ANEXO 5
ANEXO 5
ANEXO DE CONDICIONES CONTRACTUALES
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XX. 000000 (NUMERACIÓN ENTERRITORIO) / 069 (NUMERACIÓN DPS) | |
CONTRATO NÚMERO: | XXXXXXX |
CLASE DE CONTRATO: | OBRA |
VALOR DEL CONTRATO: | XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX |
PLAZO: | El plazo previsto para la ejecución del contrato es de (6) MESES, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato |
OBJETO: | TERMINACIÓN DE LA OBRA XXX XXXXXX VEHICULAR SOBRE EL RIO AMOYÁ EN EL MUNICIPIO DE CHAPARRAL – TOLIMA |
Entre los suscritos: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXXXXXXXX expedida en XXXXXXXXXXXXXX, obrando en nombre y representación de LA EMPRESA NACIONAL PROMOTORA DEL DESARROLLO TERRITORIAL, en
adelante, ENTerritorio, identificada con NIT No. 899.999.316-1, Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y vigilada por la Superintendencia Financiera, en su calidad de
Subgerente de Operaciones, nombrada y posesionada mediante Resolución No. XXXXXXXXXXXXX y Acta de Posesión No. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolución No. 108 del 4 xx xxxx de 2020, facultada para suscribir el presente Contrato, por una parte y por la otra XXXXXXXXXXXXX identificado con C.C. No. . XXXXXXXX de XXXXXXX., en su calidad de Representante de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX NIT: XXXXXXXXXXXX, en adelante el “Contratista hemos convenido celebrar el presente contrato, previas las siguientes:
I. CONSIDERACIONES:
A. Que ENTerritorio mediante Acta de Apertura de fecha XX de XXXX de 2021, dio apertura al Proceso de Selección INVITACION ABIERTA INA-035-2021, cuyo objeto consiste en contratar la: “INTERVENTORÍA TÉCNICA, JURÍDICA, ADMINISTRATIVA, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE CONTROL PRESUPUESTAL DE LAS OBRAS DE MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS VÍAS EN EL CORREGIMIENTO DE EL SALADO DEL MUNICIPIO DE XXXXXX XX XXXXXXX DEL DEPARTAMENTO XX XXXXXXX, DERIVADAS DEL CONVENIO 1408 DE 2021 SUSCRITO CON EL MINISTERIO DE DEFENSA – EJÉRCITO NACIONAL Y EL INVIAS Y DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS, BIENES Y SERVICIOS QUE SE SUSCRIBAN EN EL MARCO DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO 221008”.
B. Que mediante Acta de Selección de fecha XX de XXXX de 2021, ENTerritorio seleccionó al Contratista para la ejecución del Contrato.
C. Que con base en lo anterior, ENTerritorio y el Contratista, acuerdan que el presente Contrato se regirá por las estipulaciones contenidas en el Manual de Contratación de ENTerritorio, las demás normas legales aplicables a la materia, los Términos y Condiciones que rigieron el proceso de selección INA- 022-2021
CLÁUSULAS:
CLÁUSULA 1 OBJETO
El objeto del Contrato es: “TERMINACIÓN DE LA OBRA XXX XXXXXX VEHICULAR SOBRE EL RIO AMOYÁ
EN EL MUNICIPIO DE CHAPARRAL – TOLIMA”. De acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en el Proceso de INA-035-2021, sus anexos, formatos, adendas, los documentos e
información técnica suministrada por ENTerrirorio y la oferta presentada por EL CONTRATISTA, todo lo cual hace parte integral del contrato.
CLÁUSULA 2 PLAZO DEL CONTRATO
El plazo previsto para la ejecución del contrato es de (6) MESES, contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, discriminados así:
ETAPAS | PLAZO DE EJECUCIÓN |
ETAPA 1. REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS | 1 MES |
ETAPA 2. TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LA OBRA | 5 MESES |
PLAZO TOTAL | 6 MESES |
CONDICIÓN RESOLUTORIA
La ejecución del Contrato se encuentra condicionado a la vigencia del Convenio Interadministrativo marco No. 212080, del cual actualmente se está adelantando tramite de prorroga ante Prosperidad Social. En caso de que dicho convenio interadministrativo finalice, esta circunstancia se entenderá por cumplida y el contrato se dará por terminado anticipadamente en la fecha de terminación del Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxxxxxx Xx. 000000 y se procederá a su liquidación; situación que no generará obligaciones ni pagos a favor del CONTRATISTA, salvo aquellos efectivamente causados hasta la fecha de acaecimiento de la condición.
CLÁUSULA 3 VALOR DEL CONTRATO
Para efectos legales el valor estimado del presente Contrato es por la suma de
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS ($ XXXXXXXXXXXXX) M/CTE. incluido el IVA, costos,
gastos y demás tributos que se causen con ocasión de su celebración, ejecución y liquidación del contrato. CLÁUSULA 4 GASTOS IMPUTABLES AL VALOR DEL CONTRATO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
CLÁUSULA 6 APROPIACIÓN PRESUPUESTAL
El pago de la suma estipulada en este contrato se sujetará a la apropiación presupuestal correspondiente y específicamente al Certificado de Disponibilidad Presupuestal:
Número certificado disponibilidad presupuestal. | Fecha certificado disponibilidad presupuestal. | Código Presupuestal | Descripción del Rubro | Valor certificado de disponibilidad presupuestal | Centro de Costo |
3915 | 02/12/2021 | 2-1-7-1-01-07-00-01 | Honorarios Consultoria - Vigencia Actual | $33,258,547.00 | 041861 |
3918 | 02/12/2021 | 2-1-7-1-09-01-00-01 | Contratos De Ejecucion De Obra - Vigencia Actual | $2,696,707,739.00 | 041819 |
$138,866,118.27 | 041819 |
CLÁUSULA 7 FORMA DE PAGO
ENTerritorio pagará al CONTRATISTA DE OBRA el valor por el cual le fue aceptada la oferta, de acuerdo con la siguiente forma de pago, que aplicará para cada etapa del contrato así:
ETAPA 1: REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS
ENTerritorio efectuará un (1) único pago por el cien por ciento (100%) del valor de la Etapa 1, previo recibo a satisfacción y aprobación por parte de la Interventoría de los Informes de Estudios Técnicos y Diseños, y suscripción del documento F-GG-15 y F-GG-16 (formatos que deben ser ajustados a la terminación de la etapa 1) por parte del contratista de obra y la interventoría, de conformidad con lo establecido en el alcance del presente documento.
ETAPA 2: TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LA OBRA
Se hará mediante pagos mensuales, hasta completar el NOVENTA POR CIENTO (90%) del valor de la etapa 2, aplicado a las actas parciales de obra, por el sistema de avance de obra, de acuerdo con el cronograma de ejecución aprobado. Cada solicitud de pago deberá ir acompañada de la factura, avance de obra según formato F-GG-32 – Acta de recibo parcial y balance presupuestal y memorias de cantidades de obra suscrita por el contratista de obra e interventoría, contemplados en el plazo correspondiente al periodo de cobro y las demás obligaciones establecidas en el contrato y las requeridas por el supervisor del contrato.
El último pago del contrato de obra correspondería al saldo xxx XXXX POR CIENTO (10%) del presupuesto de la ETAPA 2, se pagará una vez se haya liquidado el contrato de obra, previa suscripción del acta de liquidación del contrato de obra por parte del contratista de obra y ENTerritorio, previo al recibo a satisfacción y aprobación por parte de la Interventoría y supervisión de ENTERRITORIO de todos los productos y entregables de la ETAPA 2 y suscripción del documento F-GG-15 (Acta de terminación de contrato) y el formato F-GG-16 (Acta de entrega y recibo final del objeto contractual), así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas. la solicitud de pago de este (10%) deberá ir acompañada de la factura, informe de avance de obra F-GG-32 - Acta de recibo parcial y balance presupuestal y memorias de cantidades de obra y las demás obligaciones establecidas en el contrato y las requeridas por el supervisor del contrato.
NOTA: De acuerdo con las actividades desarrolladas en virtud de la ejecución del contrato, ENTerritorio aplicará las retenciones a que haya lugar.
