DICTAMEN RESOLUTIVO LEGAL RELATIVO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LPN/SCJN/DGRM/003/2023
DICTAMEN RESOLUTIVO LEGAL RELATIVO A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO LPN/SCJN/DGRM/003/2023
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VISTA la documentación remitida por la Dirección General de Recursos Materiales (DGRM), a través de la Subdirección General de Contrataciones (SGC), relativa a la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, convocada para la “Contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la Red Lan”, y con fundamento en lo previsto por los artículos 10, fracción II, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación con el 3, fracción XXXVI y 71, fracción II, del Acuerdo General de Administración XIV/2019, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de siete de noviembre de dos mil diecinueve, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, arrendamiento, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras y prestación de servicios requeridos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (en adelante “Acuerdo General de Administración XIV/2019”), numerales Tercero, fracciones I a VI, y X, en relación con los numerales Sexto, Octavo y Décimo de los Lineamientos para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Legal del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (Lineamientos), la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) emite dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
1. Por oficio número DGRM/SGC/DPC-469-2023, de 22 de noviembre de 2023, la DGRM, a través de la SGC, solicitó a esta DGAJ la emisión del dictamen resolutivo legal de la documentación presentada por “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, participante en la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023 convocada para la “Contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la Red Lan”.
2. El 23 de noviembre de 2023, la SGC adscrita a la DGRM, remitió a esta DGAJ, la documentación legal presentada por la participante “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 de las BASES de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023 (en adelante BASES).
3. Este dictamen contiene la determinación derivada del análisis pormenorizado y la evaluación de la información presentada por “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, en la Licitación Pública Nacional regulada por el artículo 56 del AGA XIV/2019, y en cumplimiento a los puntos 6.1 y 12.2 de las BASES, en virtud de las cuales esta DGAJ, sobre la base formal de la documentación exhibida, emite el dictamen resolutivo legal al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. TÉRMINO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL.
De acuerdo con los puntos 3, 6 y 6.1 de las BASES, se requirió la entrega de la documentación legal en original o copia certificada ante fedatario público y copia simple para su cotejo, en sesión pública programada para el 22 de noviembre de 2023, a las 11:00 horas.
En este sentido, toda vez que la presentación de la documentación legal por parte de la participante “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, se efectuó en la sesión pública celebrada el 22 de noviembre de 2023, resulta oportuna su entrega.
II. EXISTENCIA LEGAL DE LA PARTICIPANTE Y PERSONALIDAD DE LA PERSONA REPRESENTANTE O APODERADA.
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Para la elaboración del dictamen resolutivo legal, se verifica la existencia y debida constitución legal de la participante, y que cuenta con el testimonio o instrumento otorgado ante fedatario público, el cual debe estar debidamente inscrito en el registro público que determine la ley. De igual forma, las reformas atinentes y el acto jurídico en virtud del cual se confiere a la persona representante o apoderada de la participante, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que se llegare a establecer1.
Al respecto, la participante presentó testimonio notarial número 64,628, de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del licenciado Xxxxxxx Xxxxx x Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, ahora Ciudad de México, en que hace constar la constitución de “NETCONTROLL GROUP” SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Del instrumento en cita, se desprende que la persona moral fue constituida el 13 de septiembre de 2011, tal y como consta con la firma y sello de la Notaría Pública, con una duración de 99 años, y se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, ahora Ciudad de México, con el Folio electrónico 457675 -1, de fecha 27 de septiembre de 2011, así como el nombramiento de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, como presidente del consejo de administración.
También presentó testimonio notarial número 82,724 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del licenciado Xxxxxxx Xxxxx x Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 0 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, ahora Ciudad de México, en que hace constar la protocolización de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de 23 de febrero de 2018, en la que se designan miembros del Consejo de Administración, ratificando en el cargo de Presidente de ese Consejo a Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx.
De los testimonios notariales que anteceden, se advierte que la participante “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, se encuentra representada por Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, a quien, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración, se le dotó de las más amplias facultades para realizar lo objetos sociales y para dirigir y administrar la sociedad, con poderes generales para pleitos y cobranzas y para actos de administración, con todas las facultades generales y aún con las especiales que de acuerdo con la Ley requieran poder o cláusula especial, en términos del primer y segundo párrafos del artículo 2554 del Código Civil vigente en el Distrito Federal y sus correlativos de los Códigos civiles de los Estados de la República Mexicana y del Código Civil
1 De conformidad al punto tercero, fracción I, de los Lineamientos para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Legal del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones.
Federal. Se ejercitará ante particulares y ante toda clase de autoridades administrativas o judiciales, inclusive de carácter federal o local y ante las juntas de Conciliación y Arbitraje, locales o federales y autoridades del trabajo, por lo que se presume que cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre de la participante, para efectos de la presente contratación.
En este sentido, para efectos del procedimiento de contratación que nos ocupa, la sociedad participante se encuentra legalmente constituida y representada por Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, quien cuenta con la capacidad legal suficiente para actuar en nombre de la participante referida.
III. OBJETO SOCIAL DE LA PARTICIPANTE.
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Respecto del objeto social de la participante, resulta indispensable verificar su congruencia y compatibilidad con los bienes requeridos en el procedimiento de contratación respectivo.
En ese sentido, la materia de la contratación consiste en la “contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la Red Lan”, por lo que, del testimonio notarial número 64,628 de fecha 13 de septiembre de 2011, se advierte que la participante tiene por objeto, entre otras actividades: “(a) Comprar, vender, importar, exportar, distribuir, comercializar y suministrar toda clase de equipos relacionados con telecomunicaciones. (b) Prestar toda clase de servicios relacionados con telecomunicaciones, gestionar logística de sistemas de telecomunicaciones, telemática, informática e Internet, así como promover nuevas tecnologías en los referidos sectores, sin que ello implique el constituirse como una sociedad concesionaria en términos de los artículos once, y doce de la Ley Federal de Telecomunicaciones. (c) Asesorar en todos los sectores relacionados con telecomunicaciones, informática, integración de sistemas y nuevas tecnologías. (d) Prestar toda clase de servicios de telemarketing, marketing y mercadotecnia, servicio de atención y ejecución integral de pedidos, ya sea para clientes propios o de terceros, a través de agentes de atención o de cualquier otro medio técnico, actual o que pudiera desarrollarse e (sic) el futuro sea propio o de terceros. (e) Establecer, gestionar y explotar centros de prestación de servicios de atención a través de plataformas multicanal. (f) Realizar o intermediar en operaciones de comercio electrónico de cualquier tipo de artículo, producto o servicio, así como realizar actividades de compra, venta, distribución y comercialización a través de Internet, excluyendo actividades reguladas por los artículos siete y ocho de la Ley de Inversión Extranjera; así como la realización de actividades de compra, venta, distribución y comercialización a través de Internet. (g) Diseñar, desarrollar, componer, crear, modificar y transformar páginas Web y portales de Internet, así como tramitar y ceder dominios de Internet […]”.
Tomando en cuenta que el servicio que se requiere está relacionado con los servicios de naturaleza provista por la participante, se colige que existe una adecuada relación entre su objeto social y la materia de contratación en el procedimiento en que se actúa.
IV. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DE LA PERSONA REPRESENTANTE O APODERADA DE LA PARTICIPANTE.
Se precisa la presentación de una identificación oficial del representante legal de la participante, entre las cuales podrá exhibirse la credencial para votar, pasaporte vigente, cédula profesional o cualquier otro documento con fotografía expedido por un órgano del Estado Mexicano.
Al respecto, el representante legal de la citada participante Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, presentó credencial para votar a su nombre con clave de elector, AGDRDV72012830H100 expedida por el Instituto Nacional Electoral, con vigencia hasta el 2032.
V. RESTRICCIONES PARA CONTRATAR.
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Como lo dispone el punto Tercero, fracción III, de los “Lineamientos”, se revisó la declaración firmada por Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, representante legal de la participante “NETCONTROLL GROUP,
S.A. DE C.V.”, contenida en la carta de fecha 22 de noviembre de 2023, en la que manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conoce el AGA XIV/2019 y no se encuentra en ninguno de los supuestos de restricciones para contratar a que se refieren los artículos 62, fracciones XV y XVI, y 193, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, del Acuerdo antes referido.
Del contenido de la carta presentada y atendiendo al principio de buena fe, se presume la inexistencia de las restricciones para contratar por parte de “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.” previstas en los artículos y fracciones señalados en el párrafo que antecede.
Cabe mencionar, que la DGRM deberá verificar el registro de la citada participante en el Catálogo Referencial de Proveedores y Prestadores de Servicios, ya que no fue remitida información o constancia respecto de dicha consulta.
Asimismo, se consultó el Directorio de Licitantes, Proveedores y Contratistas sancionados con el impedimento para presentar propuestas o celebrar contratos con las dependencias, entidades de la Administración Pública Federal y de los Gobiernos de los Estados, en el sitio Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados (xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), sin que arrojara resultado de registro de la persona moral participante.
VI. ACREDITACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL DE LA PARTICIPANTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES.
En este apartado, se verifica el documento oficial expedido durante el último semestre por algún órgano del Estado Mexicano, en el cual conste el domicilio legal para recibir y oír notificaciones de la participante y, en su caso, de la relación contractual que llegue a establecerse, para efectos del procedimiento de contratación, así como el escrito en el cual manifieste el citado domicilio2.
2 De conformidad al punto tercero, fracciones IV y V, de los Lineamientos para la Elaboración del Dictamen Resolutivo Legal del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones.
En relación con lo anterior, la participante presentó recibo de luz a su nombre, expedido por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), correspondiente al período de facturación del 22 xx xxxxxx al 22 de septiembre de 2023, relativo al inmueble ubicado en calle Montecito número exterior 38, piso 17, of. 23 colonia Nápoles, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código postal 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx.
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Asimismo, presentó carta de manifestación de domicilio legal de 22 de noviembre de 2023, firmada por el representante legal de la citada participante Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, en la que señala como domicilio para recibir y oír las notificaciones en el procedimiento de contratación en que se actúa, el ubicado en Calle Montecito número exterior 38, piso 17, of. 23, Colonia Nápoles, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código postal 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx. Asimismo, manifiesta bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que el comprobante de domicilio presentado y obtenido por medios electrónicos es fidedigno.
Derivado del análisis de las documentales consistentes en el recibo de luz expedido por la CFE, y la carta de manifestación domicilio, consignadas como requisitos en el presente procedimiento de contratación en el que se actúa, esta DGAJ tiene por acreditado el domicilio legal de la participante para los efectos del procedimiento de contratación de mérito.
VII. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
En este punto del dictamen, se verifica la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal a nombre de la participante.
La participante “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, presentó Constancia de Situación Fiscal, expedida por el Servicio de Administración Tributaria, con número de Registro Federal de Contribuyentes NGR110914NH0 por lo que se advierte que, para efectos fiscales, se encuentra debidamente inscrita en la institución fiscal señalada.
Asimismo, exhibió carta de 22 de noviembre de 2023, firmada por Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, representante legal de la sociedad participante en la que manifestó bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que la cédula de identificación fiscal, presentada y obtenida por medios electrónicos es fidedigna.
VIII. REGISTRO PATRONAL.
La participante deberá presentar el Registro Patronal expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
En el caso, la participante exhibió Aviso de Registro Patronal Personas Xxxxxxx en el Régimen Obligatorio a su nombre, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, con número de Registro Patronal Y6057236108, por lo que cumple con el requisito solicitado.
Con base en el análisis de la documentación referida, esta DGAJ presenta la siguiente:
CONCLUSIÓN
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ÚNICA. De acuerdo con los considerandos que anteceden y del análisis pormenorizado de la información presentada, se determina bajo la exclusiva dimensión formal de los documentos aportados y respecto del presente procedimiento, que la participante “NETCONTROLL GROUP, S.A. DE C.V.”, atendió en tiempo y forma el requerimiento de documentación legal exigida, por lo que se resuelve en sentido FAVORABLE el dictamen resolutivo legal correspondiente a la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, convocada para la “Contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la Red Lan”.
