Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS PISCINAS XXXXXXX D. XXXX XXXXXX Y MAR MENOR (MURCIA)”.
1. OBJETO
1.1 Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx del “SER- VICIO DE LIMPIEZA EN LAS PISCINAS XXXXXXX D. XXXX XXXXXX Y MAR MENOR (Murcia)”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el Servicio Municipal de Deportes.
1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públi- cos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es 90910000-9 “Servicios de limpieza”.
1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente Pliego de Condi- ciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a efectos de va- loración de ofertas se hace referencia en la cláusula 10 del presente Pliego.
1.4 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se pu- blicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
2. REGULACIÓN JURÍDICA
2.1 El objeto del presente Pliego está tipificado como contrato de SERVICIOS, dentro de la categoría 1 Anexo II y se regirá en por las prescripciones contenidas en este pliego, los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx,; el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Re- glamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en lo que no se oponga al Texto Refundido antes citado; subsidiariamente, por los preceptos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y normas complementarias; y, supletoriamente, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Pri- vado que le sean de aplicación.
2.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, de conformidad con lo establecido en el art. 138 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, utili- zándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 9 del presente pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx y en el Perfil del Con-
tratante, de acuerdo con lo establecido en su art. 126.
2.3 El expediente de contratación será objeto de URGENTE tramitación, según el informe emitido por el Jefe del Servicio de Deportes, de conformidad y con los efectos del art. 112 la mencionada Ley.
3. PRECIO
3.1 El tipo de licitación se fija en la cantidad de 139.933,16 € más el 18% de I.V.A., que as- ciende a la cantidad de 25.187,97 €, lo que hace un total de 165.121,13 €, que es el presu- puesto del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones.
Los licitadores presentarán sus ofertas estableciendo los precios/hora del servicio, que como máximo se fijan en las cantidades siguientes:
Servicio de Limpieza 16,53 €/hora, más el 18 % de IVA (19,50 €/hora).
Los licitadores realizarán la baja que estimen pertinente sobre el precio/hora establecido en el presente Pliego.
En la proposición económica, se especificará necesariamente por separado como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, según el modelo que se in- serta en la cláusula 10.4, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.
En el presupuesto total se entenderán comprendidos todos los gastos y demás impuestos que graven a realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presu- puesto contratado.
3.2 El valor estimado del contrato, excluido el I.V.A., asciende a la cantidad de 153.926,48
€, (importe total incluidas las posibles ampliaciones del contrato).
3.3. Será considerada ofertas con valores anormales o desproporcionados, aquella cuya baja económica sea inferior en más de 15 unidades porcentuales o más sobre la media de las bajas ofertadas por el resto de licitadores, incluido el IVA
3.4. No se admitirán variantes o alternativas.
4. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación de la actividad objeto del presente Pliego será hasta 31 de diciembre de 2012, a contar desde la fecha de su formali- zación.
Dicho contrato no será prorrogable.
5. REVISIÓN DE PRECIOS
Dada la duración del contrato objeto del presente Pliego, no es aplicable al mismo la revi- sión de precios, conforme a lo establecido en el art. 89 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Con- tratos del Sector Público.
6. APTITUD PARA CONTRATAR
6.1 Podrán tomar parte en esta contratación las personas naturales o jurídicas que se tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a la cláusula 7 del pre- sente Pliego de Condiciones o se encuentren debidamente clasificadas conforme a la cláu- sula 8, según corresponda.
Los empresarios deberán contar, así mismo, con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios.
6.2 La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará me- diante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su ca- so, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate
La capacidad de obras de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentaria- mente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplo- mática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de em- presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente xxx- loga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
6.3 La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pú- blico, se efectuará mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, po- drá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administra- tiva, notario público u organismo profesional cualificado.
6.4 Podrán presentarse proposiciones escritas por diversos empresarios agrupados tempo- ralmente para la realización del objeto de esta contratación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante la Administración, y deberán nombrar en su proposición un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los dere- chos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
En este caso cada una de las empresas deberá acreditar su capacidad de obrar y jurídica frente a la Administración de conformidad con lo dispuesto en en el Real Decreto Legisla- tivo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
6.5 En cuanto a las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mis- mo grupo se estará a los dispuesto en el art. 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de oc- tubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Admi- nistraciones Públicas.
7. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TECNICA O PROFESIONAL
7.1 Dado el presupuesto del contrato objeto del presente Pliego, las empresas licitadoras debe- rán acreditar estar en posesión de la clasificación exigida, de conformidad con lo estable- cido en la cláusula siguiente. No obstante, los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su solvencia técnica o profe- sional por los medios siguientes:
a. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
b. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos TRES AÑOS que incluya importes, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, y que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
e. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá pa- ra la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
f. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de contratar.
7.2 Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, los licitadores deberán acre- ditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un se- guro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co- rresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debi- damente diligenciados.
7.3 La no aportación por parte de los licitadores en el plazo de presentación de ofertas estable- cido de toda la documentación necesaria exigida en la presente cláusula y justificativa de la solvencia requerida, podrá ser causa automática de exclusión de la oferta, por considerar no subsanable la falta de aportación de dicha documentación exigida y que acredite la sol- vencia que se requiere.
8. CLASIFICACIÓN, SOLVENCIA Y REGISTRO DE CONTRATISTAS
8.1 De conformidad con lo dispuesto en el art. 65.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con lo establecido en su disposición transitoria cuarta; así como en los arts. 37 y 38 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pú- blicas; y dada la cuantía del presupuesto del contrato objeto de licitación, las empresas de- berán indispensablemente acreditar mediante el certificado correspondiente hallarse clasi- ficadas según la normativa vigente en los siguientes Grupos, Subgrupos y categorías:
GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORIA |
U | 1 | B |
El requisito de la clasificación será exigido igualmente al cesionario de un contrato en el
caso en que hubiese sido exigido al cedente.
