Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE GESTIÓN INDIRECTA MEDIANTE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE REGULACIÓN DEL ESTACIONAMIETO LIMITADO EN EL TIEMPO EN LA VÍA PÚBLICA DE PARTE DE LA CIUDAD XX XXXXXXXXXX.
1.- OBJETO DEL SERVICIO
Es objeto del presente Xxxxxx establecer las condiciones técnicas que han de regir la prestación del servicio de regulación del estacionamiento limitado en el tiempo en la vía pública en parte de la Ciudad xx Xxxxxxxxxx, así como los servicios de retirada de vehículos mediante grúa y oficina de Atención al cliente.
Se incluye en el objeto del presente contrato el mantenimiento y reposición, en su caso, de los medios materiales propiedad de este Ayuntamiento, ya instalados (expendedores de tiques, señalización vertical y horizontal, soportes para bicicletas, terminales portátiles para comunicaciones, equipamiento para la gestión integral de denuncias, vehículo grúa, etc)
El servicio especificado tiene por objeto conseguir la rotación de vehículos en las zonas con insuficiente oferta en el número de plazas de aparcamiento disponibles, permitiendo con ello un uso más racional de dicho espacio público. El objetivo será una mayor fluidez del tráfico rodado, aumentándose considerablemente el número de usuarios/día para mejorar notablemente las perspectivas económicas del comercio y la hostelería de esta Ciudad, revitalizando dicha zona comercial.
2.- CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO.
2.1. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La zona de estacionamiento regulado y limitado, denominada Zona Azul será identificada con el pintado de marcas viales de color azul para la zona de estacionamiento limitado. Las franjas de delimitación de plazas serán de 10 cm de ancho, aplicadas con pintura acrílica de tráfico ciudad.
Se respetarán las actuales limitaciones de aparcamiento, tales como reservados, carga y descarga, vados, prohibiciones de aparcar, etc.
Asimismo se destinarán plazas para bicicletas, motocicletas y para minusválidos, reservando para estos últimos un mínimo de un 2% de las plazas a regular.
Las Vías Públicas afectadas por zona de estacionamiento regulado y limitado son:
CALLE | PLAZAS ACTUALES |
XXXX. XXXXXXX XX XXXXX | 000 |
XXXXX XXXX XXXXXXXX | 00 + 24 |
XXXXX XXXXXXXXX | 18 |
VIRGEN | 12 |
BATANEROS | 6 |
XXXXXXXXXX | 22 |
XXXXXXXX | 0 |
XXXXXXXX | 00 |
XXXXXX XXXXXXX | 17 |
REAL | 13 |
XXXXXXXXX | 00 |
XXXXXXXXXXX | 00 |
UNIÓN | 14 |
ARPA | 12 |
POSTAS | 16 |
ESPERANZA | 17 +6 |
CAPITÁN XXXXXX | 25 |
CALDEREROS | 12 |
XXXX XXXXXXX | 12 |
XXXXXXXX | 14 + 7 |
CRISTO | 48 |
XXXX MADRID | 17 |
CONSTITUCIÓN | 22 + 30 |
APARCAMIENTO ANTIGUO EDIFICIO CORREOS | 25 |
TORERO | 12 |
SOR CANDIDA | 21 |
DOLORES | 15 |
XXXXXX XXXX | 11 |
XXXX. XXXXXXXX XXXXXX (xxxxx xxxxxxxxxx x Xxxxxxx Xx Xxxxxx) | 00 |
TOTAL PLAZAS ACTUALES Y AMPLIABLES | 679 |
En el caso de futuras ampliaciones de las vías públicas con estacionamiento limitado por parte del Ayuntamiento, el concesionario deberá presentar un estudio técnico-económico que, previo informe, se someterá a aprobación del Órgano de Contratación.
En el caso de que las calles con estacionamiento limitado se vieran afectadas durante tiempo prolongado por obras de urbanización, se sustituirán por calles anexas de parecidas características e igual número de aparcamientos.