Ciudad de México, a 30 de noviembre de 2023.
Atentamente
Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
Director General de Asuntos Jurídicos
Oficio formalizado por medio de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en el artículo Tercero del Acuerdo General de Administración III/2020 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de diecisiete de septiembre de dos mil veinte.
Actividad | Nombre del Servidor Público | Cargo |
Validó | Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Subdirectora General de lo Consultivo y Normativa |
Revisó | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Directora de Dictámenes Legales |
Elaboró | Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx | Jefe de Departamento de Dictámenes de Procedimientos de Contratación y Consultivo |
Firmado por: XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXX
No. serie: 641779741797661077637794622532495617765507529726 Fecha: 30/11/2023 12:10:16.5970000 p. m.
Rubricado por: XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
Rubricado por: XXXXXXX XXXXX XXXXXXX
Rubricado por: XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX
Página 6 de 6
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704879905 Fecha: 30/11/2023 11:05:41.1090000 a. m.
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704879891 Fecha: 30/11/2023 11:09:30.7410000 a. m.
No. serie: 641779741797661077637794622532495617765507508030 Fecha: 30/11/2023 11:13:39.7310000 a. m.
INFORMACIÓN PARCIALMENTE RESERVADA Y PARCIALMENTE CONFIDENCIAL
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Unidad Administrativa: DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA
Fecha de Clasificación: La del presente oficio. Partes Reservadas: Deliberación del dictamen. Partes Confidenciales: Datos personales.
Periodo de Reserva: Hasta la resolución del procedimiento.
Fundamento Legal: LGTAIP, Art. 113, Fracc. VIII y Art. 116.
Motivación: Se encuentra en proceso deliberativo y contiene personales.
Mtro. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Director General de la Tesorería
OFICIALÍA MAYOR.
DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA.
“2023, Año de Xxxxxxxxx Xxxxx, El Revolucionario del Pueblo”
Oficio OM-DGT/SGIFF/DIFA-1298-2023
Ciudad de México, a 00 xx xxxxxxxxx xx 0000
Xxxxxx: Dictamen Resolutivo Financiero 029/2023
DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO 029/2023
23y+yFX69ir0AA/fnkqRBzgTolt0pabIkbS1/9C5R9Q=
Con base en la documentación entregada por el participante en la sesión de presentación de documentación legal y financiera, apertura de propuestas técnicas y económicas, de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, referente a la “contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN”, con fundamento en lo previsto en el artículo 3, fracción XXXV, artículo 17, fracción I, artículo 70, fracción VI y artículo 71 fracción I del Acuerdo General de Administración XIV/2019; en los Lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo financiero del quince de julio de dos mil veintidós del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD), así como en lo establecido en los puntos 6.2, 10.3, 12.3, y 14.5 de las bases del procedimiento, la Dirección General de la Tesorería emite el presente Dictamen Resolutivo Financiero conforme a:
I. ANTECEDENTES
El 22 de noviembre de 2023, en la sesión pública de presentación de documentación legal y financiera, apertura de propuestas técnicas y económicas, el participante Netcontroll Group, S.A. de C.V., con Registro Federal de Contribuyentes NGR 000000 XX0 entregó la siguiente información financiera.
RDM/Mbg/mrpm
MX-SCJN-RFP-17
1/3
II. REQUISITOS DE INFORMACIÓN FISCAL Y FINANCIERA
III. DATOS FINANCIEROS
CONCEPTO | 2021 | 2022 | septiembre 2023 |
Activo Circulante | $127,614,998 | No Presentó | $67,621,247 |
Activo total | $144,004,982 | $141,332,430 | |
Pasivo Corto Plazo | $57,568,661 | $33,283,226 |
IV. APLICACIÓN DE RAZONES FINANCIERAS
La aplicación de las razones financieras a la información proporcionada por el participante y que se señala en el punto 12.3 de las bases del procedimiento enunciado, arrojan los siguientes resultados:
RAZÓN | FÓRMULA | REQUISITO MAYOR O IGUAL A: | CUMPLE | |||
2021 | 2022 | septiembre 2023 | ||||
Índice de Liquidez | Activo Circulante | 2.22 | No Disponible | 2.03 | 1.0 | NO |
Pasivo Corto Plazo | ||||||
Nota: El participante no presentó estados financieros con cifras al 31 de diciembre de 2022, en el entendido de que esa información deberá contener cuando menos, el balance general y el estado de resultados, conforme lo establecido en el punto 6.2.1 de las bases del actual procedimiento. |
23y+yFX69ir0AA/fnkqRBzgTolt0pabIkbS1/9C5R9Q=
RDM/Mbg/mrpm
MX-SCJN-RFP-17
2/3
V. CONCLUSIONES
Con base en el análisis realizado y con fundamento en las disposiciones correspondientes se determina que:
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El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, referente a la “contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN”, del participante Netcontroll Group, S.A. de C.V., es NO FAVORABLE, en virtud de haber presentado únicamente el dictamen financiero correspondiente al ejercicio 2022 sin acompañarlo de las cifras correspondientes al balance general y estado de resultados, incumpliendo lo establecido en el punto 6.2.1 de las bases del actual procedimiento, mismo que menciona que “…deberá contener cuando menos, el balance general y el estado de resultados…”
En 2023 el monto estimado del referido procedimiento representó el 3.7 % del Activo Total del participante Netcontroll Group, S.A. de C.V.
Cabe mencionar que la Tesorería elaboró el Dictamen Resolutivo Financiero con la documentación financiera requerida en las bases del presente procedimiento.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Mtro. Xxxxxxx Xxxx Xxxxx
Director General de la Tesorería
C.c.p.- Maestra Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. - Oficial Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx. - Contralor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Para su conocimiento.
RDM/Mbg/mrpm
MX-SCJN-RFP-17
Firmado por: XXXXX XXXXX XXXXXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704871545
Fecha: 24/11/2023 12:43:12.741 -06:00
Firmado por: XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704866316
Fecha: 23/11/2023 17:01:33.606 -06:00
Firmado por: XXXXXXX XXXX XXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704860980
Fecha: 24/11/2023 13:39:17.204 -06:00
Firmado por: XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704882136
Fecha: 24/11/2023 11:48:37.410 -06:00
Firmado por: XXXXX XXX XXXXX XXXXX XXXX
No. serie: 641779741797661077637794622532495617765507514197
Fecha: 24/11/2023 12:05:25.260 -06:00
3/3
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO A EQUIPOS DE LA RED LAN
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
En cumplimiento a lo establecido en los artículos 16 fracción III y 72 del “Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal, y conforme a los lineamientos para la elaboración del dictamen resolutivo técnico del quince de diciembre de dos mil veinte del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, se extiende el presente dictamen resolutivo técnico.
ANTECEDENTES
Mediante oficio DGTI/395/2023, de fecha 1° de septiembre de 2023, la Dirección General de Tecnologías de la Información solicitó a la Dirección General de Recursos Materiales la “Contratación del Servicio de Mantenimiento a Equipos de Red LAN”, por un periodo de doce meses a partir del 1° de enero de 2024. En consecuencia, se realizó la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023 conformada por los siguientes actos:
El 24 de octubre se publicaron las bases para el procedimiento LPN/SCJN/DGRM/003/2023.
Con fecha 6 de noviembre de 2023, a las 9:30 horas dio inicio la visita a sitio en el Edificio Revolución, ubicado en Xx. Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx xxx, xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000; posteriormente, a las 12:00 horas se realizó la visita a sitio en el Edificio República de El Xxxxxxxx, ubicado en la xxxxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000; a las 13:00 horas inició la visita a sitio en los Edificios Bolívar y Alterno, ubicados en la xxxxx Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000 y en la xxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, respectivamente; a las 15 horas dio inició la visita a sitio en el Edificio Sede, ubicado en Xx. Xxxx Xxxxxx Xx. 0, Xxx. Xxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000; Por último, a las 17:00 horas
se realizó la visita a sitio en el CENDI, ubicado en la xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx, X.X. 00000; en todos los sitios se contó con la participación de las empresas Netjer Networks México, S.A. de C.V. y Netcontroll Group,
S.A. de C.V.
El 9 de noviembre de 2023, se llevó a cabo la junta de aclaraciones de carácter no obligatorio, en la que participó la empresa Netjer Networks México, S.A. de C.V., y en calidad de observador asistió la empresa Computadoras Accesorio y Sistemas, S.A. de C.V.
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
El 22 de noviembre de 2023, se realizó la “Sesión pública de entrega de documentación legal y financiera, presentación y apertura de propuestas técnica y económica”, a la que compareció la empresa Netcontroll Group,
S.A. de C.V.
DICTAMEN
Atendiendo el numeral 12.4 “EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS”, incisos 12.4.1 a 12.4.5 de las bases, se emite el presente dictamen resolutivo técnico, tal y como se muestra en la siguiente tabla:
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Alcance del servicio. Contar con el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, así como de soporte técnico para los equipos de la red LAN de la SCJN en los edificios de Xxxx Xxxxxx No. 2, 16 de Septiembre No. 38, Bolívar No. 30, República de El Xxxxxxxx No. 56, CENDI y Revolución No. 1508. El servicio deberá considerar toda la infraestructura de la red LAN: equipos de comunicaciones (switches), GBIC’s, paneles de fibra óptica, jumpers de fibra óptica, conectores de fibra óptica y todos los componentes que conforman la red. | CUMPLE |
Partida Única. Servicio de mantenimiento para los equipos de la red LAN de la SCJN. Descripción del servicio. 1. Todos los equipos de la red LAN son de la marca Extreme Networks y se encuentran funcionando al 100%. Para conocer la Base Instalada de Equipos | CUMPLE |
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Extreme Networks, remitirse al Apartado 1. Base instalada de equipos Extreme Networks. 2. En caso de ser necesario, la SCJN podrá dar de baja equipos del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, y el prestador de servicios deberá realizar el ajuste correspondiente en la facturación de los servicios. 3. En cada sitio se opera bajo un esquema de alta disponibilidad. El equipo de acceso en el edificio xx Xxxxxxx No. 30 está integrado al equipo Core del edificio 16 de Septiembre No. 38. 4. Los equipos son monitoreados y gestionados por el Extreme Management Center. | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Requerimientos técnicos para el mantenimiento a la infraestructura de la red LAN de la SCJN.
