PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA CONSISTENTE EN LA RECOGIDA Y TRANSPORTE PARA SU GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE MATERIA ORGÁNICA/FRACCIÓN RESTO, DE LAS...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA CONSISTENTE EN LA RECOGIDA Y TRANSPORTE PARA SU GESTIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE MATERIA ORGÁNICA/FRACCIÓN RESTO, DE LAS FRACCIONES DE PAPEL-CARTÓN Y DE ENVASES LIGEROS, DE VOLUMINOSOS Y SUMINISTRO DE CONTENEDORES EN LA MANCOMUNIDAD ALCARRIA ALTA (GUADALAJARA), MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
CLÁUSULA 1ª. OBJETO DEL CONTRATO Y DE ESTE PLIEGO.
El presente pliego regula las prescripciones técnicas particulares relativas a la licitación, adjudicación, cumplimiento y extinción, así como los derechos y obligaciones de las partes del contrato administrativo de servicios sujeto a regulación armonizada, mediante procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, cuyo objeto consiste en:
a) La recogida y transporte para su gestión de los residuos sólidos urbanos de materia orgánica/fracción resto (basura orgánica/biorresiduo). Incluyendo la limpieza y suministro de contenedores.
b) La recogida separada y transporte para su gestión de los residuos de las fracciones de papel-cartón y de envases ligeros.
c) La recogida y transporte para su gestión de residuos voluminosos en contenedores separados para restos de podas y para otros voluminosos.
El presente pliego de prescripciones técnicas describe las prescripciones de esta naturaleza que han de regir la prestación de este contrato.
CLÁUSULA 2ª. ÁMBITO TERRITORIAL DEL CONTRATO.
El ámbito territorial del contrato está formado por los municipios que componen la mancomunidad Alcarria Alta, que son Aldeanueva de Guadalajara, Atanzón, Caspueñas, Centenera, Lupiana, Torija con Xxxxxxxxx xx Xxxx, Trijueque y Valdegrudas.
CLÁUSULA 3ª. SERVICIOS Y OPERACIONES QUE COMPRENDE EL CONTRATO
Los servicios y operaciones que comprende este contrato se dividen en:
A) Recogida y transporte para su gestión de los residuos sólidos urbanos de materia orgánica/fracción resto (basura orgánica/biorresiduos). Limpieza y suministro de contenedores.
a) La recogida y transporte de los residuos.-
Se entiende por recogida la operación consistente en el acopio de residuos para su transporte a una instalación de tratamiento. Los residuos serán transportados inmediatamente después de su recogida a la planta de tratamiento de residuos urbanos ubicada en Torija, u otra que la sustituyera durante la vigencia del contrato.
Será obligación del contratista la recogida de las fracciones de los residuos domésticos, es decir, los residuos generados en los hogares como consecuencia de actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores generados en servicios e industrias.
Tendrán la consideración de residuos domésticos los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas.
De manera general el servicio incluirá la recogida de residuos domiciliarios, comerciales e industriales, entendiéndose estos últimos los generados por la actividad propia de comercio (al por mayor y al por menor), de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y los mercados, así como del resto del sector servicios.
El servicio incluye la recogida y transporte de los residuos de industrias y comercios, así como otros sectores de actividad no afectados por la recogida selectiva. Sólo se recogerán aquellos que
no tengan una prestación de recogida propia y produzcan residuos asimilables a residuos domésticos.
También se incluyen los biorresiduos.
No están incluidos en el objeto de esta prestación los siguientes residuos:
- Residuos que se generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, pilas, acumuladores, muebles y enseres así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.
- Residuos radiactivos, explosivos desclasificados, materias fecales, aguas residuales, subproductos animales cubiertos por el Reglamento CE nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como residuos líquidos o pastosos.
- Residuos industriales que por sus características cualitativas o cuantitativas no pueden ser asumidos por el servicio municipal, al no ser asimilables a domésticos.
- Residuos peligrosos no procedentes de hogares o comercios.
- Residuos sanitarios sobre los que no se tenga competencia en base a su peligrosidad.
