Contract
PG-SI-08 v. 00 | Procedimiento General Gestión de Control de Contratistas | Vigencia: 29/10/2010 |
Establecer condiciones generales exigibles a los Contratistas de Terminales Río de la Plata a los efectos de asegurar el control sobre los procesos que afecten a la conformidad de los servicios contratados externamente.
Estas condiciones se aplican a todas las Contrataciones de obras y servicios que impliquen personal trabajando dentro de TRP, cualquiera sea el área que contrate y el medio de contratación utilizado (contrato, orden de compra, etc.).
ISO 9001:2008; 4.1.
ISO 14001:2004; 4.4.6.
4.1. Generalidades
La selección y contratación de los contratistas de obras o servicios que desarrollarán trabajos o tareas encomendadas por TRP, se realizará de acuerdo a lo establecido en el procedimiento PG-PU-01 “Suministros” y PO-PU-01 “Selección, Evaluación y Re- evaluación de Proveedores”.
TRP, a través de la Oficina de Control de Personal Contratado y de los responsables de cada área que contrate obras o servicios, realizará la gestión de control para el ingreso de los contratistas y de la eficiencia del personal durante el desarrollo de la obra o servicio contratado.
Toda contratista o subcontratista que deba ingresar personal al predio para desarrollar un trabajo o tarea a cuenta o en nombre de TRP, debe cumplir las condiciones que se establecen en el presente procedimiento, durante todo el período de duración de la relación contractual.
4.2. Requisitos Generales
Comprende los requisitos que deben ser presentados a la Oficina de Control de Personal Contratado para el ingreso de personal de contratistas y de subcontratistas que deban desarrollar trabajos o tareas a cuenta o en nombre de TRP.
Los requisitos generales a presentar se detallan en el Anexo I “Requisitos Generales para Ingreso de Contratistas”.
La presentación de la documentación enunciada en el párrafo anterior es requisito indispensable para que:
• Seguridad y Medio Ambiente apruebe la documentación referida al sector y brinde la inducción al personal de la contratista y subcontratista.
• Administración de Riesgos apruebe los seguros.
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• La Oficina de Control de Personal Contratado habilite el ingreso del personal de la contratista o su subcontratista.
El listado de personal con ingreso habilitado, se carga en el Sistema de Control de Personal Contratado (CPC) a fin de que personal de la firma Prevención proceda a realizar el control de ingreso.
Para el caso de los vehículos, las novedades son comunicadas al sector de Seguridad Patrimonial. Este sector carga y habilita los vehículos al Sistema de Control Vehicular a fin de que, luego, personal de la firma Prevención proceda a realizar el control de ingreso.
Toda la documentación presentada y aprobada se debe mantener actualizada y vigente durante el transcurso de la relación contractual.
4.3. Requisitos Particulares
La Empresa contratistas y sus Subcontratistas deberán cumplir y hacer cumplir a todo su personal, los requisitos de calidad, medio ambiente y seguridad que se enuncian a continuación.
4.3.1. Requisitos de calidad
Competencia: La Contratista deberá desarrollar la obra o servicio con personal competente. A tal efecto, toda vez que una norma lo exija o le sea requerido por TRP, deberá presentar la documentación que avale la calificación y/o competencia requerida para un puesto o función.
El Responsable del área que haya contratado la obra o servicio, controlará el desempeño del personal contratado a su cargo, definiendo si posee la competencia adecuada.
En caso de que considere que el desempeño no es el adecuado comunicará el hecho a la empresa contratista para que ésta tome las acciones necesarias que subsanen el desvío.
4.3.2. Requisitos de Medio Ambiente
La contratista que preste servicios en la terminal debe cumplir con la normativa ambiental aplicable a las operaciones que realice dentro de la misma y con los procedimientos correspondientes del Sistema Integrado de Gestión de TRP.
Aquellos que tengan obradores deberán
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• Asignar lugares específicos para el acopio de materiales en uso diferenciados de las zonas de almacenamiento de residuos.
• Almacenar los envases de lubricantes, combustibles y pinturas al abrigo de la intemperie y disponerlos en bandejas para contención de derrames.
• Actuar de inmediato ante un derrame de líquidos peligrosos. El producto derramado debe ser circunscripto, absorbido y depositado en recipientes adecuados. Esta medida tiene particular importancia cuando se trabaje cerca de cursos de agua.
• Contar con instalaciones sanitarias. El contratista que cuente con Baños Químicos, deberá garantizar que cumplan con la normativa vigente, entregando constancia de habilitaciones y vuelco al Departamento de Medio Ambiente.
Todo contratista deberá cumplir con la gestión de residuos de TRP y contratar servicios para la disposición de residuos y/o efluentes contaminantes (peligrosos) a menos que el Contrato especifique lo contrario. TRP se reserva el derecho de auditar / solicitar las constancias de disposición final de los residuos.
El Departamento de Seguridad y Medio Ambiente realizará periódicamente inspecciones a los obradores de contratistas permanentes que se encuentren en la Terminal.
En el caso de ocurrencia de incidentes que puedan tener efectos negativos sobre el medio ambiente deben dar aviso al Departamento Seguridad y Medio Ambiente o en su defecto al Servicio de Vigilancia.
4.3.3. Requisitos de Seguridad
El contratista que preste servicios en la terminal debe cumplir con la normativa de seguridad e higiene aplicable a las operaciones que realice dentro de la misma y con los requisitos que se establecen en el Anexo II “Requisitos de Seguridad e Higiene para Contratistas”.
4.3.4. Capacitación y Toma de Conciencia
En el primer trimestre del año, los contratistas permanentes (anuales), deberán confeccionar su Programa Anual de Capacitación en Seguridad e Higiene que será presentado al área Seguridad y Medio Ambiente para su aprobación. Trimestralmente el contratista informará a SMA el seguimiento del Plan, donde se evidencie su cumplimiento.
Asimismo, la contratista debe informar las actividades a desarrollar a los efectos de que su personal sea consciente de la importancia del cumplimiento de los requisitos de seguridad y las consecuencias potenciales de desviarse de las medias de seguridad especificadas.
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4.4. Control de los procesos desarrollados por contratistas
El control de los procesos sobre contratistas que inciden en la cadena de valor o cuyas actividades son susceptibles de producir impacto ambientales significativos se efectúa mediante:
• Supervisión del área contratante.
• Inspecciones del área de Seguridad y Medio Ambiente.
• Alineamiento a procedimientos internos aplicables de TPR.
• Revisión y aprobación de documentación del contratista referida al objeto de prestación de sus servicios en TRP.
• Auditorias internas aplicadas a los procesos en los que participa el contratista.
• Evaluación de la contratista como proveedor de TRP SA, según lo establecido por PO-PU-01 “Selección, Evaluación y Re-evaluación de Proveedores”.
Puntualmente, para el caso de que la contratista provea personal para desarrollar una función o tarea dependiente de la supervisión de TRP, el control del proceso lo efectuará el supervisor correspondiente o responsable del área que contrata, como si se tratara de personal efectivo de la empresa.
Anexos
• Anexo I - Requisitos Generales para Ingreso de Contratistas
• Anexo II – Requisitos de Seguridad e Higiene para Contratistas
Documentos Relacionados
• PG-PU-01 Suministros.
• PO-PU-01 Selección, Evaluación y Re-evaluación de Proveedores.
Registros
No aplica.
Los Sistemas de Gestión de Calidad y Medio Ambiente se integran en un Sistema Integrado de Gestión que identifica y codifica nuevamente los procedimientos, instructivos y registros que lo componen.
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REQUISITOS GENERALES PARA INGRESO DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS.
1. Personal y Vehículos
El Contratista deberá presentar sin excepción la siguiente documentación, junto con la de sus empresas subcontratistas:
✓ Detalle del Personal: Apellido y Nombre del personal autorizado a ingresar, indicando calificación profesional de cada uno de ellos y Nº de CUIL.
✓ Detalle de Vehículos y equipos: Tipo, modelo, dominio y demás documentación identificatoria.
✓ Constancias y Certificados de Seguros personales y vehiculares, mencionados en el punto 2.
✓ Teléfono para emergencias médicas de la ART y Listado de prestadores para su derivación en caso de Accidente (Tel. y Direcciones), de la localidad donde prestan servicios.
✓ Constancia de prestación del servicio de Seguridad e Higiene a la empresa contratista por parte de un profesional habilitado, de acuerdo x Xxx. 19587, Decreto 351/79, Decreto 911/96 y/o Decreto 1338/96. En caso de solicitarse este punto, la empresa contratista será específicamente notificada por Seguridad y Medio Ambiente de TRP. En este caso, adicionalmente, se deberá presentar la siguiente documentación relacionada:
o Fotocopia de la Matrícula habilitante del profesional interviniente.
o Comunicación, en forma fehaciente, a su ART y con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación, la fecha de todo tipo de obra que emprendan (Aviso de inicio de Obra).
o Presentación de un “Programa de Seguridad de la obra” que contemple el análisis de riesgo cada una de las tareas. Dicho programa deberá estar aprobado por la ART, para aquellas obras que tengan determinadas características de peligrosidad (Res. 231/96, Res.35/98 y Res.319/99 - SRT) o para aquellas que el personal de TRP SA lo requiera.
o Cronograma detallado de prestación de servicios / obra. (Acorde a la carga horaria fijada por Dec. 1338 S.R.T. o superior de acuerdo a criterio de Terminales Río de la Plata.
o Fotocopia del registro de capacitación al personal en los temas de seguridad (incluyendo las normas mencionadas, más normas corporativas de TRP SA), vigente dentro de los últimos 12 meses, y de acuerdo a los riesgos en ejecución de las tareas.
o Fotocopia del registro de entrega de Elementos de Protección Personal.
o Fotocopia del registro de la entrega de las normas y procedimientos de seguridad y salud.
✓ Carpeta ley 25013 art.17: en caso que la prestación de servicio con personal en relación de dependencia supere los 30 días hábiles deberá presentar mensualmente la mencionada carpeta (ver punto 3.) a mes vencido con
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carácter obligatorio con los requisitos mencionados en el Anexo , al igual que las empresas subcontratadas que tengan personal en relación de dependencia. En caso de no cumplir con el presente punto, no se autorizará a emitir pagos hasta tanto actualice la documentación.
Contratistas que subcontraten a otras empresas: en este caso el Contratista, al cual se le adjudique la obra, que Subcontrate a otras Empresas será responsable de:
✓ Realizar el Control y Auditoria de dichas Empresas, como de las obligaciones legales de las mismas.
✓ Coordinar un Programa de Seguridad único con sus Subcontratistas para toda la Obra, con previa aprobación de su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
✓ Presentar al Dpto. de Higiene y Seguridad de TRP 10 (diez) días antes del inicio de la Obra, para su aprobación, la siguiente Documentación:
o Memoria descriptiva de la Obra
o Aviso de inicio de Obra, conforme a lo estipulado en las Resoluciones SRT 051/97 y 035/98
o Programa de Seguridad Unico, con sus Subcontratistas, para toda la Obra, de acuerdo a lo establecido en las Resoluciones SRT 051/97 y 035/98
Es decir, el control de la Higiene y Seguridad en la Obra estará a cargo del Contratista Principal, por lo tanto LA RESPONSABILIDAD DE LA CONFECCIÓN, COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN, DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD UNICO,
(que incluirá a todos los Subcontratistas de la Obra y abarcará todos los trabajos que fueren a realizarse, tanto por parte del personal de la Contratista Principal, como también del de todas las empresas Subcontratistas), RECAERA EN EL CONTRATISTA PRINCIPAL. Y EL CONTRATISTA PRINCIPAL LO ASUME COMO SU RESPONSABILIDAD.
En el caso en que hubiere más de un Contratista Principal, la Confección del Programa de Seguridad Unico, deberá ser acordada por dichos Contratistas. Es decir el control de la Higiene y Seguridad en la Obra estará a cargo de los Contratistas Principales, por lo tanto la responsabilidad de la confección, coordinación y ejecución, del programa de seguridad único, recaerá en los Contratistas principales y los Contratistas principales lo asumen como su responsabilidad.
Lo expuesto en el párrafo anterior, no exime a los empleadores que actúen como Subcontratistas, de la notificación del Aviso de inicio de Obra dispuesta por el artículo 1° de la Resolución N° 51/97, ni de la confección y presentación ante su Aseguradora, del Programa de Seguridad establecido en el artículo 2° de la norma citada precedentemente, debiendo adaptarse dicho programa al Programa de Seguridad Unico que elabore el Contratista Principal.
Obras repetitivas de corta duración: Son las que realiza un Empleador siguiendo siempre el mismo procedimiento de trabajo y cuyo tiempo de ejecución NO EXCEDE los
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siete (7) días corridos y cuyos trabajos se encuentren comprendidos en el Artículo 2° de la Resolución SRT 051/97.
Para estos casos el Contratista deberá presentar un Programa de Seguridad para “Obras Repetitivas de Corta Duración” de acuerdo a Resol 319 / 99 S.R.T. El mismo tendrá una vigencia de seis meses, pudiendo ser renovado.
Para el caso de Contratistas AUTÓNOMOS, deberán presentar lo siguiente:
✓ Constancia de N° de CUIT.
✓ Fotocopia del pago como Autónomo de Jubilación/Monotributo. (Presentación mensual).
✓ En caso de poseer personal en relación de dependencia presentar el punto a)
✓ Pólizas de seguros que correspondan, mencionados en el Anexo RRM02 - ANEXO Contratistas.
✓ Lugar de derivación en caso de Accidentes. Informar prestadores que correspondan a la póliza.
2. Inducción
Para el personal que quiera ingresar a la Terminal es obligatorio realizar la inducción que brinda el sector de Seguridad y Medio Ambiente de TRP.
Recibida la inducción se le entregará al personal la Política de TRP SA, la de Alcohol y Drogas y el Manual de seguridad.
La inducción será documentada a través de los registros de asistencia del personal. Una vez completada, se dará aviso al Departamento de Control de Contratistas de manera de habilitar la entrada del personal del proveedor.
3. Seguros y Responsabilidades para Contratistas y Subcontratistas
3.1. Seguros y Responsabilidades para Contratistas en General
El prestador/contratista asegura conocer y aceptar las cargas y obligaciones especificadas en el presente contrato por sí mismo y por todos y cada uno de sus sub- contratistas sobre los cuales la firma <El Prestador> asume responsabilidad solidariamente conforme a la legislación vigente.
1) Plazos
Es obligación de <El Prestador> poseer los contratos de seguros requeridos vigentes a la fecha de inicio de la prestación del / de los servicio/s descriptos en el cuerpo principal del contrato. Indistintamente de lo previsto en el punto 5) b), la falta de cumplimiento podrá ser causal de suspensión de actividades y/o restricción de ingreso a la terminal para personas y/o vehículos y/o maquinarias.
2) Aprobación de coberturas
Todo asegurador propuesto por <El Prestador>, a través de los contratos de seguros presentados a la Terminal, debe estar aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
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Asímismo los aseguradores y las coberturas de seguros mencionados estarán, durante toda la vigencia del contrato, sujetos a la aceptación de La Terminal de acuerdo a su Política de Riesgos (ver listado de aseguradores de aceptación automática en su versión actualizada adjunta). La falta de comunicación respecto de la no-aceptación de todos o alguno de los aseguradores implicará la aceptación de La Terminal, hasta tanto dicha comunicación sea realizada.
3) Coberturas obligatorias
Los contratos de seguros, sus correspondientes límites de indemnización, como así también sus Condiciones Particulares requeridos para cada caso, serán especificados en función del riesgo emergente de la actividad a desarrollar por cada prestador. No obstante ello, las coberturas exigidas para todos los casos (dependiendo de su posición arancelaria) son:
a) Mínimas de cumplimiento irrestricto para sociedades:
✓ Riesgos del Trabajo
✓ Responsabilidad Civil comprensiva
✓ Automotores
✓ Vida Obligatorio (Decreto 1567/74 – Res. 30.729)
b) Mínimas de cumplimiento irrestricto para autónomos/monotributistas:
✓ Accidentes Personales
✓ Responsabilidad Civil comprensiva
✓ Automotores
Será condición determinante que la documentación emitida por la Aseguradora de Responsabilidad Civil evidencie las actividades que motivan el presente contrato y se especifiquen en su cuerpo principal y/o el Anexo correspondiente.
Indistintamente de ello, el alcance de las coberturas solicitadas como condición previa a la autorización de inicio de tareas puede extenderse a las descriptas:
✓ Automotores – para vehículos de carga y pasajeros
✓ Automotores – para vehículos de uso comercial
✓ Automotores – para vehículos de uso privado
✓ Garantías – según especificación particular
✓ Seguro Técnico – para Equipos de Contratista y/o maquinarias
✓ Responsabilidad Civil – especificaciones particulares
4) Generalidades en lo concerniente a las coberturas de seguros:
a) Las pólizas de seguro que sean establecidas como obligatorias para el <El Prestador> (ver cuadro Cláusula 12) deberán ser presentadas en copia original, emitida por la aseguradora ( o fotocopia autenticada).
b) Todas las pólizas de seguros, deberán adjuntar:
• Comprobante de pago emtido por la aseguradora – Recibos y/o evidencia de depósito con la regularidad pactada en cada contrato de seguros (p.e.: Carta de libre deuda)
• Certificado de Cobertura Original
c) Para los seguros de Riesgos del Trabajo, se deberá adjuntar:
• Copia de contrato original vigente
• Carta original con la nómina del personal cubierto (Nombre y apellido, XXXX y vigencia).
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• Copia del comprobante de pago (Form 931 AFIP y ticket o detalle para el caso de transferencias electrónicas)
5) Incumplimientos – Cargas para el contratista
a) Cualquier falta o incumplimiento por parte de <El Prestador> para con sus aseguradores que implique o pudiera implicar la pérdida de derechos, rescición y/o en modo genérico toda negación, limitación o restricción de cualquier cobertura de seguros será exclusiva responsabilidad de <El Prestador> quien asume todas y cada una de las consecuencias que dicha falta pudiera ocasionar.
b) Toda modificación requerida por La Terminal deberá ser realizada dentro de los 15 días hábiles de recibida la primer comunicación escrita. La falta de cumplimiento de lo mencionado, ya sea producida por <El Prestador> o por sus aseguradores, automáticamente dará derecho a La Terminal a atender el requerimiento con la prestación y/o cobertura/s substituta/s. En tal caso, todas las primas, costos, y/o gastos ya sean directos o indirectos debidamente probados que surjan de tal falta de cumplimiento, correrán por exclusiva cuenta y cargo de <El Prestador> y serán consecuentemente reembolsados a la Terminal a su solo requerimiento.
c) En el supuesto de un incumplimiento previsto en el punto anterior (5. b) la terminal podrá incluir en los costos a reembolsar, el importe que razonablemente sea justificado y equivalente a los costos administrativos emergentes de la gestión.
6) Cláusulas de aplicación para los seguros
Para los períodos especificados en el contrato respectivo o bien mientras se desarrollen las tareas, trabajos o servicios que motivan la prestación (el período que fuese mayor), las cláusulas siguientes deberán ser incluidas en las pólizas de seguro tal como se especifican en el cuadro respectivo Cl 12:
a) Cláusula de restricción a modificaciones a las coberturas - “Se deja expresa constancia que la presente póliza no podrá ser modificada sin la aprobación escrita de Terminales Río de la Plata S.A.”
b) Cláusula de notificación - “El asegurador se compromete a notificar en forma fehaciente a Terminales Río de la Plata S.A. toda y cualquier omisión de pago u otra circunstancia que se traduzca en suspensión de cobertura, caducidad o rescisión del contrato o pérdida de vigencia del mismo, con una antelación mínima de 15 días respecto de la fecha en que dicha circunstancia pudiere determinar las consecuencias señaladas. Su incumplimiento implicará la inoponibilidad frente a Terminales Río de la Plata S.A. hasta tanto transcurra el lapso mencionado precedentemente desde que esa notificación es practicada”.
c) Cláusula de Responsabilidad Civil “Cruzada” - En razón de los trabajos realizados por la firma <El Prestador>, Terminales Río de la Plata S.A. será considerado como asegurado adicional (o co-asegurado) y por ende se lo mantendrá indemne ante y/o por cualquier reclamo en que se vea involucrado y que sea objeto de cobertura por este contrato. Asímismo y a los efectos de la/s cobertura/s de Responsabilidad Civil, Terminales Río de la Plata S.A. será considerado tercero”.
d) Renuncia de la acción de repetición para la ART - “........................ (Nombre de la ART que corresponda) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de
repetición o de recupero contra Terminales Río de la Plata S.A., sus directores o
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dependientes bajo cualquier norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias a las que se vea obligada a entregar o abonar al personal dependiente o ex– dependiente de <El Prestador>, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales sufridas o contraídas por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo”.
e) Accidentes personales – Los pagos perfeccionados por la aseguradora como contraprestación serán realizados por cuenta y órden de TRPSA a cuenta de futuros reclamos que el reclamante pudiere efectuar como consecuencia del evento cubierto.
f) Responsabilidad Civil Profesional - EL oferente deberá presentar y mantener a su propio costo una cobertura de Responsabildiad Civil Profesional con una suma asegurada no menor a USD 1,000,000.- por evento y agregado por el período a consecuencia de cualquier error, omisión o acto negligente cometidos en el desempeño de sus servicios profesionales y que ocasionaren una pérdida, perjuicio o daño. La presente cobertura de seguro deberá ser mantenida al menos durante 3 años luego de finalizado el proyecto.
7) Extensión de servicios - Ampliación de coberturas
Para el supuesto de que se produjese – en forma acordada – una extensión de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, la Terminal tendrá el derecho de solicitar a <El Prestador> la consecuente ampliación de sus coberturas de seguros a otros riesgos emergentes que pudieran estar bajo el ámbito de responsabilidad de <El Prestador>. En tal caso dichas modificaciones o coberturas adicionales deberán encontrarse vigentes al momento de inicio de los servicios que la motivaron ya que su incumplimiento dará lugar a la aplicación de lo previsto en el cláusula 4) sub-puntos c) y d) del presente documento.