Los prestadores de servicio deberán llenar el cuadro siguiente. En la columna identificada con el nombre de “Referencia” se deberá escribir el número de página de la propuesta técnica en el que se encuentre la evidencia del cumplimiento del punto en cuestión:
Partida | Cantidad | Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Única | Servicio | MANTENIMIENTO PREVENTIVO En caso de ser necesario, un mantenimiento preventivo al año para cada equipo en la fecha y hora que indique la DGTI. El mantenimiento debe comprender las siguientes actividades: 1. Desmontar y montar el hardware. Durante la ejecución de los trabajos se deberán tomar las medidas necesarias para proteger el hardware. 2. Desconexión y reconexión de las fibras ópticas y cables UTP. 3. Ordenamiento (peinado) y etiquetado de las fibras ópticas y cables UTP. 4. Limpieza física de los equipos. Al concluir el mantenimiento se deberá validar que los equipos y todos sus componentes (software y hardware) trabajen correctamente y conserven su funcionalidad: configuración, protocolos de ruteo, VLAN´s de datos, telefonía IP y multifuncionales, procesamiento, uso de memoria, conectividad, fuentes de poder, ventiladores y cualquier componente del equipo. Los equipos se deberán actualizar a las nuevas versiones de Sistema Operativo durante el tiempo de prestación del servicio, siempre que estén alineadas a la estrategia de la DGTI, de tal manera que se puedan explotar las funcionalidades desarrolladas por el fabricante. | CUMPLE |
Partida | Cantidad | Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Única | Servicio | MANTENIMIENTO CORRECTIVO El mantenimiento correctivo en caso xx xxxxx en la operación de los equipos deberá cubrir los siguientes aspectos: 1. Corrección de anomalías en su funcionamiento y desempeño, tanto de configuración, hardware o software. 2. A partir de que se levante el reporte el tiempo máximo para restablecer el servicio al 100% será de 4 horas, incluyendo la sustitución de hardware. 3. Un ingeniero de soporte en sitio, certificado por el fabricante de los equipos, para corregir la falla y restablecer el servicio al 100%. El servicio deberá incluir: 1. Mesa de reportes telefónicos 7 x 24 x 365. 2. El seguimiento a los incidentes reportados se deberá hacer mediante correo electrónico 7 x 24 x 365. 3. Soporte técnico telefónico 7 x 24 x 365. 4. Soporte vía web 7 x 24. 5. Matriz de escalación, en la que se especifiquen los niveles de soporte, escalamiento y tiempos de respuesta para cada nivel, así como el personal técnico y administrativo responsables de cada uno de ellos, al igual que su correo electrónico y número telefónico. 6. Se deben considerar todos los componentes de los equipos que formen parte de la solución: fuentes de poder, ventiladores, GBIC’s, jumperes de fibra óptica, cables DAC y cables para Stack. 7. Sustitución temporal de emergencia del hardware, y/o sustitución definitiva de los equipos y sus componentes. 8. En caso de sustitución definitiva de partes o equipo (s) es obligatorio utilizar refacciones nuevas, originales, de la misma marca e idénticas con características iguales o superiores a las dañadas. El reemplazo se realizará en sitio y será responsabilidad del prestador de servicios montar la pieza o equipo y restablecer los servicios de red al 100%. 9. El prestador de servicios deberá proteger el hardware existente mientras se realiza la instalación de las partes o los componentes dañados. 10. En caso de ser necesario se remplazarán los conectores de FO en los paneles de parcheo y/o sustituirá el panel | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Partida | Cantidad | Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Única | Servicio | completo para garantizar la correcta comunicación de los equipos, sin que esto implique un costo adicional para la SCJN. El remplazo deberá cumplir con los estándares de cableado estructurado y fibra óptica. 11. De ser necesario, se deberán remplazar los cables UTP dañados para garantizar la correcta comunicación de los dispositivos conectados a la red LAN. Si un problema afecta la disponibilidad de la red y/o el desempeño de los equipos, se considerará como falla y se deberá atender conforme los tiempos de respuesta solicitados. Se deberán considerar refacciones bajo resguardo de la empresa encargada del mantenimiento de los equipos o en las instalaciones de la SCJN para reemplazo en caso de emergencia. En la propuesta técnica se deberá incluir una tabla titulada “Componentes para refacción”, en la que se especifique la cantidad y modelo de los componentes o piezas; como mínimo se deberá proponer un componente de cada tipo de los que estarán en operación durante la vigencia del servicio, o en su caso de características superiores. Rutina de recepción de los servicios Después de realizar el cambio de hardware, se deberá entregar la orden de servicio que especifique el reemplazo de la pieza dañada, el número de serie de la pieza dañada y el de la pieza que se entrega en sustitución, y de ser el caso, el número de inventario de la SCJN. De igual forma, se deberán especificar las razones técnicas que dieron lugar al cambio. | CUMPLE |
Única | Servicio | SOPORTE TÉCNICO El servicio de soporte técnico consistirá en revisar mensualmente el funcionamiento de los switches y la red en general, así como brindar asesoría especializada al personal de la SCJN cuando lo requiera y realizar las configuraciones necesarias para que la red opere correctamente. En caso de que la DGTI así lo requiera, de acuerdo con su estrategia de comunicaciones y servicios, se podrá reubicar y reconfigurar el equipo en los inmuebles del numeral 8. Lugar en donde se prestará el servicio, de este documento, sin costo adicional para la SCJN. | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
5. Entregables. Descripción Tiempo de entrega Se deberá entregar un reporte trimestral con las actividades Reporte trimestral de servicio realizadas, el estatus de la red y en caso de considerarse necesario, recomendaciones para mejorar su desempeño. El reporte se entregará en los primeros 8 días naturales del siguiente trimestre. El reporte de mantenimiento preventivo se entregará 15 días Reporte de mantenimiento naturales posteriores a la finalización preventivo del mantenimiento. En el reporte se deberá incluir la evidencia fotográfica de los trabajos realizados. El reporte de los mantenimientos correctivos se integrará dentro de los 4 días naturales posteriores de Reporte de mantenimiento haberse resuelto la falla. En caso de correctivo que la DGTI lo considere necesario podrá solicitar el reporte de una falla en específico, el cual se entregará en un máximo de 1 día natural. Para documentar el funcionamiento de la red LAN se deberá actualizar la memoria técnica y entregarla en formato electrónico: inventario de los Memoria Técnica equipos, configuración, diagramas, certificados, manuales de operación, y de ser necesario galería fotográfica. La memoria técnica se deberá entregar durante el mes de noviembre de cada año. En caso de que el plazo fenezca en día inhábil, la entrega se recorrerá al día hábil inmediato siguiente. | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
6. Requisitos técnicos. El presente procedimiento está conformado por una partida única que se adjudicará en su totalidad al prestador de servicios que cumpla con todos los requerimientos. | CUMPLE |
6.1 Distribuidor autorizado / certificaciones. Carta del fabricante Extreme Networks reconociendo al prestador de servicios como empresa autorizada. No se admitirán cartas de apoyo a través de un tercero (Distribuidor o Mayorista). Carta del fabricante Extreme Networks mencionando que el participante cuenta con el nivel Diamond, a fin de garantizar que el servicio de mantenimiento para los equipos de red LAN de la SCJN”, cumplan con los estándares requeridos por la SCJN. Copia simple legible de los certificados vigentes de switching y routing, o equivalentes, expedidos por Extreme Networks, que acredite a un mínimo de 3 profesionales del equipo de trabajo en la configuración, administración y operación de los equipos de la SCJN, y en el equipo de administración y control de la red LAN señalados en el Apartado 1: “Base Instalada de equipos Extreme Networks”. Cabe precisar que las personas propuestas deberán contar con título de ingenieros o licenciados en las áreas de comunicaciones, electrónica, informática o carrera a fin, para lo cual deberán presentar currículum vitae y copia simple del documento que acredite su último grado de estudios. Carta del prestador de servicios en papel membretado dirigida a la SCJN, firmada por su representante legal, manifestando que, en caso de resultar adjudicado, el equipo de trabajo se obliga a mantener la certificación vigente durante el tiempo que preste sus servicios a la SCJN. | CUMPLE |
6.2 Experiencia comprobable. Copia simple de 2 contratos celebrados en los últimos 5 años en donde se describa el alcance de los trabajos y las características de los equipos de la marca requerida, que avalen su participación en implementación, mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructuras de red LAN semejantes, incluyendo nombre, teléfono y correo electrónico del contacto para la validación de la información. a) Equipo de trabajo y líder técnico. Carta del prestador de servicios en donde se presenta al equipo de trabajo propuesto para atender a la SCJN en caso de resultar adjudicado. Carta membretada firmada por el representante legal donde se designe a un líder técnico con nivel de licenciatura o ingeniería en las áreas de comunicaciones, electrónica, informática o similar, quien se encargará de supervisar “El servicio de mantenimiento para los equipos de red LAN de la SCJN” durante el tiempo que esté vigente. | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
1. Dentro de la propuesta se debe incluir su currículum donde se mencione su experiencia en servicios y/o proyectos semejantes por un periodo mínimo de dos años. 2. De igual forma se deberá incluir copia de su título profesional o cedula profesional. Carta membretada expedida por Extreme Networks avalando que el personal de la empresa participante está técnicamente capacitado para atender cualquier solicitud relacionada con los equipos de la SCJN motivo de este procedimiento. Carta bajo protesta de decir verdad firmada por el representante legal del prestador de servicios, manifestando que su representada cuenta con el personal técnicamente capacitado y que no subcontratará personal para atender cualquier solicitud relacionada con el servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para los equipos de la red LAN de la SCJN. Carta firmada por el representante legal del prestador de servicios, comprometiéndose a que en caso de reemplazar a un miembro del equipo de trabajo durante el tiempo que preste sus servicios a la SCJN, se notificará al administrador del contrato, y se entregaran los certificados que avalen su capacidad técnica. Cabe mencionar que la SCJN se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier personal del equipo de trabajo antes descrito, que no alcance los resultados esperados en el servicio motivo de este procedimiento. | CUMPLE CUMPLE |
6.3 Generales Carta firmada por el Licitante o su representante legal, comprometiéndose a que, en caso de resultar adjudicado, las piezas, partes y/o refacciones que se cambien durante la vigencia del servicio serán nuevas, de características iguales o superiores a las originales y de la misma marca. Carta del Licitante o su representante legal, donde se obliga a utilizar la información a la que tenga acceso para los fines técnicos estrictamente necesarios para la ejecución de sus actividades. El manejo de la información será el estrictamente necesario para garantizar la prestación del servicio y en ningún caso se podrá utilizar para otro fin. La SCJN se reserva el derecho de establecer las políticas, controles, formatos o verificaciones que considere necesarias para asegurar la confidencialidad y seguridad de la información. | CUMPLE |
7. Plan de trabajo. En la propuesta se deberá entregar un plan de trabajo de alto nivel con las principales actividades que se llevarán a cabo durante el mantenimiento preventivo. | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
El prestador de servicios adjudicado revisará el plan de trabajo con el personal de la DGTI para su aprobación antes de comenzar con el mantenimiento. | |
8. Lugar donde se prestará el servicio. El servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para los equipos de la red LAN de la SCJN se realizará en los sitios siguientes: No. Inmueble Domicilio Av. Xxxx Xxxxxx No. 2, Centro Histórico Col. 1 Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. 2 Edificio 16 de Xx. 00 xx Xxxxxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. 3 Edificio Bolívar Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. 4 Edificio Justicia TV Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx Xx.00 Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. 5 Cendi Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. Xx. Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx 0 Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx lnn, Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México. | CUMPLE |
9. Niveles de Servicio. a. El tiempo de respuesta se contabilizará a partir de que se genere el reporte xx xxxxx. b. Para todos los sitios se deberá considerar un ingeniero certificado en sitio para corregir la falla y restablecer el servicio al 100%. ID Descripción Periodicidad Nivel de servicio solicitado 1 Afectación en los equipos en la 24x7x365 Tiempo máximo de Ciudad de México. solución 4 horas. | CUMPLE |
Apartado 1. Base instalada de equipos Extreme Networks. |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Equipamiento en el edificio Sede. Descripción Modelo Cantidad VSP 7400 48 x 10/25Gbps SFP28 ports 8 x 100Gbps QSFP28 ports 8-core CPU 16GB RAM VSP 7400-48Y-8C-AC-F 2 128GB SSD Single 750W AC PSU six fans 4-post rack mount kit Front to Back Airflow. X670-G2-48x-4q – 48 ports of 1/10Gb SFP+ with SUMMIT X670-G2-48X-4q-BASE- 4 ports of 10/40Gb QSFP+ UNIT 12 Summit X450-G2 48 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking X450-G2-48p-10GE4-Base 53 ports 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). Appliance de NS-A-20 con NMS-ADV-50 Dell EMC Poweredge R540 1 Equipo en el edificio 16 de Septiembre. Descripción Modelo Cantidad VSP 7400 48 x 10/25Gbps SFP28 ports 8 x 100Gbps QSFP28 ports 8-core CPU 16GB RAM VSP 7400-48Y-8C-AC-F 2 128GB SSD Single 750W AC PSU six fans 4-post rack mount kit Front to Back Airflow. X670-G2-48x-4q – 48 ports of 1/10Gb SFP+ with SUMMIT X670-G2-48X-4q-BASE- 4 ports of 10/40Gb QSFP+ UNIT 6 Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, C5K125-48P2 14 Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports C5G124-48P2 12 Equipo en el edificio Bolívar. Descripción Modelo Cantidad Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, C5K125-48P2 6 Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports C5G124-48P2 3 | CUMPLE | ||||
Descripción | Modelo | Cantidad | |||
VSP4900-12MXU-12XE with 1100W PSU Bundle. VSP4900-12MXU-12XE Bundle includes VSP4900- 12MXU-12XE and one 1100W AC PSU FB (10941). | VSP4900-12MXU-12XE | 2 | |||
Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | 4 | |||
Switch 24 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-24P2 | 1 |
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Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Descripción Modelo Cantidad X450-G2-24p-10GE4-Base - Summit X450-G2 24 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports) 2 X450-G2-24p-10GE4 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | |
Summit X450-G2 48 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking X450-G2-48p-10GE4-Base 4 ports 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | |
CUMPLE | |
Descripción Modelo Cantidad VSP4900-12MXU-12XE with 1100W PSU Bundle. VSP4900-12MXU-12XE Bundle includes VSP4900- VSP4900-12MXU-12XE 2 12MXU-12XE and one 1100W AC PSU FB (10941). | |
Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ C5K125-48P2 8 ports (support 1G or 10G interfaces) | |
Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports C5G124-48P2 4 | |
Equipos C5 que se utilizan para atender requerimientos especiales. | |
Inmueble Ubicación C5G124-48P2 C5K125-48P2 | |
XXXX XXXXXX 2 MDF 0 2 | |
XXXX XXXXXX 2 OFICINA 2035 1 2 | |
00 XX XXXXXXXXXX 00 ÁREA XXXXXXXXXX 0 0 | |
XXXXXXX XX XXXXXXXX XXX XXXXXX IDF DE SÓTANO 0 1 | |
CHIMALPOPOCA XXXXXXX 0 XX 0 0 XXXXXXX XXX XX X.X. | |
Xx importante mencionar que los equipos C5 se utilizan para atender requerimientos especiales, por lo tanto, se podrán reubicar de acuerdo con las necesidades de la DGTI, sin costo adicional para la SCJN. | |
CUMPLE | |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
Descripción | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
Cumplimiento de Normas. Carta bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal, que el participante cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto a la Contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN, conforme lo establece la Ley de la Infraestructura de la Calidad y demás disposiciones aplicables. | CUMPLE |
RESULTADO | CUMPLE |
BJYasIIFBIX0/P3H553OHsDlx1yv8lmIkXwUTeqOof0=
RESULTADO
De la revisión efectuada a la propuesta técnica de la empresa “Netcontroll Group, S.A. de C.V.” se dictamina que cumple técnicamente con las especificaciones y requisitos establecidos en la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023 para la Contratación del Servicio de Mantenimiento a Equipos de la Red LAN.
