Por acuerdo plenario de fecha 28/10/2021 (BOCM Nº 280 DE 24/11/2021), se acuerda la disolución del Patronato Municipal de Deportes con efectos del 01/01/2022. Desde ese momento, los servicios que ese organismo venía gestionando desde su constitución...
Acuerdo de establecimiento y normas de gestión de Precios Públicos por utilización de servicios y actividades nº 5.3 del Servicio Municipal
de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx
Por acuerdo plenario de fecha 28/10/2021 (BOCM Nº 280 DE 24/11/2021), se acuerda la disolución del Patronato Municipal de Deportes con efectos del 01/01/2022. Desde ese momento, los servicios que ese organismo venía gestionando desde su constitución pasarán a prestarse directamente por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en los términos del artículo 85.2 A) a) de la Ley de Bases de Régimen Local.
Articulo 1
De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004 que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece precios públicos por la utilización de los servicios prestados por los distintos Servicios Municipales, que se regularán por lo dispuesto en los artículos 41 a 48 de esa norma, así como por lo establecido en la Ley 8/89, de 13 xx xxxxx, de Tasas y Precios Públicos y por lo preceptuado en este Acuerdo.
Articulo 2 OBLIGACIÓN DE PAGO
La obligación de pagar los precios públicos establecidos surge por el hecho de la utilización de los servicios e instalaciones del Servicio Municipal de Deportes.
Articulo 3
OBLIGADOS AL PAGO Y NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
Dicha obligación nace en el momento de la solicitud del servicio y/o actividad y se extingue, CON LA SOLICITUD DE BAJA. No obstante, si el servicio quedara interrumpido o suspendido por decisión del Servicio o del Ayuntamiento, por causa de fuerza mayor, por alguna medida normativa de aplicación obligatoria o por cualquier otra circunstancia que responda a causas no imputables al obligado al pago, se suspenderá o interrumpirá la obligación de pago durante el tiempo que el servicio o actividad esté inactiva; reanudándose la obligación de pago en el momento de reanudarse la prestación efectiva. En su caso, procederá la devolución del importe satisfecho correspondiente al periodo durante el que no se prestó o desarrolló el servicio o la actividad cuando se motive en alguna de las indicadas causas, quedando excluidas las climatológicas.
Articulo 4
ADMINISTRACIÓN Y COBRANZA:
1. La administración y cobro de los precios establecidos se llevará a cabo por la Administración del Servicio. A los efectos de aplicación de los precios se consideran niños los usuarios que tengan 4 años cumplidos y no hayan cumplido los 14, y adultos a partir de 14 años cumplidos.
Para considerar empadronado a un menor deberá tener esta consideración él mismo y uno de sus padres o tutores legales excepto si se demuestra documentalmente que los padres viven fuera de la Comunidad de Madrid.
2. A efectos de cobro, las actividades se clasifican:
Grupo A-Actividades de duración superior a 4 meses. La duración normal establecida es la del curso escolar.
Actividades Deportivas, Área Escolar y Actividades para Abonados de pago extra.
Grupo B-Actividades de duración inferior a 4 meses.
Xxxxxxx xx Xxxxxx, Cursos Monográficos, Actividades Deportivas y Actividades para Abonados de pago extra.
Grupo C-Uso de instalaciones, servicios y actividades puntuales
Uso de instalaciones deportivas
Grupo D-Tarjetas de Abonado Abono Deporte.
3. Forma de Pago
Actividades Grupo A
Forma de Pago: domiciliación bancaria.
Si el precio de la actividad es de más de 36 €, el pago se efectuará por meses adelantados sin derecho a devolución. Si dicho precio es de 36 € o menos, el pago se hará por trimestres adelantados sin derecho a devolución, el precio que se toma como referencia es el de empadronado.
Las domiciliaciones serán ordenadas mediante resolución o decreto del órgano competente del Servicio Municipal de Deportes, haciendo tal acto la función de liquidación del correspondiente precio público. Una vez girada la domiciliación bancaria y trascurrido el período legalmente establecido para la posible devolución del adeudo, de aquellos recibos cuyo estado sea rechazado, devuelto o impagado se iniciará el procedimiento ejecutivo para su cobro.
• Reserva de Plaza: En el caso de las actividades deportivas podrá realizarse la reserva de plaza de un curso para el siguiente con las limitaciones que en cada caso se determinen en cuanto al tiempo de permanencia en una misma actividad. Los recibos trimestrales se emitirán a partir del 1 de julio, 2 de enero al 1 xx xxxxx.
• Nuevas Inscripciones: Las fechas del plazo de inscripción, SE ESPECIFICARÁN PARA cada actividad. Pago al contado en el momento de la inscripción del importe del primer trimestre o mes, emitiéndose los siguientes recibos trimestrales a partir del 2 de enero al 1 xx xxxxx.
Actividades Grupo B Pago al contado en el momento de hacer la inscripción, en banco o con Tarjeta de Crédito o Débito.
Actividades Grupo C
Pago al contado o mediante tarjeta de crédito o débito o en el caso de los titulares del Abono Deporte mediante tarjeta monedero, en los controles de las instalaciones, a través de la web municipal (para titulares de tarjeta única), mediante reserva telefónica.
Actividades Grupo D
Pago al contado en el momento de hacer la inscripción, en banco o con Tarjeta de Crédito/Débito, para los siguientes pagos a través de domiciliación bancaria por periodo adelantado sin derecho a devolución salvo los supuestos contemplados en esta ordenanza.
4. Bajas y Devoluciones.
En caso de baja definitiva en alguna actividad deberá comunicarse en las Oficinas de Usuarios del Servicio Municipal de Deportes, en el Servicio de Atención Ciudadana (S.A.C.) o al teléfono 010 (desde Alcobendas) o 91 296 90 88 (desde fuera xx Xxxxxxxxxx o móviles).
El impago de un recibo supone la baja definitiva en la actividad correspondiente, pudiendo disponer el Servicio Municipal de Deportes de la plaza para un nuevo usuario. No podrá inscribirse en una nueva actividad aquel usuario, o en su caso, sus tutores, que tengan algún recibo pendiente de pago. En el caso del Abono Deporte y de Actividades para Abonados de pago extra de duración superior a cuatro meses, si el abonado no ha solucionado el impago de su recibo en el plazo de dos meses, la baja de la actividad se hace efectiva y se le reclamará como deuda el importe de dos meses.
