CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE
CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE
En la Ciudad de Neuquén, capital de la provincia del mismo nombre, a los…… días del mes de...................... del año 2024 entre el Estado Provincial, representado en este acto por la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx, D.N.I N° 25.191.764, titular del Ministerio de Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres, organismo con C.U.I.T N° 30- 71839032-6, en adelante “EL LOCATARIO” por una parte y por la otra, la firma ORESTE CONTROLLERS S.A., C.U.I.T. Nº 30-71119704-0, en carácter de
propietaria del inmueble, representada por su presidente y apoderado el señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, D.N.I. Nº 10.301.042, en adelante “EL LOCADOR”, convienen en celebrar el presente contrato de locación de inmueble, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: DEL OBJETO. “EL LOCADOR” cede en locación a “EL LOCATARIO” un inmueble, ubicado en xxxxx Xxxxxxxx 00 xx xxxx Xx 000 Xxxx 0 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Catastral N° 09-20-065-2007-0010, con una superficie de 254 mts2 cubiertos y 66 mts2 descubiertos (terraza), donde funcionará la Unidad de Planificación y Evaluación de Política Sociales (UPEPS) y la Secretaría de Género dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres. El mismo está compuesto por una sala de recepción, una kitchenette, dos alas de grandes dimensiones, 3 baños (uno de ellos para personas con discapacidad), una sala de reunión, un cuarto de servidores y 2 cocheras cubiertas ambas de grandes dimensiones (mediante sistema de distribución y optimización del espacio automática), e integrado por artefactos, mobiliario y tecnología que se detallan en el Anexo I – Inventario que acreditan el estado actual del inmueble, el mobiliario y los artefactos, que forma parte del presente contrato.
SEGUNDA: DEL PRECIO. El valor total de la locación se establece en la suma de pesos dos millones novecientos mil con 00/100 ($2.900.000,00.-) mensuales desde el 1 xx xxxxxx de 2024 hasta el día 31 de julio de 2025. A partir de septiembre de 2024 el monto será actualizado en forma trimestral a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o el organismo que en futuro lo reemplace con iguales competencias.
Los pagos serán por mes adelantado, en forma consecutiva y vencerán dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, el mismo se hará con acreditación a la cuenta bancaria CBU 09700376 - 10010708020021 del BPN declarado en el registro de Proveedores de la Provincia. El alquiler se pacta por períodos de mes entero, treinta (30) días y aunque “EL LOCATARIO” se mudara antes de finalizar el mes, pagará íntegramente el alquiler correspondiente a ese mes.------------------
TERCERA: DE LA VIGENCIA. El presente contrato tendrá una vigencia de doce
(12) meses, a partir del día 1 xx xxxxxx de 2024 con vencimiento el día 31 de julio de 2025, en cuya fecha “EL LOCATARIO” se compromete a restituir el inmueble locado libre de todo ocupante y en perfecto estado de uso y conservación, sin necesidad de notificación o requerimiento alguno por parte de “EL LOCADOR”.
CUARTA: DESTINO. El inmueble arrendado será destinado exclusivamente por “EL LOCATARIO” como oficinas administrativas. La tramitación de autorizaciones, habilitaciones y la adecuación dIFe-l20e2d4i-f0ic1i7o94d7a0d9-oNEeUn -LloYcTa#cMiónH,LMque
habilite el desarrollo de la actividad a realizar, queda a cargo y costas exclusivas de “EL LOCATARIO”. El destino acordado no podrá ser cambiado, ni alterado o modificado, en forma total o parcial.
QUINTA: CONSERVACIÓN DEL INMUEBLE. “EL LOCADOR” entrega el bien
a “EL LOCATARIO” y éste se obliga a conservar el inmueble y sus artefactos en buen estado, tal como lo recibió, respondiendo por los daños, deterioros y roturas que se produzcan por su culpa o negligencia y la de sus dependientes o terceros, incluso aquellos daños producidos por el transcurso del tiempo, ocasionados por desgaste natural y el buen uso, debiendo entregar el inmueble y los muebles del mismo en las mismas condiciones en las que fuera entregado conforme secuencia fotográfica adjunta en el presente contrato, condición pautada a los fines de que “EL LOCATARIO” evite abonar suma alguna en concepto de depósito. “EL LOCADOR” se hará cargo solo de las refacciones que sean necesarios efectuar por vicios ocultos del inmueble arrendado. A tal fin “EL LOCADOR” deberá proceder a efectuar las reparaciones en forma inmediata, a partir de la fecha de la notificación fehaciente al “EL LOCATARIO”. De no hacerlo, “EL LOCATARIO” procederá a realizar los arreglos necesarios, siendo los gastos deducidos de los alquileres que se devenguen, sin admitir reclamos futuros por tal concepto. En caso de producirse un desperfecto que afecte la seguridad o el estado de conservación del inmueble o de los inmuebles vecinos, o perjuicios a sus dependientes, “EL LOCATARIO” deberá comunicar por escrito tal circunstancia a “EL LOCADOR”.
