MODELO DE CONTRATO DE REPRESENTACIÓN MERCANTIL
MODELO DE CONTRATO DE REPRESENTACIÓN MERCANTIL
En Sevilla a de de 201 REUNIDOS
De una parte:
D. Santiago Xxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, estado civil viudo con domicilio a estos efectos en Sevilla calle Lonja número 15 , 41927 Xxxxxxx del Aljarafe ( Sevilla) con DNI.- 00000000-X
Interviene en nombre y representación de la sociedad denominada Productos Paorga, S. L, con domicilio social en Parque Industrial PISA, xxxxx Xxxxx, xxxxxx 00, 00000 Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx (Xxxxxxx) y con CIF.- X-00000000, en su calidad de Director de Explotación y apoderado de la reseñada sociedad, según escritura de poder otorgada a su favor en fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xxxx xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx D.Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx con el nº de protocolo 1.385.
En adelante el Fabricante / Comitente De otra parte:
D..........................................., mayor de edad, estado civil................., con domicilio a estos efectos en.........................calle.................número................. con DNI.- …................................
Interviene en su nombre propio y derecho
o en nombre y representación de la sociedad mercantil denominada................................con domicilio social en..........................., calle ….................. número..................., Ciudad / Población, códigos postal............................
y con CIF.- …..........................................., en su calidad de...................................... la reseñada sociedad, según escritura de poder otorgada a su favor en fecha.............ante el Notario de................D con el nº de
protocolo.....................
En adelante el Representante/ Comisionista
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para contratar y obligarse y a tal efecto
EXPONEN:
I.- Que el Fabricante tiene como objeto social la fabricación, venta, distribución y comercialización de los Productos que constan en el Anexo I al presente contrato bajo la marca registrada “PAORGA” que figura inscrita a su nombre en el Registro de Marcas con el número 464.710, clases 1,2,3,17 y 18.
II.- Que el Representante esta especializado en la venta de dichos productos.
III.- Que el Fabricante y el Representante han alcanzado un acuerdo en virtud del cuál este último se compromete a la venta de dichos productos en la zona asignada, pactando para su ejecución el presente contrato de comisión mercantil, con arreglo a las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera.- Objeto
En virtud del presente contrato el Representante se compromete a llevar a cabo la venta en nombre y por cuenta del Fabricante de los productos que se enumeran en el Anexo I al presente contrato en la la zona de influencia asignada de...................................................
Segunda.- Asesoramiento Técnico y Comercial
Con el objeto que el Representante pueda llevar a cabo adecuadamente la comercialización de los productos del Fabricante, éste pone a disposición de aquel su asesoramiento técnico y comercial, desarrollados en las fichas técnicas y seguridad de los productos, así como la formación continuada y explicita por parte del responsable de ventas en la zona del Fabricante. La formación podrá ser llevada a cabo de manera presencial en sus instalaciones o en la propia fabrica del Fabricante, vía telefónica o mediante e-mail.
Tercera.- Requisitos Legales
El Representante esta obligado a reunir todos los requisitos legales exigidos por la reglamentación vigente para su actividad de Agente Comercial, siendo de su exclusiva responsabilidad cualquier incumplimiento al respecto, debiendo presentar con su facturación / liquidación mensual de comisiones el justificante del pago de S. Social.
La Ley 58/2003 General Tributaria que establece, en su artículo 43.1, la responsabilidad subsidiaria de la deuda tributaria en la contratación y subcontratación que afecta a los servicios que nos prestan según se especifica en este Contrato.
El Representante tiene la obligación de facilitar al Fabricante un certificado específico ( modelo 01C – Solicitud Certificado de Contratistas y Subcontratistas Art. 43.1 f) Ley General Tributaria, a favor de Productos Paorga, S. L. N.I.F.- B-91144436 )
Cuarta.- Comisiones
El Representante percibirá como comisión un porcentaje del precio de venta de cada uno de los productos del Fabricante, según se detalla a continuación;
Captación de clientes nuevos 10% durante los 6 primeros meses Mantenimiento de clientes 7 % desde el 7º mes en adelante
Xxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx xx xx xxxx 0 % sobre reposiciones de Expositores en CVP existentes
Las mencionadas comisiones será abonadas mensualmente al Representante una vez realizada la liquidación a la que se refiere la estipulación quinta de este contrato.
