CARÁTULA del pliego de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRAS
Expediente n.º: C01/004/2009
CARÁTULA xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares Tipo de contrato: CONTRATO DE OBRAS
Procedimiento: ABIERTO
I CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN
1. OBJETO DEL CONTRATO: CONSTRUCCIÓN DE 38 VIVIENDAS SOCIALES Y XXXXXX XX XX XXXX 00, XXXXXXXXX, XXXXXXX (XXXXXXXX).
1.1. Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato:
1.2. División por lotes: No.
1.3. Código de la clasificación estadística CPA-2008 (Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008): 41.00.10
Nomenclatura principal | Nomenclatura complementaria |
1.4. Código nomenclatura CPV (Reglamento (CE) No 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) no 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV)):
Objeto principal 45211000-9
Objeto adicional
2. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL.
Los indicados en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx y, su caso, los siguientes: La Carátula xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Proyecto, es decir, todos los documentos que comprende el proyecto de obras, relacionados en el art. 107.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, salvo la memoria, que únicamente tendrá carácter contractual en todo lo referente a la descripción de los materiales básicos o elementales que forman parte de las unidades de obra.
El programa de trabajo aprobado por el órgano de contratación reviste también carácter contractual.
3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados).
El presupuesto máximo de licitación o, en su caso, de gasto indicativo asciende a 5.098.232,73 euros + 356.876,29 euros de IVA, resultando un importe total 5.455.109,02 euros,
Distribuidos, en su caso, en las siguientes anualidades:
-Año 2009: 467.289,72 euros + 32.710,28 euros de IVA. Total 500.000,00 euros
-Año 2010: 2.719.138,06 euros + 190.339,66 euros de IVA. Total 2.909.477,72 euros
-Año 2011: 1.911.804,95 euros + 133.826,35 euros de IVA. Total 2.045.631,30 euros
4. PRECIO Y PAGOS.
4.1. Sistema de determinación del precio: El establecido en el punto 19 de la carátula.
4.2. Modalidad de pago del precio: El establecido en el punto 19 de la carátula.
- Pago total: NO.
- Pagos parciales: SI.
En caso afirmativo, indicar vencimientos o periodicidad: Certificaciones mensuales.
4.3. Abonos a cuenta. No se contemplan.
4.4. Revisión de precios: SI.
- Índice o fórmula oficiales (artículo 78 a 82 LCSP y artículo 104 RGLCAP): Fórmula nº18, de las aprobadas por Decreto 3650/1970 de 19 de diciembre.
- Referencias macroeconómicas y tipos de interés en el momento de la licitación (artículo 79.2 LCSP):
- Método o sistema para su aplicación (artículo 104.2 RGLCAP): Fórmula nº 18, de las aprobadas por Decreto 3650/1970 de 19 de diciembre
4.5. Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: NO
5. PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE ENTREGA (reducibles por las ofertas en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas):
5.1. Plazo o fecha límite total: 22 de meses a contar desde el día siguiente a la firma del Acta de Comprobación de Replanteo.
5.2. Plazos o entregas parciales (de comienzo o terminación de las partes de la prestación que se indican a continuación):
Los especificados para cada capítulo de obra en el Programa de Trabajo.
5.3. Prórroga del contrato: Véase el punto 19 de la Carátula.
6. GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria conforme al artículo 67.2 del RGLCAP: Serán por cuenta de la adjudicataria.
7. GARANTÍAS.
7.1. Garantía provisional: No se exige.
7.2. Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación del contrato.
7.3. Garantía complementaria: No se contempla.
7.4. Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos telemáticos: NO.
7.5. Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: NO.
7.6. En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: NO.
Las garantías se constituirán a favor de: GOBIERNO XXXXX NIF: S4833001C
8. SEGUROS: La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios, los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx. El importe del seguro a todo riesgo de construcción será el importe de adjudicación del contrato.
9. SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES: NO.
10. LUGAR DE EJECUCIÓN, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: Área 42, Mariarats, Beasain.
11. CONDICIONES LINGÜÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla.
Salvo que xxx xxxxxx del prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx xxxxxx.
12. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
12.1. De tipo social.
La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas xxx xxxxxx.
