AYUNTAMIENTO DE GURIEZO
AYUNTAMIENTO DE GURIEZO
CVE-2019-3047 Bases que han de regir la convocatoria y proceso de selección del contrato de relevo de un Peón de Servicios Múltiples, Peón Ordinario, de Limpieza y Forestal.
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 1 xx xxxxx de 2019, las bases para la selección y contratación, en régimen de personal laboral, mediante contrato de relevo, de una plaza de contrato de relevo de un Peón de Servicios Múltiples, Peón Ordinario, xx Xxx- pieza y Forestal, mediante el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN DEL CON- TRATO DE RELEVO DE UN PEON DE SERVICIOS MULTIPLES, PEÓN ORDINARIO, DE LIMPIEZA
Y FORESTAL
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la selección de:
Denominación de la plaza | CONTRATO DE RELEVO DE UN PEÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES, PEÓN ORDINARIO, DE LIMPIEZA Y FORESTAL |
Régimen | General |
Modalidad contractual | Contrato de relevo de carácter indefinido, cuya fecha de finalización será de una duración igual al resultado de sumar 2 años al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad ordinaria de jubilación |
Grupo profesional | PEÓN (Agrupaciones Profesionales) Xxxxx 00 |
Titulación exigible | Graduado Escolar |
Sistema selectivo | Concurso-oposición |
Las funciones a desempeñar por el relevista serán las siguientes:
— Limpieza, mantenimiento y reparaciones de todo tipo de espacios públicos y edificios municipales, vías públicas, polideportivo.
— Colaboración en trabajos relacionados con fiestas, actividades culturales y deportivas y otros trabajos afines que le sean encomendados por la Corporación Municipal y xxxx xxxxxx- rias por razón de servicio.
— Limpieza, reparaciones y mantenimiento de servicios municipales.
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— Traslado, recepción entrega y recogida de enseres y documentos relacionados con la actividad del Ayuntamiento, tanto dentro como fuera del término municipal.
— Colaboración en todo tipo de obras e instalaciones municipales que les sean encomenda- das por la Alcaldía conforme a su categoría profesional tanto en inversión nueva y de reposi- ción como de reparaciones, mantenimiento y conservación.
— Mantenimiento xx xxxxxxxx y zonas de ocio así como acondicionamiento de los mismos con manejo del material necesario para el desempeño de tales funciones.
— La prestación de cualquier otro servicio propio de su función y que le sea encomendado por el Ayuntamiento y para el que reciba la instrucción correspondiente.
— Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido.
— Se desarrollarán trabajos forestales de aforo, consistentes en obtener el volumen made- rable procedente de las diferentes parcelas destinadas a repoblaciones de eucalipto con fines productivos.
Los tratamientos selvícolas a llevar a cabo en las diferentes parcelas de eucalipto donde sea precisa su realización consistirán en selección de brotes, limpieza de matorral, eliminación de vegetación competidora y reposición de marras.
— Otros trabajos forestales ocasionales que pueden desarrollarse en distintas áreas de los xxxxxx consistentes en el señalamiento y delimitación de parcelas, recuperación de algún área degradada con la finalidad de poner en valor sus recursos medioambientales así como labores de mantenimiento en la extensa red viaria de pistas que discurre por los xxxxxx propiedad del Ayuntamiento de Guriezo.
SEGUNDA. Modalidad del contrato.
La modalidad es el contrato de relevo de duración determinada.
La duración del contrato será de una duración igual al resultado de sumar 2 años al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
La jornada de trabajo será de 40 horas semanales, fijando como día de descanso el sábado y el domingo. El horario de trabajo será flexible dependiendo de las circunstancias.
El puesto de trabajo a desempeñar por el trabajador relevista será de Peón Servicios múl- tiples ordinario, de limpieza y forestal.
Se fija una retribución según Xxxxxxxx.
TERCERA. Condiciones de admisión de aspirantes.
El contrato de relevo se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con el Ayuntamiento un contrato de duración determinada, según establece el ar- tículo 12.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre.
Además, para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
— Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la citada norma.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de xxxxxx- xxxx forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubila- ción forzosa, para el acceso al empleo público.
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— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comu- nidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
— No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones inherentes a la plaza.
— Carecer de antecedentes penales. El aspirante seleccionado aol final del proceso selec- tivo deberá presentar certificado de antecedentes penales de carácter previo a la formalización del contrato, ya que de no ser así será excluído del proceso llamándose a la siguiente persona de la lista final de candidatos.
— Poseer la titulación exigida que será el título de Graduado Escolar.
— Poseer carnet de conducir clase B.
— Estar en situación de paro e inscrito en olas oficinas del Servicio Público de Empleo Es- tatal.
CUARTA. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de ac- ceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las pre- sentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Pro- cedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
Las bases íntegras se publicarán igualmente en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https:// xxx.xxxxxxxxxxx.xxx], en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en un anuncio en uno de los periódicos de mayor difusión de la Comunidad de Cantabria.