PARÁGRAFO PRIMERO. REQUISITOS PARA EL PAGO:
Los pagos o desembolsos de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Deberán ser refrendados por el supervisor en los formatos que ENTerritorio suministre para el efecto.
b. El Contratista acreditará al Interventor el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el Contratista subsane las glosas que se le formulen.
d. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta del Contratista, ENTerritorio hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
e. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el interventor designado por ENTerritorio.
ENTerritorio no se hace responsable por las demoras presentadas en el trámite para el pago al Contratista cuando ellas fueren ocasionadas por encontrarse incompleta la documentación de soporte o no ajustarse a cualquiera de las condiciones establecidas en el Contrato.
PATRAGRAFO SEGUNDO. SISTEMA DE PAGO:
SISTEMA DE PAGO ETAPA 1
El sistema de pago para la Etapa 1 Revisión, Actualización y Complementación de estudios y diseños, es por precio global fijo sin fórmula de ajuste. En consecuencia, el precio previsto en el numeral 6.3, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por lo tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, el IVA, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo del Contratista; toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución de cada contrato; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para el Contratista, imprevistos y, en general, todos los costos en los que deba incurrir el contratista para el cabal cumplimiento de la ejecución del contrato correspondiente. ENTerritorio no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el Contratista en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que se requieran para la ejecución del contrato y que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta.
SISTEMA DE PAGO ETAPA 2
Para la ejecución las actividades de obra, se ha establecido un precio unitario para las actividades que se puedan realizar en la ejecución del proyecto y para cada una de las actividades se ha establecido la respectiva especificación técnica, por lo tanto, el sistema de pago en la ejecución de las actividades de obra del contrato es por PRECIOS UNITARIOS FIJOS SIN FÓRMULA DE AJUSTE. En consecuencia, el valor definitivo de la ejecución del contrato será la suma de los resultados que se obtengan al multiplicar la cantidad de Ítems del proyecto y recibidas por la interventoría a su entera satisfacción, por el valor o precio unitario fijo pactado para dicho ítem según la oferta económica. El Contratista no podrá superar en su ejecución el presupuesto asignado por la entidad en el numeral 6.3 del presente documento.
CLÁUSULA 8 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
1. Cumplir con el objeto del contrato, ejecutando y entregando la obra contratada de acuerdo con los criterios de calidad exigibles, los diseños, planos y especificaciones de construcción que hacen parte del documento de planeación y de los documentos del proceso, con sujeción a los precios unitarios estipulados y dentro del plazo establecido.
2. Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores.
3. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los parafiscales relacionados con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación
familiar, de todo el personal vinculado directamente a la ejecución de la obra, incluido los independientes que presten sus servicios para la ejecución de la obra.
4. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
5. Responder por el pago de todos los impuestos, tasas, gravámenes y contribuciones establecidas por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales y dentro de estos mismos niveles territoriales, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas, y multas establecidas por las diferentes autoridades ambientales, que afecten la celebración, ejecución y liquidación del contrato y las actividades que de él se deriven. Estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades competentes.
6. Entregar la obra funcionando en las condiciones contratadas.
7. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
CLÁUSULA 9 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA OBLIGACIONES DE TIPO LABORAL:
1. Cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, así como con la Ley 789 de 2002 y suministrar al interventor la información que requiera al respecto y específicamente aportar la planilla sobre pagos de salud, pensión, ARL y parafiscales mensuales del personal que presta los servicios en la ejecución de la obra.
2. Entregar al interventor durante los quince (15) primeros días calendario de cada mes durante el plazo de ejecución del contrato y al momento de la liquidación del mismo, los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social integral y parafiscales (Cajas de compensación familiar, Sena e ICBF), y/o certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal según el caso, en la que conste el cumplimiento de tales obligaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la ley 1150 de 20.
3. Aportar la planilla sobre pagos de salud, pensión, ARL y parafiscales mensuales del personal que presta los servicios en la ejecución del contrato.
4. Realizar informes de accidentes de trabajo, si a ello hubiere lugar.
5. Vincular al personal propuesto para la ejecución del contrato, de acuerdo con la calidad requerida y realizar los cambios que fuesen necesarios, previa aprobación de la interventoría.
6. Pagar cumplidamente al personal a su cargo sueldos, prestaciones, seguros, bonificaciones y demás que ordena la Ley, de tal forma que el contratante, bajo ningún concepto, asumirá responsabilidades por omisiones legales del contratista.
7. Realizar los trámites para la consecución de los permisos que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, que resulten adicionales a los que entregue ENTERRITORIO.
8. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL:
1. Presentar al interventor del contrato, con cinco (5) días de antelación al inicio de la etapa donde desarrollará las actividades que le conciernan, los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del personal mínimo requerido y ofertado para la ejecución del contrato.
2. Suministrar y mantener, en los frentes de obra solicitados o que resulten pertinentes durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal ofrecido y requerido para la ejecución del objeto contractual, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida. En caso de que el contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido y/o presentado este deberá tener un perfil igual o superior al personal a ser reemplazado, quien cumplió con los requisitos exigido en los pliegos de condiciones, el interventor deberá aprobar previamente el reemplazo.
3. Suministrar y mantener, en las etapas que resulten pertinentes durante la ejecución del contrato y hasta la entrega de la misma, el personal ofrecido y requerido para la ejecución del objeto contractual, relacionado anteriormente, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida en el documento de planeación. En todo caso, EL CONTRATISTA deberá contar con los profesionales o técnicos requeridos, para cumplir con el objeto contractual, que en ningún caso podrán estar comprometidos más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso y con contratos en ejecución con ENTERRITORIO o con terceros. Además de lo anterior, deberá contar con una oficina central que, entre otros aspectos, le preste soporte en asuntos de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
4. Garantizar que todos los profesionales a quienes se les asignen labores en desarrollo del contrato cuenten con matrícula o tarjeta profesional vigente (cuando sea el caso).
5. Mantener al frente durante el desarrollo de la obra, al Director del Proyecto y demás personal de especialistas aprobados por ENTERRITORIO. El Director del proyecto deberá tener autonomía para actuar en nombre del CONTRATISTA y para decidir con el Interventor cualquier asunto de orden técnico o administrativo en desarrollo del contrato, siempre que sus decisiones no impliquen modificaciones en las condiciones contractuales.
6. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un setenta por ciento (70%) del personal no calificado, a individuos de la región de influencia de la misma.
7. Vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un diez por ciento (10%) del personal no calificado, a individuos que se hayan acogido al programa de desmovilización y reinserción impulsado por el Gobierno Nacional o a individuos en condición de desplazamiento.
8. Obtener la aprobación de la interventoría con antelación al cambio de profesionales o técnicos requeridos y ofrecidos. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas, la experiencia general y especifica del nuevo personal, el nuevo profesional deberá tener un perfil igual o superior al profesional a ser remplazado, quien cumplió con los requisitos exigidos en las documento de planeación, sin perjuicio de la regulación específica que sobre este aspecto se establece para el personal mínimo requerido.
9. Asumir el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución del contrato, así como garantizar que la celebración y ejecución de los subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de vínculo laboral entre el personal subcontratado y ENTERRITORIO.
10. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve el personal o los subcontratistas contra ENTERRITORIO, por causa o con ocasión del contrato.
11. Presentar las respectivas afiliaciones y/o soportes de pago al sistema de seguridad social y a una ARP de su personal antes de la autorización de inicio de los trabajos por parte de la Supervisión.
12. Proveer los medios necesarios, en las instalaciones provisionales y los sitios de trabajo, para garantizar, en todo momento, la seguridad del personal contra posibles accidentes.
13. Suministrar y exigir a su personal el uso de elementos de protección como casco plástico, guantes, botas y gafas de seguridad. Los trabajadores deberán utilizar ropa de trabajo adecuada. No se permitirá el uso de zapatos tenis o similares, que no garanticen protección a los pies. Siempre deberá utilizarse el casco y, cuando la naturaleza o las condiciones de trabajo lo requieran, guantes, gafas, y cinturón de seguridad.
14. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA ADECUACIÓN DEL LUGAR DE LA OBRA:
1. Obtener, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución de la obra y mantener su provisión durante el tiempo necesario.
2. Responder por el pago de los servicios públicos producto del consumo necesario para la ejecución del objeto del contrato, así como por las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio.