En ningún caso se devolverá el importe de la reserva de plaza (€ 12,00) para las actividades deportivas. La cantidad pagada como reserva de plaza para una actividad no es aplicable a otra en caso de baja de la primera.
Las devoluciones siempre hacen referencia a las actividades que han sido cobradas con anterioridad.
Con carácter general procederá la devolución cuando se hayan realizado cobros indebidos derivados de causas no imputables al usuario:
- Errores en la inscripción, recibos duplicados, anulación de cursos.
- Cambio de una actividad por otra de precio inferior.
- Actividades subvencionadas por los Servicios Sociales.
- Otras circunstancias recogidas en la Carta de Servicios.
En el caso en que proceda la devolución esta será efectiva en el plazo estipulado en la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de Ingresos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx art. 98.3
4.1. Actividades del Grupo A (duración superior a cuatro meses).
- Bajas antes del comienzo de la actividad. Procede la devolución si la baja se realiza antes del inicio de la actividad o comienzo del trimestre. La cantidad a devolver será el importe pagado menos 12 €, que se destinarán a compensar los gastos originados en el proceso administrativo.
- Una vez iniciada la actividad. Sólo se devolverá parte de las cuotas pagadas por anticipado cuando el usuario solicite la baja en base a circunstancias ajenas a su voluntad (enfermedad grave o prolongada del alumno, traslado de domicilio a otros municipios, horario laboral incompatible con las clases, y situación familiar grave). Las circunstancias que se aleguen como motivo de la baja se justificarán mediante los correspondientes documentos legales, justificante médico, certificado xxx xxxxxx, certificado de empresa, etc.
El importe a devolver en estos casos será el siguiente:
1. El importe proporcional a dos meses, calculado sobre la cuota trimestral, menos 12 €, si la baja se
produce a lo largo del primer mes del trimestre de que se trate.
2. El importe proporcional a un mes, calculado sobre la cuota trimestral, menos 12 €, si la baja se produce
a lo largo del segundo mes del trimestre de que se trate.
3. Si la baja se produce en el último mes del trimestre no se devolverá nada.
4.2 Actividades del Grupo B (duración inferior a cuatro meses).
La comunicación de la baja deberá realizarse antes del inicio de la actividad. La cantidad a devolver será el importe cobrado menos 12€ que se destinarán a compensar los gastos originados en el proceso administrativo.
Una vez iniciada la actividad. Sólo se devolverá parte de la cuota pagada por anticipado cuando el usuario solicite la baja en base a enfermedad grave o prolongada del alumno o alumna, justificada mediante documento médico oficial.
4.3 Actividades del Grupo C en el caso de uso de instalaciones deportivas, una vez adquirido el ticket, no se admitirán devoluciones. La imposibilidad del uso de la instalación por causas técnicas del Servicio Municipal de Deportes será la única causa admisible para la devolución del importe.
4.4.Actividades del Grupo D (Tarjetas de Abonado)
Una vez iniciada la actividad: Sólo se devolverá la parte no prestada, proporcional de las cuotas pagadas por anticipado cuando el usuario solicite la baja en base a circunstancias ajenas a su voluntad (enfermedad grave o prolongada del alumno, traslado de domicilio a otros municipios, horario laboral incompatible con las clases, y situación familiar grave). Las circunstancias que se aleguen como motivo de la baja se justificarán mediante los correspondientes documentos legales, justificante médico, certificado xxx xxxxxx, certificado de empresa, etc.
5. No podrá inscribirse en una nueva actividad, aquel usuario que tenga algún recibo pendiente de pago.
6. Las deudas por precios públicos en caso de impago, se podrán exigir por el procedimiento administrativo del apremio por los servicios municipales que a tal efecto tienen establecido el Ayuntamiento
El uso fraudulento del Abono Deporte conlleva el pago del precio de la actividad o servicio utilizado o reservado en su cuota máxima, además de la retirada de la tarjeta Abono Deporte por un plazo de un año.
7. Los precios establecidos incluyen I.V.A. para aquellas actividades no exentas de esta imposición.
En todo lo no previsto en el presente Acuerdo de establecimiento y normas de gestión de Precios Públicos por Utilización de Servicios y Actividades del Servicio Municipal de Deportes, se estará a lo regulado a la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de Ingresos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
8. Cesión de espacios:
8.1. Podrán tener derecho a reducciones o a la exención sobre los precios públicos establecidos en la tarifa, por cesión de espacios y otros servicios relacionados con la cesión, las entidades y asociaciones relacionadas a continuación:
• Las entidades y empresas municipales.
• Las entidades locales sin ánimo de lucro.
• Las entidades sin ánimo de lucro con sede social fuera del municipio, cuando existan razones sociales, benéficas, deportivas y/o de interés público y así se justifique.
• Las empresas de formación u otro ámbito cuando existan razones sociales, benéficas, deportivas.
En el caso de que se produzcan gastos adicionales asociados a la cesión de espacios (Ej. material o personal técnico extra, derechos de autor, etc), estos serán repercutidos íntegramente al cesionario que los genere.
La cesión de cualquier espacio municipal recogido en estos precios públicos vendrá regulada a través de un Decreto de la Presidencia de la Concejalía del Servicio Municipal de Deportes. En dicho Decreto se determinarán los criterios y normas a seguir para la utilización del espacio cedido, tanto en lo referente a la planificación como al desarrollo de la actividad propuesta por el cesionario. Asimismo, se establecerán los baremos de posibles reducciones de tarifa que le sean de aplicación al cesionario en función del grado de cumplimiento de las razones de idoneidad, así como del contenido de la actividad y su repercusión en el municipio.
8.2. Cualquier cesión de espacios lleva asociado obligatoriamente la aplicación y cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), en todo lo referente a recursos humanos y materiales.
8.3. Para beneficiarse de cualquier reducción o exención sobre la tarifa oficial, el cesionario deberá solicitar el espacio, incluyendo en dicha solicitud una descripción detallada de la actividad que se quiere realizar y sus necesidades.