8) Xxxxxx para el contratista
a) <El Prestador> reembolsará a primer requerimiento de la Terminal todo deducible, franquicia, “descubierto” o cualquier costo directo o indirecto que como consecuencia de un daño o pérdida ocasionado por el primero, ya sea por la pérdida de bienes y/o activos de la terminal ó por que diera lugar a un reclamo de un tercero sobre el que la Terminal resultase responsable y sobre el cual se viera obligada a realizar un reconocimiento ya sea económico o en especies.
b) Indistintamente de la presentación inicial de la documentación, es obligación de <El Prestador> suministrar a la Terminal copias originales de todas las pólizas de seguros, listados de personal, etc. (s/puntos 4 y 6 precedentes) y los respectivos Certificados de Cobertura al menos una vez por año.
c) No ostante lo expresado en el punto anterior, <El Prestador> se compromete a mantener vigentes dichas pólizas de seguros durante toda la vigencia de este contrato y a acreditar su existencia en las oportunidades que Terminal así se lo requiera.
9) Reportación de siniestros
Indistintamente de las obligaciones contractuales propias de las contratos de seguros, <El Prestador> se obliga a reportar a la Terminal todo incidente o accidente o cualquier evento dañoso conocido sobre el cual tuviera o pudiera tener participación directa o indirecta, o que pudiera asímismo involucrar su responsabilidad hacia terceros o hacia la Terminal. Toda
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omisión, falsedad u ocultamiento y/o la falta de notificación en este sentido implicará, sin necesidad de interpelación alguna, la aceptación automática de tal responsabilidad y sus respectivos costos.
10) Investigación de Accidentes
<El Prestador> acuerda que el desarrollo de sus actividades estarán supeditadas al marco establecido por las normas emergentes de los distintos sistemas de gestión vigentes en la terminal por lo que, en conocimiento de ello, se obliga a colaborar en toda gestión que fuere necesaria como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro.
11) Cumplimiento de xxxxx legal y disposiciones generales
Indistintamente de lo establecido en los puntos anteriores ......<El Prestador> reconocerá la
obligatoriedad de respetar y dar cumplimiento a las leyes de aplicación vigentes y toda disposición que fuere de aplicación en sus tareas específicas, como así también la presentación de documentación requerida relativa a la administración de las coberturas de seguros y/o la seguridad (como por ejemplo: Superintendencia de Seguros de la Nación, constancias de inspección de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Superintendencia de Riesgos del Trabajo, etc.)
12) Cuadro detallado con cláusulas de aplicación
Tipo de cobertura obligatoria | Sumas aseguradas y/o límites mínimos (000’ Ar $) | Cláusulas adicionales | Franquicias y/o deducibles máximos admitidos |
De aplicación sobre la empresa | |||
Responsabilidad Civil Coprensiva (Actividad especificada) | 3.000 por evento | Cláusula 6), sub-puntos a), b) y c) | 10% del siniestro (Máx. Ar $ 15) |
Equipos de contratista | RC adicional x el valor del equipo (Condición para SA: valor a nuevo) | Cláusula 6), sub-puntos a), b) y c) | 10% del siniestro |
Automotores particulares (RC) | 3.000 | Ninguna | N/A |
Automotores (RC – Transporte público o Carga) | 10.000 | Ninguna | N/A |
Garantías contractuales (Mantenimiento / Fondo de reparo / Ejecución / Anticipo / Tenencia | A determinar | A determinar | A determinar |
Otras Garantías | A determinar | A determinar | A determinar |
De aplicación sobre personal propio bajo relación de dependencia | |||
Riesgos del Trabajo | Conforme a legislación | Cláusula 6), sub-punto d) Renuncia a la acción de recupero | 10 días máximo |
Vida Obligatorio | Conforme a legislación (Ar $ 6,75) | Ninguna | N/A |
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PG-SI-08 | Procedimiento General Anexo I - Gestión de Control de Contratistas | Vigencia: Octubre 2010 |
Tipo de cobertura obligatoria | Sumas aseguradas y/o límites mínimos (000’ Ar $) | Cláusulas adicionales | Franquicias y/o deducibles máximos admitidos |
De aplicación sobre personal contratado y/o monotributistas | |||
Accidentes personales | 250 (+ gastos farmacia limitados) | Cláusula 6), sub-punto e) | N/A |
Todos los valores expresados en miles de pesos |
3.2. Seguros y Responsabilidades específicos para Contratistas que participan en un Plan de Inversión.
El Contratista asegura conocer y aceptar las cargas y obligaciones especificadas en el presente contrato por sí y por todos y cada uno de sus sub-contratistas sobre los cuales la firma <El Contratista> asume responsabilidad solidariamente conforme a la legislación vigente.
A los efectos de los trabajos especificados en el pliego de licitación y ante la
sola designación formal de ganador de la oferta, contratistas y sub-contratistas se encontrarán cubiertos contra el riesgo de Responsabilidad Civil hacia terceros de acuerdo a lo especificado en la Parte II “punto 2” del presente Anexo.
1) Plazos
Es obligación de <El Contratista> poseer los contratos de seguros requeridos vigentes a la fecha de inicio de la prestación del / de los servicio/s descriptos en el cuerpo principal del contrato. Indistintamente de lo previsto en el punto 5) b), la falta de cumplimiento podrá ser causal de suspensión de actividades y/o restricción de ingreso a la terminal para personas y/o vehículos y/o maquinarias.
2) Aprobación de coberturas
Todo asegurador propuesto por <El Contratista>, a través de los contratos de seguros presentados a la Terminal, debe estar aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Asímismo los aseguradores y las coberturas de seguros mencionados estarán, durante toda la vigencia del contrato, sujetos a la aceptación de La Terminal de acuerdo a su Política de Riesgos (ver listado de aseguradores de aceptación automática en su versión actualizada adjunta). La falta de comunicación respecto de la no-aceptación de todos o alguno de los aseguradores implicará la aceptación de La Terminal, hasta tanto dicha comunicación sea realizada.
3) Coberturas obligatorias
Los contratos de seguros, sus correspondientes límites de indemnización, como así también sus Condiciones Particulares requeridos para cada caso, serán especificados en función del riesgo emergente de la actividad a desarrollar por cada prestador. No obstante ello, las coberturas exigidas para todos los casos (dependiendo de su posición arancelaria) son:
a) Mínimas de cumplimiento irrestricto:
✓ Riesgos del Trabajo
✓ Responsabilidad Civil
✓ Automotores
✓ Vida Obligatorio (Decreto 1567/74 – Res. 30.729)
b) Mínimas de cumplimiento irrestricto para autónomos/monotributistas:
✓ Accidentes Personales
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✓ Automotores
Será condición determinante que la documentación emitida por la Aseguradora de Responsabilidad Civil evidencie las actividades que motivan el presente contrato y se especifiquen en su cuerpo principal y/o el Anexo correspondiente.
Indistintamente de ello, el alcance de las coberturas solicitadas como condición previa a la autorización de inicio de tareas puede extenderse a las descriptas:
✓ Automotores - Vehículos de carga y pasajeros
✓ Automotores - Vehículos de uso comercial
✓ Automotores - Vehículos de uso privado
✓ Garantías
✓ Seguro Técnico - Equipos de Contratista
4) Generalidades en lo concerniente a las coberturas de seguros:
a) Las pólizas de seguro que sean establecidas como obligatorias para el <El Contratista> (ver cuadro Parte II) deberán ser presentadas en copia original, emitida por la aseguradora ( o fotocopia autenticada).
b) Todas las pólizas de seguros, deberán adjuntar:
• Comprobante de pago emtido por la aseguradora – Recibos y/o evidencia de depósito con la regularidad pactada en cada contrato de seguros (p.e.: Carta de libre deuda)
• Certificado de Cobertura Original
c) En conjunto con los seguros de Riesgos del Trabajo, se deberá adjuntar:
• Copia de contrato original vigente
• Carta original con la nómina del personal cubierto (Nombre y apellido, XXXX y vigencia).
• Copia del comprobante de pago (Form 931 AFIP y ticket o detalle para el caso de transferencias electrónicas)
5) Incumplimientos – Cargas para el contratista
a) Cualquier falta o incumplimiento por parte de <El Contratista> para con sus aseguradores que implique o pudiera implicar la pérdida de derechos, rescición y/o en modo genérico toda negación, limitación o restricción de cualquier cobertura de seguros será exclusiva responsabilidad de <El Contratista> quien asume todas y cada una de las consecuencias que dicha falta pudiera ocasionar.
b) Toda modificación requerida por La Terminal deberá ser realizada dentro de los 15 días hábiles de recibida la primer comunicación escrita. La falta de cumplimiento de lo mencionado, ya sea producida por <El Contratista> o por sus aseguradores, automáticamente dará derecho a La Terminal a atender el requerimiento con la prestación y/o cobertura/s substituta/s. En tal caso, todas las primas, costos, y/o gastos ya sean directos o indirectos debidamente probados que surjan de tal falta de cumplimiento, correrán por exclusiva cuenta y cargo de <El Contratista> y serán consecuentemente reembolsados a la Terminal a su solo requerimiento.
c) En el supuesto de un incumplimiento previsto en el punto anterior (5. b) la terminal podrá incluir en los costos a reembolsar, en importe que razonablemente sea justificado y equivalente a los costos administrativos emergentes de la gestión.
6) Cláusulas de aplicación para los seguros
Para los períodos especificados en el contrato respectivo o bien mientras se desarrollen las tareas, trabajos o servicios que motivan la prestación (el período que fuese mayor), las cláusulas
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siguientes deberán ser incluidas en las pólizas de seguro tal como se especifica en el cuadro de la Parte II.
a) Cláusula de restricción a modificaciones a las coberturas - “Se deja expresa constancia que la presente póliza no podrá ser modificada sin la aprobación escrita de Terminales Río de la Plata S.A.”
b) Cláusula de notificación - “El asegurador se compromete a notificar en forma fehaciente a Terminales Río de la Plata S.A. toda y cualquier omisión de pago u otra circunstancia que se traduzca en suspensión de cobertura, caducidad o rescisión del contrato o pérdida de vigencia del mismo, con una antelación mínima de 15 días respecto de la fecha en que dicha circunstancia pudiere determinar las consecuencias señaladas. Su incumplimiento implicará la inoponibilidad frente a Terminales Río de la Plata S.A. hasta tanto transcurra el lapso mencionado precedentemente desde que esa notificación es practicada”.
c) Cláusula de Responsabilidad Civil “Cruzada” - En razón de los trabajos realizados para la firma Terminales Río de la Plata S.A., <El Contratista y sub-contratista> serán considerados como asegurados adicionales (o co-asegurados) y por ende se los mantendrá indemne ante y/o por cualquier reclamo en que se vea involucrado y que sea objeto de cobertura por este contrato, siempre que se cumpla con los requisitos del presente. Asímismo y a los efectos de la/s cobertura/s de Responsabilidad Civil, Terminales Río de la Plata S.A. será considerado tercero”.
d) Renuncia de la acción de repetición para la ART - “........................ (Nombre de la ART que corresponda) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de
repetición o de recupero contra Terminales Río de la Plata S.A., sus directores o dependientes bajo cualquier norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias a las que se vea obligada a entregar o abonar al personal dependiente o ex– dependiente de <El Contratista>, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales sufridas o contraídas por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo”.
e) Accidentes personales – Los pagos perfeccionados por la aseguradora como contraprestación serán realizados por cuenta y órden de TRPSA a cuenta de futuros reclamos que el reclamante pudiere efectuar como consecuencia del evento cubierto.
7) Extensión de servicios - Ampliación de coberturas
Para el supuesto de que se produjese – en forma acordada – una extensión de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, la Terminal tendrá el derecho de solicitar a <El Contratista> la consecuente ampliación de sus coberturas de seguros a otros riesgos emergentes que pudieran estar bajo el ámbito de responsabilidad de <El Contratista>. En tal caso dichas modificaciones o coberturas adicionales deberán encontrarse vigentes al momento de inicio de los servicios que la motivaron ya que su incumplimiento dará lugar a la aplicación de lo previsto en el cláusula 4) sub-puntos c) y d) del presente documento.
8) Xxxxxx para el contratista
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a) <El Prestador> reembolsará a primer requerimiento de la Terminal todo deducible, franquicia, “descubierto” o cualquier costo directo o indirecto que como consecuencia de un daño o pérdida ocasionado por el primero, ya sea por la pérdida de bienes y/o activos de la terminal ó por que diera lugar a un reclamo de un tercero sobre el que la Terminal resultase responsable y sobre el cual se viera obligada a realizar un reconocimiento ya sea económico o en especies.
b) Indistintamente de la presentación inicial de la documentación, es obligación de <El Contratista> suministrar a la Terminal copias originales de todas las pólizas de seguros, listados de personal, etc. (s/puntos 4 y 6 precedentes) y los respectivos Certificados de Cobertura al menos una vez por año.
c) No ostante lo expresado en el punto anterior, <El Contratista> se compromete a mantener vigentes dichas pólizas de seguros durante toda la vigencia de este contrato y a acreditar su existencia en las oportunidades que Terminal así se lo requiera (en oportunidad de cada cambio y/o ajuste y/o extensión de vigencia y/o toda vez que por tales motivos le sea requerido).
9) Reportación de siniestros
Indistintamente de las obligaciones contractuales propias de las contratos de seguros, <El Contratista> se obliga a reportar a la Terminal todo incidente o accidente o cualquier evento dañoso conocido sobre el cual tuviera o pudiera tener participación directa o indirecta, o que pudiera asímismo involucrar su responsabilidad hacia terceros o hacia la Terminal. Toda omisión, falsedad u ocultamiento y/o la falta de notificación en este sentido implicará, sin necesidad de interpelación alguna, la aceptación automática de tal responsabilidad y sus respectivos costos.
10) Investigación de Accidentes
<El Contratista> acuerda que el desarrollo de sus actividades estarán supeditadas al marco establecido por las normas emergentes de los distintos sistemas de gestión vigentes en la terminal por lo que, en conocimiento de ello, se obliga a colaborar en toda gestión que fuere necesaria como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro.
11) De los bienes propios de los contratistas y/o sub-contratistas
a. Juntamente con el listado de personal que se provea como se especifica en la cláusula
4) punto “c”, <El Contratista> se obliga a entregar un listado de sus maquinarias, equipos autopropulsados, automotores, herramental, equipos y – en general – propiedades cuyo valor de reposición a nuevo sea superior a los USD 1,000.- o su equivalente en otra moneda. Dicho listado deberá encontrarse firmado por personal apoderado de la empresa proveedora del servicio y se constituirá a modo de Declaración Jurada.
b. El estado, integridad y daños de y/o por los activos propios de contratistas y sub- contratistas (como descriptos en el punto anterior) que deban ser ingresados dentro de los límites de la terminal y tal como se refieren en el punto anterior, serán responsabilidad exclusiva de la empresa propietaria y/o tenedora que efectúe la tramitación de ingreso ante las autoridades de la Administración Nacional de Aduanas y la terminal.
c. Queda entendido y convenido que toda eventual exhoneración de responsabilidad en un siniestro podrá considerarse solo y exclusivamente ante el cumplimiento de las
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condiciones del presente contrato y la existencia de evidencia razonable a favor del contratista o sub-contratista.
12) Cumplimiento de xxxxx legal y disposiciones generales
a. Indistintamente de lo establecido en los puntos anteriores ......<El Contratista>.....
reconocerá la obligatoriedad de respetar y dar cumplimiento a las leyes de aplicación vigentes y toda disposición que fuere de aplicación en sus tareas específicas, como así también la presentación de documentación requerida relativa a la administración de las coberturas de seguros y/o la seguridad (como por ejemplo: Superintendencia de Seguros de la Nación, constancias de inspección de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Superintendencia de Riesgos del Trabajo, etc.).
Parte II) Seguros y Responsabilidades
1) Cuadro detallado con cláusulas de aplicación – Seguros adicionales requeridos
Tipo de cobertura obligatoria | Sumas aseguradas y/o límites mínimos (000’ Ar $) | Cláusulas adicionales | Franquicias y/o deducibles máximos admitidos (000’ Ar $) |
De aplicación sobre la empresa | |||
Responsabilidad Civil | 300 | Cruzada con TRPSA y AGPSE | 30 |
Equipos de contratista | RC adicional x el valor del equipo | Cláusula 6), sub-puntos a), b) y c) | 10% del siniestro (Máx. Ar $ 5.-) |
Automotores particulares (RC) | 3.000 | Ninguna | N/A |
Automotores (RC – Transporte público o Carga) | 10.000 | Ninguna | N/A |
De aplicación sobre personal propio bajo relación de dependencia | |||
Riesgos del Trabajo | Conforme a legislación | Cláusula 6), sub-punto d) Renuncia a la acción de recupero | 10 días máximo |
Vida Obligatorio | Conforme a legislación (Ar $ 12) | Ninguna | N/A |
De aplicación sobre personal contratado, sub-contratado y/o monotributistas | |||
Accidentes personales | 450 | Cláusula 6), sub-punto e) | N/A |
Todos los valores expresados en miles de pesos |
2) Seguros tomados por el Comitente Responsabilidad Civil hacia terceros –
El contratista y/o sub-contratista se encontrará automaticamente asegurado por el riesgo de Responsabilidad Civil por daño, lesiones y/o muerte a terceras personas, hasta un límite máximo de USD 3,000,000.- y con un deducible a cargo del Contratista, sub-contratista de hasta USD 50,000.- por evento o su equivalente en otra moneda. La vigencia de la cobertura
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operará desde: el día siguiente de la fecha en que fuere declarado como ganador de la licitación y hasta el día: NN de NNNNNNNN de NNNN.-
Valor de la obra y propiedades adyacentes
El riesgo de daños directos como consecuencia de accidente sobre las propiedades de la obra como aquellas propiedades adyacentes se encuentra cubiero por contratos de seguro de la terminal, hasta el valor total de reposición a nuevo de cada uno de ellos.
3.3. Listado de Aseguradores de aceptación automática.
La nómina de aseguradores que se especifica más abajo es considerada “de aceptación automática para Terminales Río de la Plata S.A.” y comprendida dentro de los niveles de “security” esperados para el desarrollo de las actividades de los contratistas.
La nómina expuesta podrá ser modificada de acuerdo a la evolución de cada asegurador, por lo que la terminal se reserva el derecho a confirmar o no la aceptación de los contratos propuestos en cada caso.
Cualquier contrato de seguros emitido por aseguradores no incluídos en el presente listado o bien, que aún estando incluídos, no resultasen de aceptación por TRPSA dentro de los quince días de recibidos deberán ser considerados como rechazados por lo que deberán ser reemplazados dentro de los plazos estipulados por las partes.
Aseguradores
1) Seguros generales
✓ HSBC La Buenos Aires
✓ AIG - La Meridional
✓ Chubb
✓ Mapfre Aconcagua
✓ Royal & Sunalliance
✓ L’Union de Paris
✓ SMG
✓ Boston
✓ AGF Allianz
✓ Berkeley Internacional
✓ Zurich
✓ ACE
✓ Caja de Seguros
✓ Generali
✓ Liberty
✓ La Mercantil Andina Cia de Seguros
✓ Federación Patronal
✓ La Segunda (cooperativa de seguros)
✓ Sancor (cooperativa de seguros)
2) Cauciones
✓ Aseguradora de Créditos y Garantías
✓ Aseguradores de Cauciones
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✓ Chubb de Fianzas y garantías
✓ Fianzas y Créditos
✓ Afianzadora Latinoamericana
✓ AGF Allianz
4. Requisitos de la Carpeta Ley 25.013 art. 17
El contratista y sus subcontratados deberán presentar mensualmente al departamento de Control de Personal Contratado del comitente fotocopia de la documentación establecida en el artículo 17 de la ley 25.013 correspondiente al personal afectado al presente contrato más constancias de vigencia de los seguros exigidos por el presente contrato.
El contratista deberá efectuar esta presentación mensual con carácter de declaración jurada a mes vencido. Para el supuesto de que el contratista incumpla lo establecido en la presente cláusula, el Comitente se encuentra facultado a su sola opción a suspender los pagos por los servicios objeto de este contrato hasta su efectivo cumplimiento, o declararlo resuelto por esta causa sin necesidad de intimación previa al contratista en forma judicial o extrajudicial.
Cada informe deberá ser presentado en forma anillada o carpeta y con una carátula donde se especifique la documentación enviada y aclarando a que mes y año corresponda.
La presentación deberá ser firmada por apoderado o representante legal del contratista, quien declarará en cada una de sus hojas que la documentación presentada es copia fiel de la original.
El informe a ser presentado deberá contener:
a. Listado de personal que preste servicios dentro de la Terminal durante el mes que se declara incluyendo su número de CUIL, además de informar particularmente las bajas o altas del personal afectado a la prestación del servicio en la Terminal con la constancia del alta temprana emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
b. Fotocopia de los recibos de sueldos de cada uno de los trabajadores que presten servicios en la Terminal durante el mes que se declara
c. Fotocopias firmadas de los comprobantes de pagos mensuales al sistema único de Seguridad Social (formulario 931, constancia de presentación, comprobantes de pago o constancia de presentación de planes de facilidades de pago y sus correspondientes comprobantes de pago)
d. Detalle de la/s cuentas corrientes que posee la empresa a la fecha de la declaración incluyendo nombre del banco, sucursal y número de cuenta
e. Declaración jurada de que los seguros exigidos por el presente contrato y la cobertura de la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART) se encuentran vigentes.
f. Copia de los comprobantes de pago de los seguros exigidos por el presente contrato y cobertura de la ART con nómina de personal actualizada y cláusula de no repetición a favor del comitente.
El plazo para la presentación de la documentación precedentemente detallada será hasta el día 30 de cada mes.
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REQUISITOS DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS
Las Normas y procedimientos de seguridad de estricto cumplimiento para Contratistas y Subcontratistas, comprende:
1. Obligaciones del Contratista
El Contratista estará obligado a:
✓ Control y auditoria de las empresas subcontratistas, como de las obligaciones legales de las mismas.
✓ Cumplir y hacer cumplir a todo su personal y sus Subcontratistas las presentes condiciones y las exigencias legales de seguridad en el trabajo de exigencia nacional, provincial y municipal
✓ Responsabilidad de la confección, coordinación y ejecución del Programa de Seguridad Único que incluirá a todos los Subcontratistas de la Obra y abarcará todos los trabajos que fueren a realizarse, tanto por parte del personal de la/s Contratista/s Principal/es como de todas los Subcontratistas. Asumiendo toda responsabilidad el/los Contratista/s principal/es.
✓ El Contratista y los Subcontratistas deben conocer los riesgos que implican las tareas a realizar. En los casos en que TRP SA lo estableciera, independientemente del Programa de Seguridad Único que legalmente le corresponda, el Contratista deberá completar un formulario de evaluación de los riesgos principales, que incluya las medidas a tomar para evitarlos o disminuirlos. Dichos riesgos incluirán los específicos de la tarea a realizar y aquellos que resultaran del ambiente que circunscribe el área de trabajo (ej. zona operativa portuaria).
✓ TRP SA, por su parte, dará oportunidad a los oferentes y Contratistas para que identifiquen los riesgos mencionados en el párrafo anterior, y proveerá la información de que disponga sobre los mismos riesgos y sobre las medidas de control que sean aceptables para TRP. En particular, los riesgos propios del trabajo en zona operativa estarán incluidos en una charla (“inducción”) que la TRP SA brindará al personal de Contratistas y Subcontratistas que deban trabajar en la Terminal.
✓ Ingresar a zona operativa a trabajar únicamente después de haber presentado todos los requisitos, hayan sido aprobados y se encuentre habilitado.
✓ Instalar, mantener y operar con sistemas y métodos de trabajo aprobados por TRP SA.
✓ Para poder cumplir estas obligaciones, TRP SA y el Contratista definirán e implementarán mecanismos de comunicación, que deberán funcionar regularmente y en particular en los casos de emergencia.
✓ El primer paso para facilitar la comunicación mencionada en el punto anterior será la designación de interlocutores/responsables por ambas partes: TRP SA designará un interlocutor para con el Contratista en todo lo referente a seguridad (“Representante de TRP”, podrá ser el mismo representante para temas técnicos y otros), y el Contratista hará lo propio nominando a su interlocutor para seguridad. En el caso de que el responsable de seguridad e higiene oficial del Contratista no tenga presencia habitual en el lugar de trabajo deberá además nominarse a otra persona como interlocutor “inmediato”.
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✓ La existencia en TRP SA de un sector “Control de Contratistas” es otro elemento para asegurar la comunicación entre TPR y sus Contratistas. El Contratista será informado de como comunicarse con este sector, y deberá entregar al mismo la documentación requerida en este documento y en sus anexos.
✓ Aplicar las recomendaciones surgidas de las inspecciones realizadas por el Representante de TRP SA y solucionar dentro de los plazos estipulados las irregularidades apuntadas, bajo pena de suspensión del trabajo por parte de TRP SA, quedando expresamente establecido que dicha suspensión no exime al Contratista de las penalidades contractuales referentes a plazos y multas.
✓ Comunicar inmediatamente todo tipo de accidente/incidente ocurrido durante la realización de sus trabajos a Seguridad y Medio Ambiente de TRP, y participar de la investigación del mismo.
✓ Proveer a sus empleados de elementos de protección personal conforme a las disposiciones legales vigentes y a las normas internas de TRP SA.
2. Obligaciones del Personal
✓ Es obligatorio el uso permanente, durante las horas de labor, de los elementos de protección personal designados para cada tarea según especificación en la Ley Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo Nº19587 y su Decreto Reglamentario Nº351/79
✓ Es de su obligación respetar los avisos y carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad, y observar sus prescripciones.
✓ Es obligatorio respetar las Normas Generales de Seguridad y Preservación del Medio Ambiente indicadas por TRP SA.
✓ Es obligatorio haber realizado la inducción de SMA antes de ingresar por primera vez a la Terminal, antes de iniciar las tareas. Para asistir a los cursos de inducción, se puede optar por los días lunes, miércoles o viernes, en el horario de las 9:00 horas o las 16:00 horas.
3. Prohibiciones al Personal
✓ Fumar, hacer fuego o emplear elementos que produzcan fuentes de ignición en lugares donde se almacenen, manipulen, carguen, descarguen, transporten, elaboren o traten productos inflamables y/o explosivos; como así también donde exista o pueda existir presencia de gases inflamables en el ambiente o cualquier otro lugar considerado riesgoso.
✓ Introducir y/o consumir bebidas alcohólicas y/o estimulantes de cualquier tipo dentro de la Terminal. No se permitirá desarrollar sus tareas a una persona bajos efectos de drogas peligrosas y/o alcohol, la que deberá abandonar el lugar de trabajo inmediatamente, prohibiéndose su ingreso en el futuro.
✓ Preparar comidas utilizando fuego, salvo que se efectúe en lugares supervisados por el sector de Seguridad y Medio Ambiente.
✓ La portación xx xxxxx blancas o de fuego.
✓ Emplear vehículos para transporte de personal que no estén destinados exclusivamente a ese fin. Tales como autoelevadores, camiones de carga, maquinaria vial, etc.
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4. Disposiciones generales de seguridad para el personal
✓ Protegerá a su personal y al personal subcontratista conforme lo dispuesto en la Ley 19587.
✓ Cuando se utilicen sustancias de carácter peligroso, irritantes o tóxicas se tomarán todas las precauciones del caso; además se protegerá al personal con elementos adecuados.
✓ Deberá tener el equipo de protección adecuado cuando se realicen trabajos en altura o en superficies anormales, además de lugares en donde haya gases o vapores tóxicos. La entrada del personal a estos sitios, debe estar permanentemente vigilada por otra persona desde afuera.
✓ Recibirá credenciales magnéticas de seguridad para su personal para el ingreso diario a la Terminal. En caso de pérdida de dichas credenciales sea por la causa que fuere, su reemplazo o la falta de restitución pre-mencionada, da derecho a TRP a descontar de la facturación del Contratista el costo de las credenciales.
5. Disposiciones para el tránsito de vehículos de carga y pasajeros
✓ Los vehículos que operen expresamente dentro de las instalaciones de la empresa con motivo directo de la ejecución de las obras o prestación del servicio, deberán estar provistos de todos los elementos de seguridad tales como cinturones de seguridad, luces de retroceso y de giro, paragolpes, extinguidor y freno de mano.
✓ No podrán estacionarse vehículos en forma indebida que interrumpan el tránsito en caminos interiores, en las cercanías de equipos de carga (RTG´s o Containeras) y alejados de movimiento de cargas suspendidas. Cuando se deba estacionar un vehículo en las cercanías del perímetro xxx xxxxxx se hará en forma paralela al mismo con el freno de mano accionado.
✓ La velocidad máxima de los vehículos en las instalaciones de la Terminal es de 30 Km/h, y de 20 Km/h dentro de los predios de estacionamiento, salvo que se indique expresamente otra velocidad. Deberá respetarse la cartelería vial existente. El personal que conduce deberá estar habilitado al efecto, con su correspondiente licencia de conductor.
✓ En la Terminal no podrá cortarse el tránsito y/o acceso en ninguna calle, camino o lugar sin contar con el respectivo Permiso de Trabajo de la supervisión del sector de Ingeniería y Seguridad y Medio Ambiente. Una vez autorizada la operación citada, deberán señalizar y balizar convenientemente, a fin de evitar posibles accidentes.
✓ Cuando se deba realizar el transporte de cargas de envergadura dentro de las instalaciones existentes de la empresa, deberán dar parte a la supervisión de Ingeniería y Seguridad y Medio Ambiente, a fin de analizar los posibles registros de la tarea y señalar las previsiones a tomar en cada caso.
✓ No se admitirán más de 2 (dos) personas sentadas en el asiento delantero de vehículos tipo camioneta ó como máximo podrá viajar igual cantidad de personas a la de cinturones de seguridad instalados en el vehículo. Para el transporte de personal se utilizarán vehículos diseñados específicamente de fábrica para tal fin, descartándose las adaptaciones.
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✓ Las cargas que sobresalgan de la parte trasera de un vehículo deberán ser señalizadas por una bandera roja (si es de noche con luces xxxxx) y estar aseguradas de tal manera que no tenga movimiento alguno.
6. Disposiciones generales de seguridad en los equipos
✓ Toda máquina que se utilice al realizar trabajos "in situ" para TRP SA, deberá poseer todos los aditamentos de seguridad que correspondiere a fin de evitar accidentes y/o lesiones a sus operadores y ayudantes, incluyendo las correspondientes puestas a tierra. Los choferes deberán poseer la debida autorización de manejo acorde a las disposiciones legales vigentes.
✓ Deberá conservar sus herramientas en perfectas condiciones de uso.
✓ Cuando se utilicen equipos de soldadura eléctrica, oxiacetilénica, xx xxxxx o percusión, herramientas portátiles y/o eléctricas u otras en zonas consideradas de peligro o riesgosas, se recabará la autorización escrita pertinente a la Supervisión.
✓ Todos los equipos eléctricos fijos y portátiles, deberán tener sus correspondientes puestas a tierra. Los tableros principales contarán con jabalinas de puesta a tierra. Asimismo los tableros tanto primarios como secundarios dispondrán de protecciones térmica y diferencial respectivamente (disyuntores).
✓ Los conductores que alimentan los equipos eléctricos deben estar en buenas condiciones de aislación, y no deben cruzar por donde puedan ser pisados por vehículos. Están prohibidas conexiones y empalmes precarios, los enchufes deberán ser normalizados.
✓ Las escaleras que se utilicen deberán estar bien construidas, mantenidas en perfecto estado de uso y serán las adecuadas a su fin.
✓ El Contratista será el único responsable del mantenimiento de los equipos, tales como: cilindros de acetileno y oxígeno, generador de acetileno, reguladores de presión, válvulas, mangueras, sopletes, etc.
✓ Los trabajos de altura que requieran el uso andamios de cualquier tipo deberán cumplir con las normativas indicadas en el Decreto 911/ 96 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo - Art. 229 al 245 inc.
7. Obradores
✓ Cuando la obra requiera xxxxxx xx xxxxxxx fijo, este deberá cumplir con todo lo prescripto en el Dec.351/79 (elementos contra incendio, instalaciones eléctricas, sanitarios y vestuarios, vallado perimetral, cartelería de seguridad, etc). No son admitidas instalaciones precarias.
✓ Cuando la obra se desarrolle dentro de la zona operativa, todo el perímetro de la misma, incluyendo el obrador deberá disponer de iluminación de seguridad de color rojo.
✓ Dentro de los obradores se deberán asignar lugares específicos para el acopio de materiales y rezagos, dejando zonas libres para la circulación del personal.
✓ En el caso de utilizar productos químicos, el contratista deberá presentar al Departamento de Seguridad y Medio Ambiente, la Hoja de Seguridad del producto para su aprobación de ingreso. En todos los casos las Hojas de Seguridad deberán ubicarse en lugar visible en donde se manipule el producto químico.
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8. Siniestros y otras emergencias
✓ En caso de incendio en un área en que opera el CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA, éste deberá intervenir de inmediato con los elementos disponibles, inmediatamente atacará el mismo con el personal idóneo en el uso y utilización de los elementos de defensa contra incendio y se dará aviso a Seguridad y Medio Ambiente de TRP SA.
✓ Todo el personal deberá estar instruido para combatir cualquier principio de incendio en los mismos y estar familiarizado con los equipos que cuenten.
✓ Cuando por la índole de las tareas sea necesario contar con equipos contra incendio (matafuegos) en el lugar de trabajo, éstos deberán ser provistos por el CONTRATISTAQueda terminantemente prohibido retirar los matafuegos existentes que pertenecen a la dotación de TRP SA.
✓ Los extintores de incendios serán como mínimo de PQS presurizados de 10 Kg. de capacidad, con Sello de Conformidad IRAM.
✓ Todo incidente que involucre a personas, las heridas graves ó fatales, deberán ser informadas inmediatamente al sector de Seguridad y Medio Ambiente y servicio médico de TRP.
✓ Para los casos de personal accidentado y evacuado para su asistencia, el CONTRATISTA deberá informar diariamente y antes que termine la Jornada Laboral con carácter de obligatorio al sector de Seguridad y Medio Ambiente de TRP SA, sobre el tratamiento recibido y evolución de la salud del accidentado (sea personal contratista y/o subcontratista).
✓ Antes de las 24 horas y a las 72 horas de ocurrido el accidente, el Contratista deberá presentar en el sector de Seguridad y Medio Ambiente, un Informe Preliminar y un Informe Final respectivamente sobre el accidente, debiendo los mismos estar firmados por el Gerente del Contratista (y Subcontratista en caso de corresponder).
9. Recomendaciones para Contratistas y sus Subcontratistas
✓ Además de todo lo expresamente señalado en los puntos anteriores, el Contratistas estará obligado a cumplir y hacer cumplir a los Subcontratistas todas las normas de seguridad que están en vigencia en la empresa y que puedan ser aplicables al tipo de tareas que desarrollen.
✓ El Contratista no podrá alegar desconocimiento de la Presente Norma bajo ningún concepto, haciéndose pasible de las penalidades que resulten de las infracciones a la misma.
✓ El personal debe abstenerse de circular por zonas operativas de la terminal salvo por estrictas razones relacionadas con la tarea a desarrollar. Para estos casos se emplearán las sendas peatonales demarcadas. Para otros traslados, se deben emplear los micros de transporte de la Terminal
✓ Tanto personal como equipos DEBEN mantenerse alejados de vehículos de carga. Bajo ningún concepto el personal puede permanecer bajo cargas suspendidas, debiendo alejarse de las mismas en forma inmediata. Cuando se realicen tareas en plazoleta se debe verificar de mantenerse alejado de sendas de traslado de los distintos tipos de grúas (RTG´s y/o Grúas Pórtico).
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10. Incumplimientos: Personal que infringe Normas y Procedimientos Operativos Seguros
✓ Si se detectase personal ante un “Riesgo Inminente”, se le solicitará detenga la actividad, dando aviso a la Supervisión o representante de la Contratista, quién adecuará la condición insegura (particular o del subcontratista). Si en cambio, se tratase de una Actitud Insegura (se solicitará constancia de capacitación relacionada) se intimará al representante de la Contratista, para que envíe un descargo, indicando que medidas adoptara para evitar la repetición o si correspondiera una sanción disciplinaria o relevo del transgresor. La tarea se reanudará cuando se hayan tomado las medidas de seguridad acordes al riesgo detectado.
✓ En caso de reincidencia, se detendrá la tarea y se solicitará el inmediato relevo del transgresor y se requerirá notificación de las medidas disciplinarias tomadas por la Contratista.
✓ Al detectarse personal que no utilice los E.P.P. básicos y/o específicos de la tarea que este realizando, deberá suspenderse la tarea, servicio u otro trabajo contratado, hasta tanto se utilicen los mismos.
✓ Las demoras que se deriven de estos pedidos de relevo, sanciones o la detención de tareas por “Riesgo Inminente” u otro incumplimiento de la Normativa vigente en materia de Higiene y Seguridad, ocasionados por el contratista o sus subcontratistas, correrán por cuenta exclusiva del Contratista Principal.
✓ La suspensión de tareas será efectiva, hasta tanto se revierta la situación de riesgo para las personas y/o instalaciones y/o terceros (Clientes, vecinos, etc.).
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