3. Realizar, la construcción del campamento de obra, cuya ubicación deberá contar con la aprobación de la interventoría, el cual debe cumplir con las siguientes especificaciones:
a) Construir o adecuar en el sitio de la obra una caseta o edificación provisional que reúna condiciones adecuadas de higiene, comodidad, ventilación, protección y seguridad.
b) El campamento estará conformado por oficinas para la dirección de la obra y la interventoría, un campamento para los trabajadores, un almacén y un depósito para materiales que puedan sufrir pérdidas o deterioro por su exposición a la intemperie. La capacidad del depósito la determinará el flujo de materiales de acuerdo con la programación detallada de la obra.
c) El campamento se ubicará en sitios de fácil drenaje, donde no ofrezcan peligros de contaminación con aguas residuales, letrinas y demás desechos y contarán con todos los servicios higiénicos debidamente conectados a los colectores de aguas residuales existentes en cercanías del campamento. EL CONTRATISTA será responsable ante las autoridades competentes en el sitio de las obras del cumplimiento de las normas vigentes y de las sanciones a que se haga acreedor debido a su incumplimiento u omisión.
d) Una vez terminada la obra, el campamento se retirará o demolerá y se restituirán las condiciones que existían inmediatamente antes de iniciar las construcciones, si a ello hay lugar.
4. Instalar una valla informativa de acuerdo con la información y modelo que debe ser suministrado por ENTERRITORIO.
5. Realizar el cerramiento provisional de la obra y/o de las zonas por intervenir, de acuerdo con las especificaciones dadas, que proteja los sitios de construcción de la obra del acceso de personas ajenas a los trabajos, evite perturbaciones de tránsito e incomodidades a los vecinos. Deberá tener como mínimo dos (2) metros de altura y la totalidad de la señalización preventiva necesaria para la segura circulación del personal de obra, vecinos y terceros. De igual forma, deberá realizar el mantenimiento del campamento y del cerramiento, durante toda la ejecución de la obra.
6. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD EN LA OBRA:
1. No obstruir vías, pasillos, escaleras o áreas previstas para circulación de personas, vehículos o equipos de construcción, o para acceso a extinguidores y equipos de seguridad.
2. Almacenar los combustibles, lubricantes, pinturas, disolventes y demás materiales inflamables, en tanques o recipientes cerrados y en lugares adecuados. En sitios cercanos y accesibles, deberá contarse con extinguidores portátiles para fuego Clase B (líquidos inflamables).
3. Ubicar en espacios y posiciones seguras los materiales de construcción o sobrantes con bordes, filos agudos y puntillas.
4. Dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 55 de la ley 962 de 2005, en lo referente a las condiciones de higiene y seguridad.
5. Dar aplicación a lo dispuesto en la Ley 52 de 1993, por medio de la cual se aprueban el "Convenio No. 167 y la Recomendación No. 175 sobre Seguridad y Salud en la Construcción".
6. Establecer y controlar las medidas necesarias en el manejo de los campamentos y del mantenimiento de la sanidad y el orden en ellos y en todos sus trabajos.
7. El área de trabajo deberá quedar limpia y aseada todos los días al terminar las labores.
8. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS, MAQUINARIA Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN:
1. Ejecutar la obra con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y los demás elementos necesarios.
2. Responder por la obtención de todo lo relacionado con las fuentes de materiales de construcción necesarias para la ejecución de la obra contratada y a la obtención legal y oportuna de todos los materiales y suministros que se requieran para la construcción de las obras, manteniendo permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el avance de los trabajos.
3. Suministrar todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales e insumos en las fechas indicadas en la programación detallada de la obra, cumpliendo oportunamente, entre otros aspectos, con el envío y recepción de los mismos en el sitio de la obra.
4. Garantizar la buena calidad de los materiales y elementos utilizados para el cumplimiento del objeto del contrato.
5. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y las demás pruebas que se requieran y/o soliciten para verificar la calidad de los materiales y los demás elementos que se instalen en la obra. En cumplimiento de esta obligación, EL CONTRATISTA deberá presentar a la interventoría los documentos que permitan acreditar que los equipos utilizados para los diferentes ensayos tengan las siguientes capacidades:
a) Calibrar o verificar a intervalos especificados o antes de su utilización, comparado con patrones de medición trazables a patrones de medición nacional o internacional. Cuando no existan tales patrones debe registrarse la base utilizada para la calibración o la verificación.
b) Ajustar o reajustarse, según sea necesario.
c) Identificarse para poder determinar el estado de calibración.
d) Protegerse contra los daños y el deterioro durante la manipulación, el mantenimiento y el almacenamiento.
OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
1. Realizar reuniones con la entidad contratante- ENTERRITORIO tanto al inicio del contrato como durante su ejecución como mínimo una (1) vez por mes, que permita a las partes verificar el avance del contrato, del proyecto y levantar actas por cada reunión que reflejen claramente la situación del contrato y el proyecto.
2. Gestionar, obtener y mantener a su costo el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución de la obra y mantener su provisión durante el tiempo necesario.
3. Adelantar todas las gestiones necesarias ante las autoridades respectivas, para la obtención de los permisos requeridos en la ejecución de obra, diferentes a los previamente obtenidos por ENTERRITORIO, tales como: cruce de vías, cierre temporal de vías, accesos a cada área, ingreso del personal, horarios de trabajo, excavaciones, o cualquier intervención del espacio público.
4. Realizar, por su cuenta, riesgo y costo, las pruebas requeridas a todas las redes de instalaciones y corregirlas, si es el caso, hasta la entrega a satisfacción a la interventoría.
5. Solicitar y justificar con la debida antelación a la interventoría la adición de recursos, prorrogas, mayores cantidades de obra e ítems no previstos necesarios para la terminación de la obra, cuando así se requiera.
6. Acogerse en el caso que durante la ejecución de la obra se detecten ítems no previstos, con los que se definan por parte de Planeación Contractual, con el fin de establecer un precio acorde al mercado.
7. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza.
8. Mantener al personal de vigilancia como las medidas de seguridad en las áreas de intervención en donde se ejecute la obra.
9. Efectuar las reparaciones necesarias a las áreas intervenidas como consecuencia de los defectos de estabilidad, y a las áreas contiguas que presenten deterioro, incluso dentro del año siguiente a la entrega de las obras.
10. Demoler y reemplazar, por su cuenta y riesgo, en el término indicado por el interventor o ENTERRITORIO, toda actividad ejecutada que resulte defectuosa según el análisis de calidad, o que no cumpla las normas de calidad requeridas para la obra, ya sea por causa de los insumos o de la mano de obra.
11. Reponer, por su cuenta y riesgo, las obras de urbanismo afectadas por la construcción.
12. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial para la ejecución del contrato, en especial en cuanto guarda relación con:
a) Elementos de seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene en las actividades de obra.
b) Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del objeto contractual.
c) Dotación xx xxxxxxx y vestido de labor y documento de identificación para todo el personal utilizado en la ejecución de objeto contractual.
13. Garantizar que para el inicio del proyecto se cuente con las redes provisionales de los servicios.
14. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN
Etapa 1 - Revisión, Actualización y Complementación de Estudios y Diseños
1. Realizar los Estudios y Diseños conforme la normatividad vigente, para la correcta ejecución del proyecto.
2. Realizar la visita de campo para la ejecución de la Etapa 1 Revisión, actualización y complementación de estudios y diseños.
3. Los diseños realizados en la etapa 1 Revisión, actualización y complementación de estudios y diseños deberán ser acordes al presupuesto asignado para la construcción del proyecto, el cual será informado oportunamente al contratista.
4. Presentar Informes periódicos de avance de todos y cada uno de los Estudios y Diseños contemplados, los cuales deberán ser aprobados por la interventoría. Estos Informes deben poseer y presentar características y propiedades de una labor coordinada y homogénea entre las diferentes disciplinas.
5. Entregar todos los documentos concernientes a los diferentes Estudios y Diseños realizados, tales como memorias de cálculo, informes periódicos, registro fotográfico, planos definitivos de construcción, cantidades finales para la obra, presupuesto detallado definitivo, cronograma de actividades para ejecución constructiva y especificaciones técnicas detalladas en medio magnético, en Original y dos (2) copias de la totalidad de los planos de construcción.
