Contrato 360/16
Contrato 360/16
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 11 once del mes de octubre del año 2016 dos mil dieciséis, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, a quien en lo subsecuente se le denominará como LA SECRETARÍA, y por la otra Impulsora Cultural y Tecnológica, Sociedad Anónima de Capital Variable representada en este acto por el Ciudadano Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, a quien en lo subsecuente se le denominará como EL PROVEEDOR, y cuando se refiera a ambas partes se les denominara como LAS PARTES, documento que sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara el representante de LA SECRETARÍA:
a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 1 fracción VI y 9 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 2, 3, 5, 12 fracción II, 14 fracciones XXXVII, LIX, LXVI, LXXI, LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, 1 fracciones I, II, III, IV, V, 3 fracciones II, IV, IX y XXI, 4, 5, 6, 7 fracción I y TITULO TERCERO, CAPITULO I de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones, así como por lo establecido en los artículos 1, 2, 3 fracciones XXXX, X, XX, 0 fracción II, 8, 32, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, 41, 42, 43, 44 Y 45 del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas todos ordenamientos del Estado de Jalisco.
b).- Comparece por conducto del Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 3 fracciones X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco.
c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 mil doscientos veintiuno, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000 xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx.
II.- Declara el representante de EL PROVEEDOR:
a).- Que su representada quedó constituida como IMPULSORA CULTURAL Y TECNOLÓGICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE bajo la Leyes Mexicanas, hecho que demuestra con la Escritura Pública número 23,266 veintitrés mil doscientos sesenta y seis, de fecha 15 quince de diciembre del año 2014 dos mil catorce, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Titular número 32 treinta y dos de la Municipalidad de Zapopan, Jalisco, la que quedo inscrita en el Registro Público de la Propiedad en Guadalajara, Jalisco en la Sección de Personas Jurídicas bajo el Folio electrónico número 86554*1 con fecha 23 veintitrés de enero del año 2015 dos mil quince.
b).- Que el Ciudadano Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, se encuentra facultado para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Apoderado General tal como lo acredita en la Escritura Pública número 24,340 veinticuatro mil trescientos cuarenta, de fecha 28 veintiocho de septiembre del año 2015 dos mil quince, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Notario Público Titular número 32 treinta y dos de la Municipalidad de Zapopan, Jalisco, en la cual consta el otorgamiento de los poderes, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado de manera alguna.
c).- Que señala como el domicilio convencional de su representada para los fines de éste contrato, el ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx #000 Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, X.X. 00000, Teléfono 000000000000, 00000000 Fax: 20014545 Correo: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx para efectos de comunicaciones y notificaciones en relación con el presente contrato Y continúa declarando que su representada está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la homo clave ITC141216HE5
d).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P26082 y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
e).- Haber presentado el documento vigente expedido por el SAT en el que se emite la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo.
f).- Haber presentado documento vigente expedido por el IMSS, en el que se emite la opinión afirmativa del cumplimiento de obligaciones de Seguridad Social (Cumplimiento de obligaciones IMSS).
III.- LAS PARTES declaran:
a).- Que el presente contrato, se originó con motivo de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Internacional Presencial, número IA-914012998-E107-2016, derivada de la solicitud de aprovisionamiento 62/0009-00, para la ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES, “COROS Y ORQUESTAS ECOS”
PARA LA SECRETARÍA DE CULTURA, de la que resulto adjudicado EL PROVEEDOR, por haber presentado la propuesta solvente que cumple con los requisitos técnicos, de precio, calidad, tiempo de entrega y demás condiciones favorables para el estado, de conformidad con el Acta de Fallo de fecha 05 cinco de octubre de 2016 dos mil dieciséis, emitido por la Dirección General de Abastecimientos de LA SECRETARÍA cuyo objeto será solventado con recursos FEDERALES DEL PROYECTO “COROS Y ORQUESTAS ECOS” , correspondiente la Orden de Compra número 62810.
b).- Que EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con las especificaciones de dicho proceso, en lo subsecuente LAS BASES, así como a su propuesta presentada, en lo subsecuente se le denominará LA PROPUESTA, en virtud de que forma parte integral del presente contrato, mismas que obran en el expediente del proceso descrito en el inciso inmediato anterior.