12.2. De tipo medioambiental: No se contemplan.
12.3. Otras:
La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente.
La subcontratación obligatoria, en el caso de estar establecida en el punto 15.2 de esta carátula
13. CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES: No se contemplan.
14. PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 196 de la LCSP y en las cláusulas xxx xxxxxx.
15. SUBCONTRATACIÓN: SI.
15.1. Porcentaje máximo (en el caso de que no se fije otro porcentaje, el máximo será el 60 por ciento establecido en el artículo 210.2. e) de la LCSP): 50% del total de la obra. La empresa adjudicataria no podrá subcontratar simultáneamente los capítulos de Albañilería y Estructuras de Hormigón, pudiéndose únicamente subcontratar
uno de ellos. La empresa subcontratista realizará obligatoriamente con medios propios el trabajo encargado. Bajo ningún concepto contratará a su vez, a un tercero.
15.2. Obligación de subcontratar un porcentaje no superior al 30 por ciento previsto en el artículo 210.7 de la LCSP: NO
15.3. Tiene la licitadora que indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, señalando los datos previstos en el artículo 210.2.a) de la LCSP: SI
16. PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES.
16.1. Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego).
- Total: 1 mes
- Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): No se contemplan.
16.2. Plazo de Garantía: 1 año.
17. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
17.1. A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes:
- El compromiso de adscripción de medios personales y materiales
- La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida.
17.2. Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego:
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral.
- El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación
18. CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO: SI.
• El programa de trabajo será presentado para su aprobación previa al inicio de la obra en soporte informático y tres copias en papel.
• La empresa adjudicataria deberá entregar trimestralmente el correspondiente reportaje fotográfico en soporte digital, adecuado para su tratamiento informático e infográfico, de forma que la Administración pueda informar a los demandantes inscritos en el Servicio Xxxxx de Vivienda – Etxebide de los siguientes datos:
- datos identificativos generales de la promoción.
- características generales del entorno.
- memoria de calidades.
- evolución de las obras.
• La empresa adjudicataria deberá presentar su oferta (presupuesto desglosado por partidas y precios unitarios) mediante soporte informático en Formato Intercambio Estandar. Base Datos Construcción-95 (FIEBDC-95) o superior.
• La empresa adjudicataria deberá designar 1 persona en obra, dedicada a las tareas de seguridad y salud laboral, interlocutor directo del Coordinador de Seguridad y Salud laboral en obra.
• La empresa adjudicataria deberá comunicar al Coordinador de Seguridad y Salud cualquier accidente laboral que se produzca en la obra independientemente de que no conlleve baja laboral.
• Será obligatoria la colocación del cartel oficial durante la ejecución de las obras.
19. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE OBRA
APROBACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA. Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales de fecha 26 de noviembre de 2008. PLAZO PARA LA COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO (no superior a un mes desde la formalización del contrato, salvo excepción justificada): un (1) mes desde la formalización del contrato.
PROGRAMA DE TRABAJO. La adjudicataria debe presentar un programa de trabajo previsto en el artículo 198 del RGLCAP: SI.
DETERMINACIÓN DEL PRECIO:
- Sistema (Indicar el que corresponda conforme a los artículos 75.2 y 216 LCSP): Precios unitarios.
(En el caso de determinación a tanto alzado y precio cerrado, indicar, en su caso, las partes o unidades que se excluyan de este sistema y se abonen por precios unitarios)
- Condiciones:
- Porcentaje de Gastos Generales: 13% sobre ejecución material.
- Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras, serán los que resulten de la aprobación de la proposición seleccionada: SI.
PERIODICIDAD DE LOS PAGOS.
- Pago único –artículo 111 LCSP-: NO.
En caso afirmativo, indicar las condiciones de financiación, capitalización de intereses y liquidación:
- Certificaciones periódicas: SI.
En caso afirmativo indicar la periodicidad (mensual prevista en el artículo 215.2 LCSP, u otra distinta): Certificaciones mensuales.
DEDICACIÓN EXIGIDA AL DELEGADO DE OBRA DE LA CONTRATISTA.