8.4. Para garantizar un uso responsable de los equipamientos cedidos, y de su reserva, se podrán establecer fianza y/o limitaciones; se podrán limitar nuevas peticiones en el caso de anulaciones de reservas no debidamente informadas en tiempo y forma.
8.5. Forma de pago de los precios públicos por cesiones de espacios: la reserva del espacio solo estará garantizada a partir del momento en que se ingrese en el Tesorería del Patronato el importe del 15% del total del precio público estimado en el Presupuesto. Al menos 48 horas antes de la fecha de utilización del espacio, se podrá exigir el depósito previo del ingreso del 85% restante del Presupuesto estimado, más el 15% del total del mismo en concepto de fianza, dicha fianza responderá a los daños o desperfectos ocasionados a las instalaciones por culpa del cesionario, pero en ningún caso será limitativo de dicha responsabilidad. El cesionario facilitará sus datos bancarios (nombre del titular, CIF y CC) para realizar la devolución de la fianza una vez presentada la factura de liquidación de gastos.
9. Eventos Deportivos:
En eventos o espectáculos deportivos que organice el Servicio Municipal de Deportes y que ejecute por si mismo o en colaboración total o parcial con otras personas físicas o jurídicas y que no tengan carácter gratuito, se fijarán por acuerdo del Órgano competente.
10. Promociones:
Previa justificación de interés público el Servicio Municipal de Deportes mediante acuerdo del órgano competente, podrá establecer promociones comerciales encaminadas a la promoción de la práctica deportiva y a la activación de sus programas e instalaciones. Estas promociones tendrán un carácter puntual y con periodos de tiempo cerrados.
Dichas promociones podrán reducir o eximir del pago del precio en los siguientes supuestos.
• Exención del pago de matrícula del abono deporte a determinados colectivos y durante determinados periodos.
• Presentación de nuevos espacios deportivos o implantación de nuevas modalidades o disciplinas deportivas.
• En aquellos casos que la instalación tenga un uso muy reducido o nulo o cuando motivos técnicos de carácter imprevisto y de larga duración se haya producido el cierre y haya causado perjuicio a los usuarios inscritos en ella, como compensación. En este caso el periodo promocional no podrá ser superior al de infrautilización de la instalación.
• También podría establecer un periodo promocional en cualquiera de sus programas o uso de sus instalaciones para determinados colectivos que acrediten situaciones de gran dificultad económica.
• Será iniciativa del Servicio Municipal de Deportes la puesta en marcha o no de estas promociones y siempre que lo considere oportuno y adecuado deberá informarlo y elevarlo al órgano competente para su aprobación.
NOTA: NO SE CONSIDERA PROBLEMA TÉCNICO LA PARADA TECNICA POR MANTENIMIENTO QUE ANUALMENTE SE PRODUCE EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
11. Descuentos Escuelas Deportivas:
• Los deportistas federados en clubes locales tendrán precio de empadronado en las escuelas deportivas o en campus deportivos que se corresponden con la especialidad de su ficha deportiva.
• Descuento de un 30% a familias inscritas en el Registro Municipal de Familias Numerosas xx Xxxxxxxxxx y a familias monoparentales inscritas en el Registro Municipal de familias monoparentales xx Xxxxxxxxxx, aplicable a cursos y campus de escuelas deportivas municipales hasta que los hijos cumplan la edad de 21 años.
• Descuento del 50% en el segundo hijo y gratuidad xxx xxxxxxx y siguientes aplicable a aquellos hijos que hayan nacido a la vez de familias empadronadas en Alcobendas con hijos que han nacido a la vez (gemelos, trillizos) hasta su mayoría de edad.
• LUDOTECA: Acceso gratuito para toda la familia con el carnet de familia numerosa o familias monoparentales inscritas en el Registro Municipal de familias monoparentales del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx hasta que los hijos cumplan la edad de 21 años.
• Cursos monográficos: Se les aplicará un 20% de descuento a los titulares del abono deporte.
Los descuentos se aplicarán bien en el momento de la inscripción o a partir del siguiente periodo a la fecha de presentación de la documentación requerida y siempre a petición del interesado.
12. Tarjeta Regalo.
Se podrá adquirir una tarjeta regalo que será utilizada para el disfrute de todas las instalaciones cuyo acceso se pueda realizar con entrada puntual y bonos, con un valor mínimo de 20,00€. Vinculado al desarrollo de la aplicación informática. (Se publicará catálogo de servicio)
• Cálculo de Precios Públicos:
• En las instalaciones deportivas y servicios, para ciudadanos no empadronados en Alcobendas, se incrementará un 50% el precio de empadronados, con redondeo a la moneda de 10 céntimos de euro, siendo a la baja en los casos de unidades de céntimo de 1 a 4 y al alza del 5 al 9.
• No se incrementa el precio a los no empadronados en el caso de suplementos por carro x xxxxx guarda pelotas, iluminación, retraso devolución juguetes y alquiler de taco xx xxxxxx, raqueta o bastones de nordic walking.
• Los precios públicos de Actividades Deportivas se entienden para clases de dos días por semana o 2 horas por semana.
Para ciudadanos no empadronados en Alcobendas, se incrementará un 50% el precio de empadronados.
Para aquellas Escuelas que se impartan 3 días por semana o 3 horas por semana el precio público se calculará
multiplicando por 1’50.
Para Escuelas que se impartan 1 días por semana el precio público se calculará multiplicando por 0’65. Para clases en fines de semana el precio público se calculará multiplicando por 1’25.
Al finalizar el cálculo del precio público, se redondea a la moneda de 10 céntimos de euro, siendo a la baja en los casos de unidades de céntimo de 1 a 4 y al alza del 5 al 9.
