Términos y condiciones
Términos y condiciones
1. Derecho aplicable, condición como cliente, contenido del contrato
1.1 Objeto exclusivo del presente contrato con el Arrendador es la cesión del vehículo de viaje a base de una relación arrendaticia, no siendo obligado el Arrendador a realizar otras prestaciones de viaje, en particular, un conjunto de prestaciones de viaje. 1.2 Las disposiciones legales relativas a los contratos de viajes a “forfait”, no serán aplicables a la presente relación contractual ni en forma directa ni en forma indirecta teniendo como base el alquiler de un vehículo de viaje un mero contrato de alquiler y no un conjunto de prestaciones (equivalentes a un viaje organizado.) El arrendatario organizará su viaje en forma independiente y haciéndose responsable en cuanto a la utilización del vehículo. 1.3 El acta de entrega y devolución debidamente completado y firmado por el Arrendatario y del centro de alquiler de vehículos forma parte del presente contrato.
2. Edad mínima, permiso de conducir
La edad mínima del Arrendatario y de los conductores debidamente autorizados por el Arrendador será de 26 años requiriéndose de un permiso de conducir de categoría B con una antigüedad mínima de 2 años.
3. Precios del alquiler, seguros
3.1 Como precio del alquiler valen generalmente los precios de la lista correspondiente vigente en el momento de la celebración del contrato, a no ser que se haya acordado un precio de alquiler particular que no sea el resultado de un error obvio. Respecto al cálculo del precio de alquiler serán tomados en consideración los aumentos de temporada respectivos. 3.2 Los precios del alquiler comprenden lo siguiente: 800 kilómetros cada 3 días, el exceso se pagará á EUR 0,35 por kilómetro, salvo que el alquiler reúna las condiciones de kilometraje ilimitado de la tarifa según temporada, seguro a todo riesgo con una franquicia de EUR 600 por cada caso de siniestro; Seguro de responsabilidad civil ilimitada frente a terceros, seguro de asistencia en viaje con el ARAG, no estando incluidos en ningún caso los enseres personales ni equipaje del Arrendatario. Siendo obligación del Arrendatario en caso de salir al extranjero de suscribir un seguro de asistencia por su cuenta. Los gastos de combustible y los gastos operativos correrán a cargo del arrendatario.
3.3 El Arrendatario se obliga a devolver el vehículo con el mismo nivel del depósito de carburante en el que fue entregado y que figura indicado en la Acta de Entrega, en caso de diferencia de nivel será cargado en cuenta por el Arrendador un importe bruto de EUR 1,30 por cada litro de diésel de diferencia.
3.4 Los precios de alquiler diarios serán calculados por cada 24 horas comenzadas. En caso de una devolución del vehículo después del período de alquiler acordado por escrito, se calcularán EUR 25 por cada hora comenzada (sin embargo, por cada día atrasado no se cargará mas del triple de la tarifa aplicada por día) responsabilizándose al Arrendatario de todos las pretensiones de indemnización eventuales realizadas por arrendatarios posteriores u otras personas a causa de una devolución atrasada del vehículo. No existe ninguna autorización al Arrendatario respecto a una transformación automática de la presente relación contractual en una relación de alquiler contractual por tiempo indefinido a base de un uso continuo. 3.5 El periodo pactado de alquiler es imperativo, por lo tanto cualquier devolución del Vehículo antes de la terminación del presente contrato, no dará derecho a devolución de importe alguno.
3.6 El arrendatario habrá de correr con los gastos respecto a los derechos y las contribuciones, multas y penas originadas dentro del marco de la utilización del vehículo, a no ser que estos se hayan producido por culpa del arrendador.
4. Prolongación del periodo de alquiler.
4.1 En el caso en el que el Arrendatario desease prolongar el periodo pactado de alquiler, deberá comunicarlo oportunamente al Arrendador, la confirmación de la prorroga estará en función de las disponibilidades del momento. 4.2 En el supuesto de que la prorroga fuese posible, el Arrendatario se obliga a pagar por anticipado el coste adicional que origine dicha prorroga, no pudiendo detraerse bajo ningún concepto de la fianza depositada.
5. Condiciones de pago, fianza
5.1 La fianza de EUR 600 y el importe total del alquiler pactado debe ser abonado en el momento de salida 5.2 La fianza será reembolsada en caso de una devolución regular del vehículo y después de la liquidación de la cuenta final por parte del Arrendador (oficina principal en Mijas Pueblo, Malaga). Todos los gastos extraordinarios devengados serán compensados con la fianza en el momento de la devolución del vehículo. 5.3. En caso de demora de pago de los gastos a compensar por parte del Arrendatario y que no quedasen cubiertos por la fianza, se cargarán intereses de demora según las disposiciones legales vigentes.