6. Llevar una bitácora de la ejecución de los estudios y diseños técnicos, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de interventoría, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la consultoría y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada para esta etapa. Debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director, los profesionales que intervienen en la consultoría, así como de la interventoría. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de ENTERRITORIO.
7. Presentar informes semanales, los cuales deberán ser aprobados por la interventoría y contener:
• Avance de cada una de las actividades programadas.
• Registros fotográficos.
• Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.
• Fotocopia de la bitácora.
• Resumen de las actividades realizadas en el mes.
• Relación del personal empleado en la ejecución de los diseños.
• Actualización del programa de ejecución de los diseños.
8. Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado por la interventoría y contener:
• Resumen de actividades y desarrollo de los diseños
• Documentación técnica productos entregables de la consultoría
• Bitácora
• Póliza de los estudios y diseños técnicos y actualización de las demás
• Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas.
• Entrega de los productos resultado de los estudios y diseños técnicos.
9. Elaborar y presentar conjuntamente con el interventor, las actas de entrega mensual de los productos de los estudios y diseños técnicos y de la entrega final de los productos y de la aprobación y recibo a satisfacción.
10. Presentar toda la información requerida por el Interventor o ENTERRITORIO de conformidad con el Manual de Interventoría.
11. Hacer entrega de los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción para uso exclusivo de ENTERRITORIO, quien tendrá los derechos patrimoniales sobre los mismos, así como sobre los rediseños o modificaciones sobre los mismos.
12. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
Etapa 2 - TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LA OBRA:
1. Presentar informes mensuales, los cuales deberán ser aprobados por la interventoría y contener:
• Avance de cada una de las actividades programadas.
• Cantidades de obra ejecutadas.
• Registros fotográficos (todas las fotos que se tomen dentro del desarrollo del proyecto deben ser tomadas con cámara de 8 mega pixeles o más, de tal forma que se garantice la calidad de dichas fotos y puedan ser utilizadas en publicaciones, cabe anotar que estas deben venir debidamente fechadas y se deben tomar desde el mismo sitio de referencia.)
• Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas.
• Fotocopia de la bitácora o libro de obra.
• Resumen de las actividades realizadas en el mes.
• Relación del personal empleado en la ejecución de la obra.
• Informe de seguridad industrial.
• Informe de manejo ambiental.
• Informe de gestión social.
• Actualización del programa de ejecución de obra.
• Acreditación de que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
2. Presentación de informe final, el cual deberá ser aprobado por la interventoría y contener:
• Resumen de actividades y desarrollo de la obra.
• Documentación técnica, entre ella:
- Bitácora de obra.
- Planos récord de obra, aprobados por la interventoría.
• Manual de mantenimiento con las respectivas garantías de calidad y correcto funcionamiento.
• La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al interventor de que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.
• Póliza de estabilidad de la obra y actualización de las demás pólizas que lo requieran.
• Xxx y salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas.
• Informe de impacto y análisis social de la ejecución de la obra con el entorno.
• Actualización final de cada uno de los programas requeridos en los documentos de planeación.
• Registro fotográfico definitivo.
3. Llevar una bitácora de obra, esto es, una memoria diaria de todos los acontecimientos ocurridos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de interventoría, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios, de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las actividades, de acuerdo con la programación detallada de la obra. Debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de obra, el residente y el director de la interventoría. A ella tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados de ENTERRITORIO.
4. Elaborar, siguiendo los mismos criterios de los planos y diseños entregados por ENTERRITORIO, los planos record de la totalidad del proyecto, los cuales deberán ser entregados a ENTERRITORIO con la aprobación de la interventoría, en medio impreso y magnético.
5. Elaborar, durante todo el proceso de construcción, el manual de funcionamiento y mantenimiento, en el cual se deberá especificar los materiales de obra de permanente uso (pisos, muros, cubiertas, aparatos y etc., así como de los equipos instalados), su funcionamiento y mantenimiento. Se deberá anexar el original de las garantías de todos los equipos. Este manual contendrá en una escala reducida, pero legible, los
planos arquitectónicos estructurales, hidrosanitarios y de equipos especiales. El manual deberá contar con la aprobación de la interventoría.
6. Realizar quincenalmente el registro fotográfico y de video del avance de la ejecución de la obra, procurando mostrar desde un mismo punto el progreso o avance.
7. Elaborar y presentar conjuntamente con el interventor, las actas de entrega mensual de obra, de entrega final de obra y de liquidación.
8. Presentar toda la información requerida por el Interventor de conformidad con el Manual de Interventoría.
9. De acuerdo con sus competencias, elaborar los documentos de justificación, debidamente soportados, relacionados con la viabilidad o no de las solicitudes de modificación, suspensión, reiniciación o terminación del contrato de obra.
10. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto
OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO:
Etapa 1 REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS:
1. Presentar dentro de los cinco (05) días siguientes a la suscripción del contrato los análisis de precios unitarios de todas las actividades, debidamente ajustados, de acuerdo con la metodología de redondeo, incluida en este documento de planeación. Así mismo, deberá presentar el listado de precios de la totalidad de los insumos (materiales, equipo, transporte y mano de obra) utilizados para la elaboración de los análisis de precios unitarios, de conformidad con las especificaciones técnicas, cualquier insumo no registrado y que a juicio de la Interventoría es parte esencial de la ejecución de la actividad, será a sumida en su totalidad por EL CONTRATISTA, dentro del valor unitario de la actividad.
a. Los análisis de precios unitarios deberán contener los siguientes componentes específicos:
1. Equipos:
- Se debe realizar una descripción del equipo y herramienta necesaria para la realización de cada actividad.
- La tarifa/hora relacionada con la utilización del equipo y los costos de la herramienta deben incluir valor el transporte.
2. Materiales:
- Se debe hacer una descripción clara del tipo de material, con sus especificaciones técnicas.
- Se debe describir la unidad de medida utilizada, relacionada con las cantidades para cada ítem.
- El costo de cada uno los insumos requeridos para la elaboración de los precios unitarios deberán incluir el valor del transporte de los mismos al lugar de la obra.
2. Transporte:
- En este componente sólo se deben incluir los costos necesarios para el transporte de equipo especial. En ningún caso se deben incluir los costos de transporte de materiales, equipo, personal y/o herramientas.
3. Mano de obra:
- Estos deben estar de acuerdo a las tarifas establecidas y según el perfil necesario para cada actividad.
b. En el evento en que en la lista de precios de insumos se hayan consignado valores diferentes para un mismo insumo, para todos los efectos relativos a la ejecución del contrato se aplicará el de menor valor.
c. Deberá existir plena correspondencia entre el valor total unitario de cada una de las actividades relacionadas en la oferta económica y el valor total unitario de cada uno de los análisis de precios unitarios.
d. La interventoría no aceptará la presentación de análisis de precios unitarios en los cuales no se discriminen los insumos requeridos para la ejecución de la actividad.
2.Presentar a la interventoría los análisis de precios unitarios y listado de insumos conforme a lo siguiente:
a. Existencia del listado de precios de los insumos utilizados en los análisis de precios unitarios. En caso de no presentarse será requerido a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al requerimiento para presentarlo ante la interventoría. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.
b. En el evento de no presentar la totalidad de los análisis de precios unitarios, correspondientes a las actividades de la oferta económica, su presentación será requerida a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para allegar(s) ante la interventoría. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan, hasta su presentación.
c. Inexistencia de análisis de precios unitarios en los cuales no se discriminen los insumos requeridos para la ejecución de la actividad. En caso de presentarse será
d. requerida la corrección a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para presentarlo ante la Entidad. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.
e. Correspondencia entre el valor total unitario de cada una de las actividades relacionadas en la oferta económica con el valor total unitario de cada uno de los análisis de precios unitarios. En caso de presentarse algún error o inconsistencia, será requerida la corrección a EL CONTRATISTA, quien contará con dos (2) días hábiles para presentarlo ante la Entidad. En caso contrario, podrán ser impuestas las sanciones contractuales que correspondan.
f. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
Etapa 2 - TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN Y ENTREGA DE LA OBRA:
1. Presentar dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, para aprobación de la interventoría, los programas detallados para la ejecución de la obra, los cuales deberán ser elaborados hasta el nivel de subtítulos, teniendo en cuenta la información presentada en la oferta y, entre otros aspectos, los planos, los documentos técnicos y las condiciones del sitio de los trabajos, utilizando un software tipo Project, o similar, en un diagrama xx xxxxxx discriminado por semanas. Los programas se sujetarán, en todo caso, al plazo de ejecución del objeto contractual, y serán, como mínimo:
a. Programa de ejecución de los trabajos (Diagrama xx Xxxx) con las actividades por capítulos hasta el nivel de subcapítulos, señalando:
• Secuencia y duración de cada una de las actividades (capítulos y subcapítulos) indicadas en el formato de cantidades de la oferta económica.