SÉXTA: MEJORAS. Queda expresamente prohibido a “EL LOCATARIO” introducir mejoras de cualquier tipo o modificaciones que alteren la sustancia del inmueble sin consentimiento por escrito al “EL LOCADOR” con excepción de las reparaciones que se indican en la cláusula quinta. De efectuarse tales modificaciones o mejoras y a falta de pacto entre las partes sobre su destino, las mismas quedarán para beneficio de “EL LOCADOR”, o en su defecto deberán ser retiradas por “EL LOCATARIO” y entregar el inmueble en su estado original de recepción.
SEPTIMA: DISPOSICIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.
“EL LOCATARIO” se compromete a respetar y hacer cumplir todas las disposiciones relativas al inmueble locado que establezca “EL LOCADOR”, como así también los usos y buenas costumbres correspondientes a toda vida en comunidad, en relación con departamentos y edificaciones colindantes. “EL LOCATARIO” se obliga a contratar un seguro de incendio de edificio y un seguro por Responsabilidad Civil hacia terceros que cubra los daños que pudiera producirse en la parte estructural del inmueble locado como de las cosas muebles que se encuentran dentro del mismo, debiendo estar el mismo a favor del locador, los que deberán estar vigentes hasta la devolución por parte de “EL LOCATARIO” del inmueble objeto del presente contrato y aceptación del mismo por parte de “EL LOCADOR” en las condiciones pactadas. “EL LOCADOR” no se responsabiliza de los daños y perjuicios que derivados del accionar negligente y/o imprudente de “EL LOCATARIO” o terceros, dependientes o no, que frecuenten el inmueble puedan afectar a los nombrados. “EL LOCATARIO” será responsable por los daños o perjuicios que se ocasionen a la propiedad o a terceros, vecinos o linderos. “EL LOCADOR” no se responsabiliza por daños o perjuicios que pudiera sufrir “EL LOCATARIO” inclusive incendio total o parcial de la propiedad
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arrendada o de propiedades lindantes. Las partes acuerdan la locación del inmueble con mobiliario y equipos informáticos detallados en el Anexo I. Se establece que será responsabilidad de “EL LOCATARIO” el cuidado y mantenimiento, respondiendo por los daños, deterioros y roturas que se produzcan por su culpa o negligencia y la de sus dependientes o terceros, con excepción de aquellos daños producidos por el transcurso del tiempo, ocasionados por desgaste natural y el buen uso.
OCTAVA: IMPUESTOS Y SERVICIOS. Será por cuenta de “EL LOCADOR” el
Pago del impuesto inmobiliario, como así también los retributivos municipales, expensas extraordinarias y fondo de reserva, siendo por cuenta de “EL LOCATARIO” el pago de los servicios de electricidad, gas, agua y los servicios que contrate con motivo de su uso. Las expensas ordinarias estarán a cargo de “EL LOCATARIO” quien depositará el monto en la misma cuenta corriente detallada en la cláusula segunda a “EL LOCADOR” junto con el canon locativo, contra remito emitido por “EL LOCADOR” que enviará al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx para que le sean reembolsadas por “EL LOCATARIO”. Al momento de finalización del Contrato (vencimiento), o rescisión anticipada del mismo, el “EL LOCATARIO” deberá entregar todas los certificados de libre deudas de los servicios indicados en esta cláusula.-----------------------------
NOVENA: RESCISIÓN DEL CONTRATO Y EJECUCIÓN DE ALQUILERES. El
incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se estipulan en las Cláusulas de este contrato dará a “EL LOCADOR” el derecho a darlo por resuelto, previa intimación a “EL LOCATARIO” para que subsane el incumplimiento en que
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx en un plazo perentorio de quince (15) días. En caso de cursarse la intimación y mantenerse el incumplimiento, “EL LOCADOR” podrá sin más resolver el contrato. “EL LOCATARIO” deberá justificar la entrega de llaves de la propiedad a “EL LOCADOR” mediante documento escrito emanado de este, no admitiéndose otro medio de prueba. “EL LOCATARIO” queda facultado para rescindir el presente Contrato previa notificación fehaciente a “EL LOCADOR” con sesenta (60) días de anticipación, conforme al Artículo 83°, Sección IV del Reglamento de contrataciones, Decreto N°2758/95 de la Ley 2141 de Administración Financiera y control.
DÉCIMA: PROHIBICIONES. “EL LOCATARIO” no podrá, sin previa autorización de “EL LOCADOR”, alterar y/o modificar las instalaciones de gas, electricidad, agua, cloacas, y obstruir las ventilaciones existentes. --------------------
DÉCIMA PRIMERA: El sellado xx xxx que corresponda abonar será soportado por “EL LOCADOR” en la parte que corresponda, estando exento el Estado Provincial.
DÉCIMA SEGUNDA: DE LA PRÓRROGA. Las partes estipulan de común acuerdo que, con una antelación mínima de sesenta (60) días previos al vencimiento del contrato, el mismo puede ser prorrogado por hasta igual período, previo consentimiento de ambas partes.
DÉCIMA TERCERA: SUB-ARRENDAMIENTO. Queda terminantemente prohibido a “EL LOCATARIO”, bajo apercibimiento de resolver el presente contrato, ceder total o parcialmente el contrato o sub-arrendar total o parcialmente el bien locado. —--------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA CUARTA: JURISDICCIÓN. Ambas partes contratantes se someten a la jurisdicción del fuero Procesal Administrativo de la I circunscripción de la provincia
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del Neuquén, renunciando al Fuero Federal o a cualquier otro de excepción.---------
DÉCIMA QUINTA: DOMICILIO. A los efectos legales, las partes constituyen domicilio en: “EL LOCATARIO” en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx y “EL LOCADOR” en xxxxx 00 Xx0000 xx xx xxxxxx xx Xx Xxxxx y, a todos los efectos derivados del presente y donde se tendrán por válidas las notificaciones.
De plena conformidad, ambas partes firman cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
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ANEXO I - INVENTARIO
El inmueble sito en xxxxx Xxxxxxxx 00 xx xxxx Xx 000 Xxxx 0 xx xx xxxxxx xx
Neuquén, posee los siguientes elementos de informáticas, muebles y accesorios:
ID | CANT | DESCRIPCIÓN | OBSERVACIONES |
ENTRADA | |||
1 | 2 | Sillones xx Xxxx | en muy buenas condiciones |
2 | 1 | Mesa ratona xx Xxxxxx | en muy buenas condiciones |
3 | 1 | Cámara de seguridad | Funciona |
XXXX - Hacia la derecha | |||
4 | 1 | Módulo de Recepción media luna | en muy buenas condiciones |
5 | 3 | Biblioteca con dos estantes gris oscuro | en muy buenas condiciones |
6 | 1 | Mesa ratona xx xxxx y vidrio | en muy buenas condiciones |
7 | 1 | Cámara de seguridad | Funciona |
8 | 1 | Matafuego | ABC - fecha de vencimiento Vencido 2020 |
SALA DE REUNIONES | |||
9 | 1 | Mesa de reunión | muy buenas condiciones |
10 | 8 | Silla S/ metal y eco cuero | muy buenas condiciones |
SALA DE INFORMATICA | |||
11 | 1 | Sistema de telefonía | |
12 | 1 | Servidor - CPU | Rack Servidor |
13 | 1 | Sistema de Alarma | |
14 | 1 | Sistema de red - Rack | |
ALA DERECHA - TERRAZA | |||
15 | 18 | Escritorio Gris y Blanco con 1 cajón con llave cuarto de circulo | muy buenas condiciones |
16 | 4 | Biblioteca - gris oscuro - 6 estantes | con detalles en la madera |
17 | 3 | Acondicionador de Aire c/ control remoto | |
18 | 2 | Matafuego | ABC - fecha de vencimiento Vencido 2020 |
ALA IZQUIERDA - CALLE | |||
19 | 14 | Escritorio Gris y Blanco con 1 cajón con llave cuarto de circulo | muy buenas condiciones |
20 | 4 | Acondicionador de Aire c/ control remoto | |
21 | 1 | Escritorio en L marrón Oscuro con 4 cajones | muy buenas condiciones |
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22 | 1 | Matafuego | ABC - fecha de vencimiento Vencido 2020 |
23 | 5 | Biblioteca - Marrón - 5 estantes | |
24 | 1 | Biblioteca -grises oscuro - 5 estantes | en buenas condiciones |
25 | 1 | Biblioteca - gris oscuro - 3 estantes - puertas 2 estantes | en buenas condiciones |
26 | 3 | Escritorio Gris y Blanco sin cajón | en buenas condiciones |
COCINA - BAÑOS | |||
27 | 1 | Pava silbadora | |
28 | 1 | Heladera Marca Gafa | funciona |
29 | 2 | Anafe eléctrico | funciona |
30 | 1 | Termotanque Marca Saiar | |
31 | 1 | Microondas BGH | funciona |
32 | 3 | Inodoro | uno apto para discapacitados - mochila del inodoro de hombres roto pierde agua |
33 | 3 | Espejo | en muy buenas condiciones |
34 | 3 | Lavamanos | en muy buenas condiciones con canilla automática |
BIENES MUEBLES | |||
35 | 1 | Archivador cuatro cajones blancos | en buenas condiciones con llave |
36 | 1 | Archivador cuatro cajones Marrón oscuro | en buenas condiciones con llave |
37 | 1 | Archivador dos cajones blancos | en buenas condiciones con llave |
38 | 4 | Basurero Acero Inoxidable | 1 grande en la cocina - 3 chicos en los baños |
39 | 2 | Calefactor eléctrico portátil | 1 Xxxxxxx - 1 de aceite |
40 | 3 | Cámara de seguridad (X28) | 1 ascensores - 1 xxxx - 1 entrada |
41 | 15 | Cortinas Roll on | 7 de un lado y 8 del otro |
42 | 18 | CPU | |
43 | 6 | Impresora | 1 multifunción - 2 de red - 3 laser jet |
44 | 4 | Luz de Emergencia | |
45 | 4 | Xxxxxxxxx | vencidos |
46 | 15 | Monitor | |
47 | 21 | Mouse | |
48 | 8 | Papelero - metálicos | |
49 | 22 | Papelero - plástico | |
50 | 4 | Papelero rectangular | |
51 | 1 | Perchero | |
52 | 9 | Perforadora | Metálicas Azules 5 - grises 4 |
53 | 3 | Pizarra blanca | Una pizarra está rota |
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54 | 1 | Portero con Visor | funciona |
55 | 3 | Router | |
56 | 1 | Silla C/ ruedas de eco cuero | una con el relleno salido |
57 | 21 | Silla C/ ruedas de tela | 8 para reparar - |
58 | 1 | Sillón c/ ruedas respaldo alto | con detalles en el eco cuero y problemas en las ruedas y el sistema de nivelación |
59 | 1 | Sillón c/ ruedas respaldo bajo | con detalles en el eco cuero y problemas en las ruedas y el sistema de nivelación |
60 | 1 | Sistema de Alarma | funcionando |
61 | 2 | Sistema de huella digital | |
62 | 3 | Swich | 16 bocas 1- 3 bocas 2 |
63 | 16 | Teclado | |
64 | 13 | Teléfono | 6 Panasonic - 5 gigaset - 2 Alcatel |
65 | 10 | Teléfonos IP | 9 grandstean - 1 atcom |
66 | 24 | Tubo Led | 8 lado calle - 2 entrada - 2 xxxx - 2 sala de reuniones - 10 en lado terraza |
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Provincia del Neuquén 2024
Hoja Adicional de Firmas
Número: IF-2024-01794709-NEU-LYT#MHLM
NEUQUEN, NEUQUEN
Jueves 8 xx Xxxxxx de 2024
Referencia: Modelo de contrato EX-2024-00539812- -NEU-LYT#MHLM
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Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961 Date: 2024.08.08 09:26:58 -03'00'
Xxxxx Xxxxx Xxxx Director General
MHLM-Coordinación Provincial de Legal y Técnica
Ministerio de Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961
Date: 2024.08.08 09:26:40 -03'00'