- Exclusiva, sin posibilidad de adscripción a ninguna otra obra : NO
- Plena, sin posibilidad de adscripción simultánea a un número de obras superior al señalado: NO
AMPLIACIÓN DEL PLAZO. En el supuesto contemplado en el artículo 197.2 de la LCSP (retraso no imputable a la contratista) PLAZO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO (en el caso de contratación conjunta de proyecto y obra): No procede.
II
CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS
20.1. Entidad adjudicadora: Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales.
20.2. Órgano que adjudicará el contrato: Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.
20.3. Dependencia que tramita el expediente: Comisión Central de Contratación (Dirección de Patrimonio y Contratación). Departamento de Hacienda y Administración Pública.
Domicilio: C/ Donostia – San Xxxxxxxxx nº1, Planta baja del Edificio Sede del Gobierno Vasco, Lakua II Localidad y código postal: 00000 Xxxxxxx-Xxxxxxx
20.4. Número de expediente: C01/004/2009
20.5. Lugar donde se puede obtener documentación relativa al proyecto: Delegación de Vivienda y Asuntos Sociales en Gipuzkoa. X/Xxxxx 00-0x, X.X. 00.000 Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx. Telef: 000 000 000 y Fax: 000 000 000.
20.6. Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: NO.
20.7. Contacto:
• Consultas relacionadas con la documentación administrativa y/o procedimiento: Comisión Central de Contratación (a la atención de Xxx)
Teléfono: 000000000
Telefax: 945019018
Correo electrónico: xx-xxxxxxxx@xx-xx.xx
• Consultas sobre aspectos técnicos relacionados con el proyecto:
Departamento de Vivienda y Asunto Sociales. Dirección de Vivienda, Innovación y Control (a la atención de Xxxxx Xxxxxxxxx) Teléfono: 000.000.000
20.8. Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet:
xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx o xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx.
20.9. Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
20.10. Fecha límite de obtención de documentos e información: 11 xx xxxxx de 2009 a las 10:00 horas.
21. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
(artículo 76 de la LCSP): 5.098.232,73€
22. CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI.
23. CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP): SI.
24. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: 09.0.1.07.12.0100.2.622.05.43122.013.H
24.1. El gasto está cofinanciado: NO.
24.2. Tramitación anticipada: NO.
25. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
25.1. Tramitación:
- Ordinaria
25.2. Procedimiento :
- Abierto
25.3. Forma:
- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: NO
- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: SI
26. SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. No se autoriza su utilización.
27. CONTRATO RESERVADO: NO.
28. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
28.1. Fecha y hora límite de presentación: 11 xx xxxxx de 2009 a las 10:00 horas.
28.2. Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: TRES SOBRES:
-SOBRE A “REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA”,
-SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS”
-SOBRE C “CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUCIO DE VALOR”.
Cada uno de los sobres deberá incorporar el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
particulares y los correspondientes puntos de esta carátula.
28.3. Lugar de presentación:
- Entidad: Registro de la Dirección de Patrimonio y Contratación.
- Domicilio: C/ Donostia – San Xxxxxxxxx, 1.
- Localidad y código postal: 01010- Vitoria – Gasteiz.
28.4. En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica: No procede.
28.5. Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal:
- Fax: 000000000.
28.6. Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta: DOS MESES a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 136.3 (valores anormales o desproporcionados) LCSP.
28.7. Admisión de variantes: NO
28.8. Apertura pública de las ofertas económicas: SI
- Entidad: Comisión Central de Contratación.
- Domicilio: Donostia-San Xxxxxxxxx, 1.
- Localidad: 01010-Vitoria-Gasteiz.
- Fecha: 00 xx xxxxx xx 0000
- Xxxx: a las l2:00 horas.
29. SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes xxx xxxxxx. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente)
29.1. Clasificación exigida Se exige la siguiente clasificación:
Grupo: C Subgrupo: 2 Categoría f
En defecto de dicha clasificación, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea acreditarán por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica conforme a los artículos 64 y 67 de la LCSP, sin perjuicio de la presunción a que se refiere el anexo xxx xxxxxx relativo a las empresas extranjeras:
Medios de acreditación:
- Solvencia económica y financiera:
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la presentación de declaración apropiada de institución financiera.