• Indicación de inicio y final de cada una de las actividades.
• La indicación de la duración de la ejecución del proyecto objeto del presente proceso de selección.
• Ruta crítica.
b. Programa detallado del recurso humano requerido para la ejecución de los trabajos. Deberá especificar la jornada de trabajo a utilizar en la ejecución de la obra, indicando días y horas laborales para cada una de las semanas.
c. Flujo de inversión del contrato: EL CONTRATISTA deberá presentar el flujo de inversión del contrato, expresado en pesos conforme a la oferta económica. La presentación del flujo de inversión de los recursos del contrato deberá realizarse utilizando una hoja de cálculo de Excel o aplicación software tipo Project o similar, por cada una de las actividades (capítulos y subcapítulos) contenidas en el Oferta Económica, discriminadas por mes.
d. Programa de suministros de insumos detallado.
e. Programa de suministro equipos.
f. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
g. Plan de aseguramiento de la Calidad de la Obra: Xxxxxxxx y controlar los trabajos de construcción bajo el enfoque de gestión de Calidad conforme a la norma NTC-ISO 10005:2005, el cual debe tener los siguientes componentes mínimos:
1. Alcance
2. Elementos de Entrada del Plan de Calidad
3. Objetivos de la Calidad
4. Responsabilidades de la Dirección
5. Control de documentos y datos
6. Control de registros
7. Recursos
a) Provisión de recursos
b) Materiales
c) Recursos humanos
d) Infraestructura y ambiente de trabajo
8. Requisitos
9. Comunicación con el Cliente
10. Diseño y desarrollo
a) Proceso de diseño y desarrollo
b) Control de cambios del diseño y desarrollo
11. Compras
12. Producción y prestación del servicio
13. Identificación y trazabilidad
14. Propiedad del cliente
15. Preservación del producto
16. Control de producto no conforme
17. Seguimiento y medición
18. Auditoria
h. Presentación del A.I.U., de conformidad con lo indicado en el documento de planeación.
i. EL CONTRATISTA deberá presenta un documento con las funciones y responsabilidades del personal mínimo requerido para la ejecución del contrato.
2. Cumplir con los programas y planes antes indicados, luego de su aprobación por parte del Interventor y avalado por ENTERRITORIO, los cuales son obligatorios para EL CONTRATISTA quien no podrá modificarlos unilateralmente. La modificación de cualquiera de los planes y programas deberá fundarse en causas plenamente justificadas y requerirá la aprobación escrita y previa del Interventor y la verificación por parte de ENTERRITORIO o del comité técnico. En caso de que EL CONTRATISTA no cumpla con alguno de ellos, el interventor podrá exigir por escrito, según el caso, el aumento en el número de turnos, en la jornada de trabajo y/o en el equipo y/o en los insumos y, en general, las acciones necesarias para el cumplimiento del programa o plan de que se trate, sin que por la realización de tales acciones se genere costo adicional alguno para ENTERRITORIO. No obstante, el incumplimiento de estos requisitos podrá implicar las sanciones del caso.
3. Realizar los Programas complementarios, los cuales consisten en:
a. Programa de seguridad industrial
b. Programa de salud ocupacional
c. Programa de manejo ambiental.
4. Presentar el organigrama general del proyecto, el cual debe contener:
a. Frente de trabajo mínimo requerido.
b. Las líneas de mando y coordinación
c. Los niveles de decisión
d. El número de los profesionales y demás recurso humano ofrecido en la oferta y requerido para la ejecución de los trabajos.
e. Las funciones del personal que interactuará con ENTERRITORIO y el interventor durante la ejecución del contrato.
f. Descripción breve de las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social y seguridad industrial.
g. Anexo del documento en el que EL CONTRATISTA manifieste, de manera expresa, que cuenta con la coordinación de una oficina central que, entre otros aspectos, le presta soporte de orden técnico, legal, administrativo, financiero y contable.
5. Presentar la Metodología para la ejecución de las actividades objeto del contrato, el cual consiste en:
a. Un documento en el que se realice una descripción detallada de la metodología a seguir para la ejecución de la obra, en cada una de las etapas, frentes de trabajo y actividades del proyecto.
b. La metodología para la ejecución de la obra deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el Interventor, ENTERRITORIO y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos.
c. Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, incluyendo, entre otros, las obras preliminares, vías de acceso, suministros, implementación del plan de manejo ambiental, control de aguas superficiales, movimiento de tierras, obras de drenaje y protección superficial, obras estructurales, obras especiales, mampostería, acabados, obras y montajes de equipos mecánicos, montajes electromecánicos de subestaciones y construcción de redes eléctricas, pruebas y puesta en servicio del proyecto, así como el plan de manejo de seguridad industrial, salud ocupacional y la vinculación del personal no calificado de la región incluyendo las personas en condición de desplazamiento.
En el documento es necesario precisar:
1. Características sobresalientes de la metodología oferta para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el programa detallado de obra.
2. Organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica,
cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato.
3. Mecanismos para analizar, evaluar e implementar los rendimientos propuestos para ejecutar la obra en el plazo contractual, los registros e informes de obra, medidas, y obras asociadas.
4. Manejo de materiales (suministros), procedimientos para su adquisición y/o fabricación, ensayos, transporte hasta la obra, almacenamiento, protección y distribución.
5. Procedimientos para el mantenimiento y control de cantidad, calidad y estado de equipos y herramientas requeridos para la ejecución de las actividades programas en el plazo indicado.
d. Utilizar un software ágil y compatible con los actuales softwares para el seguimiento y control de la ejecución del proyecto, el cual deberá permitir el uso compartido con la interventoría y ENTERRITORIO.
e. Todas las demás que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
6. Cumplir en la ejecución del contrato con las NORMAS NTCGP1000: 2004 E ISO 9001:2000, en los siguientes términos:
a. ENTERRITORIO, en atención a lo dispuesto en su manual de calidad y en cumplimiento a los numerales 7.3 “Diseño y Desarrollo” y 7.6. “Control de Dispositivos de Seguimiento y Medición” de las Normas NTCGP1000:2004 e ISO 9001:2000, durante la planificación del diseño y desarrollo determina: (i) Las etapas del diseño y desarrollo, (ii) La revisión, verificación y validación, apropiadas para cada etapa del diseño y desarrollo, y (iii) Las responsabilidades y autoridades para el diseño y desarrollo.
b. ENTERRITORIO gestiona las interfaces entre los diferentes grupos involucrados en el diseño y desarrollo, para asegurarse de una comunicación eficaz y una asignación de responsabilidades clara. Los resultados de la planificación deben actualizarse, según sea apropiado, a medida que progresa la ejecución del proyecto.
c. A continuación, se presenta las definiciones de los conceptos de revisión, verificación y validación:
1. Revisión: Actividad emprendida para asegurar la conveniencia y la adecuación del tema objeto de la revisión, para alcanzar unos objetivos establecidos.
2. Verificación: Confirmación, mediante el aporte de evidencia objetiva, de que se han cumplido los requisitos especificados.
3. Validación: Confirmación mediante el suministro de evidencia objetiva de que se han cumplido los requisitos para una utilización o aplicación específica prevista.
d. En marco de la gerencia de proyectos que realiza ENTERRITORIO, las tres actividades antes indicadas se cumplen así:
1. Revisión: Realizando actividades de seguimiento conforme al Manual de Interventoría. Registro: Informes de Interventoría. Responsable: Interventor.
2. Verificación: Verificar contra lo solicitado en el documento de planeación y la normatividad aplicable al proyecto. Registro: Informes de Interventoría. Responsable: Interventoría.