- Animales muertos procedentes de explotaciones ganaderas.
b) Los vehículos.-
Los vehículos de recogida serán de carga trasera.
c) Limpieza de los contenedores.-
Se efectuarán cuatro limpiezas anuales de los contenedores, en estas fechas:
En invierno en la fecha que determine el adjudicatario, que comunicará a cada ayuntamiento la fecha de su realización con una antelación mínima de 7 días naturales.
El día 21 xx xxxxx.
En el mes xx xxxxxx en la fecha que determine el adjudicatario, que comunicará a cada ayuntamiento la fecha de su realización con una antelación mínima de 7 días naturales.
El día 21 de septiembre.
En orden a garantizar la limpieza, esta operación se realizará sin solución de continuidad tras la descarga de cada contenedor, evitando de este modo que la existencia de restos orgánicos impidan la operación de limpieza. El adjudicatario adoptará las medidas necesarias para evitar a los vecinos molestias por la realización de estos trabajos incidiendo especialmente en el ruido y retenciones de tráfico. Asimismo, una vez finalizadas las limpiezas, inmediatamente retirará de la vía pública todos los residuos que puedan haberse generado y eliminará cualquier derrame o encharcamiento producido.
Se elevará un informe tras la realización de cada una de estas limpiezas en el que de manera especial se hará constar qué contenedores no hubieran podido ser limpiados y por qué razones.
d) El suministro de contenedores y su titularidad.-
Se suministrarán al año 36 contenedores de 800 litros, dentro del precio de adjudicación.
Los contenedores cumplirán las normas internacionales vigentes en cuanto a calidad y funcionalidad, de manera que garanticen la idoneidad para su uso. Para ello, el contratista deberá aportar las oportunas certificaciones e informes que avalen lo anterior, emitido por entidades reconocidas.
Los contenedores que queden fuera de uso deberán ser retirados por el adjudicatario que se hará cargo de los mismos.
Los contenedores serán de titularidad de la mancomunidad.
B) Recogida separada y transporte para su gestión de los residuos de las fracciones de papel-cartón y de envases ligeros.
a) La recogida y transporte de los residuos.-
Estas operaciones consistirán en la recogida separada de las fracciones de papel-cartón y envases ligeros, así como el transporte de estos residuos hasta las plantas de tratamiento correspondientes.
Las operaciones se realizarán separadamente para los siguientes residuos:
- Papel-cartón, que se recogerá en las áreas de recogida selectiva (contenedor azul).
- Envases ligeros (envases de plásticos, metálicos y tipo brick), que se recogerán en las áreas de recogida selectiva (contenedor amarillo).
Las fracciones de residuos de papel-cartón y envases ligeros deben ser recogidas y transportadas de forma totalmente separada, garantizado que en ningún momento del proceso de recogida y transporte se mezclen las distintas fracciones, con el objetivo de lograr una eficaz gestión final de los mismos.
b) Forma de prestación del servicio
En la recogida y transporte de los residuos urbanos de la fracción papel-cartón los trabajos consistirán en retirar los residuos y desechos urbanos de recogida de la fracción papel-cartón depositados en los contenedores instalados al efecto. Estos residuos serán transportados inmediatamente después de su recogida a un recuperador autorizado (según el convenio suscrito con Ecoembalajes España S.A.) que se ocupe de su reciclaje.
En la recogida y transporte de los residuos urbanos de la fracción de envases ligeros los trabajos consistirán en retirar los residuos y desechos urbanos de recogida de la fracción de envases ligeros depositados en los contenedores instalados al efecto. Estos residuos serán transportados inmediatamente después de su recogida a la planta de tratamiento xx Xxxxxx, o al lugar que en el futuro se determine en sustitución de ésta. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de lo acordado en el convenio de Ecoembalajes España, S.A. para Castilla la Mancha. Si el convenio sufriera alguna modificación la mancomunidad lo comunicará al adjudicatario para su cumplimiento.
El adjudicatario gestionará las operaciones de facturación previstas en el Convenio Marco firmado entre Ecoembalajes, SA, y la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-la Mancha, y en otros convenios que hubiere suscrito esta mancomunidad, en función de los servicios contemplados en el Anexo II del citado convenio marco que sean objeto de compensación por parte de Ecoembalajes, SA, a esta mancomunidad.
c) Titularidad de los contenedores.-
Los contenedores serán de la titularidad de la mancomunidad.
