Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE DIVERSAS ESPECIALIDADES DEPORTIVAS EN EL POLIDEPORTIVO DE HERNANI MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la organización e impartición de los siguientes cursos a realizar en el Polideportivo de Hernani, con sujeción al Pliego técnico en la que se detalla las condiciones a las que debe ajustarse su ejecución:
Natación: Actividades acuaticas
Iniciacion + 5 años
Iniciación adultos
3 y 4 años
Escuela de natación
Aqua-gym
Mantenimiento de natación para adultos
Bebés
Natación para embarazadas.
Fitness: Gimnasia mantenimiento
3ª edad
Aerobic
Musculación
Ciclo Indoor
Pilates
Body Training
Indoor Walking
Combinado
Zumba
Aparte de las actividades arriba mencionadas podrán incluirse otras disciplinas dependiendo de la programación anual o puntual que apruebe la delegada de deportes y actividad fisica.
Igualmente si no cumplieran los mínimos exigidos para el desarrollo de alguna actividad en concreto, esta podrá ser suprimida.
En la temporada 2016-2017 o hasta que acaben las obras de remodelación de las piscinas del polideportivo de Hernani no se impartirán cursillos de natación y durante este mismo período algunas actividades, las que han pasado de la piscina a otro tipo de actividad, podrán ser impartidas por monitores del Ayuntamiento de Hernani.
Código CPV: 92600000-7, Servicios Deportivos
2. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo total de duración del objeto de la presente contratación se extiende a cuatro (4) años siendo susceptible de prórrogas anuales por mutuo acuerdo y de forma expresa y formal mediante la adopción del correspondiente acuerdo por parte del Ayuntamiento, sin que la duración total, incluidas las prórrogas pueda exceder de seis (6) años.
Las partes deberán comunicarse de forma fehaciente y con una antelación mínima de tres meses respecto a la finalización del contrato, su voluntad de darlo por finalizado; y respecto a los casos de prórroga, la voluntad para ello.
Transcurrido el plazo de vigencia, y en su caso la prórroga, quedará automáticamente terminado el contrato y el adjudicatario cesará en la prestación del servicio.
3. PRECIO DEL CONTRATO
El precio de licitación será:
Precio máximo de licitación será de 33,29 euro/hora de monitor deportivo + %21 de IVA , haciendo un total de 40,28 euro/hora de monitor deportivo. Pudiendo ser mejorado a la baja dicho precio.
El precio mínimo de licitación será de 29,54 euro/hora de monitor deportivo + %21 IVA, haciendo un xxxxx de 35,74 euro/hora de monitor deportivo.
El gasto estimado para el ejercicio 2016-2017 es el siguiente: 130.629,96 + 27.432,29 (IVA) = 158.062,25€. El cálculo se ha realizado teniendo en cuenta el precio máximo.
Esta previsión tiene carácter indicativo dependiendo de los datos de matriculación, de los cursos que se puedan ofrecer teniendo en cuenta criterios de interés público así como de criterios de coyuntura económica.
El ayuntamiento no se compromete a alcanzar esta cifra.
Se entenderá que las proposiciones presentadas comprenden además del precio del contrato y el IVA, el cual deberá figurar desglosado, las tasas y gastos de toda índole aplicables al servicio adjudicado, incluso los gastos de anuncios de la licitación.
4. FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto de año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
La partida presupuestaria es la siguiente: 02.227.04.342.00.2016
5. FORMA DE PAGO
La facturación se realizará mensualmente especificándose la actividad, número de horas de cada actividad y el precio de la misma, con la previa conformidad del Director Deportivo.
El abono se realizará en la forma prevista en el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6. REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato podrá ser objeto de revisión de precios cuando hayan transcurrido dos años desde su formalización, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 89 a 94 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La procedencia o no de la revisión, y en su caso el procedimiento y el índice específico aplicables, serán los que reflejen de la forma más adecuada la evolución de los costes del presente contrato de entre los aprobados reglamentariamente.
En caso de que en el momento en que corresponda aprobar la revisión de precios no se encuentren aprobados los supuestos en los que procede tal revisión, no procederá la revisión de precios.
7. GARANTIA
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe de 7.800 €.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, será depositada en el Ayuntamiento y podrá constituirse bien en metálico o bien en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del TRLCSP.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, y 65.2 y 3 del RGLCAP una vez cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
II. PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
8. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto y tramitación ordinaria.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato, relacionados por orden de puntuación hasta un máximo de 100 puntos son los siguientes:
Criterio 1: Proyecto que indique la manera de ejecutar el contrato ( a incluir en el sobre B) : hasta 50 puntos, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Capacidad para poder continuar impartiendo todas y cada una de las actividades que actualmente se estén impartiendo en el polideportivo y las que organice la Comisión de Deportes de Hernani, mediante compromiso de la empresa de puesta a disposición de los medios necesarios
1.- Nuevas propuestas de actividades deportivas: 4 puntos máximo
2.- Política de selección del personal: 8 puntos máximo.
3.- Política de formación y reciclaje del personal: 8 puntos máximo.
4.- Labores de estructura interna y coordinación de la empresa: 4 puntos máximo.
5.- Protocolo de actuación en sustitución o emergencias: 10 puntos máximo.
6.- Labores de coordinación con la dirección del polideportivo y organización interna de la empresa: 8 puntos máximo.