RESUMEN FINAL | |
Participante | Dictamen Resolutivo Técnico |
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | Cumple |
Rol | Nombre y Cargo | Firma | Rúbrica |
Aprobó | Ing. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Subdirector General de Infraestructura Tecnológica | ||
Revisó | Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Director de Telecomunicaciones | ||
Elaboró | Ing. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Subdirector de Comunicaciones Lógicas |
Página 12 de 12
Firmado por: XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704881294 Fecha: 27/11/2023 06:13:56.2110000 p. m.
Firmado por: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704876976 Fecha: 27/11/2023 06:21:05.7650000 p. m.
Firmado por: XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704871976 Fecha: 27/11/2023 06:33:31.9150000 p. m.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/SCJN/DGRM/003/2023
Contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la Red LAN
29 de noviembre de 2023
DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO
Atendiendo lo establecido en los artículos 13, fracción XIX, 73 del Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración de este Alto Tribunal y los lineamientos para la elaboración del Dictamen Resolutivo Económico, del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones y los numerales 10 y 12.5 de las bases del presente procedimiento, se formula el presente dictamen resolutivo económico.
Criterios de evaluación establecidos en la convocatoria/bases:
12.5.1 Cada participante cumpla con los requisitos solicitados para la contratación, relativos al periodo y lugar de prestación del servicio, vigencia de la propuesta y forma de pago.
g6awCN/BzFGc69RspE19tiFvvn88+Pk4CDYkf7XqGN4=
12.5.2 La propuesta económica incluya la totalidad de conceptos del a) al g), indicados en el apartado 10 y en el Anexo 3, de estas bases.
12.5.3 La evaluación de las propuestas económicas se realizará mediante un análisis de forma comparativa de los precios y verificación de cumplimiento de requisitos, determinando las mejores condiciones de contratación por la partida completa.
12.5.4 Se cotice la cantidad total de los servicios requeridos, no se considerarán las propuestas que coticen parcialmente.
12.5.5 La base para el análisis aritmético de la oferta económica será el precio unitario antes de descuentos e impuestos.
12.5.6 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá dictaminar en sentido desfavorable las propuestas cuyos precios sean superiores al 20% del precio prevaleciente establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación con base en su Investigación xx Xxxxxxx.
12.5.7 Los precios ofertados en la propuesta económica no serán sujetos a ningún ajuste y, cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad de la persona participante. En caso de encontrarse errores de cálculo, solo habrá lugar a rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario, antes de considerar descuentos e impuestos, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación efectuará las correcciones correspondientes y el monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las propuestas económicas.
12.5.8 En el caso en que se presenten diferencias en las operaciones aritméticas de la propuesta económica, la persona participante acepta las correcciones que realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En ningún caso podrá modificarse el precio unitario cotizado.
12.5.9 Se hayan entregado las constancias con la que acredite el cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo, expedidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), a las que se hace referencia en el numeral 10.4 de las presentes bases.
F-DGRM-20 CPSI V1,0
Para la presente evaluación se tomó en cuenta la documentación económica presentada por el siguiente participante:
No. | Participante |
1 | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
G A B P / L F C V / A P R / A H L / p j g
P á g i n a 1 | 5
g6awCN/BzFGc69RspE19tiFvvn88+Pk4CDYkf7XqGN4=
X. Xxxxxx comparativo de precios ofertados contra el Precio Prevaleciente de la Investigación xx Xxxxxxx:
Partida | Subpartida | Inmueble | Descripción | Modelo | Unidad de medida | Cantidad de equipos | Meses | Precio Unitario mensual | Subtotal mensual | Subtotal Trimestral | Subtotal | I.V.A. | Total |
Única | 1.1 | Sede | VSP 7400 48 x 10/25Gbps SFP28 ports 8 x 100Gbps QSFP28 ports 8-core CPU 16GB RAM 128GB SSD Single 750W AC PSU six fans 4-post rack mount kit Front to Back Airflow. | VSP 7400-48Y- 8C-AC-F | Servicio | 2 | 12 | $8,059.00 | $16,118.00 | $48,354.00 | $193,416.00 | $30,946.56 | $224,362.56 |
1.2 | X670-G2-48x-4q – 48 ports of 1/10Gb SFP+ with 4 ports of 10/40Gb QSFP+ | SUMMIT X670- G2-48X-4q- BASE-UNIT | Servicio | 12 | 12 | $6,788.00 | $81,456.00 | $244,368.00 | $977,472.00 | $156,395.52 | $1,133,867.52 | ||
1.3 | Summit X450-G2 48 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | X450-G2-48p- 10GE4-Base | Servicio | 53 | 12 | $1,693.00 | $89,729.00 | $269,187.00 | $1,076,748.00 | $172,279.68 | $1,249,027.68 | ||
1.4 | Appliance de NS-A-20 con NMS-ADV-50 | Dell EMC Poweredge R540 | Servicio | 1 | 12 | $35,336.00 | $35,336.00 | $106,008.00 | $424,032.00 | $67,845.12 | $491,877.12 | ||
1.5 | 16 de Septiembre | VSP 7400 48 x 10/25Gbps SFP28 ports 8 x 100Gbps QSFP28 ports 8-core CPU 16GB RAM 128GB SSD Single 750W AC PSU six fans 4-post rack mount kit Front to Back Airflow. | VSP 7400-48Y- 8C-AC-F | Servicio | 2 | 12 | $8,059.00 | $16,118.00 | $48,354.00 | $193,416.00 | $30,946.56 | $224,362.56 | |
1.6 | X670-G2-48x-4q – 48 ports of 1/10Gb SFP+ with 4 ports of 10/40Gb QSFP+ | SUMMIT X670- G2-48X-4q- BASE-UNIT | Servicio | 6 | 12 | $6,788.00 | $40,728.00 | $122,184.00 | $488,736.00 | $78,197.76 | $566,933.76 | ||
1.7 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 14 | 12 | $1,761.00 | $24,654.00 | $73,962.00 | $295,848.00 | $47,335.68 | $343,183.68 | ||
1.8 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports | C5G124-48P2 | Servicio | 12 | 12 | $1,761.00 | $21,132.00 | $63,396.00 | $253,584.00 | $40,573.44 | $294,157.44 | ||
1.9 | Bólivar | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 6 | 12 | $1,761.00 | $10,566.00 | $31,698.00 | $126,792.00 | $20,286.72 | $147,078.72 | |
1.10 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports | C5G124-48P2 | Servicio | 3 | 12 | $1,761.00 | $5,283.00 | $15,849.00 | $63,396.00 | $10,143.36 | $73,539.36 | ||
1.11 | Justicia TV | VSP4900-12MXU-12XE with 1100W PSU Bundle. VSP4900-12MXU-12XE Bundle includes VSP4900-12MXU-12XE and one 1100W AC PSU FB (10941). | VSP4900- 12MXU-12XE | Servicio | 2 | 12 | $2,912.00 | $5,824.00 | $17,472.00 | $69,888.00 | $11,182.08 | $81,070.08 |
Partida | Subpartida | Inmueble | Descripción | Modelo | Unidad de medida | Cantidad de equipos | Meses | Precio Unitario mensual | Subtotal mensual | Subtotal Trimestral | Subtotal | I.V.A. | Total |
1.12 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 4 | 12 | $1,761.00 | $7,044.00 | $21,132.00 | $84,528.00 | $13,524.48 | $98,052.48 | ||
1.13 | Switch 24 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-24P2 | Servicio | 1 | 12 | $1,761.00 | $1,761.00 | $5,283.00 | $21,132.00 | $3,381.12 | $24,513.12 | ||
1.14 | CENDI | X450-G2-24p-10GE4-Base - Summit X450-G2 24 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports) 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | X450-G2-24p- 10GE4 | Servicio | 2 | 12 | $1,210.00 | $2,420.00 | $7,260.00 | $29,040.00 | $4,646.40 | $33,686.40 | |
1.15 | Summit X450-G2 48 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | X450-G2-48p- 10GE4-Base | Servicio | 4 | 12 | $1,693.00 | $6,772.00 | $20,316.00 | $81,264.00 | $13,002.24 | $94,266.24 | ||
1.16 | Revolución | VSP4900-12MXU-12XE with 1100W PSU Bundle. VSP4900-12MXU-12XE Bundle includes VSP4900-12MXU-12XE and one 1100W AC PSU FB (10941). | VSP4900- 12MXU-12XE | Servicio | 2 | 12 | $2,912.00 | $5,824.00 | $17,472.00 | $69,888.00 | $11,182.08 | $81,070.08 | |
1.17 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 8 | 12 | $1,761.00 | $14,088.00 | $42,264.00 | $169,056.00 | $27,048.96 | $196,104.96 | ||
1.18 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports | C5G124-48P2 | Servicio | 4 | 12 | $1,761.00 | $7,044.00 | $21,132.00 | $ 84,528.00 | $13,524.48 | $98,052.48 | ||
1.19 | Equipo C5 para requerimientos especiales | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at Po E-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 9 | 12 | $1,761.00 | $5,849.00 | $47,547.00 | $190,188.00 | $30,430.08 | $220,618.08 | |
1,20 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at Xx X-xxxxxxx xxxxx, Xxxx xxxxx XXX xxxxx | X0X000-00X0 | Servicio | 2 | 12 | $1,761.00 | $3,522.00 | $10,566.00 | $42,264.00 | $6,762.24 | $49,026.24 | ||
Suma | $411,268.00 | $1,233,804.00 | $4,935,216.00 | $789,634.56 | $ 5,724,850.56 | ||||||||
Precio prevaleciente | $5,184,684.00 | Porcentaje de variación | -4.08% |
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II. Verificación de cumplimiento de requisitos
Concepto | Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
a) Plazo de entrega: A partir de las 00:00 horas del 1° de enero de 2024, hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2024. Previa comunicación con quien administre el contrato. | Cumple |
b) Lugar de entrega: En los edificios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se señalan en el anexo 2a. | Cumple |
c) Forma de pago: Mediante transferencia bancaria, de conformidad con los datos que sean proporcionados, en trimestre vencido devengado a los 15 días hábiles siguientes de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) generado por Internet y autorizado, acompañado del documento que acredite la prestación de los servicios a entera satisfacción de este Alto Tribunal. En términos de los Artículos 159 y 177 del Acuerdo General de Administración XIV/2019, en ningún caso procederán pagos por concepto de servicios no recibidos a entera satisfacción. Los importes correspondientes al ejercicio fiscal 2024 estarán sujetos a que este Alto Tribunal cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, fracción III del Acuerdo General de Administración XIV/2019 y 35 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sin que la falta de éstos origine responsabilidad para la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Cumple |
d) Vigencia de la propuesta: Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 días hábiles siguientes de la fecha de entrega de éstas. | Cumple |
e) Nombre y firma del concursante o su representante legal. | Cumple |
f) Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. | Cumple |
g) Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación serán pagados por el adjudicatario, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Cumple |
10.4 Será obligatorio el presentar las constancias con la que acredite que cuenta con la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo, expedidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), de conformidad con lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y a las reglas 2.1.29 y 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022, reformada mediante la segunda resolución de modificaciones a la misma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 2023, primera, segunda y cuarta de las reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2022 y las reglas primera y cuarta del Acuerdo H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones, patronales y entero de descuentos. Dichos documentos deberán estar vigentes. La propuesta del licitante que no presente estos documentos será desechada. | SAT (Positivo 21/11/23) |
IMSS (Positiva 22/11/23) | |
INFONAVIT (Sin Adeudos 22/11/23) | |
Cumple |
F-DGRM-20 CPSI V1,0
G A B P / L F C V / A P R / A H L / p j g
P á g i n a 4 | 5
III. Referencia a errores de cálculo, en volúmenes solicitados o discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número:
No se encontraros discrepancias en la propuesta.