LISTADO DE PRECIOS PÚBLICOS
ABONO DEPORTE (PRECIO/MES) | |
EMPADRONADOS EN ALCOBENDAS, TRABAJADORES MUNCIPALES, EMPRESAS CON CONVENIO Y CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO QUE PRESTEN SUS SERVICIOS EN ALCOBENDAS. ABONO MENSUAL (1) | 42,50 |
EMPADRONADOS EN ALCOBENDAS, TRABAJADORES MUNICIPALES, EMPRESAS CON CONVENIO Y CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO QUE PRESTEN SUS SERVICIOS EN ALCOBENDAS. ABONO TRIMESTRAL (1) | 121,50 |
EMPADRONADOS EN ALCOBENDAS, TRABAJADORES MUNICIPALES, EMPRESAS CON CONVENIO Y CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO QUE PRESTEN SUS SERVICIOS EN ALCOBENDAS. ABONO SEMESTRAL (1) | 239,90 |
EMPADRONADOS EN ALCOBENDAS, TRABAJADDORES MUNICIPALES, EMPRESAS CON CONVENIO Y CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO QUE PRESTEN SUS SERVICIOS EN ALCOBENDAS. ABONO ANUAL (1) | 456,00 |
QUE TRABAJEN EN ALCOBENDAS (2) | 53,20 |
NO EMPADRONADOS EN ALCOBENDAS | 65,80 |
DEPORTISTAS XX XXXXXXXXXX FEDERADOS | 42,50 |
MENORES DE 21 AÑOS O MAYORES DE 65 | 50% Dto. |
XXXXXXX ENTRE 21 Y 26 AÑOS, AMBAS EDADES INCLUSIVE, QUE NO SUPEREN EL IPREM. | 25% DTO. |
DE 0 a 12 AÑOS INCLUSIVE (3) | Gratis |
MAYORES DE 85 AÑOS Y CON MÁS DE 5 AÑOS DE ANTIGUEDAD | GRATIS |
3ER MIEMBRO DE LA MISMA FAMILIA, menor de 25 años (4) | 50% Dto. |
Parados empadronados en Alcobendas cuyos ingresos de unidad familiar no superen 2,5 veces el IPREM (5) | 50% Dto. |
Parados empadronados en Alcobendas (6) | 25% DTO. |
DISCAPACITADOS/AS con grado de discapacidad reconocida superior al 33% hasta 64% | 50% DTO |
DISCAPACITADOS/AS con grado de discapacidad reconocida superior al 64% (7) | 70% DTO |
DISCAPACITADOS/AS con grado de discapacidad reconocida igual al 33% | 25% DTO |
INSCRIPCIONES (8) | 30€ |
ACCESO ABONADOS A INSTALACIONES POR OLVIDO TARJETA | 1,10 |
REMISIÓN DE TARJETA ABONO DEPORTE (9) | 3,80 |
PULSERA ABONADOS ACCESO INSTALACIÓN | 5,00 |
(1) Estas cuotas se aplicarán durante del año de vigencia de estas normas reguladoras. La inscripción de abonados debe realizarse:
• Hasta el 31 de enero si es anual cobrándose la cuota íntegra
• Hasta el 31 de enero o hasta el 31 de Julio si es semestral y en función de su disfrute en el primer o segundo semestre respectivamente
• En los abonos trimestrales, el correspondiente al primer trimestre del año deberá realizarse hasta el 31 de enero, debiendo realizar los correspondientes al 2º,3º y 4º trimestre hasta el 30 xx xxxxx, 31 de julio y 31 de octubre respectivamente.
• Los abonos mensuales se gestionarán con anterioridad al inicio de cada mes. Las cuotas señaladas en cada Abono se abonarán en el momento de la inscripción.
(2) Para la aplicación de esta cuota de trabajador es necesario la presentación de documento acreditativo (justificante de empresa o nómina). Se aplicará bien en el momento de la inscripción o a partir del trimestre siguiente a la fecha de presentación de dicho documento y a solicitud del interesado.
(3)Para poder acogerse a esta bonificación deberán estar asociados al padre, madre, abuelo, abuela o tutor legal debiendo estar empadronados en el mismo domicilio y siempre que uno de ellos abone el 100% de la cuota.
(4)Para obtener este descuento por tercer miembro, es necesario la presentación de documento acreditativo (libro de familia y justificante familiar xxx xxxxxx). Se aplicará a padres e hijos que convivan en el mismo domicilio, bien en el momento de la inscripción o a partir del trimestre siguiente a la fecha de presentación de dicho documento y a petición del interesado y siempre que uno de ellos abone el 100% de la cuota.
(5) Previa presentación trimestral de la documentación que acredite la situación de todos los miembros de la Unidad Familiar/Convivencial. Se aplicará bien en el momento de la inscripción o a partir del trimestre siguiente a la fecha de presentación de dicho documento y a petición del interesado
(6) Previa presentación trimestral de la documentación que acredite su situación. Se aplicará bien en el momento de la inscripción o a partir del trimestre siguiente a la fecha de presentación de dicho documento y a petición del interesado.
(7) El acompañante de las personas con grado de discapacidad reconocida superior al 64% y/o dependencia reconocida, podrá acceder a las instalaciones junto con el discapacitado y acompañarle en todo momento de forma gratuita.
(8) No se aplicará ningún descuento sobre las inscripciones, salvo:
• Un 50% de descuento en el caso de hijos menores de edad miembros de familias numerosas inscritas en el Registro municipal de Familias Numerosas xx Xxxxxxxxxx y de familias monoparentales inscritas en el Registro Municipal de Familias Monoparentales xx Xxxxxxxxxx.
• Un 100% de descuento a aquellos abonados que hubieran causado baja en un periodo anterior no superior a seis meses habiendo presentado, en el momento de la baja justificante médico que acredite no poder realizar ejercicio físico o práctica deportiva y habiendo sido posteriormente valorado por los Servicios de Medicina Deportiva del Servicio de Municipal Deportes.
• Promociones puntuales
• Además, en el supuesto de que la inscripción se produzca una vez comenzado el mes, salvo en la modalidad del pago anual, no se le cobrará al nuevo usuario la totalidad de la cuota mensual, sino que sólo tendrá que pagar la parte proporcional a los días que el nuevo usuario disfrute tras el alta efectiva.
(9) En caso de robo o hurto y previa presentación de la correspondiente denuncia se emitirá nueva tarjeta de Abono Deporte sin coste para el usuario.
Los descuentos no son acumulables y se aplicarán bien en el momento de la inscripción o a partir del siguiente periodo a la fecha de presentación de la documentación requerida y siempre a petición del interesado.