2.2. SISTEMA HORARIO
El servicio se prestará únicamente en días laborables, con sujeción al siguiente horario:
OTOÑO-INVIERNO | |
a) De lunes a viernes ambos incluidos | |
a.1. Horario mañanas | de 09:30 a 14:00 horas |
a.2. Xxxxxxx tardes | de 17:00 a 20:30 horas |
b) Sábados | |
Horario de mañana | de 9:30 a 14:00 horas |
Xxxxxxx de tarde | Estacionamiento libre |
c) Domingos y festivos | Estacionamiento libre |
PRIMAVERA-VERANO | |
a) De lunes a viernes ambos incluidos | |
a.1. Horario mañanas | de 09:30 a 14:00 horas |
a.2. Xxxxxxx tardes | de 17:00 a 21:00 horas |
b) Sábados | |
Horario de mañana | de 9:30 a 14:00 horas |
Xxxxxxx de tarde | Estacionamiento libre |
c) Domingos y festivos | Estacionamiento libre |
La duración máxima del estacionamiento será de 3 horas.
2.3. SISTEMA TARIFARIO
Las tarifas a aplicar serán las contenidas en la correspondiente Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa del dominio público mediante el estacionamiento de vehículos en xxxx xx xxxxxx limitada y sus modificaciones posteriores.
El abono de la tasa se realizará mediante la adquisición de tickets, que se obtendrán de las máquinas expendedoras de billetes acreditativos del pago realizado, instaladas en las proximidades de los aparcamientos regulados y limitados. El tickets deberá estar colocado en la parte inferior del parabrisas, visible desde el exterior, acreditando que el vehículo dispone del mismo.
Las tarifas que regirán al inicio de la concesión serán las siguientes:
Fracción de tiempo | Importe total |
Primeros 15 minutos o fracción | 0,15 euros |
Sesenta (60) minutos | 0,65 euros |
Ciento veinte (120) minutos o máximo tiempo permitido | 1,30 euros |
Fracciones intermedias | 0,05 euros |
Tarifa por anulación de denuncias | 3,50 euros |
Residentes, día o fracción | 0,30 euros |
Residentes, tarjeta anual | 40,00 euros/año |
RESIDENTES: A todos los efectos tendrán la consideración de residentes las personas físicas que estén empadronadas y tengan su residencia habitual durante al menos 6 meses en alguna de las calles que sean objeto de regulación. Asimismo su vehículo deberá estar empadronado en el mismo domicilio, todo ello en los términos de la Ordenanza Fiscal indicada.
Las tarjetas de residentes serán expedidas por la empresa concesionaria.
La denuncia formulada por haber excedido el tiempo máximo señalado en el título habilitante del aparcamiento (ticket) podrán ser anuladas dentro de la hora siguiente a la finalización de la hora indicada en el ticket, mediante el abono de la tarifa por postpago indicada en el cuadro de tarifas, a realizar en la propia máquina expendedora.
Los residentes no tendrán derecho a bonificación en la tarifa establecida para la hora postpagada.
BONIFICACIONES, REDUCCIONES Y EXENCIONES DE TARIFA: A los efectos de la
Ordenanza están exentos de tarifa por estacionamiento en las Vías Públicas de la Zona Azul los siguientes vehículos:
a. Vehículos estacionados en zona reservada para su categoría: las motocicletas, ciclos, ciclomotores de dos o tres ruedas y bicicletas.
b. Vehículos que estén realizando operaciones de carga y descarga, siempre que la operación tenga una duración no superior a 2 minutos.
c. Veículos auto-taxi cuando el conductor esté presente.
d. Vehículos en servicio oficial, debidamente identificados, propiedad de Organismos del estado, Comunidades Autónomas, Provincias o Municipio que estén destinados directa y exclusivamente a la prestación de los servicios públicos de su competencia, cuando estén realizando tales servicios, así como los de compañías prestadoras de servicios públicos necesarios por el tiempo indispensable para realizar su labor.
e. Vehículos destinados a la Asistencia Sanitaria pertenecientes al SESCAM, Xxxx Xxxx Española, ambulancias y similares, mientras estén prestando servicio.
f. Vehículos automóviles en cuyo interior permanezca el conductor o pasajeros, siempre que el tiempo de estacionamiento de supere los 2 minutos.
g. Los vehículos de minusválidos acreditados mediante tarjeta de accesibilidad tendrán derecho a estacionar en cualquier lugar de la Zona Azul, debiendo dejar visible dicha tarjeta en el interior del vehículo.