6. Responsabilidad, seguro de automóviles a todo riesgo
6.1 En caso de daños originados durante el período de alquiler dentro del marco de una utilización contractual, el arrendatario habrá de pagar hasta EUR 600 en concepto de franquicia por cada caso de siniestro no siendo posible excluir el pago de la franquicia. 6.2 Con el
fin de evitar un aumento de gastos a causa de la necesidad de la comprobación de los daños, el Arrendador entregará primero al Arrendatario a demanda cuentas simuladas para los daños correspondientes. 6.3 En caso de daños originados en forma intencional o gravemente culposa, en particular en caso de una incapacidad de conducir a causa del consumo de alcohol o de drogas la limitación de la responsabilidad quedará suprimida. Lo mismo vale en caso de daños causados por la no-observación de la señal de limitación de altura (altura de paso) según el Código de Tráfico español (respectivamente según los reglamentos comparables en el extranjero.) Más allá, el Arrendatario responderá pese a la limitación de la responsabilidad convenida de todo tipo de daños causados por la no-observancia de las dimensiones del vehículo (altura y anchura), o de daños que se deben a una carga / descarga inadecuada del mismo respectivamente a la carga misma o que haya sido originada por haber dado marcha atrás sin ayuda. 6.4 En caso de la fuga del Arrendatario en caso de accidente o de la violación de sus obligaciones indicadas en el capítulo 8 de las presentes condiciones generales, éste habrá de asumir la plena responsabilidad al respecto a no ser que la violación no haya tenido influencia alguna en la comprobación del daño. Así mismo el Arrendatario responderá en forma ilimitada de todos los daños imputables originados dentro del marco de la utilización del vehículo por un conductor no autorizado (capítulo 9) o para fines prohibidas (capítulo 10) a causa de la carga o de un tratamiento no adecuado del vehículo. Por lo demás valdrán las disposiciones relativas a la responsabilidad legal. 6.5 El arrendatario responderá de todos los daños reclamados frente a él respectivamente frente al Arrendador por parte de terceros, causados a terceros por el Arrendatario durante el período de la utilización del objeto de alquiler.
7. Acta de devolución, aviso de vicios, prohibición de cesión
7.1 En caso de la comprobación de vicios en el vehículo arrendado mismo o en sus instalaciones, el arrendatario debe avisar en forma inmediata al centro de alquiler, sin embargo, a más tardar, en el momento de la devolución del vehículo. 7.2 El Vehículo y su equipamiento se entregan en perfecto estado de funcionamiento (excepto los daños ó disfunciones que en el momento de salida figuren en el Acta de Entrega), por lo tanto, cualquier rotura, mal funcionamiento del vehículo ó de su equipamiento durante el tiempo de alquiler, no dará derecho a ninguna indemnización, descuento o devolución de importe alguno.
8. Comportamiento en caso de accidentes
8.1 En caso de accidentes, de daños causados por incendios, robo o animales silvestres, el arrendatario deberá informar en forma inmediata a la policía y a la oficina principal del Arrendador en Mijas Pueblo. No estará autorizado para reconocer las reclamaciones realizadas por terceros involucrados en los accidentes respectivos.
8.2 En caso de daños de todo tipo, el Arrendatario habrá de informar a la oficina principal del Arrendador en Mijas Pueblo inmediatamente en forma telefónica y de entregar a más tardar en el momento de la devolución del vehículo un informe detallado acompañado por un croquis correspondiente. 8.3 El informe relativo al accidente debe contener el nombre, apellidos y la dirección de las personas involucradas y de los eventuales testigos como las matrículas y los números y compañías de las pólizas de seguros de los vehículos involucrados y además llevar la firma de ambas partes. 8.4 En caso de que el monto de los daños estimado exceda la responsabilidad personal o en caso de que el estado del vehículo haya dejado de ser conforme a las normas de la seguridad del tránsito, el arrendador debe ser informado en forma inmediata por el arrendatario.
9. Conductores autorizados
9.1 El vehículo debe ser conducido solamente por el arrendatario y por las personas indicadas en el contrato de alquiler.
9.2 El arrendatario estará obligado a anotar y a indicar al arrendador a demanda el nombre, apellido y la dirección de todos los conductores, a los cuales haya permitido a conducir el vehículo aún en forma temporal, debiendo asumir la responsabilidad total por todas las acciones de los conductores respectivos.
10. Uso prohibido
10.1 Al Arrendatario le queda prohibido lo siguiente: la participación en concursos automovilísticos y en ensayos de vehículos; el transporte de materiales inflamables, tóxicos u otros materiales peligrosos; la perpetración de delitos aduaneros u delitos de otra índole, aunque éstos solamente tuviesen carácter delictivo según el derecho vigente en el lugar donde se haya cometido el delito; El arrendamiento del vehículo a terceros; otros tipos de utilización que excedan el uso convenido contractualmente, en particular, la circulación en terreno no previsto para el tráfico de automóviles. 10.2 El vehículo debe ser tratado en forma cuidadosa y adecuada. Se deben observar las disposiciones y regulaciones técnicas determinantes respecto al uso y a los intervalos de mantenimiento respectivos. El arrendatario se obliga a controlar con regularidad el estado de funcionamiento del objeto de alquiler.
