Contract
I. DISPOSICIONES GENERALES
a) Este documento constituye el conjunto de condiciones generales de la venta mercantil (en adelante “CGV”) del producto objeto de fabricación y venta, que en adelante se identificará como “EL PRODUCTO”.
b) Ambas partes declaran y aseguran que tienen plena capacidad legal, así como son empresarios independientes entre sí.
c) Cuando se mencione a las dos partes, serán reconocidas como las PARTES.
d) La titularidad de este contrato no puede ser cedido a un tercero sin el consentimiento de la otra parte.
e) MOLDTECH tiene por objeto social principal el diseño, fabricación, montaje y comercialización xx Xxxxxx para prefabricados de hormigón y todo tipo de maquinaria industrial, mecanizado y calderería de productos metálicos en general.
f) Todas las condiciones generales de venta (CGV) son de obligado cumplimiento y, en unión a las condiciones particulares de venta, forman un único cuerpo contractual.
g) Las condiciones particulares de la venta (CPV) son: (i) las condiciones establecidas en el documento de oferta –si ésta se hubiere emitido- cuando conste suscrita por las partes, (ii) las condiciones establecidas en el documento del pedido –si se hubiere emitido- cuando conste suscrito por las partes y
(iii) aquellas condiciones así determinadas en este documento; prevaleciendo en todo caso éstas últimas respecto a las dos primeras en caso de discrepancia.
h) Todas las condiciones generales (CGV) y las particulares (CPV) constituyen un único cuerpo contractual (en adelante “el contrato”), siendo de obligado cumplimiento todas sus condiciones, sin que puedan cumplirse unas e incumplirse otras.
i) Cualquier alteración de las condiciones deberán ser aceptadas expresamente por ambas partes, sin que un incumplimiento meramente tolerado por la otra parte implique una variación de los términos y condiciones del contrato.
j) A estos efectos, las partes declaran expresamente que todas y cada una de las condiciones recogidas en las CGV y CPV han sido consensuadas detenidamente, negociadas y concertadas de común acuerdo, con el asesoramiento legal oportuno. Asimismo, tales negociaciones y consentimiento están basados en los conocimientos que tiene una parte respecto a la otra, sin que ninguna de las partes haya ocultado a la otra información relevante tal que, de ser conocida por la contraparte, ello hubiera determinado el no consentimiento.
II. OBJETO.-
a) Constituye el presente contrato, de naturaleza mercantil, la fabricación y compraventa de la totalidad de los objetos industriales recogidos en las CPV, denominado EL PRODUCTO, según definición técnica proyectada y establecida en los planos, diseño y demás documentación dispuesta y pactada al efecto; todo ello conforme con las condiciones del presente contrato.
b) Es obligación principal de MOLDTECH (EL VENDEDOR) la fabricación y entrega del PRODUCTO industrial conforme las condiciones del contrato, en especial, calidad y plazo.
c) Es obligación principal y esencial del COMPRADOR el pago íntegro del precio convenido en las CPV en los plazos y formas establecidas en el contrato.
d) MOLDTECH se reserva el derecho de subcontratar el proceso de fabricación en su totalidad o parcialmente. Dicha subcontratación será completamente a su cargo y responsabilidad, sin que las incidencias de la subcontrata puedan ser invocadas por MOLDTECH para excusar un retraso o demora en el cumplimiento de sus obligaciones, o de la calidad de las mismas.
III. ENTREGA
a) Salvo disposición contraria pactada en las CPV, la entrega del producto fabricado se realizará en la fábrica de MOLDTECH, en los plazos previstos según las condiciones particulares (CPV). No es obligación de MOLDTECH el transporte de la mercancía, salvo que así se consigne claramente en las CPV.
b) No se iniciará el inicio del cómputo del plazo de fabricación y entrega hasta la recepción por MOLDTECH de la documentación precontractual necesaria, pago a cuenta pactado, y en su caso las cartas de crédito bancarias concertadas en las CPV.