QUINTA. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la página web del Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, se señalará un plazo xx xxxx días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de as- pirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx) y, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión); en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior y en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección xxxxx://xxx.xxxx- xxxxxxx.xxx) y, en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
SEXTA. Tribunal Calificador.
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La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
Cargo | Identidad |
Presidente | Secretario-Interventor Ayuntamiento xx Xxxxxxx (Cantabria) |
Suplente | Secretario-Interventor Ayuntamiento xx Xxxxxxx |
Vocal | Secretario-Interventor Ayuntamiento de Guriezo (Cantabria) |
Suplente | Secretario-Interventor Ayuntamiento xx Xxxxxxx de la Victoria (Cantabria) |
Vocal | Secretario-Interventor Ayuntamiento de Xxxxx xx Xxxxxxxxxx (Cantabria) |
Suplente | Secretario-Interventor del Ayuntamiento xx Xxxxxx (Cantabria) |
Vocal | Jefe del Servicio de Vías y Obras de la Comunidad Autónoma de Cantabria |
Suplente | Personal del Servicio de Carreteras Autonómicas |
Vocal | Coordinador de Obras de Infraestructura Municipal efectuadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria |
Suplente | Coordinador de Supervisión y Apoyo Técnico |
Secretario | Personal funcionario del Ayuntamiento de Guriezo (Cantabria) |
Suplente | Personal laboral del Ayuntamiento de Guriezo (Cantabria) |
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los ar- tículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos. Las dudas o reclama- ciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.
SÉPTIMA. Sistemas de selección, desarrollo de los procesos y calificación.
El sistema selectivo elegido para proveer la plaza es el de concurso-oposición.
FASE OPOSICIÓN:
La fase de oposición consistirá en la realización de un examen tipo test, de 100 preguntas, donde el sistema de puntuación es el siguiente:
0,1 punto por respuesta correcta.
Se restarán 0,1 puntos por cada respuesta incorrecta. Puntuación máxima de dicho examen: 10 puntos.
Dicha prueba de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
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Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los aspi- rantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición.
La práctica de las pruebas será eliminatoria, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de puntos en cada una de ellas. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
El orden de actuación de los aspirantes será el siguiente: Por orden alfabético.
FASE OPOSICIÓN:
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
PRIMER EJERCICIO: Cuestionario de 100 preguntas relacionadas con el contenido del tema- rio con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta.
Calificación de 0 a 10 puntos. Necesario para superar 5 puntos. Versarán sobre las siguientes materias:
Tema 1: La Organización Territorial del Estado en el título VIII de la Constitución Española. Tema 2: Los Poderes Públicos.
Tema 3: Competencias de Territoriales.
Tema 4: La Organización del Municipio en el Capítulo II del Título II de la Ley de Bases de Régimen Local.
Tema 5: Régimen de Funcionamiento de las Entidades Locales en el Capítulo I del Título V de la Ley de Bases de Régimen Local.
Tema 6: Actividades y Servicios del Municipio en el Capítulo II del Título VI de la Ley de Bases de Régimen Local.
Tema 7: Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causa de los contratos públicos.
La forma de contratación administrativa y los sistemas de selección de contratistas.
Tema 8: El procedimiento de contratación. Ejecución y extinción del contrato.
Tema 9: Derechos y deberes de la Administración y los contratistas. Modificación de los contratos. Revisión de los precios. Interpretación, resolución, rescisión y denuncia de los con- tratos públicos.
Tema 10: Uso y utilización del dominio público. Estudio especial de la concesión. Tema 11: Contenido y estructura del Presupuesto.
Tema 12: Régimen General de los Créditos presupuestarios y Régimen de modificaciones.
Asimismo versará también sobre tareas atribuidas legalmente al puesto a que se refieren las pruebas.
SEGUNDO EJERCICIO: Teórico-Práctico consistente en resolver 4 supuestos relacionado con las funciones propias del puesto de trabajo.
FASE CONCURSO:
TERCER EJERCICIO:
Consta de tres pruebas prácticas consistentes en: Uso del soplador.
Uso de una desbrozadora. Uso de una motosierra.
Los ejercicios tienen carácter eliminatorio, siendo necesario superar cada uno de ellos para pasar al siguiente.
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El primer ejercicio tendrá una duración de 3 horas y se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 5 puntos.
El segundo ejercicio tendrá una duración de 2 horas y se calificará de 0 a 8, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 4 puntos.
Se calificará con dos puntos por ejercicio correcto. No se restan puntos por respuesta incorrecta.
El tercer ejercicio se calificará de 0 a 6, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 3 puntos.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios.
OCTAVA. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y formalización del contrato.
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convo- cadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corres- ponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Con el adjudicatario se celebrará contrato laboral de relevo. (En su caso) Existirá un período de prueba de tres meses.
NOVENA. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo esta- blecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interpo- ner por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Cantabria, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten- cioso-Administrativa).
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En lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Le- gislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el pro- cedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; y la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Xxxxxxx Xxxxx.
Xxxxxxx, 0 xx xxxxx xx 0000.
Xx xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
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