11. Entrega, devolución
11.1 El arrendatario se obliga a recibir instrucciones detalladas respecto al manejo del vehículo en el centro de entrega estando el Arrendador autorizado para postergar la entrega del vehículo hasta que el Arrendatario haya cumplido la obligación respectiva. Todas las demoras y todos los gastos originados al respecto correrán a cargo del arrendatario. 11.2 Antes de la devolución del vehículo, el arrendatario habrá de realizar una limpieza del interior del mismo. En caso del incumplimiento se cargarán en cuenta al arrendatario los gastos de los trabajos de limpieza a realizar (por un importe mínimo de EUR 90.) En caso de que el arrendador se tenga que encargar parcial o totalmente de la limpieza del inodoro, el arrendatario habrá de correr con los gastos respectivos hasta un importe de EUR 180. La devolución del vehículo se confirmará mediante la firma del empleado del centro de alquiler en el acta de devolución. En caso de la ausencia de la firma mencionada, todos los daños en el vehículo alquilado correrán a cuenta del arrendatario, en particular, en caso de la devolución del vehículo fuera de los horarios de oficina.
12. Viajes al extranjero
12.1 Se permiten viajes al extranjero dentro de Europa requiriéndose en caso de viajes a países de la Europa Oriental de la autorización previa del arrendador. Están prohibidos los viajes a zonas xx xxxxxx y a zonas de crisis.
13. Reparaciones
13.1 El arrendatario estará autorizado para hacer realizar todo tipo de reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad de funcionamiento y la seguridad de tránsito del vehículo hasta un importe de EUR 150 sin previo aviso, sin embargo, reparaciones mayores solamente con la autorización previa del Arrendador. 13.2 Siempre y cuando el Arrendatario no sea responsable de la avería (según el capítulo 6), los gastos de reparación serán reintegrados por la oficina principal del Arrendador contra la presentación de los comprobantes originales correspondientes y de las piezas cambiadas.
14. Plazo de preclusión, prescripción
14.1 El arrendatario debe presentar todo tipo de reclamaciones a base de una realización no contractual del alquiler en la sede de nuestra empresa dentro del plazo de un mes después de la devolución contractual del vehículo. Después del transcurso del plazo mencionado, las reclamaciones pertinentes solamente pueden ser realizadas en caso de que no exista culpa alguna respecto al incumplimiento del plazo. 14.2 Todos los derechos contractuales del Arrendatario, incluso los derechos que resulten de la violación de obligaciones pre-, postcontractuales y accesorias por parte del Arrendador, prescribirán, con excepción de los casos de dolo, después de seis meses de la devolución contractual del vehículo. En caso de existir una reclamación escrita realizada por el Arrendatario, la prescripción quedará suprimida, hasta que el Arrendador rechace por escrito las pretensiones del Arrendatario. 14.3 Queda excluida tanto la cesión de derechos resultantes del contrato de alquiler a terceros, incluso a cónyuges u otras personas acompañantes en el viaje, como la reclamación de los derechos en nombre propio.
15. Archivo y transmisión de datos personales.
15.1 Por el presente el arrendatario consiente en el archivo de sus datos personales por parte del Arrendador. 15.2 El Arrendador quedará autorizado para transmitir los datos indicados a terceros, quienes tengan un interés justo en ello a través de la organización central de control correspondiente, en caso de que los datos comunicados dentro del marco de la conclusión del contrato de alquiler sean incorrectos en puntos esenciales o cuando el vehículo alquilado no sea devuelto dentro de 24 horas después de la terminación del período de alquiler (que puede ser prolongado en el caso dado) con comunicación inmediata a la Policía o en caso de que se tenga que reclamar el pago del precio de alquiler dentro del marco de un procedimiento de requerimiento judicial. Más allá se podrá realizar la transmisión de los datos a las autoridades competentes para la persecución de infracciones y delitos en el caso de que el Arrendatario se haya comportado de una manera incorrecta respectivamente de que existan indicios suficientes para ello. Esto se realizará, por ejemplo, en caso de la indicación de datos incorrectos relativos al alquiler, de la presentación de documentos personales falsos respectivamente denunciadas como perdidas, en caso de la no- devolución del vehículo, en caso de la no- comunicación de un defecto técnico, en caso de hechos de la circulación etc.
16. Disposiciones finales
Todos los pactos requieren de la forma escrita. En caso de la invalidez de cláusulas particulares de las presentes condiciones de contrato, la ineficacia de las mismas no tendrá ninguna influencia sobre la validez de las demás cláusulas, debiendo ser reinterpretadas las disposiciones ineficaces de tal forma que su fin pueda ser cumplido de una manera eficaz y quedando todas las disposiciones obligatorias intactas siendo consideradas como convenidas como tal.
17. Lugar de jurisdicción
Cualquier cuestión derivada de la interpretación del presente contrato y de sus Términos y Condiciones, el Arrendatario se somete a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de Justicia del domicilio del arrendador, con renuncia a cualquier otro fuero.