CRITERIO
Dictamen Favorable: Con base en el análisis de la propuesta económica se advierte que se cumplió con los requisitos previstos en los numerales Cuarto y Séptimo, de los lineamientos para la elaboración del Dictamen Resolutivo Económico, conforme lo detallado en las fracciones I, II y III del presente dictamen.
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Dictamen No Favorable: Con base en el análisis de las propuestas económicas se advierte que NO se cumplió con los requisitos previstos en los numerales Cuarto y Séptimo, de los lineamientos para la elaboración del Dictamen Resolutivo Económico o, excede el costo estimado, conforme lo detallado en las fracciones I, II y III del presente dictamen.
DICTAMEN:
Participante | Dictamen Favorable |
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | Partida única |
Servidores Públicos | ||
Responsabilidades | Nombre | Cargo |
Elaboró: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Técnico Operativo |
Revisó: | Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Jefe de departamento |
Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx | Subdirector de Elaboración y Administración de Procedimientos | |
Supervisó: | L.C. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Director de Procedimientos de Contratación |
Lic. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Subdirector General de Contrataciones | |
Autorizó: | Mtra. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx xx Xxxxxx | Directora General de Recursos Materiales |
F-DGRM-20 CPSI V1,0
G A B P / L F C V / A P R / A H L / p j g
P á g i n a 5 | 5
Firmado por: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | Firmado por: XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | Xxxxxxx por: XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXX DE... |
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704871179 | No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704877429 | No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704865941 |
Fecha: 29/11/2023 10:58:14.9460000 a. m. | Fecha: 29/11/2023 11:30:30.4590000 a. m. | Fecha: 29/11/2023 01:06:01.5120000 p. m. |
Firmado por: XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | Firmado por: XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | Firmado por: XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX |
No. serie: 641779741797661077637794622532495617765507510464 | No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704879352 | No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704882137 |
Fecha: 29/11/2023 10:25:00.6170000 a. m. | Fecha: 29/11/2023 10:46:40.9810000 a. m. | Fecha: 29/11/2023 10:51:34.5560000 a. m. |
Ciudad de México, a 4 de diciembre de 2023
PUNTO PARA ACUERDO DEL
COMITÉ DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS, OBRAS Y DESINCORPORACIONES
Se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) autorización para emitir el fallo de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023 correspondiente al “Mantenimiento para los equipos de la Red LAN de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
SOLICITUD
I.
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Mediante oficio DGTI/395/2023 del 1 de septiembre de 2023, el titular de la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) solicitó se realicen los trámites necesarios para llevar a cabo la contratación del mantenimiento para los equipos de la Red LAN de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por un xxxxxxx xx xxxx xxxxx, xxx 0x xx xxxxx xx 00 de diciembre de 2024. (Anexo 1).
JUSTIFICACIÓN DE LA SOLICITUD
II.
La DGTI, en el documento denominado Dictamen Técnico Favorable manifestó lo siguiente (Anexo 2):
Antecedentes y/o situación actual.
El 25 de septiembre de 2013, se autorizó el fallo de la licitación pública nacional LPN/SCJN/DGRM-DABI/006/2013, para la “Compra, instalación y puesta en operación de equipos de comunicaciones para las redes LAN”, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la empresa Tecnología en Telecomunicaciones, S.A. de C.V., celebraron el contrato SCJN/DGRM/DABI-102/11/2013.
A través de este instrumento se adquirió e instaló equipo de red marca Enterasys, hoy Extreme Networks, para los inmuebles de Xxxx Xxxxxx No. 2, 16 de Septiembre No. 38, Bolívar No. 30, Xx. Xxxxxxxxxx Xx. 0000 x Xxxxx. Xx xxxxx forma, el contrato incluía el servicio de mantenimiento para todos los equipos, de los cuales actualmente siguen operando los modelos C5K125-48P2 y C5G124-48P2.
El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx y Servicios, Obras y Desincorporación, autorizó el fallo del Concurso por Invitación Pública CIP/SCJN/DGRM- DABI/008/2016, relativo a la instalación y puesta en marcha de la red y contratación de servicios conexos, dando lugar a la celebración del contrato SCJN/DGRM/DABI- 001/01/2017 con la empresa Amyco, S.A. de C.V.
Derivado de este instrumento se adquirió e instaló equipo de red para el MDF (Main distribution frame o cuarto principal de comunicaciones) y cinco IDF´s (Intermediate distribution frame o cuarto de distribución intermedio) del edificio de Xxxx Xxxxxx No. 2, así como para el MDF de la Casa de la Cultura Jurídica en la Ciudad de Guadalajara.
Los equipos adquiridos pertenecen a la serie Summit de la marca Extreme Networks; para el MDF se adquirió el modelo X670-G2-48x-4q y para los IDF´s el X450-G2-48P-10GE4.
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Una vez que finalizó el contrato SCJN/DGRM/DABI-001/01/2017, y con el propósito de garantizar el óptimo desempeño de los equipos de red LAN, se firmó el convenio modificatorio SCJN/DGRM/DABI-071/12/2018 de prestación de servicios de mantenimiento con la empresa antes mencionada, Amyco, S.A. de C.V., del 14 de febrero al 31 xx xxxxx de 2020.
Posteriormente, el Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su décima quinta sesión ordinaria, autorizo el fallo de la Licitación LPN/SCJN/DGRM/011/2019, por lo que la SCJN firmó el contrato de prestación de servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para los equipos Extreme Networks, SCJN/DGRM/DPC-041/12/2019, con la empresa Computadoras, Accesorios y Sistemas,
S.A. de C.V., del 1° de enero al 31 de diciembre de 2020.
Acto seguido, mediante la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2020, se formalizó el contrato SCJN/DGRM/DPC-017/11/2020 para la renovación y mantenimiento de equipo de red LAN con la empresa Computadoras, Accesorios y Sistemas, S.A. de C.V., a partir del 1° de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2023, a través de dicho instrumento se adquirió y puso en operación equipo de red de última generación para los siguientes inmuebles, de igual forma, el contrato incluye el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo:
• Edificio Sede
• Xxxxxxxx 00 xx Xxxxxxxxxx
• Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx
• Cendi
• Edificio Revolución Justificación
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) utiliza una amplia base de equipos de comunicaciones de la marca Extreme Networks para proveer los servicios de red LAN que requieren los funcionarios del Máximo Tribunal para el cumplimiento de las tareas que tienen encomendadas. Los inmuebles en donde se emplea esta infraestructura de comunicaciones son los siguientes:
Número | Nombre del Inmueble | Domicilio |
1 | Edificio Sede. | Xx. Xxxx Xxxxxx Xx. 0, Xxx. Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
2 | Edificio 16 de Septiembre y Edificio Bolívar. | 16 de Septiembre No. 38, Centro Histórico, Xxxxxxxxxx, C.P. 06000, Ciudad de Xxxxxx, x Xxxxxxx Xx. 00, Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
3 | Edificio República de El Xxxxxxxx. | República de El Xxxxxxxx Xx. 00, Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
4 | Cendi. | Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
5 | Edificio Revolución. | Xx. Xxxxxxxxxx Xx. 0000-0, Xxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
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Con la contratación del servicio solicitado, la SCJN contará con un prestador de servicios especializado y avalado por el fabricante de los equipos Extreme Networks, para los siguientes servicios:
• Mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para la red LAN con personal altamente especializado para atender cualquier incidente en el desempeño de la red.
• Atención de incidentes y restablecimiento de los servicios de manera rápida en caso xx xxxxx, en un tiempo máximo de 4 horas.
• Sustitución de partes dañadas por refacciones nuevas, idénticas o de características superiores.
• Realizar las configuraciones necesarias para mejorar su desempeño de acuerdo con la estrategia de comunicaciones de la DGTI.
Dictamen
Una vez realizada la viabilidad del requerimiento, se dictamina técnicamente favorable, en virtud de que con la contratación de una empresa especializada en los servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para los equipos de la red LAN, se dará atención a la solicitud y se coadyuvará en el cumplimiento de las funciones del área solicitante.
Así mismo, en el documento denominado Dictamen de Procedencia Administrativa la DGTI indica lo siguiente (Anexo 3):
Factibilidad
Es viable la adquisición ya que se cuenta con los recursos económicos para llevar a cabo la contratación del servicio de Mantenimiento para los equipos de red LAN de la SCJN, mismo que se encuentra contemplado para su ejecución en el Programa Anual de Necesidades 2024.