ACTIVIDADES DEPORTIVAS y SALUD para ABONADOS
ACTIVIDADES ACUÁTICAS (PRECIO MES) | ABONADO |
BEBÉS Y NIÑOS | 15,50 |
ADULTOS | 17,70 |
ESPECIALES NIÑOS | 26,10 |
ESPECIALES ADULTOS | 35,40 |
ACTIVIDADES FÍSICAS (PRECIO MES) | ABONADO |
NIÑOS | 15,50 |
ADULTOS | 17,70 |
ESPECIALES NIÑOS | 20,20 |
ESPECIALES ADULTOS | 28,40 |
GRUPOS DE TECNIFICACIÓN NIÑOS (CLASES REDUCIDAS) | 35,70 |
GRUPOS DE TECNIFICACIÓN ADULTOS (CLASES REDUCIDAS) | 49,00 |
GRUPOS PERSONALIZADOS NO REDUCIDOS | 59,20 |
GRUPOS PERSONALIZADOS REDUCIDOS | 88,40 |
ACTIVIDADES DE SALUD (PRECIO MES) | ABONADO |
NIÑOS | 17,30 |
ADULTOS | 23,80 |
5,30
TARJETA ACOMPAÑANTE
CURSOS MONOGRÁFICOS | ABONADO |
PRECIO 1 HORA NIÑOS | 2,00 |
PRECIO 1 HORA ADULTOS | 3,40 |
XXXXXXX XX XXXXXX | ABONADO | |
CURSO 2 SEMANAS NIÑOS o 2 días sem./mes | 15,50 | |
CURSO 2 SEMANAS ADULTOS o 2 días sem./mes | 18,20 | |
CURSO 2 SEMANAS NIUÑOS GRUPOS REDUCIDOS o 2 días sem./mes | 35,70 | |
CURSO 2 SEMANAS ADULTOS GRUPOS REDUCIDOS o 2 días sem./mes | 49,00 | |
CURSO 2 SEMANAS NATACIÓN NIÑOS o 2 días sem./mes | 15,90 | |
CURSO 2 SEMANAS NATACIÓ N ADULTOS o 2 días sem./mes | 18,20 | |
CAMPUS DEPORTIVOS 1 quincena | SIN COMIDA | 83,50 |
CON COMIDA | 200,50 | |
MINICAMPUS (1 semana) | 40% Dto. |
ENTRENAMIENTO PERSONALIZADO | ABONADO | |||
ENTRENAMIENTO PERSONALIZADO (1 HORA) | (1 ó 2 PERSONAS) | 27,00 | ||
(3 A 5 PERSONAS) | 36,80 | |||
ENTRENAMIENO PERSONAL VIBRATORIA (1/2 HORA) | EN | PLATAFORAMA | 1 PERSONA | 27,00 |
ENTRENAMIENO PERSONAL VIBRATORIA (1/2 HORA) | EN | PLATAFORAMA | (2 ó 3 PERSONAS) | 36,80 |
ACTIVIDADES ESPECIALES Y SALUD | (1 Ó 2 PERSONAS) | 49,90 | ||
ACTIVIDADES ESPECIALES Y SALUD | (3 A 5 PERSONAS) | 66,60 |
BONO 5 ENTRENAMIENTOS PERSONALIZADOS | (1 ó 2 PERSONAS) | 108,00 |
XXXX 5 ENTRENAMIENTOS PERSONALIZADOS | (3 A 5 PERSONAS) | 147,20 |
BONO 5 E. P. EN PLATAFORAMA VIBRATORIA | 1 PERSONA | 108 |
BONO 5 E. P. EN PLATAFORAMA VIBRATORIA | (2 ó 3 PERSONAS) | 147,20 |
SESIÓN ESPECIAL CON RESERVA PREVIA | ABONADO |
FISICAS | 2,00 |
ACUÁTICAS | 2,00 |
Los BONOS de entrenamiento personal tendrán validez para el año natural en el que se adquieran, con fecha de caducidad a 31 de enero del año siguiente, pudiendo ser actualizados abonando la diferencia con el precio de referencia del año en curso.
CENTRO DE MEDICINA DEPORTIVA
MEDICINA DEPORTIVA | ABONADO | EMPADRONADO |
CONSULTA MÉDICA | GRATIS | 15,70 |
CONSULTA MÉDICA ESPECIAL | 36,50 | 52,20 |
REC. MEDICO INFANTIL Y 3ª EDAD | 9,40 | 17,70 |
RECONOC.MEDICO ADULTOS | 21,90 | 36,50 |
RECONOCIMIENTO MÉDICO ESPECIAL | 36,50 | 52,20 |
XXXXXX XXXXXX (1/2 HORA) | 17,70 | 21,90 |
SESION FISIOTERAPIA (1/2 HORA) | 19,90 | 27,10 |
HIDROTERAPIA, XXXXXX, VICHY | 19,90 | 27,10 |
CIRCUITO BIENESTAR | 31,30 | 41,80 |
BONOS 10 USOS | ABONADO | EMPADRONADO |
MASAJE | 141,60 | 175,20 |
FISIOTERAPIA | 159,20 | 216,80 |
HIDROTERAPIA, XXXXXX, VICHY | 159,20 | 216,80 |
CIRCUITO BIENESTAR | 250,40 | 334,40 |
BONOS 5 USOS | ABONADO | EMPADRONADO |
MASAJE | 79,70 | 98,60 |
FISIOTERAPIA | 89,60 | 122,00 |
HIDROTERAPIA, XXXXXX, VICHY | 89,60 | 122,00 |
CIRCUITO BIENESTAR | 140,90 | 188,10 |
Los BONOS tendrán validez para el año natural en el que se adquieran, con fecha de caducidad a 31 de enero del año siguiente, pudiendo ser actualizados abonando la diferencia con el precio de referencia del año en curso.
Los bonos de 10 sesiones de masaje y fisioterapia lo pueden adquirir abonados o Asociaciones Deportivas registradas en Alcobendas.
PROMOCIONES:
En caso de actividades dirigidas a colectivos especiales (personas con discapacidad y programas de ejercicio específicos para patologías crónicas), sobre todo si se asocian a entidades sin ánimo de lucro (fundaciones, colectivos de enfermos, etc.) se podrán aplicar reducciones e incluso exenciones en función de la valoración de los programas.
SERVICIO DE MEDICINA DEPORTIVA
En determinadas actividades preventivas (por ejemplo: reconocimientos médico-deportivos) o asistenciales (por ejemplo: tratamientos específicos) que por su naturaleza constituyan novedades o estén asociadas a procesos de investigación y docencia los precios podrán adecuarse según las características específicas de la acción. Para ello se elaborará informe específico justificando su naturaleza y adecuación que se someterá a la consideración del Órgano competente.
INSTALACIONES DEPORTIVAS y SERVICIOS
ALQUILERES | ABONADO | EMPADRONADO |
TENIS, PADEL Y FRONTÓN | 4,70 | 8,40 |
SQUASH (1/2 hora) | 4,70 | 8,40 |
SUPLEMENTO ESP. RAQUETA - CARRO X XXXXX GUARDA PELOTAS (*) | 6,40 | 6,40 |
SUPLEMENTO ESP. RAQUETA – ILUMINACIÓN (*) | 3,30 | 3,30 |
MINIFRONTÓN, BILLAR Y TENIS XX XXXX | 3,20 | 6,20 |
SNOOKER | 5,20 | 8,40 |
ALQUILER DE TACO XX XXXXXX O RAQUETA O BASTONES NORDIC WALKING | 1,60 | 1,60 |
ENTRADAS INSTALACIONES
Complejo Ciudad Deportiva de Valdelasfuentes | ABONADO | EMPADRONADO |
ADULTOS > 65 años | INCLUIDO | 7,10 |
ADULTOS | INCLUIDO | 11,60 |
XXXXXXX < 30 AÑOS | INCLUIDO | 9,20 |
NIÑOS < 14 AÑOS | INCLUIDO | 7,00 |
NIÑOS < 4 AÑOS | INCLUIDO | GRATIS |
SUPLEMENTO SALA TERMAL - ADULTOS >65 | INCLUIDO | 6,80 |
SUPLEMENTO SALA TERMAL - ADULTOS | INCLUIDO | 11,30 |
JORNADA TERMOLÚDICA - NIÑOS | 7,00 | |
JORNADA TERMOLÚDICA - ADULTOS | 14,10 |
Día de piscina en familia para 4 personas | 28€ |
Día de piscina en familia para 3 personas | 25€ |
- El día de piscina en familia será válido durante una jornada completa.
- Será de venta exclusiva en fin de semana (sábado x xxxxxxx) en el horario de apertura de las instalaciones.
- Con la compra xxx xxxx “Día de piscina en familia” podrán acceder hasta 4 familiares con un grado de consanguineidad de primer o segundo.
- La entrada no permitirá el acceso al espacio termal.
- Para poder acceder al bono “Día de piscina en familia” al menos uno de los miembros debe demostrar ser empadronado en Alcobendas.
ENTRADAS GRUPOS – Complejo Ciudad Deportiva VALDELASFUENTES. | ||||
ADULTOS | JOVENES | NIÑOS * | MAYORES | |
GRUPOS EMPADRONADOS / de 10 a 50 entradas | 9,28 | 7,36 | 5,6 | 7,1 |
GRUPOS NO EMPADRONADOS / de 10 a 50 entradas. | 13,92 | 11,04 | 8,4 | 10,7 |
GRUPOS GENERAL > 50 entradas, precio único, acceso complejo unidad, previa solicitud por correo electrónico. | 9,28 |
* En el caso de menores de 14 años, será necesaria la presencia de 1 adulto responsable (>18 años) por cada cinco menores.
Otras instalaciones Ciudad Deportiva de Valdelasfuentes.
ZONA INFANTIL (1 hora) | 2,00 | 4,00 |
ZONA INFANTIL (siguientes 1/2 horas) | 1,00 | 2,00 |
CIRCUITO CROSS | INCLUIDO | 2,00 |
ROCÓDROMO | INCLUIDO | 3,30 |
SKATE | INCLUIDO | 1,00 |
Piscinas Polideportivo Xxxx Xxxxxxxxx.
ADULTOS | INCLUIDO | 4,30 |
NIÑOS < 16 AÑOS | INCLUIDO | 2,80 |
NIÑOS < 4 AÑOS | INCLUIDO | GRATIS |
Otras instalaciones Polideportivo Xxxx Xxxxxxxxx.
SAUNA Y BAÑO DE VAPOR (Sesión de 30 minutos) | INCLUIDO | 6,10 |
SALA FITNESS Y MUSCULACIÓN (A partir de 16 años) | INCLUIDO | 6,10 |
PISTA DE ATLETISMO | INCLUIDO | 2,40 |
LUDOTECA | INCLUIDO | 2,00 |
AGORESPACE | INCLUIDO | 2,00 |
RETRASO DEVOLUCIÓN DE JUGUETES (Semana o fracción) (*) | 3,00 | 3,00 |
VISITA ORGANIZADA A LA INSTALACIÓN/DIA DE RECREO | 4,40 |
En periodo estival la entrada de piscina será válida para piscina de invierno o para piscina xx xxxxxx, en ningún caso para las dos instalaciones
XXXXX | ABONADO | EMPADRONADO |
BONOS 10 usos válido para TENIS, PÁDEL, FRONTÓN Y SQUASH | 20% Dto. | |
XXXX 10 usos válido para MINIFRONTÓN, BILLAR Y TENIS XX XXXX | 20% Dto. | |
BONOS 5 USOS ILUMINACIÓN | 16,50 | 16,50 |
PISCINA NIÑOS (hasta 16 años) Pol. Xxxx Xxxxxxxxx- Xxxxx 10 baños | INCLUIDO | 20% Dto. |
PISCINA ADULTOS Pol. Xxxx Xxxxxxxxx - Xxxxx 10 baños | INCLUIDO | 20% Dto. |
SALA DE FITNESS/ MUSCULACIÓN/ PISCINA XX XXXXXX (BONO SUR) Pol. Xxxx Xxxxxxxxx- Xxxx mensual (a partir de 16 años) | INCLUIDO | 25 € |
PISTA ATLETISMO/ CIRCUITO CROSS - Bono anual (1) | INCLUIDO | 43,20 |
PISTA ATLETISMO - Bono trimestral (2) | INCLUIDO | 16,20 |
BONO 10 usos ENTRADAS PUNTUALES C. D. Valdelasfuentes | INCLUIDO | 20% Dto. |
BONO 5 usos ENTRADAS PUNTUALES C. D. Valdelasfuentes | INCLUIDO | 10% Dto. |
ROCODROMO - Bono anual | 43,20 | |
SKATE-VELODROMO - Bono anual | 43,20 | |
BONO 10 ZONA INFANTIL C. D. Valdelasfuentes | 20% Dto. | 20% Dto. |
LUDOTECA - Bono anual | INCLUIDO | 27,20 |
BONO 10 SNOOKER (20 1/2 HORAS- ALQUILER MÍNIMO 1 HORA) | 20% Dto. | 20% Dto. |
Los BONOS tendrán validez para el año natural en el que se adquieran, con fecha de caducidad a 31 de enero del año siguiente, pudiendo ser actualizados abonando la diferencia con el precio de referencia del año en curso.
