PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO DE VEHÍCULO DE VIABILIDAD INVERNAL DEL AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO DE VEHÍCULO DE VIABILIDAD INVERNAL DEL AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO
I. - OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER
1.-Es objeto del presente Pliego regular la adjudicación, por procedimiento abierto, del contrato el suministro de vehículo de viabilidad invernal para garantizar la seguridad de las personas y los bienes ante la posibilidad de que se presenten condiciones meteorológicas adversas durante la época invernal.
Código CPV: 34143000-1
Código CPA: 34.10.54
2.-El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministros, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
3.- Son documentos contractuales, en relación con la presente licitación, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por la Aparejadora Municipal. En caso de contradicción entre ambos documentos prevalecerá lo dispuesto en este último.
II.- VALOR ESTIMADO Y TIPO DE LICITACIÓN
1.-Tipo de licitación del presente contrato asciende a la cuantía de CIEN MIL Euros (100.000 €)
I.V.A (16%) Incluido. Se entenderá que los contratistas, al formular sus propuestas económicas, han incluido dentro de las mismas el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, sin perjuicio de que el importe de este impuesto se indique como partida independiente, de conformidad con el art. 75.2 LCSP y modelo de oferta económica del presente pliego.
2.- El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de 86.206,89 €
2.- Existe consignación presupuestaria en la partida 1510.62401 del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2010.
III- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto previsto y regulado por el párrafo inicial de los artículos 134 y 135 y 141 a 145 de la LCSP, y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
IV.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
1.- Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados en su exterior con el lema “CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE SUMINISTRO DE VEHÍCULO DE VIABILIAD INVERNAL. AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO), y firmados
por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la
empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
2.- Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
3.- Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a su apertura.
4.- Cada licitador no podrá presentar más de una oferta, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando se permita su presentación.
5.- Xxxxxxx podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
V.- FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS OFERTAS. -
Las ofertas se presentarán en tres sobres numerados correlativamente:
A) EL SOBRE NÚMERO 1. En su anverso se hará constar la siguiente inscripción “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE VEHÍCULO DE VIABILIAD INVERNAL. AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO.
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga.
Será necesario, a tenor de lo establecido en el art. 44.2 de la LCSP que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas.
b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 00 xx xx Xxx 00/0000 xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx: Testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
c) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación suficiente para concurrir a la licitación. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad.
d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. Dicha acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios siguientes:
- Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera: Declaración anual de IVA o Cuentas anuales.
- Documentación acreditativa de la solvencia técnica: Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Las empresas extranjeras no comunitarias, además, deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil
g) Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
h) Un índice de todos los documentos incluidos en este sobre.
B) EL SOBRE Nº 2. En su anverso se hará constar la siguiente inscripción “Oferta Económica
(A) para la CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE VEHÍCULO DE VIABILIDAD INVERNAL. AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO.
En dicho sobre deberán incluirse los documentos relativos a los criterios de valoración, que deban evaluarse mediante la aplicación de una fórmula. En particular deberán incluirse los siguientes:
a) Proposición económica, formulada estrictamente conforme al modelo que figura en el anexo II al presente Xxxxxx.
C) EL SOBRE Nº 3. En su anverso se hará constar la siguiente inscripción “Oferta Económica
(B) para la CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE VEHÍCULO DE VIABILIDAD INVERNAL. AYUNTAMIENTO DE SABIÑÁNIGO.
Se incluirán aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor. En particular deberán incluirse los siguientes:
- MEJORAS A LAS CARACTERÍSTICAS ESTABLECIDAS EN EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES A LA DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO DEFINIDO EN EL PLIEGO
- PROXIMIDAD DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
- SISTEMAS DE SEGURIDAD
* Los licitadores que incumplan la obligación de incluir en sobres diversos la documentación relativa a los criterios de adjudicación, o incluyan dicha documentación en un sobre erróneo serán excluidos de forma automática de la licitación.
* La documentación integrante de los tres sobres señalados deberá presentarse en original o copia que tenga carácter de auténtica, conforme a la legislación vigente. En este sentido, se advierte que no tiene esta consideración la documentación compulsada en un Registro Público diferente al de su presentación (Art. 38.5 de la Ley 30/95 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Art. 7 y 8 del R.D. 772/1999 de 7 xx Xxxx.
*Se advierte, igualmente, de que la documentación deberá estar redactada en castellano, debiendo presentarse las traducciones en forma oficial.