c).- Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XX XX XXXXXXXXXXX. LAS PARTES acuerdan que LA SECRETARÍA DE CULTURA, en lo
subsecuente denominada como LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es para la adquisición a EL PROVEEDOR de los bienes que se describen en el siguiente recuadro
PARTI DA | CANTI DAD | U.M. | ARTICULO/CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL |
1 | 1 | PZ | XXXXXX XXXXXXX, XXXXX PRELUDE BY XXXX XXXXXX, MODELO PC710, GARANTIA 12 MESES | $7,058.00 | $7,058.00 |
2 | 3 | PZ | FLAUTA TRANSVERSAL, MARCA SELMER, MODELO FL600 GARANTIA 12 MESES | $7,195.00 | $21,585.00 |
3 | 1 | PZ | SAXOFON SOPRANO XXXXX XXXXXX, MODELO SS600, GARANTIA 12 MESES | $22,952.00 | $22,952.00 |
4 | 2 | PZ | SAXOFON ALTO MARCA, PRELUDEX BY XXXX XXXXXX, MODELO AS710, GARANTIA 12 MESES | $12,147.00 | $24,294.00 |
5 | 2 | PZ | SAXOFON TENOR MARCA, PRELUDE BY XXXX XXXXXX, MODELO TS710, GARANTIA 12 MESES | $16,839.00 | $33,678.00 |
6 | 2 | PZ | CORNO FRANCÉS, XXXXX XXXXXX, MODELO H378, GARANTIA 12 MESES | $59,566.00 | $119,132.00 |
7 | 8 | PZ | TROMPETA EN SIB, MARCA PRELUDE BY XXXX XXXXXX, MODELO TR710, GARANTIA 12 MESES | $6,291.00 | $50,328.00 |
8 | 2 | PZ | BUGLE BB, XXXXX XXXX, MODELO 650, GARANTIA 12 MESES | $23,632.00 | $47,264.00 |
9 | 4 | PZ | TROMBON XX XXXX MARCA PRELUDE BY XXXX XXXXXX, MODELO TB710, GARANTIA 12 MESES | $7,420.00 | $29,680.00 |
10 | 2 | PZ | BARITONO EN BB, XXXXX XXXXXX, MODELO B470R, GARANTIA 12 MESES | $33,441.00 | $66,882.00 |
11 | 2 | PZ | TUBA BBB, XXXXX XXXXXX MODELO BB450, GARANTIA 12 MESES | $59,426.00 | $118,852.00 |
12 | 1 | PZ | GLOCKENSPIEL XXXXX XXXXXX, MODELO M656, GARANTIA 12 MESES | $18,533.00 | $18,533.00 |
13 | 1 | XX | XXXXXXX XX 00 XXXX. X 00 PULG. XXXXX XXXXX, MODELO 1622L, GARANTIA 12 MESES | $8,456.00 | $8,456.00 |
14 | 1 | JGO | XXX XX XXXX XXXXX XXXXXX, MODELO LSF660S, GARANTIA 12 MESES | $5,463.00 | $5,463.00 |
15 | 1 | JGO | PLATILLOS DE CHOQUE DE 16 PULG. MARCA SABIAN, MODELO 41622, GARANTIA 12 MESES | $4,404.00 | $4,404.00 |
16 | 1 | JGO | PLATILLOS SUSPENDIDOS DE 20 PULG CON ATRIL, MARCA SABIAN XXXXXX, MODELO 42012 L436MBS, GARANTIA12 MESES | $4,148.00 | $4,148.00 |
17 | 1 | XX | XXXXX XXXXX XX, XXXXXX 000, XXXXXXXX 00 MESES | $1,388.00 | $1,388.00 |
18 | 1 | PZ | TRIANGULO XXXXX XXXXXX, MODELO LE1332, GARANTIA 12 MESES | $536.00 | $536.00 |
19 | 1 | JGO | MARACAS MARCA LP, MODELO LP281, GARANTIA 12 MESES | $550.00 | $550.00 |
20 | 1 | PZ | PANDERO XXXXX XXXXXX, MODELO LE4023, GARANTIA 12 MESES | $1,255.00 | $1,255.00 |
SUBTOTAL | $586,438.00 | ||||
I.V.A. | $93,830.08 | ||||
TOTAL | $680,268.08 |
Los bienes anteriormente descritos deben de cumplir con las especificaciones establecidas en LAS BASES
y en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. EL PROVEEDOR deberá entregar los bienes objeto de este contrato dentro de los 15 quince días naturales contados a partir de la fecha de firma del presente, de acuerdo
con LA PROPUESTA, en el almacén se Secretaría de Cultura en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco. La entrega se hará bajo la estricta responsabilidad de EL PROVEEDOR quien será responsable de su traslado hasta su recepción a entera satisfacción de LA DEPENDENCIA.
