Ref.CP/AL-2012/180
Ref.CP/AL-2012/180
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE TRES VEHÍCULOS PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y DOS FURGONETAS LIGERAS PARA LA SECCIÓN DE ILUMINACIÓN ARTÍSTICA MEDIANTE ARRENDAMIENTO.
Artículo 1º.- OBJETO DEL CONTRATO.- El presente contrato tiene por objeto el arrendamiento sin opción de compra de tres vehículos para el Servicio de Mantenimiento y dos furgonetas ligeras para la Sección de iluminación artística, con las características técnicas señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El contrato incluye el mantenimiento de los vehículos durante el periodo de vigencia del mismo.
La codificación del presente contrato, conforme al Reglamento (CE) Nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocablo Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, es la siguiente: 34100000-8.
Tienen carácter contractual además del presente Xxxxxx, el Pliego de Condiciones Técnicas y los documentos que integran la proposición de los adjudicatarios, en cuanto no se opongan a los Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas.
Artículo 2º.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICIATACIÓN.-
El importe anual previsto para el suministro de los vehículos es de 34.862,16 €, IVA incluido, desglosado de la siguiente forma:
Valor anual estimado del contrato y tipo de licitación..... | 28.811,76 | € |
IVA (21%).................................................. | 6.050,47 | € |
Presupuesto del contrato................................... | 34.862,23 | € |
Este precio se refiere a la totalidad del suministro. |
El precio del contrato se determina teniendo en cuenta las características de los vehículos, y utilizando para su cálculo los precios xx xxxxxxx.
Teniendo en cuenta el tipo de cada vehículo, se desglosa de la siguiente forma:
FURGONETA COMBI:
Número de vehículos: 2 con xxxx
Canon precio vehículo y arrendamiento: 233,23 € (192,75 € + 40,48 € IVA)
Canon por mantenimiento y servicios: 289,70 € (239,42 € + 50,28 € IVA)
Canon por seguro: 47,15 € (38,97 € + 8,18 € IVA)
Total cuota mensual por vehículos: 570,08 € (471,14 € + 98,94
€ IVA)
Coste por kilómetro recorrido: 0,0243 € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: 0,0243 € IVA incluido
FURGONETA COMBI GRAN VOLUMEN:
Número de vehículos: 1
Canon precio vehículo y arrendamiento: 290,44 € (240,03 € + 50,41 € IVA)
Canon por mantenimiento y servicios: 307,30 € (253,97 € + 53,33 € IVA)
Canon por seguro: 50,02 € (41,34 € + 8,68 € IVA)
Total cuota mensual por vehículo: 647,76 € (535,34 € + 112,42
€ IVA)
Coste por kilómetro recorrido: 0,0244 € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: 0,0244 € IVA incluido
FURGONETA LIGERA
Número de vehículos: 1 con xxxx
Canon precio vehículo y arrendamiento: 233,23 € (192,75 € + 40,48 € IVA)
Canon por mantenimiento y servicios: 289,70 € (239,42 € + 50,28 € IVA)
Canon por seguro: 47,15 € (38,97 € + 8,18 € IVA)
Total cuota mensual por vehículos: 570,08 € (471,14 € + 98,94
€ IVA)
Coste por kilómetro recorrido: 0,0243 € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: 0,0243 € IVA incluido
Número de vehículos: 1 sin xxxx
Canon precio vehículo y arrendamiento: 214,12 € (176,96 € + 37,16 € IVA)
Canon por mantenimiento y servicios: 286,43 € (236,72 € + 49,71 € IVA)
Canon por seguro: 46,63 € (38,54 € + 8,09 € IVA)
Total cuota mensual por vehículo: 547,18 € (452,22 € + 94,96
€ IVA)
Coste por Kilómetro recorrido: 0,0243 € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: 0,0243 € IVA incluido
IMPORTE UNITARIO | IMPORTE TOTAL MENSUAL | ||
2 UD. | FURGONETA COMBI C/B | 471,14 €+98,94 € IVA | 942,28 €+197,88 € IVA |
1 UD. | FURGONETA COMBI G.V. | 535,34 €+112,42 € IVA | 535,34 €+112,42 € IVA |
1 UD. | FURGONETA LIGERA C/B | 471,14 €+98,94 € IVA | 471,14 €+98,94 € IVA |
1 UD. | FURGONETA LIGERA S/B | 452,22 €+94,96 € IVA | 452,22 €+94,96 € IVA |
IMPORTE MENSUAL TOTAL | 2.400,98€+504,20€ IVA |
Por lo tanto, el importe anual ascenderá a 34.862,23 € (28.811,76 €
+ 6.050,47 € IVA) y el valor estimado del contrato asciende a 172.870,56
€, XXX excluido, por los cuatro años de duración del contrato y los dos de prórroga, conforme a lo dispuesto en el art. 88.4 del TRLCSP.