Cabe precisar que dicho servicio tiene el propósito de conservar en óptimas condiciones de operación los equipos de la red LAN, a través de una empresa especializada que se encargue de dar mantenimiento a la infraestructura, atender incidentes para que los servicios de red se restablezcan rápidamente en caso xx xxxxx, o hacer las configuraciones pertinentes para mejorar el desempeño de la red. Entre los puntos que se cubrirán con el servicio de mantenimiento se tienen los siguientes:
Establecimiento de tiempos de atención y resolución: La contratación del mantenimiento preventivo y correctivo obliga al prestador de servicios a resolver las anomalías en el funcionamiento de la red mediante un SLA (Service Level Agreement o acuerdo de nivel de servicio) en un tiempo máximo de 4 horas, lo que garantiza la rápida recuperación ante posibles fallas de los equipos de comunicaciones.
• Profesionales capacitados: La empresa encargada de prestar el servicio de mantenimiento debe contar con ingenieros cualificados y certificados por el fabricante de los equipos Extreme Networks, a efecto de garantizar una atención profesional del más alto nivel.
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• Horario de atención: Tomando en cuenta la criticidad de los servicios de red de la SCJN, se requiere que la atención sea las 24 horas del día, los 365 días del año, de manera que se pueda solucionar cualquier posible falla en el momento que se presente.
• Asistencia presencial inmediata ante incidentes críticos: En caso de un incidente de red crítico se asegura la presencia en las instalaciones de la SCJN de un ingeniero calificado para atender la falla.
• Help Desk especializado multilingüe: Acceso al equipo de ingenieros del fabricante Extreme Networks para asistencia telefónica y diagnóstico en caso xx xxxxx de la red. De igual forma, se tiene acceso vía web a la base de datos del fabricante para consultar información especializada y obtener el software para actualizar el sistema operativo de los equipos.
• Proteger el hardware de los equipos: Proteger el hardware mediante la sustitución de partes dañadas por refacciones nuevas, idénticas o de características superiores, enviadas directamente por el fabricante cuando se requiera, para restablecer la operación y servicios de red.
• Revisión periódica de los equipos: Revisión periódica de los equipos para verificar su desempeño y detectar a tiempo posibles fallas antes de que se presenten, o proponer mejoras en el funcionamiento de la red.
ANEXO TÉCNICO
III.
A continuación, se presenta un resumen del anexo técnico (Anexo 4):
Alcance del servicio.
El servicio deberá considerar toda la infraestructura de la red LAN: equipos de comunicaciones (switches), GBIC’s, paneles de fibra óptica, jumpers de fibra óptica, conectores de fibra óptica y todos los componentes que conforman la red.
Requerimientos técnicos:
Partida | Cantidad | Descripción | |
MANTENIMIENTO PREVENTIVO. | |||
En caso de ser necesario, un mantenimiento preventivo al año para cada equipo en la fecha y hora que indique la DGTI. El mantenimiento debe comprender las siguientes actividades: | |||
• Desmontar y montar el hardware. Durante la ejecución de los trabajos se deberán tomar las medidas necesarias para proteger el hardware. • Desconexión y reconexión de las fibras ópticas y cables UTP. • Ordenamiento (peinado) y etiquetado de las fibras ópticas y cables UTP. • Limpieza física de los equipos. | |||
Al concluir el mantenimiento se deberá validar que los equipos y todos sus componentes (software y hardware) trabajen correctamente y conserven su funcionalidad: configuración, protocolos de ruteo, VLAN´s de datos, telefonía IP y multifuncionales, procesamiento, uso de memoria, conectividad, fuentes de poder, ventiladores y cualquier componente del equipo. Los equipos se deberán actualizar a las nuevas versiones de Sistema Operativo durante el tiempo de prestación del servicio, siempre que estén alineadas a la estrategia de la DGTI, de tal manera que se puedan explotar las funcionalidades desarrolladas por el fabricante. | |||
MANTENIMIENTO CORRECTIVO. | |||
Única | Servicio | El mantenimiento correctivo en caso xx xxxxx en la operación de los equipos deberá cubrir los siguientes aspectos: • Corrección de anomalías en su funcionamiento y desempeño, tanto de configuración, hardware o software. • A partir de que se levante el reporte el tiempo máximo para restablecer el servicio al 100% será de 4 horas, incluyendo la sustitución de hardware. • Un ingeniero de soporte en sitio, certificado por el fabricante de los equipos, para corregir la falla y restablecer el servicio al 100%. El servicio deberá incluir: | |
• Mesa de reportes telefónicos 7 x 24 x 365. • El seguimiento a los incidentes reportados se deberá hacer mediante correo electrónico 7 x 24 x 365. • Soporte técnico telefónico 7 x 24 x 365. • Soporte vía web 7 x 24. • Matriz de escalación, en la que se especifiquen los niveles de soporte, escalamiento y tiempos de respuesta para cada nivel, así como el personal técnico y administrativo responsables de cada uno de ellos, al igual que su correo electrónico y número telefónico. • Se deben considerar todos los componentes de los equipos que formen parte de la solución: fuentes de poder, ventiladores, GBIC’s, jumperes de fibra óptica, cables DAC y cables para Stack. • Sustitución temporal de emergencia del hardware, y/o sustitución definitiva de los equipos y sus componentes. • En caso de sustitución definitiva de partes o equipo (s) es obligatorio utilizar refacciones nuevas, originales, de la misma marca e idénticas con características iguales o superiores a las dañadas. El reemplazo se realizará en sitio y será responsabilidad del prestador de servicios montar la pieza o equipo y restablecer los servicios de red al 100%. • El prestador de servicios deberá proteger el hardware existente mientras se realiza la instalación de las partes o los componentes dañados. • En caso de ser necesario se remplazarán los conectores de FO en los paneles de parcheo y/o sustituirá el panel completo para garantizar la correcta comunicación de los equipos, sin que esto implique un costo adicional para la SCJN. El remplazo deberá cumplir con los estándares de cableado estructurado y fibra óptica. • De ser necesario, se deberán remplazar los cables UTP dañados para garantizar la correcta comunicación de los dispositivos conectados a la red LAN. | |||
Única | Servicio | Si un problema afecta la disponibilidad de la red y/o el desempeño de los equipos, considerará como falla y se deberá atender conforme los tiempos de respuesta solicitados. | se |
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Partida | Cantidad | Descripción |
Se deberán considerar refacciones bajo resguardo de la empresa encargada del mantenimiento de los equipos o en las instalaciones de la SCJN para reemplazo en caso de emergencia. En la propuesta técnica se deberá incluir una tabla titulada “Componentes para refacción”, en la que se especifique la cantidad y modelo de los componentes o piezas; como mínimo se deberá proponer un componente de cada tipo de los que estarán en operación durante la vigencia del servicio, o en su caso de características superiores. Rutina de recepción de los servicios. Después de realizar el cambio de hardware, se deberá entregar la orden de servicio que especifique el reemplazo de la pieza dañada, el número de serie de la pieza dañada y el de la pieza que se entrega en sustitución, y de ser el caso, el número de inventario de la SCJN. De igual forma, se deberán especificar las razones técnicas que dieron lugar al cambio. SOPORTE TÉCNICO El servicio de soporte técnico consistirá en revisar mensualmente el funcionamiento de los switches y la red en general, así como brindar asesoría especializada al personal de la SCJN cuando lo requiera y realizar las configuraciones necesarias para que la red opere correctamente. En caso de que la DGTI así lo requiera, de acuerdo con su estrategia de comunicaciones y servicios, se podrá reubicar y reconfigurar el equipo en los inmuebles del numeral 8. Lugar en donde se prestará el servicio, de este documento, sin costo adicional para la SCJN. |
CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN
Periodo prestación servicio: | de del | Del 1° de enero al 31 de diciembre de 2024. | ||||
No. | Inmueble | Domicilio | ||||
1 | Xxxxxxxx Xxxx | Xxxx Xxxxxx Xx. 0, Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, | ||||
X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | ||||||
Lugar prestación servicios: | de de | 2 | Edificio 16 de Septiembre y Edificio Bolívar | 16 de Septiembre No.38, colonia Centro, Xxxxxxxxxx, C.P. 06000, Ciudad de México y Xxxxxxx Xx. 00, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | ||
3 | Edificio Justicia TV | Xxxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx Xx.00, xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | ||||
4 | CENDI | Xxxxx | Xxxxxxxxxxxx | Xx.000, | Xxxxxx, | |
Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. | ||||||
5 | Edificio | Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xx.0000, Xxxxxxxxx Xxx, | ||||
Xxxxxxxxxx | Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
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Mediante transferencia bancaria de conformidad con los datos que sean proporcionados, en una sola exhibición a trimestre vencido devengado, 15 días hábiles posteriores a la presentación del Comprobante Fiscal Digital generado por Internet (CFDI) correspondiente
En términos de los artículos 159 y 177 del Acuerdo General de Administración XIV/2019, en ningún caso procederán pagos por concepto de servicios no recibidos a entera satisfacción.
Forma de pago:
INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX Y PRECIO ESTIMADO
IV.
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La Dirección de Investigación xx Xxxxxxx (DIM), adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales (DGRM), emitió el 3 de julio de 2023, la IM-051/2023 "Servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN", de la cual se resume (Anexo 5):
Se identificaron 20 posibles proveedores, de los cuales, 6 participaron en la investigación xx xxxxxxx.
COSTO ESTIMADO/CLASIFICACIÓN | |||
Importe total estimado más IVA (12 meses) | UMAS (103.74) | Clasificación | Procedimiento |
$5,184,684.00 | 49,977.67 | Superior | Licitación Pública Nacional |
Para la estimación del precio prevaleciente se utilizó la mediana, la cual se obtuvo considerando todos los precios obtenidos en cada una de las partidas, de lo que resulta que, si la serie de precios obtenidos es impar, el valor central será la mediana, y si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los valores centrales y el resultado será la mediana; en este caso resultó aplicable el primer supuesto.
DICTAMEN DE PROCEDENCIA ADMINISTRATIVA
V.
DICTAMEN DE PROCEDENCIA ADMINISTRATIVA | ||
Área Responsable | Área Solicitante | Partida presupuestal |
Subdirección General de Infraestructura Tecnológica | Dirección General de Tecnologías de la Información | 35301 |
Sustentabilidad
Los equipos de red LAN se encargan de transportar todos los datos al interior de la organización. Tienen la función, entre otras cosas, de llevar hasta las computadoras de los usuarios la información que requieren para realizar su trabajo y suministrar la conexión para los teléfonos IP marca Avaya.
Por lo que resulta indispensable contar con el servicio de mantenimiento para los equipos de red LAN a través de un prestador de servicio especializado que se encargue de llevar a cabo el mantenimiento preventivo, atienda incidentes y restablezca los servicios rápidamente en caso xx xxxxx. De esta manera, los equipos de red se conservarán en óptimas condiciones, y al mismo tiempo se contribuirá al quehacer jurisprudencial y administrativo de la SCJN.
Dictamen
Una vez realizado el análisis descrito en cada uno de los apartados que forman el presente documento, se dictamina la procedencia administrativa para la contratación del servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para los equipos de red LAN de la SCJN, a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024. (Anexo 3).
DICTAMEN DE PROCEDENCIA ADMINISTRATIVA
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La contratación del presente servicio se encuentra contemplada en el Programa Anual de Necesidades de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 2024 (página 2 y 22) (Anexo 6).
SUFICIENCIA PRESUPUESTAL
VI.
Conforme a la normatividad aplicable, la presente contratación es de devengo futuro, por lo cual, el importe para el ejercicio fiscal 2024 estará sujeto a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 34, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
SEÑALAMIENTO DE NO CONTAR CON PERSONAL PARA DESARROLLAR LO REQUERIDO
VII.