Quinta.- Liquidación
Mensualmente el Representante presentará al Fabricante para su comprobación, la liquidación de los productos efectivamente vendidos y entregados a los clientes de su zona asignada, que hayan sido facturados y cobrados sin ningún tipo de incidencia en el periodo pactado con cada cliente.
El abono de las comisiones por parte del Fabricante al Representante se realizara los días 10 de cada mes mediante cheque nominativo o trasferencia bancaria a al cuenta que esté designe.
En caso de impago posterior de facturas de clientes por recibos devueltos, efectos, pagarés o cualquier otro documento de pago no atendido en su fecha que se haya adelantado por descuento comercial del Fabricante, serán retrocedidas las comisiones abonadas al Representante hasta no ser cobradas las facturas pendientes más los gastos bancarios incurridos por la devolución.
Sexta.- Autocontratación
EL Representante no podrá adquirir para sí mismo los productos del Fabricante. Séptima.- Descuentos
El Representante podrá acordar descuento sobre los productos objetos de la venta, en base a los baremos sobre pedidos detallados como máximos en el Anexo II, excepto que medie autorización expresa del Fabricante con otro
% de aplicación para un caso concreto.
Octava.- Suministro de Productos a clientes
El Fabricante suministrará los productos relacionados en los pedidos de clientes realizados a través del Representante en las cantidades que éste le solicite, sin exigencia de mínimos semanales o mensuales.
El Fabricante se reserva el derecho de no suministrar el pedido al cliente, si considerase alto riesgo la operación mercantil planteada por el Representante debido a los informes negativos sobre la solvencia del cliente o impago de facturas anteriores.
Los gastos de transporte de los productos desde la fabrica del Fabricante a los clientes, se entenderán incluidos dentro del precio de los productos que se abonen según pedido, en las condiciones de pago pactadas que se tengan en cada caso.
Si el importe del pedido del Representante al Fabricante por cada cliente es inferior a 250,- €, los gastos de transporte serán por cuenta del cliente al 50% o podrá solicitar la recogida directamente en fábrica por sus medios o el envío de la mercancía por otros canales de distribución que asuma directamente.
Novena..- Zona de atención a clientes
El Fabricante no concederá a otra persona física o sociedad ninguna otra representación mercantil dentro de la zona de influencia asignada en este contrato, salvo los Centros de Venta Paorga (CVP) que no hayan sido contratados bajo la intermediación del Representante.
Los CVP de cada zona atenderán las peticiones de clientes particulares que accedan mediante la página web corporativa xxx.xxxxxx.xxx a los productos del Fabricante, siendo desviados en su consulta al centro más cercano por código postal.
Décima.- Precios de productos del Fabricante
Los precios de los productos que el Fabricante suministre a los clientes que aporte el Representante se valorarán según Anexo I, los cuales podrán sufrir modificaciones debido a las variaciones de las materias primas empleadas en su fabricación.
Cualquier modificación de los precios será notificada mediante escrito o comunicación via e-mail con al menos una semana de antelación a su entrada en vigor, siendo dichas actualizaciones parte integra de este contrato.
Undécima..- Forma de pago de facturas de clientes
La facturación de los productos suministrados por el Fabricante a los clientes según pedidos realizados por el Representante será quincenal y el vencimiento de las mismas a 30 días de su emisión o fecha de vencimiento acordada y autorizada en cada caso por el Fabricante, mediante recibo domiciliado a la cuenta bancaria que el cliente designe.
La emisión de facturas se realizará los días 16 y 1 de cada quincena y el envío de las mismas con el detalle de los productos y precios se enviará por correo ordinario o mediante e-mail con PDF adjunto.