Se considerará que EL PROVEEDOR ha entregado correctamente los bienes objeto de contrato, una vez que en la factura correspondiente se plasme el sello y firma del responsable del proceso en LA DEPENDENCIA.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 11 once del mes de octubre del año 2016 dos mil dieciséis hasta el día 26 veintiséis de octubre del año 2016 dos mil dieciséis.
QUINTA.- DEL PRECIO. LA SECRETARÍA pagará a EL PROVEEDOR, por el objeto del presente contrato, la cantidad de hasta $680,268.08 (seiscientos ochenta mil doscientos sesenta y ocho pesos 08/100 Moneda Nacional) Impuesto al Valor Agregado incluido.
Considerando los Precios Unitarios sin el impuesto al valor agregado descifrados en la tabla anexa a la Cláusula Segunda del presente acuerdo de voluntades.
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, realizará el pago a EL PROVEEDOR en Moneda Nacional dentro de los 21 veintiún días naturales siguientes, contados a partir de la fecha en que sea presentada la factura para su pago, momento en que da inicio el trámite de validación en LA SECRETARÍA, en el domicilio ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, respectivamente de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas.
Documentos para el Pago.
a) Original y copia de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la calle Xxxxx Xxxxxx xx. 000, Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000,
R.F.C. SPC130227L99. Validada por LA DEPENDENCIA;
b) 1 copia del contrato;
c) 1 copia de la garantía de cumplimiento de contrato;
d) 1 copia del Acta de Fallo;
e) Original y Copia del Oficio de Entera Satisfacción de la recepción de los bienes, emitido por LA DEPENDENCIA.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma del
presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía que responda por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, así como por mala calidad o defectos que llegaren a presentar los bienes contratados, a favor de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 000 de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, por el importe del 10% del monto total señalado en la cláusula quinta del presente contrato, antes del I.V.A. correspondiente y con una vigencia de 12 meses, contados a partir de la firma del presente contrato, con el fin de garantizar el cumplimiento de este instrumento. La garantía aludida solo podrá ser cancelada mediante comunicación escrita por parte de LA SECRETARÍA.
La garantía referida podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos, o mala calidad en el objeto del presente proceso de adquisición, así como por cualquier incumplimiento en las obligaciones establecidas en este contrato, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contratadas por parte de El PROVEEDOR, de conformidad con lo señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento en materia de garantía para el cumplimiento de las obligaciones del contrato.
OCTAVA.- DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES. EL PROVEEDOR deberá
presentar en LA SECRETARÍA, el documento actualizado expedido por el SAT, en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal como lo señala la miscelánea fiscal vigente, en términos del artículo 32-D primero, segundo, tercero y cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación y la Regla 1.2.1.16.
NOVENA.- DE LA PENALIZACION POR ATRASO EN LA ENTREGA. En caso que EL PROVEEDOR no
entregue en tiempo y forma el objeto de este contrato por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, LA SECRETARÍA podrá descontar a EL PROVEEDOR del monto total I.V.A. incluido del contrato, el 3% tres por ciento si el atraso se encuentra entre 1 uno a 10 diez días naturales, el 6% seis por ciento si el atraso se encuentra entre 11 once a 20 veinte días naturales y el 10% diez por ciento si el atraso se encuentra entre 21 veintiún a 30 treinta días naturales, de 31 treinta y un días en adelante, se aplicara lo que establece el párrafo siguiente.
