CLAUSULADOPRIMERA. - OBJETO: El “Prestador del Servicio” se obliga a proporcionar los servicios señalados en el anverso de este documento, en los términos descritos en el Anexo Único apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado en el mismo....
CLAUSULADO PRIMERA. - OBJETO: El “Prestador del Servicio” se obliga a proporcionar los servicios señalados en el anverso de este documento, en los términos descritos en el Anexo Único apegándose justa, exacta y cabalmente a lo solicitado en el mismo. SEGUNDA. - LUGAR, TÉRMINOS, CONDICIONES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: El “Prestador del Servicio” se obliga con la “Secretaría” a prestar el servicio, de conformidad con lo establecido en el Anexo Único del presente instrumento. TERCERA. - FORMA Y LUGAR DE PAGO: La “Secretaría” pagará el precio del contrato de la siguiente forma: a) El pago se realizará en una sola exhibición, una vez prestados los servicios, salvo condiciones distintas pactadas. Los precios pactados en el presente contrato serán fijos. b) Todos los impuestos y derechos, sean de carácter federal, estatal ó municipal ó de cualquier naturaleza, serán a cargo del “Prestador del Servicio”, con excepción del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). c) El pago se efectuará en moneda nacional, dentro del plazo pactado en el anverso de este contrato, contados a partir de la fecha en que el “Prestador del Servicio” presente la documentación correspondiente debidamente requisitada y ésta sea aprobada por el área encargada de administrar y vigilar el cumplimiento del servicio. Cuando la operación sea en moneda extranjera, el pago se efectuará en moneda nacional al tipo de cambio que esté vigente a la fecha en que éste se haga efectivo. d) El pago se efectuará mediante depósito electrónico a la cuenta bancaria que para tal efecto hubiese notificado el proveedor en atención al SIAFF, salvo condición distinta pactada por las “Partes”. CUARTA. - GARANTÍA: El “Prestador del Servicio” se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente instrumento por el 10% del valor del contrato (sin considerar el I.V.A.), a favor de la Tesorería de la Federación, dicha garantía deberá ser entregada en un plazo no mayor xx xxxx (10) días naturales posteriores a la fecha de firma de este Contrato y será causa de rescisión el no presentarla, salvo que la entrega de los servicios se realice dentro del plazo antes citado, acorde a lo previsto en el artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de rescisión, la “Secretaría” hará efectiva la aplicación de la garantía, misma que será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. QUINTA. - RELACIONES LABORALES: El “Prestador del Servicio” como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia del presente contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. El “Prestador del Servicio” conviene por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de la “Secretaría”, en relación con la prestación de los servicios objeto de este contrato. SEXTA. - CESIÓN DE DERECHOS: El “Prestador del Servicio” no podrá ceder en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso, deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de la “Secretaría” en términos del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. SÉPTIMA. - SUPERVISIÓN: La “Secretaría” tiene el derecho de supervisar en todo momento y cuando así lo juzgue conveniente el desarrollo y cumplimiento de los servicios contratados con el “Prestador del Servicio”. La supervisión la podrá hacer la “Secretaría” a través del servidor o servidores públicos que al efecto designe y el “Prestador del Servicio” se obliga a dar todas las facilidades para que se lleve a cabo. OCTAVA. - SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: La “Secretaría” podrá suspender en cualquier momento y de manera temporal, en todo o en parte, los servicios contratados, sin que ello implique su terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión. NOVENA. - TERMINACIÓN ANTICIPADA: La “Secretaría” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato sin responsabilidad alguna a su cargo, bastando para ello la comunicación dada por escrito al “Prestador del Servicio”, previo al vencimiento del plazo pactado para la entrega de los servicios. Así mismo podrá dar por terminado el presente contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que, de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al estado. En estos supuestos la “Secretaría” reembolsará al “Prestador del Servicio” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente. DÉCIMA.- CAUSAS DE RESCISIÓN: Serán causa de rescisión del presente contrato sin ninguna responsabilidad para la “Secretaría”, sí el “Prestador del Servicio”: a) no inicia el servicio contratado en la fecha pactada; b) no realiza el servicio de conformidad con lo establecido en el presente contrato; c) suspende injustificadamente el servicio; d) cede a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del presente contrato en forma total o parcial; e) no presenta a la “Secretaría” la garantía de cumplimiento al Contrato en un plazo máximo de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma de este instrumento; f) se declara en quiebra, huelga o cualquier otra situación análoga y g) en general, por cualquier otro incumplimiento a las obligaciones pactadas en el presente contrato. DÉCIMA PRIMERA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN: La “Secretaría” podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de declaración judicial previa, en caso de que el “Prestador del Servicio” incumpla con cualesquiera de las obligaciones estipuladas y/o inherentes a la naturaleza del mismo, por lo que sí el “Prestador del Servicio” incurre en cualesquiera de las causas a que se refiere la cláusula anterior, La “Secretaría” podrá optar por la rescisión del presente contrato, o bien, exigir su cumplimiento por la vía judicial. En caso de optar por la rescisión de contrato, se procederá según lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DÉCIMA SEGUNDA. - PENA CONVENCIONAL: En caso de incumplimiento del “Prestador del Servicio” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente Contrato, la "Secretaría" le aplicará una pena convencional en los términos establecidos en el Anexo Único y en función del valor de los servicios prestados de manera deficiente o con atraso, no pudiendo exceder estas penas convencionales el 10% del monto total del contrato, en caso de exceder el porcentaje indicado, procederá la rescisión del mismo. DÉCIMA TERCERA. - REPOSICIÓN DE LOS SERVICIOS: La “Secretaría”, solicitará al “Prestador del Servicio” la reposición de los servicios objeto del presente Contrato y descritos en el Anexo Único, el que firmado por las “Partes” forma parte integrante del presente instrumento jurídico, cuando éste no cumplan con la calidad, condiciones, términos y especificaciones establecidos en el mismo. DÉCIMA CUARTA. - MODIFICACIONES AL CONTRATO: Las “Partes” acuerdan que cualquier modificación a los términos del presente Contrato durante su vigencia será establecida por mutuo acuerdo entre ellas, por escrito debidamente firmado por sus representantes y con una antelación para su entrada en vigor de cuando menos cinco días naturales a la fecha en que se proponga la modificación, haciendo, en su caso, los ajustes que resulten necesarios en el costo y tiempo de los servicios. DÉCIMA QUINTA. - LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN: Todo lo no expresamente previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y el Código Civil Federal. En caso de controversia, para la interpretación y cumplimiento del contrato, las “Partes” se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México y, por lo tanto, el “Prestador del Servicio” renuncia expresamente al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro, o por cualquier otra causa. | “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DECLARA QUE: Es una empresa legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, como se desprende de la copia fotostática de la escritura pública número , del de de , otorgada ante la fe del Lic. , Notario Público número del ., con número de Registro Público de Personas Xxxxxxx Número de fecha de de . Comparece representado en este acto a través de , en su carácter de como se desprende de la copia del poder notarial número , del de de , otorgada ante la fe del , Notaria No. del F., quien declara “bajo protesta de decir verdad” que las facultades conferidas no le han sido modificadas ni revocadas en forma alguna. “Bajo protesta de decir verdad”, el Apoderada Legal, los socios y/o accionistas no se encuentran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Conoce plenamente el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y el Código Civil Federal, así como los ordenamientos fiscales vigentes a la fecha de la firma del presente contrato. “LA DEPENDENCIA” DECLARA QUE: Forma parte de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2°, 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Quienes subscriben el presente contrato, lo hacen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción V del Reglamento Interno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado el 30 de julio de 2014, en el D.O.F., así como en el Acuerdo por el que se delega la facultad de suscribir convenios y contratos en los servidores públicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2001 y el oficio número 500/129, emitido el por el Oficial Mayor xxx Xxxx, el 15 xx xxxx de 2008. | ||||
EL PRESTADOR DEL SERVICIO ACEPTA LAS CONDICIONES ESTIPULADAS EN ESTE CONTRATO: | |||||
Firma de Conformidad | NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA | ||||
Fecha | Día | Mes | Año | ||
Observaciones: |
DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y ALMACENES
BOULEVARD XXXXXX XXXXX XXXXXX 1968, COL. LOS ALPES, XXXXX. XXXXXX XXXXXXX, C.P.1010
RAZÓN SOCIAL
CALLE NO.
COL. CIUDAD
AT´N: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
DELEGACIÓN.
C.P.
REG. FED. CONT. TELEFONO FAX
1
CLAVE
No.
IMPORTE TOTAL A PAGAR POR BIENES O SERVICIO
PRECIO UNITARIO NETO MON NAL
UNIDAD
CANTIDAD
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES
ARTICULO
FECHA CAAS:
ACUERDO:
SESIÓN:
LAS CONDICIONES DE ESTE CONTRATO DE ADQUISICIÓN SE CONSIGNA AL REVERSO
NO. PROCEDIMIENTO COMPRANET:
DESTINO FINAL:
PROCEDIMIENTO
DIA MES AÑO
DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA PRESENTACIÓN DEL COMPROBANTE FISCAL RESPECTIVO
FECHA FALLO
OFICIO / FECHA DE AUTORIZACIÓN DGPP
CONDICIONES DE PAGO A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS
LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA
VIGENCIA
PARTIDA PRESUPUESTAL
UNIDAD SOLICITANTE
REQUISICIÓN NUMERO
RF
RECURSOS:
1 DE 1
PAGINA
FUNDAMENTO LEGAL
B.C.
TIPO DE BIEN
SECUENCIA
AÑO
FA VOR D E C I TA R ES TE N U M ER O EN TOD A S U C OR R ES P ON D EN C I A
D OC U M EN TOS Y EM P A QU ES
N OM B R E Y D OM IC ILIO, LEGA L D EL
P R EST A D OR
D E SER VIC IO
NUMERO
CONTRATO / PEDIDO
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
SUBTOTAL
IVA GRAN TOTAL
$0.00
$0.00
$0.00
( CANTIDAD EN LETRA 00/100 M.N.)
NOTA 1. En cumplimiento a lo establecido en el artículo Décimo Primero del Acuerdo por el que se crea con carácter permanente la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 15 de enero de 2009, se propone al proveedor y/o prestador de servicios que asuma el compromiso de inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, toda vez que de conformidad con el segundo párrafo del artículo antes mencionado, dicho directorio proporcionará información sobre posibles candidatos a contratar en el rubro de las empresas en comento.
NOTA 2. La Secretaría sólo permitirá la Cesión de Derechos de Cobro siempre y cuando conste autorización por escrito, en caso de que el prestador de servicios se integre al programa xx xxxxxxx productivas, la Secretaría otorga consentimiento para que el prestador de servicios ceda sus derechos de cobro y este en posibilidades de realizar operaciones de factoraje o descuento electrónico con intermediarios.
NOTA 4. El anexo único forma parte integrante del presente contrato.
R E V I S Ó | RESPONSABLE DE LOS BIENES SOLICITADOS | A U T O R I Z Ó |