CONTRATO N° 0181
CONCURSO PÚBLICO Nº0001-2006-CE/MSI – PRIMERA CONVOCATORIA
“CONTRATACIÓN DE PÓLIZAS DE SEGUROS PARA COBERTURAS DE LOS BIENES E INTERESES DE LA MUNICIPALIDAD”
Conste por el presente documento el Contrato que celebran, de una parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN XXXXXX, con RUC Nº 20130534211, representada por el Gerente Municipal XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX, identificado con D.N.I. N° 08234023, con domicilio en Xx. Xxx Xxxxx Xx 000 Xxx Xxxxxx, de acuerdo a las facultades delegadas mediante las Resoluciones de Alcaldía Nº 006 y Nº 319 de fechas 04 de enero y 30 de noviembre de 2005, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte el CONSORCIO conformado por la empresa LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS con RUC N° 20100210909 , y la empresa LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS con RUC Nº 20454073143 , ambas con domicilio legal en Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxx x Xxxxxxxxx Xxxxxx 000-Xxx Xxxxxx, representada según contrato de consorcio por el Xx. XXXXXXXXX XXXXXX XX XXXXX BAZO identificado con DNI. N° 00000000, a quien en adelante se le denominará LA CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA.- DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD, regida por la Ley Orgánica de Municipalidades, está facultada para efectuar las Adquisiciones de Bienes y Servicios de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobados por D.S. N° 083-2004-PCM y N° 084-2004-PCM respectivamente, dentro de lo márgenes establecidos por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio fiscal del año 2006.
LA CONTRATISTA no es una persona jurídica, sino un contrato de colaboración empresarial técnica y económica que regula las relaciones de participación e integración de las partes en el presente proceso de selección; y que como consecuencia del Concurso Publico Nº 0001-2006-CE/MSI – Primera Convocatoria, se le ha otorgado la Buena Pro, para la prestación del servicio objeto del presente Contrato.
CLAUSULA SEGUNDA.- DE LA BASE LEGAL
El presente contrato se regula por las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados por D.S. N° 083-2004-PCM y N° 084-2004-PCM , respectivamente.
Cuando en el contrato se mencione la palabra “Ley”, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 083-2004-PCM; la mención al “Reglamento” se entenderá referida al Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 084-2004-EF.
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO
Por el presente documento LA CONTRATISTA se obliga con LA MUNICIPALIDAD a brindar el servicio de Seguros, según lo establecido en las Bases del Concurso Público Nº 0001-2006-CE/MSI, que como Anexo N° 01, forman parte de este Contrato.
Queda entendido que LA CONTRATISTA no podrá alterar, modificar ni sustituir las características y ofertas señaladas en sus propuestas Técnica y Económica, presentadas con motivo del presente Proceso de Selección y que, como Anexo N° 2, forman parte integrante de este Contrato.
CLÁUSULA CUARTA: CONTRAPRESTACIÓN Y FORMA DE PAGO
LA MUNICIPALIDAD abonará a LA CONTRATISTA, como contraprestación, la suma de $ 79,222.16 (Setenta y Nueve Mil Doscientos Veintidós y 16/100 Dólares Americanos) incluido el IGV.
Este monto cubre además del valor de la adquisición, los gastos generales, los gastos de distribución, imprevistos y cualquier otro gasto en que tenga que incurrir LA CONTRATISTA para el cumplimiento de sus obligaciones, de modo que en ningún caso LA MUNICIPALIDAD quedará obligada a pagos adicionales al fijado en la presente cláusula.
EL CONTRATISTA, de conformidad con los resultados del Concurso Público Nº 0001-2006-CE/MSI y teniendo como referencia los extractos de pólizas comprendidas en las Bases Integradas, entregará a LA MUNICIPALIDAD, las siguientes Pólizas de Seguros de acuerdo a los siguientes costos:
Riesgo |
Tasa y/o Prima Individual |
Prima Neta |
Derecho de Emisión |
Impuesto |
Prima Total US $ |
Multiriesgo |
2.9404% o (por mil) |
12402.00 |
372.06 |
2,427.07 |
15,201.13 |
Deshonestidad 3-D |
Según Anexo |
3,417.00 |
102.51 |
668.71 |
4,188.22 |
Responsabilidad Civil Hidrocarburos |
1.78476 % o (por mil) |
300.05 |
9.00 |
58.72 |
367.77 |
Vehiculos |
Según Anexo Adjunto |
38,516.98 |
1,155.51 |
7,537.77 |
47,210.26 |
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SUB-TOTAL |
66,967.38 |
Xxxx Xxx (Obreros) |
0.476 % (por ciento) |
10,298.14 |
0.00 |
1,956.64 |
12,254.78 |
Total US $ |
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79,222.16 |
LA MUNICIPALIDAD abonará el costo del mismo, previa presentación de la factura y la conformidad de la Gerencia de Finanzas, el mismo que será cancelado en ocho cuotas iguales de $. 8,370.92 sin intereses a los 30, 60, 90, 120, 150, 180, 210 y 240 días calendario de iniciada la vigencia del contrato y conforme a lo establecido en la Bases y a la propuesta, considerando el tipo de cambio vigente a la fecha en que se efectúa el pago.
El seguro de Xxxx Xxx que es en base a declaraciones mensuales y el pago se realizará en forma mensual, equivalente a 11 cuotas de $ 1,021.23 Dólares Americanos (Mil Veintiuno y 23/100 Dólares Americanos) y la última cuota de $ 1,021.25 Dólares Americanos (Mil Veintiuno y 25/100 Dólares Americanos)
Asimismo queda establecido que el pago de cada cuota se realizará considerando el tipo de cambio vigente a la fecha en que se efectúa el pago.
Los pagos serán efectuados mediante abonos en Cuenta Corriente de Ahorros del proveedor, en el Banco que establezca LA MUNICIPALIDAD o mediante la emisión de un Cheque de Gerencia a recabar por el proveedor en el Banco que LA MUNICIPALIDAD establezca.
CLÁUSULA QUINTA: DOCUMENTOS Y CONSTANCIA DE CONSUCODE
A la suscripción de este contrato, LA CONTRATISTA entrega a LA MUNICIPALIDAD los siguientes documentos:
Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, otorgado por el CONSUCODE. N° 13087 a nombre de La Positiva Seguros y Reaseguros y la Constancia de CONSUCODE N° 13088 a nombre de La Positiva Vida seguros y Reaseguros
Fotocopia de los siguientes documentos del Representante Legal:
Documento de Identidad
Poderes para suscribir el contrato, inscrito en Registros Públicos
Carta Fianza Nº 4410012677 como Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por un monto de $ 7,922.22 emitida por el Banco Interamericano con fecha de vencimiento el 27 xx xxxxxx de 2007, cuyo texto original estará bajo custodia en la Sub Gerencia de Tesorería de LA MUNICIPALIDAD.
Carta Fianza Nº 4410012678 como Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuestas $ 6,790.47 emitida por el Banco Interamericano con fecha de vencimiento el 27 xx xxxxxx de 2007, cuyo texto original estará bajo custodia en la Sub Gerencia de Tesorería de LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA SEXTA: COBERTURA PROVISIONAL Y PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
LA CONTRATISTA en cumplimiento del compromiso asumido en la propuesta técnica presentada otorgó a favor de LA MUNICIPALIDAD una Cobertura Provisional o Extensión de Cobertura Nº 11062 de fecha 27 de julio de 2006 con vigencia del 00 xx xxxxx xxx 0000 xx 00 xx xxxxxx de 2006, la misma que está sujeta a las Condiciones Generales, Particulares y Especiales del Programa de Seguros contratado y que formará parte de ella.
En virtud de la cobertura provisional, la vigencia de las pólizas objeto del presente contrato, se computa desde el 28 de julio de 2006 hasta por un periodo de 12 meses (un año), concluyendo el 28 de julio de 2007.
CLÁUSULA SETIMA: PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por cien (10%) del monto contractual, la que se calculará de acuerdo a la fórmula establecida en el Artículo 222° del Reglamento .
CLÁUSULA OCTAVA.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA CONTRATISTA
Por el presente LA CONTRATISTA declara bajo juramento, que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
LA CONTRATISTA tiene la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del contrato de acuerdo a su Propuesta Técnico – Económica no pudiendo ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma
Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas, descritas en las Bases Integradas del Concurso Público Nº 0001-2006-CE/MSI – Primera Convocatoria y/o la que LA MUNICIPALIDAD requiera, de conformidad con el Artículo 51° de la Ley.
Las características de su Propuesta Técnico – Económica, comprometiéndose expresamente a no alterarla ni modificarla ni sustituirla durante la vigencia y ejecución del presente contrato sin autorización escrita de LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA NOVENA.- DE LAS ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD
Son atribuciones, obligaciones y en su caso responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD las siguientes:
9.1. Proporcionar LA CONTRATISTA las facilidades que las circunstancias ameritan y toda información disponible que se requiera para la mejor prestación del servicio.
Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la Cláusula Cuarta.
LA MUNICIPALIDAD para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente contrato, designa a la Gerencia de Finanzas para efectuar las coordinaciones con respecto al servicio que se requiera con LA CONTRATISTA y otorgar la conformidad respectiva, así como, para ejercer una permanente supervisión y evaluación del cumplimiento del contrato de conformidad con el Artículo 48° de la Ley, pudiendo gestionar la aprobación de la ampliación y/o reducción de las necesidades del servicio.
LA MUNICIPALIDAD a través de la Gerencia de Logística y Servicios Generales, realizará todos los actos necesarios para el cumplimiento del objeto del Contrato.
CLÁUSULA DECIMA - DE LAS CAUSALES DE RESOLUCION
10.1. LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato en los casos en que EL CONTRATISTA incurra en algunas de las causales previstas en el Artículo 225° del Reglamento.
10.2. EL CONTRATISTA podrá resolver el contrato ante el incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de sus obligaciones esenciales referidas específicamente al pago de los honorarios en la forma señalada en la Cláusula Cuarta, así como aquellas condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del presente contrato.
10.3. Del mismo modo, las partes podrá resolver el contrato por causa fortuita, o de fuerza mayor, en cuyo caso se procederá a culminar el contrato hasta la parte efectivamente ejecutada.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA.- DE LA RESOLUCIÓN DE CONTRATO
La Resolución del contrato por causas imputables a cualquiera de las partes podrá ser formalizada de conformidad con el procedimiento recogido en el Artículo 226° del Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato, será resuelta mediante Arbitraje, conforme a las disposiciones de la Ley y su Reglamento.
El Arbitraje será resuelto por Arbitro Único según lo dispuesto en el Artículo 278° y designado conforme al procedimiento establecido por el Artículo 280°, ambos disposiciones contenidas en el Reglamento.
El Laudo es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia, conforme lo establece el artículo 289º del Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: DOMICILIO LEGAL
Para los efectos del presente contrato, ambas partes señalan que su domicilio legal son los consignados en la introducción del mismo. Cualquier cambio deberá ser comunicado por escrito y remitido notarialmente a la otra parte, surtiendo efectos legales a partir de recibida la comunicación.
CLÁUSULA DECIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD Y CONFIDENCIABILIDAD
LA CONTRATISTA garantiza ejecutar el servicio contratado en forma óptima y eficiente, de acuerdo a lo estipulado en el presente contrato.
Asimismo LA CONTRATISTA se responsabiliza en forma total por la ejecución y cumplimiento del presente contrato, así como por los errores, daños o perjuicios que se cause a LA MUNICIPALIDAD o a terceras personas, en la ejecución del mismo, originados ya sea en forma dolosa o por negligencia. Asimismo, se compromete a mantener en forma reservada toda información que obtenga en virtud de la prestación del servicio y/o adquisición materia del presente contrato.
Sin perjuicio de ello, LA MUNICIPALIDAD podrá iniciar las acciones administrativas y/o judiciales a que hubiera lugar.
CLAUSULA DECIMA QUINTA.- DE LA CULMINACIÓN DEL CONTRATO
El contrato culminará definitivamente con la presentación de la conformidad del último servicio por parte de la Gerencia de Finanzas de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 43º de la Ley y el Artículo 234º del Reglamento.
La recepción conforme de la Entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DE LAS CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases Integradas del Concurso Público N° 0001-2006-CE/MSI– Primera Convocatoria y el contenido de las propuestas que LA CONTRATISTA presentó.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM , sus modificaciones y supletoriamente por las normas del Código Civil.
En señal de conformidad, ambas partes firman el presente contrato, en dos ejemplares a los siete (07) días del mes xx xxxxxx de 2006
LA CONTRATISTA MUNICIPALIDAD
Gerencia de Logística y Servicios Generales Teléfono N° 000-0000 Anexo 2011
Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0
Xxx Xxxxxx
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