Los contenedores de envases ligeros y papel-cartón, tendrán unas serigrafías acordes a las instrucciones de Ecoembalajes España, S.A.
C) Recogida y transporte para su gestión de residuos voluminosos en contenedores separados para restos de podas y para otros voluminosos.
a) La recogida y transporte de los residuos.-
Esta prestación tendrá por objeto la cesión por el adjudicatario de contenedores con destinos diferenciados, conforme a lo que se establece en el párrafo siguiente, y la posterior recogida para el transporte de los residuos a una instalación de tratamiento. Se incluyen aquellos trabajos de pre o post recogida que sean necesarios.
Uno de los contenedores se destinará al depósito de restos orgánicos de jardinería (podas) y el otro contenedor se destinará al depósito de muebles, enseres domésticos y otros residuos.
Estos contenedores serán depositados y recogidos en el lugar que fije cada ayuntamiento.
Se efectuará de forma separada el transporte de los residuos depositados en cada uno de los contenedores referidos, garantizando que en ningún momento del proceso de recogida y transporte se mezclen las distintas fracciones.
El contratista deberá disponer de los medios materiales y equipo humano necesarios para la correcta ejecución de las labores consistentes en la recogida de los contenedores de restos orgánicos de jardinería (podas) y de los contenedores en los que se depositen muebles, enseres domésticos y otros residuos.
La mancomunidad se reserva el derecho de propiedad sobre las diferentes fracciones de residuos recogidos mediante este servicio.
b) Xxxxxx que no asume el contratista.-
No corresponderá al contratista el pago de los gastos de la gestión de estos residuos. los gastos serán asumidos por cada uno de los ayuntamientos que forman la mancomunidad, separadamente, de manera que se realizará el pago por cada una de estas entidades locales una vez se hayan presentado las facturas correspondientes en las que quede acreditado el gasto de gestión soportado por el adjudicatario.
CLÁUSULA 4ª. RUTAS
A) Recogida y transporte para su gestión de los residuos sólidos urbanos de materia orgánica/fracción resto (basura orgánica/biorresiduos).
Rutas.-
Se establecen dos rutas para la recogida de residuos sólidos urbanos de materia orgánica/fracción resto (basura orgánica/biorresiduos).
a) RUTA 1: Torija, Xxxxxxxxx xx Xxxx, Trijueque urbanización Xxxxxxx xxx Xxx, Trijueque urbanización La Beltraneja y Trijueque núcleo urbano.
Se efectuarán cuatro recogidas semanales desde el día 15 xx xxxxx hasta el día 15 de septiembre.
Se efectuarán tres recogidas semanales desde el día 16 de septiembre hasta el día 14 xx
xxxxx.
b) RUTA 2: Aldeanueva de Guadalajara, Atanzón, Caspueñas, Centenera, Lupiana y
Valdegrudas.
Se efectuarán tres recogidas semanales desde el día 15 xx xxxxx hasta el día 15 de septiembre.
Se efectuarán dos recogidas semanales desde el día 16 de septiembre hasta el día 14 xx
xxxxx.
Recogidas extraordinarias.-
a) El sábado siguiente a la festividad xx Xxxxxxx Xxxxx se realizará una recogida extraordinaria
en cada municipio.
b) Se realizará una recogida extraordinaria en cada municipio con ocasión de las fiestas locales.
La organización del servicio será establecida libremente por la empresa adjudicataria.
B) Recogida separada y transporte para su gestión de los residuos de las fracciones de papel-cartón y de envases ligeros.
Rutas.-
Se establecen dos rutas para la recogida de residuos sólidos urbanos los residuos de las fracciones de papel-cartón y de envases ligeros.
a) RUTA 1: Torija, Xxxxxxxxx xx Xxxx, Trijueque urbanización Xxxxxxx xxx Xxx, Trijueque urbanización La Beltraneja y Trijueque núcleo urbano.
Se efectuarán tres recogidas mensuales desde el día 15 xx xxxxx hasta el día 15 de septiembre.
Se efectuarán dos recogidas mensuales desde el día 16 de septiembre hasta el día 14 xx xxxxx.
b) RUTA 2: Aldeanueva de Guadalajara, Atanzón, Caspueñas, Centenera, Lupiana y Valdegrudas.
Se efectuarán dos recogidas mensuales desde el día 15 xx xxxxx hasta el día 15 de septiembre.
Se efectuarán una recogida mensual desde el día 16 de septiembre hasta el día 14 xx xxxxx.
La organización del servicio será establecida libremente por la empresa adjudicataria.
C) Recogida y transporte para su gestión de residuos voluminosos en contenedores separados para restos de podas y para otros voluminosos.
Grupos.-
En la recogida de contenedores de residuos voluminosos, se dividen los municipios en dos grupos:
a) GRUPO 1. Xxxxxx y Trijueque.
Se entregarán y recogerán mensualmente 4 contenedores de 7 m3 en cada municipio, durante cada año natural.
Se entregarán y recogerán cada mes dos contenedores destinados al depósito de restos de podas vegetales y otros dos contenedores destinados al depósito de otros residuos voluminosos, en cada uno de estos municipios.
b) GRUPO 2. Aldeanueva de Guadalajara, Atanzón, Caspueñas, Centenera, Lupiana y Valdegrudas.
Se entregarán y recogerán mensualmente 2 contenedores de 7 m3 en cada municipio, durante cada año natural.
Se entregarán y recogerán cada mes un contenedor destinado al depósito de restos de podas vegetales y otro contenedor destinado al depósito de otros residuos voluminosos, en cada municipio durante cada año natural.
La organización del servicio será establecida libremente por la empresa adjudicataria.
CLÁUSULA 5ª. CRITERIOS QUE SERVIRÁN DE BASE PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato, serán los siguientes:
I.- OFERTA ECONÓMICA Y RESTANTES CRITERIOS OBJETIVOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
I. A) OFERTA ECONÓMICA.-
1º Oferta económica Hasta 60 puntos.
Se valorará de la siguiente forma:
1º Precio ofertado: 60 puntos.
Se aplicará esta fórmula.
Puntos totales 60 x (Bajada del precio de licitación de la oferta n./ Mayor bajada sobre el precio de licitación) = número de puntos de oferta n.
Por precio ofertado a efectos de la aplicación de esta fórmula se entenderá en cómputo anual y sin IVA.
Será de aplicación el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que dice: “Artículo 85. Criterios para apreciar las ofertas desproporcionadas o temerarias en las
subastas.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10
unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5. Excepcionalmente, y atendiendo al objeto del contrato y circunstancias xxx xxxxxxx, el órgano de contratación podrá motivadamente reducir en un tercio en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares los porcentajes establecidos en los apartados anteriores.
6. Para la valoración de la ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada”.
Se rechazarán aquellas ofertas que superen el precio de licitación.
I. B) RESTANTES CRITERIOS OBJETIVOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.-
1º Incremento del número de recogidas de residuos de fracción resto/biorresiduo y de las fracciones de papel-cartón y de envases ligeros: 10 puntos.
La puntuación se desglosa de esta forma:
a) Mejora en el número de recogidas de fracción resto/biorresiduo sobre las mínimas fijadas en el pliego: se otorgarán 8 puntos a quien oferte más recogidas sobre el mínimo establecido.
b) Mejora en el número de recogidas de residuos selectivos sobre las mínimas fijadas en el pliego: se otorgarán 2 puntos a quien oferte más recogidas sobre el mínimo establecido.
Las mejoras se ofertarán sobre rutas completas.
Al licitador que ofrezca un mayor número de recogidas se le otorgará la máxima puntuación, al resto de los licitadores se le otorgarán 0 puntos.
2º Acceso a los registros de rutas realizadas por sistema GPS desde el comienzo del servicio hasta la finalización del mismo, incluyendo el periodo de garantía: 2 puntos.
Acceso a los registros de las rutas realizadas por control mediante GPS desde el comienzo del servicio hasta la finalización 2 puntos.
Estos datos serán conservados a disposición de la mancomunidad durante la vigencia del contrato.
3º Mejora de puntos de recogida: 2 puntos.
Por incremento de puntos de recogida se concederán 2 puntos.
Al licitador que ofrezca un mayor número de puntos de recogidas se le otorgará la máxima puntuación, al resto de los licitadores se le otorgarán 0 puntos.
La determinación de los nuevos puntos de recogida serán fijados por la mancomunidad.
4º Mejoras en recogida de voluminosos: 10 puntos.
Mejora en el número de recogidas de residuos voluminosos sobre las mínimas fijadas en el pliego: se otorgarán 5 puntos a quien oferte más recogidas sobre el mínimo establecido.
Al licitador que ofrezca un mayor número de recogidas se le otorgará la máxima puntuación, al resto de los licitadores se le otorgarán 0 puntos.
La mancomunidad determinará libremente dónde se aplicarán las mejoras ofertadas.
5º Criterios medioambientales: 6 puntos.
Se aplicarán 3 puntos cuando la limpieza se haga mediante camión lava contenedores o en las instalaciones del adjudicatario. De manera que no se vierta ninguna suerte de detergentes o elementos de la limpieza en la vía pública.
Se aplicarán 3 puntos cuando se incluyan un mínimo de cuatro limpiezas anuales de la totalidad de los contenedores de residuos selectivos, con una periodicidad trimestral.
II. CRITERIOS OBJETIVOS CUYA DETERMINACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR. MEMORIA TÉCNICA.
Se presentará una memoria técnica con una extensión no superior a 10 páginas (5 folios), escritas a doble espacio y con el tipo de letra Arial a 11 pixeles: 10 puntos.
Las páginas que integren la documentación para la valoración de estos criterios deberán ir numeradas, precedidas de un índice y referidas únicamente a los criterios objeto de valoración.
En este documento se valorarán las propuestas relacionadas con la calidad del servicio, evaluando:
Medios mecánicos que sean destinados al servicio y antigüedad. Carga trasera y volumen. Adecuación de la estructura de la empresa.
Personal y titulación.
Año de constitución de la empresa y volumen de negocio. Otros equipamientos afectos al servicio.
La Memoria Técnica expondrá detalladamente y como mínimo:
a) Proyecto de explotación (hasta 3 puntos), en el que se deberá indicar:
- Los medios humanos, medios mecánicos y medios materiales.
- Las características funcionales de los equipos mecánicos y material ofertado.
- Las medidas y protocolos en la realización del servicio, indicando los medios y sistemas a emplear para la consecución de los objetivos previstos.
- Grado de detalle, rigurosidad y minuciosidad en la propuesta técnica presentada.
b) Política de personal. Puestos de trabajo y plantilla laboral necesaria para poder garantizar en todo momento las prestaciones que incluye el servicio, distinguiendo jornada, tiempo de contratación, funciones y categorías, vacaciones, suplencias, etc. valorando la optimización de recursos personales (hasta 3 puntos):
- Personal directamente afecto al servicio.
- Personal indirectamente afecto al servicio.
c) Mejoras tecnológicas encaminadas a la racionalización y optimización del servicio (hasta 3 puntos):
d) La adaptabilidad del servicio a las condiciones particulares de los municipios (hasta 1 punto).
(Urbanizaciones, núcleos urbanos, temporadas de mayor afluencia de ciudadanos etc..).
Las mejoras propuestas por el licitador estarán incluidas en el precio de adjudicación y no suponen sobrecoste para la mancomunidad.
CLÁUSULA 6ª. ORGANIZACIÓN DE LOS SERVICIOS.
A) ASPECTOS GENERALES
a) Los trabajos objeto del contrato se realizarán con estricta sujeción a las instrucciones contenidas en el presente pliego, en el de cláusulas administrativas particulares, y en la oferta (entendida en sentido amplio: proyecto técnico, mejoras, etc.) del servicio que sirve de base para la adjudicación del contrato.
Todos estos documentos tienen carácter contractual. El contratista deberá seguir en el desarrollo de los trabajos, todas las definiciones y los detalles de ejecución contenidos en la mencionada documentación.
Los servicios descritos constituyen una unidad funcional no susceptible de aprovechamiento por separado puesto que la coordinación entre ellos es imprescindible para la consecución del objeto de calidad que pretende alcanzar el contrato.
b) La empresa contratista se obliga a recoger los recipientes que contengan los residuos domésticos depositándolos en el vehículo recolector y revertir los recipientes al lugar de origen.
En el proceso de recogida y vaciado de los contenedores los vehículos se situarán de forma que no obstaculicen el tránsito en la vía pública.
Cualquier incidencia que impida el normal funcionamiento de los medios materiales deberá ser puesto en conocimiento de la mancomunidad de manera inmediata.
Durante las labores de manipulación y traslado de contenedores con residuos, no se podrá derramar ninguna clase de residuos y en el caso de que así sucediere, el contratista estará obligado a que de forma inmediata sean retiradas, quedando limpios los lugares donde se ha efectuado la recogida por los empleados del contratista, disponiendo para ello de los medios y materiales necesarios. Igualmente, al objeto de mantener el buen estado de limpieza del área en la que se circunscribe los trabajos, el contratista deberá retirar la “basura fuera del contenedor”, al igual que cualquier resto de residuo domiciliario, sin excepción, que puedan quedar alojados junto a los contenedores, una vez realizado el vaciado de los recipientes.
c) De manera general las acciones de carga, transporte y vaciado de residuos domiciliarios se ejecutarán teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
Los residuos sólidos urbanos serán recogidos y transportados por vehículos de caja compactadora.
Los vehículos deberán ser vaciados totalmente en el lugar de destino, una vez haya finalizado su itinerario o haya cargado hasta el límite de su capacidad.
El transporte de la fracción de residuos domiciliarios se realizará el mismo día de su recogida sin que pueda ser depositada en otro lugar que no sea su destino en la planta de tratamiento, ni quedarse en los mismos vehículos recolectores de un día para otro.
Un vehículo cargado de residuos sólidos urbanos, no podrá permanecer estacionado en el viario de la mancomunidad sin antes haber estado vaciado. En caso de avería, la empresa se compromete a su vaciado sin crear molestias a la vecindad.
Cuando el contratista encuentre objetos de valor en el proceso de recogida de residuos los depositará a disposición de sus propietarios aplicándose la legislación vigente en la materia.
B) MEDIOS MATERIALES.
a) Los equipos y medios materiales.-
Los equipos y materiales necesarios para la ejecución de los servicios serán propiedad del contratista. Se exceptúan los contenedores que serán de la titularidad de la mancomunidad.
Los materiales y equipos ofertados deben perseguir el objetivo de máxima calidad, fiabilidad e imagen (ruido, productividad, estética,...). Estos modelos serán de libre elección por parte de los licitadores.
b) Los contenedores.-
Los contenedores suministrados tendrán una capacidad de 800 litros, y pasarán a ser de la titularidad de la mancomunidad. Serán nuevos, no podrán haber sido utilizados previamente. Todos los recipientes cumplirán las normas internacionales vigentes en cuanto a calidad y funcionalidad de manera que garanticen la idoneidad de los mismos para su uso por la ciudadanía y los servicios de recogida. Para ello, el contratista deberá aportar las oportunas certificaciones e informes emitidas por entidades reconocidas.
La ubicación de los contenedores se determinará por la mancomunidad.
c) La limpieza de los contenedores.-
El contratista está obligado a disponer de un sistema de limpieza de los contenedores de fracción resto/biorresiduos de forma que se garantice el correcto estado de higiene de los mismos.
Corresponde a cada licitador determinar la descripción con detalle de tal prestación como crea conveniente para garantizar la correcta limpieza del parque de contenedores. En todo caso el contratista realizará el siguiente servicio:
a) Se llevará a cabo un lavado integral de los contenedores con la aplicación de agua a presión y una solución jabonosa que permita el adecuado lavado y desinfección del interior y exterior
de los contenedores. Los contenedores se limpiarán y desinfectarán de manera periódica durante todo el año en la vida total del contrato.
b) La frecuencia mínima exigida será de una vez al trimestre.
c) Se dispondrá de los equipos de trabajo y camiones especializados en función de tipo de contenedor así como de los productos idóneos para la correcta y eficiente limpieza y desinfección interior y exterior de los contenedores.
d) Las labores de limpieza deben estar totalmente coordinados con los servicios de recogida y transporte de residuos para garantizar la total eficacia de los mismos, evitando la presencia de residuos domésticos o comerciales en el interior de los recipientes en el momento de su limpieza.
En cuanto a la limpieza de los contenedores de residuos selectivos se estará a lo establecido en los párrafos anteriores cuando se incluya en la oferta por el licitador.
C) PROYECTO BÁSICO DEL SERVICIO.
En todo caso, los licitadores deberán aportar el compromiso de adscripción de los materiales y equipo humano necesarios para el adecuado desarrollo de las labores del servicio.
D) EQUIPOS Y DOTACIONES.
Los equipos y materiales necesarios para la ejecución de éste y restantes servicios serán propiedad del contratista
CLÁUSULA 7ª. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario viene obligado, con carácter general, a:
1. Cumplir las obligaciones previstas en el pliego de condiciones administrativas particulares, en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el contrato que se formalice, en la oferta presentada y resto de documentación contractual y, en todo caso, conforme a las instrucciones que en ejercicio de las potestades que le corresponda, le dirija esta entidad local.
2. Deberá realizar cuantas actuaciones sean precisas para la prestación del servicio de forma que se satisfaga adecuadamente el interés público de conformidad con lo que preceptúan las leyes y normas generales y en las condiciones contenidas en los pliegos por los que se rige este contrato.
3. Prestar el servicio a su riesgo y xxxxxxx, con xxxxxxxx de todos los costes y gastos relacionados con el mismo con cargo al precio de adjudicación y, en su caso, al de las modificaciones que se aprueben.
4. Prestar el servicio con la calidad exigida, en el tiempo y la forma establecidos y con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas al respecto sin perjuicio de las potestades de la Administración.
5. Realizar los trabajos objeto del contrato con la frecuencia establecida en la documentación contractual, sin perjuicio de las variaciones que justificadamente puedan autorizarse.
6. Garantizar el derecho de los ciudadanos a ser beneficiarios del servicio, en los términos previstos en la documentación contractual.
7. No interrumpir la prestación del servicio por ningún motivo, ni aún en el caso de demora en el pago, salvo en los casos y con sujeción a los requisitos legalmente previstos.
8. Obtener todas las autorizaciones, permisos, trámites y licencias que se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del mismo.
9. Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será ésta responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.
El contratista será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la Administración como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que se haya incurrido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del TRLCSP.
10. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los servicios que corresponden a la mancomunidad, cumplimentando y presentando en el plazo fijado la documentación requerida por la mancomunidad para el ejercicio de tales funciones.
11. Acreditar a la mancomunidad el grado de cumplimiento del contenido de este pliego, para lo cual deberá realizar un control continuo de la prestación del servicio y remitir periódicamente la documentación exigida.
12. El contratista implantará un sistema que permita conocer la realización de los trabajos así como las incidencias que se produzcan y la solución a las mismas.
13. Dar conocimiento a la mancomunidad sobre cualquier anomalía o incidencia en los servicios que afecte a la buena marcha de los mismos, comunicándolo con antelación suficiente o en caso en el que no fuera posible dicha antelación inmediatamente después de la ocurrencia del hecho.
14. Cumplir la legislación aplicable al ejercicio de su actividad y a la prestación de los servicios y, en particular, la legislación de protección del medio ambiente.
15. Cumplir las obligaciones que se deriven de los convenios que la mancomunidad tenga suscritos con los diferentes Sistemas Integrados de Gestión de residuos o a los que se encuentre adherida.
16. Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio a la que se hubiese otorgado dicho carácter en los pliegos, en el contrato o en las proposiciones de las empresas participantes en el procedimiento de adjudicación o la que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante toda la ejecución del contrato.
17. Cumplir la legislación de protección de datos de carácter personal, en su calidad de encargados del tratamiento de datos personales.
18. Mantener una contabilidad independiente y separada propia de este contrato y diferenciada para cada tipo de servicios que constituyen el objeto de este contrato.
19. Mantener durante el tiempo de vigencia del contrato los puestos de trabajo ofertados con arreglo a las prescripciones de este pliego, tanto en número como en cualificación y prestar la formación necesaria para que los trabajadores puedan realizar los trabajos en las mejores condiciones técnicas y con los medios adecuados.
20. El adjudicatario está obligado a dar respuesta a las necesidades urgentes que puedan plantearse debiendo, en su caso, disponer de los medios adicionales sin que ello implique un aumento del precio del contrato.
21. En caso de modificación del contrato como consecuencia del incremento de vías y espacios públicos y de la edificación el adjudicatario deberá disponer del personal y de medios materiales que resulten necesarios para atender en las mismas condiciones del contrato los servicios objeto del mismo.
22. El adjudicatario deberá nombrar un representante encargado de la supervisión del contrato y de las relaciones con la mancomunidad, en particular con el responsable del contrato.
23. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención, de Riesgos Laborales, y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
El adjudicatario adscribirá al contrato el personal necesario para la correcta ejecución de los trabajos contratados el cual dependerá exclusivamente de aquel, no existiendo entre este personal y la mancomunidad ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole ni durante el plazo de vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de cuenta de la empresa adjudicataria todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieren con ocasión del contrato.
La empresa adjudicataria se subrogará, en su caso, de conformidad con la normativa legal vigente en los contratos de los trabajadores de la empresa saliente que actualmente presta el servicio objeto del contrato. La relación de trabajadores que en la actualidad se encuentran prestando el servicio se incluye como anexo a este pliego.
La mancomunidad estará facultado para retener el pago del precio del contrato con el objeto de afrontar posibles responsabilidades derivadas de los incumplimientos del adjudicatario en materia laboral y de Seguridad Social.
En el eventual supuesto de convocarse huelga legal de los trabajadores adscritos al servicio, la empresa adjudicataria deberá informar a los responsables de la mancomunidad sobre su desarrollo. Los servicios mínimos que se vayan a prestar serán fijados por la mancomunidad previa audiencia con las partes.
Una vez finalizada la huelga, el adjudicatario deberá presentar un informe indicando los servicios mininos efectivamente realizados el número de horas que se hayan dejado de prestar y las zonas en las que se ha producido el incumplimiento.
Comprobada la defectuosa prestación del servicio, la mancomunidad procederá a efectuar la correspondiente deducción en la factura del mes en que se haya producido aquélla teniendo en cuenta la participación de las zonas y servicios afectados en el precio total del contrato. Dicha valoración se comunicará por escrito a la empresa adjudicataria, con el fin de que proceda a efectuar tal deducción en las facturas del mes que corresponda.
La interrupción o paralización del servicio por declaración de huelga no se considerara causa de fuerza mayor a los efectos de riesgo y xxxxxxx, asumidos por el empresario en la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 8ª. CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACIÓN.
El adjudicatario deberá destinar un porcentaje al menos del 0,40% del precio de adjudicación en cómputo anual, antes de la aplicación de los gastos generales, beneficio industrial, sin los costes de amortización-financiación e IVA excluido, para la realización de campañas anuales de concienciación y sensibilización ciudadana en materia de separación de residuos o de protección y conservación del medio ambiente.
Los licitadores desarrollarán en su oferta un plan de comunicación proponiendo las campañas de mentalización y concienciación que estimen oportuno, las cuales serán aprobadas y establecidas definitivamente por el Mancomunidad.
CLÁUSULA 9ª. INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
Los servicios objeto de este contrato estarán sometidos de modo permanente a la inspección, control y vigilancia de la mancomunidad a través de medios propios o entidades de control nombradas, en su caso, con la misión de vigilar y hacer cumplir las condiciones técnicas y el resto de cláusulas del contrato que se formalice.
Las personas que al efecto designe la mancomunidad tendrán acceso a cuantos datos sean precisos respecto a la organización, medios personales y materiales afectos al contrato así como cuantos documentos le sean requeridos y sean necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
La mancomunidad podrá ordenar al adjudicatario las correcciones y/o modificaciones que estime oportunas en la prestación de los servicios contratados si ello resultare conveniente o necesario a la vista de los informes evacuados como resultado de las actuaciones de inspección y control llevadas a cabo.
El adjudicatario deberá contar con un delegado técnico como responsable autorizado y representante de la empresa ante la mancomunidad.
La mancomunidad podrá contar con un servicio externo de apoyo a sus funciones de control de calidad del contrato.
ANEXOS
ANEXO I. INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO (ART. 120 TRLCSP).
ANEXO II. PUNTOS DE UBICACIÓN DE LOS CONTENEDORES.