3. Validación: Gestionar el trámite de la obtención, actualización o modificación de las licencias y/o permisos y/o concepto ante la Entidad competente. Registro: Licencias y/o permisos y/o conceptos de expertos (según sea el caso). Responsable: Contratista de estudios y diseños.
e. Para el contrato objeto del presente proceso de selección las actividades antes señaladas se cumplen de la siguiente manera:
1. Revisión: Realizando actividades de seguimiento conforme al Manual de Interventoría. Registro: Informes de Interventoría.
2. Verificación: Verificar contra lo solicitado en el documento de planeación, la normatividad aplicable al proyecto y el requerimiento de este en la etapa de ejecución. Registro: Formato 10 “VERIFICACIÓN DISEÑO”, el cual deberá incluirse en los informes de Interventoría.
3. Validación: (Aquí se debe indicar de qué manera se validarán los ajustes o modificaciones a los estudios y diseños en la etapa de ejecución, o también si existe alguna entidad en especial que realice la aprobación de unas obras construidas, de esta forma se dará el aval del proyecto (ejemplo; la construcción de la pista de atletismo, que a pesar de no haber presentado modificaciones a los diseños debe tener la aprobación del Federación Internacional), ya sea mediante la actualización de las licencias y/o permisos ante la Entidad competente, o mediante la obtención de conceptos de personas o entidades expertas. Registro: Modificación o actualización de Licencias y/o permisos y/o conceptos de Aval por expertos (según sea el caso).
f. Las siguientes son algunas de las normas cuyo cumplimiento será exigible a EL CONTRATISTA:
1. Legislación ambiental municipal y/o, distrital y Nacional.
2. Legislación de seguridad industrial y de salud ocupacional.
3. Reglamento Técnico de Trabajo en Alturas – Resolución 3673 del 26 de septiembre de 2008.
4. Normas NFPA – NEC y Código Nacional de Incendios.
5. Legislación de tránsito vehicular y peatonal.
6. Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesto según el tipo de obra, por la entidad competente.
7. El Código NSR –10 Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistentes. 8. Ley 400 de 1997.
9. Las normas vigentes de la empresa de energía encargada del suministro y control de la energía en la localidad.
10. Reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico, RAS – 2000, Resolución 1096 del 17 de noviembre de 2000, emanada del Ministerio de Desarrollo Económico de la República de Colombia.
11. Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos.
12. Legislación de tránsito vehicular y peatonal, Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado impuesta en éste tipo de obras por la entidad competente.
13. Ley 915 de 2004.
14. Disposición y reglamentación de transporte fluvial.
15. Las demás normas técnicas que correspondan para la debida ejecución del contrato.
16. Resolución número 3673 de 2008 del Ministerio de Trabajo. 17. Norma NTC 230101093.
Y las demás normas pertinentes para la correcta ejecución del proyecto.
CLÁUSULA 10 OBLIGACIONES DE ENTERRITORIO
1. Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento de este.
2. Cancelar a EL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma de pago establecida en la cláusula correspondiente.
3. Suministrar la información necesaria que EL CONTRATISTA requiera para la ejecución del contrato.
4. Realizar los trámites necesarios en caso de incumplimiento del contrato.
5. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia de los contratistas
6. Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato.
CLÁUSULA 11 ACTA DE INICIO Y LIQUIDACIÓN CONTRACTUAL
El contrato que se suscriba producto del presente proceso levantará un acta de inicio de la siguiente manera:
Acta de Inicio: se suscribirá previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento que se da con la suscripción del contrato por las partes y requisitos de ejecución, esto es Expedición del Registro Presupuestal
y Aprobación de las Garantías por parte de ENTerritorio. Así mismo, para la suscripción del acta de inicio será necesaria la aprobación por parte de la Supervisión designada por ENTerritorio, de las hojas de vida del Personal Requerido. Adicionalmente, se deberán suscribir actas de inicio para cada uno de los contratos establecidos en el alcance del objeto contractual.
Nota: Cumplidos los requisitos previstos anteriormente, la negativa o retraso por parte de la Interventoría al inicio a la suscripción del acta de inicio, dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar.
Acta de liquidación contractual: Según lo establecido en el Manual de Contratación M-PR-01, o del que se encuentre vigente al momento de su realización, en su capítulo VIII, una vez terminado el contrato ENTerritorio procederá con su liquidación mediante la suscripción de la respectiva acta, toda vez que el contrato es de tracto sucesivo. Una vez se haya surtido la aprobación, por parte de la interventoría, de las actas de recibo definitivo y a satisfacción de las obras objeto del contrato, así como la garantía única en tiempos y coberturas específicas.
CLÁUSULA 12 RESPONSABILIDAD
El Contratista es responsable por el cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula 2 del presente Contrato. El Contratista es responsable por los daños que ocasionen sus empleados o subcontratistas, a ENTerritorio en la ejecución del objeto del presente Contrato.
Ninguna de las partes será responsable frente a la otra o frente a terceros por daños especiales, imprevisibles o daños indirectos, derivados de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo con la ley.
CLÁUSULA 13 INDEMNIDAD
EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a ENTERRITORIO de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones del CONTRATISTA en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra ENTerritorio, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la ejecución del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra ENTERRITORIO, esta Entidad podrá comunicar la situación por escrito al contratista. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en defensa de los
intereses de ENTerritorio, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la Entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si ENTerritorio estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito al contratista, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si ENTerritorio lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, ENTerritorio cobrará y descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor del CONTRATISTA, ENTERRITORIO podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.
CLÁUSULA 14 PENAL PECUNIARIA
En ejercicio de la autonomía de la voluntad de las partes, las mismas acuerdan libre, expresa e irrevocablemente la causación y efectividad de la cláusula penal pecuniaria en el evento de incumplimiento total o parcial del contrato atribuible al CONTRATISTA respecto de cualquiera de las obligaciones del mismo. ENTerritorio podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, por un monto equivalente 30% del valor del contrato. La tasación de la Cláusula Penal atenderá criterios de oportunidad, razonabilidad, proporcionalidad y gravedad del incumplimiento. La imposición de esta pena pecuniaria se considerará como una estimación anticipada de perjuicios que el Contratista cause a ENTerritorio. El valor pagado como cláusula penal no es óbice para demandar ante del juez del Contrato, la indemnización integral de perjuicios causados si estos superan el valor de la cláusula penal.
El pago o deducción de la Cláusula Penal no exonerará al Contratista, del cumplimiento de sus obligaciones emanadas del Contrato incluyendo de la que se declara el incumplimiento.
En caso de proceder a la aplicación de la Cláusula Penal, de conformidad con la normativa vigente, el Contratista, autoriza expresamente a ENTerritorio con la firma del presente Contrato, para hacer el descuento correspondiente de los saldos a él adeudados, previo a practicar las retenciones por tributos a que haya lugar, sobre los saldos a favor del Contratista o en su defecto se hará efectivo el amparo de cumplimiento de la garantía única de cumplimiento.
ENTerritorio podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar, ejercidas en contra del Contratista y/o su Garante haciendo efectivo el amparo de Cumplimiento de la Póliza de Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación.
CLÁUSULA 15 PENAL DE APREMIO
En ejercicio de la autonomía de la voluntad de las partes, acuerdan libre, expresa e irrevocablemente, la causación y efectividad de la cláusula penal de apremio en caso xx xxxx o retrasos imputables al CONTRATISTA, respecto de la ejecución de las actividades o de las obligaciones propias del contrato, según corresponda. ENTerritorio podrá hacer exigible estos apremios sucesivos al CONTRATISTA durante la vigencia del Contrato, de la siguiente manera: Por cada semana de retraso en la ejecución de las actividades de las obligaciones contractuales de manera oportuna, un valor equivalente al 1% del valor del contrato por cada semana de atraso, sin exceder el 10% del valor total del mismo. Para efectos de la aplicación de la cláusula penal de apremio, el supervisor y/o contratista, según corresponda, verificará semanalmente el cumplimiento del Cronograma y de las obligaciones generales y específicas a cargo del CONTRATISTA, de acuerdo con lo señalado en el documento de estudio previo, el contrato, el Manual de Supervisión e Contratista vigente, documentos técnicos y el presente documento. A su vez será necesario que cada supervisor y/o Contratista según corresponda, informe a ENTERRITORIO sobre las actividades, informes, obligaciones y fechas en las cuales debió cumplir el CONTRATISTA, con el fin de justificar la exigibilidad del apremio. Para el pago de los valores resultantes a título de cláusula penal de apremio no se requiere que ENTERRITORIO constituya en xxxx al CONTRATISTA, pues bastará con el simple retardo imputable al mismo, para generar la obligación de pago de las sumas que correspondan. ENTERRITORIO podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal de apremio mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar, en contra del CONTRATISTA y/o su Garante, haciendo efectivo el amparo de Cumplimiento de la Póliza de Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación o la garantía que haya sido otorgada.