c) Los consumibles, tales como el aceite hidráulico, si fueran necesarios, no están incluidos en el precio y no serán suministrados por MOLDTECH.
d) Con una antelación de al menos 15 días naturales a la fecha de la entrega, MOLDTECH comunicará al COMPRADOR la puesta a disposición para la entrega del PRODUCTO objeto de la venta. Hecha esta comunicación, el COMPRADOR estará facultado para enviar a la fábrica de MOLDTECH -o donde se halle el producto- a sus técnicos a fin de verificar el estado del producto. A esos efectos deberán concertar con MOLDTECH la fecha y hora de visita. La falta de comprobación del producto por causas imputables al COMPRADOR no implicará retraso ni disconformidad en la entrega, de manera que llegada la fecha indicada para dicha entrega se procederá a la misma, con los efectos indicados en esta estipulación.
e) La comprobación y examen final en el lugar de fabricación se realizará de acuerdo con el sistema de gestión de la calidad de MOLDTECH. En caso requerirse protocolos o procedimientos diferentes o añadidos, deberán ser comunicados a MOLDTECH con carácter previo a la firma del acuerdo.
f) En el caso de que, durante la fabricación, sea exigido el examen del producto por una autoridad externa, los gastos correspondientes se facturarán como un cargo extra salvo que dichos exámenes hayan sido especificados e incluidos en el precio según las CPV.
g) En cualquier caso, se entenderá claramente que estas comprobaciones y exámenes no han de retrasar el progreso del trabajo de fabricación. Si fueran puestas de manifiesto por el comprador o conocidas por MOLDTECH tras la firma del contrato, se entenderá que el plazo de entrega se prorroga durante el tiempo que se destine al proceso de verificación externa.
h) En todo caso, por causa motivada en comunicación cursada con un mes de antelación, podrá retrasarse la entrega sin penalización alguna por un plazo máximo de 14 días hábiles.
i) Serán causas que suspenderán los plazos de entrega por el tiempo que aquéllas perduren, las siguientes:
a. Huelga del sector industrial o del transporte.
b. Estado de Emergencia, Alarma, o Pandemia que impida el normal funcionamiento de la empresa, el transporte o las administraciones públicas.
c. Fuerza mayor.
d. Desórdenes públicos, conflictos nacionales o internacionales y otras situaciones ajenas a MOLDTECH que generen la imposibilidad de obtener materias primas y/o medios de transporte.
j) No es obligación de MOLDTECH el montaje en emplazamiento del COMPRADOR o en otro lugar fuera de las instalaciones de MOLDTECH, salvo que se pacte en las CPV.
IV. ENTREGA Y MONTAJE FUERA DE FABRICA.-
En el supuesto de concertarse la entrega y montaje fuera de la fábrica de MOLDTECH, deberá consignarse en las condiciones particulares (CPV), recogiendo el precio, plazo y demás términos específicos, siendo de aplicación las siguientes disposiciones generales:
a) En caso de que sea necesario hacer obras civiles para la instalación de los equipos, el COMPRADOR deberá haber realizado esas tareas antes de la llegada de los técnicos al destino final, con las prescripciones técnicas previamente acordadas por las partes. Debido a la tipología del producto, y previamente a la salida del producto de la fábrica, MOLDTECH podrá exigir una verificación de la ejecución de las citadas obras civiles.
b) MOLDTECH enviará al COMPRADOR una lista de todas las herramientas necesarias para instalar los equipos y realizar las pruebas iniciales de producción.
c) MOLDTECH enviará un equipo técnico para la instalación completa y las pruebas de producción, previa confirmación de los puntos anteriores.
d) Durante el tiempo que dure la instalación el COMPRADOR proveerá los siguientes servicios:
1) Transporte local, alojamiento y manutención para los técnicos de MOLDTECH;
2) Máquinas, herramientas y suministros necesarios para la instalación y pruebas de producción de los equipos;
3) El personal de apoyo que se acuerde previamente como necesario.
