la provisión de un recurso que posibilite la vida socio-laboral de sus miembros.
Este centro acogerá preferentemente a los solicitantes procedentes de las zonas coincidentes con los Centros Municipales de Servicios Sociales de Malvarrosa, Xxxxxxx y Trafalgar. Esta distribución podrá modificarse como consecuencias de la apertura de nuevos Centros de Día Municipales para Personas Mayores o por necesidades concretas determinadas por la Sección de las Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración del Ayuntamiento de Valencia.
CPV-2008: 85312100-0 Servicios de Centros de Día.
2ª.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO:
A los efectos exigidos en el articulo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego son la atención de personas mayores en situación de vulnerabilidad, adoptando medidas que resuelvan el progresivo incremento de la demanda y la eliminación de las listas de espera, permitiendo el incremento de los centros de día en condiciones de igualdad, proximidad, racionalidad y agilidad.
3ª.-RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO, DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y JURISDICCIÓN:
El contrato a realizar se califica como contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Categoría 25 “servicios sociales y de salud” de las del Anexo II
La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP).
- Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante RPLCSP.
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en todo lo que no haya derogado y en tanto en cuanto no se oponga al TRLCSP y al RPLCSP.
- Cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general o de la Generalitat Valenciana en particular, y, en concreto, el Decreto 79/2000, de 30 xx Xxxx y la Orden de 23 xx Xxxx de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, que regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana, y por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana, así como por la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan al TRLCSP y al RPLCSP.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El pliego de prescripciones técnicas.
- El documento en que se formalice el contrato.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 40 del TRLCSP, los actos derivados del presente contrato son susceptibles de recurso especial en materia de contratación.
Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.
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4ª.-ÓRGANO DE CONTRATACIÓN:
El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Corporación, es la Junta de Gobierno Local.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable.
5ª.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y PRECIO DEL CONTRATO:
El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad de 2.880.243,52 €, más 288.024,35 € en concepto de IVA, al tipo 10%, lo que hace un total de 3.168.267,88 €, siendo el presupuesto anual de 720.060,88 más 72.006,09 € en concepto del 10 % de IVA lo que hace un total de 792.066,97 €.
El valor estimado del contrato es de 4.320.365,28 €, determinado por el importe del presupuesto base de licitación, sin incluir el IVA, multiplicado por los años de duración del contrato, incluidas las posibles prórrogas.
Para el cálculo del precio de licitación y, de acuerdo a las cláusulas recogidas en el Pliego de Condiciones Técnicas, se han tenido en cuenta los siguientes conceptos:
1) Salarios de las distintas figuras profesionales, acordes al Convenio Colectivo vigente en el sector.
2) Seguros.
3) Consumibles (Gastos de suministros de gas y telefonía y mantenimiento).
4) Alimentación.
5) Servicio de Transporte.
6) Actividades.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
6ª.- ANUALIDADES EN QUE SE DISTRIBUYE:
El crédito de las cantidades correspondientes al presupuesto del contrato se recoge en las anualidades 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.
7ª.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
Existe crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, en la aplicación presupuestaria EC150 23100 22799.
La corporación se compromete a consignar en los respectivos presupuestos los créditos necesarios para atender los gastos derivados del contrato.
8ª.- REVISIÓN DE PRECIOS:
En la presente contratación habrá revisión de precios, de acuerdo con la/s fórmula/s siguiente/s:
Una vez transcurrido un año desde la fecha de formalización, procederá la revisión de precios, a partir del momento en que se haya ejecutado al menos el 20% del importe del contrato, de tal modo, que ni el porcentaje del 20%, ni el primer año de ejecución, contado desde la formalización, pueda ser objeto de revisión.
La primera actualización, se realizará aplicando a los precios del contrato, el índice de revisión obtenido de la fórmula polinómica siguiente:
(IPCt-IPCo) Kt= 1+0,85x
IPCo
Siendo:
-IPCo el índice de precios al consumo, correspondiente al mes de la adjudicación.
-IPCt el índice de precios al consumo, correspondiente al mes duodécimo o superior desde la adjudicación, cuando se haya alcanzado el 20% de la ejecución del contrato.
Procederá revisión en las siguientes anualidades, cuando hasta transcurrido 12 meses desde la anterior revisión, los precios del servicio serán los resultantes al incrementar los iniciales, con el índice obtenido de la fórmula polinómica, sustituyendo los índices sub-t por los correspondientes al mes duodécimo contado desde la anterior revisión.
9ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN:
El contrato tendrá un plazo máximo de ejecución de cuatro años a partir del día primero del mes siguiente a la fecha de su formalización.
Dicho plazo de vigencia podrá ser prorrogado expresamente por mutuo acuerdo de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 303.1 del TRLCSP, por anualidades, por otro periodo de dos años más, siempre que así lo manifiesten expresamente las partes, con una antelación mínima de seis meses respecto a la fecha de finalización del plazo o de su prórroga.
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10ª.- GARANTÍA PROVISIONAL:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 103 del TRLCSP, no será necesario que los licitadores constituyan garantía provisional.
II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
11ª.- PROCEDIMENTO DE ADJUDICACIÓN:
El presente contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en la cláusula siguiente, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 157 a 161 del TRLCSP.
12ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN:
Los criterios que servirán de base para la adjudicación, por orden decreciente de importancia conforme a la siguiente ponderación, son:
1º.- CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA
APLICACIÓN DE FORMULAS, hasta un máximo de 51 PUNTOS, para la oferta económica, resultante de la aplicación de la siguiente fórmula matemática:
Puntos = 51xBO/BMO
Siendo:
BO = Baja, (en tanto por uno) de la oferta analizada. BMO = Mejor Baja económica, (en tanto por uno).
2º.-CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR, hasta un máximo
de 49 PUNTOS conforme al siguiente desglose:
2-1 Proyecto para la ejecución del Proyecto Técnico para la ejecución y gestión integral del Centro de Día Municipal para Personas Mayores Dependientes La Amistad previsto en el Pliego Técnico hasta un máximo de 17 puntos.
• Coherencia de la oferta presentada con las actividades previstas en el pliego de cláusulas técnicas. Hasta 2 puntos.
• La adecuación del Programa a las características de las personas atendidas. Hasta 2 puntos.
• La planificación de las Actividades. Hasta 3 puntos.
• La viabilidad técnica del Proyecto. Hasta 3 puntos.
• La definición de objetivos y su desarrollo. Hasta 3 puntos.
• La claridad expositiva en la redacción del programa. Hasta 2 puntos.
• La elaboración de un proyecto integral que mejore e innove lo establecido en el pliego. Hasta 2 puntos.
2-2 Mejoras ofertadas al objeto de este contrato que no supongan mayor gasto para la Corporación. Hasta un máximo de 32 puntos.
• Flexibilidad del horario de entrada y salida: adelantando una hora la entrada a las 8h y retrasando una hora para la salida a las 19h. Su alcance será un máximo del 50% de las 60 plazas diaria 12 puntos.
• Instalación de sistema de calefacción en baños geriátricos 5 puntos.
• Instalación motor regeneración aire caliente cocina 6 puntos.
• Sustitución, durante los dos primeros años de vigencia del contrato, de los electrodomésticos que se enumeran: Hasta 9 puntos.
• Lavadora industrial. 3 puntos
• Secadora industrial. 3 puntos
• Lavavajillas industrial. 3 puntos
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, en caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, se encuentre en alguna de las circunstancias siguientes:
a) Tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%.
b) Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
13ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR:
Podrán presentar proposiciones para la adjudicación del contrato, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en agrupación o unión temporal, con plena capacidad de obrar, que desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica y técnica como se indica en el presente pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.
Para las uniones temporales de empresarios se estará a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. La duración de la unión temporal de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
14ª.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES:
14.1 ANUNCIOS:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 142 del TRLCSP, la licitación será anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la página web del Ayuntamiento de Valencia, Perfil de contratante, cuya dirección es xxx.xxxxxxxx.xx, donde podrá consultar los pliegos de condiciones y demás información a que hace referencia el artículo 53 del TRLCSP.
14.2.-EXPOSICIÓN DEL EXPEDIENTE: Durante el plazo de presentación de proposiciones, el expediente, con todos los documentos que lo integran, podrá ser examinado en el Servicio de Contratación, en días hábiles (de lunes a viernes) de 9 a 14 horas.
14.3-CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES: Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, así como con la firma del licitador o persona que le represente, dirección, teléfono, fax y/o correo electrónico.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, ordenado numéricamente.
El contenido de cada sobre, deberá tener los requisitos que se señalan a continuación:
1.- SOBRE Nº 1: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA
CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”. Su contenido será el siguiente:
a.).- D.N.I. o documento que lo sustituya del firmante de la proposición. En caso de ciudadanos extranjeros, permiso de residencia y de trabajo.
b).- En el caso de empresarios que fueran personas jurídicas, escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que
consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
c) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito (Art. 58 del TRLCSP).
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe, de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. (Art. 55 del TRLCSP)
d).- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Asesoría Jurídica Municipal (C/ Convento San Xxxxxxxxx nº 2, 4º piso), acompañado de declaración de vigencia del mismo.
e).-Declaración responsable del licitador de no hallarse comprendido en alguna de las circunstancias señaladas como causa de prohibición de contratar en el artículo 60 del TRLCSP.
f).- Declaración de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos se exija antes de la adjudicación del contrato al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación para su justificación.
La acreditación de la circunstancia de estar al corriente por el que resulte el licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación será recabada por el Ayuntamiento de Valencia a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de forma telemática. A tal efecto, la presentación de proposiciones a este procedimiento de adjudicación conlleva la autorización expresa al Ayuntamiento de Valencia para solicitar ambos datos a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria, en el supuesto de resultar la oferta económicamente más ventajosa.
g).-Alta en el IAE, en el epígrafe correspondiente, acompañado de copia del último recibo pagado y declaración del contratista de que no se ha dado de baja.
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Si se tiene la condición de exento conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acreditará esta circunstancia por mera comunicación por escrito si se trata de personas físicas y si se trata de personas jurídicas, aportando bien el modelo 201 del Impuesto de Sociedades del último ejercicio presentado en la Delegación del Ministerio de Economía y Hacienda correspondiente o bien acompañando comunicación de la cifra de negocios regulada en la Orden HAC/85/2003, de 23 de enero, del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. núm. 24 de 28/01/2003).
h).-Escrito detallando nombre, dirección, número teléfono y número fax.
i).-Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal de empresas deben presentar un compromiso por escrito de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar el nombre y circunstancias de las empresas que la suscriban, la participación de cada una de ellas y designación de la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ostentar la plena representación de todas frente a la Administración. (Art. 59 del TRLCSP).
j).-Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
k) SOLVENCIA:
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, a través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 62, 74, 75 y 78 del TRLCSP, se reseñan a continuación:
Solvencia Financiera
• Justificante de tener suscrito un seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros, cuyo importe mínimo al año será de 300.000,00€.
• Acreditación relativa a la cifra de negocios global que deberá ser igual o superior al precio anual del contrato y de las obras, suministros y servicios de los tres últimos ejercicios.
Solvencia Técnica o Profesional
La solvencia técnica o profesional deberá apreciarse teniendo en cuenta los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que podrá acreditarse por los siguientes medios:
• Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
• Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de calidad. Presentación de Certificado actualizado acreditativo de cumplimiento de las normas de garantía de calidad referente al objeto de este contrato o de análoga naturaleza, certificada en ISO 9001-2000 por cualquier empresa certificadora oficial.
Los licitadores deberán completar la acreditación de su solvencia mediante la presentación de una declaración responsable por la que se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales que se establecen en la cláusula 24.1 del presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica, acumulándose a los efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del RGLCAP.
l) Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de contratos del Sector Público, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. A dichos efectos deberán acreditar:
Nº de personal total.
Nº de personal discapacitado eventual. Nº de personal discapacitado fijo.
Y porcentajes respectivos.
m).- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del TRLCSP y en el artículo 25 del Decreto 79/2000, de 30 xx xxxx del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Junta Superior de Contratación Administrativa y se regulan los Registros Oficiales de Contratos y de Contratistas de la Comunidad Valenciana y las garantías globales y en el artículo 22.6 de la Orden de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxx de Economía, Hacienda y Empleo por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalidad Valenciana y se regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4019 de 12- 06-2001), la capacidad de obrar, personalidad jurídica (apartados a) y b), representación (apartado d) y, en su caso, la clasificación de los licitadores si resultase exigible (apartado k), también se podrá acreditar mediante la presentación de los siguientes documentos, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.3 del TRLCSP.
1.- Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda o bien certificado de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas expedido por la Junta Superior de Contratación Administrativa de la Generalidad Valenciana.
2.- Declaración responsable suscrita por el licitador o por cualquiera de sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativa a la vigencia de los datos que consten en cualquiera de dichos Registro, en los términos señalados en el Anexo IV al presente Pliego. Esta manifestación deberá reiterarse en caso de resultar adjudicatario, en el documento en el que se formalice el contrato.
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En ningún caso, la certificación registral eximirá de la presentación de aquellos documentos preceptivos que se exijan para la firma del contrato en el caso de resultar adjudicatarios.
Los documentos referenciados se presentarán en copia legalizada por Notario, para el caso de que no se presente el original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.
A los efectos señalados en los apartados d), e), f) y g) deberá cumplimentarse y adjuntarse en este sobre el modelo que figura como Anexo II al presente Pliego.
Observaciones respecto a la presentación de documentación administrativa:
En el supuesto de que obren en este Ayuntamiento originales o copias legalizadas ante notario de algunos de los documentos que deban incluirse en el “sobre uno: documentación administrativa”, por haberse aportado en otra licitación tramitada simultáneamente a la recogida en el presente pliego, los licitadores podrán sustituir la presentación de los documentos realizando una remisión expresa a la licitación donde la hubieran presentado, que deberá incluirse dentro del “sobre uno: documentación administrativa.
La documentación contenida en este sobre podrá ser recogida por los licitadores en el plazo de tres meses a contar desde el día señalado para el acto de apertura del sobre número 3, y tras su finalización. Transcurrido dicho plazo sin que sea retirada, se entenderá que renuncian a su recuperación decayendo, por lo tanto, su derecho a ello, pudiendo el Ayuntamiento proceder a su destrucción y posterior reciclaje no requiriéndose a dichos efectos intimación previa.
2.-SOBRE Nº2: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 2: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO
ABIERTO PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”.
Los licitadores incluirán en este sobre aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor, en concreto la documentación relacionada con el/los criterio/s de valoración establecido/s en el apartado segundo de la cláusula 12ª del presente pliego.
3.- SOBRE Nº 3: Deberá tener el siguiente título" SOBRE Nº 3: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO
PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”.
Los licitadores incluirán en este sobre la oferta económica en la que se expresará en unidades y centésimas un porcentaje de baja único aplicable al presupuesto de licitación.
La proposición se ajustará al modelo que figura como Anexo I a este pliego de cláusulas administrativas particulares.
La inclusión en el sobre Nº 1 o en el sobre Nº 2 de cualquier dato relativo a los criterios cuantificables automáticamente a los que se hace referencia en el apartado primero de la cláusula 12ª , determinará la inadmisión o exclusión de la proposición.
14.4.- CONFIDENCIALIDAD:
Los licitadores deberán indicar expresamente, en su caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados en sus proposiciones que tienen carácter confidencial a los efectos previstos en el artículo 140.1 del TRLCSP. La declaración se incluirá en el sobre correspondiente donde obre la documentación que se señale a dichos efectos.
14.5.- VARIANTES O ALTERNATIVAS:
En el presente Contrato no se prevé la formulación de variantes.
14.6.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES:
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 159 del TRLCSP, las proposiciones se presentarán en el Servicio de Contratación de estas dependencias municipales sito en la Plaza del Ayuntamiento, nº 1, segunda planta, durante los QUINCE DÍAS NATURALES siguientes a la publicación del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia en horas de nueve a doce.
No se admitirán proposiciones presentadas en otro lugar, salvo lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas con referencia a su envío por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha y hora de imposición del envío, que no podrá ser posterior a las doce horas del último día señalado en este pliego para presentar las proposiciones y anunciar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, la remisión de la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. (Fax del Servicio de Contratación nº 00.000.00.00).
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Para el caso de que el último día de presentación coincida en sábado, dicho plazo se entenderá que finaliza el primer día hábil siguiente.
Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que puedan presentar variantes o alternativas.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha
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hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal, con la consecuencia de la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 del TRLCSP relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 del TRLCSP, conllevando a su vez la incautación de la garantía provisional conforme al artículo 103.4 del TRLCSP, si ésta hubiera sido exigida.
15ª.- MESA DE CONTRATACIÓN:
La Mesa de Contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el Real Decreto 817/2009, desarrollando las funciones que se establecen en su artículo 22.1.
Para el ejercicio de sus funciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con lo previsto en el artículo 160.1 del TRLCSP.
La Mesa de contratación estará presidida por el Concejal Delegado de Contratación, y estará integrada por los siguientes vocales:
- El Titular de la Asesoría Jurídica Municipal.
- El Interventor General Municipal
- El Vicesecretario General Municipal.
- La Jefa del Servicio de Contratación.
- La Jefa de la Sección I del Servicio de Contratación.
- El Jefe/a del Servicio que promueva la contratación.
Actuará como Secretario la Jefa de la Sección I del Servicio de Contratación.
16ª.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL:
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá en acto interno que se celebrará el primer martes o el primer jueves siguientes a la fecha de finalización del plazo para la presentación de la proposiciones, a la calificación de la documentación general contenida en el sobre Nº 1 presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días para que lo subsane; para el caso de que la finalización del plazo citado coincidiera en sábado o festivo, dicha finalización tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 del TRLCSP.
Cuando conforme a lo establecido en la cláusula 14.6 del presente Pliego, se anuncie al Órgano de Contratación la presentación de proposiciones por correo, la apertura del sobre nº 2 de todas las proposiciones tendrá lugar como máximo transcurridos 7 días naturales desde la apertura de las últimas recibidas por correo, teniendo en cuenta la limitación xx xxxx días naturales desde la terminación del plazo para su admisión.
17ª.-APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre Nº 1 y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, procederá en acto público a la apertura del sobre Nº 2 de los licitadores admitidos al objeto de su valoración, que se celebrará en la Sala de Contratación del Ayuntamiento de Valencia, sita en la Plaza del Ayuntamiento nº 1, segunda planta, a las 12 h, transcurridos 7 días naturales desde la celebración del acto interno de apertura de la documentación contenida en el sobre Nº1.
La fecha del acto público de apertura de las proposiciones técnicas se publicará en el Perfil de Contratante.
En dicho acto, previamente a la apertura del sobre Nº2 la Mesa de Contratación se pronunciará sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, quedando las ofertas de estos últimos excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato, no pudiendo ser abiertos los sobres que las contengan.
Realizada por la Mesa de Contratación la evaluación de las proposiciones contenidas en el sobre Nº 2 (criterios dependientes de un juicio de valor) conforme a el/los criterio/s de valoración establecidos en el apartado segundo de la cláusula 12ª del presente pliego, previa solicitud, en su caso, de los informes técnicos que estime oportunos, dará a conocer en acto público la ponderación asignada a los mismos y, seguidamente, procederá en el mismo acto a la apertura del sobre Nº 3 conforme a lo dispuesto en el artículo 30.3 del
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Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos de Sector Público.
