Contents
Contents
2 Ámbito de los servicios financieros 4
4 “Intermediarios Financieros” promovidos por XXXX BROKER S.L 4
5 Clasificación de los Clientes 4
6 “Instrumentos financieros” 5
7 Contrato de Acceso a la Prestación de Servicios y a la Operativa por Xxx Xxxxxxxxxx 0
9 Protección de Activos de los Clientes 6
10 Evaluación de conveniencia y Mercado Objetivo 6
11 Política de mejor ejecución 7
13 Política de gestión de incentivos 8
14 Política de gestión de conflictos de interés 11
16 Servicio de Atención al Cliente 12
Definiciones
“CNMV”: Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, entidad reguladora de los mercados financieros en España.
“Contraparte Elegible”: entidades dotadas de amplios conocimientos en materia de mercados financieros y de sus productos que se comercializan en dichos mercados. Se inserta en esta categoría las siguientes entidades: (i) Instituciones de Crédito; (ii) Sociedades de Inversión; (iii) empresas de seguros; (iv) Fondos de Pensiones y sus respectivas Sociedades Gestoras, (v) otras instituciones financieras autorizadas; (vi) Gobiernos nacionales y servicios correspondientes.
“FOGAIN”: Fondo de Garantía de Inversiones que protege a los inversores en caso de insolvencia de las agencias españolas adherentes al fondo. Página web del fondo (xxx.xxxxxx.xxx).
“Instrumentos Financieros”: Son productos que permiten negociar distintos activos financieros. Algunos ejemplos: Acciones, CFDs, Forex, Futuros y Opciones. Algunos se negocian en mercados organizados, por ejemplo, los futuros y las acciones, mientras que los CFDs y la divisa se negocian en mercados no organizados, denominados OTC (Over-the-Counter). Cada “Intermediario Financiero”, con quien XXXX BROKER S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker”, ofrece distintos “instrumentos financieros” a través de su “Plataforma de Negociación”.
“Interactive”: Interactive Brokers (U.K.) Limited, registrada y supervisada por la Financial Conduct Authority (FCA) con número 208159, y número de registro 03958476, con sede en Xxxxx Xxxxx, Xxxxx 00, 000, Xxxxxxxxxxx, XX0X 0XX – Xxxxxxx, Xxxxx Unido, es una entidad con la que XXXX BROKER S.L. tiene unacuerdo con “Introducing Bróker” para promover sus servicios financieros bajo la denominación de HUGO INVESTING.
“Intermediario Financiero”: Entidad financiera con la que XXXX BROKER S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker” y seleccionada por el cliente. XXXX BROKER S.L., tiene DOS acuerdos de “Introducing Bróker” con las siguientes entidades “Saxo”, “Interactive”
“Introducing Bróker”: Entidad que presta servicios de presentación y promoción de servicios financieros de un “Intermediario Financiero” junto del Cliente.
“Minorista”: Según la legislación española, Ley 47/2007 de 19 de diciembre, y el Real Decreto 217/2008 de 15 de febrero, y en cumplimiento y aplicación de la directiva europea sobre los Mercados de Instrumentos Financieros (MiFid), las entidades financieras tienen la obligación de clasificar a sus clientes según su nivel de conocimientos en materia de inversiones, según esta experiencia serán clasificados como minoristas, profesionales y contrapartes elegibles. El Cliente minorista es aquel que tiene menos conocimientos y experiencia en mercados financieros, y son, por ello, los que reciben mayor protección en la legislación vigente.
“Plataforma de Negociación”: plataforma de negociación que permite negociar en los mercados financieros a través de distintos “instrumentos financieros”. Aunque conste el logo xx XXXX BROKER S.L., la plataforma de negociación pertenece única y exclusivamente al “Intermediario Financiero” seleccionado por el Cliente, como consecuencia, es el único responsable de la misma.
“Principal”: significa que el “Intermediario Financiero” no actúa como agente para las órdenes del cliente, es decir, no las transmite a un mercado organizado para su ejecución. En este caso, las órdenes del cliente se ejecutan directamente con el “Intermediario Financiero” que actúa como contraparte del cliente para todas las órdenes que se ejecutan.
