CONTRATO DE SERVICIOS
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares
CONTRATO DE SERVICIOS
SISTEMA DE ADJUDICACIÓN:
PROCEDIMIENTO ABIERTO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
TRAMITACIÓN:
ORDINARIA
DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
EL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA TOTALIDAD DE LOS ELEMENTOS Y LOCALES DE LA SEDE CENTRAL EN VITORIA-GASTEIZ Y LAS DELEGACIONES TERRITORIALES EN BILBAO Y DONOSTIA-SAN XXXXXXXXX DE LA INSTITUCIÓN DEL ARARTEKO
Nº DE EXPEDIENTE: E-001/18
I. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN
1. OBJETO DEL CONTRATO
1.1. El servicio de limpieza de la totalidad de los elementos y locales de la sede central en Vitoria-Gasteiz y las delegaciones territoriales en Bilbao y Donostia-San Xxxxxxxxx de la institución del Ararteko.
1.2. División por lotes (sí/no): SÍ.
La logística asociada al servicio permite la división óptima en lotes que permitan, a su vez, la debida concurrencia de las pequeñas y medianas empresas.
Las instalaciones en las que se debe prestar el servicio están distribuidas geográficamente en los tres territorios históricos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Desde esta visión territorial, se han agrupado las instalaciones en las que se debe prestar el servicio en 3 lotes:
LOTE 1 Sede central
Vitoria-Gasteiz
Xxxxx 0
XXXX 0 Xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx
Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx Xxxx. xx xx Xxxxxxxx 00, 0x
XXXX 0 Xxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx
Xxxxxx San Xxxxxxx 8 (edificio Albia), 11º
Las empresas podrán presentar oferta a uno, varios o todos los lotes, pudiendo resultar adjudicatario de los tres lotes un mismo licitador.
La prelación de lotes que se adjudicarán será la siguiente:
- Lotes en los que solo hubiera una única empresa licitadora Dicho lote será adjudicado a dicha empresa.
- Lotes en los que haya concurrencia de empresas:
Será adjudicataria aquella empresa licitadora que haya obtenido mayor puntuación en el sobre “B” “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS”.
En caso de que la puntuación obtenida en este apartado sea igual, se resolverá el desempate en favor de la empresa licitadora que mayor puntuación hubiera obtenido en el sobre “C” “CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR”.
1.3. Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008, modificado su anexo por el Reglamento (UE) nº 1209/2014 de la Comisión, de 29 de octubre de 2014): 81.21.10.
1.4. Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV)): 90910000-9.
1.5. Categoría del contrato de servicio, según anexo II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP): 14 (servicios de limpieza de edificios).
2. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL
Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
Precio unitario máximo:
- 18,40 euros/hora (IVA excluido). 22,26 euros/hora (IVA incluido).
El presupuesto de gasto indicativo asciende a 124.000 euros + 26.040 euros de IVA, resultando un importe total de 150.040 euros, distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
- 1º ejercicio: 62.000 euros + 13.020 euros de IVA. Total 75.020 euros.
LOTE 1 | Vitoria-Gasteiz | 41.000 euros + 8.610 euros de IVA. | Total: 49.610 euros |
XXXX 0 | Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx | 0.000 euros + 1.680 euros de IVA. | Total: 9.680 euros |
LOTE 3 | Bilbao | 13.000 euros + 2.730 euros de IVA. | Total: 15.730 euros |
- 2º ejercicio: 62.000 euros + 13.020 euros de IVA. Total 75.020 euros.
LOTE 1 | Vitoria-Gasteiz | 41.000 euros + 8.610 euros de IVA. | Total: 49.610 euros |
XXXX 0 | Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx | 0.000 euros + 1.680 euros de IVA. | Total: 9.680 euros |
LOTE 3 | Bilbao | 13.000 euros + 2.730 euros de IVA. | Total: 15.730 euros |
4. PRECIO Y PAGOS
4.1. Sistema de determinación del precio: precios unitarios.
4.2. Modalidad de pago del precio:
- Pago total (sí/no): NO.
- Pagos parciales (sí/no) SÍ.
El pago por la prestación del servicio se efectuará a mes vencido, según los partes de trabajo de cada mes con especificación de las horas realizadas y previa presentación de la factura correspondiente debidamente desglosada.
La factura mensual incorporará el prorrateo para cada oficina del tiempo necesario de las limpiezas generales, de conformidad con el programa de trabajo aprobado que debe incluir los tiempos de trabajo en cómputo semestral.
4.3. Abonos a cuenta: NO.
4.4. Revisión de precios (sí/no): NO.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN
5.1. Plazo: 2 años.
5.2. Plazos o entregas parciales: NO.
5.3. Prórroga del contrato (sí/no): SÍ.
- Número de prórrogas que pueden realizarse: 1.
- Duración de la prórroga: 1 año.
6. GASTOS DE PUBLICIDAD: Serán por cuenta de la adjudicataria los gastos de publicación del anuncio del concurso en el BOPV.
7. GARANTÍAS
7.1. Garantía provisional (sí/no): NO.
7.2. Garantía definitiva (sí/no): SÍ. La garantía será del 5% del importe de la adjudicación, excluido el IVA. A los efectos de determinar el importe, en los precios unitarios, se tomará en cuenta el precio ofertado por las horas totales previstas durante el plazo del contrato.
7.3. La garantía se constituirá a favor del Ararteko.
8. SEGUROS. La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios y el previsto, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
9. SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES (sí/no): SÍ.
El contrato impone a la empresa contratista la obligación de subrogarse como empleadora en determinadas relaciones laborales. Con el fin de permitir la evaluación de los costes laborales, la información sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras a las que afecta la subrogación se detalla en el pliego de prescripciones técnicas. Este documento se proporciona al efecto de cumplir la obligación que dispone el art. 120 TRLCSP.
10. LUGAR DE EJECUCIÓN, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: oficina central del Ararteko en Vitoria-Gasteiz (Xxxxx nº 9) y las oficinas territoriales xx Xxxxxx (San Xxxxxxx nº 8 - Xxxxxxxx Xxxxx-, xxxxxx 00) x Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx (avenida de la Libertad 26, 4º).
11. CONDICIONES LINGÜÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, Básica de Normalización del Uso del Euskara, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
12.1. La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
12.2. La empresa adjudicataria y, en caso de subcontratación, el subcontratista, deberán cumplir todas las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo. En particular, deberá aplicar las condiciones de trabajo del Convenio Colectivo Sectorial del territorio de la empresa contratista; o de los sucesivos convenios colectivos que lo revisen, en su caso, siendo de su exclusiva responsabilidad todo lo referente a accidentes de trabajo. El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria o subcontratista no implicará responsabilidad alguna para el Ararteko.
13. CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES (sí/no): NO.
14. PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en las cláusulas xxx xxxxxx.
15. SUBCONTRATACIÓN (sí/no): SÍ.
15.1. El contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato, siempre que el importe total de las partes subcontratadas no supere el 60 por 100 del importe de adjudicación del contrato.
15.2. Para llevar a cabo la subcontratación de la ejecución parcial de prestaciones objeto del contrato principal, el contratista deberá comunicarlo al órgano de contratación, a más tardar con una antelación de 15 días naturales a la fecha en que haya de iniciarse la ejecución del subcontrato, aportando, al mismo tiempo, la documentación relacionada en la cláusula 40.2.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
15.3. La licitadora debe indicar en la oferta y en la parte II sección D del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando los datos previstos en el artículo 227.2.a) del TRLCSP (sí/no): SÍ.
16. PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES
16.1. Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
16.2. Plazo de garantía: 1 mes, desde la declaración de conformidad de la factura mensual en relación con la correcta ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 222.3 del TRLCSP
17. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, el cumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad, salud laboral y las especificaciones técnicas de obligado cumplimiento según el apartado 5 xxx xxxxxx técnico. En consecuencia, su incumplimiento será causa de resolución contractual.
18. CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO
18.1. MODIFICACIONES PREVISTAS (artículo 106 TRLCSP): SÍ.
En su caso, las derivadas de circunstancias excepcionales como consecuencia de modificaciones de los lugares de trabajo que pudieran representar variaciones en la intensidad del servicio contratado.
El contrato podrá ser modificado con arreglo al procedimiento establecido en el TRLCSP, y con el alcance y límites que se señalan a continuación:
a) La modificación consistirá en el incremento del número de unidades de todos o algunos de los bienes o prestaciones individualmente identificados en el contrato.
b) La modificación por esta circunstancia no podrá superar el 2% del presupuesto máximo de licitación.
18.2. PROCEDIMIENTO PARA MODIFICAR EL CONTRATO: El definido en la cláusula 39 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
19. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN, PROPIAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS
19.1. PROGRAMA DE TRABAJO. La adjudicataria debe presentar el programa de trabajo previsto en el artículo 198 del RGLCAP (sí/no): SÍ.
19.2. VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS Y CERTIFICACIONES
En los contratos de tracto sucesivo, se establece una periodicidad distinta a la mensual prevista en el artículo 199 del RGLCAP (sí/no): NO.
19.3. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARACTER PERSONAL. Se establecen las medidas especiales a que se refiere la cláusula xxx xxxxxx relativa al tratamiento de estos datos (sí/no): NO.
II. CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS
20. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS
20.1. Entidad adjudicadora: Ararteko.
20.2. Órgano que adjudicará el contrato: Ararteko.
20.3. Dirección o servicio que tramita el expediente: Dirección de Gestión Presupuestaria y Económica, y de Administración, Personal y Mantenimiento.
20.4. Número de expediente: E-001/18.
20.5. Central de contratación (sí/no): NO.
20.6. Contacto personal Teléfono: 000 00 00 00
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
20.7. Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx
20.8. Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
20.9. Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la finalización del plazo de presentación de las ofertas.
21. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 186.000 euros (dos años iniciales y posible prórroga) sin IVA.
22. CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA (sí/no): NO.
23. CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): NO.
24. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: PARTIDA 2230100.
25. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1. Tramitación: Ordinaria.
25.2. Procedimiento: Abierto.
25.3. Forma:
- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas (sí/no): NO.
- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas (sí/no): SÍ.
26. SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA: (sí/no): NO.
27. CONTRATO RESERVADO (sí/no): NO.
28. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
28.1. Fecha y hora límite de presentación:
15 días naturales contados desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del País Xxxxx (artículo 159 TRLCSP).
Hasta las 14:00 horas del último día del plazo previsto.
28.2. Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula:
SOBRE “A” | CAPACIDAD Y SOLVENCIA |
SOBRE “B” | OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS |
SOBRE “C” | CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR |
28.3. Lugar de presentación:
o Registro del Ararteko
o Domicilio: Xxxxx nº 9
o Localidad y código postal: 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
28.4. En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica (véase el punto 26 anterior), puede presentarse a través de la página web: NO.
28.5. Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
o Fax: 000 00 00 00
o Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
28.6. Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: dos meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 (valores anormales o desproporcionados).
28.7. Admisión de variantes (sí/no): NO.
28.8. Apertura pública de las ofertas (sí/no): SÍ. Se comunicará previamente fecha y hora a los licitadores.
- Lugar de apertura de los sobres “B” y “C”: Sede central de la institución: Xxxxx nº 9, 01005 Vitoria-Gasteiz.
- Entidad: Mesa de Contratación del Ararteko (BOPV nº 79, 26 xx xxxxx de 2017).
29. SOBRE “A”- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véase la cláusula
13 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo X xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
29.1. Forma de acreditación: formulario Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), contenido en el anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, junto con la documentación indicada en las cláusulas 13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
En relación con el formulario DEUC contenido en el anexo IV, las empresas licitadoras:
deberán cumplimentar la parte II y las secciones A, B, C y D de la parte IV.