SANCIONES:
1.- Por estacionar en lugar limitado y regulado careciendo de título habilitante para ello ticket o distintivo de residente o, en su caso, de minusválido: 60 euros.
2.- Por exceder el tiempo autorizado en el ticket de aparcamiento: 60 euros. 3.- Por utilizar ticket o distintivos falsificados o manipulados: 60 euros.
3.- MEDIOS HUMANOS, MATERIALES Y AUXILIARES AFECTOS AL SERVICIO
3.1.- MEDIOS HUMANOS
La dotación mínima de vigilantes que controlen la zona objeto de regulación será de uno por cada 150 plazas de aparcamiento o fracción.
El personal al servicio del concesionario para la prestación del servicio estará debidamente uniformado y equipado.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier índole con el personal del adjudicatario, ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, sendo de cuenta del concesionario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.
La empresa adjudicataria habrá de cumplir las obligaciones que en materia de subrogación de personal resulten aplicables en virtud de norma convencional eficaz, a cuyo efectos se especifica en este Pliego de Prescripciones Técnicas la relación del personal actualmente adscrito al servicio.
En concreto, el personal adscrito al servicio deberá:
- Efectuar el control de todos los vehículos que estacionen en la zona que tenga asignada, comprobando que cumplen la obligación de exhibir el ticket o distintivo habilitante, sin rebasar el tiempo máximo autorizado.
- Efectuar las correspondientes denuncias de vehículos infractores de la Ley Sobre Tráfico y ordenanza Reguladora del Estacionamiento Limitado.
- Atender las solicitudes de información de los usuarios y público en general.
- Comprobar y velar por el perfecto funcionamiento de los expendedores de tickets.
- Solicitud de servicio xx xxxx
- Observar y comunicar de inmediato al Ayuntamiento toda anomalía o incidente que se produzca en la zona regulada, ya sea en relación con el tráfico o con cualquier otro supuesto que requiera la intervención policial.
Avisos de anomalías en la vía pública, mobiliario urbano, etc.
Comunicar de inmediato a la Policía Local, por medio del correspondiente radioteléfono que deberá portar el vigilante y sea compatible con las frecuencias utilizadas por aquella, cualquier infracción viaria.
- Auxilio a Ciudadanos –Protección civil
- Recaudación de las máquinas expendedoras de tickets y aquellas tareas propias del servicio.
Para el correcto funcionamiento del servicio, el concesionario deberá contar con un coordinador de todas las actividades, que será el interlocutor permanente con el responsable municipal encargado del servicio (Coordinador Municipal).
Se deberá contar también con el personal suficiente para efectuar las labores de mantenimiento, recaudación, reparación y control, tanto de materiales como de vigilante.
3.2. MEDIOS MATERIALES
Los medios materiales que los licitadores consideran necesarios para la gestión del servicio serán objeto de descripción pormenorizada en el proyecto técnico que acompañará a la oferta, y que incluirá, además de los aspectos propios del sistema, la disponibilidad de oficinas, almacenes, vehículos, medios de comunicación e informáticos, material de reposición, señalización, etc, determinando con precisión aquellos materiales que serán objeto de reversión al Ayuntamiento al término del contrato.
Los medios materiales puestos a disposición del concesionario por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx constan en inventario adjunto al presente Pliego.
3.3. SEÑALIZACIÓN.
La señalización adicional a la existente que en su caso fuere necesaria, tanto horizontal como vertical, cuyo suministro, instalación y mantenimiento serán por cuenta del concesionario, garantizarán que el usuario de la plaza de estacionamiento sometida a regulación sea perfecto conocedor de ello.
3.4. MEDIOS AUXILIARES
El concesionario deberá expresar de forma pormenorizada en su proyecto técnico todos los medios auxiliares que aportará para la prestación del servicio.
