COMUNIDAD DE BIENES
TRÁMITES
TRAMITES DE CONSTITUCIÓN | ||
TRÁMITE | CONCEPTO | LUGAR |
La CB se constituye a partir de la | ||
ELABORACIÓN Y | elaboración de los estatutos con el formato | |
APROBACIÓN DE LOS | de un contrato civil entre las partes. (ver | Posibilidad de solicitar |
ESTATUTOS DE LA C.B. | modelos) Sólo procede aportar aquellos | asesoramiento por parte de |
( O CONTRATO DE LA MISMA) | documentos que los propios socios reclamen para justificar lo que cada uno aporta. | Gestoria |
ELEVACIÓN A ESCRITURA PUBLICA | En el caso de la CB la elevación a escritura pública de los estatutos de constitución es opcional | Notaria |
LIQUIDAR EL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS | Sólo en el caso de que la escritura de constitución se haya elevado a escritura pública. | Normalmente lo liquidara el propio notario que lo incluirá en la minuta de honorarios |
Provincia de A Coruña | ||
Registro Mercantil de La | ||
Coruña | ||
Xxxx. xx Xxxxxxxxxx, 00 | ||
X Xxxxxx (Xxxxxxx) | ||
981 151 872 | ||
Provincia de Lugo | ||
Registro Mercantil | ||
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, 00-0x | ||
Xxxx (Xxxxxxx) | ||
La CB no tiene obligación de inscribirse en | 982228754 | |
el registro Mercantil. No obstante hay que | Provincia de Ourense | |
INSCRIPCIÓN EN EL | tener en cuenta que, la sociedad no inscrita | Registro Mercantil |
REGISTRO MERCANTIL | no podrá pedir la inscripción de ningún | Xxxxxxx xx xx Xxxxxx, 0-0x |
xxxxxxxxx xx xxxxx Xxxxxxxx xx | Xxxxxxx (Xxxxxxx) | |
aprovecharse de sus efectos legales | 988217032 988371054 | |
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx | ||
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
Xxxxxxx Xxxxxx, 00-xxxx | ||
Xxxxxxxxxx (Xxxxxxx) | ||
986847244 | ||
Registro Mercantil | ||
Xxxx Xxxxxxx, 00 | ||
Xxxx | ||
986432422 |
TRÁMITES FISCALES | ||
TRAMITE | CONCEPTO | LUGAR |
DECLARACIÓN CENSAL (ETIQUETAS Y OPCIONES IVA) | Declaración censal de comienzo de actividad Deberá presentarse en el modelo oficial 036 (régimen ordinario) o 037 (régimen simplificado) junto con el contrato de constitución y fotocopia del DNI de los socios. | Delegación de Hacienda |
ALTA EN EL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE) | Obligación de alta en el modelo 845 para actividaes municipales o 846 para actividades provinciales o nacionales, teniendo en cuenta que sólo es una alta para la CB y no una para cada uno de los socios. | Delegación de Hacienda |
DECLARACIÓN PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDAD (IVA)C | En el supuesto de sujetos pasivos del IVA en Régimen General que lo soporten en compres antes del inicio de actividad (alta IAE) y quieran deducírselo. | Delegación de Hacienda |
TRÁMITES LABORALES | ||
Comunidad de Bienes sin trabajadores | ||
TRAMITE | CONCEPTO | LUGAR |
ALTA EN EL RÉGIMEN ESPACIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS | Los socios de la C.B. deberán siempre darse de alta en el Régimen de Autónomos. | Administración de la Seguridad Social |
Comunidad de Bienes con trabajadores | ||
INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL | Con la inscripción de la empresa individual, la Tesorería General de la Seguridad Social asigna el Código de Cuente de Cotización (número patronal) para su identificación numérica | Administración de la Seguridad Social |
ALTA DE LA EMPRESA EN EL RÉGIMEN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL | Se podrá optar al tiempo de la inscripción por asegurar el riesgo de accidente de trabajo y enfermedad profesional en una mutua de trabajo o en la entidad gestora de la Seguridad Social. | Administración de la Seguridad Social |
AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL | Si el personal a contratar no está afiliado a la Seguridad Social, deberá solicitar su afiliación. La afiliación se produce una única vez al inicio de vida laboral del trabajador. | Administración de la Seguridad Social |
ALTA DE LOS TRABAJADORES EN EL RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL CORRESPONDIENTE | Se produce cada vez que el trabajador, previamente afiliado, inicia o reanuda la actividad laboral. | Administración de la Seguridad Social |
COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO | Las licencias de apertura de los establecimientos comerciales serán concedidas por los ayuntamientos. Están sujetos a autorización comercial autonómica, la instalación y traslado de los establecimientos comerciales cuya superficie útil de exposición y venta al público sea igual o superior a 2.500 metros. No precisan autorización comercial autonómica: a) Los establecimientos individuales dedicados a la exposición y venta de automóviles, embarcaciones y otros vehículos, maquinaria industrial o agrícola, materiales para la construcción y artículos de saneamiento, que requieran un gran espacio físico. b) Los mercados municipales y los denominados centros comerciales abiertos. | Ayuntamientos y/o comunidad autónoma |
REGISTRO DE LOS CONTRATOS | Se deberan registrar los contratos de los trabajadores según la modalida elegida | Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia |
REGISTRO DE ACTIVIDADES COMERCIALES | Las empresas (personas físicas o jurídicas) que practiquen la venta en un establecimiento comercial comunicarán los datos de su actividad al Registro de Actividades Comerciales de la Consellería de Economia e Industria. | General de Comercio de la Consellería de Economía e Industria |
PERMISOS Y LICENCIAS LOCALES | ||
TRÁMITE | CONCEPTO | LUGAR |
LICENCIA DE OBRAS (ver ordenanza) | Licencia necesaria para la realización de obras de nueva planta, de reforma o adaptación de los locales donde tendrá lugar la actividad empresarial. | Ayuntamiento |
LICENCIA DE APERTURA Y DE ACTIVIDADES (ver ordenanza) | Licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técniva de aplicación a la actividad. | Ayuntamiento |
OTRAS AUTORIZACIONES LOCALES (ver ordenanzas) | En su caso, ocupación de la vía pública, instalación de rotulos, toldos... | Ayuntamiento |
OTROS TRÁMITES | ||
ALTA E INSPECCIÓN DE INDUSTRIA PARA LA MAQUINARIA E INSTALACIONES DE LA EMPRESA | Si la actividad requiere la utilización de instalaciones o maquinaria industrial deberá solicitar el alta e inspección a la Consellería de Economía e Industria. | Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria |
SEGAPI | ||
X/ Xxxxx, 0 - xxxx | ||
00000 Xxxxxxxx de | ||
INSCRIPCIÓN DE | Inscripción a través del Servicio Xxxxxxx de | Compostela |
PATENTES, MODELOS, | Propiedad Industrial e Innovación | Teléfono: 000 000 000 y 981 |
DISEÑOS INDUSTRIALES, | Empresarial (SEGAPI) que remitirá las | 957 391 |
RÓTULOS O NOMBRES | solicitudes a la Oficina Española de | Fax: 000 000 000 |
COMERCIALES. | Patentes y Marcas. | Correo Electrónico: |
Ver sitio web: Servicio Xxxxxxx | ||
de Propiedad Industrial |