CONTRATO DE LOCACION
CONTRATO DE LOCACION
Entre la ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS (A.P.I.) con domicilio legal en Xxxx. Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, representada en este acto por el C.P.N. XXXX XXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 12.215.347, en su carácter de Administrador Provincial, en adelante LA LOCATARIA, por una parte y por la otra la señora XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 5.751.280, con domicilio real en calle Colón Nº 1792 de la ciudad de San Xxxxxxx, Provincia de Santa Fe, quien lo hace en su carácter de Administrador Provisorio de la Herencia en autos caratulados “XXXXXXX, Xxxxxx E. s/Nombramiento de Administrador Provisorio” – Expte. Nº 515/03 en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación del Distrito Judicial San Xxxxxxx, en adelante EL LOCADOR, convienen celebrar el presente contrato de locación sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:-----
PRIMERA: El locador cede en locación a la locataria un inmueble de su propiedad, sito en Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx, compuesto de: Salón con oficina, cocina, tres dependencias, baño, patio y pasillo lateral, con una superficie total de cuatrocientos ochenta y tres metros, un mil ciento ochenta y cuatro centímetros cuadrados (483,1184 m2).------------------------------------------------------------
SEGUNDA: El plazo de la locación es de tres (3) años, contados a partir del 1º xx Xxxxx de 2004, con opción a favor de la locataria de prorrogar el contrato por períodos similares, conviniéndose oportunamente y en su caso, el monto de los alquileres a abonar.--------------------------------------------------------------------
TERCERA: El precio de la locación se fija en la suma de $ 1.000,00.- (Pesos un mil) pagaderos en forma mensual y por mes corriente, del 1 al 10 de cada mes en el local de la Delegación San Xxxxxxx de la A.P.I.---------------------------------
CUARTA: Serán a cargo de la locadora todos los impuestos, tasas, contribuciones y demás gravámenes creados o a crearse y que recaigan sobre el inmueble dado en locación, como así también las refacciones que durante la vigencia del contrato fueren necesarias para mantener el inmueble arrendado en buen estado de conservación e higiene de manera que pueda satisfacer el uso a que se lo destina.-----------------------------------------------------------------------
QUINTA: La falta de pago del alquiler en el plazo establecido, hará que la locataria quede constituida en xxxx de pleno derecho, por el mero vencimiento del término respectivo, estándose, para el caso, a lo dispuesto en el Artículo 120 de la Ley de Contabilidad para la Provincia de Santa Fe.-----------------------------
SEXTA: El inmueble arrendado será destinado al desarrollo de la gestión administrativa de la A.P.I., no pudiendo ésta ceder, transferir o sublocar en todo o en parte el presente contrato.-------------------------------------------------------
SEPTIMA: La locataria se reserva el derecho de rescindir el presente contrato antes de su vencimiento, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley de Contabilidad para la Provincia de Santa Fe, debiendo comunicar dicha circunstancia a la locadora en forma fehaciente y con una antelación no inferior a treinta (30) días.-----------------------------------------------------------------------
OCTAVA: Serán por cuenta de la locataria todos los servicios que se presten al inmueble objeto de este contrato, como luz eléctrica, gas, teléfono, agua corriente, cloacas, etc.-----------------------------------------------------------------
NOVENA: Forman parte del presente contrato y lo integran, el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada Nº 01/2004, todas las leyes administrativas y demás disposiciones directamente vinculadas a la locación de inmuebles por parte del Estado Provincial, a las que las partes se someten sin reservas.---------
DECIMA: El incumplimiento por parte de la locataria de todas o cualquiera de las cláusulas establecidas precedentemente, dará derecho a la locadora a solicitar la restitución del inmueble, sin necesidad de reclamo alguno extrajudicial o judicial, pudiendo incluso demandar el desalojo.----------------------------------------------
UNDECIMA: Los gastos de sellado del presente contrato, serán soportados por el locador en la proporción que determina el Código Fiscal.--------------------------
DUODECIMA: A todos los efectos judiciales y extrajudiciales las partes constituyen domicilio especial en los ut-supra indicados, donde se tendrán por válidas las comunicaciones e interpelaciones que reciban. Asimismo se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder por cualquier naturaleza, incluso el Federal.----------------------------------------------
De conformidad con las cláusulas precedentemente enunciadas, previa lectura y ratificación queda formalizado el presente contrato de locación, firmándose TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los días del mes de del año 2004.----------------------------
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