- Solvencia técnica:
- La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la presentación de una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificaciones de buena ejecución para las obras mas importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rigen la profesión y se llevaron normalmente a buen término.
Requisitos:
- Solvencia económica y financiera:
La declaración apropiada de institución financiera deberá tener mención expresa al objeto del presente contrato y al número de expediente.
- Solvencia técnica:
Se exigirá haber realizado al menos una obra similar al objeto del presente contrato, entendiéndose como tal la construcción de un edificio de viviendas colectivas.
29.2. Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional: No procede.
29.3. En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo.
29.4. Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual.
29.5. Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas:
a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción:
- Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada.
- Otros Registros oficiales: NO
b) Admisión de certificados electrónicos: NO.
c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados: NO
29.6. Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: NO.
30. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS:
30.1. El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: NO
30.2. Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: SI
30.2.1. Supuesto general: Xx.
Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 125 puntos (la suma de las ponderaciones de los grupos correspondientes a las letras a) y b) siguientes debe ser siempre igual a la puntuación total)
a) Criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas:
1.- Factor económico: 65 puntos
Se valora con la máxima puntuación la oferta económica más baja.
Para la valoración del resto de las ofertas se establecen cuatro tramos en los que las pendientes de las rectas que unen valores máximos y mínimos varían según los siguientes parámetros:
-Tramo que contempla la oferta económica más baja y el valor de la media aritmética de las ofertas menos la desviación típica de las mismas ( X - δ ).
Se valora entre 65 y 63 puntos de forma que los 65 puntos corresponden a la oferta más baja y 63 al valor ( X - δ ).
-Tramo que contiene las ofertas comprendidas entre el valor anterior ( X - δ ) y la media aritmética ( X ). Se valora de 63 a 60 puntos de forma que los 63 corresponden al valor ( X - δ ) y 60 al valor ( X ).
-Tramo que contiene las ofertas comprendidas entre la media aritmética ( X ) y la media aritmética más la desviación típica ( X + δ ).
Se valora de 60 a 50 puntos, de forma que 60 puntos corresponden al valor ( X ) y 50 al valor ( X +
δ ).
-Tramo que contempla las ofertas comprendidas entre la media aritmética más la desviación típica ( X + δ
).y la cuantía de licitación de concurso.
Se valora de 50 a 0 puntos, de forma que los 50 puntos corresponden al valor ( X + δ) y 0 puntos al presupuesto de licitación.
En los cuatro tramos, las ofertas intermedias tendrán valores intermedios proporcionales entre sus máximos y mínimos.
Se considera baja temeraria, toda oferta que baje más del 10% de la media de las ofertas.
2.- Rigor analítico de la oferta: 30 puntos
Se valora la propuesta efectuada de cada uno de los capítulos de obra (y/o de las partidas que se consideren más representativas) a efectos de corregir desviaciones interesadas que puedan afectar negativamente a la Administración en potenciales modificaciones posteriormente del contrato.
Para lo cual se estudia la aproximación del coste de cada uno de los capítulos o partidas a la media obtenida considerando todas las ofertas.
La desviación porcentual se multiplica por un coeficiente corrector que está en función de la importancia cuantitativa porcentual del capítulo (o de los precios unitarios considerados) en el conjunto del presupuesto.
La media de todas las desviaciones corregidas obtenidas, reflejo del grado de coherencia estadístico del presupuesto total ofertado, se puntuará con un máximo de 30 puntos, correspondiendo esta puntuación a aquella media que obtenga el valor más bajo. A efectos de determinar la pendiente de la ecuación que determine la puntuación de los resultados intermedios, se valorará con 0 puntos aquella oferta cuya media de desviaciones corregidas sea superior.
3.- Servicio Post Venta: 5 puntos
Se valora la duración del Servicio Post Venta a partir de la finalización del periodo de garantía, así como el plazo de respuesta de este servicio en el tiempo.
3.a.- Duración del Servicio Post Venta: 3 puntos
Se valora con 3 puntos el periodo máximo ofertado y con 0 puntos el estrictamente exigido, siendo el resto de las ofertas proporcional entre estos valores.