VI. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.-
1.- Las proposiciones se presentarán dentro del plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxx. En caso de que el último día del plazo fuera inhábil se entenderá prorrogado el plazo hasta el inmediato hábil siguiente.
2.- Deberán ser entregadas en el Registro General del Ayuntamiento de Sabiñánigo, Xxxxx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxxx (Xxxxxx), en horario de oficina (8,00 am-15,00 pm). Cuando los pliegos se presenten por medio de alguna de las formas que previstas en el 38.4 de la Ley 30/92, el remitente lo habrá de comunicar por telefax, email o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día que se efectúe la imposición del envío en la oficina correspondiente, siempre que quede constancia de la recepción por estos medios. Sin cumplir este requisito, no será admitida la proposición en el caso de que fuera recibida fuera del plazo fijado.
3.- Esto no obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la fecha señalada como finalización de plazo de presentación de ofertas, no serán admitidas ofertas en ningún caso.
VII -MESA DE CONTRATACIÓN.-
1.- La Mesa de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:
voto.
- Presidente: El de la Corporación.
- Vocal 1: El Concejal Delegado de Obras
- Vocal 2: Secretario General
- Vocal 3: Interventor de Fondos
- Vocal 4: Jefe de Sección de Obras.
- Secretario: un Funcionario municipal, que actuará como Secretario de la Mesa, sin voz ni
2.- Su composición concreta se publicará en el Perfil de Contratante con una antelación mínima
de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, párrafo 4º del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
3.- Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. Los Acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente.
VIII.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACION PROVISIONAL.-
1.- Constituida la Mesa a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas además podrán hacerse públicas por la Secretaría de la Mesa a través del Perfil de Contratante.
2.- Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa determinará las empresas que se ajustan a los requisitos de solvencia que se establecen en LA Cláusula XIII del presente Pliego.
3.- La Mesa de Contratación procederá a hacer un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
4.- En el caso de que se establezcan criterios no valorables en cifras o porcentajes la Mesa de Contratación, en este mismo acto procederá a la apertura del sobre correspondiente a los criterios no cuantificables, entregándose automáticamente al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en el mismo.
5.-Posteriormente, la ponderación asignada a los criterios no valorables en cifras o porcentajes, en su caso, se dará a conocer en el acto público de apertura y lectura de las ofertas económicas. El órgano de contratación publicará, con la debida antelación, en el perfil del contratante, la fecha de celebración del acto público de apertura y lectura de las ofertas económicas.
6.- Seguidamente, una vez emitidos, en su caso, los informes solicitados, la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación, al órgano de contratación.
7.- Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente Xxxxxx para poder participar en el procedimiento.
8.-Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
9.-Tras la adjudicación provisional, la documentación aportada por el resto de licitadores quedará a su disposición para su retirada.
IX.- GARANTÍAS Y CERTIFICADOS.-
1.-No se establece la obligación por los licitadores, de prestar garantía provisional, vista la cuantía y características del contrato.
2.-El que resulte adjudicatario provisional de los contratos deberá constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y podrá constituirse en cualquiera de las formas contempladas en el artº 84 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. La constitución de la garantía debe acreditarse dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del anuncio de adjudicación provisional en el perfil del contratante del órgano de contratación. En idéntico plazo, el que resulte adjudicatario provisional deberá presentar documentos acreditativos de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
3.-La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 88 LCSP.
4.-La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el art. 90 LCSP y 65.2 y 3 RGLCAP.
X.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.-
1.-Dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo señalado en la cláusula anterior y una vez cumplidas las obligaciones señaladas en la misma, el órgano de contratación elevará ésta a definitiva, debiendo notificarse la misma a los candidatos y publicándose en el Perfil de contratante.
2.- Cuando no proceda la adjudicación definitiva al licitador que hubiera resultado adjudicatario provisional por no cumplir las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador siguiente a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas siempre que ello fuese posible, dándosele al nuevo adjudicatario un plazo xx xxxx días hábiles para el depósito de la garantía definitiva y la presentación de los certificados de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
XI -FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
1.-La formalización del contrato se efectuará dentro de los diez días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva. En el caso de que las obras fueran adjudicadas a una Agrupación de Empresas deberán estas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación.