e) A la entrada del PRODUCTO en la fábrica del COMPRADOR, éste deberá inexcusablemente tener disponible el personal necesario y con la debida formación y capacitación técnica para entender y conocer la instalación, manejo y funcionamiento del PRODUCTO. Si a juicio de MOLDTECH el personal técnico del COMPRADOR carece de la capacitación técnica necesaria, lo hará saber al COMPRADOR para su corrección, y en caso de no ser corregida la incidencia, el personal técnico de MOLDTECH lo mencionará en el parte de asistencia, quedando eximido de las responsabilidades derivadas de tal contingencia.
f) Será responsabilidad del COMPRADOR:
1) la descarga del equipamiento y colocación del PRODUCTO.
2) La colocación de las placas de anclaje.
3) el aseguramiento del objeto de la venta durante el transporte.
4) la retirada de las protecciones superficiales aplicadas a los equipos para evitar su deterioro en el transporte, caso de ceras anticorrosión, embalajes, etc.
g) MOLDTECH realizará todas las pruebas que sean necesarias para asegurar que los equipos funcionan correctamente. Así mismo, se realizará un test de producción fabricando un elemento de hormigón en cada equipo.
h) Todas las pruebas de funcionamiento serán ejecutadas según las directrices técnicas del personal de XXXXXXXX.
i) Una vez que el test de producción se haya realizado satisfactoriamente, el COMPRADOR firmará la recepción final de los equipos.
j) En caso de que el COMPRADOR incumpla en la provisión de los medios y servicios anteriormente pronunciados y como resultado no sea posible realizar la prueba, ésta se entenderá llevada a cabo y entregada a plena conformidad.
k) En caso de que el COMPRADOR incumpla en la provisión de los medios y servicios anteriormente pronunciados y como resultado se retrase la instalación, MOLDTECH podrá repercutir al COMPRADOR los gastos ocasionados por dicho retraso.
l) En el supuesto de realizarse entregas parciales del PRODUCTO, serán de aplicación los términos indicados en esta estipulación. Hasta la entrega final, MOLDTECH podrá colocar precintos en el PRODUCTO así como “testigos-marca” que sirvan para verificar el no funcionamiento y/o manipulación indebida del PRODUCTO o parte de él.
V. DESISTIMIENTO
a) Suscrito el contrato no cabe desistimiento por ninguna de las partes. El desistimiento unilateral ejercido por una de las partes se entenderá como nulo a todos los efectos.
b) Sin perjuicio de lo anterior, si el COMPRADOR comunicase el desistimiento unilateral, podrá MOLDTECH admitirlo o no, si bien en caso de que MOLDTECH admita la resolución contractual por desistimiento del COMPRADOR se deja aquí concertado que en todo caso todas y cada una de las cantidades pagadas a cuenta por el COMPRADOR quedarán automáticamente para MOLDTECH en concepto de sanción contractual civil por incumplimiento. Lo anterior, se aplicará salvo que las partes suscriban una adenda de común acuerdo pactando otras penalizaciones de menor o mayor importe.
VI. INSTALACIONES Y SERVICIOS AUXILIARES
a) Los equipos suministrados por MOLDTECH pueden requerir instalaciones específicas que deben ser ejecutadas por el COMPRADOR como paso previo al envío y montaje de dichos equipos. Para cada caso, MOLDTECH especificará al COMPRADOR las necesidades de instalación de cada equipo.
b) El COMPRADOR deberá aportar las instalaciones auxiliares que pueden incluir a título orientativo:
1) Instalación de aire comprimido: el COMPRADOR deberá contar con su propia instalación de aire comprimido cuando las máquinas funcionen con vibración neumática, con una presión suficiente para el correcto funcionamiento de los vibradores en cuestión y con un aporte de caudal en relación al número de vibradores que se deseen accionar de forma simultánea.
2) Instalación de calefacción para moldes: cuando las máquinas incorporen sistemas de calefacción no
eléctricos, el COMPRADOR deberá contar con su propia instalación de producción de calor.