El bono anual de la pista de atletismo caducará el 31 de diciembre del año en curso. Se podrán adquirir bonos trimestrales de la pista de atletismo que tendrán que ser consumidos en el trimestre natural, es decir, enero-marzo; xxxxx-xxxxx, xxxxx- septiembre y octubre-diciembre
Los bonos de gimnasio y pista de atletismo son personales e intransferibles.
INSTALACIONES DEPORTES DE EQUIPO
USO POR ENTIDADES DEPORTIVAS EN COMPETICIONES NO REGLADAS
Se entiende por competición reglada la competición federada y la competición local organizada por el Servicio Municipal de Deportes.
Se entiende por equipo local o asociación local la que esté inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones xx Xxxxxxxxxx y compita en competición reglada, o bien, aquella que no participando en competición reglada sus integrantes sean vecinos xx Xxxxxxxxxx, admitiendo que tres miembros y en el caso de fútbol 5, no ostentes esta condición.
PABELLONES CUBIERTOS
EQUIPOS LOCALES | 33,40 |
EQUIPO NO LOCAL | 66,40 |
SUPLEMENTO ILUMINACIÓN | 29,50 |
PABELLÓN "B" CUBIERTO (PARQUET)
EQUIPOS LOCALES | 61,20 |
EQUIPO NO LOCAL | 122,20 |
SUPLEMENTO ILUMINACIÓN | 29,50 |
CAMPOS RUGBY HIERBA Y PISTA DE ATLETISMO
EQUIPOS LOCALES | 74,80 |
EQUIPO NO LOCAL | 158,50 |
SUPLEMENTO ILUMINACIÓN | 53,10 |
CAMPOS FÚTBOL HIERBA ARTIFICIAL
EQUIPOS LOCALES | 42,50 |
EQUIPOS NO LOCALES | 84,60 |
SUPLEMENTO ILUMINACIÓN | 29,50 |
CAMPOS FÚTBOL 7 HIERBA ARTIFICIAL
EQUIPOS LOCALES | 33,40 |
EQUIPOS NO LOCALES | 66,80 |
SUPLEMENTO ILUMINACIÓN | 29,50 |
PISTAS POLIDEPORTIVAS
EQUIPOS LOCALES | 15,50 |
EQUIPOS NO LOCALES | 34,10 |
SUPLEMENTO ILUMINACIÓN | 29,50 |
ALQUILERES PARA ENTRENAMIENTOS | BONO TRIMESTRAL | BONO TEMPORADA |
PISTAS POLIDEPORTIVAS 2 DÍAS/ SEMANA | 344,70 | 689,30 |
PISTAS POLIDEPORTIVAS 1 DÍA/ SEMANA | 172,40 | 344,70 |
FÚTBOL 7 HIERBA ARTIFICIAL 2 DÍAS /SEMANA | 344,70 | 689,30 |
FÚTBOL 7 HIERBA ARTIFICIAL 1 DÍA /SEMANA | 172,40 | 344,70 |
FÚTBOL 11 HIERBA ARTIFICIAL 2 DÍAS /SEMANA | 574,50 | 1.378,70 |
FÚTBOL 11 HIERBA ARTIFICIAL 1 DÍA /SEMANA | 344,70 | 804,30 |
Equipos del Municipio xx Xxxxxxxxxx que participen en Competiciones Locales organizadas por el Servicio Municipal de Deportes con un 70% de Jugadores xx Xxxxxxxxxx.
JUEGOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
EUROS/FICHA/AÑO | ||
Jugadores empadronados o trabajadores o estudiantes de S.S. de los Xxxxx x Xxxxxxxxxx | Jugadores de otros Municipios | |
FÚTBOL Y FÚTBOL 7 | 7,50 | 21,00 |
FÚTBOL SALA | 7,50 | 21,00 |
BALONCESTO | 7,50 | 21,00 |
BALONMANO | 7,50 | 21,00 |
VOLEIBOL | 7,50 | 21,00 |
TENIS, PADDLE Y SQUASH | 46,30 | 72,80 |
BILLAR | 27,80 | 38,70 |
ESCUELAS DEPORTIVAS y SALUD
ACTIVIDADES ACUÁTICAS (PRECIO MES) | EMPADRONADO |
BEBÉS Y NIÑOS | 19,80 |
ADULTOS | 29,00 |
MAYORES 65 AÑOS | 7,10 |
ACTIVIDADES FÍSICAS (PRECIO MES) | EMPADRONADO |
NIÑOS | 18,00 |
ADULTOS | 22,00 |
ESPECIALES NIÑOS | 20,40 |
ESPECIALES ADULTOS | 29,00 |
GRUPOS DE TECNIFICACIÓN NIÑOS (CLASES REDUCIDAS) | 37,70 |
GRUPOS DE TECNIFICACIÓN ADULTOS (CLASES REDUCIDAS) | 54,00 |
GRUPOS ESPECÍFICOS ADULTOS (PILATES) | 37,70 |
MAYORES 65 AÑOS | 4,30 |
ACTIVIDADES DE SALUD (PRECIO MES) | EMPADRONADO |
NIÑOS | 22,00 |
ADULTOS | 30,70 |
CURSOS MONOGRÁFICOS (PRECIO HORA) | EMPADRONADO |
PRECIO 1 HORA NIÑOS | 2,70 |
PRECIO 1 HORA ADULTOS | 4,20 |
XXXXXXX XX XXXXXX (PRECIO CURSO) | EMPADRONADO | |
CURSO 2 SEMANAS NIÑOS o 2 días sem./mes | 19,80 | |
CURSO 2 SEMANAS ADULTOS o 2 días sem./mes | 29,40 | |
CURSO 2 SEMANAS NIUÑOS GRUPOS REDUCIDOS o 2 días sem./mes | 35,10 | |
CURSO 2 SEMANAS ADULTOS GRUPOS REDUCIDOS o 2 días sem./mes | 54,10 | |
CURSO 2 SEMANAS NATACIÓN NIÑOS o 2 días sem./mes | 26,10 | |
CURSO 2 SEMANAS NATACIÓ N ADULTOS o 2 días sem./mes | 39,20 | |
GIMNASIA MAYORES | 4,30 | |
NATACIÓN MAYORES | 7,10 | |
CAMPUS DEPORTIVOS 1 quincena | SIN COMIDA | 104,40 |
CON COMIDA | 250,70 | |
CAMPUS TECNIFICACIÓN 1 quincena | SIN COMIDA | 141,80 |
CON COMIDA | 283,30 | |
MINICAMPUS (1 semana) | 40% Dto. |
NATACIÓN DE ESCOLAR (PRECIO MES)
ESCOLARES 1 DÍA / SEMANA | Públicos xx Xxxxxxxxxx | GRATIS |
ESCOLARES 1 DÍA / SEMANA | Privados xx Xxxxxxxxxx | 18,00 |
ESCOLARES 1 DÍA / SEMANA | Colegios de fuera xx Xxxxxxxxxx | 26,90 |
OTROS SERVICIOS
VENTA DE PRODUCTOS
EXTRAVÍO/ FIANZA DE LLAVES DE TAQUILLAS O VESTUARIOS | 10,00 |
CANDADO SEGURIDAD | 7,00 |
PERCHA | 0,50 |
REEMISION DE TARJETA DE BONOS | 3,80 |
TARJETAS CLUBES: La tarjeta de clubes será de obligado abono por parte de los clubes que hacen uso de las instalaciones de manera gratuita. | 3,80 |
OCUPACIÓN CAMA/DÍA | 18,20 |
PRECIO/HORA (MINIMO 2 HORAS - FRACCIONES DE 1 HORA) | 83,50 |
PRECIO/DÍA | 574,50 |
UTILIZACIÓN DE LA RESIDENCIA UTILIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS
UTILIZACIÓN AULA-SALA REUNION
PRECIO/HORA (MINIMO 2 HORAS - FRACCIONES DE 1 HORA) | 36,50 |
PRECIO/DÍA | 229,80 |
VISITA TÉCNICA
PRECIO | 156,70 |
PRECIO | 55,20 |
PRECIO/HORA | 86,50 |
UTILIZACIÓN DE MEDIOS AUDIOVISUALES O INFORMATICOS COBERTURA SANITARIA EVENTOS
SERVICIO DE ORDEN O LIMPIEZA
PRECIO/HORA | 28,80 |
PRECIO/HORA | 52,20 |
UNA CALLE/HORA | 52,20 |
USO GIMNASIO USO PISCINA
UTILIZACIÓN DE OTROS ESPACIOS
(1) PRECIO/MES OFICINA POR METRO CUADRADO MES O FRACCIÓN. | 8,75 |
PRECIO/DÍA ESPACIOS DIÁFANOS POR METRO CUADRADO MES O FRACCIÓN. | 7,75 |
(2) ALQUILER DE STANDS POR METRO CUADRADO MES O FRACCIÓN | 206,10 |
MÁQUINAS DE VENDING: Se aplicará el precio del metro cuadrado de los espacios. (8,75 y si se considera oportuno, un porcentaje sobre el beneficio que se marcará en el contrato correspondiente.
(1) Según Ordenanza 3.7 art. 5 b).
(2) Según Ordenanza 3.6, art7, F) TASA POR OCUPACIONES DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL, SUBSULO Y SUELO, Y VUELO EN LA VÍA PUBLICA Y SUS NORMAS REGULADORAS 6ª). Mobiliario expendedor de publicidad y material de exposición por m2/mes o fracción)
(*) En caso necesario el PMD se reserva el derecho de aplicar % sobre el beneficio de este tipo de instalaciones, regulado mediante el correspondiente convenio
OCUPACIÓN DE INSTALACIONES PARA ACTIVIDADES COMERCIALES E INDUSTRIALES Y ACTIVIDADES NO DEPORTIVAS
RODAJE CINEMATOGRÁFICO Y/O FOTOGRÁFICO DESTINADOS A LA PUBLICIDAD COMERCIAL, SERIES Y DEMÁS PRODUCTOS TELEVISIVOS | |
Cuando el rodaje se realice sin superficie definida o con carácter circulante, al día o fracción. | 423,75 |
HASTA 100 M2/DÍA O FRACCIÓN | 370,15 |
POR CADA M2 DE EXCESO/DÍA O FRACCIÓN | 16,90 |
OCUPACIÓN CON VEHÍCULOS GENERADORES, CAMIONES-BAR, RULOTS Y VEHÍCULOS AFECTOS A RODAJES, EN ZONA DE APARCAMIENTO, ETC | |
POR UN DÍA | 155,35 |
POR DOS DÍAS | 388,55 |
POR TRES DÍAS | 777,05 |
POR CADA DÍA ADICIONAL A PARTIR DEL 3º DÍA | 155,35 |
VENTA AMBULANTE, OCASIONAL, POR DÍA, HASTA UN MÁXIMO DE 4 M2 | 9,45 |
OTRAS ACTIVIDADES AUTORIZADAS, POR M2/MES | 12,55 |
(Se entenderá por superficie ocupada objeto de tributación, el espacio público delimitado en un perímetro máximo, incluyéndose en el mismo la superficie ocupada por vehículos, maquinaria y utillaje afectos al mismo)
Este Acuerdo de establecimiento y normas de gestión de Precios Públicos por utilización de servicios y actividades del Servicio Municipal de Deportes de Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, seguirá vigente hasta que sea objeto de revisión por los órganos municipales competentes.