CLÁUSULA 16 AVISO DE LA OCURRENCIA DE SINIESTRO
Sin perjuicio de lo contemplado en las Cláusulas Penal de Apremio, cuando ENTERRITORIO en su calidad de Asegurado / Beneficiario de la Póliza de Cumplimiento ante Entidades Públicas con Régimen Privado de Contratación, cuente con los elementos de prueba que demuestren la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la perdida, si fuere el caso, conforme a las previsiones del Código de Comercio, dará noticia al asegurador de su ocurrencia, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer.
CLÁUSULA 17 OMISIONES
Cualquier omisión, error o vicio en los ítems contenidos en la oferta, en las especificaciones técnicas o en los planos y demás documentos e información técnica que al momento del estudio para la presentación de la oferta económica debió advertir el oferente o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente a ENTerritorio antes de la presentación de la oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos serán asumidos íntegramente con su patrimonio.
CLAUSULA 18. GARANTÍAS GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
EL CONTRATISTA deberá constituir a favor de ENTERRITORIO en calidad de asegurado y beneficiario, en los términos establecidos en la normatividad vigente, una garantía que podrá consistir en una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, correspondiente a la póliza de cumplimiento ante entidades públicas con régimen privado de contratación o garantía bancaria expedida por un banco local, y junto con ella deberá presentar el comprobante de pago de la prima, de conformidad con lo previsto en el Artículo 1068 del Código de Comercio que incluya los siguientes amparos:
TIPIFICACIÓN DEL RIESGO | % XX XXXXXX | XXXXXXXX | RESPONSABLE |
Cumplimiento | 30 % del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y ocho (08) meses más. | Contratista |
Pago de salarios y prestaciones sociales | 5% del valor del contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. | |
Calidad del Servicio | 10% del valor del contrato | Vigente por tres (3) años contados a partir de la suscripción del acta de recibo final. | |
Estabilidad y calidad de obra | 50% del valor del contrato | Vigente por cinco (05) años contados a partir del recibo a satisfacción de la obra. |
NOTA 1: El tiempo máximo para presentar la garantía de cumplimiento ante ENTERRITORIO, so pena de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, corresponderá a dos (2) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato.
NOTA 2: EN CASO DE QUE LA GARANTÍA SEA UNA PÓLIZA DE SEGURO, EL CONTRATISTA DEBERÁ ANEXAR EL RESPECTIVO RECIBO DE PAGO. ASÍ MISMO, LA PÓLIZA DEBERÁ CONTENER EL SIGUIENTE TEXTO DE MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA MISMA:
“SE REEMPLAZA EL NUMERAL 5.2 DE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA POR EL SIGUIENTE TEXTO:
5.2 CUANTÍA Y OCURRENCIA
EN CONCORDANCIA CON LO NORMADO EN EL ARTÍCULO 1077 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, LA ENTIDAD DEBERÁ ACREDITAR LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO Y LA CUANTÍA DE LA RECLAMACIÓN.”
El anterior texto debe estar incluido EXPRESAMENTE en la carátula de la póliza
NOTA 3: La aprobación de las garantías por parte de ENTERRITORIO es requisito previo para el inicio de la ejecución del contrato.
Para cubrir cualquier hecho constitutivo de incumplimiento, el Contratista deberá presentar la garantía de cumplimiento en original a ENTerritorio dentro de los dos (2) días hábiles siguiente contado a partir de la firma del contrato y requerirá la aprobación de ENTerritorio. Esta garantía tendrá las siguientes características:
El Contratista está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe ENTerritorio, así como, a ampliar las garantías en los eventos de adición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del Contratista o su no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de incumplimiento del Contrato y se dará inicio a los procesos sancionatorios a que haya lugar.
PARÁGRAFO PRIMERO: MANTENIMIENTO Y RESTABLECIMIENTO DE LA GARANTÍA. - EL
CONTRATISTA está obligado a restablecer el valor de la garantía cuando esta se vea reducida por razón de las reclamaciones que efectúe ENTERRITORIO, así como, a ampliar las garantías en los eventos de adición y/o prórroga del contrato. El no restablecimiento de la garantía por parte del CONTRATISTA o su no adición o prórroga, según el caso, constituye causal de incumplimiento del contrato y se dará inicio a los procesos sancionatorios a que haya lugar.
PARÁGRAFO PRIMERO: La aprobación de las garantías por parte de ENTERRITORIO es requisito previo para el inicio de la ejecución del contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En la garantía deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte CONTRATISTA. EL CONTRATISTA debe allegar el recibo de pago expedido por la Aseguradora donde conste que las primas se encuentran pagadas por parte del CONTRATISTA. No es válido que se certifique que las pólizas no vencerán por falta de pago, pues ello contraviene lo ordenado en el artículo 1068 del Código de Comercio.
PARÁGRAFO TERCERO.- TÉRMINO PARA ENTREGA DE LA POLIZA: EL CONTRATISTA debe entregar a
ENTERRITORIO, a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguiente a la firma del presente contrato las garantías a las que se refiere la presente cláusula y el comprobante de pago de las primas, con excepción de la llamada a amparar la Estabilidad y calidad de la Obra y la Calidad de los Bienes y elementos que entregue el contratista, cuya cobertura deberá quedar expresamente otorgada en la garantía y su vigencia actualizada a más tardar dentro de un día hábil siguiente a la fecha de recibo del informe final, previo recibo a satisfacción de la totalidad de la obra por parte de la Contratista.
CLÁUSULA 19 SUFICIENCIA DE LA GARANTÍA
EL CONTRATISTA debe mantener en todo momento de vigencia del contrato la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL CONTRATISTA deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías y/o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, será de cargo exclusivo de EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA 20 SUSPENSIÓN
De común acuerdo entre las partes, se podrá suspender la ejecución del contrato, mediante la suscripción de acta, sin que para el efecto del plazo extintivo del mismo se compute el tiempo de suspensión. Para su reinicio, se requerirá un acta en el que conste dicha circunstancia.
CLÁUSULA 21 TERMINACIÓN ANTICIPADA
De común acuerdo entre las partes, se podrá dar por terminado el contrato antes de su vencimiento, mediante acta. Así mismo, con la suscripción del presente contrato EL CONTRATISTA autoriza expresamente a ENTerritorio para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al CONTRATISTA, en los siguientes eventos: a) Por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA, o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de ENTerritorio. b) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato; c) Cuando EL CONTRATISTA, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a ENTerritorio los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello; d) Cuando EL CONTRATISTA, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; e) Cuando del incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; f) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, EL CONTRATISTA no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; g) Cuando EL CONTRATISTA abandone o suspenda los trabajos total o parcialmente, sin acuerdo o autorización previa y escrita de ENTerritorio, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; h) Cuando EL CONTRATISTA ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de ENTERRITORIO sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar; i) Cuando EL CONTRATISTA incurra en las conductas prohibidas en el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del CONTRATISTA en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del CONTRATISTA o de alguna de sus filiales); j) Cuando se presente un retraso en el cumplimiento del programa de ejecución del contrato superior a 3 semanas, ENTerritorio podrá asumir el control de la ejecución con el fin de garantizar su oportuna terminación; k) por vencimiento del plazo de ejecución del CONVENIO No. 219141 del contrato de obra suscrito por el ente territorial, l) Por mutuo acuerdo; m) Por orden legal judicial; ñ) Por las demás causas dispuestas en la ley.
PARÁGRAFO: Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al CONTRATISTA por parte de ENTERRITORIO; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma.
Igualmente, EL CONTRATISTA tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por ENTerritorio hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente EL CONTRATISTA no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta.
CLÁUSULA 22 INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA
El Contratista es independiente de ENTerritorio, y, en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. El Contratista no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de ENTERRITORIO, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo.