El abono/cobro por el exceso/defecto del kilometraje (10.000 km/año) se efectuará a la finalización de cada anualidad.
Artículo 3º.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.- Al realizarse la contratación mediante tramitación anticipada, deberá preverse la correspondiente partida por dicho importe de 34.862,16 € para el próximo ejercicio presupuestario (año 2.013).
Al tratarse de un gasto de carácter plurianual, la adjudicación del contrato estará sometida a la condición suspensiva de crédito adecuado y suficiente en los próximos ejercicios, conforme a lo dispuesto en el art. 174.b) del TRLRHL, no sobrepasando los límites previstos en el citado artículo.
Artículo 4º.- DURACIÓN DEL CONTRATO.- El presente contrato de suministro tendrá una duración de CUATRO años (48 meses), contados desde la firma del acta de puesta en funcionamiento de cada uno de los vehículos, pudiendo ser prorrogado anualmente hasta un máximo de otros DOS años más (24 meses).
Artículo 5º.- PROCEDIMIENTO Y TRAMITACIÓN.- El procedimiento de adjudicación será por tramitación urgente con reducción de plazos, por el procedimiento abierto, al haberse seguido anteriormente un procedimiento abierto, quedando desierta la licitación al no concurrir ninguna empresa según consta en acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 30 de noviembre de 2.012, según lo señalado en el artículo 157 del TRLCSP y tomando como base los criterios de adjudicación que se detallan en el art. 9º del presente pliego, de conformidad con el artículo 150 del mismo texto legal.
Artículo 6º.- APTITUD PARA CONTRATAR.- Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales ó jurídicas, españolas ó extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no estén afectos por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP como prohibitivas para contratar.
Referidas empresas deberán tener como finalidad a realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y
dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo, de conformidad con el artículo 54.2 del TRLCSP.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán además el informe a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
Será necesario, además, que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
Artículo 7º.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.- Las proposiciones se presentarán en el Servicio de Contratación y Bienes del Excmo. Ayuntamiento, hasta las trece horas del octavo día natural siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, publicándose, asimismo, en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), de conformidad con el artículo
142.4 del TRLCSP.
Dentro del mismo plazo, también podrán presentarse por correo, conforme a lo establecido en el art. 91 del RD 1098/2001. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la proposición mediante telex, fax o telegrama. Si de los datos que han de facilitarse se deduce el incumplimiento del plazo para presentar
proposiciones o en caso de que no se cumpla la obligación de justificar la fecha de imposición del envío, no será admitida la proposición.
Transcurridos diez días desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Artículo 8.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.- La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional de las cláusulas de los Pliegos y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento.
Los licitadores presentarán la documentación y ofertas en tres sobres cerrados y que pueden estar lacrados y precintados, en cada uno de los cuales se hará constar su respectivo contenido y nombre del licitador.
* Sobre nº 1 (cerrado) Título: Documentación general y
Denominación del contrato
Contenido: Se presentarán documentos originales o fotocopias autenticadas.
a) El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación del firmante de la proposición, en su caso, consistente en el D.N.I. del licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, o escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
Bastanteo de poderes.- Los ofertantes que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, o representen a una persona jurídica, deberán acreditar la representación. Si fuese persona jurídica deberá presentar escritura de poder inscrita en el Registro Mercantil. En todo caso, el poder deberá estar bastanteado por el Sr. Oficial Mayor, previo pago de 25,75 € conforme al art. 4.11 de la Ordenanza Fiscal nº 24 (Tasa por expedición de documentos administrativos).