XII.- CRITERIOS DE AJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
6.1.- Criterios no valorables en cifras o porcentajes:
- Mejoras a las características establecidas en el pliego de prescripciones técnicas particulares a la definición del objeto del contrato definido en el pliego en los términos establecidos en la cláusula XIII: 20 puntos
- Proximidad del servicio de mantenimiento: 10 puntos
- Sistemas de seguridad: 10 puntos
6.2.- Criterios valorables en cifras o porcentajes:
- Oferta económica: La oferta económica se puntuará con un máximo de cincuenta (60) puntos de acuerdo con la fórmula siguiente:
(T- β)
Χ=
(Τ- α)
. 50
Siendo:
X: Puntuación de la Oferta que se valora T: Tipo de Licitación
α: Importe de oferta con precio más bajo
β: Importe de oferta que se valora
XIII.- ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS
El licitador, deberá ofertar, necesariamente, sobre el las características contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. No obstante, se aceptarán propuestas de variantes o mejoras, en los aspectos técnicos, estéticos o funcionales, sin que afecten a la esencia de lo definido en el Pliego señalado, las cuales deberán de justificarse en lo técnico.
En concreto las mejoras admisibles a la definición contenida en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares podrán presentarse sobre los siguientes elementos: carga útil y accesorios.
El coste de dichas mejoras será, en todo caso, de cuenta del licitador.
XIV.-EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
1.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el plazo de TRES MESES a contar desde el siguiente al de la formalización del contrato en documento administrativo y en la Nave de la Brigada Municipal de Obras.
2.-El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
3.-El adjudicatario no tendrá derecho a percibir indemnización alguna por causa de las pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes objeto de suministro antes de su entrega a la Administración salvo que esta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. En todo caso, la constitución en xxxx de la Administración requerirá de denuncia previa del contratista adjudicatario.
4.- Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del suministro que consistan en un aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, sin que tenga derecho a reclamar indemnización alguna en caso de reducción o supresión de unidades o clases de bienes a suministrar sin perjuicio de su facultad de instar la resolución del contrato en caso de que dichas modificaciones, aunque fueses sucesivas, impliquen alteraciones del precio del contrato en cuantía superior en más o en menos al 20 por ciento del precio primitivo del contrato o representen un alteración sustancial de la prestación inicial.
5.- El adjudicatario estará obligado a realizar las operaciones de instalación de conformidad con lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas considerándose su coste incluido en el precio ofertado.
6.- La entrega se entenderá hecha cuando el suministro haya sido efectivamente recibido por el representante del órgano de contratación, de acuerdo con las condiciones del contrato. En todo caso, la recepción exigirá un acto formal y positivo por parte de aquéllos que se documentará mediante el acta de recepción que s que será firmada por el Interventor General, el Secretario General, el Jefe de la Sección de Obras, el Jefe de la Brigada Municipal de Obras y el contratista, en plazo de un mes a contar desde la realización de la prestación objeto del contrato.
7.- La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de las que entren en vigor durante la ejecución del mismo, sin que el incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Administración.
8- Será obligación de la empresa contratista indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 198 de la LCSP.
9.-La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso, de los bienes, correrá siempre a cargo del o de la adjudicatario/a, quien deberá pedirlas en su propio nombre.
XVI.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
1.-El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato. Si llegado el término de cualquier de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas
imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas.
2.-Dichas penalidades serán de 500 € por cada día de demora en la entrega del suministro. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración originados por la demora del contratista.
3.- Serán a cargo del contratista los gastos siguientes que se entenderán incluidos dentro de los gastos derivados de la ejecución del contrato:
a) Los anuncios derivados de la licitación, adjudicación, con un máximo de 100 € y, en su caso formalización del contrato en escritura pública si es solicitada por el adjudicatario.
b) Los de matriculación así como los gastos de entrega y transporte y, en su caso, de instalación de todas las características que se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, así como los costes de aranceles, licencias, seguros y autorizaciones de todo tipo correspondientes al suministro.
c) Los demás que deriven del cumplimiento de las cláusulas establecidas en el presente Xxxxxx y en general, todos los gastos necesarios para la correcta ejecución del contrato con todas las garantías de calidad y seguridad.
XVII.- PLAZO DE GARANTÍA.-
1.-Se establece en dos años el plazo de garantía. Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la Administración, quedará extinguida la responsabilidad de la empresa contratista.
2.-Durante el plazo de garantía, la empresa contratista tendrá derecho a conocer y ser oída sobre la aplicación de los bienes suministrados.
3.-Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la empresa contratista estará obligada, a elección de la Administración, a reponer los que resulten inadecuados o a la reparación de los mismos si fuese suficiente.
