SERVI EXPRESS S.A.S NIT 811.038.473-7
SERVI EXPRESS S.A.S NIT 811.038.473-7
CONTRATO DE ALIMENTACION ESCOLAR
Entre los suscritos a saber SERVI EXPRESS S.A.S empresa legalmente constituida en la ciudad de Medellín, identificada con Nit: 811038473-7 y el (la) señor (a):
, mayor de edad, identificado(a) con cédula de ciudadanía N° expedida en quien obra en calidad de
Representante del estudiante: del
grado , que en adelante se denominará EL CLIENTE, acordamos celebrar el presente contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SUMINISTRO DE ALIMENTOS, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO: SERVI EXPRESS S.A.S se compromete a prestar el servicio de alimentación al estudiante mencionado en las instalaciones del colegio, durante los días hábiles de lunes a viernes, en el horario previamente establecido dentro del calendario escolar.
SEGUNDA - VALOR: PARAGRAFO 1: Los PROGRAMAS DE ALIMENTACION ofrecidos por el restaurante escolar, tienen un valor fijo mensual, que no está calculado por días, está basado en los costos del servicio durante todo el año y dividido en 10 mensualidades (agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero, xxxxx, xxxxx y mayo) para facilitar el pago por cuotas.
EL CLIENTE que pague los 10 meses del programa de alimentación, no se le cobrarán los días del servicio que prestemos en junio, de acuerdo con el calendario académico.
El servicio debe ser cancelado por anticipado los primeros cinco días hábiles de cada mes, si este valor no es cancelado dentro del plazo establecido se procederá a la cancelación del servicio previo aviso al cliente. PARAGRAFO 2: EL CLIENTE cuando tenga dos (2) o más hermanos estudiantes del colegio y tomen el servicio del restaurante, podrá solicitar un descuento mensual del 2.5% aplicable a partir del segundo hijo, siempre y cuando el pago sea realizado dentro del plazo establecido en la cláusula segunda, de lo contrario este descuento se perderá. Este beneficio se hará efectivo para el CLIENTE que lo solicite.
PARAGRAFO 3: Para aquellos usuarios que paguen por anticipado los servicios de todo el año se les hará el descuento del 5%.
TERCERA - MODIFICACIONES DEL SERVICIO: Teniendo en cuenta nuestros compromisos y gastos mensuales como: nómina, servicios, arriendo, mantenimiento de equipos, entre otros; y que nuestra actividad tiene una dinámica de servicio similar a la de la institución educativa y al servicio de transporte, nuestro modelo de pago no contempla modificaciones en el cobro de los programas nutricionales.
CUARTA - MODALIDADES DE PAGO: Pagos a terceros por la página virtual del banco BANCOLOMBIA, Pago por Recaudo en el banco BANCOLOMBIA. (Obligatorio diligenciar formato de recaudo), Botón PSE, Pasarela Wompi o Débito Automático con Bancolombia. (Se debe Diligenciar Carta autorización a Servi Express S.A.S para realizar Debito).
QUINTA - OBLIGACIONES: EL CLIENTE SE COMPROMETE A 1. Firmar este documento que es imprescindible para la prestación del servicio 2. Tener en cuenta que el servicio es intransferible, solo debe hacer uso del servicio el estudiante inscrito 3. Instruir al estudiante sobre el buen comportamiento, disciplina y normas que deberá tener durante su lugar de alimentación.
SERVI EXPRESS S.A.S, se compromete a prestar un servicio de calidad, cumpliendo con la normatividad vigente que rige el sector de alimentos, además de: a) El permanente cuidado y vigilancia de los procesos
de elaboración de los alimentos y prestación del servicio. b) El cumplimiento de los parámetros de inocuidad de los alimentos establecidos por las autoridades competentes. c)Buscar la mejora continua de nuestros productos y servicios. d) cumplir con las minutas establecidas. e) Realizar acompañamiento nutricional por parte de personal capacitado y la profesional en nutrición para mejorar y/o adquirir buenos hábitos de alimentación, tener una alimentación completa, variada y en las cantidades necesarias para cada grupo de edad, cumpliendo con las recomendaciones vigentes para la población colombiana.
SEXTA - TERMINACIÓN: El presente contrato terminará: 1) Por vencimiento del término pactado. 2) Por mutuo acuerdo entre las partes, caso en el cual EL CLIENTE deberá dar aviso por escrito con mínimo ocho días de antelación. 3) Previo aviso por parte de SERVI EXPRESS X.XX en el caso que el CLIENTE incumpla con las obligaciones adquiridas.
SEPTIMA - CLÁUSULA COMPROMISORIA: Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá mediante la conciliación entre las partes involucradas, que para el caso serán la supervisora del servicio de alimentación y el Padre de Familia y/o Acudiente.
OCTAVO - INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento del presente contrato presta mérito ejecutivo. Para constancia de lo anterior se firma el de de 20_ _ .
Con fundamento en la Ley 1581 de 2012 y su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, relacionadas con el Régimen General de Protección de Datos, los padres de familia y/o acudientes del estudiante del curso , de manera expresa autorizamos a la Empresa SERVI EXPRESS S.A.S., el tratamiento (recolección, almacenamiento, uso y supresión) de los datos personales indispensables, opcionales, y sensibles del estudiante, así como de los padres y/o acudientes que se requieran o que estén relacionados con la prestación del servicio de restaurante escolar contratado. Así mismo, autorizamos la transferencia de datos a las entidades públicas o administrativas en ejercicio de las competencias legales o por orden judicial.
Parágrafo 1: La Empresa SERVI EXPRESS S.A.S, no utilizará de ninguna manera los datos personales del estudiante o sus padres y/o acudientes para fines comerciales o de cualquier otra índole que no sea legalmente regulada en la ley.
Para constancia se firma en la ciudad de Medellín, a los días del mes de de .
PADRE – MADRE O ACUDIENTE XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
CC. CC 42.789.219
Representante Legal