8.2 La presentación de los certificados de clasificación, solvencia y Registro expedidos por el Registro Oficial de Contratistas o copia autenticada del mismo, juntamente con una decla- ración responsable de su vigencia, eximirá a los empresarios de presentar otros docu- mentos probatorios de su personalidad y capacidad jurídica, técnica o financiera, salvo las especiales que se exijan expresamente en el presente Pliego.
8.3 Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse documento acre- ditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de de- fectos u omisiones en la documentación.
8.4 Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el Organo de Contratación correspondiente su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a lo establecido en la anterior cláusula, así como su inscripción en un Registro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.
9. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios objetivos que se aplicarán en la valoración de las ofertas presentadas, de con- formidad con lo establecido en el art. 150 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán los siguientes:
9.1 Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor:
Oferta Técnica 0 a 49 puntos
Calidad en el servicio:
▪ Plan propio de empresa de aseguramiento de la calidad específico del servicio a prestar ob- jeto del contrato 0 a 10 puntos
Medios Técnicos:
▪ Medios técnicos que vayan a ejecutarse efectivamente, especificando número de unidades y modelo, así como aquellos otros que ocasionalmente puedan ser destinados al mismo, que in- crementen los mínimos exigidos en el pliego ………………………………… 0 a 7 puntos
▪ Medios humanos y departamentos de intervengan de forma directa e indirecta en la ejecución del contrato, por encima de los mínimos establecidos en el pliego. Las ofertas deberán espe- cificar la relación de personal y departamentos que vayan a tener relación directa con la prestación del servicio objeto de esta contrata, así como con aquellos otros que, en su caso, tengan una relación indirecta 0 a 7 puntos
Asistencia Técnica
▪ Plan de limpieza en el que se desarrollen las principales funciones a realizar de forma clara y exhaustiva 0 a 8 puntos
Organización del servicio
▪ Medidas o plan de organización del servicio 0 a 6 puntos
▪ Plan de inspección y control del personal e instalación 0 a 6 puntos
Calidad Ambiental (en este apartado sólo se aplicará un criterio de los relacionados, en caso de presentar más de un certificado de calidad ambiental se valorará únicamente el de mayor puntuación) …………………………………………….……………………..………….…. 0 a 5 puntos
▪ Papel reciclado certificado xx Xxxxx Azul o equivalente 5 puntos
▪ Papel reciclado con certificado de otros organismos no oficiales 4 puntos
▪ Papel no reciclado con sello FSC 3 puntos
▪ Papel no reciclado con sello Cisne Blanco o equivalente 2 puntos
9.2 Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas:
▪ Oferta Económica 0 a 51 puntos
Para calcular el presupuesto ofertado total, se tendrá en cuenta el precio /hora IVA in- cluido, multiplicado por el número máximo de horas anuales por cada concepto que aparece en el Anexo I de este pliego.
▪ Al valor del presupuesto más bajo ofertado, de las ofertas admitidas, le corresponderá la puntuación máxima de 51 puntos.
▪ El presupuesto tipo de contrata contemplado en la licitación, que en ningún caso deberá ser rebasado, le corresponderá una puntuación de 0 puntos.
Las ofertas se puntuarán de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Puntuación de la Oferta X = Importe oferta más baja * Puntuación Máxima
Importe oferta X
Será considerada ofertas con valores anormales o desproporcionados, aquella cuya baja económica sea inferior en más de 15 unidades porcentuales o más sobre la media de las bajas ofertadas por el resto de licitadores, incluido el IVA.
PUNTUACION TOTAL 100 PUNTOS
10. PROPOSICIONES
10.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en TRES SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D..……….........(en nombre propio o en representación de.……………....., con C.I.F ), para tomar parte en la licitación convocada por
el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el " "
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN TÉCNICA)
▪ “SOBRE 3” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
10.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATI- VA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que cons- ten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra perso- na o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el re- ferido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; que incluya la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documento de clasificación de contratista señalado en la cláusula 8 del presente Pliego, en la forma en la misma detallada, incluyendo declaración responsable sobre la vigencia de dicha clasificación.
7. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profe- sional de la Empresa, en su caso, conforme a lo establecido en la cláusula 8 del pre- sente Pliego.
8. Propuesta de Póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de
600.000,00 € o copia de la Póliza que tenga suscrita la empresa.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
10.3 Los licitadores presentarán en el SOBRE 2 (PROPOSICIÓN TÉCNICA), exclusiva- mente la documentación relativa a los criterios objetivos para la adjudicación del contrato establecidos en la cláusula 9.1.
En ningún caso se incluirá en este sobre la documentación relativa a los criterios recogi- dos en la cláusula 9.2. La inclusión de dichos datos en ese sobre supondrá la exclusión au- tomática de la correspondiente oferta.
En caso de que el licitador considere que en su proposición técnica existen documentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carácter mediante la oportuna declaración firmada, todo ello a los efectos previstos en el art. 140 del Real De- creto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
10.4 En el "SOBRE 3" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D..……........, vecino de.……....., con domicilio en.……...., nº..., con D.N.I. Nº ,
expedido en..…….., el.… de....…., de 20..., en nombre propio (o en representación de..…………...., con C.I.F.: ………) conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de ………., D , con fecha
…….... y nº de protocolo….; enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx Nº.... del día... de........ de 20….., y de los Pliegos de Cláusulas Admi- nistrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del ".....……………....................", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se compromete a la realización del mencionado contrato, con arre- glo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionadso Pliegos de Condiciones y me- moria que acompaña, sl siguiente precio/hora:
• Servicio limpieza precio...... €/hora más IVA, por importe de … lo que supone un total de……€/hora.
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 9.2 del Plie- go de Condiciones y en el “SOBRE 2” la proposición técnica, en la que no se hace alusión alguna a la presente oferta económica.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuan- tas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .........…........
Fecha y firma del proponente".
• Memoria lo más detallada posible justificativa del precio ofertado.
• Documentación acreditativa de los criterios establecidos en la cláusula 8.2 del presente Pliego de Condiciones
• Se indicará igualmente en este sobre, en su caso, la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar, señalando importe, nombre o perfil empresarial, por refe- rencia a las condiciones de solvencia que reúnan los subcontratistas.
• En caso de que el licitador considere que a su proposición económica existen docu- mentos de carácter confidencial, deberá detallar qué documentación tiene ese carác- ter mediante la oportuna declaración firmada, todo ello a efectos previstos en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
• En los casos en que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo, según lo dispuesto en la cláusula 6.5, se deberá adjuntar a la proposición económica declaración sobre los extremos que se concretan en dicha cláusula.
11. PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de OCHO DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sábado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presenten, siem- pre que reúnan las condiciones externas reglamentarias.
12. APERTURA DE PLICAS
12.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa de Contratación, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe del Servicio de Deportes.
- Jefe de Sección de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial.
12.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el
artículo 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprue- ba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (SOBRE 1). Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunica- rá a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBI- LES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo señalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificación y Selección.
12.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones técnicas que con- tienen los criterios cuya valoración dependa de un juicio de valor (SOBRE 2), que tendrá lugar el primer martes siguiente a la fecha de vencimiento de la licitación, siempre que hayan transcurrido los dos días hábiles mencionados en la cláusula anterior. Si no hubiera transcurrido el plazo citado, se retrasará la apertura de las proposiciones hasta el primer martes o jueves siguiente al vencimiento del plazo de subsanación señalado. En todo caso, dicha apertura tendrá lugar antes de que hayan transcurrido siete días desde la apertura del SOBRE 1 (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA).
La referida documentación se entregará al Servicio de Deportes para su valoración, la cual deberá ser emitida en un plazo máximo de cinco días naturales.
12.4 El Ayuntamiento podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor com- prensión de las mismas. En ningún caso dichas aclaraciones podrán suponer modificación de los términos de la proposición efectuada.
12.5 Una vez valorada la proposición técnica, por la Mesa se realizará el acto público xx xxxx- tura de las proposiciones económicas (SOBRE 3). En dicho acto se dará a conocer el re- sultado de la valoración de los criterios contenidos en el SOBRE 2. El referido acto público de apertura de la proposición económica deberá tener lugar antes de que haya transcurrido el plazo de quince días contado desde el día siguiente a la finalización del plazo de pre- sentación de solicitudes.
13. CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
13.1 Las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme al apartado 3 de la presente cláusula, se clasificarán por orden de- creciente, atendiendo a los criterios establecidos en la cláusula 9 del presente Pliego de Condiciones.
13.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica- mente más ventajosa, entendiéndose como tal la que mayor puntuación haya obtenido en la valoración de los criterios establecidos en la cláusula 9, para que dentro del plazo de CIN- CO DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requeri- miento, presente la siguiente documentación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscri- bir a la ejecución del contrato
▪ Justificante de haber constituido la garantía definitiva, a que se refiere la cláusula si- guiente.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de no- viembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
▪ Póliza del seguro de responsabilidad civil por importe de 600.000,00 €, en caso de haber presentado la propuesta, y justificante de pago del último recibo de recibo.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma docu- mentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
13.3 Cuando se identifiquen proposiciones que puedan ser considerada desproporcionadas o anormales, en aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 3.2 del presente plie- go, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifiquen la valoración de la oferta y precisen las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto a la disposiciones re- lativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de un ayuda del Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por los licitadores y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
13.4 La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y no- tificada al adjudicatario mediante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publica-
ción en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsa- bilidad Patrimonial, de conformidad con lo establecido en el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi- miento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
14. GARANTÍA DEFINITIVA
14.1 La garantía definitiva habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 13.2 y se fija en la cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el I.V.A.
La garantía definitiva podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
14.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», su- cinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
14.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los mo- delos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
14.4 Así mismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio, de conformidad con lo establecido en el art. 96.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, previa petición formulada al efecto por el interesado en el plazo señalado en la cláusula 13.2.
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
15.1 el contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Pliego de Condi- ciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento administrati- vo, sin perjuicio de los establecido en al art. 156 del Real Decreto Legislativo 3/2011, Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de OCHO DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
15.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
16. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
16.1 La relación de personal adscrito a la ejecución del contrato propuesto por la empresa adju- dicataria, vinculará a dicha empresa siendo dicho personal los únicos autorizados para prestar el servicio.
A los efectos indicados en el párrafo anterior la empresa adjudicataria deberá presentar en las dependencias del Servicio de Deportes, y previamente al inicio de la actividad, la rela- ción nominal de personal destinado para la prestación del servicio, adjuntando la docu- mentación justificativa al respecto. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá comunicar al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial, con la debida an- telación e idéntica documentación justificativa, a fin de que en su caso se autorice, cual- quier variación que en relación a dicho personal se pudiera producir.
En este orden, y al tratarse de cuestiones de mero trámite en el desarrollo del servicio, se resolverán mediante Decreto del Xxxxxxxx xx Xxxxxxx o Concejal Delegado del área pro- motora del expediente.
16.2 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto de este pliego, con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones, oferta por el mismo presentada y a las órdenes que esta Administración le dé para la mejor realización del servicio adjudicado, el cual será fiscalizado en todo momento por el Jefe del Servicio Municipal promotor del expediente.
16.3 De conformidad con lo establecido en el art. 52 de la Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Ór- gano de contratación se designará un responsable del contrato al que corresponderá super- visar su ejecución, así como adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias pa- ra asegurar su correcta realización.
16.4 El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos estableci- dos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Dichos pagos se justificarán con facturas expedidas por la empresa adjudicataria, las cuales serán conformadas por el Jefe del Servicio Municipal correspondiente, y se tramitarán en forma reglamentaria, conforme a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
16.5 El contrato derivado de la adjudicación de esta convocatoria, por su naturaleza, no tendrá plazo de garantía, de conformidad con lo dispuesto en el art. 222 del Real Decreto Legisla- tivo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que al finalizar la prestación del servicio, el Jefe del Servicio Municipal formalizará Acta de Recepción en el plazo de un mes, desde la finali- zación de la prestación del servicio, en el que justifique la buena prestación de éste, que se-
rá remitido al Servicio de Contratación, Suministros y Responsabilidad Patrimonial para la devolución de la garantía definitiva, en su caso, previa tramitación del reglamentario expe- diente.
17. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
17.1 De conformidad con lo dispuesto en el art. 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos administrativos podrán ser modificados por razones de interés públi- co en la forma prevista en el Título V del Libro I de la mencionada Ley, y de acuerdo con el procedimiento regulado en su art. 211; siendo dichas modificaciones obligatorias para el contratista.
17.2 De acuerdo con lo establecido en el art. 106 del Real Decreto Legislativo 3/2011, las posi- bles modificaciones previstas para el presente contrato son las siguientes:
El contrato podrá ser modificado siempre y cuando se produzcan circunstancias nuevas derivadas de nuevos usos, incremento o disminución de servicios prestados en la instala- ción, incremento o disminución en el número de usuarios u otras causas imprevisibles, que demanden una modificación en la frecuencia en los trabajos de limpieza necesarios para el buen funcionamiento de las instalaciones deportivas, siempre y cuando exista consignación presupuestaria suficiente para ello, sin que dicha modificación iguale o exceda, en más o en menos, el 10 % del precio de adjudicación del contrato
17.3 Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 107 del Real Decreto Legislativo 3/2011, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones no previstas en el con- trato para atender a causas imprevistas, solamente cuando concurra alguna de las circuns- tancias señaladas en dicho artículo.
18. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
18.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabili- dad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se pro- duzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria na- cional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
Asimismo, las empresas que empleen un nº de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a cumplir lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, sobre integración so- cial de los minusválidos, así como en el R.D. 1451/1983, de 11 xx xxxx y demás normati- va complementaria.
18.2 Serán de cuenta de la contrata todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá reper- cutirse como partida independiente.
18.3 La empresa contratista responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del contrato adju- dicado, conforme a lo establecido en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
18.4 La contrata será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y co- mercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos deri- vados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
18.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre; así como en el art. 60.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, la empresa contratista tendrá las siguientes obligaciones contractuales esenciales:
a) Aportar, con carácter previo a la aprobación del gasto correspondiente a cada ejercicio presupuestario y hasta la finalización del contrato, sin que medie reclamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
b) En caso de prórroga del contrato, se deberán aportar, antes de que recaiga el correspon- diente acuerdo, las correspondientes certificaciones de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
19. EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
El Órgano de Contratación, en caso de incumplimiento, a propuesta del responsable del contrato, previa tramitación de las actuaciones oportunas y con audiencia del contratista, podrá imponer a éste multas con arreglo a lo previsto en el art. 212 del Real Decreto Le- gislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en base a las penalidades que a continuación se especifi- can:
19.1 INFRACCIONES: Faltas Leves:
▪ El trato no respetuoso hacia los usuarios o personal de la instalación.
▪ Incumplimiento del resto de obligaciones reconocidas por contrato, que no constituyan
faltas graves ó muy graves.
Faltas Graves:
▪ No acatar las Normas de Régimen Interior del Servicio Municipal de Deportes.
▪ El incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en el contrato, que como consecuencia dificulten o limiten la prestación del objeto del contrato.
Faltas Muy Graves:
▪ El impedimento del uso del servicio público.
▪ Actos de deterioro grave y relevante de los equipamientos e infraestructuras de la Instala- ción Deportiva.
▪ La falta continuada en la prestación del servicio objeto del contrato.
▪ La prestación del servicio por personal que no disponga de los requisitos exigidos de ni- vel y titulación.
▪ El incumplimiento de los horarios, la disminución en el número de personas concertado para la prestación del servicio, así como otros similares que supongan un perjuicio grave al servicio.
▪ El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en la oferta del licitador y que hayan sido objeto de valoración para su adjudicación
▪ El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales del contrato.
19.2 SANCIONES:
Las faltas cometidas por el adjudicatario se sancionarán en la siguiente forma:
▪ Las faltas leves se penalizarán con una sanción económica de hasta el 2% del importe de adjudicación del contrato.
▪ Las faltas graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde el 2%
hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato.
▪ Las faltas muy graves se penalizarán con una sanción económica comprendida desde desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, o con su resolución.
Los importes de las sanciones se harán efectivos mediante deducción en las certificaciones o facturas correspondientes. En caso de que no puedan deducirse de las mismas, la garantía definitiva prestada responderá de la efectividad de dichas sanciones; debiendo el adjudicatario reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 99.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
20. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Con independencia de las faltas que puedan causar la resolución del contrato de conformi- dad con lo establecido en la cláusula anterior, motivarán la resolución del mismo las enu- meradas en los arts. 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con los efectos previstos en el art. 309.
21. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO
21.1 Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicata- rio a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y que se cumplan los requisitos estable- cidos en el art. 226 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
21.2 Salvo que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, este podrá éste concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en las condiciones establecidas en los arts. 227 y 228 del mencionado Real De- creto Legislativo.
22. CONFIDENCIALIDAD
De conformidad con lo establecido en el art. 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista y todos sus empleados deberán respetar el carácter confiden- cial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante el plazo mínimo de cinco años desde el conoci- miento de la información.
Dicho extremo se considera obligación contractual esencial a los efectos establecidos en el art. 223, apartado g) del mencionado Real Decreto Legislativo.
23. GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gas- tos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato.
El importe máximo de los gastos de publicidad asciende a la cantidad de 1.000,00 €.
24. INTERPRETACIÓN E INCIDENCIAS
De conformidad con lo dispuesto en el art. 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos admi- nistrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento con el procedimiento estable- cido en el art. 211 del mencionado Real Decreto Legislativo, el cual será resuelto por la Junta de Gobierno Local previa audiencia al contratista. A este efecto, el Jefe del Servicio promotor del expediente y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
Los acuerdos en su caso adoptados serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio del de- recho que asiste al contratista de proceder por la vía jurisdiccional correspondiente.
25. TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa de este Municipio.
Murcia, 23 de enero de 2012 LA JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
Examinado el presente Pliego, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
Murcia, 23 de enero de 2012
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL "SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS PISCINAS XXXXXXX D. XXXX XXXXXX Y MAR MENOR (MURCIA)”
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx el "SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS PISCINAS XXXXXXX D. XXXX XXXXXX Y
MAR MENOR (MURCIA)”, que se realizará en la forma que a continuación se detalla:
Los códigos correspondientes a la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades según Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, son:
9091000-9 Servicios de limpieza.
2. CONDICIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO
A. HORARIOS:
Previo al inicio del contrato se comunicará al adjudicatario por el Servicio Mpal. de Deportes el horario que se establezca por horas, días y semanas para la prestación del servicio, con la distribución horaria que considere más adecuada para la prestación del servicio, quedando limitado al máximo de horas anuales previstas en el Anexo Nº 1 del presente Pliego. Dicho horario podrá ser modificado por necesidades del servicio, comunicándolo con la suficiente antelación a la empresa adjudicataria, y teniendo siempre en cuenta el número máximo anual de horas establecido.
B. FUNCIONES QUE COMPRENDE EL SERVICIO:
El adjudicatario viene obligado a la prestación de las funciones en que se desarrolla el servicio contratado, que sin menoscabo de otras complementarias que se estimen necesarias por el Servicio Municipal de Deportes, realizará las siguientes:
a) Limpieza puntual y continua de la instalación, así como de sus elementos, como vestuarios, oficinas, salas de máquinas, almacenes, mobiliario, máquinas, etc.
b) Limpieza continuada de todo el material deportivo existente en las instalaciones objeto de este pliego.
c) Atender los servicios de igual naturaleza en otra instalación deportiva al precio contratado, para el caso que sea necesario la sustitución de personal
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
de plantilla, una vez le sean comunicados por el Servicio Municipal de Deportes.
d) Control sanitario del agua con cumplimiento del R.D. 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, así como el Real Decreto 140/2003 de 7 de febrero por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Debiendo elaborar los informes mensuales, libro de mantenimiento y obtención de certificado de limpieza y desinfección, así como protocolos necesarios a seguir.
e) Desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones con productos autorizados y por empresa acreditada por la Dirección General de Salud.
Todo el personal que utilice la empresa adjudicataria para la prestación de los servicios objeto de este concurso tendrá dependencia laboral de la misma, sin que el Ayuntamiento tenga relación jurídica, laboral, ni de otra índole, con el personal de la empresa.
En ningún caso podrá alegarse por el personal de la empresa adjudicataria derecho frente al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx que no esté prefijado legalmente ni durante la vigencia del contrato ni a su término, ya se haya cumplido el plazo de contrato o resuelto el mismo por cualquiera de las causas previstas en la normativa aplicable en materia de Contratación Administrativa.
3. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
El adjudicatario se obliga al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a las obligaciones señaladas en este Pliego, y/o en su oferta (una vez aceptada la misma por la Administración Municipal mediante el acuerdo de adjudicación), así como las contenidas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y en especial deberá dar cumplimiento a las siguientes:
1. Personal.
❑ Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio.
Si por cualquier causa fuera impuesta al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx responsabilidad principal o subsidiaria derivada de relación laboral, por autoridad, organismo o tribunal, la empresa adjudicataria vendrá obligada a resarcirle del importe económico de dicha responsabilidad; en tal caso por el Ayuntamiento se procederá, previa notificación, a deducir la cantidad a resarcir de la facturación pendiente de abono.
❑ El adjudicatario de la contratación, una vez formalizado el contrato y previamente al inicio y ejecución de la actividad deberá presentar en el Servicio promotor y fiscalizador de la ejecución, una declaración responsable del
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
representante legal de la empresa mediante el cual ponga de manifiesto que han realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su acción preventiva, así como que han cumplido sus obligaciones en materia de formación e información respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios.
❑ El adjudicatario así como las personas que presten el servicio objeto de este contrato quedan obligadas a guardar el secreto profesional por tiempo indefinido sobre los datos, hechos y observaciones de los que tenga conocimiento o pueda llegar a conocer como consecuencia del desempeño de sus funciones.
Queda prohibido utilizar fuera del estricto ámbito profesional o para fines distintos de los que motivaron su entrega, cualquier tipo de documento, al que haya tenido acceso como consecuencia de su vinculación con el objeto del contrato.
❑ Dotar a todo el personal afecto al servicio de uniforme con el logotipo del Ayuntamiento xx Xxxxxx (Servicio de Deportes) y tarjeta de identificación que deberá de incluir los siguientes datos: nombre de la empresa, categoría profesional y nombre del trabajador, así como cuidar de su correcta prestación por el personal a su cargo, dotándole de los medios necesarios para el óptimo desempeño del servicio.
❑ Al frente de las brigadas de limpieza, de las distintas Instalaciones, habrá un encargado o capataz responsable del fiel cumplimiento de las órdenes de la Empresa, según las condiciones que expresa este Pliego.
❑ Nombrar un Jefe de Servicio como coordinador de las labores encomendadas y receptor de las órdenes e instrucciones emanadas del Servicio Municipal de Deportes xx Xxxxxx, con localización permanente, las 24 horas, a través del teléfono móvil y fax. En la memoria presentada por los licitadores se hará constar la designación y datos indentificativos de la persona que realizará dicha función.
❑ Elaborar un plan de limpieza de la Instalación con indicación de las operaciones a realizar, su frecuencia y personal encargado con evaluación de riesgos y protocolos de trabajos, presentando una copia del mismo en el Servicio de Deportes al inicio del contrato.
❑ Elaborar informes mensuales del cumplimiento del plan de limpieza, estado de las instalaciones, operaciones realizadas, incidencias y usos.
❑ A obtener, a su cargo y con anterioridad al comienzo de las actividades objeto de este concurso, las licencias, permisos y autorizaciones que fuesen necesarios para el desarrollo del servicio y a cumplir los Reglamentos y demás disposiciones legales vigentes en relación con dicha actividad.
❑ A todos y cada uno de los trabajadores que se ocupen de los servicios objeto de este concurso el contratista les extenderá, por escrito, contrato de
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. X-0000000 X)
trabajo conforme con la vigente legislación laboral. En ningún caso las condiciones de trabajo fijadas en el mismo serán inferiores a las establecidas en el convenio colectivo vigente para el sector en cada momento.
❑ Serán de cuenta del adjudicatario el abono de las contribuciones, impuestos, arbitrios o cualesquiera otra carga o gravamen que recaiga sobre la actividad objeto del servicio que se adjudica.
❑ Será siempre de cuenta del adjudicatario la disposición de los medios técnicos, materiales y humanos necesarios para la correcta ejecución del servicio conforme a las características que se definen en este Pliego.
❑ El contratista se responsabilizará del aseo, decoro y uniformidad en el vestuario del personal a su cargo, de que actúe con la debida cortesía y corrección en su trato con los usuarios y personal del servicio, y de evitar la producción de ruidos innecesarios durante la prestación de los servicios.
❑ Cuidar que el servicio se realice, en relación con los usuarios de las Instalaciones Deportivas, con rapidez, eficacia y discreción.
❑ El adjudicatario está obligado a acatar las instrucciones que para la mejor realización del servicio dicte el Servicio Municipal de Deportes debidamente razonadas y comunicadas por escrito al adjudicatario.
❑ El adjudicatario del presente concurso pondrá, en su caso, a disposición del Ayuntamiento el personal adscrito a la empresa adjudicataria siempre que sea necesario para cubrir las necesidades motivadas por el interés público.
❑ En la Conserjería de cada una de las instalaciones habrá unas hojas diarias de control de horarios en las que cada trabajador hará constar su nombre, nº de afiliación a la Seguridad Social, hora de entrada y salida y su firma. Dichas hojas quedarán en posesión de la instalación deportiva correspondiente.
❑ Será de cuenta del adjudicatario la dotación a su personal del utillaje, maquinaria y productos de limpieza necesarios en número y calidad suficientes para la correcta prestación del servicio.
❑ La limpieza se realizará con maquinaria adecuada y productos neutros específicos para cada tipo de pavimento.
❑ En servicios y vestuarios principalmente, la calidad de los productos de limpieza y desinfección empleados deberá garantizar un estado general de higiene óptimo.
❑ Es de cuenta del adjudicatario la reposición diaria de papel higiénico de los servicios.
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. X-0000000 X)
❑ El Servicio Municipal de Deportes proporcionará en cada una de las Instalaciones un almacén donde guardar los útiles, máquinas y productos propiedad del adjudicatario.
❑ Será por cuenta de la empresa adjudicataria toda la maquinaria necesaria para el mantenimiento y la limpieza, que será como mínimo la que a continuación se detalla:
• Aspiradora industrial para agua y polvo xx xxxxx inoxidable de 2 HP mínimos.
• Limpiadora de agua de alta presión 100 Kg/cm2, caudal de 600 lts./min., y aspiración de detergente.
• Máquina barredora-aspiradora, motor a baterías, ancho de barrido no menor a 80 cm.
• Máquina fregadora-aspiradora, 2.500 m2/hora de rendimiento, anchura de fregado de 61 cm.
• Máquina rotativa de baja velocidad (140 r.p.m.) para mantenimiento de abrillantado.
• Máquina rotativa de alta velocidad (450 r.p.m.) para mantenimiento de abrillantador.
• Cubos, fregonas, mopas, escobas, etc.
• Todas las herramientas necesarias para poder cubrir lo requerido en el pliego.
❑ Así mismo será por cuenta de la empresa adjudicataria los materiales que a continuación se relacionan:
• Material de limpieza.
• Papel higiénico-sanitario.
• Jabón líquido.
• Papel secamanos.
• Cualquier otro material de costo pequeño que sea accesible.
• La herramienta de utilización normal necesaria.
• Todo el material de limpieza e higiene necesarios en la instalación.
4. PLAZO DEL CONTRATO
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
El plazo de duración del contrato derivado de la adjudicación del servicio objeto del presente Pliego comprenderá, desde la fecha de formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2012.
Dicho contrato no será prorrogable ni objeto de revisiones de precios.
5. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado siempre y cuando se produzcan circunstancias nuevas derivadas de nuevos usos, incremento o disminución de servicios prestados en la instalación, incremento o disminución en el número de usuarios u otras causas imprevisibles, que demanden una modificación en la frecuencia en los trabajos de limpieza necesarios para el buen funcionamiento de las instalaciones deportivas, siempre y cuando exista consignación presupuestaria suficiente para ello, sin que dicha modificación iguale o exceda, en más o en menos, el 10 % del precio de adjudicación del contrato.
6. PRECIO
Los licitadores presentarán sus ofertas estableciendo los precios/hora del servicio, que como máximo se fijan en las cantidades siguientes:
• Servicio de Limpieza 16,53 €/hora, más el 18 % de IVA (19,50 €/hora).
Los licitadores realizarán la baja que estimen pertinente sobre el precio/hora establecido en el presente Pliego.
El precio total del contrato no podrá superar la cantidad de 139.933,16 € más el 18 % de IVA, lo que hace un total de 165.121,13 €, conforme al siguiente detalle:
Ejercicio 2012 (desde la formalización del contrato hasta 31 de diciembre):
Limpieza 165.121,13 €:
Partida 039/342/227 00 139.933,16 €
IVA 18 %:
Partida 039/342/227 00 25.187,97 €
En el precio en que se contrate la actividad objeto de este Pliego, se entenderán comprendidos todos los gastos y, por tanto, el beneficio industrial, los impuestos de toda índole que graven la realización del mismo y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido, etc, no pudiendo, en su consecuencia, repercutirlos la empresa adjudicataria en la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
Los licitadores estarán facultados para sugerir en sus propuestas y ofertas las mejoras que, sin menoscabo de lo establecido en este Pliego de Condiciones, contribuyan a la mejor realización del objeto de este servicio, teniendo en cuenta que el factor económico será sólo un dato más a tener en cuenta en la adjudicación.
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. X-0000000 X)
No se admitirán variantes o alternativas.
7. RÉGIMEN XX XXXXXX Y SANCIONES:
Faltas muy graves
• El impedimento del uso del servicio público.
• Actos de deterioro grave y relevante de los equipamientos e infraestructuras de la Instalación Deportiva.
• La falta continuada en la prestación del servicio objeto del contrato.
• La prestación del servicio por personal que no disponga de los requisitos exigidos de nivel y titulación.
• El incumplimiento de los horarios, la disminución en el número de personas concertado para la prestación del servicio, así como otros similares que supongan un perjuicio grave al servicio.
Faltas graves
• No acatar las Normas de Régimen Interior del Servicio Municipal de Deportes.
• El incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario establecidas en el contrato, que como consecuencia dificulten o limiten la prestación del objeto del contrato.
Faltas leves
• El trato no respetuoso hacia los usuarios o personal de la instalación.
• Incumplimiento del resto de obligaciones reconocidas por contrato, que no constituyan faltas graves ó muy graves.
Las faltas no contempladas en este Pliego se clasificarán por su analogía con las anteriores desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.
El importe de la sanción está relacionado de forma directa con la cuantía total del contrato y por razón de las faltas el Ayuntamiento podrá imponer las sanciones siguientes:
x. Xxxxxx Leves: Se podrán sancionar bien con apercibimiento verbal o escrito, bien con una sanción económica de hasta el 2% del importe total del contrato.
x. Xxxxxx Graves: Desde el 2% hasta el 5% del importe total del contrato.
x. Xxxxxx muy Graves: Desde el 5% hasta el 10% del importe total del contrato, si bien se podrá optar por la resolución del mismo con independencia de la sanción económica.
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. X-0000000 X)
Xxxxxx, 28 de diciembre de 2011
Conforme:
JEFE DE SERVICIO DE DEPORTES, JUVENTUD Y TURISMO
Fdo.: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx
JEFE DE INSTALACIONES DEPORTIVAS ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL
Fdo.: Xxxx Xx Xxxxxxx Xxxxxx
PISCINA MAR MENOR
FRECUENCIA EN LA LIMPIEZA
1.1. Dada la diferente utilización de las estancias de las Instalaciones deportivas es necesario señalar una frecuencia y en los horarios reflejados en el ANEXO Nº 1.
1.2. La utilización continua hace necesario la limpieza y desinfección dos veces diarias en:
❏ Vestuarios masculinos
❏ Vestuarios femeninos
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
❏ Vestuarios y Sala de profesores
❏ Aulas y salas
❏ Conserjería y acceso deportistas
❏ Botiquín
❏ Zona de duchas, servicios, lavabos y urinarios de toda la Instalación.
1.3. Serán estancias a limpiar y desinfectar solo una vez al día las siguientes:
❏ Vestíbulos
❏ Escaleras de accesos
❏ Oficinas
❏ Vaciado de papeleras de toda la Instalación.
1.4. Serán estancias a limpiar y desinfectar los LUNES y JUEVES las siguientes:
❏ Gradas
❏ Rampas exteriores a sótanos
❏ Pasillo superior exterior
❏ Cafetería.
1.5. Los LUNES de cada semana se habrá de proceder a la limpieza y desinfección de los almacenes, puertas, paredes, techos, lámparas e interruptores de luz, cortinas, cristales
, mobiliario de despacho, etc.
1.6. El primer día de cada mes se procederá a la limpieza xx xxxxxxxxx, xxxxx de máquinas, terrazas, etc. También se aplicará raticida en todas las aristas y esquinas.
1.7. Durante el mes xx xxxxxx se efectuará una limpieza y desinfección general de las Instalaciones mencionadas.
1.8. No se podrá almacenar basura dentro de la Instalación, para ello la empresa deberá utilizar y disponer de contenedores.
1.9. El Servicio Municipal de Deportes se reserva el derecho de arbitrar los mecanismos de inspección que estime oportunos para el fiel cumplimiento de las condiciones de la contrata y en defensa del beneficiario publico.
PISCINA XXXXXXX
FRECUENCIA EN LA LIMPIEZA
1.1. Dada la diferente utilización de las estancias de las Instalaciones deportivas es necesario señalar una frecuencia y en los horarios reflejados en el ANEXO Nº 1.
1.2. La utilización continua hace necesario la limpieza y desinfección dos veces diarias en:
❏ Vestuarios masculinos
❏ Vestuarios femeninos
❏ Vestuarios y Sala de profesores
❏ Aulas y salas
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. X-0000000 X)
❏ Conserjería y acceso deportistas
❏ Botiquín
❏ Zona de duchas, servicios, lavabos y urinarios de toda la Instalación.
1.3. Serán estancias a limpiar y desinfectar solo una vez al día las siguientes:
❏ Vestíbulos
❏ Escaleras de accesos
❏ Oficinas
❏ Vaciado de papeleras de toda la Instalación.
1.4. Serán estancias a limpiar y desinfectar los LUNES y JUEVES las siguientes:
❏ Gradas
❏ Rampas exteriores a sótanos
❏ Pasillo superior exterior
❏ Cafetería.
1.5. Los LUNES de cada semana se habrá de proceder a la limpieza y desinfección de los almacenes, puertas, paredes, techos, lámparas e interruptores de luz, cortinas, cristales
, mobiliario de despacho, etc.
16. El primer día de cada mes se procederá a la limpieza xx xxxxxxxxx, xxxxx de máquinas, terrazas, etc. También se aplicará raticida en todas las aristas y esquinas.
1.7. Durante el mes xx xxxxxx se efectuará una limpieza y desinfección general de las Instalaciones mencionadas.
1.8. No se podrá almacenar basura dentro de la Instalación, para ello la empresa deberá utilizar y disponer de contenedores.
1.9. El Servicio Municipal de Deportes se reserva el derecho de arbitrar los mecanismos de inspección que estime oportunos para el fiel cumplimiento de las condiciones de la contrata y en defensa del beneficiario publico.
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
ANEXO I
PISCINAS XXXXXXX XXXX XXXXXX Y MAR MENOR
HORAS MÁXIMAS DE LIMPIEZA
TOTAL COSTE MÁXIMO/AÑO PISCINA XXXXXXX:
XXXXXXX XX 0 XX XXXXXXXXXX X 00 XX XXXXX:
HORAS/SEMANA | SEMANAS | HORAS/AÑO | PRECIO/HORA | COSTE INVIERNO LIMP. DIARIA |
90 48,14 4.332,6 19,50 € 84.485,70 €
XXXXXXX XX 0 X 00 XX XXXXXX:
HORAS MÁXIMAS PRECIO/HORA COSTE MÁXIMO TEMPORADA VERANO
40 19,50 € 780,00 €
TOTAL COSTE MÁXIMO/AÑO PISCINA MAR MENOR:
XXXXXXX XX 0 XX XXXXXXXXXX X 00 XX XXXXX:
HORAS MÁXIMAS/SEMANA | SEMANAS | HORAS MÁXIMAS/AÑO | PRECIO/HORA | COSTE MAXIMO INVIERNO LIMP. DIARIA |
95,50 43,30 4.135,15 19,50 € 80.635,43 €
XXXXXXX XX 0 XX XXXXX X 00 XX XXXXXX:
HORAS MÁXIMAS PRECIO/HORA COSTE MÁXIMO TEMPORADA VERANO
70 19,50 € 1.365,00 €
CATEGORÍAS PROFESIONALES:
- Peones especialistas en limpieza xx xxxxxxxxx, limpieza mecánica de suelos y limpieza en general.
FUNCIÓN PRINCIPAL:
- Limpieza diaria de todos los elementos de todas las dependencias, tanto de las zonas de utilización como de los vestuarios, oficinas, salas de máquinas, almacenes, mobiliario, etc.
- Limpieza xx xxxxxxxxx en general y mecánica en suelos.
OBSERVACIONES:
Deberá existir una hoja de firmas del trabajador en la que conste el día, hora de inicio y fin de la limpieza, nombre del trabajador y su firma, que deberá ser conformada por la empresa adjudicataria y por el Servicio Municipal.
Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx
T: 968 35 86 00 (C.I.F. P-3003000 A)
PRECIO MÁXIMO ANUAL PISCINA XXXXXXX y MAR MENOR, IVA 18 % INCLUIDO | |
SERVICIO | |
LIMPIEZA Piscina Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx .................................................. | 84.485,70 € |
LIMPIEZA Piscina Mar Menor ................................................................... | 80.635,43 € |
PRESUPUESTO MÁXIMO TOTAL ANUAL | 165.121,13 € |
Asciende la presente valoración a la cantidad máxima de 165.121,13 € (CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIUN EUROS CON TRECE CÉNTIMOS), incluidos todos los gastos e IVA 18 %.
Murcia, 28 de diciembre de 2011
Conforme:
JEFE DE SERVICIO DE DEPORTES, JUVENTUD Y TURISMO
XXXX XXXXXX XXXXXXX
JEFE DE INSTALACIONES DEPORTIVAS ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL
XXXX Xx XXXXXXX XXXXXX