3.b.- Plazo de respuesta: 2 puntos
Se valora con 2 puntos el plazo de respuesta ante la reclamación, de forma que la máxima puntuación (2 puntos) corresponda al menor tiempo empleado en satisfacer la demanda y 0 puntos al que más tiempo oferte, el resto de las ofertas tendrán una puntuación proporcional entre estos valores.
4.- Coherencia de la propuesta: 10 puntos
Se valora la calidad global de la oferta, analizando la coherencia entre las respuestas dadas a los anteriores criterios de adjudicación, factor económico, rigor analítico de la oferta y rigor proyectual de la oferta, mediante la siguiente fórmula matemática:
((A-1) x 3-B) x (10/(A-1) x 3)
En la que:
A= número de empresas admitidas
B= es la suma de los valores B1 y B2 en la que B1 es la diferencia del puesto obtenido por la empresa en la valoración del criterio factor económico menos el puesto obtenido por la empresa en el criterio rigor analítico de la oferta y B2 es la diferencia del puesto obtenido por la empresa en la valoración del criterio rigor analítico de la oferta menos el puesto obtenido por la empresa en el criterio rigor proyectual de la oferta.
5.- Valoración del Programa de Trabajo: 5 puntos
El programa de trabajo presentado en la oferta se adecuará a la misma, pudiendo exceder de las cantidades destinadas a las anualidades previstas, haciendo constar que en dicho caso los excesos nunca serán abonados con cargo a dichas anualidades.
Se puntuará con 2,5 puntos la duración de la ejecución de los capítulos de obra y con otros 2,5 puntos la finalización de los mismos.
Para dichas valoraciones se aplicará la máxima puntuación a las medias resultantes, aplicándose un coeficiente corrector en función de la entidad del capítulo con respecto al total de la obra al igual que en el concepto “Rigor de la oferta”.
La máxima puntuación la obtendrá la oferta con nula desviación respecto a la media y se puntuará con 0 puntos aquellas que sumen una desviación igual o superior a dos meses.
Las ofertas intermedias se penalizarán respecto a la de máxima puntuación con 1 punto cada medio mes o fracción de desviación.
A efectos de estas valoraciones el Programa de Trabajo planteará las finalizaciones de cada capítulo así como su duración en múltiplos de 15 días o fracciones de medio mes.
Para el cálculo de las medias se mantienen los mismos criterios de exclusión que los especificados en los anteriores criterios.
Ponderación total de este grupo: 115 puntos
b) -Criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor:
Rigor proyectual de la oferta: 10 puntos.
El rigor proyectual valora la profundización del estudio de la documentación del proyecto objeto del concurso. Al efecto se deberán detallar las deficiencias, indefiniciones o disparidades observadas en los diferentes documentos que constituyen el proyecto. En caso de observarse errores en mediciones, solo se tendrán en consideración aquellos que evidencien una diferencia superior al 10% de la cuantía presupuestada. La valoración de 0 a 10 puntos reflejará la importancia económica de las mismas y la trascendencia que para la marcha de las obras pueda conllevar.
Ponderación total de este grupo: 10 puntos.
30.2.2. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: NO
31. OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del xxxxxx xxx xxxxxx):
31.1. Supuesto general: SI
Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas:
- SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS”. Factor económico, Rigor analítico de la oferta, Servicio Post Venta, Coherencia con la propuesta y Valoración del Programa de Trabajo. (Proposición económica formulada, estrictamente, conforme al modelo que se adjunta en el anexo; relación de precios unitarios de ejecución material, Presupuesto de ejecución material y Presupuesto de ejecución por contrata s/punto 14.2.2. xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y la documentación que permita valorar el criterio de adjudicación relativo al Servicio Post Venta, Coherencia con la propuesta y Programa de Trabajo). (Programa de Trabajo, con especificación de los plazos parciales en los que el contratista se compromete a la ejecución de los diferentes capítulos de obra. Plan esquemático de obra con indicación de la duración y fechas de terminación de los distintos capítulos de obra y mensual acumulado del total de obra a realizar. El plan de Trabajo presentado se justificará mediante los estudios pertinentes de rendimientos de la maquinaria y personal adscritos a la obra mensualmente de aquellas unidades o partes de la obra que el ofertante estime más representativas o que puedan incidir directamente en el cumplimiento de los plazos parciales o totales estimados.