“Profesional”: es una posible clasificación del cliente. Son entidades que prestan servicios de inversión, entidades que ejercen actividades de inversión o grandes empresas, siempre que éstas, de acuerdo con sus últimas cuentas individuales, cumplan dos de los siguientes criterios:
situación neta de 2 millones de euros; (ii) Activo total de 20 millones de euros; (iii) Volumen de negocios neto de 40 millones de euros. El cliente “Minorista” que desee clasificarse como “Profesional” deberá cumplimentar al menos dos de los tres requisitos siguientes:
• Haber efectuado operaciones con un volumen significativo en el mercado de referencia, con una frecuencia media xx xxxx operaciones por trimestre durante el último año;
• Disponer de una cartera de “instrumentos financieros”, incluidos los depósitos en efectivo, que supere los 500 mil euros;
• Ejerza o haya ejercido funciones en el sector financiero como mínimo durante un año en un cargo que exija conocimientos de los servicios o transacciones financieras en cuestión.
“Saxo”: Saxo Bank A/S, registrada y supervisada por la Financial Supervisory Authority (FSA), con número 1149, y número de registro 15731249, con sede en Xxxxxx Xxxxxxx Allé 15, DK-2900 Hellerup, Dinamarca, es una entidad con la que XXXX BROKER S.L. tiene un acuerdo como “Introducing Bróker” para promover sus servicios financieros bajo la denominación xx Xxxx Xxxxxxxxx
1 Introducción
XXXX BROKER S.L. – con sede en España (en adelante, designada por XXXX XXXXXX S.L.),con sede social en Urb. La Carolina Local N – 00000 Xxxxxxxx - Xxxxxx, Xxxxxx, es una empresa de servicios financieros que está registrada en la “CNMV” con el número XXX.
2 Ámbito de los servicios financieros
XXXX BROKER S.L. está autorizada por la “CNMV” a realizar el servicio de Recepción y transmisión de órdenes en relación a uno o más “instrumentos financieros”.
3 Papel y responsabilidades
XXXX BROKER S.L. es un “Introducing Bróker” de varios “Intermediarios Financieros”. El papel y las responsabilidades de cada una de estas entidades, XXXX BROKER S.L. y “Intermediarios Financieros”, se detallanen el Contrato de Acceso a la Prestación de Servicios y a la Operativa por Vía Telemática
4 “Intermediarios Financieros” promovidos por XXXX BROKER S.L.
XXXX BROKER S.L. promueve los servicios de varios “Intermediarios Financieros”, identificados RESUMEN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE CADA “INTERMEDIARIO FINANCIERO”,
5 Clasificación de los Clientes
Por defecto, XXXX BROKER S.L. clasifica a sus clientes como: “Minorista”.
6 “Instrumentos financieros”
En concordancia con la nueva reglamentación que exige proporcionar cierta información a los clientes, los productores de “instrumentos financieros”, en este caso los “Intermediarios Financieros”, están obligados a producir los documentos de información básica DIF (o KID – Key Information Document), Paquetes de Inversión de Retail y de Productos de Inversión basados en seguros (o PRIIP – Packaged Retail and Insurance-based Investment Products), debiendo proporcionar a sus clientes previamente a la prestación del servicio, o conclusión de la transacción sobre este tipo de productos financieros.
Para cada uno de los “intermediarios financieros”, los originales de estos documentos pueden ser consultados, siguiendo las siguientes instrucciones:
• “Saxo”, mediante el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxx.xxxx/xxxxx/xxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx/xxx;
• “Interactive”, mediante la “plataforma de negociación” xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxXxxxxxx.xx.xx/xx/xxxxx.xxx?xx0000
7 Contrato de Acceso a la Prestación de Servicios y a la Operativa por Vía Telemática
Si el cliente se clasifica como “Minorista”, la actual legislación exige la celebración, en forma escrita, de un contrato de Acceso a la Prestación de Servicios y a la Operativa por Vía Telemática para la recepción y transmisión de órdenes que defina el ámbito de la relación iniciada entre la entidad que ejerce una actividad de intermediación financiera y el Cliente, además de la descripción de los derechos y deberes de ambas partes.
Dado que XXXX BROKER S.L. es un “Introducing Bróker” de varios “Intermediarios Financieros”, el alcance, los derechos y los deberes de estas entidades también se describen en este contrato.
8 Centros de ejecución
Dado que XXXX BROKER S.L. es sólo un “Introducing Bróker” de varios “intermediarios financieros”, la selección de los centros de ejecución es responsabilidad de estas entidades.