Dicho acto público se celebrará igualmente en la Sala de Contratación del Ayuntamiento de Valencia, sita en la Plaza del Ayuntamiento nº 1, segunda planta, a las 12 h del día que al efecto se señale, que se publicará en el Perfil de contratante y se notificará por fax al indicado por los licitadores con al menos dos días hábiles de antelación.
La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime precisos, elevará al órgano de contratación propuesta de adjudicación del contrato al licitador que oferte la proposición económicamente más ventajosa, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en la cláusula 12ª del presente Pliego.
18ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN AL LICITADOR CUYA OFERTA RESULTE LA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA:
El Órgano de Contratación, vista la propuesta de la Mesa de Contratación, emitida tras los informes técnicos que considere pertinentes, clasificará las proposiciones por orden decreciente atendiendo a los criterios señalados en la cláusula 12ª y requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento al fax indicado por el licitador a efectos de notificaciones, a fin de que constituya en la Caja Municipal la garantía definitiva a que se hace referencia en la cláusula siguiente del presente Pliego y acredite su constitución en el Servicio de Contratación.
En dicho plazo, el órgano de contratación verificará vía telemática de la Tesorería de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que el licitador cuya proposición resulte la económicamente más ventajosa se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, asimismo, comprobará que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento a cuyo efecto solicitará los informes técnicos que estime pertinentes.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. También deberán presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses y deberá presentarse traducida fehacientemente
Asimismo, en dicho plazo, en su caso, deberá acreditar la efectiva disposición de los medios que se comprometió a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato (cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP que le reclame el órgano de contratación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificados.
19ª.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:
El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa constituirá y acreditará en el Servicio de Contratación, en el plazo xx XXXX DÍAS HÁBILES, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, una garantía definitiva en cuantía equivalente al 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.
Esta garantía se constituirá en efectivo, valores de deuda Pública, mediante aval bancario, o por contrato de seguro de caución, en los términos y condiciones que se contemplan en los artículos 96 y 97 del TRLCSP.
Para la constitución de garantías en metálico deberán dirigirse al Servicio de Contratación (Plaza del Ayuntamiento, nº 1, segunda planta), para el resto de garantías al Servicio de Tesorería (Plaza del Ayuntamiento nº 1, planta baja).
El aval y el contrato de seguro de caución deberán llevar el testimonio del conocimiento de firma, suscrito por Notario.
La garantía definitiva será depositada, en cualquier caso, en la Caja de la Corporación.
20ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO:
La adjudicación se acordará en resolución motivada en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, y en el plazo máximo de quince días, a contar desde la apertura de las proposiciones, cuando el único criterio de valoración sea el precio. Estos plazos se ampliarán en quince días hábiles en el supuesto de que haya que seguir los trámites señalados en los artículos 152.3 del TRLCSP y 22 f) del
R.D 817/2009, para las proposiciones desproporcionadas o anormalmente bajas.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, en los términos establecidos en el artículo 151.2 del TRLCSP, subordinándose al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.
La adjudicación se notificará a los licitadores al fax que hubieran indicado a efectos de notificaciones y, simultáneamente, se publicará en el Perfil de Contratante del Órgano de Contratación, indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización.
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La adjudicación se notificará y publicará en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP.
21ª.- EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO.
La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato.
Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a celebrar un contrato. También podrá desistir del procedimiento antes de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
En estos supuestos el órgano de contratación en la notificación a los licitadores indicará la compensación que proceda abonar por los gastos en que hubiera incurrido en la licitación de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
III FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
22ª.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El contrato se perfecciona con su formalización.
El documento en que se formalice el contrato será, en todo caso, administrativo, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario, un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, y demás documentos que revistan carácter contractual, debidamente compulsados, pudiéndose elevar a escritura pública, cuando lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar al Ayuntamiento una copia legitimada y dos copias simples del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
En el supuesto de que resultase adjudicatario una Unión Temporal de Empresarios será necesario acreditar la formalización de la constitución de la misma en escritura pública.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Transcurrido este plazo, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el citado plazo de quince días sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o
desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación.
En los restantes contratos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar el pago de los anuncios de la licitación en los diarios oficiales correspondientes, según tarifas vigentes, a cuyo fin se le trasladará la liquidación correspondiente.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
IV
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
23ª.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:
El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el contrato, observándose fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 215 del TRLCSP.
El personal que la empresa adjudicataria deba contratar para atender sus obligaciones dependerá exclusivamente de ésta, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario, sin que a la extinción del contrato pueda producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos como personal del órgano contratante. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales, de protección del medio ambiente y para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
El adjudicatario queda expresamente obligado a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Asimismo, se obliga a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otro ni siquiera a efectos de conservación. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
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24ª.- CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO:
24.1 MEDIOS PERSONALES:
El equipo técnico mínimo deberá estar configurado por:
a) 1 Director/a Centro de Día
Titulación: Trabajo Social, Psicología , Pedagogía Jornada Completa (con experiencia en geriatría)
b) Personal de Atención directa
1 Médico/a: Licenciatura en Medicina. 0.5 Jornada
1 Diplomado/a Universitario en Enfermería. Jornada Completa. 1 Diplomado/a Universitario en Trabajo Social. Jornada Completa. 1 Licenciado/a en Psicología. Jornada Completa.
1 Técnico/a en Animación Socio-Cultural. 0.75 Jornada (35h/semanales).
1 Diplomado/a Universitario en Fisioterapia 0.75 Jornada (35h/semanales). 1 Diplomado/a Universitario en Podología 0.50 Jornada (20h/semanales).
7 Técnico auxiliar enfermería-gerocultor/a Jornada Completa.
1 peluquera/o 12.5 Jornada ( 5 horas/semales)
c) Personal de servicios generales
- 1 Técnico/a Auxiliar Administrativo/a Media Jornada (20h/semanales).
- 1 Celador/a Jornada Completa
- 1 Cocinero/a Jornada Completa
- 1 Auxiliar de cocina Jornada Completa
- 1 Auxiliar de servicios diversos Jornada Completa
- 2 Conductores/as 0,75 Jornada (30h/semanales).
- 1 Conductor/a 15 horas/semanales.
- 2 Auxiliares de transporte* 0.75 (30h/semanales).
- 1 Auxiliar de transporte* 15 horas/semanales.
* Sólo en caso de no subcontratar el servicio de transporte
24.2.- MEDIOS AUXILIARES QUE APORTA DE ADMINISTRACIÓN
El Ayuntamiento aporta, para la realización de la gestión del Servicio objeto del Contrato, el edificio sito en la C/ Yecla nº 12 de Valencia. Dicho edificio está completamente equipado. Del equipamiento se levantará acta de inventario por duplicado, quedando un ejemplar en poder de la empresa adjudicataria y otra en poder de la Delegación de Bienestar Social e Integración. Esta acta se efectuará tanto al inicio del contrato como a su finalización.
24.3.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO
• Abonar por mensualidad vencida a la empresa adjudicataria el importe correspondiente.
• Resolver todas las solicitudes presentadas por los Centros Municipales de Servicios Sociales en la Sección de las Personas Mayores, derivándolas a los Centros de Día Municipales para una eficaz y eficiente resolución del expediente, atendiendo a la situación socio-sanitaria y familiar de la persona mayor y su entorno, su domicilio y/o a la disponibilidad de plazas en el Centro de Día.
• Evaluación del Centro de Día Municipal para Personas Mayores La Amistad por del Equipo Técnico Municipal, Sección de las Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración así como la inspección del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas xxx xxxxxx técnico.
• Los gastos generados por consumos energéticos de electricidad y agua, correrán por cuenta del Ayuntamiento.
• El mantenimiento de las instalaciones e infraestructura de: ascensor, aire acondicionado, calderas, grupos de presión, altas y bajas de tensión, ext/b. incendios, alarmas robo y fuego y mantenimiento equipo informático y control de Legionela, correrán por cuenta del Ayuntamiento.
• El Ayuntamiento establece mediante la Ordenanza Reguladora de los precios públicos por los Servicios de los Centros Gerontológicos comunitarios municipales, la cuantía de las tarifas a abonar por las personas usuarias.
24.4.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
24.4.1. Obligaciones generales.
• Prestar el Servicio en la forma que, sin apartarse del contenido del presente Pliego de Condiciones le sea indicado por la Sección de las Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración del Ayuntamiento de Valencia.
• La empresa adjudicataria deberá contar en su estructura organizativa con un Departamento específico de Servicios Sociales o en su defecto con dedicación exclusiva a este tipo de servicios.
• Indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de la ejecución de cuantas operaciones requiera el desarrollo del Servicio o la ejecución del contrato, excepto cuando el daño sea producido como consecuencia de una orden inmediata y directa del Ayuntamiento o por causas imputables al mismo.
• Será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, de errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución.
• La empresa adjudicataria se compromete a no utilizar el nombre del Ayuntamiento en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, o cualquier otra que pueda tener con personas a su servicio, siendo la empresa la única responsable de las obligaciones que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase.
• En todo caso la Sección de las Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración del Ayuntamiento de Valencia deberá ser consultada previamente, y al objeto de mostrar su conformidad, en toda alteración de la organización del Servicio tales como sistemas de valoración, mejoras de método, racionalización, procesos y simplificación del trabajo y cualesquiera otros que permitan el mayor y mejor nivel de prestación del mismo.
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• En el momento en que la gestión del Servicio salga nuevamente a licitación el adjudicatario estará obligado a dar todo tipo de información referente al centro de día para personas mayores la amistad que los licitadores le soliciten a los efectos de poder realizar sus ofertas, excepto los datos que afecten a la intimidad de las personas o que resulten protegidos por ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal o normativa concordante.
• Tramitación de cuantas autorizaciones se requieran para la gestión de los Servicios que se presten en el centro de dia para personas mayores La Amistad, previa la autorización de la Sección de la Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración.
• Colaborar con el Ayuntamiento en la recaudación de los precios públicos de acuerdo a la “Ordenanza Reguladora de los precios públicos por los Servicios de los Centros Gerontológicos Comunitarios municipales” o normativa que, en su caso la sustituya, mediante el cobro a las personas usuarias y su ingreso mensual (hasta el día 15 del mes siguiente a su cobro) en la cuenta bancaria del Ayuntamiento que se indique al efecto, a tal objeto el adjudicatario llevará un registro mensual de dicha recaudación (usuario/a, precio público aplicable y días de servicio) que presentará mensualmente junto a los documentos que acrediten su cobro a la Sección de las Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración.
• La empresa adjudicataria prestará los servicios comunitarios a las personas mayores de 60 años del barrio, no usuarias del Centro de Día para Personas Mayores La Amistad, descritos en el Pliego Técnico para las personas que lo soliciten y que abonarán el precio correspondiente según la siguiente lista de precios, establecidos por el Ayuntamiento:
SERVICIOS COMUNITARIOS PRECIOS
COMEDOR SOCIAL 4,15€/día PODÓLOGO, 7,35€/día
BAÑO GERIÁTRICO-LAVANDERIA 6,00€/día FISIOTERAPIA 6,60€/día
PELUQUERÍA
HOMBRE | MUJER |
CORTE DE PELO | CORTE DE PELO |
4,00€ | 4,00€ |
LAVADO DE CABEZA | LAVAR Y MARCAR |
2,50€ | 5,10€ |
AFEITADO | SECADO A MANO |
3,00€ | 6,15€ |
PEINAR | |
2,00€ |
La empresa adjudicataria podrá solicitar del Ayuntamiento la actualización de estos precios según el IPC. A modo informativo se indica que el rendimiento anual de los servicios comunitarios del Centro de Día para Personas Mayores Dependientes la Amistad, han sido en el año 2010 de 35.562,20€ y en el año 2011 de 39.036,5€.
• La empresa adjudicatoria llevará un registro mensual de los Servicios comunitarios y su facturación y que presentará a la Sección de las Personas Mayores, a requerimiento de ésta, un resumen de la misma.
24.4.2. Obligaciones con respecto al Servicio de Bienestar Social e Integración.
• Si la empresa adjudicataria se encontara exenta de I.V.A, deberá acreditarlo mediante certificado actualizado expedido por la agencia tributaria dentro de los 15 días desde el inicio de la prestación del servicio, así mismo, durante el plazo de vigencia del contrato, la empresa adjudicataria deberá comunicar cualquier cambio de esta circunstancia.
• La empresa adjudicataria estará obligada a facilitar las inspecciones que lleve a cabo el Servicio de Bienestar Social e Integración a través de la Sección de las Personas Mayores, para comprobar la correcta gestión del Centro de Día Municipal para Personas Mayores Dependientes La Amistad el cumplimiento del proyecto presentado anualmente y cualquier otro aspecto relativo al contrato celebrado. A estos efectos, la empresa pondrá a disposición de la inspección municipal, toda la información y documentación económica, fiscal, administrativa, laboral y de cualquier otro tipo que se le requiera.
24.4.3. Obligaciones con respecto a Legislación Social y de la Seguridad Social.
• La empresa adjudicataria será responsable de cualquier obligación que pudiera derivarse de las relaciones laborales o de otra índole del personal que pudiera contratar para el desarrollo de su actividad empresarial, respondiendo así de toda clase de salarios, remuneraciones, seguros, así como de las reclamaciones ante la jurisdicción laboral, y sin que en ningún caso pueda entenderse o suponerse la existencia de relación alguna entre dicho personal y el Ayuntamiento.
• Es exclusiva obligación de la empresa adjudicataria el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales.
24.4.4. Obligaciones con respecto a la suscripción de pólizas de seguro.
• La empresa adjudicataria se obliga a contratar con compañía aseguradora legalmente establecida en España, los correspondientes seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad, responsabilidad civil general o accidentes, que cubra igualmente daños físicos y materiales que se puedan ocasionar los usuarios y usuarias entre sí o a terceros, en lo relativo a la explotación del servicio y de todos los elementos que integran el objeto del contrato. Los
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límites del seguro deberán alcanzar las cantidades que razonablemente cubran con holgura los riesgos indicados.
• La empresa adjudicataria está obligada a liquidar puntualmente las correspondientes primas y a exhibir a requerimiento del Ayuntamiento tanto las pólizas como los recibos acreditativos del pago de las mismas correspondientes a cada periodo contratado o renovado.
• En caso de huelga se estará a lo dispuesto en la legislación laboral y a lo establecido en los servicios mínimos acordados.
24.4.5 Obligaciones con respecto a la plantilla y al equipo de profesionales.
• La plantilla mínima que deberá disponer la empresa adjudicataria de modo exclusivo para la adecuada prestación de la gestión del Servicio será, de la señalada en cláusula 24.1 del presente pliego.
• La empresa adjudicataria deberá presentar a la sección de las personas mayores del servicio de bienestar social e integración dentro de los 15 días desde el inicio de la prestación del Servicio, copia de los contratos de trabajo correspondientes a la plantilla exigida. Cualquier variación en la misma deberá ser comunicada con suficiente antelación. Así mismo, se presentará los TC-1 y TC-2 a requerimiento de dicha Sección.
• La organización de los turnos de personal se realizará de tal modo que en todo momento se asegure el cuidado de las personas usuarias y el correcto funcionamiento del Centro de Día Municipal.
• La empresa contratante deberá facilitar a su plantilla los medios de identificación que señale la Sección de Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración, y velar por su uso continuado.
• Todo el personal deberá disponer de la titulación adecuada al puesto de trabajo que va a desempeñar. El personal que trabaje en la cocina deberá de disponer del carné de manipulador de alimentos.
• El Centro de Día Municipal para Personas Mayores Dependientes La Amistad deberá tener en todo momento una persona que asuma la responsabilidad ante cualquier incidencia que se produzca. Por ello, en ausencia de la Dirección, la empresa deberá siempre determinar la persona que asuma la representación de la misma en el Centro.
• Las bajas laborales del personal deberán ser cubiertas de forma inmediata por personal contratado al efecto.
• La empresa contratante organizará anualmente unos cursos de formación continua, específicos para el puesto de trabajo desempeñado en el Centro Municipal para Personas Mayores La Amistad, que será impartido a turnos, para no interrumpir la atención debida a las personas usuarias del servicio.
24.4.6 Obligaciones con respecto a los inmuebles en los que se prestará el servicio.
- La empresa adjudicataria no podrá utilizar el inmueble para un uso diferente al del objeto del contrato, sin previa autorización de la Sección de las Personas Mayores del Servicio de Bienestar Social e Integración.
- La empresa adjudicataria no podrá, bajo ningún concepto ceder, arrendar o traspasar total o parcialmente la explotación del servicio contratado a excepción de los servicios de: mantenimiento del equipamiento, limpieza del inmueble y transporte. La empresa remitirá a la Jefatura de Bienestar Social e Integración, a través de la Sección de Personas Mayores, copia de los subcontratos que celebre a fin de que éste los autorice.
- Transcurrido el término del contrato o, en su caso, rescindido éste, la persona o empresa adjudicataria cesará en el uso y disfrute de los locales y dependencias del servicio contratado, debiendo abandonarlos con entrega de llaves.
- El continente y contenido de las instalaciones deberá estar en buen estado de uso y funcionamiento, tal y como figura en el acta de inventario suscrita oportunamente, respondiendo de los daños y faltas que puedan observarse.
- Los gastos que se originen por:
▪ Gas, teléfono, limpieza y mantenimiento de los electrodomésticos y material informático e impresora por cuenta de la empresa adjudicataria, así como los gastos derivados de su contratación.
▪ Con respecto a los suministros: las obras de reforma, conservación, reparación o de adaptación, o bien aquéllas que exijan la Administración competente o las compañías suministradoras en los casos de modificación de las actuales normativas, serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
24.4.7 Obligaciones del adjudicatario con respecto a los/as usuarios/as
- El Centro de Día Municipal La Amistad, deberá disponer de un expediente de cada uno de las personas mayores donde figuren los datos personales, familiares, historia clínica, historia social, servicios y prestaciones que va a recibir en el Centro, y cuanta información se considere básica y especializada para poder atender correctamente.
- La empresa adjudicataria se compromete a guardar reserva y la debida confidencialidad sobre los datos personales contenidos en los expedientes, listados, etc., y usarlos solamente para la adecuada atención de los mismos. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la rescisión del contrato, sin perjuicio de las sanciones o demás acciones legales que procedan.
- El centro de Día Municipal La Amistad deberá disponer de un libro de registro permanentemente actualizado en el que se harán constar las incidencias que se produzcan, dichas incidencias (incorporaciones, bajas, etc.) deberán ser comunicadas al equipo técnico municipal de la Sección de las Personas Mayores en el momento que se produzcan.
- Se garantizará la adecuada atención de los/as usuarios/as proporcionándoles todos los servicios de asistencia general, en especial aquellos señalados en la cláusula 3 xxx xxxxxx de condiciones técnicas. a tal efecto, se contará, con el servicio de transporte, y los vehículos adaptados necesarios.
- En la admisión, bajas, traslados, derechos y deberes de los/as usuarios/as, la empresa concertada estará a lo dispuesto por el ayuntamiento y, en general, en el régimen de atención a los mismos, el cual podrá emanar instrucciones concretas que serán de obligado cumplimiento siempre que fuere por escrito.
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- El Centro de Día La Amistad de una programación anual de actividades y servicios, tanto de los aspectos lúdicos como en acciones terapéuticas, ocupacionales, preventivas y rehabilitadoras, así mismo, se dispondrá de una programación anual de las actividades a desarrollar en el Centro de Día, actividades de puertas abiertas para personas mayores de la ciudad. Se presentará anualmente una memoria de las actividades y servicios conforme a las instrucciones específicas para la misma emanadas desde el Servicio de Bienestar Social e Integración, a través de la Sección de las Personas Mayores.
- La empresa adjudicataria deberá actualizar en todo momento lo previsto en el plan de evacuación y emergencia del Centro de Dia La Amistad.
- Se dispondrá de buzones de reclamaciones y sugerencias, y se entregará a los/as usuarios/as del Centro de Día de personas mayores La Amistad todo tipo de documentación o impresos relativos a sus derechos y obligaciones.
- Toda persona usuaria del servicio del Centro de Día municipal para Personas Mayores La Amistad, en cualquiera de sus modalidades de prestación, tarifa o grado de dependencia tendrá los siguientes derechos:
• Que la prestación efectiva del servicio suponga la menor intromisión posible en el derecho a su intimidad personal.
• Reclamar por las vías adecuadas sobre cualquier anomalía significativa que se produzca en el funcionamiento del servicio que le ha sido asignado.
• A un trato correcto, digno, y con respeto, a nivel verbal, no verbal y físico, por parte de los profesionales y de los otros/as usuarios/as.
• A que sea respetada su intimidad, sus convicciones personales, sus creencias religiosas, y a no recibir ninguna discriminación como persona.
• Derecho a la privacidad de sus datos personales y circunstancias.
• Tienen derecho a ser escuchadas, y a que sus peticiones y preferencias sean estudiadas.
• A recibir información y orientación adecuada para la resolución de sus necesidades personales.
• A recibir las prestaciones concedidas y del modo (horario, días, prestaciones concretas) que le han sido determinadas en la resolución adoptada sobre su petición de admisión.
• A recibir información general sobre el centro y su normativa, que sea comprensible, suficiente y continuada.
• A usar el mobiliario del centro, y el equipamiento de las zonas comunes.
• A que los profesionales que trabajan en el centro atiendan sus necesidades y les presten ayuda necesaria según su grado de dependencia.
• Tienen derecho a opinar sobre el funcionamiento del centro y participar voluntariamente en todas las actividades que se realizan en el centro.
• Tienen derecho a formar parte del Consejo de Mayores del Centro.
• A recibir la atención sanitaria que precisen de acuerdo a las características del servicio, tanto por parte del equipo de enfermería, como por parte del/de la médico/a del centro.
• A ser representada por su tutor legal, o por un familiar cercano en caso de presentar enfermedades que limiten su capacidad psíquica (Alzheimer, y otras).
Toda persona usuaria el servicio del Centro, en cualquiera de sus modalidades de prestación, tendrá los siguientes deberes:
• Realizar las tareas que pueda acometer por sí mismo, con el objetivo de mantener o incluso recuperar sus habilidades.
• En caso de limitación de su capacidad mediante su representante legal, facilitarán los datos e información que le sean solicitados sin omitir ni falsear ningún dato sobre su situación, aportando en su caso, la documentación acreditativa en estas circunstancias al técnico municipal o al profesional del centro encargado de la valoración y/o seguimiento de su caso.
• Comunicar cualquier variación en las circunstancias específicas en el apartado anterior, que pudiera dar lugar a una alteración en las prestaciones que le hayan sido asignadas.
• Realizar el abono mensual, en su caso, de las cantidades que en concepto de aportación le hubiesen sido fijadas y debidamente comunicadas.
• Guardar un trato adecuado y respetuoso con los profesionales que prestan el servicio del centro de día y con sus demás compañeros/as.
• Comunicar al/a la trabajador/a social del Centro de Día Municipal con la suficiente antelación, de las ausencias justificadas al centro o por periodos más largos, si fuera necesario.
• Las personas mayores deberán observar las normas de convivencia, respeto mutuo, seguridad e higiene, en todas las dependencias del centro y en las actividades que se desarrollen.
25ª.- SUBROGACIÓN:
La empresa adjudicataria debe subrogar al personal que está prestando actualmente el servicio, con los derechos laborales que le correspondan a cada uno, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio Colectivo Laboral para las empresas que tengan adjudicada mediante contrato con alguna administración pública, la gestión de residencias de tercera edad, centros de día, centros mujer 24 horas, Centros de acogida y servicios de ayuda a domicilio de titularidad pública en la Comunidad Valenciana; a tales efectos el Servicio de Bienestar Social e Integración, Sección de las Personas Mayores, del Ayuntamiento de Valencia deberá facilitar la información sobre las condiciones de subrogación en aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas condiciones laborales.
26ª.-FORMA DE PAGO:
El Ayuntamiento abonará a la empresa adjudicataria las obligaciones derivadas del presente contrato por mensualidades vencidas, mediante la presentación de la correspondiente factura mensual fraccionada en la doceava parte del importe total anual, conformada por el servicio de bienestar social e integración.
Si la empresa adjudicataria se encontrara exenta de I.V.A., deberá acreditarlo mediante certificado actualizado expedido por la agencia tributaria dentro de los 15 días desde el inicio de la prestación del servicio, así mismo, durante el plazo de vigencia del contrato, la empresa adjudicataria deberá comunicar cualquier cambio de esta circunstancia.
La empresa adjudicataria adjuntará a la facturación relación de las personas usuarias
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derivadas al Centro de Día La Amistad, por grupo de tarifa, nombre y apellidos y días de estancia en el Centro; indicando fecha de alta y baja.
Las personas mayores que no sean usuarios/as del centro de día y que deseen alguno de los servicios comunitarios que se enumeran, abonarán a la empresa gestora las precios correspondientes al servicio demandado.
27ª.- INTERESES DE DEMORA:
El Ayuntamiento tendrá la obligación de abonar las facturas en los términos establecidos en el artículo 216-4 del TRLCSP, en relación a lo dispuesto en el artículo 217 y la Disposición Transitoria Sexta del mencionado texto.
28ª.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO:
Será objeto de penalidad el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas para la empresa adjudicataria en los diversos pliegos de condiciones de acuerdo al siguiente régimen:
Incumplimientos
1.- Incumplimientos leves.
Se considerará incumplimiento leve toda aquella actuación negligente no reiterada por parte de la empresa adjudicataria de cuantas obligaciones se señalan en las distintas cláusulas de los pliegos de condiciones.
2.- Incumplimientos graves.
Se considerarán incumplimientos graves imputables a la empresa:
• La reiteración de dos o más incumplimientos leves en un periodo de tres meses.
• No comunicar a la Sección de las Personas Mayores cambios en el personal contratado para la prestación de servicios.
• La negativa injustificada a prestar los servicios ordenados, el abandono del servicio y la negligencia y descuido continuados.
• El retraso en el inicio de la prestación del Servicio, o sus ampliaciones posteriores, así como el retraso de hacer efectiva la baja.
• No evitar, una vez conocida, cualquier conducta de su personal con respecto al personal usuario que suponga una quiebra del principio básico de respeto al mismo.
• Incumplimiento reiterado de las actuaciones que se determinen para cada persona mayor y cuya realización corresponda a la empresa adjudicataria.
• La negativa a realizar las mejoras o los servicios complementarios ofertados.
• Realizar cambios en la planificación de los servicios sin el conocimiento de la Sección de las Personas Mayores.
• No sustituir de inmediato la ausencia de personal por otro empleado de la misma cualificación.
• No cumplir los horarios establecidos en los pliegos.
• Cualquier otro incumplimiento, que produzca un grave perjuicio en el desarrollo del servicio.
3.- Incumplimientos muy graves.
• La reiteración de un incumplimiento grave en un periodo de tres meses.
• La falsedad de los servicios facturados.
• La obstrucción o no colaboración en las tareas de inspección que desarrolle el Ayuntamiento.
• No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos relativos al servicio y a las personas usuarias.
• El incumplimiento del convenio colectivo aplicable a las empresas del Sector.
• No disponer de seguro de responsabilidad civil general o accidentes con la cobertura suficiente para hacer frente a daños, accidentes o perjuicios que pudieran ocurrir como consecuencia del desarrollo de la actividad objeto del contrato.
Penalidades.
La imposición de cualquier penalidad deberá ir precedida de la instrucción del correspondiente expediente contradictorio, con audiencia del interesado.
La penalidad por un incumplimiento leve podrá consistir en un apercibimiento. La penalidad correspondiente a un incumplimiento grave podrá consistir en:
• Multa de hasta 600€. Cuyo importe se detraerá de la factura correspondiente al mes en que se impone.
La penalidad de un incumplimiento muy grave podrá consistir en:
• Multa de 601 a 6.000€.
• Resolución del contrato.
De conformidad con el art. 223 TRLCSP, se considerarán incumplimientos de obligaciones contractuales esenciales las reiteradas deficiencias en la prestación del servicio así como la interrupción de la prestación del mismo. Asimismo, también se consideran obligaciones esenciales, cuyo incumplimiento pueden dar lugar a la resolución del contrato:
• Puesta en funcionamiento del Centro de Día Municipal para Personas Mayores en el plazo ofertado.
• Mantenimiento de la plantilla ofertada, tanto en número de personas como en cualificación profesional, durante el período de vigencia del contrato.
SERVICIO DE CONTRATACIÓN
V MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
29.-ª. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO:
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones por razones de interés público en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las modificaciones del contrato se realizarán con arreglo al procedimiento establecido en los artículos 108 y 211 del TRLCSP y en el artículo 102 del RGLCAP.
Las modificaciones se formalizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.
VI SUBCONTRATACIÓN
30ª.- SUBCONTRATACIÓN:
La empresa adjudicataria, previo conocimiento y conformidad del Servicio de Bienestar Social e Integración podrá subcontratar los servicios de mantenimiento de los electrodomésticos, limpieza del edificio y transporte adaptado.
La subcontratación se regirá por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (arts. 227 y 228).
VII FINALIZACION DEL CONTRATO
31ª.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.
32ª.- PLAZO DE GARANTÍA:
No se considera su establecimiento, de conformidad con la naturaleza del servicio, y dado que por parte del Servicio de Bienestar Social e Integración existirá un seguimiento continuo de la gestión del mismo, tanto documentalmente como presencialmente por parte de un técnico de la Sección de personas mayores, que permite detectar en tiempo real, cualquier deficiencia en las instalaciones o gestión del contrato, además del inventario que
esta previsto en el apartado obligaciones de la empresa adjudicataria con respecto al inmueble.
33ª.-EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 y 309 del TRLCSP.
34ª.- DEVOLUCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla.
Valencia, a 20 de septiembre de 2012. EL JEFE DE LA SECCIÓN II
Fdo. Xxxx X. Xxxxx Xxxxx
LA JEFA DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN,
Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
SERVICIO DE CONTRATACIÓN
A N E X O I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D/Xx. ……………., con D.N.I. nº ………, domiciliado/a para todos los actos de este procedimiento abierto en ............., C/ ...................... nº ..., obrando en nombre
......................, C.I.F nº ………, enterado/a de los pliegos de condiciones aprobados por la Corporación Municipal de Valencia para contratar “denominación completa del contrato al que se licita”, se obliga a cumplir dicho contrato, de conformidad con los referidos pliegos por una baja única de....... unidades y........centésimas (...´....%), aplicable al presupuesto de licitación establecido en la cláusula 5ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”.
D./Xx ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de , C.I.F., declara que:
- No se halla comprendido/a o que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
- Los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad.
- Se encuentra dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, declarando asimismo la vigencia del alta.
- Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con el Ayuntamiento, y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose en caso de resultar su proposición la oferta económicamente más ventajosa, a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de tales circunstancias en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación para su justificación, en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP.
- A los efectos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social se autoriza al Ayuntamiento a solicitar estos datos de forma telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
La autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del presente contrato y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx.
Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.
SERVICIO DE CONTRATACIÓN
ANEXO III
DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS Y EMPRESAS CLASIFICADAS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA O EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO.
EXP. ……….
OBJETO “ ”
D/Dña. (nombre y apellidos) , con domicilio en
calle/plaza/avenida código postal , localidad
, provisto de D.N.I. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número
, actuando en su propio nombre y derecho o en representación de (identificación de la persona que representa) , con C.I.F. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número , y domicilio en calle/plaza/avenida
, código postal , localidad , por su calidad de (apoderado/a, administrador/a, etc..) , al objeto de participar en la contratación de referencia, DECLARA bajo su responsabilidad
(Señálese lo que proceda)
Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, sin que se encuentre pendiente ninguna variación de datos o circunstancias reflejadas en los documentos confiados al mismo.
Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, excepto en lo que a continuación se indica, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración:
1.
2.
3.
Lo que se declara a efectos de lo previsto en los artículos 84 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx x 00 xxx Xxxxxxx 79/2000, de 30 xx xxxx, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la Junta Superior de Contratación Administrativa y se regulan los registros oficiales de Contratos y de Contratistas y de Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana y las garantías globales, y 15 y 22.3 de la Orden de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxx de Economía Hacienda y Empleo, modificada por la Orden de 4 xx xxxxx de 2002 de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana y se regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/ Lo que se declara a efectos de lo previsto en los artículos 84 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx x 00 xxx xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley de Contratos del Sector Público.
(Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa.)