Contract
Propuesta | Concejala-delegada del área de Organización y Contratación Pública |
SOBRE | PRÓRROGA CONTRATO “GESTIÓN MEDIANTE CONCESIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUA POTABLE DE LOS GUILLERMOS, EL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO” |
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx (1 de 1)
Concejal Delegada de Organización y Contratación Pública Fecha Firma: 28/08/2019
HASH: e226e0c0272a8e757598dc0e3733a67e
Xx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx, Concejala-Delegada de Organización y Contratación Pública del Ayuntamiento de Alcantarilla, en virtud de las competencias que me vienen otorgadas mediante Decreto de Alcaldía nº 3238/2019, de 19 xx xxxxx de 2019,
VISTO.- Que, con fecha 23 xx xxxxxx de 1995, el Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla y AQUAGEST, Promoción Técnica y Financiera de Abastecimiento de Agua, S.A (actualmente HIDROGEA, Gestión de Xxxxx xx Xxxxxx, S.A.) suscribieron el contrato del “GESTIÓN MEDIANTE CONCESIÓN DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUA POTABLE DE LOS GUILLERMOS, EL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO Y SERVICIO DE ALCANTARILLADO DEL AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA”.
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VISTO.- Que, el citado contrato, en su cláusula Tercera, contempla que la duración del contrato será VENTICINCOS AÑOS, contados desde la fecha en que se produzca el comienzo de la prestación, prorrogables por periodos de CINCO AÑOS hasta un máximo de cincuenta años.
VISTO.- Que, por el Jefe de Servicio del Área de Obras y Servicios, se ha emitido informe en el que solicita que se prorrogue por cinco años el contrato con HIDROGEA Gestión de Xxxxx xx Xxxxxx, S.A.
VISTO.- Que las necesidades que motivaron la citada contratación, aún subsisten al día de la fecha.
VISTO.- Que, durante el plazo objeto de la presente prórroga, se mantienen vigentes y plenamente aplicables las Cláusulas del Contrato Administrativo suscrito
entre las partes con fecha 23 xx xxxxxx de 1995, las Clausulas xxx Xxxxxx de Explotación y de Condiciones Jurídico Administrativas, así como, la Oferta y mejoras presentadas por la adjudicataria en la licitación.
Los diferentes Canon y obligaciones reguladas en el Régimen Económico Financiero del Contrato, se mantienen vigentes, se regirán y calcularán según las Cláusulas del Contrato entre las partes de fecha 23 xx xxxxxx de 1995, las Cláusulas xxx Xxxxxx de Explotación y de Condiciones Jurídico Administrativas, así como, la Oferta y mejoras presentadas por la adjudicataria en la licitación.
En tal sentido, el CANON DE PRÓRROGA se pagará al Ayuntamiento cada año por el importe total del canon correspondiente a ese año y en el primer trimestre natural del mismo, excepto el correspondiente al año 2021 que se pagará en el plazo de un mes desde que comience la prórroga del contrato.
En atención a todo lo anterior, propongo al Plano la adopción de los siguientes
ACUERDOS
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