3.5. MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y REPOSICIÓN DE MEDIOS.
La empresa concesionaria asumirá a su cargo, sin coste para este Ayuntamiento, el mantenimiento, reparación y reposición, en su caso, de los elementos materiales adscritos al servicio.
Las actuaciones de mantenimiento incluirán:
- Revisiones periódicas, mantenimiento preventivo de las instalaciones para la prestación del servicio (máquinas expendedoras principalmente, así como vehículo grúa)
- Suministro y reposición de fungibles (bobinas de papel, pilas, baterías…)
- Reparación de averías o anomalías
- Servicios especiales (reprogramación de expendedores por cambio de tarifas, moneda de pago, períodos de estacionamiento, emisión de títulos de cualquier naturaleza, cambio de información proporcionada por las máquinas, cambio de plastrones, etc)
- Tareas relacionadas con la recaudación de ingresos
- Asistencia Técnica para el seguimiento y mejora del servicio.
4.- OTROS SERVICIOS INCLUIDOS EN EL CONTRATO
4.1. SERVICIO DE RETIRADA DE VEHÍCULOS MEDIANTE GRÚA
Servicio de retirada de vehículos de la vía pública xx Xxxxxxxxxx durante el horario en que se preste el servicio de Zona Azul. Este servicio funcionará a requerimiento de la Policía Local, tanto dentro como fuera de la zona regulada.
Como contrapartida, el concesionario percibirá el 15% de la tasa de retirada de vehículos. Fuera del horario de prestación del servicio de Zona Azul, la prestación de este servicio se llevaría a cabo por un coste adicional de 17.872,2 euros/año.
4.2. OFICINA DE ATENCIÓN AL CLIENTE
El concesionario dispondrá de una oficina en la Ciudad xx Xxxxxxxxxx en la que, además de realizarse las tareas administrativas propias del servicio, servirá de oficina de información y atención al usuario del servicio.
4.3. PROGRAMA DE GESTIÓN DE RESIDENTES
El concesionario pondrá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx un programa de gestión de residentes para realizar las tareas que se generen por este marco de regulación.
4.4. PROGRAMA DE IMPOSICIÓN Y TRAMITACIÓN DE DENUNCIAS
El concesionario, para agilizar los trámites que se generan después de la imposición de una denuncia, pondrá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx un programa informático de tramitación integral de denuncias.
ANEXO I.- INVENTARIO MEDIOS MATERIALES APORTADOS POR EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX:
Partida | Unds. |
Expendedor de tickets de estacionamiento modelo Stilo, con lector de tarjeta magnética, elementos de anclaje y protección y señal de ubicación (unidades ya instaladas) | 34 |
Señal de inicio, fin de zona regulada, CyD, poste de anclaje (ya instaladas) | 9 - 7 - 4 |
Señal de Minusválidos o motos (ya instaladas) | 1 |
Señalización horizontal xxxxx xxxxxxxx | 000 |
Transmisor portátil para denuncias incluso accesorios | 6 |
Transmisor base homologado | 1 |
Terminal portátil para denuncias incluso accesorios | 5 |
Programa imposición y tramitación de denuncias | 1 |
Vehículo grúa tipo NISSAN | 1 |
Soporte para aparcamiento de bicicletas | 15 |
Corresponderá al concesionario el mantenimiento, reparación y reposición, en su caso de los medios materiales adscritos al servicio.
XXXXX XX.- RELACIÓN DE PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO:
CATEGORÍA | ANTIGÜEDAD | TIPO CONTRATO | |
1 | ENCARGADO | 15/01/2001 | INDEFINIDO ORDINARIO T/C |
1 | CONDUCTOR | 08/02/2001 | INDEFINIDO ORDINARIO T/C |
1 | VIGILANTE | 08/02/2001 | INDEFINIDO MINUSVALÍA T/C |
1 | VIGILANTE | 02/05/2005 | INDEFINIDO MINUSVALÍA T/C |
1 | AUXILIAR ADMVO. | 03/04/2006 | INDEFINIDO FOMENTO T/C |
1 | VIGILANTE | 01/10/2008 | INTERINIDAD T/C |
1 | VIGILANTE | 01/03/2005 | INDEFINIDO ORDINARIO T/C |