7.- Funcionamiento del servicio de actividades deportivas: 8 puntos máximo
Será necesario obtener el 50% de la puntuación en cada apartado
Su desarrollo total se extenderá a 15 páginas como máximo, las páginas de texto serán en formato DIN A4, y la de planos/catálogos podrá ser de DIN A3. No se valorará el contenido que exceda de la página 15. No se contabilizarán las portadas ni los índices que faciliten la comprensión de la oferta.
Criterio 2: Oferta económica ( a incluir en el sobre C): hasta 50 puntos, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Precio de licitación (concretado en la cláusula 3º)
A la oferta más económica se le asignarán 50 puntos y al resto proporcionalmente según la
siguiente formula:
Oferta más económica x 50
Puntuación oferta X = ------------------------------------------
Oferta X
Se analizará si el licitador incurre en alguno de los siguientes supuestos:
Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
1. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, la mesa de contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
2. En ese supuesto, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en los parámetros concretados en el art. 152 de la TRLCSP.
El órgano de contratación decidirá, a la vista de lo expuesto por el licitador y previos, en su caso, los informes pertinentes, si la oferta puede ser tenida en cuenta. Si considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá del procedimiento.
9. CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, RDL 3/2011 de 14 de noviembre. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la cláusula 10.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresari@s deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
Además la empresa licitadora deberá tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
10. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación municipal en horario de oficina, todos los días hábiles, excepto sábados, a partir del día en que se envíe el anuncio de esta licitación al Diario Oficial de la Unión Europea y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en el lugar y horario indicados durante el plazo de CUARENTA (40) DÍAS NATURALES contados a partir del día de envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea. La fecha exacta se indicará en el perfil del contratante.
En el supuesto de que el último día del plazo coincidiera en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se trasladará al día siguiente hábil.
Asimismo, la presente licitación se anunciará en el PERFIL DEL CONTRATANTE, en esta dirección xxx.xxxxxxx.xxx del Ayuntamiento y el acceso a los pliegos y a la documentación complementaria podrá realizarse a través del mismo.
Para contactar con el Departamento de Contratación dirigirse a:
DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN
Horario: de 8:00 a 14:00
Gudarien enparantza 1 – 20120 Hernani
Tel. 000 000000 / Fax. 000 000000
E-mail: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. No se podrá presentar ninguna propuesta en unión temporal con otros si se ha efectuado individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
Las proposiciones deberán presentarse redactadas en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por telex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Los licitadores presentarán TRES sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, el título del concurso “PROPUESTA PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE DIVERSAS ESPECIALIDADES DEPORTIVAS EN EL POLIDEPORTIVO DE HERNANI MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO” y contendrán:
el primero (A) la documentación exigida para tomar parte en la licitación, el segundo (B)
documentación técnica y el tercero (C) la proposición económica ajustada al modelo que se incluye en este Pliego.
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
Título: "PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN LA CONTRATACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE DIVERSAS ESPECIALIDADES DEPORTIVAS EN EL POLIDEPORTIVO DE HERNANI"
Firma del licitador o su representante, en todos los sobres.
Nombre y apellidos o denominación social de la empresa, en todos los sobres.
Además, en hoja independiente, cada sobre enunciará numéricamente su contenido documental.
Sobre “A”: CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR”.
Contendrá la siguiente documentación (incluido índice de documentos):
Documento Nacional de Identidad si el licitador actúa en nombre propio. En el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, Documento Nacional de Identidad así como poder bastanteado.
Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. (Anexo I).
Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador:
e-1) Justificación de la solvencia económica y financiera del licitador se acreditará por uno o varios de los medios siguientes:
El volumen anual de negocios del/de la licitador/a o candidato/a, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato.
Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios o empresarias no obligados/as a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe igual o superior al exigido en el presente pliego. Así como aportar el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
Este requisito se entenderá cumplido por el/la licitador/a o candidato/a que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario/a, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
Si, por una razón justificada, el empresario o empresaria no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
e-2) Justificación de la solvencia técnica y profesional:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos CINCO años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Declaración del equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
Requisitos lingüísticos del equipo técnico: ajustada a lo señalado en la cláusula 27 del presente pliego.
Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales:
La Ley Orgánica 1/1996, de protección jurídica del menor, modificada por la Ley 45/2015, señala en su artículo 13 que toda persona que pretenda trabajar en actividades que impliquen contacto con menores deberá presentar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Documento de elección de medio preferente para notificaciones, conforme al modelo que se adjunta (XXXXX XXX).
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a) y b) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 de la TRLCSP. En este caso, deberá acompañarse a la referida certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
*Toda esta documentación se presentará en original, o copia debidamente compulsada.
** Asimismo, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 146.4 del R.D.L. 3/2011, los documentos de los apartados a), b), d) y e) podrán ser sustituidos por una declaración responsable de quien licita indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (Anexo I). En tal caso, el o la licitante a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
El sobre “B”: OFERTA TÉCNICA
Documentación suficiente para valorar el criterio de adjudicación 1 de la cláusula 8. asi como una memoria del planteamiento general de explotación.
El sobre “C:” PROPOSICIÓN ECONÓMICA”
Se cumplimentará rellenando el siguiente modelo de proposición económica.
D. ..................................................................................................................................................................
Con domicilio en ............................................................................................................................................
C.P. ..................................., D.N.I. n.º ............................................. teléfono...............................................
En plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ......................................................................................................................................................................),
Con domicilio en.............................................