4.-El contratista deberá efectuar a su cargo todas aquellas modificaciones y/o reparaciones necesarias que sean detectadas en el plazo de garantía hasta conseguir el cumplimiento de los valores recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
5.-Si durante el plazo de garantía el órgano de contratación estimase que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables a la empresa contratista y presumiese que la reposición o reparación de dichos bienes no fuese bastante para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta de la empresa contratista, quedando exenta la Administración de la obligación de pago o, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
6.-Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o denuncias a que se refieren los apartados anteriores, la empresa contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
XVIII. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los arts. 206 y 275 LCSP y en el presente Xxxxxx y se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los arts. 207 y 276 LCSP y concordantes del RGLCAP.
XIX.- REVISIÓN DE PRECIOS
Teniendo en cuenta el Plazo de duración del presente contrato, no habrá lugar a la revisión de precios, de conformidad con lo señalado en el artículo 77 LCSP.
XX.-PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
1.-El órgano de contratación dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, de conformidad con lo previsto en el artículo 194 y ss. de la misma, ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP) y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
2.- Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Secretaría General, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
XXI.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Los órganos del orden jurisdiccional contencioso administrativo con competencia en la ciudad de Sabiñánigo, lugar de celebración del contrato serán competentes para resolver cuantas cuestiones litigiosas se susciten en relación con la preparación, adjudicación, efectos y extinción del presente contrato.
XXII.- PERFIL DE CONTRATANTE
1.-De conformidad con lo señalado en el art. 42 de la L.C.S.P. se informa que para acceder perfil de contratante del Ayuntamiento de Sabiñánigo se deberá entrar en la página web institucional xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/ donde figura dicho perfil en un apartado específico.
2.-Si algún licitador o candidato desea recibir alguna información o documentación complementaria relativa a este contrato, deberá solicitarla en plazo de cinco días naturales siguientes a la recepción de la invitación a participar en el procedimiento.
XXXXX X.- MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
« Don ................................................................................mayor de edad, vecino de
......................................., con domicilio en ......................................., titular del DNI nº ...................
expedido con fecha ......................................., en nombre propio (o en representación de)
..........................................................., con domicilio en ..................., (conforme acredito con Poder Bastanteado) enterado del PROCEDIMIENTO ABIERTO para adjudicar, el Suministro de VEHÍCULO DE VIABILIDAD INVERNAL del Ayuntamiento de Sabiñánigo............................................................., se compromete a realizarlo, con sujeción a los Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, y por el Precio de:……………………………………………………………………………………………………
…(En letra )
PRECIO | IVA | TOTAL |
ANEXO II
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
D/DÑA. ............................................................................ | con | domicilio | en |
................................................, calle ....................................................... | y | provisto del | D.N.I. |
............................... en nombre propio o en representación de la empresa
.................................................................. con domicilio en ............................, calle
.................................................. C.P. ................... Tfno. ...................................... y C.I.F.
........................................................
En relación con el expediente ………………………..
DECLARA
Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones públicas, señaladas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Igualmente declara que la citada empresa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, caso de resultar adjudicatario, a presentar en un plazo máximo de 15 días hábiles, la acreditación de tal requisito.
Y para que conste, firmo la presente declaración en ……………………………, a de
…………..…….…….. de 2008.
Firma
ANEXO III
MODELO DE DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES FACILITADAS POR LA EMPRESA.
empresa
D/DÑA. .........................................................................................................................
con domicilio en ..................................., calle ...............................................................
y provisto/a del D.N.I en nombre propio o en representación de la
.........................................................................................................................................
con domicilio en ......................................., calle ..........................................................
C.P. ................................... Tfno ...................................... y C.I.F. ...........................
DECLARO
Que en relación con la documentación aportada en el sobre …… (designar el sobre al que se refiere) del expediente de contratación ……………………………………………..…………..(*), se consideran confidenciales las siguientes informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales:
En ......................................................................., a ............. de de
.............
Fdo.:
D.N.I.:
DILIGENCIA.- LA EXTIENDO YO, EL SECRETARIO GENERAL PARA HACER CONSTAR QUE EL PRESENTE PLIEGO DE CLÁSUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, Y ANEXOS FUERON APROBADOS POR XXXXXXX XX XXXXXXXX XXX.
………, XX XX XXXXX XX 0000.
Sabiñánigo, a …… de de 2010
EL SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL
Fdo. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx