Contract
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS ÍNDICE
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES 3
Cláusula 1ª. Objeto del contrato. 3
Cláusula 2ª. Régimen jurídico. 3
Cláusula 3ª. Aplicación del TRLCSP. 4
Cláusula 4ª. Tramitación y procedimiento de adjudicación 4
Cláusula 5ª. Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato 4
Cláusula 6ª. Plazo de ejecución y prórroga. 5
Cláusula 7ª. Información, control, seguimiento y retirada de documentación. 5
Cláusula 8ª. Capacidad para contratar. 6
Cláusula 9ª. Presentación de proposiciones 6
Cláusula 10ª. Forma y contenido de las proposiciones. 7
Cláusula 11ª. Portal de la transparencia. 14
Cláusula 12ª. Examen de las proposiciones 15
Cláusula 13ª. Criterios de adjudicación 16
Cláusula 14ª. Renuncia y desistimiento. 18
Cláusula 15ª. Clasificación de ofertas y adjudicación. 18
Cláusula 16ª. Garantía definitiva. 20
Cláusula 17ª. Formalización del contrato. 20
CAPÍTULO II.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO 21
Cláusula 18ª. Lugar de ejecución. 21
Cláusula 19ª. Prestación del servicio y continuidad de la prestación. 21
Cláusula 20ª. Dirección y supervisión del contrato. 21
Cláusula 21ª. Terminación, plazo de garantía y liquidación. 22
Cláusula 22ª. Xxxxxx y xxxxxxx 22
Cláusula 23ª. Cesión del contrato. 22
Cláusula 24ª. Subcontratación. 22
Cláusula 25ª. Ejecución defectuosa y resolución del contrato. Penalidades. Responsabilidad por daños y perjuicios. 22
CAPÍTULO III.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 24
Cláusula 26ª. Pago del precio del contrato. 24
Cláusula 27ª. Revisión de precios. 24
Cláusula 28ª. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista. 24
Cláusula 29ª. Obligaciones laborales y sociales del contratista. 24
Cláusula 30ª. Deber de confidencialidad. 26
Cláusula 31ª. Protección de datos de carácter personal. 26
Cláusula 32ª. Normas de seguridad del Congreso de los Diputados 27
CAPÍTULO IV. PRERROGATIVAS Y RECURSOS 27
Cláusula 33ª. Prerrogativas y recursos 27
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA 28
ANEXO II. MODELO DE AVAL (artículo 96 del TRLCSP) 29
ANEXO III. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN 30
ANEXO IV. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO 31
ANEXO V. MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A LA FINALIDAD DE LA EMPRESA 32
ANEXO VI. DECLARACIÓN RELATIVA A LOS PRINCIPALES SERVICIOS EFECTUADOS EN LOS CINCO ÚLTIMOS AÑOS 33
ANEXO VII. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS 34
ANEXO VIII. MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD 35
ANEXO IX. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS 36
ANEXO X. MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA 37
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1ª. Objeto del contrato.
1. El objeto del contrato es la prestación de servicios de soporte técnico para la atención a usuarios, soporte a productos software, colaboración en cursos de formación y el mantenimiento de equipos de microinformática del Congreso de los Diputados, de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas.
2. La codificación correspondiente al vocabulario común de contratos públicos (CPV) es la siguiente:
722222300-0 Servicios de tecnología de la información.
50312000-5 Servicios de mantenimiento y reparación de equipo informático.
3. La necesidad administrativa que se pretende satisfacer es la atención ofimática a todos los usuarios del sistema informático de la Cámara, el soporte a los productos software instalados en ordenadores personales y dispositivos móviles, la colaboración en cursos de formación y el mantenimiento de equipos de microinformática.
Cláusula 2ª. Régimen jurídico.
1. El contrato al que se refiere el presente pliego es un contrato administrativo de servicios, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. Formarán parte del contrato el pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas y las propuestas económica y técnica. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, en el correspondiente de prescripciones técnicas y demás documentos anexos. Por ello, dichos documentos deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad, en el acto mismo de la formalización del contrato.
3. El presente procedimiento se regirá por el artículo 72 de la Constitución, por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP) en los términos previstos en la disposición adicional primera bis en atención a la consideración como órgano constitucional del Congreso de los Diputados. También se regirá por la normativa de desarrollo y por las Normas y Acuerdos adoptados por el Congreso de los Diputados en materia de contratación y contracción de obligaciones. Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.
4. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal, que tipifica el delito de alteración de precios en concursos y subastas públicas.
Cláusula 3ª. Aplicación del TRLCSP.
1. En virtud de la disposición adicional primera bis del TRLCSP, las menciones que el mismo efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Congreso de los Diputados.
2. Las referencias que dicho texto efectúa a la Caja General de Depósitos en relación con la prestación de garantías se entenderán hechas al Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados, de la Dirección de Presupuestos y Contratación.
Cláusula 4ª. Tramitación y procedimiento de adjudicación
1. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, de conformidad con lo previsto en los artículos 138, 157 y siguientes del TRLCSP.
2. El contrato objeto de este procedimiento está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con el artículo 4 b) de la Directiva 2014/24 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014.
3. La tramitación del expediente de contratación se realizará por procedimiento ordinario.
Cláusula 5ª. Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato.
1. El presupuesto máximo de licitación es de 1.199.855,00 euros (IVA excluido), correspondiente a la duración inicial del contrato y por la prestación de los servicios requeridos en el pliego de prescripciones técnicas.
2. A este contrato le corresponderá un tipo de IVA del 21%, que asciende a 251.969,55 euros, lo que hace un total de 1.451.824,55 euros (IVA incluido).
3. El presupuesto de licitación corresponde a la totalidad el período previsto para la ejecución del contrato. La reducción de este período por demora en el inicio de los efectos del contrato respecto a la fecha inicialmente prevista o por cualquier otro motivo, conllevará la reducción proporcional del presupuesto de licitación y del precio ofrecido.
4. El valor estimado del contrato, incluidas las posibles prórrogas es de 1.664.315,00 euros (IVA excluido), de conformidad con el siguiente desglose por años:
AÑOS | IMPORTES NETOS (excluido IVA) | IMPORTES TOTALES (incluido IVA) |
2018 (junio-diciembre, 7 meses) | 270.935,00 | 327.831,35 |
2019 | 464.460,00 | 561.996,60 |
2020 | 464.460,00 | 561.996,60 |
Posible prórroga | ||
2021 | 464.460,00 | 561.996,60 |
5. En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros y honorarios del personal técnico a su cargo, gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, excepción hecha del IVA.
6. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente en el presupuesto del Congreso de los Diputados, en el ejercicio presupuestario correspondiente.
Cláusula 6ª. Plazo de ejecución y prórroga.
El contrato entrará en vigor el día 1 xx xxxxx de 2018, salvo que la duración del procedimiento de adjudicación u otros motivos lo impidieran, en cuyo caso se estará a la fecha de la firma del contrato o a la fecha que se indique en el mismo, y se extinguirá el 31 de diciembre de 2020, pudiendo ser objeto de prórroga, por acuerdo expreso de ambas partes, hasta un máximo de un año, sin que la prórroga pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
Cláusula 7ª. Información, control, seguimiento y retirada de documentación.
1. El seguimiento y control general del presente procedimiento y de la ejecución del contrato se realizará por el Centro de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (en adelante Centro de TIC) del Congreso de los Diputados. Este órgano habrá de considerarse como responsable del contrato a los efectos de lo dispuesto en el artículo 52 del TRLCSP.
2. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que rigen el presente procedimiento podrán descargarse desde la página web del Congreso de los Diputados, accediendo directamente desde el siguiente enlace xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx, a través del “Perfil del contratante”.
3. Asimismo, podrán retirarse en la Secretaría del Centro de TIC, Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx, x/x, xx 00 a 14 horas, en días hábiles, de lunes a viernes.
4. Los licitadores que deseen información adicional sobre el objeto del contrato podrán ponerse en contacto con el Centro de TIC, a través del correo electrónico xxxxxxx.xxx@xxxxxxxx.xx.
5. La solicitud de aclaración referida a cualquier aspecto de la licitación se deberá dirigir mediante correo electrónico a la anterior dirección y sus contestaciones serán publicadas en el perfil del contratante.
Cláusula 8ª. Capacidad para contratar.
1. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 10ª de este pliego.
2. Además, las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
3. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
Cláusula 9ª. Presentación de proposiciones.
1. La presentación de proposiciones se realizará en mano en la Secretaría del Centro de TIC, de 10 a 14 horas, en días hábiles, de lunes a viernes, dentro del plazo indicado en los anuncios de licitación publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado.
2. Las ofertas podrán remitirse también por correo certificado. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico remitido a la dirección xxxxxxx.xxx@xxxxxxxx.xx, si bien en este último caso sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
3. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
4. No serán admitidas las proposiciones que se presenten por vías distintas a las anteriormente señaladas.
5. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, no admitiéndose la presentación de variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo
ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por dicho licitador.
6. No serán aceptadas aquellas proposiciones que superen el presupuesto máximo de licitación, estén incorrectamente formuladas o contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta.
7. Las empresas que, de un modo distinto al indicado en la cláusula 10ª, presenten en un sobre erróneo documentos o aporten datos de la oferta técnica o de la proposición económica que fueran susceptibles de valoración a efectos de la adjudicación o que permitan deducir el contenido de su oferta económica, serán excluidas de la licitación.
8. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego y del de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Cláusula 10ª. Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente.
En el exterior de cada sobre se indicará el número y título del sobre, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF, así como la denominación del contrato, que se indica a continuación:
“PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS”
En cada sobre se hará constar una relación numérica de los documentos que contiene e incluirán la documentación que a continuación se indica para cada uno de ellos:
A) SOBRE Nº 1 DE "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
1. Hoja resumen de los datos del licitador.
Firmada por el licitador o por la persona que lo represente, donde, junto con los datos de identificación personal del firmante de la solicitud, figuren también dirección postal, teléfono, correo electrónico y persona de contacto en la empresa. Asimismo, deberá indicarse la persona o personas que, en caso de resultar adjudicatario, tienen capacidad para presentar y retirar la garantía definitiva.
2. Capacidad de obrar.
2.1. Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
2.2. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
2.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
2.4. Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente, deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente española que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas españolas en la contratación con la Administración y con el sector público, salvo que se trate de empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, conforme a lo dispuesto en el artículo 55.1 TRLCSP.
2.5. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
2.6. Los licitadores deberán disponer de las habilitaciones, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditándose esta circunstancia mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente.
3. Bastanteo de poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escritura de poder notarial bastante al efecto. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. A estos efectos los poderes y documentos acreditativos de la personalidad serán presentados en original o copia compulsada.
4. Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración y de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo IV al presente pliego, de que el empresario, si se tratase de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratase de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.
5. Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.
En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. (Anexo V)
6. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las empresas deberán presentar la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, a través de los documentos que a continuación se detallan:
Solvencia económica y financiera (artículo 75 TRLCSP):
-El licitador deberá presentar el volumen anual de negocios correspondiente a los tres últimos ejercicios disponibles, donde deberá acreditarse que el volumen de negocio referido al año de mayor volumen debe ser igual o superior a 1.664.315,00 euros, sin incluir IVA, equivalente al valor estimado del contrato.
La acreditación de este requisito se realizará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil
acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
El Congreso de los Diputados se reserva la posibilidad de, en el caso de no quedar suficientemente clara la solvencia económica o financiera con los documentos aportados, requerir a los licitadores que presenten nueva documentación complementaria.
Solvencia técnica o profesional (artículo 78 TRLCSP):
-El licitador deberá presentar la relación de los principales servicios efectuados en el curso de los cinco últimos años (2013 a 2017, ambos inclusive) correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que deberá incluir importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos, de conformidad con el modelo que figura como Anexo VI. Deberá acreditarse que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 464.460,00 euros, sin incluir IVA.
Los servicios efectuados se acreditarán mediante los oportunos certificados, de conformidad con el artículo 78.1 a) del TRLCSP.
7. Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales.
Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y materiales suficientes para la ejecución del contrato, según el modelo establecido en el Anexo VII del presente pliego.
Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial.
8. Unión temporal de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración, todos los empresarios deberán presentar, individualmente los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos, así como la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatario. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compondrán la Unión Temporal de Empresas. Los empresarios que concurran agrupados en Unión Temporal de Empresas quedarán obligados solidariamente.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
9. Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
10. Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación.
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 13ª del presente pliego, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores discapacitados, declaración del número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total.
En caso de no contar con personas con discapacidad, la declaración se hará en este sentido (ver Anexo VIII)
11. Certificados
Las empresas licitadoras deberán poseer la siguiente certificación:
-Microsoft Gold Partner.
Asimismo, deberán acreditar la disponibilidad de sistemas de gestión de la calidad y medioambiental, según las Normas UNE-EN que se indican a continuación, o equivalentes, certificadas por una Entidad reconocida por ENAC (Empresa Nacional de Acreditación) o entidad equivalente:
-ISO 9001 para actividades directamente relacionadas con el objeto del contrato.
-ISO 14001 para sistemas de gestión medioambiental.
Se aceptarán, asimismo, otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad y de gestión medioambiental. Los certificados que acrediten que el empresario cumple las normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental deberán estar realizados por organismos conformes a las normas europeas de certificación y deberán hacer referencia a los sistemas de aseguramiento de la calidad y de gestión medioambiental basados en la serie de normas europeas en la materia, de conformidad con los artículos 80 y 81 del TRLCSP.
12. Empresas vinculadas.
Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del RGLCAP (Anexo IX al presente pliego).
13. Declaración relativa al Portal de la transparencia.
De conformidad con lo previsto en la cláusula 11ª, los licitadores participantes en el procedimiento deberán prestar su consentimiento para que sus nombres figuren en el Perfil del contratante del Congreso de los Diputados, según modelo de declaración que se adjunta como Anexo X.
Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, el licitador podrá acreditar que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración mediante la aportación del Documento europeo único de contratación (DEUC).
Puede accederse al DEUC en formato electrónico en la siguiente dirección: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
El formulario, disponible en castellano podrá, en ese sitio, cumplimentarse e imprimirse para su envío al órgano de contratación junto con el resto de la oferta.
Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos, debiendo aportar declaración responsable de la vigencia del certificado de inscripción.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 146.4 del TRLCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los candidatos remitan la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Esta documentación deberá presentarse en un plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que el licitador hubiera recibido el requerimiento.
Los operadores económicos podrán ser excluidos del procedimiento de contratación, y en su caso exigírseles responsabilidad con arreglo a la legislación nacional, en caso de que incurran en declaraciones falsas de carácter grave; o, en general, si al facilitar la información exigida para verificar que no existen motivos de exclusión o que se cumplen los criterios de selección, ocultaran tal información o no pudieran presentar los documentos justificativos.
Los licitadores deberán tener en cuenta que, tal y como dispone el artículo 146.5 del TRLCSP, la fecha límite en la que deben estar en posesión de los requisitos que en el presente
procedimiento se exigen, es la del fin del plazo de presentación de proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 15ª respecto al compromiso de adscripción de medios.
B) SOBRE Nº 2 DE “OFERTA TÉCNICA”
En este sobre el licitador incluirá la documentación relativa a la propuesta técnica conforme con los requisitos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
La proposición técnica estará firmada por el licitador o su representante, y deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados, de acuerdo con lo especificado en el pliego de prescripciones técnicas:
1. Descripción y alcance del servicio (epígrafe 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
1.1. Atención y soporte a usuarios.
1.2. Formación.
1.3. Soporte de segundo nivel.
1.4. Soporte y mantenimiento de equipos.
2. Metodología de trabajo (epígrafe 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
3. Calidad técnica del equipo de trabajo, incluyendo currículum de cada técnico (epígrafe 5 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
4. Medios materiales y herramientas para el equipo de trabajo (epígrafe 6 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas).
Asimismo, deberá incorporarse junto con la propuesta técnica, la siguiente documentación:
-Relación nominal de los componentes del equipo de trabajo ordenada por tipo de perfil.
-Formulario de datos a cumplimentar por cada uno de los componentes del equipo propuesto, de conformidad con el modelo que figura como anexo 2 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
-Curriculum Vitae desarrollado de cada uno de los componentes del equipo de trabajo.
-Justificación documental de todas las acreditaciones presentadas.
Se adjuntará copia de la documentación acreditativa de todos los datos reflejados en el formulario o en el Currículum, como certificado de vida laboral, titulaciones académicas, diplomas y otros títulos formativos, certificaciones en idiomas, así como certificados de empresa en que se acredite la participación en proyectos y la experiencia en el entorno funcional.
No se valorarán los datos que no se acrediten debidamente.
Asimismo, serán objeto de exclusión las ofertas técnicas que no acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Todas las prestaciones o servicios superiores a los que se requieren y que el licitador incorpore en esta proposición técnica se entenderán incluidos dentro del precio ofertado.
La documentación correspondiente a la propuesta técnica deberá presentarse en papel y en soporte informático y en ella se deberá hacer constar, de forma clara, aquella información que el licitador considere confidencial a los efectos de lo dispuesto en la cláusula 30ª del presente pliego. En el caso de observarse discrepancias entre la documentación en papel y la electrónica, prevalecerá la contenida en papel.
Esta propuesta no podrá contener proposición económica alguna.
C) SOBRE Nº 3 DE “OFERTA ECONÓMICA”
1. Dentro de este sobre se incluirá la proposición económica, que estará firmada por el licitador o su representante y se redactará según el modelo que figura como Xxxxx X del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con claridad lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta.
2. La oferta se formulará en euros (número y letra), y los precios ofertados incluirán cualquier tipo de tributo, carga o arbitrio fiscal de carácter europeo, en su caso, excepción hecha del impuesto sobre el valor añadido (IVA), cuyo importe, tal y como figura en el modelo, se indicará como mención independiente.
3. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de Contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
4. Si en la oferta económica hubiera discrepancias, en su caso, entre el precio expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá el importe expresado en letra.
5. Asimismo, se considerará incluido dentro del precio de la oferta el incremento en hasta un 10 por ciento del equipamiento contemplado en el apartado 1. Equipos informáticos del epígrafe
2. Entorno tecnológico, xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, que es objeto de mantenimiento.
Cláusula 11ª. Portal de la transparencia.
1. Los nombres de los licitadores participantes en el procedimiento se harán públicos en el Perfil del contratante del Congreso de los Diputados, siempre que presten su consentimiento para ello.
2. Dicho consentimiento es revocable cuando exista causa justificada para ello y no tiene efectos retroactivos, según el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Cláusula 12ª. Examen de las proposiciones.
1. La Mesa del Congreso, como órgano de contratación, estará asistida para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros del Congreso de los Diputados, constituida en Mesa de Contratación.
2. La Mesa de Contratación, después de finalizar el plazo de presentación de ofertas, procederá a abrir y examinar los sobres n.° 1 para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores.
3. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación.
4. Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se procederá a abrir en acto público los sobres n.° 2 de los licitadores admitidos.
5. Al comienzo de este acto, el Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión de estas últimas.
6. La Mesa de Contratación, con anterioridad al acto al que se refiere el siguiente apartado de esta cláusula, procederá al examen y puntuación de las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres n.° 2), cuantificando los distintos apartados y deduciendo la puntuación final obtenida por cada una de las propuestas, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la cláusula 13ª, dejando constancia documental de todo ello.
7. Los sobres n.° 3 serán abiertos en acto público, que comenzará dando a conocer la puntuación asignada a las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres “2”). Asimismo, se informará de las ofertas que hubieran sido excluidas de la licitación, no procediéndose a la apertura de sus sobres “3”.
8. La Mesa de Contratación procederá a la valoración de los criterios que hacen referencia a las características del objeto del contrato que se valoran mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas (sobres n.° 3) y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas citadas en el párrafo anterior.
9. Sobre la base de la valoración resultante, la Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y las elevará a la Mesa del Congreso u órgano delegado que corresponda, con la correspondiente propuesta.
10. En cualquier momento, durante el examen tanto de las propuestas técnicas como de las económicas, la Mesa de Contratación podrá requerir a los licitadores para que realicen las
aclaraciones necesarias para la comprensión de algún aspecto de las ofertas, así como solicitar los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato.
11. Las fechas para la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres n.° 2 y n.° 3 se anunciarán con antelación suficiente en la página web del Congreso de los Diputados, “Perfil del contratante”.
Cláusula 13ª. Criterios de adjudicación
1. Para la adjudicación del contrato, el Congreso valorará las referencias técnicas y económicas, teniendo la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, o declarar desierto el procedimiento, siempre que, como se establece en la cláusula 15ª y de conformidad con el art. 151.3 del TRLCSP, no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente pliego.
2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato y su ponderación son los que se especifican en el apartado siguiente.
3. La puntuación máxima de la oferta técnica y la económica será de 100 puntos en total, distribuidos de la siguiente forma:
3.1. OFERTA TÉCNICA 50 puntos.
Esta valoración se repartirá entre los siguientes apartados:
1. Descripción y alcance del servicio propuesto (epígrafe 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 9 puntos, desglosados de la siguiente forma:
1.1. Atención y soporte a usuarios: hasta 2 puntos.
1.2. Formación: hasta 2 puntos.
1.3. Soporte de segundo nivel: hasta 2 puntos.
1.4. Soporte y mantenimiento de equipos: hasta 3 puntos.
2. Metodología de trabajo (epígrafe 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 2 puntos.
3. Calidad técnica del equipo de trabajo (epígrafe 5 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 38 puntos, desglosados de la siguiente forma:
3.1. Jefe de Proyecto: hasta 12 puntos, divididos en los siguientes subcriterios:
3.1.1. Titulaciones y formación específica: hasta 3 puntos.
3.1.2. Aplicación de técnicas pedagógicas en el entorno laboral, capacidad para detectar necesidades formativas, planificación de jornadas, desarrollo de métodos y estrategias de aprendizaje: hasta 1 punto.
3.1.3. Impartición de cursos y actividades docentes, especialmente en lo referido a ofimática y atención a usuarios, tanto orientadas a la formación individual como a la de grupos: hasta 2 puntos.
3.1.4. Formación a distancia (e-learning): hasta 1 punto.
3.1.5. Coordinación de equipos de trabajo: distribución de tareas, motivación, ejecución, control, seguimiento y reporte: hasta 4 puntos.
3.1.6. Gestión del estrés y adaptación al cambio. Flexibilidad en entornos en continua evolución: hasta 1 punto.
3.2. Técnicos informáticos: hasta 24,5 puntos, con un máximo de 3,5 puntos por cada técnico, divididos en los siguientes subcriterios para cada uno de los técnicos:
3.2.1. Titulaciones y formación específica. Hasta 1,5 puntos.
3.2.2. Conocimientos y experiencia. Hasta 2 puntos.
3.3. Disponibilidad del equipo de trabajo: hasta 1,5 puntos.
4. Medios materiales y herramientas para el equipo de trabajo (epígrafe 6 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas): hasta 1 punto.
Sólo se valorarán los parámetros previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas que sean superiores a los requisitos mínimos exigidos.
La puntuación de cada oferta técnica se realizará mediante la suma aritmética de los puntos que se atribuyan a cada criterio de valoración.
3.2. OFERTA ECONÓMICA 50 puntos.
La puntuación de cada oferta económica se realizará con el siguiente criterio:
A la oferta más económica se otorgarán 50 puntos.
Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta económica que se valora = 50 x oferta más económica
oferta que se valora
Para la comparación de las ofertas económicas se tendrá en cuenta, exclusivamente, el precio neto de cada una.
4. El órgano de contratación podrá apreciar el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas que se presenten de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 152 del TRLCSP y aplicando los criterios contenidos en los artículos 85 y 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP).
5. En cualquier caso, identificada una proposición que pudiera considerarse desproporcionada o anormal de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. Asimismo, se solicitarán los informes técnicos que se consideren oportunos.
El órgano de contratación, a la vista de todo lo anterior y haciendo una valoración de conjunto de la viabilidad de las ofertas técnica y económica, podrá, de forma motivada, apreciar el carácter desproporcionado o anormal de una o varias proposiciones, que quedarán, en consecuencia, excluidas de la clasificación.
6. La Mesa de Contratación, antes de efectuar la propuesta de oferta económicamente más ventajosa, recabará previamente del Centro de TIC cuantos asesoramientos o informes considere oportunos para la mejor valoración de las ofertas.
7. En caso de empate en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo a los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, y si esta circunstancia se acredita por varias empresas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
Cláusula 14ª. Renuncia y desistimiento.
1. Antes de la adjudicación, la Mesa del Congreso de los Diputados u órgano delegado que corresponda, por razones de interés público debidamente justificadas, podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá desistir de la adjudicación cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
2. En estos supuestos la Mesa del Congreso de los Diputados u órgano delegado que corresponda, en la notificación al licitador indicará la compensación que proceda abonar por los gastos en que hubiera incurrido en la licitación, de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
Cláusula 15ª. Clasificación de ofertas y adjudicación.
1. La Mesa de Contratación elevará las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, a la Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos, quien determinará la oferta económicamente más ventajosa, requiriendo al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva prevista en la cláusula 16ª y de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al apartado 2 del artículo 64 del TRLCSP.
2. Asimismo, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, el licitador deberá acreditar la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al apartado 2 del artículo 64 del TRLCSP.
El Centro de TIC contrastará la documentación que aporte el licitador respecto de los perfiles técnicos concretos que se proponen para la ejecución del contrato con lo expresado en su propuesta técnica y consecuentemente valorado.
En caso de que no se presentara la documentación justificativa de acuerdo con los formularios presentados en la propuesta, se considerará no acreditada la disponibilidad efectiva de los medios personales que se hubiera comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
3. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
4. La Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
5. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
6. La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 151 del TRLCSP.
7. Las empresas no adjudicatarias podrán retirar su documentación transcurrido el plazo de cuatro meses desde que se les notifique la adjudicación, siempre que no haya sido interpuesto ningún recurso relacionado con el procedimiento de adjudicación. Si pasado el plazo de un año desde la finalización del plazo anterior no se hubiera retirado esa documentación, el Congreso de los Diputados no estará obligado a seguirla custodiando.
8. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación, se realizará de acuerdo con lo siguiente:
Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1, apartados b), e) y f), del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, o en la normativa que la sustituya, deberán
presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
En caso de haberse resuelto un empate entre dos licitadores por tener uno de ellos en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, los licitadores deberán acreditar esta circunstancia mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.
Cláusula 16ª. Garantía definitiva.
1. Recibido el requerimiento al que se refiere la cláusula 15ª, el licitador deberá constituir una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito en días hábiles, de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados. En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo previsto en el artículo 96 del TRLCSP. La constitución de la garantía se ajustará a alguno de los modelos que se indican en los Anexos II y III al presente pliego.
3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 99 y 102 del TRLCSP.
Cláusula 17ª. Formalización del contrato.
1. El Congreso de los Diputados requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurridos quince días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, el Congreso de los Diputados podrá adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
3. Asimismo, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá reembolsar en el Centro de TIC del Congreso de los Diputados el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación.
4. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, así como todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstos señalen.
CAPÍTULO II.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 18ª. Lugar de ejecución.
La ejecución de los servicios objeto del contrato se realizará en las instalaciones ubicadas en los edificios del Congreso de los Diputados en Madrid.
Cláusula 19ª. Prestación del servicio y continuidad de la prestación.
1. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, hubiera dado el Congreso de los Diputados al contratista, a través del responsable del contrato al que se refiere la cláusula 7ª de este pliego.
2. Las relaciones con la empresa adjudicataria se llevarán a cabo a través de un representante nombrado por la misma, que será el único interlocutor para la ejecución del contrato.
3. El adjudicatario vendrá obligado a seguir prestando el servicio y mantener las condiciones del contrato cuando éste se hubiese denunciado por cualquier causa o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración, hasta que vaya a iniciarse la prestación de los servicios por la empresa que resultase nueva adjudicataria.
Cláusula 20ª. Dirección y supervisión del contrato.
El Congreso de los Diputados tendrá la facultad de supervisar la ejecución del contrato y el adjudicatario deberá facilitar el ejercicio de dicha facultad de supervisión. Asimismo dará al contratista las instrucciones que considere oportunas con el fin de llevar a buen término la citada ejecución, todo ello de conformidad con lo que dispone el TRLCSP.
Cláusula 21ª. Terminación, plazo de garantía y liquidación.
1. El Congreso de los Diputados determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. En el caso de que los trabajos efectuados no se adecuen a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
2. En relación con las prestaciones objeto del presente contrato y en lo que se refiere al plazo de garantía, se estará a lo dispuesto con carácter general en el TRLCSP, fijándose ésta en el plazo de seis meses.
3. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos, el Congreso de los Diputados tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
4. Terminado el plazo de garantía sin que el Congreso de los Diputados haya formalizado reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad.
Cláusula 22ª. Xxxxxx y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP. El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados durante el desarrollo del servicio.
Cláusula 23ª. Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato no podrán ser cedidos, ni total ni parcialmente, por el adjudicatario a un tercero, salvo en casos excepcionales debidamente justificados y previamente autorizados por la Mesa de la Cámara, siempre que se cumplan los supuestos y requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
Cláusula 24ª. Subcontratación.
El contratista no podrá concertar con terceros la realización total o parcial de los servicios previstos en el contrato.
Cláusula 25ª. Ejecución defectuosa y resolución del contrato. Penalidades. Responsabilidad por daños y perjuicios.
1. El contratista está obligado a cumplir el contrato en los términos reflejados en el pliego de prescripciones técnicas, así como en su oferta económica y técnica.
2. El incumplimiento de las condiciones del servicio establecidas en el pliego de prescripciones técnicas y en la oferta presentada dará lugar a la consideración de ejecución defectuosa del
contrato y, en consecuencia, a la aplicación de las siguientes penalidades, de conformidad con lo previsto en el artículo 212 del TRLCSP:
a. En el supuesto de que el contratista realizase defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá, a propuesta del órgano responsable del contrato, imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 5 por ciento del precio del contrato. Las penalidades se harán efectivas mediante la deducción correspondiente de las cantidades que debieran abonarse al contratista o sobre la garantía, en caso de que no puedan deducirse de los pagos pendientes.
b. En el caso de sustitución de componentes del equipo de trabajo, el incumplimiento del plazo máximo de 15 días laborables, previsto en la cláusula 29ª, 3.c, de este pliego, salvo aceptación de la justificación de la demora por parte del Centro de TIC, se impondrá una penalidad del 5 por ciento del importe de la facturación mensual más un 0,5 por ciento por cada día laborable de incumplimiento.
c. Si las penalidades acumuladas superan el 10 por ciento del precio del contrato, el órgano de contratación podrá acordar la resolución del contrato.
3. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 de TRLCSP.
4. Asimismo, podrán ser causa de resolución:
- El incumplimiento por el adjudicatario de los deberes de confidencialidad y seguridad respecto de los datos que le facilite el Congreso de los Diputados.
- La ejecución defectuosa del objeto del contrato.
- El incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos, materiales y humanos contemplados en su oferta.
5. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
6. En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar al Congreso de los Diputados de los daños y perjuicios ocasionados, haciendo efectiva la indemnización en primer término sobre la garantía que se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
7. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 224 del TRLCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 309 del TRLCSP.
CAPÍTULO III.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cláusula 26ª. Pago del precio del contrato.
1. El contratista tendrá derecho al abono del precio de los servicios realizados, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
2. El pago del precio se realizará mensualmente, previa acreditación de las prestaciones objeto del contrato que se hayan realizado efectivamente, abonándonse el importe correspondiente a dicha prestación.
3. El contratista deberá emitir las oportunas facturas, que reflejarán el detalle de los servicios realizados, que se tramitarán de acuerdo con lo establecido en la normativa de régimen económico del Congreso de los Diputados.
Cláusula 27ª. Revisión de precios.
Durante la duración del presente contrato, incluyendo, en su caso, la prórroga, no se llevará a cabo ninguna revisión de precios, conforme a lo establecido en el artículo 89.2, modificado por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
Cláusula 28ª. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato.
Cláusula 29ª. Obligaciones laborales y sociales del contratista.
1. El adjudicatario deberá disponer del personal preciso para atender las obligaciones derivadas del contrato.
2. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, tributaria, de seguridad social, de integración social de discapacitados y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
3. El Congreso de los Diputados será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que cuente aquel para la ejecución del contrato. Singularmente, el contrato no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre el Congreso y el adjudicatario, ni entre el Congreso y el personal de aquél, y ello con independencia de las facultades de dirección y supervisión que legal y contractualmente correspondan al mismo, conforme a la cláusula 20ª de este pliego.
4. Corresponde al adjudicatario la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del Congreso de los Diputados del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa adjudicataria procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio. No obstante, en el caso de que fuese necesaria la modificación del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, el contratista deberá:
a. Justificar por escrito, de forma detallada y suficiente, el motivo que suscite cl cambio solicitado.
b. Presentar posibles candidatos con un perfil de cualificación técnica igual o superior al de la persona que se pretende sustituir.
c. Cubrir la baja en un plazo máximo de 15 días laborables a contar desde que se produzca la misma.
Para dar validez a los cambios propuestos será precisa la conformidad del Centro de TIC.
Asimismo, en el supuesto de que se realicen sustituciones de personal, y con objeto de evitar los inconvenientes que se producen en la continuidad del trabajo que realiza la persona sustituida, el Congreso podrá exigir su subsanación mediante un periodo de solapamiento no superior a 5 jornadas, sin coste adicional para la Cámara. Si esto no fuera posible, por causas imputables a la empresa, se podría requerir, como máximo, que las 10 primeras jornadas de trabajo del sustituto se realicen sin coste, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, procedan.
5. El contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Asimismo, asumirá las sustituciones de los trabajadores motivadas por baja o ausencia, en caso de que el Congreso lo requiera.
6. La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
7. La empresa contratista deberá designar un responsable del contrato, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a. Actuar como interlocutor del contratista frente al Congreso, canalizando las relaciones laborales entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y el Congreso, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.
b. Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo, sin perjuicio de las funciones de seguimiento atribuidas a la Dirección del Centro de TIC, como órgano responsable del contrato.
d. Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente con el Centro de TIC, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e. Gestionar, con la supervisión del Centro de TIC, las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Dichas sustituciones deberán ser, en todo caso, autorizadas por el Centro de TIC, debiendo las nuevas personas reunir idénticos parámetros de calidad a los que determinaron la adjudicación.
8. A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Congreso de los Diputados.
9. El Congreso de los Diputados se reserva el derecho a exigir la sustitución del personal cuando lo estime conveniente para la adaptación del servicio a nuevas circunstancias o para un mejor desempeño del mismo.
Cláusula 30ª. Deber de confidencialidad.
1. El contratista y su personal quedan expresamente obligados a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación.
2. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en el sobre correspondiente una relación con la documentación a la que hayan dado ese carácter.
Cláusula 31ª. Protección de datos de carácter personal.
1. La empresa contratista y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que hayan podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.
2. El contratista deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del servicio, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa contratista de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Cláusula 32ª. Normas de seguridad del Congreso de los Diputados.
El contratista y su personal quedarán sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad del Congreso de los Diputados.
CAPÍTULO IV. PRERROGATIVAS Y RECURSOS
Cláusula 33ª. Prerrogativas y recursos.
1. La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
2. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP.
3. Los acuerdos de la Mesa son inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes; o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, en los términos previstos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, se podrá interponer potestativamente en vía administrativa recurso especial en materia de contratación frente a los actos contemplados en el artículo 40.2 del TRLCSP. Asimismo, cabrá la interposición de la cuestión de nulidad siempre que resulte procedente conforme a lo establecido en el artículo 37 del TRLCSP, siendo el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales el órgano especial competente para resolver ambos recursos.
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx…………………………………………………………………………………………
……….., con DNI nº , en nombre propio/en representación de la
empresa ………………………………………………………., con CIF nº
………………….., y domicilio en ………….. calle……………………núm…, y código postal…………., se compromete a ejecutar el CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO
DE LOS DIPUTADOS, de conformidad con los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, por un importe total de euros (en letra y en
número), correspondiente a los dos años y siete meses de duración inicial del contrato, con el siguiente desglose:
| Importe total de la oferta, sin IVA: | euros. |
| Importe del IVA aplicable: | euros. |
| Importe total de la oferta, con IVA: | euros. |
En Madrid, a………………de de 2018.
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO II. MODELO DE AVAL (artículo 96 del TRLCSP)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca).…....…..…
………................................................................................., CIF/NIF .…............………, con
domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………….…….............., en la calle/plaza/avenida .................…….................………………………………. C.P , y en
su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) …………………….………………....
………................................................……………………………………………………, con poderes suficientes para obligarle en este acto.
AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ………………………………….……….
.........................................…......................, NIF/CIF……………….. en virtud de lo dispuesto
por el artículo: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) …………
.......................................................................……………....................................................……
…………………………………….............................…………………………………...…….., para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado): ………………………………………..………….…………………..
……….............................................................…………………...........................................ante
el Congreso de los Diputados , por importe de euros (en letra): ………………………………
………………….……………………….……....................... (en cifra): …………………….
La entidad avalista declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el punto 2 del artículo 56 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Congreso de los Diputados con sujeción a los términos previstos en la normas de contratación del TRLCSP y en sus normas de desarrollo.
Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente del Congreso de los Diputados no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número: …….……..…. Xxxxx y fecha: ................................................................
Razón social de la entidad: …………………....................................................... .
Firma de los Apoderados:
ANEXO III. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número....…………..….. (1) ……………………… (en adelante, asegurador), con domicilio en ………………....., calle ………………………………, y CIF……………..…
debidamente representado por don (2) …………………………………………. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por el Congreso de los Diputados, con fecha …………………………………………………..…………..…….
ASEGURA
A (3) …………………………..………………....... NIF/CIF ………………………, en concepto de tomador del seguro, ante (4) ………………………………………, en adelante asegurado, hasta el importe de euros (5) …………. ……………………….........……., en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas por la que se rige el contrato (6)
…..………………....…...............……......, en concepto de garantía (7) ,
para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el punto 1 del artículo 57 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Congreso de los Diputados, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8) autorice su
cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
En ………………………., a ……… de …………………….. de ……….
Firma:
Asegurador
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO:
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) El Congreso de los Diputados.
(5) Importe en letra por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(7) Expresar la modalidad de garantía de que se trata provisional, definitiva, etc.
(8) Órgano competente del Congreso de los Diputados.
ANEXO IV. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
D/Xx… ,con
DNI nº ….............., en nombre propio/en representación de la empresa ,
con CIF nº……… y domicilio en ……………, calle……………………………………
DECLARA
Que la empresa a la que represento legalmente, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo, y se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas en las disposiciones vigentes, en concreto aquellas a que se refieren los artículos 13 y 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en ………………., a …… de de
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO V. MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A LA FINALIDAD DE LA EMPRESA
D/Xx ……………………………………………………, mayor de edad, provisto de DNI nº ………………………………, en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………, CIF ………………………………., con domicilio en la calle ………………………….., nº …….., código postal ,
provincia de ………………., teléfono ……………….., fax Y
correo electrónico ……………………………………………………, declara que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad de la empresa y que éstos, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos, son los siguientes:
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en …………………., a ……….
de ………………. de ………. .
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO VI. DECLARACIÓN RELATIVA A LOS PRINCIPALES SERVICIOS EFECTUADOS EN LOS CINCO ÚLTIMOS AÑOS
D/Xx… con
DNI nº……………, y en nombre y representación de la empresa…………………….…….
DECLARA
Que dicha empresa ha realizado de conformidad los contratos de servicios correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE
LOS DIPUTADOS, que figuran a continuación y cuyo importe global anual es igual o superior al requerido en el pliego de cláusulas administrativas:
AÑO 2013
EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN |
AÑO 2014
EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN |
AÑO 2015
EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN |
AÑO 2016
EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN |
AÑO 2017
EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN |
En …………………………, a ……… de …………………….. de ……….
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO VII. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
D/Xx… ,con
DNI nº ….............., en nombre propio/en representación de la empresa , con
CIF nº……… y domicilio en ……………, calle……………………………………
DECLARA
Que, en caso de resultar adjudicatario del PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS”, asume el
compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, de conformidad con lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, así como en la propuesta técnica presentada.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en ………………., a de
…………………. de ………
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO VIII. MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD
D/Xx ……………………………………………………, mayor de edad, provisto de DNI nº ,
en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………, CIF ,
con domicilio en la calle ………………………….., nº …….., código postal , provincia de
………………., teléfono …………….., fax ……………. y correo electrónico ,
declara que NO cuenta con personas con discapacidad.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en ………………., a ………. de ……………..…. de ……….
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO IX. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS
D/Xx… , mayor de edad, provisto de DNI
nº…………………..., en nombre propio/en representación de la empresa
........................................…, CIF , con domicilio en la calle
…, nº…, código postal …......., provincia de ........…, teléfono .................…, fax
…………………... y correo electrónico , declara que:
□ forma parte del Grupo de empresas de
acuerdo a lo determinado en el art. 42.1 del Código de Comercio, y (en su caso) que a la presente licitación concurre también la empresa
..................................................................perteneciente al mencionado
Grupo.
□ no forma parte de ningún Grupo de empresas
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en ………………, a …… de…………….. de ……....
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO X. MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA
D/Xx ……………………………………………………, mayor de edad, provisto de DNI nº ………………………………, en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………, CIF ………………………………., con domicilio en la calle ………………………….., nº …….., código postal ,
provincia de ………………., teléfono ……………….., fax y
correo electrónico ……………………………………………………, declara en relación con el procedimiento
…………………………………………………………………………………………
□ que SI presta su consentimiento para publicar el nombre de la empresa como licitadora en el procedimiento, por considerar que no concurren las circunstancias a las que se refiere el artículo 153 del TRLCSP.
□ que NO presta su consentimiento para publicar el nombre de la empresa como licitadora en el procedimiento, por considerar que concurren las circunstancias a las que se refiere el artículo 153 del TRLCSP.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en …………………., a ……….
de ………………. de ………. .
Firmado: (firma y sello de la empresa)
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
ÍNDICE
XXXXX 0. RESUMEN DE XXXXXXXXXXXX 00
XXXXX 0. MODELO DE FORMULARIO DE PERSONAL A ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS 13
1. ANTECEDENTES
El objeto del contrato es la prestación de servicios de soporte técnico a los usuarios y equipamiento del sistema informático del Congreso de los Diputados, tanto de las aplicaciones ofimáticas como de los equipos de microinformática disponibles en la Cámara. Asimismo, se da soporte de primer nivel al equipamiento de movilidad disponible: tabletas y ordenadores portátiles dotados con conexiones de datos 4G, tabletas y smartphones. El número aproximado de usuarios es de 1.400, entre los que se contabilizan los 350 Diputados de la Cámara, y que son objeto de una atención especial y personalizada.
El software utilizado de forma generalizada en los ordenadores personales de la Cámara es el siguiente:
-Sistema operativo de ordenadores personales y portátiles: Microsoft Windows 7 Enterprise y XP.
-Aplicaciones: Microsoft Office 2010 y 2013 (Word, Excel, Outlook), PDF Converter, Adobe Acrobat XI (versiones Standard, Profesional y Reader); navegadores de Internet (Internet Explorer, Chrome, Firefox), software de sincronización con dispositivos móviles (ITunes, Kies), Antivirus Macafee y otras aplicaciones propias desarrolladas en la Cámara.
Para la gestión de activos, incidencias y peticiones de servicio se utilizan aplicaciones propias, estando en estudio la implantación de un sistema integral de gestión para dichas tareas.
2. ENTORNO TECNOLÓGICO.
El entorno tecnológico del Congreso de los Diputados comprende tanto aplicaciones ofimáticas y programas de uso generalizado en la Cámara como equipos informáticos y equipamiento de movilidad, de conformidad con el resumen que se incluye a continuación.
1. Equipos informáticos.
-1.557 ordenadores personales (sobremesa y portátiles), en su mayoría de la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, así como equipos Toshiba, Apple (iMac y MacBook).
-944 impresoras en blanco y negro y color (locales y de red) de las marcas Hewlett Packard y Samsung, principalmente.
-5 Equipos multifunción Canon y 45 escáneres HP, Fujitsu y Canon.
En el Anexo 1 figura el detalle de marcas y unidades de los diferentes equipos.
2. Equipamiento de movilidad.
-Tabletas iPAD, smartphones iPHONE (modelos 4 y superiores) y Samsung.
3. Software:
-Sistemas operativos: Windows, OS X, iOS, Android
-Software ofimático: Microsoft Office, soluciones Adobe: (Acrobat, Flash Player, Photoshop...), iWork, PDF Converter y Power PDF, etc. Clientes de correo electrónico Microsoft Outlook y Microsoft Outlook Web App, Mozilla Thunderbird.
-Navegadores de Internet (Internet Explorer, Chrome, Firefox)
-Software de sincronización de dispositivos móviles (iTunes, Kies)
-Software de virtualización de aplicaciones: Citrix XenApp y Citrix Receiver
-Software de gestión de dispositivos móviles (MDM): Citrix XenMobile
-Herramientas de gestión y reporte de incidencias
-Herramientas de gestión remota: Microsoft Remote Desktop, Teamviewer
-Software de creación, administración e implementación de imágenes (SCCM, Acronis True Image, etc.).
-Programas de gestión de bibliotecas de contenidos y sincronización con dispositivos móviles (iTunes, Kies, DiskAid, iMazing, iFunBox, iPhoneRecovery)
-Software para la firma electrónica, kits de uso y utilidades de configuración de tarjetas criptográficas.
-Soluciones antivirus: McAfee, AVG, Avira, Microsoft Security Essentials
-Herramientas para visualización y edición de video (Windows Movie Maker, VLC, códecs, reproductor de Windows Media)
-Software de copia de seguridad y recuperación de datos
-Herramientas para la optimización y el mantenimiento de equipos
-Aplicaciones propias desarrolladas en el Congreso de los Diputados.
3. ALCANCE DEL SERVICIO
El servicio comprenderá tanto el soporte “in situ” como, en su caso, soporte de segundo nivel, así como formación, soporte y mantenimiento de equipos, de conformidad con lo que se establece en los apartados siguientes.
1. Atención y soporte a usuarios.
Se requieren las siguientes prestaciones:
-Soporte, asistencia técnica y formación a los usuarios del sistema informático del Congreso de los Diputados. Este servicio incluirá el soporte a los usuarios del equipamiento
que tengan asignado (ordenadores de sobremesa, portátiles, periféricos y dispositivos móviles) para el uso de las aplicaciones correspondientes.
-Soporte especializado a usuarios con perfil de alto cargo, directivo o similar.
-Información sobre la utilización del software de uso generalizado y de los medios técnicos disponibles.
-Configuración y aplicación de políticas de copia de seguridad y recuperación de datos en ordenadores personales.
-Configuración, instalación, migración, copia de seguridad y restauración de los dispositivos móviles, de manera complementaria al servicio de mantenimiento y soporte, en su caso, que presten los proveedores de esos dispositivos.
-Soporte para la sincronización de datos entre los equipos informáticos y dispositivos móviles. Manejo de programas de gestión de bibliotecas de contenido y herramientas de sincronización para las distintas plataformas compatibles con el parque móvil.
-Recepción, seguimiento y resolución de incidencias informáticas producidas en el equipamiento hardware y software instalado en la Cámara.
-Reporte, escalado y gestión documental de incidencias de conformidad con los criterios que el Congreso disponga. Manejo de herramientas de gestión de incidencias o ticketing que se utilicen en la Cámara para el reflejo de las diferentes actuaciones llevadas a cabo.
-Utilización de herramientas de soporte remoto implantadas en la Cámara.
-Creación, administración e implementación de imágenes de disco y maquetas.
-Transmisión de conocimiento, trabajo en equipo, documentación de soluciones y procesos, transferencia tecnológica, y cuantos aportes sean susceptibles de mejorar el desempeño en relación con las intervenciones acometidas por el equipo de trabajo.
2. Formación.
Los licitadores deberán contemplar en su propuesta técnica el detalle de las acciones formativas que puedan impartirse a usuarios del Congreso de los Diputados por parte del equipo técnico que se adscriba a la ejecución del contrato y que se realizarían dentro del horario de prestación del servicio y, por tanto, sin coste adicional para la Cámara. En la propuesta deberán detallar y acreditar la experiencia correspondiente.
3. Soporte de segundo nivel.
El contratista deberá disponer de un soporte de segundo nivel (telefónico o presencial) que sirva de apoyo a los técnicos residentes para la resolución de incidencias o averías complejas. En la propuesta técnica los licitadores deberán detallar los medios que se contemplan para dicho soporte, así como el alcance del mismo.
4. Soporte y mantenimiento de equipos
4.1 El adjudicatario deberá realizar las siguientes prestaciones “in situ” relativas al parque informático:
-Soporte y mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos informáticos que se indican en el apartado 2.1 correspondiente al entorno tecnológico del Congreso, subsanando o reparando incidencias o averías producidas en dichos equipos, ya sean ordenadores de sobremesa, portátiles, impresoras y los diferentes periféricos, sin perjuicio de que en los equipos que dispongan de garantía o contrato de mantenimiento en vigor la resolución pueda depender de los correspondientes proveedores. A los efectos de su adecuada valoración por los licitadores, está prevista la sustitución de 699 ordenadores de sobremesa, recientemente adquiridos por la Cámara, y que disponen de cuatro años de garantía.
En el soporte que debe proporcionarse se incluye la sustitución de fungibles y, en su caso, consumibles, limpieza de rodillos y operaciones periódicas de mantenimiento. De los elementos que deban sustituirse, serán por cuenta del contratista y, por tanto, incluido en el precio que hubiera ofertado, la sustitución de cualquiera de los componentes, con excepción de los consumibles, que serán por cuenta del Congreso de los Diputados.
Asimismo, el adjudicatario deberá realizar un mantenimiento anual preventivo de los elementos del parque informático que así lo requieran, a petición del Congreso, debiendo facilitarse a la Cámara un informe de las actuaciones realizadas.
-Instalación, reubicación, sustitución o configuración de los diferentes ordenadores personales y software asociado en las diferentes ubicaciones de la Cámara.
-Optimización y limpieza de equipos.
-Gestión y ordenación de inventariado y stock de equipos, componentes y recambios, reflejando los datos relativos a las diferentes intervenciones en las herramientas de gestión habilitadas por la Cámara.
2. Se considera incluido en el precio de la oferta y por tanto sujeto a la prestación del correspondiente soporte, el incremento de nuevo equipamiento informático que pueda producirse durante la duración del contrato, con el límite del 10 por ciento sobre el parque inicial indicado en el apartado 2.1.
4.2 Otras prestaciones.
El adjudicatario deberá realizar las siguientes prestaciones adicionales:
-Reparación de xxxxxxx que no puedan ser realizadas por los técnicos “in situ” y puedan llevarse a cabo en los laboratorios del adjudicatario. Estas intervenciones, incluyendo la recogida y entrega de los equipos, se consideran incluidas dentro del precio ofertado por los licitadores.
-Sustitución de equipos por avería que no pueda ser reparada. El adjudicatario podrá optar por la reparación del equipo o por la sustitución por otro de características similares o superiores, previa conformidad del Congreso de los Diputados. En estos casos los equipos
de sustitución quedarán en propiedad del Congreso de los Diputados. Estas intervenciones, incluyendo la recogida y entrega de los equipos, se consideran incluidas dentro del precio ofertado por los licitadores.
En el supuesto de que los equipos averiados hubieran llegado al fin de vida útil y no fuera posible disponer de piezas de repuesto, el adjudicatario deberá acreditar dicha circunstancia con el fin de que, en su caso, el Congreso proceda a la correspondiente adquisición para la sustitución del equipo afectado.
Los licitadores deberán indicar los tiempos de respuesta, resolución y alcance de la sustitución de componentes y, en su caso, equipos, que se comprometen a cumplir.
Asimismo, las propuestas técnicas de los licitadores deberán reflejar los medios disponibles y las certificaciones que les acrediten para la prestación de servicios técnicos oficiales de fabricantes, con el fin de valorar adecuadamente sus propuestas para este apartado.
4. METODOLOGÍA DE TRABAJO
Los licitadores incluirán en su oferta una descripción detallada de los métodos y procedimientos para el desarrollo de los trabajos objeto de este contrato, prestando especial atención a aquellos aspectos que redundan en una mayor calidad de los mismos. Se valorará la utilización del marco de trabajo de metodologías y estándares como ITIL, CMMI, COBIT o PMBOK.
5. EQUIPO DE TRABAJO
Para la ejecución del servicio, el adjudicatario tendrá ocho técnicos permanentes “in situ”, con arreglo a los siguientes perfiles:
-Siete técnicos informáticos.
-Un Jefe de Proyecto.
La jornada semanal será de cuarenta horas, distribuidas de lunes a viernes, excluidos festivos, a realizar dentro del horario de 8:30 a 21:30 horas. El Jefe de Proyecto deberá determinar la distribución del horario teniendo en cuenta las necesidades que le sean comunicadas por el Centro de TIC, derivadas del funcionamiento de la Cámara y en especial de los días en que se celebren sesiones plenarias. Dicha distribución deberá contemplar, siempre que sea posible, la permanencia de un técnico de servicio a cualquier hora dentro del horario especificado anteriormente. Este personal contará con la cualificación y experiencia necesarias para la realización de las tareas objeto del contrato.
Se valorará la flexibilidad y disponibilidad para la ejecución de las prestaciones.
Estos técnicos realizarán el servicio con atención inmediata de las incidencias cubiertas por el contrato que se le notifiquen, de conformidad con los criterios de actuación que se establezcan.
Con objeto de que la ejecución del contrato quede siempre asegurada, el adjudicatario procederá inmediatamente a la sustitución del técnico que por las causas que fueren no pudiera prestar sus servicios (permisos, bajas, etc.), con excepción de las vacaciones anuales reglamentarias, que deberán acomodarse a las necesidades del Congreso de los Diputados, y en las que no será necesario proceder a su cobertura por otra persona.
Los licitadores deberán detallar y acreditar la formación, experiencia y conocimientos en relación con los requerimientos del Congreso de los Diputados, para cada uno de los técnicos propuestos, de conformidad con el detalle que se especifica para cada uno de los perfiles, debiendo cumplimentar además, para cada uno de los técnicos propuestos, el formulario que figura como Anexo 2 de este pliego. La formación, experiencia y conocimientos que, a juicio del Congreso de los Diputados, no se acrediten debidamente, no serán objeto de valoración alguna.
1. Técnicos informáticos.
Se requieren 7 técnicos informáticos con los requisitos y características que se indican a continuación:
1.1. Titulaciones y formación específica:
a) Requisitos mínimos:
Se deberá estar en posesión del título de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente, o una experiencia demostrable en atención a usuarios o mantenimiento de equipos informáticos superior a 5 años.
b) Parámetros a valorar:
Se valorarán las certificaciones en materias directamente relacionadas con el objeto del contrato, especialmente la obtenida en programas de formación HP Service Qualification, Apple Certifications and Training Programs, Microsoft Certifications, etc.
1.2. Conocimientos y experiencia.
a) Requisitos mínimos:
Se deberá contar con unos conocimientos y experiencia mínima acreditada de 3 años, en los últimos diez años, en los apartados siguientes:
-Experiencia en soporte y atención de incidencias en el ámbito microinformático adquirida por la asistencia directa a usuarios.
-Al menos uno de los técnicos deberá tener, además, los conocimientos y la experiencia mínima requerida en el mantenimiento y reparación de ordenadores personales, impresoras y periféricos.
-Experiencia y conocimiento en las siguientes materias:
Sistemas operativos Windows XP, 7, 8.
Microsoft Office 2003, 2007, 2010, 2013 (Word, Excel, Outook).
Microsoft Outlook 2003, 2007, 2010, 2013.
Navegadores de internet: Internet Explorer 8 o superior, Google Chrome, Mozilla Firefox.
b) Parámetros a valorar:
Se valorarán los conocimientos y experiencia superiores a los mínimos requeridos, así como los correspondientes a las siguientes materias:
1. Atención y soporte especializado a usuarios con perfil de alto cargo, directivo o similar y experiencia en formación técnica dirigida a usuarios informáticos.
2. Ejecución de trabajos y proyectos que hayan requerido condiciones especiales de dedicación, confidencialidad, criticidad, etc.
3. Herramientas ofimáticas:
Correo electrónico: Exchange 2010, Mozilla Thunderbird.
Sistema operativo OS X .
iWork para iOS y para MAC.
PDFConverter, PDFPlus, Adobe Acrobat.
Productos y herramientas de Adobe: Photoshop, Flash Player.
Software de reconocimiento de voz, tratamiento de gráficos, edición de video, etc.
4. Mantenimiento y reparación de hardware/software de ordenadores de sobremesa, portátiles, impresoras y otros periféricos.
5. Instalación y configuración de componentes informáticos
6. Instalación, mantenimiento, administración, creación de maquetas, clonado, copia de seguridad y restauración, optimización, migración, etc.
7. Soporte de tabletas y smartphones, que incluye:
Sistemas operativos iOS y Android
Manejo de dispositivos, actualizaciones y aplicaciones.
Instalación, funcionamiento, detección de errores, opciones avanzadas y configuración.
Migración de datos, creación y restauración de copias de seguridad
Herramientas de sincronización de dispositivos móviles: iTunes, Kies, etc.
Gestión de bibliotecas de contenidos.
8. Redes y sistemas especializados.
Redes LAN y WIFI: configuración básica, detección de errores, VPN, etc.
Sistemas microinformáticos: configuración, interconexión, administración, soporte.
Herramientas de implantación rápida y de automatización de soporte de TI: creación de imágenes, clonado, etc. Soluciones de copia de seguridad y recuperación de la información.
Instalación y configuración de máquinas virtuales.
Internet: productos y herramientas de última generación.
Conocimientos en Firma Electrónica y DNI electrónico.
Conocimientos de Seguridad de redes y Antivirus.
9. Herramientas de gestión de dispositivos móviles (MDM):
10. Sistemas de gestión de incidencias, helpdesk e inventario.
11. Idiomas: Inglés técnico.
12. Otros:
Habilidades de comunicación y sociales
Experiencia en atención telefónica
Capacidad de trabajo en grupo
Accesibilidad en productos informáticos.
A efectos de la valoración, se computarán los tiempos de experiencia por meses completos.
2. Jefe de Proyecto.
Se requiere un Jefe de Proyecto con los requisitos y características que se indican a continuación:
2.1 Titulaciones y formación específica:
a) Requisitos mínimos:
Se deberá estar en posesión de Titulación universitaria superior.
b) Parámetros a valorar:
Titulación de especialización relacionada con la Gestión y Jefatura de Proyectos.
Titulación y Certificaciones en materias directamente relacionadas con el objeto del contrato, especialmente la obtenida en programas de formación HP Service Qualification, Apple Certifications and Training Programs, Microsoft Certifications, etc.
Titulación oficial que acredite nivel alto de conocimiento del idioma inglés (B2 o superior).
2.2 Experiencia y conocimientos.
a) Requisitos mínimos:
Se deberá contar con una experiencia mínima acreditada de:
3 años, en los últimos diez años, como Jefe de Proyecto en proyectos de atención a usuarios, habiendo ejercido responsabilidades del nivel requerido para este perfil.
5 años en un puesto de asistencia directa a usuarios con perfil de alto cargo o directivo.
b) Parámetros a valorar:
Se valorarán los conocimientos y experiencia superiores a los mínimos requeridos, y relacionados con las prestaciones requeridas para este perfil. Serán asimismo objeto de valoración los conocimientos y la experiencia en, además de los aspectos expuestos para el perfil de Técnico Informático, los siguientes:
Aplicación de técnicas pedagógicas en el entorno laboral, capacidad para detectar necesidades formativas, planificación de jornadas, desarrollo de métodos y estrategias de aprendizaje.
Impartición de cursos y actividades docentes, especialmente en lo referido a ofimática y atención a usuarios, tanto orientadas a la formación individual como a la de grupos.
Formación a distancia (e-learning)
Coordinación de equipos de trabajo: distribución de tareas, motivación, ejecución, control, seguimiento y reporte.
Gestión del estrés y adaptación al cambio. Flexibilidad en entornos en continua evolución.
A efectos de la valoración, se computarán los tiempos de experiencia por meses completos.
2.3 Responsabilidades
El jefe de proyecto asumirá las siguientes tareas y responsabilidades:
1) Ejercerá la dirección y gestión del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, a nivel laboral y funcional, garantizando la correcta prestación del servicio ofertado y el cumplimiento de todos los requisitos sujetos a las condiciones establecidas.
2) Actuará como interlocutor inmediato del contratista ante el Centro de TIC del Congreso de los Diputados para la ejecución directa del servicio, sin perjuicio de lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares respecto del coordinador técnico o responsable del contrato que deberá asignar el contratista. Deberá asegurar la comunicación, la adecuación del servicio a los posibles cambios y garantizar los tiempos de respuesta establecidos ante demandas o necesidades del Congreso. El jefe de proyecto tendrá también la misión de resolver los posibles conflictos que puedan surgir en el equipo con motivo de la prestación del servicio.
3) Se ocupará de labores de asistencia técnica y formación a usuarios con nivel directivo teniendo en cuenta la dedicación, confidencialidad y disponibilidad requeridas, garantizando dichas demandas con la mayor agilidad y, prestando la atención personalizada correspondiente.
4) Asistirá a las reuniones que se le requiera por parte del Centro de TIC del Congreso de los Diputados, para la coordinación correspondiente de las actividades y proyectos a realizar y prestará la asistencia técnica y la formación de los usuarios del Congreso de los Diputados, si así se estimara conveniente.
5) Gestionará y realizará el seguimiento de las reparaciones y/o sustituciones necesarias como consecuencia de las tareas de mantenimiento realizadas en los equipos del parque tecnológico del Congreso.
6) Realizará tareas de análisis ante problemáticas complejas relacionadas con la ejecución del proyecto, de consultoría y asesoramiento técnico, y ofrecerá disponibilidad para investigar y transferir el conocimiento obtenido como resultado de su actividad.
6. MEDIOS MATERIALES
Los licitadores detallarán los medios materiales que proporcionarán a los técnicos para la prestación de los servicios previstos. A estos efectos, deberá incluir en su propuesta la relación de equipamiento, utillaje y herramientas hardware o software que formarán parte de la dotación de los técnicos y que tendrán a su disposición en la Cámara. Todo ese material será por cuenta del contratista y, por tanto, incluido en el precio ofertado.
ANEXO 1. RESUMEN DE EQUIPAMIENTO
1. Ordenadores de sobremesa:
-Hewlett Packard: 1347.
-Dell: 12
-Apple iMac: 6.
2. Ordenadores portátiles:
-Hewlett Packard: 164
-Dell: 2
-Toshiba: 11
-Apple MacBook: 9
-Samsung: 6
3. Impresoras (total 944):
-Hewlett Packard: 458
-Samsung: 433
-Xerox/Lexmark: 15
-Varios modelos (Zebra, Pitney, Datamax): 10
-Impresoras de inyección de tinta: 22
-Ploter HP DesignJet: 1
4. Equipos multifunción Canon: 5
5. Escáneres:
-45 escáneres HP, Fujitsu y Canon.
ANEXO 2. MODELO DE FORMULARIO DE PERSONAL A ADSCRIBIR A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A USUARIOS, FORMACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE MICROINFORMÁTICA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.
APELLIDOS Y NOMBRE : | |||
PERFIL XXX XXXXXX: | |||
TITULACIONES: | |||
CERTIFICACIONES RELACIONADAS CON EL CONTRATO: | |||
CURSO | Nº HORAS | EMPRESA | FECHA INICIO |
EXPERIENCIA Y CONOCIMIENTOS EN EL ENTORNO TECNOLÓGICO: | |||
MATERIA | EXPERIENCIA (MESES) | ORGANISMO/EMPRESA | FECHAS |
Se deberá adjuntar a este formulario:
-Curriculum Vitae desarrollado de cada uno de los componentes del equipo de trabajo.
-Justificación documental de las acreditaciones presentadas.