El formulario DEUC será el único documento que las empresas licitadoras deben aportar en relación con los requisitos previos de capacidad y solvencia. Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas
13.1 y 13.2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, no se admitirá un documento distinto a dicho formulario en esta fase del procedimiento (ver cláusula 17.1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares sobre los efectos de la no presentación del DEUC).
El DEUC está disponible a través del servicio en línea que facilita la Comisión Europea desde el siguiente URL: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx. Para poder rellenar el documento DEUC, una vez acceda a la dirección indicada deberá identificarse como operador económico e importar el archivo XML que se pondrá a disposición de los interesados en el perfil de contratante, que han debido descargar y guardar previamente.
El formulario normalizado DEUC puede, asimismo, obtenerse en papel desde el siguiente URL: xxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000- 00034.pdf.
Con el fin de facilitar la labor de los operadores al cumplimentar el DEUC, se adoptan las orientaciones contenidas en el epígrafe 2.3 (Orientaciones para la cumplimentación del formulario normalizado DEUC) de la recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación con la utilización del documento europeo único de contratación previsto en la nueva directiva de contratación pública. Puede accederse al referido documento desde el siguiente URL: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/X.X.%00XXXXXXXX IO/Junta%20Consultiva/informes/Informes%202016/Recomendacion%2 0de%20la%20JCCA%20sobre%20el%20DEUC%20aprobada%20el%2 06%20abril%20de%202016%20_3_.pdf
Dicho formulario está disponible en los siguientes formatos: Formato electrónico:
- xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
Formato Word:
- formulario contenido en el anexo IV.
29.2. Requisitos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional
29.2.1. Clasificación obligatoria (sí/no): NO.
29.2.2. No se exige clasificación y sí solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se indican en las cláusulas 29.2 y 29.3, si bien, las empresas que posean la clasificación para la celebración de contratos del mismo tipo estarán exentas de acreditar dicha solvencia.
No obstante, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente
- mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato:
Grupo: U, Subgrupo: 1, Categoría: A
- o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en la cláusula 29.3.
29.3. Las empresas, a los efectos de su solvencia económica y financiera y para el supuesto de que no dispongan de la clasificación, deberán acreditar la realización de trabajos o servicios en los tres últimos años en actividades correspondientes al objeto del contrato y que representen un volumen de negocio igual o superior a 100.000 euros de media anual. Esta acreditación deberá realizarse mediante los correspondientes certificados expedidos por el titular del encargo o mediante declaración jurada del empresario, sin perjuicio de su posterior acreditación si resultara necesario.
Para la acreditación de la solvencia profesional y técnica, todas las empresas, independientemente de que dispongan de clasificación deberán acreditar:
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones.
Sin perjuicio de su posterior acreditación de conformidad con la cláusula 37 de esta carátula, las empresas licitadoras o candidatas solo deberán cumplimentar las secciones correspondientes del apartado IV del formulario DEUC. Dicho formulario está disponible en los siguientes formatos:
- Formato electrónico:
xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
- Formato Word correspondiente al anexo IV de cláusulas administrativas particulares.
o se deberán rellenar los apartados 2a) de la sección X xx xx xxxxx XX x xxx xxxxxxxxx 0x) y 10) de la sección C de la parte IV.
29.4. En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación.
29.5. Habilitación empresarial o profesional exigida (Sobre “A”): Las exigidas, en su caso, por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual.
29.6. Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción: Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada.
b) Admisión de certificados electrónicos (sí/no): SÍ.
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados (sí/no): NO.
29.7. Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación (sí/no): SÍ.
30. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
30.1. El precio es el único criterio de valoración de las ofertas (sí/no): NO.
30.2. Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas (sí/no): SÍ.
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100 puntos:
a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (sobre B): 50 puntos distribuidos en:
Precio. La oferta económica se valorará sobre un máximo de 50 puntos, aplicándose la siguiente fórmula: 50 x (importe de la oferta más económica/importe de cada oferta).
b) Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C): 50 puntos, según las especificaciones y desglose que se detalla en el punto 7 xxx xxxxxx técnico, distribuidos en:
- Características del servicio: se valorará de 0 a 20 puntos.
- Recursos técnicos y materiales adscritos a la ejecución del contrato: se valorará de 0 a 30 puntos.
31. SOBRES B Y C - DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA CON OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx particular y técnico).
31.1. Supuesto general (sí/no): SÍ. Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
- SOBRE “B” «OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE
FÓRMULAS». La proposición económica deberá presentarse según el anexo II xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
- SOBRE “C” «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR
UN JUICIO DE VALOR». Los licitadores deberán presentar la documentación pertinente para poder valorar los criterios previstos en las cláusulas 5 y 6, junto con los anexos II, III y IV, todos ellos xxx xxxxxx técnico.
Nota importante: La presentación en el sobre “C” de documentos o datos relativos a la oferta económica conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora.
La presentación en el sobre “A” de documentos o datos relativos a los criterios de adjudicación (tanto criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas como mediante juicios de valor) conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora.
31.2. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (sí/no): NO.
31.3. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las
obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (sí/no): NO.
32. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR (sí/no): NO.
33. VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 152 del TRLCSP y artículos 85 y 86 del RGLCAP- (sí/no): NO.
34. SUBASTA ELECTRÓNICA (sí/no): NO.
35. PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36. PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego (sí/no): NO.
37. ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA (Artículo
151.2 del TRLCSP).
37.1. Documentación para acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional:
Documentos y/o certificados para acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera indicados en la cláusula 29.2 o 29.3, salvo en el caso de que se haya sustituido la solvencia por la clasificación.
37.2. Documentación para acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos exigidos.
37.3. Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: SÍ.
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones.
- Emitidos por la Seguridad Social, en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
37.4. Se permite la incorporación de oficio de los certificados telemáticos o la transmisión telemática de datos, previa autorización de la empresa (sí/no): NO.
38. RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 del TRLCSP.
39. CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO
En tanto no se establezca el sistema de notificación electrónica, las notificaciones a cursar a las empresas licitadoras se harán en el correo electrónico que se haya especificado en la declaración responsable indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con el Ararteko (anexo IV xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares).
La Administración podrá utilizar el correo electrónico como medio de comunicación en los siguientes casos:
- Si observa defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el sobre “B”. Esa documentación deberá presentarse en la dirección indicada al efecto en dicha comunicación, antes del término del plazo máximo concedido.
- Petición de aclaraciones. El licitador deberá presentar la documentación en la dirección que se indique al efecto.
- Audiencia al licitador que haya presentado oferta con valores anormales o desproporcionados. El licitador deberá presentar la documentación en la dirección que se indique al efecto.
- Los requerimientos de documentos previstos en el pliego de cláusulas administrativas particulares o su carátula y otros actos de trámite no incluidos en el art. 40.2b) TRLCSP. La documentación para atender dichos requerimientos deberá presentarse en la dirección que se indique al efecto.
III. OTRAS ESPECIFICACIONES
40. La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público (BOE Nº 311, de
28 de diciembre de 2014) regula el uso de la factura electrónica por los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración pública.
De esta forma, las entidades indicadas en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de
27 de diciembre, remitirán las facturas electrónicas a través del portal habilitado para ello:
- xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxx/
En las facturas electrónicas que se emitan a nombre del Ararteko deberá hacerse constar los códigos DIR3:
- Oficina contable: I00000607 Ararteko
- Órgano gestor: I00000607 Ararteko
- Unidad tramitadora: I00000607 Ararteko
En todo caso, se exceptuarán de esta obligación las facturas cuyo importe sea de hasta cinco mil (5.000,00) euros (IVA incluido) quedando a salvo la posibilidad de que en un momento posterior se adopten otras disposiciones al respecto.
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.