LA SECRETARÍA podrá aplicar la penalización que corresponda o podrá rescindir el contrato a causa del atraso en la entrega en los tiempos y/o condiciones establecidas en el presente contrato. En caso de
rescisión por esta causa EL PROVEEDOR pagará como pena convencional el 10% diez por ciento del monto total del contrato.
DÉCIMA.- DE LA RESCISIÓN. De acuerdo a lo señalado en los artículos 54 y 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículos 98 y 102 de su Reglamento, LA SECRETARÍA podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato. En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento cuando estas causas sean el motivo de la rescisión. En caso de rescisión se aplicará la garantía de cumplimiento.
En consecuencia, se procederá en los términos legales para adjudicar el contrato correspondiente al participante que ocupe el segundo lugar en la evaluación, y así sucesivamente, siempre que la diferencia se encuentre dentro del margen del 10% del precio, respecto de la proposición originalmente adjudicada.
Causas de rescisión imputables a EL PROVEEDOR:
a) Por no apegarse a lo estipulado en el contrato y su anexo.
b) Por negarse a reponer lo rechazado por LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o MUNICIPIO BENEFICIARIO.
c) Por no presentar la garantía de cumplimiento
d) Por presentar una fianza apócrifa.
e) Por negar a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o MUNICIPIO BENEFICIARIO o a quienes estén facultados por ellas, las facilidades para la supervisión en la entrega de los bienes.
f) Cuando autoridad competente lo declare en concurso mercantil o alguna figura análoga o bien se encuentre en cualquier otra situación que afecte su patrimonio en tal forma que le impida cumplir con las obligaciones asumidas en el contrato.
g) Por contravenir los términos y condiciones del contrato o las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.
h) Si se comprueba que la manifestación a que se refiere la declaración establecida en el punto 2.1.2 de LAS BASES se realizó con falsedad.
i) Cuando el importe de las penalizaciones rebase el 10% del importe máximo del contrato sin considerar el IVA.
El procedimiento de rescisión a que alude este apartado podrá iniciarse en cualquier momento mientras tanto no se satisfagan las obligaciones del contrato.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la entrega de los bienes objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, LA DEPENDENCIA y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA GARANTÍA MATERIAL. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los bienes objeto de este contrato, en el entendido de que son de la mejor calidad y cumplen con todas las especificaciones detalladas en LAS BASES y LA PROPUESTA, requeridas por LA SECRETARÍA.
DÉCIMA CUARTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA
podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, ó por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En ambos casos se realizará el pago de los gastos generados hasta el momento que se notifique la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados.
DÉCIMA QUINTA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA será la encargada de vigilar e inspeccionar que los bienes objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones solicitadas en el anexo 1 de LAS BASES, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DÉCIMA SEXTA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DE LA AUTORIZACIÓN PARA UTILIZAR LOS DATOS PERSONALES. El
PROVEEDOR y su representante en su caso, de conformidad con los artículo 8 y 9 de la Ley Federal para la Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares, por medio de esta cláusula autorizan a LA SECRETARÍA a utilizar sus datos personales que aparecen en el padrón de proveedores, los documentos del proceso del que se deriva el presente contrato y el presente documento, para que sean publicados en la página de Transparencia de LAS DEPENDENCIAS del Estado de Jalisco.
DÉCIMA OCTAVA.-DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término en LAS BASES y LA PROPUESTA de EL PROVEEDOR, y para lo no previsto en las anteriores se sujetarán a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y por su Reglamento, así como en las disposiciones contenidas en el Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, manifiestan que en el mismo no existe error, dolo, mala fe o enriquecimiento ilegítimo, por lo cual lo firman de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. | C. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Representante legal de Impulsora Cultural y Tecnológica, Sociedad Anónima de Capital Variable. |
TESTIGO | TESTIGO |
Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Director de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco | Licenciado Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Director de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
La presente hoja de firmas forma parte del contrato número 360/16, celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y la empresa Impulsora Cultural y Tecnológica, Sociedad Anónima de Capital Variable, para la ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES, “COROS Y ORQUESTAS ECOS” PARA LA SECRETARÍA DE CULTURA,
a solventar con recursos FEDERALES DEL PROYECTO “COROS Y ORQUESTAS ECOS” correspondiente al ejercicio fiscal 2016. Eco/Jmlc