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea y restantes empresarios extranjeros deberán de acreditar su capacidad de obrar conforme se establece en el artículo 6º del presente Pliego.
b) Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatario del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) Para las empresas extranjeras se estará a tenor de lo dispuesto en el artículo 146.1 del TRLCSP, en virtud del cual se deberá presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
d) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y de estar al corriente en las obligaciones tributarias y de seguridad social, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del TRLCSP.
e) Solvencia económica y financiera: Declaración relativa a la cifra de negocios y suministros realizados en el curso de los últimos tres ejercicios económicos concluidos por un importe superior, IVA incluido, a tres veces el presupuesto base de licitación. Este aspecto se acreditará por alguno de los siguientes medios:
- Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa en la que se especifique la cifra de negocios en los últimos tres años, en los términos antes señalados.
- Modelo 347 normalizado del Ministerio de Hacienda “Declaración anual de operaciones con terceras personas” referidos a los últimos tres ejercicios económicos.
f) Solvencia técnica, se acreditará mediante:
1º) Relación de los principales suministros efectuados en el curso de los tres últimos años, con expresión del importe, fechas y el lugar del suministro, por un importe igual o superior a tres veces el tipo de licitación.
Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario (artículo 77.1 del TRLCSP).
2º) Muestras, descripciones y fotografías de los vehículos a suministrar.
3º) Se deberá disponer dentro del término municipal xx Xxxxxxxxx, de un taller oficial de la marca de los vehículos suministrados con suficiente cantidad de medios personales y técnicos para su inmediata reparación, debiendo acreditarse mediante documento justificativo del mismo y su ubicación o documento de conformidad del taller designado con las características generales del mismo respecto a la ubicación.
g) Dirección de correo electrónico en el que efectuar las notificaciones y, en su caso, consentimiento para la utilización de este medio como preferente a efectos de notificación según el art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx.
* Sobre nº 2 (cerrado)
Título: Criterios no evaluables mediante fórmulas automáticas Denominación del contrato
Los licitadores incluirán en este sobre toda aquella documentación correspondiente a los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas matemáticas del artículo 9º, apartado B), del presente Pliego: mejoras respecto a la disposición de una persona específica para tratar temas y otras mejoras de equipamiento de serie y características técnicas
de cilindrada, así como aquellas relacionadas con la seguridad, valorándolas económicamente.
* Sobre nº 3 (cerrado) Título: Criterios evaluables mediante fórmulas automáticas Denominación del contrato
Contenido: Los licitadores incluirán en este sobre la proposición económica conforme al modelo que se adjuntan al presente Xxxxxx. En la proposición económica deberá indicarse como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido que debe ser repercutido.
Las proposiciones que excedan del precio de licitación formulado por la Administración, serán rechazadas.
No se podrá suscribir propuesta alguna en unión con otra empresa, si lo hubiese hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las ofertas por él presentadas.
La proposición se presentará escrita a máquina o en letra clara y no se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
Artículo 9º.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.-
A) Criterios evaluables mediante formulas automáticas.
1.- Oferta económica: Este criterio de adjudicación está valorado con un máximo de 60 puntos, distribuidos en función de las puntuaciones asignadas a los siguientes conceptos:
- Para el precio total mensual del arrendamiento de las furgonetas combi: 20 puntos.
- Para el precio total mensual del arrendamiento de las furgonetas combi gran volumen: 10 puntos.
- Para el precio total mensual del arrendamiento de las furgonetas ligeras con xxxx: 10 puntos.
- Para el precio total mensual del arrendamiento de las furgonetas ligeras sin xxxx: 10 puntos.
- Para el precio del cargo por kilómetro excedido sobre los kilómetros contratados: 5 puntos, otorgándose la máxima puntuación a la oferta más baja.
- Para el precio del abono por kilómetro no realizado respecto a los contratados se otorgarán 5 puntos, otorgándose la máxima puntuación a la oferta más alta.
Se asignará la máxima puntuación (PEmax) al licitador que oferte la mayor baja económica y el resto de las proposiciones se valorarán con la siguiente fórmula:
Siendo:
TP-TOz
BPLz = X PEmax
TP-XXx
BPLZ: Puntos baja en el precio de licitación de la oferta z. TP: Tipo de licitación previsto en el pliego de condiciones. TOz: Oferta económica del licitador de la oferta z.
XXx: Oferta económica más baja.
De conformidad con lo previsto en el art. 152.1 del TRLCSP se consideran desproporcionadas o anormales las ofertas en las que el precio ofertado sea inferior en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
2.- Mejora en el equipamiento de los vehículos y características técnicas: hasta 7 puntos por cada tipo de vehículo, distribuidos en:
* Propuesta de Instalación para manos libres: 3 puntos.
* Propuesta de Climatización: 2 puntos.
* Disposición de una persona específica para tratar todos los temas relativos a averías, vehículos de sustitución, partes de avería, gestión de multas, incidencias, etc.: 2 puntos.
B) Criterios que dependen de un juicio de valor.
Mejoras: Este criterio de adjudicación está valorado con un máximo de 3 puntos, considerándose los siguientes aspectos:
- Servicios adicionales o mejoras:
* Otras mejoras de equipamiento de serie y características técnicas de cilindrada así como aquellas relacionadas con la seguridad, que se valoraren económicamente: hasta 3 puntos.
Artículo 10º: APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.- Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, el primer día hábil, la Mesa de Contratación, constituida permanentemente, calificará los documentos presentados en el sobre nº 1, y si observare defectos formales, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error.
Si la documentación contuviese defectos substanciales ó deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
El acto de apertura del sobre nº 2 será público, y se celebrará por la Mesa de Contratación el cuarto día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, en la hora que previamente será comunicada en el perfil de contratante (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), y una vez completada la documentación del sobre nº 1 si tuviera defectos subsanables, se remitirá al Servicio de Mantenimiento para su valoración, quien emitirá el oportuno informe.
Una vez realizadas las actuaciones anteriores, se procederá al acto de apertura del sobre nº 3 que será público, y se celebrará por la Mesa de Contratación en el lugar, día y hora que previamente se haya anunciado en Perfil de Contratante de este Ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), dándose a conocer el resultado de la valoración del sobre nº 2.
Artículo 11º: CALIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.-
1.- Vistas las proposiciones admitidas, la Mesa de Contratación procederá a su valoración en el aspecto técnico y económico, con arreglo a los criterios señalados en el artículo 9º.
Cuando considere que alguna de las proposiciones podría ser calificada como anormal o desproporcionada, tramitará el procedimiento previsto en el art. 152.3 y 4 del TRLCSP.
La Mesa podrá solicitar los informes que considere precisos, antes de formular la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. La propuesta de adjudicación será a favor del licitador que hubiese presentado la proposición que obtuviese la mayor puntuación tras la aplicación de los criterios contemplados en el art. 9º.
2.- El órgano de contratación, vista la propuesta de la Mesa, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación atenderá a los criterios de adjudicación señalados en este pliego.
3.- La adjudicación deberá efectuarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en este pliego, no pudiendo, en tal caso, declararse desierta.
Artículo 12º: REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN Y GARANTIA.- El
órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente aquel en que hubiera recibido el requerimiento para que presente:
1.- La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
2.- La documentación que acredite que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al art. 64.2 del TRLCSP.
3.- La documentación que justifique haber constituido la garantía definitiva por el 5% del importe de adjudicación, IVA no incluido.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 del TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y ss. del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 del TRLCSP, en el caso de realizarse en metálico, aportando el justificante del ingreso en la entidad CAJA DUERO, Cuenta número 2104-0000-17-1100004993. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato.
La garantía responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de la garantía se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los arts. 102 del TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Artículo 13º: ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN A LOS LICITADORES.-
1.- Recibida la documentación requerida al licitador el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
2.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
La notificación expresará los siguientes extremos:
a) Los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, la exposición resumida de las razones por la que no se haya admitido su oferta.
b) El nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido
seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitados cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad del art. 153 del TRLCSP.
3.- En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
Artículo 14º: DEVOLUCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A LOS LICITADORES.-
Serán archivadas en el expediente las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las excluidas una vez abiertas. No obstante, adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan formulado, los documentos que se acompañan a las proposiciones quedará a disposición de los interesados, salvo la documentación del adjudicatario y la oferta económica del resto de licitadores.
Transcurridos los plazos anteriores, si la documentación no fuese retirada, el Ayuntamiento podrá disponer su destrucción.
Artículo 15º: CONFIDENCIALIDAD.- Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. El órgano de contratación no podrá divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencia de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
Artículo 16º: DOCUMENTACIÓN PREVIA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato se formalizará en todo caso, dentro del plazo de OCHO DÍAS HABILES desde que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos (art. 156 del TRLCSP), previo abono de los gastos de publicación de los anuncios, por un importe máximo de 500 euros.
El adjudicatario queda obligado a formalizar el contrato en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, se incautará la garantía y habrá de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquel, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
Artículo 17º: GASTOS EXIGIBLES AL CONTRATISTA.- El contratista está obligado a satisfacer los gastos que se deriven de los anuncios de licitación, por un importe máximo de 500 €, y los de formalización del contrato en escritura pública si así lo solicitase el adjudicatario, licencias, documentos de cualquier otro Organismo oficial o particular, los correspondientes a pruebas, ensayos, etc., y en general cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la prestación del suministro.
Artículo 18º.- EJECUCION DEL CONTRATO.- El contratista estará obligado al arrendamiento de los vehículos objeto de este contrato, con estricta sujeción a las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas previstas en este pliego y en la oferta.
La subcontratación exigirá autorización expresa del Ayuntamiento.
Artículo 19º.- ABONO DEL CONTRATO.-
o El adjudicatario tendrá derecho al abono mensual (48 mensualidades y en xxxx xx xxxxxxxx 00 + 12 mensualidades) del precio del arrendamiento de los vehículos efectivamente entregados y finalmente recepcionados por el Ayuntamiento con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
o El abono del precio se hará mediante facturas expedidas por el contratista y conformadas por el Técnico correspondiente.
o En cada factura se hará constar la cuantía de cada uno de los siguientes conceptos: uso, mantenimiento y seguros.
o El abono o cobro por el exceso o defecto del kilometraje se efectuará a la finalización de cada anualidad.
Artículo 20º.- CONDICIONES TÉCNICAS DE ARRENDAMIENTO.- El
arrendamiento comprenderá los siguientes conceptos:
1. El USO de los automóviles matriculados a nombre del arrendador, debiendo estar, en todo momento, en perfecto estado tanto funcional o técnico como administrativo, de modo que permita su normal y legal circulación por el personal adscrito al Servicio de Mantenimiento y a la Sección de alumbrado Artístico.
2. El MANTENIMIENTO INTEGRAL de los automóviles objeto del arrendamiento a realizar en los talleres oficiales de la marca ofertada por el adjudicatario que incluirá:
- todas las revisiones periódicas que establezca la marca en el libro de mantenimiento del automóvil, tanto repuestos y líquidos como mano de obra, con independencia de que se encuentre o no en periodo de garantía.
- Las reparaciones de todas las averías que se produzcan debido al uso normal de los vehículos
- La sustitución de neumáticos de acuerdo con las normas marcadas por la Dirección General de Tráfico, por reventón, mordeduras y/o en todo caso, cada 40.000 kms o cuando el estado de los mismos así lo aconseje.
- Quedan excluidos del mantenimiento integral únicamente el lavado y limpieza de los vehículos así como el suministro de combustible para su funcionamiento.
3. ASISTENCIA EN CARRETERA 24 horas con cobertura nacional.
4. VEHÍCULO DE SUSTITUCIÓN de las mismas características, cuando se produzca o se prevea producir la inoperatividad del vehículo arrendado por cualquier motivo durante más de un día.
5. Deberán de disponer de SEGURO a todo riesgo del automóvil arrendado sin franquicias con, al menos, las siguientes coberturas:
- Responsabilidad civil obligatoria.
- Responsabilidad civil voluntaria ilimitada.
- Daños propios sufridos por el automóvil y todos sus accesorios incluidos en el contrato.
- Daños por colisión.
- Ocupantes, defensa penal, fianzas y reclamación de daños.
- Robo del vehículo y sus accesorios.
- Rotura de lunas.
- Incendio.
6. Si los vehículos adolecieran de cualquier causa de vicio, defecto o avería no susceptibles de reparación, el adjudicatario está obligado a su inmediata reposición y nunca en un plazo superior a 60 días.
7. En caso de siniestro total de los vehículos, se resolvería el contrato en lo que respecta al vehículo siniestrado y se dejarían de abonar las cuotas del mismo.
8. En cuanto a las SANCIONES que se le pudieran imponer al adjudicatario se aplicará lo siguiente:
a. Las sanciones que se deriven de un estado deficiente del automóvil, de su documentación administrativa o de la falta de revisiones que impone la legislación vigente, serán por cuenta del adjudicatario.
b. Las sanciones restantes que se deriven de la conducción del automóvil serán por cuenta del conductor.
9. En cuanto a las OBLIGACIONES del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, éste asume las siguientes obligaciones:
1º) Solicitar cuando corresponda según el libro de mantenimiento del automóvil y con antelación suficiente las revisiones del mismo.
2º) Comunicar cualquier avería incipiente con independencia de que afecte a la seguridad del vehículo
3º) Desplazar el automóvil al taller designado por el arrendatario para las revisiones o reparaciones, siempre que el vehículo lo permita, o, en caso contrario, mediante grúa que disponga el adjudicatario
4º) Facilitar la vigencia de las revisiones o reparaciones por cuenta del adjudicatario a los fines que estime oportuno
5º) Comunicar anualmente, previa solicitud del arrendador, los kilómetros realizados a los efectos de regularizar el pago del arrendamiento. Caso de avería el cuentakilómetros, se calculará el recorrido diario igual a la media de los últimos treinta días 6º) Presentarse cuando sean requeridos en cualquier procedimiento, consecuencia de accidente, bien en calidad de denunciante, demandante, denunciado, demandado o testigo, según proceda.
Artículo 21º.- CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS.- El plazo
de entrega será de 10 días desde la firma del contrato y el lugar de entrega será el Parque Móvil Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, situado en el Polígono Industrial El Xxxxxxxx.
Los costos de todas las operaciones que la entrega exija, incluidos los gastos de transporte, serán de cuenta del adjudicatario.
Artículo 22º.- OBLIGACIONES DEL SUMINISTRADOR.- Son obligaciones del adjudicatario, a parte de las expresamente señaladas en este pliego, las siguientes:
- Dotar a los vehículos de rótulos y pegatinas que indiquen el servicio municipal correspondiente dentro de los treinta días siguientes al de adjudicación.
- Responsabilizarse de las sanciones que pudieran derivar del estado del vehículo y de la documentación del mismo.
- La obtención y costo de cuantas licencias y autorizaciones administrativas sean precisas.
Artículo 23º.- INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. FALTAS Y PENALIDADES.-
Las penalidades por demora, deficiencia en los materiales o en los servicios serán como consecuencia del incumplimiento de las condiciones técnicas que se deriven xxx xxxxxx y de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos y demás disposiciones concordantes y se establecen en el cuadro siguiente:
Retraso en la entrega de los vehículos: el adjudicatario deberá hacer entrega de los vehículos en el plazo establecido. Una vez transcurrido dicho plazo, por cada día de retraso será penalizado con una multa, en la proporción diaria del 15% de la cuota mensual de cada uno de los vehículos no entregados en fecha, conforme a lo establecido en el artículo 212.4 del TRLCSP. Transcurrido el primer mes de retraso, el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx podrá optar entre rescindir el contrato, con pérdida de fianza, o continuar con las penalidades diarias indicadas. Se entenderá que el adjudicatario ha incurrido en demora desde el momento en que venza el plazo indicado anteriormente, sin perjuicio de que se tramite el correspondiente expediente sancionador o indemnizatorio de daños y perjuicios en su caso.
Deficiente prestación de los servicios técnicos: el adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al pliego y a la mejora que en su caso se contenga en su oferta.
Artículo 24º.- REVISIÓN DE PRECIOS.- No procede la revisión de precios, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 89.2 del TRLCSP.
Artículo 25º.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- Además de los supuestos de incumplimiento, son causas de resolución de este contrato las especificadas
en el artículo 223 y 299 del TRLCSP y disposiciones concordantes, dando lugar a los efectos previstos en los artículos 224 y 300 del TRLCSP.
Artículo 26º.- ORGANO DE CONTRATACIÓN.- La contratación corresponde al Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, al tratarse de un contrato cuya competencia no corresponde al Alcalde o Presidente de la Entidad Local. No obstante, en base a la delegación expresa efectuada por el Pleno de fecha
24 xx xxxxx de 2.011, publicada en el BOP xx Xxxxxxxxx de 30 xx xxxxx de 2.011, le corresponde dicha facultad a la Junta de Gobierno Local.