…De conformidad con lo establecido en el artículo 37, fracción III del AGA XIV/2019, que a la letra dice: “Tratándose de la contratación de servicios que por su naturaleza pudiera prestar el personal de la Suprema Corte, aquélla se condicionará a la existencia de una determinación en la que el área correspondiente justifique las razones que le impiden desarrollar el servicio respectivo con la eficiencia o la oportunidad debidas” (sic), a continuación se enuncian las razones por las que no es factible realizar el servicio de mantenimiento para los equipos de la red LAN con personal de la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) y se requiere contratar un prestador de servicios:
Los equipos de la red LAN son equipos de última generación de la marca Extreme Networks y fueron desarrollados con la tecnología más avanzada, por lo que para garantizar su óptimo funcionamiento se debe contar con un prestador de servicios calificado y avalado por el fabricante que se encargue de su mantenimiento y atienda incidentes cuando se requiera,
motivo por el cual en el anexo técnico del presente procedimiento se solicita un distribuidor autorizado con nivel xx Xxxxxxx.
Un distribuidor autorizado es seleccionado por Extreme Networks porque tiene la experiencia necesaria, cuenta con las certificaciones que acreditan su capacidad técnica para operar los equipos y solucionar fallas, y porque es capaz de ofrecer la mejor solución ante cualquier requerimiento que en su oportunidad llegue a hacer la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) para mejorar el funcionamiento de la red.
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Debido a que cuenta con ingenieros cualificados, certificados y entrenados en la operación de los equipos de red LAN en los centros de capacitación avalados por Extreme Networks, y tiene contacto directo con el fabricante, un distribuidor autorizado ofrece soluciones de primera mano del más alto nivel con profesionales especializados.
Por esta razón, en lo que respecta a la configuración, soporte técnico y servicio de mantenimiento, Extreme Networks sólo reconoce y respalda los trabajos que realiza un distribuidor autorizado.
Adicionalmente, también se debe tomar en cuenta que los fabricantes de equipos de telecomunicaciones no comercializan o reemplazan equipos o refacciones directamente a los usuarios finales, esta tarea se lleva a cabo a través de sus distribuidores, por lo que en caso de presentarse una falla en los equipos de la red LAN, sólo un distribuidor autorizado puede obtener, entregar y poner en funcionamiento la pieza de reemplazo, con la certeza de que es nueva, original y con el respaldo directo de Extreme Networks.
A través de un distribuidor autorizado también se tiene acceso al Help Desk multilingüe, equipo de ingenieros especialistas del fabricante Extreme Networks para asistencia telefónica y diagnóstico de tercer nivel en caso xx xxxxx de la red, así como a la base de datos para consultar información y obtener el software para actualizar el sistema operativo de los equipos.
Asimismo, se tiene atención las 24 horas del día, los 365 días del año, de manera que se pueda solucionar cualquier posible falla en el momento que se presente, y se cuanta con la presencia en las instalaciones de la SCJN de un ingeniero calificado para atender incidentes críticos.
Finalmente, se debe considerar que la SCJN tiene 148 equipos que necesitan recibir mantenimiento en un horario restringido, en la mayoría de los inmuebles el mantenimiento se lleva a cabo de las cero a las seis horas para no interrumpir y afectar las actividades de los usuarios, por lo que se requiere que el prestador de servicios cuente con personal suficiente y el perfil requerido para realizar los mantenimientos preventivos en los tiempos y niveles de servicio solicitados en el anexo técnico.
CONCLUSIÓN
La Dirección General de Tecnologías de la Información no cuenta con el personal técnico suficiente para realizar el servicio de mantenimiento preventivo para los equipos de red LAN
de la Suprema Corte, así como para hacer las configuraciones y actualizaciones necesarias debido a que se requiere personal altamente especializado, certificado y entrenado en los centros de capacitación aprobados por Extreme Networks, lo que garantizará todas las condiciones técnicas de operación que demanda la red LAN de la SCJN.
Adicionalmente, es importante resaltar que existen restricciones para adquirir directamente con el fabricante equipo y piezas originales para reemplazar componentes dañados, debido a que esta actividad es exclusiva de un distribuidor autorizado.
Aunado a lo anterior, para garantizar el correcto funcionamiento de sus equipos Extreme Networks sólo avala los trabajos de un distribuidor certificado en un centro de capacitación oficial avalado por el propio fabricante.
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Por lo antes expuesto, la DGTI no se encuentra en posibilidades de prestar el servicio de mantenimiento para los equipos de la red LAN de la SCJN con personal propio. (Anexo 7).
VIII | OTRAS CONSIDERACIONES | Anexo 8 |
En la decimoséptima sesión ordinaria de 2023, del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) celebrada el 28 de septiembre de 2023, se adoptó el siguiente acuerdo:
CASO 0317DGRM23.- Se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones autorización para iniciar el procedimiento de Licitación Pública Nacional correspondiente al “Mantenimiento para los equipos de la Red LAN de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Acuerdo: Con base en las documentales presentadas bajo la responsabilidad de la Dirección General de Tecnologías de la Información y la Dirección General de Recursos Materiales, con fundamento en los artículos 21, fracción XXII, 39, fracción III, 43, fracción I, 46 y 47, fracción I del Acuerdo General de Administración XIV/2019 y 8 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, el Comité autoriza de manera unánime iniciar el procedimiento de Licitación Pública Nacional, para la contratación del “Mantenimiento para los equipos de la Red LAN de la Suprema Corte de Justicia de la Nación” por doce meses, del 1° de enero al 31 de diciembre de 2024, previa revisión de la Convocatoria/Bases por el Subcomité de Revisión de Bases.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 169, fracción II del Acuerdo en cita, el adjudicatario deberá presentar la garantía de cumplimiento correspondiente.
Finalmente, se precisa que los importes correspondientes al ejercicio fiscal 2024 estarán sujetos a que este Alto Tribunal cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, fracción III del Acuerdo General de Administración XIV/2019 y 35 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sin que la falta de éstos origine responsabilidad para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
IX | PROCESO DE ELABORACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE BASES (Art. 61 y 62 AGA XIV/2019) | Anexo 9 |
Concepto | Fecha |
Publicación del proyecto | Del 2 al 4 de octubre 2023 |
Envío a SUBREBA | 5 de octubre de 2023 |
Solicitud de comentarios | 13 de octubre de 2023 |
Revisión SUBREBA | 16 de octubre de 2023 |
X | DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO | Anexo 10 |
Eventos | Fecha | Observaciones |
Publicación definitiva de convocatoria, bases y anexos. | 24/10/2023 | DOF, diario de amplia difusión y página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. |
Visita a sitio (obligatoria) | 06/11/2023 | 1. Netjer Networks México, S.A. de C.V. 2. Netcontroll Group, S.A. de X.X. |
Xxxxxx de preguntas | 07/11/2023 | Envío cartas manifiesto de participación: |
1. Netjer Networks México, S.A. de C.V. 2. Computadoras Accesorios y Sistemas, S.A. de C.V. | ||
Junta de aclaraciones (No obligatoria) | 09/11/2023 | Participantes: |
1. Netjer Networks México, S.A. de C.V. 2. Computadoras Accesorios y Sistemas, S.A. de C.V. | ||
Presentación de propuestas. | 22/11/2023 | Participantes: |
1. Netcontroll Group, S.A. de C.V. |
XI. | DICTAMEN RESOLUTIVO LEGAL (Art. 71, fracción II AGA XIV/2019) | Anexo 11 |
Área responsable | Dirección General de Asuntos Jurídicos |
Fecha de solicitud | 23 de noviembre de 2023 (DGRM/SGC/DPC-469-2023) |
Fecha de recepción | 30 de noviembre de 2023 (DGAJ/SGCyN-1605-2023) |
Empresa participante | I. Término de presentación de la documentación legal. | II. Existencia legal de la participante y personalidad de la persona representante o apoderado | III. Objeto Social de la Participante | IV. Identificación Oficial de la persona Representante o apoderada de la participante. | V. Restricciones para Contratar | VI. Acreditación del domicilio legal de la participante para recibir notificaciones. | VII. cédula de identificación fiscal. | VIII registro patronal | Resultado |
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | Sí | Sí | Sí | Sí | Sí | Si | Sí | Sí | Favorable |
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XII. | DICTAMEN RESOLUTIVO FINANCIERO (Art. 71, fracción I AGA XIV/2019) | Anexo 12 |
Área responsable | Dirección General de la Tesorería |
Fecha de solicitud | 22 de noviembre de 2023 (DGRM/SGC/DPC-470-2023) |
Fecha de recepción | 28 de noviembre de 2023 (OM-DGT/SGIFF/DIFA-1298-2023) |
Empresas Participantes | Requisitos de Información fiscal y financiera | Datos financieros | Aplicación de razones financieras | Resultado |
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | No | No | No | No favorable |
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El Dictamen Resolutivo Financiero correspondiente a la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, referente a la “contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN”, del participante Netcontroll Group, S.A. de C.V., es NO FAVORABLE, en virtud de haber presentado únicamente el dictamen financiero correspondiente al ejercicio 2022 sin acompañarlo de las cifras correspondientes al balance general y estado de resultados, incumpliendo lo establecido en el punto 6.2.1 de las bases del actual procedimiento, mismo que menciona que “…deberá contener cuando menos, el balance general y el estado de resultados…”
XIII. | DICTAMEN RESOLUTIVO TÉCNICO (Art. 00 XXX XXX/0000) | Xxxxx 00 |
Área responsable | Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) |
Fecha de solicitud | 22 de noviembre de 2023 (Acto de apertura) |
Fecha de recepción | 27 de noviembre de 2023 (DGTI/SGIT-304-2023) |
Resultado Dictamen Resolutivo Técnico | |
Participante | Favorables |
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | Partida única |
La propuesta técnica forma parte del presente como Anexo 13.1
XIV. | DICTAMEN RESOLUTIVO ECONÓMICO (Art. 73 AGA XIV/2019) | Anexo 12 |
(Dirección General de Recursos Materiales) | 29/noviembre/2023 |
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X.Xxxxxx comparativo de precios ofertados contra el precio prevaleciente de la Investigación xx Xxxxxxx:
Partida | Subpartida | Inmueble | Descripción | Modelo | Unidad de medida | Cantidad de equipos | Meses | Precio Unitario mensual | Subtotal mensual | Subtotal Trimestral | Subtotal | I.V.A. | Total |
Única | 1.1 | Sede | VSP 7400 48 x 10/25Gbps SFP28 ports 8 x 100Gbps QSFP28 ports 8-core CPU 16GB RAM 128GB SSD Single 750W AC PSU six fans 4-post rack mount kit Front to Back Airflow. | VSP 7400-48Y- 8C-AC-F | Servicio | 2 | 12 | $8,059.00 | $16,118.00 | $48,354.00 | $193,416.00 | $30,946.56 | $224,362.56 |
1.2 | X670-G2-48x-4q – 48 ports of 1/10Gb SFP+ with 4 ports of 10/40Gb QSFP+ | SUMMIT X670- G2-48X-4q- BASE-UNIT | Servicio | 12 | 12 | $6,788.00 | $81,456.00 | $244,368.00 | $977,472.00 | $156,395.52 | $1,133,867.52 | ||
1.3 | Summit X450-G2 48 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | X450-G2-48p- 10GE4-Base | Servicio | 53 | 12 | $1,693.00 | $89,729.00 | $269,187.00 | $1,076,748.00 | $172,279.68 | $1,249,027.68 | ||
1.4 | Appliance de NS-A-20 con NMS-ADV-50 | Dell EMC Poweredge R540 | Servicio | 1 | 12 | $35,336.00 | $35,336.00 | $106,008.00 | $424,032.00 | $67,845.12 | $491,877.12 | ||
1.5 | 16 de Septiembre | VSP 7400 48 x 10/25Gbps SFP28 ports 8 x 100Gbps QSFP28 ports 8-core CPU 16GB RAM 128GB SSD Single 750W AC PSU six fans 4-post rack mount kit Front to Back Airflow. | VSP 7400-48Y- 8C-AC-F | Servicio | 2 | 12 | $8,059.00 | $16,118.00 | $48,354.00 | $193,416.00 | $30,946.56 | $224,362.56 | |
1.6 | X670-G2-48x-4q – 48 ports of 1/10Gb SFP+ with 4 ports of 10/40Gb QSFP+ | SUMMIT X670- G2-48X-4q- BASE-UNIT | Servicio | 6 | 12 | $6,788.00 | $40,728.00 | $122,184.00 | $488,736.00 | $78,197.76 | $566,933.76 | ||
1.7 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 14 | 12 | $1,761.00 | $24,654.00 | $73,962.00 | $295,848.00 | $47,335.68 | $343,183.68 | ||
1.8 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports | C5G124-48P2 | Servicio | 12 | 12 | $1,761.00 | $21,132.00 | $63,396.00 | $253,584.00 | $40,573.44 | $294,157.44 | ||
1.9 | Bólivar | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 6 | 12 | $1,761.00 | $10,566.00 | $31,698.00 | $126,792.00 | $20,286.72 | $147,078.72 | |
1.10 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports | C5G124-48P2 | Servicio | 3 | 12 | $1,761.00 | $5,283.00 | $15,849.00 | $63,396.00 | $10,143.36 | $73,539.36 | ||
1.11 | Justicia TV | VSP4900-12MXU-12XE with 1100W PSU Bundle. VSP4900-12MXU-12XE Bundle includes VSP4900- 12MXU-12XE and one 1100W AC PSU FB (10941). | VSP4900- 12MXU-12XE | Servicio | 2 | 12 | $2,912.00 | $5,824.00 | $17,472.00 | $69,888.00 | $11,182.08 | $81,070.08 | |
1.12 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 4 | 12 | $1,761.00 | $7,044.00 | $21,132.00 | $84,528.00 | $13,524.48 | $98,052.48 |
Partida | Subpartida | Inmueble | Descripción | Modelo | Unidad de medida | Cantidad de equipos | Meses | Precio Unitario mensual | Subtotal mensual | Subtotal Trimestral | Subtotal | I.V.A. | Total |
1.13 | Switch 24 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-24P2 | Servicio | 1 | 12 | $1,761.00 | $1,761.00 | $5,283.00 | $21,132.00 | $3,381.12 | $24,513.12 | ||
1.14 | CENDI | X450-G2-24p-10GE4-Base - Summit X450-G2 24 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports) 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | X450-G2-24p- 10GE4 | Servicio | 2 | 12 | $1,210.00 | $2,420.00 | $7,260.00 | $29,040.00 | $4,646.40 | $33,686.40 | |
1.15 | Summit X450-G2 48 10/100/1000BASE-T POE+ 4 10GBASE-X unpopulated SFP+ two 21Gb stacking ports 2 unpopulated power supply slots fan module slot (unpopulated). | X450-G2-48p- 10GE4-Base | Servicio | 4 | 12 | $1,693.00 | $6,772.00 | $20,316.00 | $81,264.00 | $13,002.24 | $94,266.24 | ||
1.16 | Revolución | VSP4900-12MXU-12XE with 1100W PSU Bundle. VSP4900-12MXU-12XE Bundle includes VSP4900- 12MXU-12XE and one 1100W AC PSU FB (10941). | VSP4900- 12MXU-12XE | Servicio | 2 | 12 | $2,912.00 | $5,824.00 | $17,472.00 | $69,888.00 | $11,182.08 | $81,070.08 | |
1.17 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 8 | 12 | $1,761.00 | $14,088.00 | $42,264.00 | $169,056.00 | $27,048.96 | $196,104.96 | ||
1.18 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at XxX-capable ports, Four combo SFP ports | C5G124-48P2 | Servicio | 4 | 12 | $1,761.00 | $7,044.00 | $21,132.00 | $ 84,528.00 | $13,524.48 | $98,052.48 | ||
1.19 | Equipo C5 para requerimientos especiales | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at Po E-capable ports, Two combo SFP ports, Two SFP+ ports (support 1G or 10G interfaces) | C5K125-48P2 | Servicio | 9 | 12 | $1,761.00 | $5,849.00 | $47,547.00 | $190,188.00 | $30,430.08 | $220,618.08 | |
1,20 | Switch 48 10/100/1000Base-T 802.3af and 802.3at Xx X-xxxxxxx xxxxx, Xxxx xxxxx XXX xxxxx | X0X000-00X0 | Servicio | 2 | 12 | $1,761.00 | $3,522.00 | $10,566.00 | $42,264.00 | $6,762.24 | $49,026.24 | ||
Suma | $411,268.00 | $1,233,804.00 | $4,935,216.00 | $789,634.56 | $ 5,724,850.56 | ||||||||
Precio prevaleciente | $5,184,684.00 | Porcentaje de variación | -4.08% |
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II. Verificación de cumplimiento de requisitos:
Concepto | Netcontroll Group, S.A. de C.V. | ||
a) Plazo de entrega: A partir de las 00:00 horas del 1° de enero de 2024, hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2024. Previa comunicación con quien administre el contrato. | Cumple | ||
b) Lugar de entrega: En los edificios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que se señalan en el anexo 2a. | Cumple | ||
c) Forma de pago: Mediante transferencia bancaria, de conformidad con los datos que sean proporcionados, en trimestre vencido devengado a los 15 días hábiles siguientes de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) generado por Internet y autorizado, acompañado del documento que acredite la prestación de los servicios a entera satisfacción de este Alto Tribunal. En términos de los Artículos 159 y 177 del Acuerdo General de Administración XIV/2019, en ningún caso procederán pagos por concepto de servicios no recibidos a entera satisfacción. Los importes correspondientes al ejercicio fiscal 2024 estarán sujetos a que este Alto Tribunal cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos, de conformidad con lo establecido en los artículos 39, fracción III del Acuerdo General de Administración XIV/2019 y 35 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sin que la falta de éstos origine responsabilidad para la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Cumple | ||
d) Vigencia de la propuesta: Las propuestas permanecerán vigentes por un plazo no menor de 60 días hábiles siguientes de la fecha de entrega de éstas. | Cumple | ||
e) Nombre y firma del concursante o su representante legal. | Cumple | ||
f) Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. | Cumple | ||
g) Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación serán pagados por el adjudicatario, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Cumple | ||
10.4 Será obligatorio el presentar las constancias con la que acredite que cuenta con la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo, expedidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), de conformidad con lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y a las reglas 2.1.29 y 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022, reformada mediante la segunda resolución de modificaciones a la misma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 xx xxxxx de 2023, primera, segunda y cuarta de las reglas de carácter general para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 2022 y las reglas primera y cuarta del Acuerdo H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones, patronales y entero de descuentos. Dichos documentos deberán estar vigentes. La propuesta del licitante que no presente estos documentos será desechada. | SAT (Positivo 21/11/23) | ||
IMSS (Positiva 22/11/23) | |||
INFONAVIT (Sin Adeudos 22/11/23) | |||
Cumple |
DICTAMEN
Participante | Dictamen Favorable |
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | Partida única |
La propuesta económica forma parte del presente como Anexo 14.1
RESUMEN DICTÁMENES LEGAL, FINANCIERO, TÉCNICO Y ECONÓMICO
Empresa | Resultado de los Dictámenes Resolutivos | |||||
Legal | Financiero | Técnico | Económico | |||
Favorable | No favorable | Favorable | No favorable | |||
Netcontroll Group, S.A. de C.V. | Favorable | No favorable | Única | ----- | Única | ----- |
FUNDAMENTO LEGAL
Ley Federal de Austeridad Republicana (19 de noviembre de 2019) | |
Artículo 8 | En la adquisición de bienes muebles e inmuebles, su arrendamiento o contratación de servicios y obra pública se buscará la máxima economía, eficiencia y funcionalidad, observando los principios de austeridad, ejerciendo estrictamente los recursos públicos en apego a las disposiciones legales aplicables. Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general y de manera prioritaria, a través de licitaciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las excepciones a esta regla deberán estar plenamente justificadas ante el órgano encargado del control interno que corresponda. |
Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración de la SCJN. | |||
Artículos | Nombre | Fracción (es) | Nombre |
3 | Definiciones | XXXIV, XXXV, XXXVI y XXXVII | Dictámenes resolutivos económico, financiero, legal y técnico. |
13 | Atribuciones de Recursos Materiales | XIX, XX y XXI | Elaborar el dictamen resolutivo económico, elaborar los fallos, someter dictámenes al Comité. |
21 | Atribuciones del Comité | XXI | Adjudicar en los procedimientos de contrataciones clasificadas como superiores a la propuesta que haya obtenido dictámenes resolutivos favorables y presente la oferta solvente cuyo precio sea el más bajo, atendiendo el criterio establecido en la fracción II del artículo 77 de este Acuerdo General. |
38 | Limitación para la contratación | Suficiencia presupuestal. | |
40 | Requisitos previos al procedimiento | I, II y III | Especificaciones técnicas, justificación, PAN 2024. |
41 | Costo para efectos de la clasificación | Estimado sin incluir el I.V.A. | |
43 | Clasificación de las Contrataciones | I | Contratación Superior. |
46 | Niveles de Autorización | Comité | |
47 | Tipos de procedimiento | I | Licitación Pública Nacional. |
56 | Procedimiento | Publicación en el Diario Oficial, en un diario de amplia difusión y otros medios electrónicos. | |
64 | Publicación de la | Publicación en el Diario Oficial y en la página de Internet |
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Acuerdo General de Administración XIV/2019 del Comité de Gobierno y Administración de la SCJN. | |||
Artículos | Nombre | Fracción (es) | Nombre |
convocatoria | de la SCJN. | ||
67 | Requisitos de la Propuesta Económica | I, II, III, IV y V | Precio, vigencia de la propuesta, forma de pago y plazo de entrega. |
73 | Dictamen Resolutivo Económico | Análisis comparativo de precios ofertado contra el presupuesto base y condiciones establecidas. | |
76 | Valoración formal de los dictámenes resolutivos | Proponer el fallo al CASOD. | |
77 | Fallo | II | Fallo. |
78 | Notificación del fallo | Publicación en la página de Internet de la SCJN y sesión pública de comunicación de fallo. |
PROPUESTA
XV.
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Se solicita al Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, autorizar la emisión del fallo del procedimiento de Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, para la contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN, de conformidad con lo siguiente:
a) Declarar desierta la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM/003/2023, para la contratación del servicio de mantenimiento a equipos de la red LAN, derivado de que la única propuesta recibida no obtuvo la totalidad de los dictámenes resolutivos aplicables en sentido favorable.
b) Autorizar el inicio de un nuevo procedimiento de Licitación Pública Nacional en el ejercicio presupuestal 2024, una vez que se cuente con los recursos suficientes y previa ratificación de la necesidad por parte de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Presenta
Maestra Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx xx Xxxxxx Directora General de Recursos Materiales
Rubricado por: XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704871179 Fecha: 04/12/2023 06:27:06.8170000 p. m.
Firmado por: XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
No. serie: 641779741797661077637794622532495617765507510464
Rubricado por: XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX
V3
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704877429 Fecha: 04/12/2023 10:29:40.8400000 p. m.
Firmado por: XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704879352
Firmado por: XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXX DE...
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704865941 Fecha: 05/12/2023 06:58:53.6860000 a. m.
Rubricado por: XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXX
No. serie: 641779741797661081599202748245712497442704882137
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Fecha: 04/12/2023 05:58:00.6690000 p. m.
Fecha: 04/12/2023 06:01:08.4050000 p. m.
Fecha: 04/12/2023 06:13:04.4710000 p. m.
GABP/LFCV/APR/MAEV/AHL/PJG