Duodécima.- Incentivos por ventas
El Fabricante concederá al Representante una bonificación % del total de facturación generada en productos cada. tres meses, en concepto de incentivos por ventas, los cuales serán abonados por el Fabricante una vez comprobado el pago de facturas de clientes del citado periodo.
*Ventas del Representante 1º Trimestre, si superan un total de 20.000,- €, se aplica el 3 %
*Ventas del Representante 2º Trimestre, si superan un total de 30.000,- €, se aplica el 3 %
*Ventas del Representante 3º Trimestre, si superan un total de 20.000,- €, se aplica el 3 %
*Ventas del Representante 4º Trimestre, si superan un total de 40.000,- €, se aplica el 3 %
Estas condiciones serán revisadas anualmente y firmadas entre las partes como Anexo en sus renovaciones. Decimotercera..-Información y Publicidad de productos
El Fabricante mantendrá informado al Representante de las campañas de promoción de sus productos con carácter previo al lanzamiento de los mismos y su forma de comercialización, así como las variaciones que se den en la página web corporativa xxx.xxxxxx.xxx, con todas las novedades del servicio a ofrecer a los clientes.
Decimocuarta..- Fabricación en gama blanca
El Fabricante puede fabricar cualquier tipo de producto del catálogo general en gama blanca a clientes de la zona asignada al Representan que lo solicite, siempre y cuando el pedido total ascienda un mínimo de unidades por producto de …...................o el importe total de facturación mensual supere la cantidad €.
Decimoquinta.- Duración
El periodo de duración del presente contrato se hace por un año, renovables automáticamente por periodos iguales si al menos con un plazo de dos meses a la fecha de extinción del mismo no se comunica de forma fehaciente la decisión por cualquiera de las partes de no prorrogar el mismo.
Decimosexta.- Terminación y resolución del Contrato
Son causas de terminación y resolución del presente contrato las siguientes:
a) Su terminación normal, ya sea por haber llegado el contrato a su vencimiento, ya sea por haberse cumplido y ejecutado la prestación a las que ambas partes se encuentran obligadas, ya sea por acuerdo mutuo de las partes.
b) Por incumplimiento de cualquiera de las partes de algunas de las cláusulas del presente contrato, sin que dicho incumplimiento fuera subsanado dentro de los 10 días siguientes a la notificación por escrito efectuada por la otra parte solicitando la subsanación del incumplimiento.
c) La declaración de quiebra a instancia de acreedor legítimo de cualquiera de las partes, o la presentación de quiebra voluntaria o concurso de acreedores de cualquiera de ellas, o la interposición en contra de cualquiera de las partes de juicios ejecutivos o embargos preventivos u otras medidas cautelares que impliquen la disminución de la solvencia económica de las mismas.
Decimoséptima.- Normativa aplicable al Contrato
Con renuncia expresa al ejercicio de cualquier acción ante los juzgados y tribunales, las partes se comprometen expresamente a instituir, en su día, un arbitraje de Derecho Privado, con arreglo a la legislación vigente, para resolver cuantas dudas o divergencias pudieran surgir entre ellas como consecuencia de la interpretación o cumplimiento de este contrato.
Ambas partes, renunciando a su fuero propio en caso de tenerlo, y para cualquier cuestión litigiosa derivada de la interpretación y/o aplicación del presente contrato, se someten al Tribunal Arbitral xx Xxxxxxx.
El presente contrato tiene carácter mercantil y se regirá, en primer término, por las estipulaciones contenidas en el mismo, y, en lo en ellas no previsto, por las disposiciones del Código de Comercio, Leyes especiales, los usos y costumbres mercantiles y, en su defecto, por lo establecido en el Código Civil.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente contrato y sus Anexos con las actualizaciones que sean comunicadas, lo firman por duplicado ejemplar en el lugar y fecha xxxxxxx indicados
EL FABRICANTE/ COMITENTE EL REPRESENTANTE/ COMISIONISTA
Productos Paorga, S. L.