C.P. ........................, teléfono......................................, y D.N.I o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) ............................................................................................................., enterado del concurso convocado por ............................................................................................................, para la contratación de ...................................................................................................................................................... declaro:
Que me comprometo a su ejecución por el precio de..................-€/hora de monitor deportivo +………………..€ IVA, haciendo un total de……………..€/hora de monitor deportivo, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
Que asimismo, me obligo al cumplimiento de lo legislado o reglamentado en materia laboral y tributaria.
En ........................................................................, a ........ de .............................................. de 2016 ........
Firma
11. MESA DE CONTRATACIÓN
Será la Mesa de Contratación permanente del Ayuntamiento de Xxxxxxx.
Podrá asistir, además, todo el personal técnico municipal cuya presencia sea solicitada por la Mesa, para ejercer labores de asesoramiento.
12. CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa calificará la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), procediendo, para ello, como se señala en el artículo 81 del RGLCAP.
A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de las empresas licitadoras que habrán de aportarse, tal y como dispone el artículo 22 del Reglamento, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados y las interesadas, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles las empresas licitadoras corrijan o subsanen los defectos observados.
En este mismo acto la Mesa de Contratación procederá a la apertura pública en el lugar, fecha y hora que se indiquen el perfil de contratante (xxx.xxxxxxx.xxx) del sobre “B” (Memoria Técnica), y las remitirá al órgano encargado de su valoración, que deberá devolver el informe de valoración antes de la apertura pública de la proposición económica.
Las ofertas económicas presentadas (sobre “C”) serán abiertas en acto público en el lugar, fecha y hora que se indiquen el perfil de contratante (xxx.xxxxxxx.xxx)
Posteriormente la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
13. ADJUDICACIÓN, GASTOS Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El perfeccionamiento del contrato se produce mediante la adjudicación del mismo, que se realizará por el Órgano de Contratación en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones económicas. Con carácter previo a la adjudicación, el propuesto como adjudicatario deberá realizar, en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la correspondiente notificación del requerimiento, las siguientes actuaciones:
En caso de haber presentado la declaración responsable, señalada en el Anexo I, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos declarados.
Constituir la garantía definitiva.
Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil (salvo que hubiera presentado la póliza junto con el resto de la documentación en el sobre "A") que cubra cualquier daño que se pueda ocasionar a las personas o instalaciones en la ejecución del contrato, incluida la defunción, por un importe mínimo de 300.000 €.
Pagar los gastos de los anuncios de licitación y de adjudicación (estos últimos a cuenta) tanto en los boletines oficiales como en otros medios de difusión.
Si el/la adjudicatari@ fuere una agrupación de empresas, deberá, antes de la firma del contrato, acreditar su constitución legal como Unión Temporal de Empresas y el CIF de la misma.
Cumplimentar lo previsto en el pliego de prevención de riesgos laborales. (Anexo V)
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
Cuando no proceda la adjudicación por no cumplir éste adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.
Al amparo de lo previsto en el art. 155.2 de la TRLCSP, en caso de renuncia a la celebración del contrato o desistimiento de este procedimiento acordado por el órgano de contratación antes de la adjudicación, la compensación de los gastos que la licitación haya ocasionado a los licitadores será fijada por esta Administración previa audiencia y justificación de aquellos.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
Transcurrido el plazo de 1 mes desde que dicha documentación quede a disposición de los/las interesados/as, la Administración podrá disponer sobre la destrucción de la documentación aportada por las personas o empresas licitadoras cuando éstas no hayan procedido a su retirada.
El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, debiendo comparecer en el Ayuntamiento para ello.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de 30 días a contar desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público, pudiendo, no obstante, elevarse a escritura pública cuando lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
III. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista el Ayuntamiento.
La dirección y control de los trabajos corresponde al Ayuntamiento, a través del Director Deportivo.
15. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
16. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La empresa adjudicataria será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP, a cuyo efecto deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil de seguro por importe de 300.000 euros
Dicha cobertura deberá mantener su vigencia en todo el período de duración del contrato, y en su caso, en las prórrogas correspondientes.
17. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Se considera que el contrato podrá ser modificado hasta en un 20% al alza o a la baja para adecuarse a los datos de matriculación, así como a las ofertas de cursos que se puedan ofrecer teniendo en cuenta criterios de interés público así como criterios de coyuntura económica. Por tanto, la Administración podrá modificar el contrato, atendiendo a los criterios anteriores, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, RDL 3/2011 de 14 de noviembre.
18. PLAZO DE GARANTIA
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
19. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Responder de la correcta ejecución del contrato convenido, siendo responsable de la calidad de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato, quedando exento de responsabilidad, cuando su desarrollo o ejecución se paralice a causa directa o indirecta del Ayuntamiento.
Aportar el personal adecuado para la prestación del servicio.
Ejecutar el contrato en la forma prevista en este Pliego y en los demás documentos que constituyen el contenido del mismo.
Respetar el objeto del contrato y los límites establecidos en el mismo, debiendo ejecutar el contrato con la diligencia debida, garantizándose en todo momento se correcta ejecución.
La observancia de las directrices emitidas por el Ayuntamiento.
El contrato se ejecutará por el contratista durante el plazo de duración del contrato, siendo de su cargo los gastos que se originen, así como todas las tasas y tributos que correspondan a la actividad objeto del contrato.
Estar al día en lo que a obligaciones de Seguridad Social y Previsión y Seguridad en el Trabajo que originen con respecto al personal necesario para la ejecución del contrato.
Poner en todo momento a disposición del contrato el personal preciso para la correcta ejecución del mismo y para cubrir las ausencias, bajas, etc. del mismo.
Cumplir lo previsto en el Pliego técnico.
20. INFRACCIONES
Las infracciones que cometa el Contratista en la ejecución del Servicio se clasificarán como muy graves, graves y leves.
a) Tendrán consideración de infracciones muy graves:
1.- La demora en el comienzo de la prestación del servicio, salvo causa de fuerza mayor.
2.- La no intervención inmediata tras la denuncia del Director de deportes o el Delegado de Deportes, relativa a anomalías detectadas en la prestación del servicio.
3.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio.
4.- Desobediencia de las órdenes oficiales del Director de Deportes o del Delegado de deportes, sin causa que lo justifique.
5.- El incumplimiento no justificado de cualquiera de las condiciones establecidas, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
b) Tendrán consideración de infracciones graves:
1.- Los incidentes del personal afecto al contratista con el ciudadano, tanto por trato incorrecto como por deficiencia de la prestación del servicio.
2.- La reiteración en la comisión xx xxxxxx leves.
c) Se considerarán como infracciones leves todas las demás no previstas anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con prejuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
La calificación de cualquier infracción, dentro de los apartados anteriores, corresponde única y exclusivamente al Ayuntamiento.
21. SANCIONES
El régimen de sanciones para el contratista infractor es el siguiente,:
Las infracciones cometidas por el contratista podrán ser sancionadas:
Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía oscilará entre 100 y 600 euros.
Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía oscilará entre 600 y 3.000 euros. La comisión de cinco infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, incautación de la fianza o indemnización de daños y perjuicios.
Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con multas cuya cuantía oscilará entre 3.000 y 6.000 euros. La comisión de dos infracciones muy graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, incautación de la fianza o indemnización de daños y perjuicios.
Los importes de las sanciones se actualizarán anualmente con referencia a las variaciones del Índice de Precios al Consumo de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx publicado anualmente.
22. INTERVENCION DEL SERVICIO
Si del incumplimiento del contrato por parte del adjudicatario se derivare una perturbación en el servicio, o se produjera una lesión en los intereses de las personas usuarias, y el Ayuntamiento de Xxxxxxx no decidiera la resolución del contrato, este podrá acordar la intervención del servicio hasta que esas causas hubieran desaparecido y con independencia de las sanciones que conforme al apartado anterior sean procedentes .
Serán causa de intervención del servicio las siguientes:
Infracciones en la prestación del servicio que perturben o alteren gravemente la calidad del servicio, sin llegar a su paralización
Desobediencia por parte del adjudicatario de las disposiciones establecidas por el Ayuntamiento sobre la prestación del servicio, cuando pongan en peligro la prestación del servicio o la seguridad de las personas usuarias.
Las que causen lesiones a la seguridad, salubridad o los intereses legítimos de las personas usuarias.
Cuando el servicio siga perturbado por causas fortuitas o de fuerza mayor que el adjudicatario no pueda superar por sus propios medios, la actuación subsidiaria de la Administración no tendrá carácter sancionador conforme al apartado anterior.
En ambos casos, la intervención del servicio podrá tener un carácter total o parcial respecto de las obligaciones incumplidas. La intervención del servicio durará hasta que el adjudicatario esté en condiciones, a criterio del Ayuntamiento de Xxxxxxx, de continuar con la gestión normal del servicio. Durante la intervención del servicio quedará suspendida la obligación de pago por parte de la Administración
23. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las establecidas en el los artículos 223 y 308 del TRLCSP., además el incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las obligaciones consignadas en este Pliego.
24. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
La entidad adjudicataria no podrá sin previa autorización expresa del Ayuntamiento de Xxxxxxx, ceder ni traspasar los derechos y obligaciones derivadas del contrato, a otra persona o entidad.
La entidad adjudicataria tampoco podrá subcontratar ni concertar con terceros la realización parcial de la prestación, salvo que el Ayuntamiento lo autorice expresamente.
25. PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto 3/2011 de 14 de noviembre, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En materia de subrogación del personal que actualmente viene prestando el servicio, la empresa que resulte adjudicataria deberá dar cumplimiento a la normativa laboral vigente en el momento de la licitación.
Conforme a lo dispuesto en el artí. 120 del TRLCSP, anexo a este Pliego (como ANEXO IV) se acompaña la relación nominal del personal adscrito al servicio en la actualidad, así como diversos datos sobre la antigüedad y los derechos reconocidos para el mismo.
El Ayuntamiento de Xxxxxxx no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del adjudicatario todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este Contrato.
27. REQUISITOS LINGÜISTICOS
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6° y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, entre otros los Criterios lingüísticos para la normalización del uso del euskera en el Ayuntamiento y en el municipio de Hernani.
El Decreto 86/1997, de 15 xx xxxxx, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su artículo 18 establece las determinaciones que los planes de normalización del uso del euskera deben recoger, entre ellas la siguiente: "18 d) Medidas contempladas en materia de contratación, en particular, las tendentes a garantizar que aquellos servicios públicos que conlleven una relación directa con el usuario y se ejecuten por terceros sean prestados a los ciudadanos en condiciones lingüísticas similares a las que sean exigibles para la administración correspondiente".
Las características específicas de la prestación objeto del contrato exigen que el contrato se materialice en euskera. Corresponde a la administración garantizar los derechos lingüísticos de las personas receptoras del servicio. Por tanto, la administración garantizará que la empresa adjudicataria tiene la competencia para ofrecer el servicio también en euskera.
Los requerimientos lingüísticos recogidos aquí constituyen una obligación esencial del contrato.
Competencia lingüística:
a.1) Competencia lingüística para personal nuevo:
El personal que la empresa adjudicataria designe para llevar a cabo su trabajo de relación directa con la ciudadanía deberá estar capacitado para trabajar en las dos lenguas oficiales, y para poder llevar a cabo la adjudicación deberá justificar obligatoriamente el nivel C1 del Marco Europeo de Referencia o su equivalente (perfil 3 de IVAP, 3. nivel de HABE…) la persona responsable, y el nivel B2 del Marco Europeo de Referencia a nivel oral o su equivalente (perfil 2 de IVAP, nivel 2 de HABE… a nivel oral) el monitor o monitora.
Previa a la adjudicación del contrato, la empresa que se proponga como adjudicataria deberá verificar en el plazo concedido para ello, que las personas encargadas de prestar el servicio poseen la competencia lingüística precisa.
Modo de acreditación:
La competencia lingüística podrá ser acreditada documentalmente, mediante títulos reglados por la administración, HABE, títulos de la Escuela Oficial de Idiomas o títulos expedidos por el Departamento de Educación.
En caso de no tener título, se tendrán en cuenta los siguientes documentos:
En el caso de las personas candidatas matriculadas en un euskaltegi, se admitirán los certificados expedidos por el euskaltegi, en los que se certificará el nivel de euskera de la persona candidata a esta contratación.
Desde el año 2006 el Ayuntamiento está realizando pruebas para evaluar el nivel de euskera para contratar servicios. En el caso de que la persona candidata haya realizado alguna de estas pruebas, se tendrá en cuenta el nivel conseguido en las mismas.
Se tendrán en cuenta los resultados obtenidos en pruebas realizadas por otras instituciones públicas de la Comunidad Autónoma Vasca. Ello se certificará por escrito realizado por la institución correspondiente.
La persona candidata que haya realizado los estudios en el modelo D de enseñanza tiene probada la competencia lingüística equivalente al Marco de Referencia Europeo B1 y B2 tanto a nivel escrito como verbal. Ello se certificará mediante certificado realizado por el centro escolar.
El Ayuntamiento realizará pruebas para medir el nivel de euskera al personal de la empresa propuesta como adjudicataria, en el caso de que no tenga acreditado el nivel de euskera exigido para esta contratación. Las pruebas se realizarán el día, hora y lugar concretados por el Ayuntamiento.
El Servicio de Euskera del Ayuntamiento será el encargado de organizar las pruebas oportunas para evaluar el nivel de euskera de dichas personas. Para ello el Servicio de Euskera se pondrá en contacto con la empresa. La empresa se hará cargo de los gastos que puedan ocasionar dichas pruebas.
La contratación no se podrá formalizar hasta que el Servicio de Euskera emita informe favorable.
En el caso de que la empresa propuesta como adjudicataria no acredite los requerimientos lingüísticos exigidos para este servicio, no podrá ser adjudicataria. En ese caso el Ayuntamiento se dirigirá al o a la siguiente licitante, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas, a fin de que valore la competencia lingüística. Y así sucesivamente.
Una vez realizada la contratación, en el caso de que se sustituya personal con nivel de euskera acreditado, o una nueva persona se incorpore al servicio, quien lo sustituya o quien se incorpore deberá cumplir los requerimientos lingüísticos recogidos en este texto. Cada vez que se incorpore al servicio una nueva persona, la empresa comunicará al Ayuntamiento el nombre y apellidos de la misma y el nivel de euskera que tiene acreditado. No podrá comenzar a ejercer su trabajo hasta que el Ayuntamiento emita informe favorable.
a. 2) Competencia lingüística del personal subrogado:
Una vez realizada la adjudicación, la empresa adjudicataria presentará al Ayuntamiento la información sobre la competencia lingüística del personal subrogado en el plazo máximo de un mes a partir de la firma del contrato de adjudicación. En el informe concretará los nombres y apellidos del personal subrogado, y el nivel de euskera que tienen acreditado. El Ayuntamiento realizará pruebas para medir el nivel de euskera a quienes no lo acrediten documentalmente. Para ello la empresa se pondrá en contacto con el Servicio de Euskera, y será quien organice las pruebas oportunas para evaluar el nivel de euskera de dichas personas. Las pruebas se realizarán el día, hora y lugar concretados por el Ayuntamiento. La empresa se hará cargo de los gastos que puedan ocasionar esas pruebas. El Servicio de Euskara emitirá un informe sobre la capacitación lingüística del personal subrogado.
En el caso de que el personal subrogado no acreditase el nivel de euskera exigido para este servicio, la empresa adjudicataria planificará y presentará al Ayuntamiento un plan para euskaldunizar dichas personas subrogadas, en un plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de adjudicación. Para ello, la empresa adjudicataria se pondrá en contacto con el Servicio de Euskera. El plan de euskaldunización no se pondrá implementará hasta que el Ayuntamiento emita informe favorable. El Ayuntamiento hará un seguimiento de dicho plan. La empresa adjudicataria se hará cargo del costo del plan de euskaldunización.
b) Lengua a utilizar en el servicio:
La empresa adjudicataria procederá a la hora de ofrecer el servicio de acuerdo con la planificación del Ayuntamiento en cuanto a regulación de la actividad lingüística.
Paisaje lingüístico:
Documentos escritos:
Los rótulos, señalización, avisos, carteles y resto de comunicaciones de carácter general que instale la empresa adjudicataria al prestar el servicio, se hará en euskera en los siguientes casos:
Cuando la grafía de las palabras sea similar en euskera y en castellano.