CLÁUSULA 23 INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL ENTRE ENTERRITORIO Y EL CONTRATISTA
El Contratista ejecutará el presente Contrato con sus propios medios y con plena autonomía técnica y administrativa y el personal que vincule durante la ejecución del contrato será de su libre escogencia, debiendo cumplir con todos los requisitos exigidos en los documentos del Proceso de Contratación. Entre el Contratista, el personal que éste contrate y ENTERRITORIO no existe, ni existirá vínculo laboral alguno. En consecuencia, el Contratista responderá de manera exclusiva por el pago de honorarios, salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral y contractual a que haya lugar. Así mismo, el Contratista deberá verificar y/o cumplir con la afiliación de dicho personal al Sistema de Seguridad Social integral (salud, pensiones y riesgos profesionales) y a la Caja de Compensación Familiar, ICBF y SENA, cuando haya lugar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley.
CLÁUSULA 24 CESIÓN
El Contratista no podrá ceder los derechos y obligaciones emanados del Contrato, sin el consentimiento previo y expreso de ENTERRITORIO, pudiendo este reservarse las razones que tenga para negar la cesión. La cesión se efectuará de conformidad con lo establecido en el artículo 893 del Código de Comercio en concordancia con las demás disposiciones vigentes sobre la materia.
CLÁUSULA 25 CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana.
A continuación, se mencionan, pero no limitativamente, causales de fuerza mayor o caso fortuito siempre que tales casos hayan tenido efectiva influencia o producido interrupciones en la ejecución del Contrato y se hayan utilizado la debida diligencia para prevenir o limitar sus influencias:
x. Xxxxxx mundial y hostilidades bélicas, invasiones armadas, guerra civil, revoluciones, insurrecciones o destrucciones.
b. Huelgas, actos de sabotaje, maniobras subversivas.
c. Incendios y naufragios.
Al producirse un caso fortuito o fuerza mayor la parte interesada deberá comunicárselo a la otra de inmediato, estableciéndose un plazo xx xxxx (10) días calendario, para aportar las pruebas correspondientes, a menos que existan graves impedimentos para ello.
CLÁUSULA 26 INTERVENTORÍA
La interventoría será ejecutada por la persona natural o jurídica que designe ENTERRITORIO para tal fin, lo cual será oportunamente informado al Contratista. El interventor desempeñará las funciones previstas en el Manual de Supervisión e Interventoría MMI002 V.12 del 15 xx xxxx de 2020 o el que lo adicione, modifique o derogue, quien realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato, verificando además la correcta ejecución del objeto contratado.
PARÁGRAFO PRIMERO: El interventor del contrato, está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a ENTerritorio de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
El Interventor del contrato desempeñara las funciones previstas en el Manual de Supervisión e Contratista de
ENTerritorio, sus respectivas modificaciones o adiciones, las Términos y Condiciones y el contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En ningún caso el Supervisor e Interventor, el profesional de apoyo a la supervisión y la Contratista gozan de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y ENTerritorio, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades. EL CONTRATISTA, con el objeto de garantizar el adecuado seguimiento y control de sus actividades, está en la obligación de conocer las disposiciones del Manual de Supervisión e Contratista de ENTerritorio.
PARÁGRAFO TERCERO: El Supervisor e Interventor, está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a ENTerritorio de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato o cuando tal incumplimiento se presente.
CLÁUSULA 27 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, las cuales extenderá a todas las personas de las que éste se valga para la ejecución del contrato en relación con la información confidencial o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato:
Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, Entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación:
(i). Cuando la información sea solicitada por ENTerritorio.
(ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por ENTERRITORIO para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas.
(iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los
mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a ENTERRITORIO, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por ENTerritorio para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos.
Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula.
Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido.
Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida.
El uso de la Información Confidencial o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial o privilegiada.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial o privilegiada”, corresponde a la información que entrega ENTerritorio para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato.
PARÁGRAFO TERCERO: ENTerritorio adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
CLÁUSULA 28 LIQUIDACIÓN
El Acta de liquidación del Contrato, se someterá a lo estipulado en el Manual de Contratación de ENTerritorio.
Según lo establecido en el Manual de Contratación M-PR-01, o del que se encuentre vigente al momento de su realización, en su capítulo VIII, una vez terminado el contrato ENTerritorio procederá con su liquidación mediante la suscripción de la respectiva acta, toda vez que el contrato es de tracto sucesivo. Una vez se haya surtido la aprobación, por parte de la interventoría, de las actas de recibo definitivo y a satisfacción de las obras objeto del contrato, así como la garantía única en tiempos y coberturas específicas
CLÁUSULA 29 SUSCRIPCIÓN, PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN
Para la suscripción se requiere que EL CONTRATISTA se encuentre al día en los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral y con los aportes parafiscales, si es del caso. Para perfeccionamiento se requiere la firma de las partes. Para su ejecución, la aprobación de las garantías, aprobación de las hojas de vida, el Registro Presupuestal correspondiente y la suscripción del acta de inicio.
CLÁUSULA 30 LUGAR DE EJECUCIÓN
El proyecto se ejecutará sobre el RÍO AMOYA, vía a la vereda Xxxx xx Xxxxxx Corregimiento xxx Xxxxx, Municipio de Chaparral departamento del Tolima. El domicilio contractual será en la ciudad de Bogotá.
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Ilustración 1: Localización del municipio de Chaparral, Tolima.
.CLÁUSULA 31 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias o diferencias que surjan entre el CONTRATISTA y ENTerritorio con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del Contrato, así como de cualquier otro asunto relacionado con el presente Contrato, serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra parte la existencia de una diferencia y la explique someramente.
Las controversias que no puedan ser resueltas de forma directa entre las partes, se resolverán empleado las instancias y procedimientos contemplados en los artículos 68 y siguientes de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes.
CLÁUSULA 32 COMPENSACIÓN
En caso que EL CONTRATISTA adeude a la entidad, por cualquier causa, sumas de dinero alguna, el Contratista autoriza expresamente a ENTerritorio con la firma del presente Contrato, para hacer el descuento correspondiente de los saldos a su favor, previo a practicar las retenciones por tributos a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en los artículos 1714 y siguientes del Código Civil.
De las sumas compensadas se dejará constancia en el documento de Cierre Contractual que proceda en el contrato respectivo.
CLÁUSULA 33 PROPIEDAD DE LOS INFORMES, PRODUCTOS O BIENES
Todos los estudios, informes, documentos, gráficos, planos, u otros materiales preparados por el CONTRATISTA en cumplimiento del presente contrato, serán de propiedad de ENTerritorio y deberá hacer entrega formal de los mismos al momento de liquidación del contrato, sin perjuicio de las obligaciones contraídas en virtud del acuerdo de confidencialidad.
CLÁUSULA 34 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Se entiende por las partes que EL CONTRATISTA ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución del contrato. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente de aceptar su oferta, con la suscripción del mismo.
CLÁUSULA 35 PREVENCIÓN DE RIESGOS
El CONTRATISTA es responsable, y deberá adoptar y cumplir con todas las medidas de seguridad y preventivas que tiendan a evitar la causación de daños y perjuicios físicos, económicos, técnicos, financieros, contables, jurídicos en desarrollo y ejecución del presente contrato, para ello deberá: 1. En el lugar de ejecución del contrato y hasta los límites circundantes del mismo, el CONTRATISTA es responsable de la seguridad de cada una de las personas que se encuentren laborando, transitando o visitando el lugar del proyecto o área intervenida; por tal motivo, deberá tener en cuenta todas las medidas de protección para evitar la causación de daños en la integridad física de las personas y adicionalmente a través xx xxxxxx informativas establecer e informar a todas las personas con respecto a las labores ejecutadas, riesgos de las actividades ejecutadas, medidas de prevención establecidas para prevenir los riesgos y datos identificadores del contratista en calidad de ejecutor y responsable del proyecto o del consultor de los estudios y diseños. 2. La ejecución de las actividades objeto del contrato se deberá efectuar teniendo en cuenta las especificaciones técnicas y de seguridad para el personal encargado de la ejecución y teniendo en cuenta las condiciones de cada uno de los materiales empleados para el desarrollo de la misma.
CLÁUSULA 36 PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la presentación de la Oferta, que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a ENTERRITORIO, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, ENTERRITORIO procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que
todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.