Artículo 27º.- NATURALEZA DEL CONTRATO.- El contrato tiene naturaleza de contrato de suministro, según lo dispuesto en el artículo 9 del TRLCSP, atendiéndose para su adjudicación a las normas que deben observarse para la adjudicación de los contratos de suministros y regulándose por los artículos 290 y siguientes del TRLCSP.
Artículo 28º: NORMATIVA APLICABLE.- Para lo no previsto en este Pliego, será de aplicación el R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el RD 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en lo que no se oponga, el RD 817/2009 de 8 xx xxxx, las condiciones Particulares contenidas en los respectivos Pliegos de Condiciones Administrativas y Técnicas aprobadas por la Administración y la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Artículo 29º: PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RECURSOS Y
JURISDICCIÓN COMPETENTE.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, se podrán modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los art.
116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Salamanca, 11 de Diciembre de 2.012
La Adjunto Jefe del Servicio de Contratación y Bienes
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx
A N E X O
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. , mayor de edad, con domicilio en
, provisto de Documento Nacional de Identidad nº
actuando en nombre propio ó en representación de
, C.I.F. nº , con domicilio social en
, según acredita mediante poder notarial bastante
EXPONE:
Primero.- Que desea tomar parte en la convocatoria del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, en procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, para la contratación del suministro de tres vehículos para el Servicio de Mantenimiento y 2 furgonetas ligeras para el Servicio de Iluminación Artística.
Segundo.- Que conoce y acepta íntegramente los Pliegos de Condiciones y, en consecuencia, se compromete a realizar el suministro en la cantidad de ------------ Euros (en letra y número), desglosado:
FURGONETA COMBI
Número de vehículos: 2
Canon mensual precio vehículo y arrendamiento: ----- € (-----
€ + ----- € IVA)
Canon mensual por mantenimiento y servicios: ----- € ( €
+ ----- € IVA)
Canon mensual por seguro: ----- € (----- € + ----- € IVA)
Total cuota mensual por vehículo: ----- € (----- € + €
IVA)
Coste por kilómetro recorrido: ----- € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: ----- € IVA incluido
FURGONETA COMBI GRAN VOLUMEN
Número de vehículos: 1
Canon mensual precio vehículo y arrendamiento: ----- € (-----
€ + ----- € IVA)
Canon mensual por mantenimiento y servicios: ----- € ( €
+ ----- € IVA)
Canon mensual por seguro: ----- € (----- € + ----- € IVA)
Total cuota mensual por vehículo: ----- € (----- € + €
IVA)
Coste por kilómetro recorrido: ----- € IVA incluido
Abono por kilómetro no recorrido: ----- € IVA incluido
FURGONETA LIGERA
Número de vehículos: 1 con xxxx
Canon mensual precio vehículo y arrendamiento: ----- € (-----
€ + ----- € IVA)
Canon mensual por mantenimiento y servicios: ----- € ( €
+ ----- € IVA)
Canon mensual por seguro: ----- € (----- € + ----- € IVA)
Total cuota mensual por vehículo: ----- € (----- € + €
IVA)
Coste por Kilómetro recorrido: ----- € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: ----- € IVA incluido
Número de vehículos: 1 sin xxxx
Canon mensual precio vehículo y arrendamiento: ----- € (-----
€ + ----- € IVA)
Canon mensual por mantenimiento y servicios: ----- € ( €
+ ----- € IVA)
Canon mensual por seguro: ----- € (----- € + ----- € IVA)
Total cuota mensual por vehículo: ----- € (----- € + €
IVA)
Coste por Kilómetro recorrido: ----- € IVA incluido
Abono por Kilómetro no recorrido: ----- € IVA incluido
Tercero.- Que ofrece las siguientes mejoras:
-
Instalación de manos libres: -------------- SI NO
Climatización: --------------------SI NO
Disposición de una persona específica para tratar todos los temas relativos a averías, vehículos de sustitución, partes de avería, gestión de multas, incidencias: -------SI NO
(Lugar, fecha y firma del licitador)