Cuando los mensajes vayan acompañados de pictogramas que los hagan comprensibles.
Cuando se trate de palabras de uso extendido (udaletxea, musika eskola, kultur etxea...)
Si los tres casos anteriores no son posibles, se hará de forma bilingüe, dando prioridad al euskera, previa conformidad del Ayuntamiento.
Música:
Cuando se utilice música para impartir los cursos, será imprescindible intercalar música en euskera.
Lengua en la que impartirá los cursos la empresa adjudicataria
La empresa adjudicataria impartirá los cursos en el idioma especificado por el Ayuntamiento.
Algunos cursos se ofertarán en euskera. En dichos cursos la relación tanto oral como escrita con el alumnado será en euskara.
Otros cursos se ofertarán sin idioma específico. En este segundo caso, se actuará de la siguiente manera:
a) Si todo el alumnado tiene un nivel mínimo de euskera con el que pueda comprender las explicaciones en ese idioma, el curso se impartirá en euskera.
b) Si en un mismo grupo hay quien entienda en euskera y quien no lo haga, el número de alumnos y alumnas que entiendan las explicaciones en euskera determinará la presencia del mismo en mayor o menor grado. El curso se impartirá siempre siguiendo las directrices del Ayuntamiento.
Por otro lada, la empresa adjudicataria recogerá los datos del uso del euskera durante en la impartición de los cursos, en los plazos y modos establecidos por el Ayuntamiento.
El personal de la empresa adjudicataria deberá asistir a los cursos que organice el Ayuntamiento con el fin de mejorar la gestión de los idiomas. La empresa adjudicataria se hará cargo de las horas y de los posibles gastos para el personal que pudieran derivar de dicha formación.
Lengua a utilizar en la relación entre el Ayuntamiento y la empresa:
La comunicación verbal —reuniones, consultas...— y escrita —facturas, informes...— que mantenga la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento será en euskera, de conformidad con las normas lingüísticas del mismo.
Los estudios, informes, proyectos u otros trabajos que constituyan el objeto del contrato se realizarán en euskera.
c) Seguimiento de los requerimientos lingüísticos e incumplimiento:
Será responsabilidad del departamento del Ayuntamiento que ha impulsado la contratación hacer el seguimiento para la verificación del cumplimiento de los requerimientos lingüísticos.
El incumplimiento de los requerimientos lingüísticos podrá dar lugar a la aplicación de sanciones, de conformidad con el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El incumplimiento continuado podrá dar lugar a la resolución del contrato, de conformidad con el artículo 223.f del Testo Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
IV. NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
28. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo de servicios y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre , así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
29. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Trigésimo Primera de la LCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
30. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
Procederá la interposición del Recurso especial en Materia de Contratación contra las decisiones a que se refiere el artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en los términos, condiciones y plazos indicados en el artículo 44 del citado Texto Refundido.
Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Hernani, a 7 xx xxxxx de 2016
CUADRO ANEXO
A) OBJETO DEL CONTRATO |
Servicio de organización e impartición de diversas especialidades deportivas en el Polideportivo xx Xxxxxx
Xxxxxx CPV: 92600000-7, Servicios Deportivos
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B) PRECIO DE LICITACIÓN |
El precio de licitación será:
El gasto estimado para el ejercicio 2016-2017 es el siguiente: 130.629,96 + 27.432,29 (IVA) = 158.062,25€. El cálculo se ha realizado teniendo en cuenta el precio máximo.
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C) PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO |
El plazo total de duración del objeto de la presente contratación se extiende a cuatro (4) años siendo susceptible de prórrogas anuales por mutuo acuerdo y de forma expresa y formal mediante la adopción del correspondiente acuerdo por parte del Ayuntamiento, sin que la duración total, incluidas las prórrogas pueda exceder de seis (6) años.
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D) REVISION DE PRECIOS |
El presente contrato podrá ser objeto de revisión de precios cuando hayan transcurrido dos años desde su formalización, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 89 a 94 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La procedencia o no de la revisión, y en su caso el procedimiento y el índice específico aplicables, serán los que reflejen de la forma más adecuada la evolución de los costes del presente contrato de entre los aprobados reglamentariamente.
En caso de que en el momento en que corresponda aprobar la revisión de precios no se encuentren aprobados los supuestos en los que procede tal revisión, no procederá la revisión de precios.
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E)DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL O, EN SU CASO, CLASIFICACIÓN |
En base a la cláusula 10º:
e-1) Justificación de la solvencia económica y financiera del licitador se acreditará por uno o varios de los medios siguientes:
e-2) Justificación de la solvencia técnica y profesional
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F) LUGAR DE ENTREGA DE LAS PROPOSICIONES |
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Contratación municipal en horario de oficina, todos los días hábiles, excepto sábados, a partir del día en que se envíe el anuncio de esta licitación al Diario Oficial de la Unión Europea y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en el lugar y horario indicados durante el plazo de CUARENTA (40) DÍAS NATURALES contados a partir del día de envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea. La fecha exacta se indicará en el perfil del contratante.
En el supuesto de que el último día del plazo coincidiera en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se trasladará al día siguiente hábil.
Asimismo, la presente licitación se anunciará en el PERFIL DEL CONTRATANTE, en esta dirección xxx.xxxxxxx.xxx del Ayuntamiento y el acceso a los pliegos y a la documentación complementaria podrá realizarse a través del mismo.