3) Instalación eléctrica: el COMPRADOR deberá contar con una instalación eléctrica con las características necesarias para el correcto y seguro funcionamiento de las máquinas con instalación eléctrica.
VII. GARANTÍA
a) MOLDTECH garantiza el correcto funcionamiento de este equipo ante cualquier defecto que se considere de fabricación, durante doce meses, a partir de la fecha de firma del acta de recepción. Este compromiso de garantía no supone por parte del MOLDTECH un compromiso de mantenimiento que no responda a defectos de fabricación.
b) MOLDTECH no se hace responsable de los daños derivados de una utilización o manipulación indebida del equipo suministrado. Se entiende indebida el uso o manipulación que contravenga lo indicado en este contrato.
c) El usuario final es el único responsable. El uso o utilización del producto para propósitos ajenos a las especificaciones de MOLDTECH, bien para otro tipo de funcionamiento o bien para otro tipo de material, anula completamente la garantía de la venta.
d) MOLDTECH se compromete a sustituir cualquier pieza o componente que MOLDTECH reconozca como defectuoso, el cual ha de ser sustituido únicamente como consecuencia de materiales o fabricación defectuosos y descubiertos dentro del plazo de doce meses desde la firma de acta de recepción. A efectos de esta condición como fecha de expedición se tomará la fecha en que el producto sale de fábrica de MOLDTECH o, si el montaje es en fábrica del comprador, desde el acta de recepción.
e) Esta garantía será validada siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
1) No sea un defecto aparente al momento de la entrega sin que haya sido recogido el defecto en el documento de entrega.
2) Se dé notificación por escrito de cualquier defecto tan pronto como se descubra y no se efectúe o se intente efectuar una reparación o sustitución de otro modo que no sea por MOLDTECH, o con su autorización expresa por escrito.
f) El final del periodo de garantía será a la expiración de los 12 meses establecidos desde la firma del acta de entrega del producto o fecha prevista sin que haya sido retirado.
g) Todos los materiales y componentes suministrados por subcontratistas llevarán la garantía del subcontratista.
h) Esta garantía y compromiso sustituye y excluye a cualesquiera otras garantías, condiciones, derechos y responsabilidades civiles, sean las que sean, ya sean expresados o implicados, reglamentarias o de otro modo, los cuales pudieran existir de no mediar la presente estipulación.
i) Toda responsabilidad por parte de MOLDTECH está sujeta a las condiciones de pago, observándose estrictamente todas las demás obligaciones del comprador para con MOLDTECH bajo el presente contrato.
j) En todo caso la garantía está limitada, por cualquier concepto, al precio de la venta.
VIII. REFERENCIAS E ILUSTRACIONES
a) Todas las especificaciones descriptivas y relacionadas con el transporte, los planos y detalles acerca de las dimensiones presentadas junto con la oferta inicial son documentos ilustrativos de mera referencia, teniendo asimismo tal carácter
las descripciones e ilustraciones contenidas en catálogos, listas de precios y otros materiales publicitarios. La finalidad de estos documentos es presentar una idea comercial de los equipos descritos en los mismos y ninguna de estas ilustraciones, descripciones y documentos forma parte del contrato. No deben considerarse en ningún caso como información contractual ni si quiera accesoria sobre la calidad de los productos.
b) Todos los planos y diseños y otras informaciones presentados en conexión con la oferta inicial o cualquier contrato que pudiera surgir de la misma son propiedad de MOLDTECH son presentados de manera estrictamente confidencial y para la sola finalidad de la oferta, el contrato y el mantenimiento subsiguiente de los equipos; ninguno de los planos o diseños o material escrito, ni parte alguna de la información contenida en ellos o de otro modo podrá ser prestado, copiado o comunicado en otra forma a terceros, ni podrá hacerse uso alguno de los mismos excepto para la finalidad de la oferta, el contrato y el subsiguiente mantenimiento día a día de los equipos.
IX. FUERZA MAYOR
a) Tendrán esta consideración aquellos hechos o circunstancias que no se pudieron prever o que previstas no se pudieron evitar. A título meramente enunciativo serán considerados como tales: guerra, conflictos internacionales cuando afecten a los procesos de este contrato, movilización militar, incendios y explosiones, daños de mar o actos de la naturaleza, pandemias, huelgas, estados de excepción, estado de sitio, estado de alarma, así como cierres patronales o cualquier otro tipo de conflictos laborales.
b) MOLDTECH no se hace responsable de los costes y retrasos derivados de actos de fuerza mayor.
c) MOLDTECH en estos casos se reserva el derecho de rescindir el contrato de forma unilateral sin penalización alguna, sin perjuicio de reintegrar las cantidades recibidas a cuenta.
X. PATENTES y DERECHOS INDUSTRIALES.
a) Estará prohibido por el COMPRADOR hacer uso de la marca o nombre “MOLDTECH” sin expreso consentimiento de esta compañía. El incumplimiento de esta cláusula conllevará la resolución inmediata del presente contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones que hubiere lugar.
b) El COMPRADOR garantiza que todo diseño o instrucciones dadas por él no son tales que pudieren causar la violación de cualquier derecho xx xxxxxxx en cuanto a concesión de patente, diseño registrado o marca registrada en la ejecución del pedido del comprador e indemnizará al vendedor contra todo coste y daños que pudieren surgir del incumplimiento de esta garantía.
XI. CONFIDENCIALIDAD.-
Ambas partes se comprometen a mantenerse informadas puntual y recíprocamente de todas las cuestiones que pudieran afectar a la buena marcha de este Acuerdo. Cualquier información o material relacionado con la ejecución del presente Acuerdo tendrá carácter confidencial por ambas partes, y será tratado como tal por las partes, sus representados y personal de plantilla o contratado que tenga relación con el mismo, comprometiéndose ambas partes en hacer respetar dicho carácter confidencial, empleando para tal fin las medidas y procedimientos de seguridad utilizados para proteger su propia documentación confidencial, de
acuerdo con los establecido en la legislación sobre Propiedad Industrial Intelectual y protección de datos de carácter personal, así como a no revelar, copiar ni, por cualquier otro procedimiento, poner la información o materiales derivados de la ejecución de este Acuerdo, a disposición de personas distintas de aquéllas que necesiten dicho conocimiento y uso en el ámbito normal de sus relaciones contractuales, ni permitir a cualquier otra persona física o jurídica, la autorización previa de ambas partes, manifestada por escrito, con excepción de los organismos e instituciones que legalmente tengan acceso a la información que se contiene en el presente Acuerdo.
XII. CAUSAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL.
a) Para el caso de que alguna de las partes no cumpliere sus obligaciones contractuales, la otra parte podrá optar por exigir el cumplimiento contractual o bien la resolución del contrato, con el resarcimiento en ambos casos, de los daños y perjuicios que se derivasen del citado incumplimiento.
b) Sin perjuicio de lo anterior, son causas expresas de resolución:
- La falta de entrega por el COMPRADOR de los planos y diseño necesario para la fabricación del PRODUCTO de la compraventa.
- La falta de pago, o el retraso del pago por más de 20 días naturales, de cualquiera de los plazos de pago al VENDEDOR.
- El inicio de una investigación criminal contra cualquiera de las partes o sus representantes por delitos graves.
- La declaración de suspensión de pagos del COMPRADOR, salvo que se garanticen los pagos pendientes tras dicha declaración.
XIII. APLICACIÓN LEGAL E INTERPRETACIÓN
a) EL COMPRADOR deberá cumplir las normas que en materia de compliance le sean comunicadas por MOLDTECH, incluyendo un comportamiento adecuado al código ético de MOLDTECH, quien podrá realizar verificaciones y llevar los controles necesarios para la prevención de riesgo de incumplimiento normativo en materia de compliance.
b) El contrato y las presentes condiciones estarán sujetos en todos los respectos a la legislación española. No obstante se armonizará con la legislación del COMPRADOR si el país de éste contuviera normas contrarias a la legislación española.