Por una cuestión de transparencia, XXXX BROKER S.L. se limita a informar al cliente al respecto, en particular donde podrá encontrar esa información:
• “Saxo”: utilizando los siguientes pasos
– Enlace: xxxxx://xxx.xxxx.xxxx/xxxxx/xxxxx-xx-xxx/xxxx-xxxxx-xx-xxx
– Seleccionar el apartado General Business Terms
– Consultar los documentos con la palabra Best Execution Policy, donde se enumeran todos los centros de ejecución utilizados por el “Saxo”
• “Interactive”: utilizando los siguientes pasos
– Enlace: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxXxxxxxx.xx.xx/xx/xxxxx.xxx?xx0000&xxxxxxxxxxx es
– Consulte los documentos con la palabra de inicio y de ejecución, donde se enumeran todos los centros de ejecución utilizados por “Interactive”
9 Protección de Activos de los Clientes
XXXX BROKER S.L. no es responsable de la custodia de los valores y/o del efectivo del cliente.
XXXX BROKER S.L. está adherido al “FOGAIN”. Puede consultar el funcionamiento y la cobertura a través de la página de dicha entidad, a través del enlace:
• xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx
Si desea conocer en detalle de qué forma los “Intermediarios Financieros” salvaguardan sus activos, deberá utilizar las siguientes instrucciones:
• “Saxo”
– xxxxx://xxx.xxxx.xxxx/xxxxx/xxxx-xxxx-xx
– consultar el apartado Protection Of Client Funds
• “Interactive”
– xxxxx://xxxx.xxxx/xxxx/0000
– xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxXxxxxxx.xxx/xx/xxxxx.xxx?xx0000&xxxxx
10 Evaluación de conveniencia y Mercado Objetivo
A todos los clientes clasificados como “Minorista”, XXXX BROKER S.L. realiza un cuestionario previo a que pueda comenzar a operar desde la plataforma con el fin de evaluar los conocimientos y experiencia del cliente en relación a uno o más “Instrumentos Financieros”.
Del resultado de esta prueba, se determinará si ciertos “instrumentos financieros” son convenientes o no para el cliente.
• En el caso de los clientes captados a través xx XXXX BROKER S.L., en el momento en que el cliente transmiteun orden en la “plataforma de negociación” en un instrumento financiero para el cual XXXX BROKER S.L. no considera conveniente, recibirá una alerta y tendrá que cumplimentar una declaración para proseguir con el orden.
XXXX BROKER S.L. al ser un distribuidor de “instrumentos financieros” producidos por los “intermediarios financieros”, en particular “instrumentos financieros” negociados fuera de las bolsas organizadas (CFDs y Forex), está obligada a asegurarse de que estos “instrumentos financieros” no sean promovidos a clientes potenciales para los que las características no les sean apropiadas, teniendo en cuenta:
(i) tipo decliente;
(ii) conocimientos y experiencia;
(iii) situación financiera, en particular la capacidad para absorberpérdidas.
11 Política de mejor ejecución
XXXX BROKER S.L. es un “Introducing Bróker” de varios “Intermediarios Financieros”, por lo que su política de mejor ejecución tiene un ámbito muy restringido y considera un número reducido de criterios. Por regla general, el cliente deberá tener en cuenta la política de ejecución del “Intermediario Financiero” que hayaseleccionado.
Para conocer nuestra política de ejecución y la de los “intermediarios financieros”, puede utilizar las siguientes instrucciones y enlaces:
• “Saxo”
– Link: xxxxx://xxx.xxxx.xxxx/xxxxx/xxxx-xxxx-xx
– Apartado: General Business Terms
– Documento: Best Execution Policy
• “Interactive”
– Link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.xx/xx/xxxxx.xxx?xx0000&xxxxxxxxxxxxx
– Documento: Interactive Brokers (U.K.) Limited Order Execution Policy
12 Política de privacidad
La Política de Privacidad xx XXXX BROKER S.L. define lo siguiente:
• Qué datos personales obtenemos y tratamos sobre el cliente y su uso de nuestra página web, nuestras aplicaciones para teléfonos móviles y nuestros servicios online;
• De dónde obtenemos estos datos;
• Lo que hacemos con estos datos;
• Cómo guardamos los datos;
• A quién transferimos / revelamos esos datos;
• Cómo gestionamos sus derechos de protección de datos;
• Como hemos cumplido la legislación sobre protección de datos.
Para conocer en detalle nuestra Política de Privacidad, deberá seguir las siguientes instrucciones:
• HB13-Política de privacidad de cookies
• HB14-Política de protección de datos
13 Política de gestión de incentivos
En ningún caso, XXXX BROKER S.L. cobra comisiones directamente al cliente para los servicios financieros contratados por éste, excepto para actividades accesorias, tales como, entre otras, formación o servicio de webinars.
El “Intermediario Financiero” es el único responsable de calcular, aplicar y liquidar los distintos cargos y comisiones. Para algunos de estos conceptos, XXXX BROKER S.L. recibe incentivos del “Intermediario Financiero”.
Para obtener el documento que justifica que el papel desarrollado por XXXX BROKER S.L. incrementa la calidad del servicio y, por lo tanto, justifica el ingreso por parte de esta de dichos incentivos, se encuentra en el siguiente documento:
• HB12-Política de gestión de incentivos
Por una cuestión de transparencia, para cada “Intermediario Financiero”, XXXX BROKER S.L. detalla para qué conceptos recibe incentivos y el porcentaje medio (a través de un intervalo) que obtiene del valor cobrado al cliente.
• Documento: HB5-Resumen de los términos y condiciones del intermediario financiero
• Comisiones de intermediación:
– Spread: diferencia entre el precio bid y precio ask aplicado por el intermediario financiero con el cual XXXX BROKER S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker”;
– Comisión: las comisiones aplicadas por el intermediario financiero con el cual XXXX XXXXXX
S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker” sobre el valor negociado (cantidad de títulos o contratos × precio de ejecución) o sobre la cantidad negociada (cantidad de títulos o contratos).
– En el caso de que el intermediario financiero cobre una comisión por inactividad de la cuenta, o mantenimiento de la misma, XXXX BROKER S.L. puede llegar a recibir una parte de la misma por parte del mismo.
• Comisiones de financiación:
– Financiación CFD: financiación aplicada por el intermediario financiero con el cual XXXX XXXXXX S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker” en el instrumento “CFDs de Acciones” y “CFDs Índices”;
– Financiación CFD Forex: financiación aplicada por el intermediario financiero con el cual XXXX XXXXXX S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker” en el instrumento “CFDs Forex”;
– Financiación Cuenta Margen: financiación aplicada por el intermediario financiero con el cual XXXX XXXXXX S.L. tiene un acuerdo de “Introducing Bróker” cuando ocurre un descubierto (efectivonegativo) en la cuenta donde se registran las liquidaciones.
• Conversión cambiaria
– Conversión cambiaria: comisión aplicada por el intermediario financiero con el cual XXXX XXXXXX S.L. tiene un acuerdo de “Introducing bróker” sobre la tasa cambiaria, en el momento de liquidar pérdidas/ganancias en instrumentos derivados, compra o venta de productos caja (acciones,bonos…) y comisiones cuando se aplican en una divisa distinta de la divisa base de la cuenta.
Según los acuerdos de “Introducing bróker”, XXXX BROKER S.L. tiene retrocesiones por los siguientes
Saxo Bank | ||
conceptos: Spread | X | |
Comisión | X | X |
Financiación CFD | X | X |
Financiación CFD Forex | X | X |
Financiación Cuenta
Margen X
Conversión cambiaria X
Con respecto a Saxo, en los siguientes instrumentos se concentran los mayores volúmenes y número de operaciones de nuestros clientes:
• Nota previa: cuando se mencionan Active, Standard y Basic nos referimos a un determinado grupo de comisiones, los tres posibles tarifarios aplicados por XXXX BROKER S.L. Los instrumentos discriminados seguidamente representaron cerca de 70% del volumen negociado por los clientes en los primeros 4 meses del año 2019.
• CFDs cuyo subyacente son acciones de empresas cotizadas en el mercado español:
– Con respecto al Spread y Comisión, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valor cobradoal cliente y el valor pago a Saxo por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
• Spread: 0,04% sobre el volumen negociado;
• Comisión: 3 Euros; en el caso del grupo de comisiones “Basic”, 4,5 Euros;
• CFDs cuyo subyacente son acciones de empresas cotizadas en el mercado norteamericano:
– Con respecto al Spread y Comisión, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valor cobrado al cliente y el valor pago a Saxo por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
• Spread: 0,09% sobre el volumen negociado;
• Comisión: 4 USD
• CFDs cuyo subyacente son índices:
– Con respecto al Spread, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valor cobrado al cliente y el valor pago a Saxo por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
• DAX-30: 0,5 puntos (diferencia entre el precio ask y bid);
• DOW-30: 1,4 puntos (diferencia entre el precio ask y bid);
• NASDAQ-100: 0,015625 (en el caso del Active); 0,078125 (Basic); 0,040625 (Standard); (diferencia entre el precio ask y bid);
• S&P-500: 0,35 puntos, en el caso del Standard y Active y 0,50625, en el caso del Basic; (diferencia entre el precio ask y bid);
• CFDs cuyo subyacente son pares cambiarios:
– Con respecto al Spread, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valor cobrado al clientey el valor pago a Saxo por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
• EURUSD: 0,00002 en el caso del Standard y Active, y 0,000035 en el caso del Basic; (diferencia entre el precio ask y bid);
• XAUUSD: 0,08 (diferencia entre el precio ask y bid).
• Con respecto a los conceptos Financiación CFD, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valorcobrado al cliente y el valor pago a Saxo por XXXX BROKER S.L.:
– Valor pago por XXXX XXXXXX S.L. a Saxo Bank: tasa institucional practicada por Saxo Bank añadida de un spread de 1%; el en caso de CFDs Índices, cuando XXXX BROKER S.L. aplica un spread al cliente demás del 200% por encima del coste para XXXX BROKER S.L., tiene que pagar 50% de ese valor a Saxo Bank
• Con respecto a los conceptos Financiación CFD Forex, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valor cobrado al cliente y el valor pago a Saxo por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
– Valor pago por XXXX BROKER S.L. a SaxoBank: xxxxx://xxx.xxxx.xxxx/xxxxx-xxx- conditions/forex/financing
• Con respecto a la conversión cambiaria, XXXX BROKER S.L. recibe de Saxo la diferencia entre el valor cobradoal cliente y el valor pagado a Saxo por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
– 0,5% (valor cobrado por Saxo Bank x XXXX BROKER S.L.)
Con respecto a Interactive Brokers, en el concepto comisión, XXXX BROKER S.L. recibe de Interactive Brokers la diferencia entre el valor cobrado al cliente y el valor pago a Interactive Brokers por XXXX BROKER S.L., que es lo siguiente:
• Concepto comisión: consultar la página de Interactive Brokers (xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xx, precios); Interactive Brokers cobra x XXXX BROKER S.L. según lo indicado en “Estructura por niveles”; en elcaso de liquidaciones de posiciones por incumplimiento de política de márgenes del cliente, XXXX BROKER S.L. no recibe retrocesiones;
Con respecto a Interactive Brokers, en los conceptos Financiación CFD, Financiación CFD Forex y Financiación Cuenta Xxxxxx, XXXX BROKER S.L. añade un spread de 1% al valor practicado por Interactive Brokersa sus clientes directos.
14 Política de gestión de conflictos de interés
Esta política tiene como objetivo la protección de los clientes mediante la identificación, el registro y la gestión de conflictos de intereses, con el fin de evitar o incluso eliminar, incluyendo la revelación al cliente de los mismos si no se pueden evitar:
Para conocer en detalle nuestra Política de gestión de conflictos de intereses, deberá seguir las siguientes instrucciones:
• Documento: HB11-Política de gestión de conflictos de interés
15 Xxxxxx
XXXX BROKER S.L. tiene una relación comercial con varios “Intermediarios financieros”. Cada uno de ellos tiene sus propios costes y comisiones.
Podemos dividir los costes en 2 grupos:
• Costes de negociación: comisión por compra y venta de activos financieros.
• Costes de financiación: costes que se derivan de las necesidades de financiación de productos derivados.
• Datos xx xxxxxxx: costes relacionados con la adquisición de tiempo real y profundidad xx xxxxxxx en diferentes activos financieros.
• Otros costes: costes que derivan del mantenimiento de la cuenta, conversión cambiaria, ingreso y retiro de fondos, traspaso de valores y descubierto bancario.
• Costes de negociación, costes de financiación y otros costes:
– enlace: h t t p s : / / w w w . h u g o i n v e s t i n g . c o m
Si el cliente desea conocer en profundidad el impacto en la rentabilidad derivado de los costes anteriormente indicados, deberá consultar los KID (Documento de Información Fundamental) elaborados por los “Intermediarios Financieros” y traducidos/adaptados por XXXX BROKER S.L.
16 Servicio de Atención al Cliente
XXXX BROKER S.L. pone a su disposición un servicio de atención al cliente. Este departamento tiene como finalidad salvaguardar los derechos y los intereses de los clientes, conociendo y atendiendo a sus quejasy reclamaciones.
Para más información sobre este servicio deberá seguir las siguientes instrucciones:
• Documento: HB22-Informacion Organización Reglamento Atención Cliente Xxxx Xxxxxx.
• Documento: HB15-Reglamento para la Defensa del Cliente
<.. image(Icono Descripción generada automáticamente) removed ..>