Para contactar con el Departamento de Contratación dirigirse a:
DEPARTAMENTO DE CONTRATACIÓN Horario: de 8:00 a 14:00 Gudarien enparantza 1 – 20120 Hernani Tel. 000 000000 / Fax. 000 000000 E-mail: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
|
G) CRITERIOS DE ADJUDICACION DEL CONCURSO |
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto y tramitación ordinaria.
Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato, relacionados por orden de puntuación hasta un máximo de 100 puntos son los siguientes:
Criterio 1: Proyecto que indique la manera de ejecutar el contrato ( a incluir en el sobre B) : hasta 50 puntos, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Capacidad para poder continuar impartiendo todas y cada una de las actividades que actualmente se estén impartiendo en el polideportivo y las que organice la Comisión de Deportes de Hernani, mediante compromiso de la empresa de puesta a disposición de los medios necesarios
1.- Nuevas propuestas de actividades deportivas: 4 puntos máximo 2.- Política de selección del personal: 8 puntos máximo. 3.- Política de formación y reciclaje del personal: 8 puntos máximo. 4.- Labores de estructura interna y coordinación de la empresa: 4 puntos máximo. 5.- Protocolo de actuación en sustitución o emergencias: 10 puntos máximo. 6.- Labores de coordinación con la dirección del polideportivo y organización interna de la empresa: 8 puntos máximo. 7.- Funcionamiento del servicio de actividades deportivas: 8 puntos máximo
Será necesario obtener el 50% de la puntuación en cada apartado Su desarrollo total se extenderá a 15 páginas como máximo, las páginas de texto serán en formato DIN A4, y la de planos/catálogos podrá ser de DIN A3. No se valorará el contenido que exceda de la página 15. No se contabilizarán las portadas ni los índices que faciliten la comprensión de la oferta.
Criterio 2: Oferta económica ( a incluir en el sobre C): hasta 50 puntos, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Precio de licitación (concretado en la cláusula 3º)
A la oferta más económica se le asignarán 50 puntos y al resto proporcionalmente según la siguiente formula:
Oferta más económica x 50 Puntuación oferta X = ------------------------------------------ Oferta X
|
H) GARANTIAS |
Garantía provisional no se exige.
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe de 7.800 €. |
I) PLAZO DE GARANTIA |
No se establece |
ANEXO I
........................................................................................ ........................con domicilio en................................. CP....................., DNI nº........................, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de....................................................................................... con domicilio en ............................................ ...................................................... CP..........................., teléfono ..................... ...................., y DNI o CIF (según se trate de persona física o jurídica ..............................................................), enterado del procedimiento abierto convocado por el Ayuntamiento de Xxxxxxx, para la contratación de las CORRESPONDIENTES AL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN E IMPARTICIÓN DE DIVERSAS ESPECIALIDADES DEPORTIVAS EN EL POLIDEPORTIVO DE HERNANI,
DECLARO:
Que la empresa licitadora cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y que en caso de resultar propuesta adjudicataria se compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos, conforme a lo dispuesto en el artículo 146 del R.D. Legislativo 3/2011, referidos a la personalidad jurídica, representación, en su caso clasificación/solvencia y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y demás que se exigen en los pliegos.
En........................., a........... de…................. de 20......
Firma
ANEXO II
Modelo de declaración responsable
[Cuando se trata de persona natural o física]
.................D/Xx..........................................................................................., mayor de edad, con D.N.I. nº................. y domicilio en.............................................................................. en representación de ............................................., con N.I.F. ....................... [Tel................. Fax….................] declara estár facultado/a para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se halla incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En particular, declara expresamente no haber sido sancionado/a con carácter firme por infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 C del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara
hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y 14 del RGLCAP (RD 1098/2001, 12 de octubre).
estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de resultar adjudicatario/a, [*] Se autoriza/No se autoriza la cesión a la administración pública contratante de la información que acredite el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias con la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa.
[Lugar, fecha y firma]
[Cuando se trata de Sociedad o Persona Jurídica]
.................D/Xx..........................................................................................., mayor de edad, con D.N.I. nº................. y domicilio en.............................................................................. [Tel................. Fax….................] declara estár facultado/a para dar cumplimiento el contrato o, en representación de la empresa a la que representa, para contratar con la Administración Pública, ya que teniendo plena capacidad de obrar, no se hallan incurso/a en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.. En particular, declara expresamente no haber sido sancionado/a con carácter firme por infracción muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 c) del Testo Refundido Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara
hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y 14 del RGLCAP (RD 1098/2001, 12 de octubre).
estar dado de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de resultar adjudicatario/a, [*] Se autoriza/No se autoriza la cesión a la administración pública contratante de la información que acredite el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias con la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa.
[Lugar, fecha y firma]
(*) Tachar lo que no proceda
ANEXO III
Anexo a incluir en el sobre A:
MEDIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
....................... D./Dña. .........................., mayor de edad, con DNI nº..........................actuando en nombre propio o en representación de la(s) empresa(s) .............................................., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la LRJAP-PAC, señala medio como preferente a efectos de cualquier notificación que el Ayuntamiento deba realizar con motivo de esta licitación (título.:...............) el siguiente:
Correo Electrónico: |
……………………………………………. |
Se indican, además, lo siguientes datos:
Teléfono(s): ………………………………………………………..
Fax:................................................................................
Dirección postal: ……………………………………………………………….
(Empresas) – NIF de la(s) enpresa(s) IFK: …………………………………………….
(Personas físicas) – DNI del licitador: ..............................................
Nota: La dirección de correo electrónico será totalmente válida para las notificaciones.
.......................................En …………………………..a ………de…………..de 2016
Fdo:
Anexo IV
Personal adscrito al servicio en la actualidad
*(Aviso: La lista de trabajadores a subrogar esta anexada en otro documento – ANEXO IV).
Anexo X
XXXXXX DE CONDICIONES PARA EMPRESAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA CONTRATOS DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO, PROCEDIMIENTO NEGOCIADO Y DIALOGO COMPETITIVO
El presente PLIEGO DE CONDICIONES tiene por objeto fijar las obligaciones que en materia de Prevención de Riesgos Laborales deben de cumplir los o las contratistas de todos los servicios adjudicados por procedimiento abierto, procedimiento restringido, procedimiento negociado y dialogo competitivo y que realicen su actividad en centros de Hernaniko Udala o en otros centros cuando actúan por cuenta del Hernaniko Udala.
El presente PLIEGO se anexará al contrato administrativo y firmado por ambas partes en cada una de sus hojas.
El o la contratista deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales, y en particular:
1.- Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo, la empresa contratista está obligada a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laborales y convenio colectivo correspondiente. 2.- El o la contratista adoptará cuantas medidas de prevención de riesgos laborales fueren de pertinente obligación o necesarias en orden a una adecuada prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud del personal. 3.- Cumplirá, así mismo, las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas por la normativa vigente.
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I. DEBER DE COMUNICACIÓN.
El o la contratista deberá comunicar en su oferta:
1.1.- Declaración responsable de que no está incurso o incursa en prohibición de contratar con la Administración, conforme al artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre el que se regula el Testo Refundido xx Xxx de Contratos del Sector público, con expresa referencia al punto 1, letra c) del citado artículo, relativa a no haber sido sancionadas con carácter firme por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales. 1.2.- Declaración jurada de:
1.3.- Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales adoptado por la empresa: Servicio de Prevención propio, Servicio de Prevención Ajeno (decir cuál) o Sistema mixto (Concierto parcial con servicio de Prevención Ajeno + xxxxxxxx de algunas actividades mediante personal designado o personal técnico propio).
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2.- Fase de ejecución
2.1.- Previo al inicio de la actividad
Antes de iniciar su actividad en el centro de trabajo, el o la contratista deberá comunicar por escrito a Hernaniko Udala:
2.2.- Durante la fase de ejecución del servicio
Durante la realización de los trabajos, la persona responsable del o de la contratista en la empresa comunicará por escrito al o a la responsable de la contrata por parte de la empresa:
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II. ACTUACIÓN DE LAS CONTRATAS DURANTE LA REALIZACIÓN DE LA OBRA O SERVICIO.
1. Todo el personal que vaya a realizar trabajos por parte del o de la contratista, deberá tener la cualificación adecuada para ello, contando, en su caso, con los certificados oficiales debidamente actualizados, y deberá haber recibido la formación e instrucciones particulares respecto al trabajo que realiza para Hernaniko Udala en especial en todo lo relacionado con la seguridad y salud. 2. En el caso de que a Hernaniko Udala le fuera impuesta alguna sanción por parte de la autoridad laboral, como consecuencia del incumplimiento de medidas preventivas por parte del personal de la empresa “contratista”, Hernaniko Udala se reserva el derecho de emprender contra la empresa “contratista” las acciones legales oportunas.
Independientemente de lo establecido en el párrafo anterior, en el caso de incumplimiento de medidas de prevención por parte de la empresa “contratista”, Hernaniko Udala podrá imponer a la empresa “contratista” una penalización económica hasta una cuantía máxima equivalente al 5% del presupuesto de contrata. En el caso de reiteración en el incumplimiento de dichas medidas por parte de la empresa “contratista”, Hernaniko Udala quedará facultada para retener los pagos y las certificaciones en curso, así como para resolver el contrato sin que la empresa “contratista” tenga derecho a indemnización alguna. Además, Hernaniko Udala podrá reclamar a la empresa “contratista” los daños y perjuicios que por tal incumplimiento puedan derivarse.
3. Todo el material y equipos, tanto de protección –tanto individual como colectiva- como para la ejecución de trabajos, que utilice el o la contratista durante la realización del servicio contratado, deberá cumplir con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, debiendo estar a disposición de Hernaniko Udala los certificados que acrediten tal cumplimiento. 4. Todo el personal que realice su trabajo en un centro de Hernaniko Udala o por cuenta de éste, llevarán la indumentaria adecuada al trabajo que realizan, en estado de conservación limpieza y decoro apropiado.
5. Todo el personal que realice su trabajo en un centro de Hernaniko Udala o por cuenta de éste se encontrara claramente identificado así como sus vehículos y equipos que utilicen mientras se encuentran en la empresa.
6. Deberá mantener al día las cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Seguros de Accidentes de Trabajo. Todo el personal conocerá:
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DECLARACIÓN JURADA
D/Dña ........................................................................ con domicilio en..................................................... Calle........................................................................... y con DNI nº........................................................... Como representante y/o responsable de administración de la empresa ....................................................................con domicilio social en ............................................................................................................... y CIF............................................
DECLARO:
En............................ a ..............de ................ de 201.... Fdo........................................................................... DNI........................................................................
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34
Gudarien plaza 1 – Tel. 000 000 000 – Fax 000 00 00 00 – e-mail: xxx@xxxxxxx.xxx 34