Nota:
- La oferta estará lo suficientemente clara como para no tener que realizar operaciones durante el proceso de introducción de datos para la adjudicación.
- La cuantía económica del Estudio de Seguridad y Salud no podrá ser objeto de variación en la oferta.
- La cuantía económica del capítulo de Control de Calidad no forma parte del presupuesto de licitación y los gastos que se originen serán de cuenta del contratista.
- La empresa licitadora deberá presentar su oferta con precios unitarios, entendiéndose que en los mismos las bajas ofertadas repercuten solamente en los rendimientos de trabajo de los precios descompuestos del presupuesto del proyecto.
- Véase asimismo punto 39 de la carátula.
- SOBRE C “CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR”. Debe presentarse: Si.
En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Rigor proyectual de la oferta.
La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora.
31.2. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general: NO
31.3. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No.
31.4. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto plan o programa de trabajo: Si. En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula correspondiente xxx xxxxxx.
31.5. A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras: No procede.
32. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR: No procede.
33. VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no):
33.1. En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP: No procede.
33.2. En el supuesto de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas:
a) Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: La Administración considerará en principio como desproporcionada o temeraria la baja que exceda del 10% de la media aritmética de las proposiciones presentadas, sin perjuicio de que el Órgano de Contratación tenga la facultad para apreciar previos los informes adecuados y la audiencia de todos los interesados, que dicha proposición, pueda ser cumplida normalmente.
b) En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No se contemplan.
34. SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No es el caso.
35. PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.
36. PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN PROVISIONAL. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego: No.
37. ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR LA ADJUDICATARIA PROVISIONAL.
37.1. Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: SI. Se permiten los siguientes:
- Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones
- Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
37.2. Se permite la incorporación de oficio, previa autorización de la empresa: No.
38. RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 139 LCSP.
39. CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO: Si.
• Se hace constar la aplicación del Decreto 1/2007, de 11 de septiembre, que aprobó el Texto Refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la C.A.P.V., Capítulo III, arts. 46, 47, 48 y 49.
• Se desecharán aquellas ofertas que no cumplan con los siguientes requisitos:
- La oferta estará lo suficientemente clara como para no tener que realizar operaciones durante el proceso de introducción de datos para la adjudicación.
- La cuantía económica del Estudio de Seguridad y Salud no podrá ser objeto de variación en la oferta.
- La cuantía económica del capítulo de Control de Calidad no forma parte del presupuesto de licitación y los gastos que se originen serán de cuenta del contratista.
- Las empresas licitadoras deberá presentar su oferta con precios unitarios, entendiéndose que en los mismos las bajas ofertadas repercuten solamente en los rendimientos de trabajo de los precios descompuestos del presupuesto del proyecto.
• En el sobre “B” además de los documentos señalados en el punto 31.1 de esta carátula se deberán incluir los siguientes, con carácter meramente informativo y que no sirven de base a la adjudicación del contrato:
a) Relación de equipos de maquinaria que el contratista se compromete a aportar a la obra, con sus rendimientos medios semanales y previsión de días de puesta a disposición de la obra, especificando las máquinas o instalaciones que sean de su propiedad.
b) Relación nominal del personal facultativo que de modo permanente y eventual, se adscribirán a la obra para su dirección, acompañada del “Curriculum Vitae” del que se designe como Delegado de la obra. Cualquier sustitución que se realice, posteriormente de este personal, deberá ser aceptada por la Administración que podrá exigir la presentación del “Curriculum Vitae” de los Técnicos de nueva designación.
c) Presentación, en su caso, de la auditoría en Prevención de Riesgos Laborales.
III
OTRAS ESPECIFICACIONES
41. OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO
42. CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
En dicho cuadro se señalará con un “SI” la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos
Criterios | Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de Riesgos Laborales | Ambientales |
Objeto del contrato | ||||
Criterios de solvencia técnica y profesional | ||||
Especificaciones técnicas | ||||
Criterios de valoración de las ofertas | ||||
Condiciones especiales de ejecución | SI | SI | SI |
*Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas xxx xxxxxx o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario.