TABLA DE CONTENIDOS
CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE BRUSSELS AIRLINES Y EUROP ASSISTANCE (BÉLGICA) N.V.
- CONDICIONES GENERALES DE LA ASISTENCIA EN VIAJE
TABLA DE CONTENIDOS
Apartado I - Ámbito de aplicación 3
1.2 Definiciones geográficas 5
1.3 Otros ámbitos de aplicación 6
1.4 Solicitud de nuestras prestaciones 6
Apartado II - Asistencia a personas en caso de enfermedad, accidente con lesiones y fallecimiento 7
2.1 Visita de la persona ingresada en el hospital (D/E) 7
2.2 Traslado/repatriación del enfermo o herido (D/E) 7
2.3 El regreso del asegurado repatriado a su residencia habitual o el viaje de un sustituto (E) 8
2.4 Acompañamiento del enfermo o herido (D/E) 8
2.5 Asistencia en caso de fallecimiento (D/E) 8
2.6 Envío de gafas, prótesis, medicamentos (E) 9
2.7 Traslado/repatriación del equipaje (D/E) 9
2.8 Reembolso adicional de los gastos médicos contraídos en el extranjero (E), 9
2.9 Anticipo para gastos de hospitalización (E) 10
Apartado III - Asistencia en viaje 10
3.1 Pérdida y robo de los documentos de viaje (E) 10
3.2 Pérdida y robo de los documentos profesionales (E) 10
3.3 Pérdida o robo del equipaje (D/E) 10
3.4 El regreso anticipado en caso de la hospitalización de su cónyuge, padre/suegro, madre/suegra o hijo/hija mayores de 18 años (D/E) 10
3.5 Regreso anticipado en caso de hospitalización de su hijo o hija menor de 18 años (D/E) 11
3.6 Regreso anticipado por fallecimiento (D/E) 11
3.7 Regreso anticipado a causa de un grave siniestro en la vivienda (D/E) 11
3.8 Envío de mensajes urgentes (D/E) 11
3.9 Puesta a disposición de dinero (E) 12
3.10 Asistencia de un intérprete (E) 12
3.11 Asistencia en caso de enjuiciamiento(E) 12
Apartado IV - Servicio de información 12
4.1 Cómo contactar con nuestro servicio de información 12
Apartado V - Exclusiones y limitaciones generales de garantía 13
5.2 Circunstancias excepcionales 14
Apartado VI - Disposiciones comunes para todas las garantías 14
6.1 Duración y fecha de inicio del contrato 14
6.4 Varios contratos de asistencia 15
Apartado VII - Marco jurídico 15
7.2 Reconocimiento de culpa 16
7.7 Protección de la privacidad 16
Las condiciones generales que se describen a continuación establecen y definen todas las prestaciones que ofrece EUROP ASSISTANCE (BÉLGICA) en materia de asistencia al viajero en el marco de este contrato.
Apartado I - Ámbito de aplicación
1.1 Definiciones generales
Nosotros, la Aseguradora
Europ Assistance (Belgium) N.V., con número de IVA BE 0457.247.904 RPR Bruselas, con código número 1401 para el desempeño de las actividades 1, 9, 13, 15, 16 y 18, (Real Decreto de 02.12.1996, Boletín Oficial del Estado belga de 21.12.96) con sede social en Triomflaan 172 - 1160 Bruselas.
Corredor del seguro
Brussels Airlines N.V., con el número de IVA BE 0400.853.488 RPR Bruselas, reconocida con el número de código 061224A para el desempeño de los epígrafes de actividad 1a, 2, 7, 9, 11, 16 y 18, con sede social en la Jaargetijdenlaan 100-102 Xxxxxxx 00, 0000 Xxxxxxxx.
Tomador del seguro
La persona que al reservar el billete marca la opción de asistencia y paga mediante el sistema de reservas de ventas directas de Brussels Airlines.
Usted, el asegurado
Las siguientes personas físicas se consideran como asegurados:
todas las personas que al reservar el billete mediante el sistema de reservas de ventas directas de Brussels Airlines marcan la opción de asistencia en viaje y a cuyo nombre se expide el billete.
Los asegurados tendrán su domicilio en uno de los países mencionados en el artículo 1.2.1.
Domicilio
El lugar de inscripción en el padrón o en cualquier otro registro administrativo que reemplace al mismo.
País de domicilio
El país donde esté establecido su domicilio, en tanto que dicho país esté incluido en el artículo 1.2.1.
El país de procedencia
Por país de procedencia se entiende uno de los países enumerados en el artículo 1.2.2, del cual sea nacional el asegurado.
Desplazamiento por motivos laborales
Todo viaje que realice el asegurado con motivo de actividades laborales, por solicitud o a cuenta del tomador del seguro. Tenemos derecho a comprobar el carácter laboral del viaje, así como la duración original prevista por el tomador del seguro. La prolongación del viaje laboral con fines particulares pone fin al carácter laboral del viaje.
Desplazamiento particular
Todo viaje que no responda a la definición de "viaje laboral".
Desplazamiento
Todo viaje laboral o particular.
Enfermedad
Un perjuicio súbito o imprevisto de la salud del asegurado que no sea provocado por un accidente y que como sea determinado debidamente por un médico y que requiera de cuidados médicos.
Accidente con lesiones Cualquier perjuicio a la salud causado por un suceso súbito y fortuito al margen del cuerpo humano, involuntario por parte del asegurado y que cause una lesión física perceptible de manera objetiva.
Siniestro
Todo suceso fortuito que dé derecho a la garantía que establece el contrato.
Franquicia
La parte de la compensación que corre por su cuenta.
Equipaje
Las pertenencias que se ha llevado consigo de viaje el asegurado, incluyendo gatos y perros, pero excluyendo todos los demás animales. No se considerará como equipaje y, por lo tanto, no se cubrirán: planeadores, botes, mercancías, equipos científicos, material de construcción, menaje del hogar, caballos, ganado.
Gastos de hotel
Por "gastos del hotel" se entienden el precio de la habitación y del desayuno, por los importes que se hayan previsto en el contrato y a excepción de todos los demás gastos.
Garantía
El conjunto de prestaciones de asistencia a las que nos hemos comprometido por contrato. Todo importe mencionado en el este contrato (reembolsos, reclamaciones ...) incluidas todas las tasas o impuestos.
Sucesos asegurados
Los sucesos que den derecho a nuestras prestaciones cuando sucedan de forma fortuita en un país cubierto por el contrato.
Parejas
Por parejas se entienden dos personas que estén casadas o que convivan, ya sean unión de hecho o no, bajo un mismo techo.
Grado de parentesco
El grado de parentesco se determina siguiendo la línea hacia el familiar común de un pariente y de allí, volviendo hacia el otro pariente.
Ejemplo: dos hermanos son parientes de segundo grado, un tío y un sobrino son parientes de tercer grado.
En el este contrato la pareja tiene el mismo grado de parentesco que el familiar que tiene derecho a la prestación.
Terrorismo
Por terrorismo se entiende una acción o amenaza de acción organizada de manera clandestina con fines ideológicos, políticos, étnicos o religiosos, llevada a cabo por un individuo o grupo que implique un ataque a personas o bienes que suponga destrucción del valor económico de un bien material o inmaterial total o parcialmente, ya sea para atemorizar a la comunidad y para crear un clima de inseguridad o para presionar a los gobiernos, ya sea para obstruir el funcionamiento normal de un servicio o una empresa y sobre el cual se informe en los medios de comunicación.
1.2 Definiciones geográficas
1.2.1 Los países donde usted debe tener su domicilio
Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Alemania, Estonia, Finlandia, Francia (excepto territorios de ultramar), Grecia, Gran Bretaña, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Italia Croacia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Austria, Polonia, Portugal (excepto islas), Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España (excepto las Islas Canarias), República Checa, Suecia, Suiza.
1.2.2 Los países que se consideran como país de procedencia:
Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Alemania, Estonia, Finlandia, Francia (excepto territorios de ultramar), Grecia, Gran Bretaña, Xxxxxxx, Xxxxxxx, Italia Croacia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Austria, Polonia, Portugal (excepto islas), Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España (excepto las Islas Canarias), República checa, Suecia, Suiza.
1.2.3 Extensión territorial de la asistencia
Según la letra D o E mencionada en cada artículo, las prestaciones serán de aplicación en los siniestros que se hayan producido:
D = en el país del domicilio del asegurado, como se establece en el artículo 1.1;
E = en el extranjero, es decir, en todo el mundo, con excepción de los países excluidos (nombrados en 1.2.4) y el país de domicilio del asegurado;
D/E = tanto en el país de domicilio del asegurado como en el extranjero, con excepción de los países excluidos indicados en 1.2.4.
1.2.4 Asistencia a personas y asistencia en viaje
Nosotros prestamos asistencia a personas en todo el mundo, en la medida en que tengamos los medios para prestar dicha asistencia, tal y como se establece en nuestras condiciones generales. Sin embargo, existen circunstancias excepcionales de las cuales no somos responsable y que en ocasiones nos dificultan o incluso nos impiden ejecutar el contrato en algunos países. Se trata de países o regiones en estado xx xxxxxx (civil), en las que la seguridad se ve perturbada por rebelión, sublevación popular, actos terroristas, limitaciones de la libre circulación de personas y bienes, huelgas y otros sucesos inesperados que impiden la ejecución de este contrato. La situación en los países excluidos puede cambiar en función de la evolución nacional o internacional de los países en los que trabajamos. En este sentido Europ Assistance sigue el consejo y las recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores belga.
1.3 Otros ámbitos de aplicación
1.3.1 Naturaleza y duración de los desplazamientos cubiertos en el extranjero
Los desplazamientos en el extranjero están cubiertos por el presente contrato a partir de la fecha de salida que figura en el billete y hasta la fecha de regreso que figura en el billete.
1.3.2 Billete de transporte
Para poder trasladarlo o repatriarlo nosotros garantizamos, salvo contraindicaciones médicas, el transporte por ferrocarril o en un vuelo de línea regular, dependiendo de las posibilidades locales.
2.5 Asistencia por solicitud
Si nuestra asistencia no está garantizada de forma contractual, en ciertas condiciones que se especificarán de antemano pondremos a su disposición nuestros recursos y experiencia mediando pago de todos los gastos. Contacte con nosotros.
1.3.4 Costes de su solicitud de asistencia
Nos hacemos cargo de los costes del teléfono, telegrama, telefax y correo electrónico, que usted haya tenido en el extranjero para localizarnos (primera llamada que le pedimos expresamente que nos haga), siempre que a su primera llamada le siga una prestación de asistencia tal y como está garantizada por el contrato.
1.3.5 Prestaciones de asistencia
Usted no se puede beneficiar económicamente de nuestras prestaciones en ningún caso. Están destinadas, dentro de las limitaciones del contrato, a ayudarle en caso de emergencia o en caso de sucesos imprevistos durante la duración de la garantía. Por ello, deducimos los gastos que corren de nuestra cuenta de los costes que usted hubiera tenido en caso de que el siniestro no se hubiera producido, como gastos de intérprete, servicios de transbordo, gastos de combustible para el vehículo y nos reservamos el derecho de solicitar los billetes de transporte no utilizados.
Todas las prestaciones no solicitadas o no utilizadas, así como las que el asegurado haya denegado, no dan a posteriori ningún derecho a recibir una retribución compensatoria.
1.3.6 Reembolso de los gastos
Cuando le autoricemos a adelantar los gastos por las prestaciones garantizadas, estos se le reembolsarán por el importe que hubiéramos pagado si nosotros hubiéramos prestado el servicio.
1.3.7 Obligaciones legales
En la aplicación del seguro usted acepta las obligaciones o limitaciones que se desprenden de nuestra obligación de cumplir las leyes administrativas o higiénicas de los países en los que intermediamos.
1.4 Solicitud de nuestras prestaciones
Nuestros servicios de asistencia están disponibles 24 horas al día, 7 días a la semana. Por favor, llame al número (x00 (0)0 000 00 00 (Brussels Airlines Assistance).
Apartado II - Asistencia a personas en caso de enfermedad, accidente con lesiones y fallecimiento
En el marco del contrato, las prestaciones del apartado II son aplicables en caso de enfermedad, accidente con lesiones, y fallecimiento de un asegurado durante el viaje.
• Nuestras prestaciones no pueden sustituir las intervenciones de los servicios de asistencia pública, sobre todo en lo que se refiere a la asistencia de emergencia.
• Si durante un viaje, usted resulta herido o se pone enfermo, primero debe acudir a los servicios de asistencia locales (ambulancia, hospital, médico) y luego facilitarnos los datos del médico que le está tratando. Usted autoriza a nuestros médicos a que consulten su historial médico.
Xxx pronto nos hayan informado al respecto, nuestro servicio médico se pondrá en contacto con el médico que en el lugar le está tratando. Sin contacto médico previo, no podemos trasladarle. A partir de este contacto, se decidirá el procedimiento más adecuado.
Si lo desea, podemos explicarle o traducirle lo que ha dicho el médico local y, a su solicitud expresa, informar al respecto a un familiar.
2.1 Visita de la persona ingresada en el hospital (D/E)
Si durante un viaje en el que no le acompañe un familiar usted es ingresado en un hospital y los médicos en el lugar pueden ofrecerle viaje y repatriación en un plazo de 120 horas tras su ingreso, entonces:
• nosotros organizaremos y nos encargaremos del viaje de xxx y vuelta del familiar que usted xxxxx desde uno de los países mencionados en el artículo 1.2.2 para que esta persona pueda acompañarle en el hospital;
• nosotros reservamos para su familiar, dentro de los límites de la disponibilidad local, una habitación de hotel cercana al hospital y durante el periodo en que esté ingresado nos haremos cargo de los gastos de hotel hasta un máximo de 75 euros por noche durante un máximo de 7 noches.
2.2 Traslado/repatriación del enfermo o herido (D/E)
Si usted es ingresado en el hospital a raíz de un accidente con lesiones o una enfermedad durante un viaje y el médico que le está tratando autoriza su traslado o repatriación, nosotros organizaremos y nos encargaremos, dependiendo de su estado de salud:
• o bien la vuelta a su domicilio o a un hospital adecuado cercano a su domicilio;
• o bien el traslado al domicilio de su pareja padre, madre o hijos en su país de origen o a un hospital adecuado cercano a su domicilio.
Dependiendo de su estado de salud se le trasladará, en su caso bajo supervisión médica, por ambulancia, en tren (asiento o coche cama en primera clase), en vuelo de línea regular o en una ambulancia aérea. La decisión de ser trasladado y la elección del medio de transporte se tomarán únicamente teniendo en cuenta su estado de salud y el cumplimiento de las disposiciones de la asistencia médica vigentes.
La decisión final de repatriación será tomada por nuestros médicos, tras consultar a los médicos locales y, si fuera necesario, al médico que le está tratando. Si usted no está de acuerdo en que la decisión tomada por nuestros médicos es la más oportuna, nos exime expresamente de toda responsabilidad.
Si usted antes de volver a un hospital cercano a su domicilio debe ser traslado por razones médicas a
un centro de rehabilitación cerca de su domicilio, nosotros organizaremos y nos encargaremos también de este primer viaje.
Si lo desea nuestro servicio médico puede reservarle una cama en el centro médico donde vaya a ser ingresado.
2.3 El regreso del asegurado repatriado a su residencia habitual o el viaje de un sustituto (E)
Si usted es repatriado conforme al artículo 2.2 a raíz de un viaje laboral en el extranjero, entonces organizaremos y nos encargaremos:
• o bien de su regreso a su residencia habitual en la medida en que el regreso tenga lugar en el mes que sigue a su repatriación con arreglo al artículo 2.2;
• o bien del viaje de xxx de la persona que ha sido designada por su empleador para sustituirle en el extranjero en la medida en que su sustitución tenga lugar en un plazo de quince días tras su repatriación con arreglo al artículo 2.2.
2.4 Acompañamiento del enfermo o herido (D/E)
Si usted ha sido trasladado o repatriado por nosotros según lo dispuesto en el artículo 2.2, organizaremos y nos encargaremos del regreso de una persona que viajaba con usted o que según lo dispuesto en el artículo 2.1 le acompañaba en el hospital, al lugar donde usted ha sido traslado según lo dispuesto en el artículo 2.2. Según las recomendaciones de nuestro servicio médico el acompañante será traslado o no con usted.
Si la persona que le acompaña durante su traslado o repatriación seguidamente quiere viajar a su domicilio en uno de los países mencionados en el artículo 1.2.2, organizaremos y nos encargaremos del regreso a su domicilio.
2.5 Asistencia en caso de fallecimiento (D/E)
Apartado 1 Si el asegurado fallece durante un viaje y si se ha previsto su funeral en el país de origen, organizaremos la repatriación de los restos mortales del hospital o del tanatorio al país del domicilio del asegurado o a su país de origen. Abonaremos:
• los gastos de embalsamamiento;
• los gastos del ataúd y otras medidas especiales necesarias para el transporte de los restos mortales, hasta un importe de 1500 EUROS;
• los gastos del transporte del ataúd, a excepción de los gastos del funeral y del entierro.
Apartado 2 Si la familia del asegurado desea trasladar los restos mortales a un país distinto del país del domicilio o de origen del asegurado, estaremos dispuestos a organizar dicho traslado y hacernos cargo de esto por el importe que habríamos empleado de conformidad con el apartado 1.
Apartado 3 Si el funeral o la cremación tiene lugar en el país donde ha fallecido el asegurado, abonaremos los gastos enumerados a continuación por el importe total que habríamos empleado de conformidad con el apartado 1:
• los gastos de embalsamamiento;
• los gastos del ataúd o la urna hasta un importe de 1500 EUROS;
• los gastos del traslado en el lugar de los restos mortales, excluyendo los gatos de la ceremonia;
• los gastos de repatriación de la urna al país del domicilio del asegurado o a su país de origen;
• un billete (ida y vuelta) desde un país nombrado en el artículo 1.2.2 para que esté presente un familiar de hasta el segundo grado de consanguineidad.
Apartado 4 Si los viajeros coasegurados, debido al fallecimiento del asegurado, no pueden regresar a
su país de domicilio o a su país de origen con los medios originales previstos, organizaremos y abonaremos el regreso de los demás asegurados a su domicilio.
2.6 Envío de gafas, prótesis, medicamentos (E)
Si usted está de viaje y en el lugar de destino no encuentra unas gafas similares, prótesis o medicamentos recetados por su médico y los necesita sin falta, los encargaremos para usted, según nos indique en su país de domicilio y se los enviaremos de la manera que nosotros elijamos. Esta prestación se someterá a la autorización de nuestros médicos y los objetos deberán respetar la normativa local. El envío de dichos objetos y el precio de compra correrá por nuestra cuenta, previo pago por adelantos del coste en Bélgica de la manera que usted elija.
2.7 Traslado/repatriación del equipaje (D/E)
Además del regreso a su domicilio, pagaremos también los gastos de transporte de su equipaje, a condición de que nos presente la factura de una empresa transportista.
2.8 Reembolso adicional de los gastos médicos contraídos en el extranjero (E),
Si los asegurados en el país del domicilio no están asegurados por la seguridad social o un seguro de enfermedad o si no cumplen las prescripciones de su Seguridad Social o seguro de enfermedad (o especialmente si no pagan su contribución de forma regular) Europ Assistance no aportará los gastos médicos.
Apartado 1 El reembolso adicional cubre los cuidados que se recibieron en el extranjero a raíz de una enfermedad sobrevenida sin antecedentes conocidos un accidente con lesiones durante un viaje.
Apartado 2 No se procederá al reembolso adicional hasta que hayan agotado las prestaciones que usted recibiera por la seguridad social, el seguro de enfermedad o cualquier otra instancia de esta naturaleza. Nuestra aportación a los gastos médicos se extingue con la repatriación o, en el momento en que usted rechace o retrase la repatriación.
Apartado 3 Los gastos médicos contraídos en el extranjero que dan derecho a nuestro reembolso adicional, son los siguientes:
• los honorarios de médicos y cirujanos;
• los medicamentos recetados por un médico;
• las intervenciones odontológicas menores pero urgentes hasta un importe de 200 EUR impuestos incluidos;
• los gastos de ingreso en el hospital;
• los gastos de una ambulancia que solicite un médico en un trayecto local;
• los gastos de una estancia prolongada de un paciente en el hotel, prescrita por un médico, hasta un importe de 500 EUROS, si el enfermo o el herido no puede regresar al país del domicilio en la fecha original prevista.
Apartado 4 El reembolso adicional de los gastos médicos mencionados en el apartado 2 y 3 está garantizado hasta un importe de 250.000 EUROS por persona y por año asegurado impuestos incluidos. El reembolso se producirá partiendo de los siguientes comprobantes:
• un informe detallado del médico que le atiende en el extranjero;
• Las relaciones de gastos originales de la seguridad social o de la compañía aseguradora como prueba de las prestaciones recibidas, así como una copia de las declaraciones de gastos y facturas;
•. si su seguridad social u otra compañía aseguradora a la que esté adscrito se niega a intervenir, envíenos la carta con la negativa y los documentos originales de los gastos que usted haya tenido; Del reembolso se descuenta la franquicia de 125 EUROS por siniestro. Para intervenciones
odontológicas menores, pero urgentes, esta franquicia es de 40 EUROS.
2.9 Anticipo para gastos de hospitalización (E)
Si nosotros anticipamos al hospital los gastos garantizados en el artículo 2.8, apartado 3, le enviaremos a usted las facturas pagadas por los cuidados recibidos. Usted deberá abonarlas a su Seguridad Social o aseguradora y deberá reembolsarnos la parte que le hayan ingresado. Los gastos de las transferencias correrán por su cuenta.
Apartado III - Asistencia en viaje
3.1 Pérdida y robo de los documentos de viaje (E)
Apartado 1 En caso de pérdida o robo de documentos de viaje (documento de identidad, pasaporte, permiso de conducir) durante un viaje, le asesoraremos sobre los procedimientos que debe seguir (poner una denuncia, solicitud de nuevos documentos, etc.).
Apartado 2 En caso de pérdida o robo de billetes durante un viaje, le ofrecemos nuestros servicios para reservar los billetes necesarios, que correrán por su cuenta, de modo que pueda proseguir su viaje.
3.2 Pérdida y robo de los documentos profesionales (E)
En caso de pérdida o robo de los documentos profesionales durante un viaje por razones laborales en el extranjero, le enviaremos, a nuestro cargo, los documentos que recibamos de su empresa.
3.3 Pérdida o robo del equipaje (D/E)
En caso de pérdida o de robo de su equipaje durante un viaje y a condición de que usted haya presentado una denuncia ante las autoridades locales, organizaremos y pagaremos el envío de una maleta con sus pertenencias. Iremos a recoger dicha maleta a su domicilio y se la enviaremos a su lugar de alojamiento.
3.4 El regreso anticipado en caso de la hospitalización de su cónyuge, padre/suegro, madre/suegra o hijo/hija mayores de 18 años (D/E)
Si su pareja, padre, madre, suegro, suegra, hijo o hija mayores de 18 años durante su viaje debe ser hospitalizado/hospitalizada más de 120 horas de forma inesperada en uno de los países mencionados en los artículos 1.2.1 y 1.2.2 y el médico en el lugar confirma que la gravedad del estado de salud del paciente justifica que usted lo acompañe en el hospital, organizamos y correremos con los gastos:
• o bien el regreso al país de hospitalización de todos los asegurados que tengan este grado de parentesco con el paciente, así como de los menores que los acompañan. Nos haremos cargo de los gastos únicamente por el importe de los gastos de dicho regreso a su domicilio.
• o bien los billetes de ida y vuelta para algunos asegurados que tengan el grado de parentesco exigido por el precio de coste total de los billetes de ida y vuelta del párrafo anterior. El regreso a nuestro cargo tendrá lugar a más tardar 15 días después del viaje de ida.
3.5 Regreso anticipado en caso de hospitalización de su hijo o hija menor de 18 años (D/E)
Si su hijo, menor de 18 años durante un viaje debe ser hospitalizado de manera inesperada y durante más de 48 horas en uno de los países mencionados en los artículos 1.2.1 o 1.2.2, organizaremos y correremos con los gastos del regreso de usted a su país de domicilio. Si su hijo está hospitalizado en un país diferente del país en el que usted está domiciliado, organizaremos y correremos con los gastos de su viaje a dicho país por el importe de precio de coste de la repatriación hacia su país de domicilio.
Apartado 2. Si usted no puede acompañar al menor de inmediato, le mantendremos informado de cómo evoluciona su estado de salud.
3.6 Regreso anticipado por fallecimiento (D/E)
Apartado 1. Si un familiar (en especial: su pareja, padres, suegros, hijos, nueras, hijas, yernos, hermanos, cuñadas, hermanas, cuñados, abuelos paternos o maternos, propios o de su pareja, nietos y nietos de su pareja) fallece durante un viaje particular de forma inesperada, organizaremos y correremos con los gastos del regreso al país de origen o al país donde está establecido el domicilio de todos los asegurados que tienen el grado de parentesco arriba mencionado con el fallecido. Con tal fin deberá hacernos llegar lo antes posible una copia del certificado de defunción del municipio en el que estuviera establecido el familiar.
En caso de un viaje por motivos laborales organizaremos y correremos con los gastos del viaje de ida y vuelta hacia el país de origen o el país donde esté establecido el domicilio.
Apartado 2. Si algunas personas que tienen una relación de parentesco con el fallecido [según se menciona en el apartado 1], prefieren quedarse en el lugar, los demás asegurados con este grado de parentesco recibirán uno o más billetes de ida y vuelta por el precio de coste total de los billetes de ida y vuelta que nosotros deberíamos abonarles según el párrafo anterior. El regreso a nuestro cargo tendrá lugar a más tardar 7 días después del entierro.
Apartado 3. Si el fallecido es enterrado en otro país distinto del país de origen [de usted], del país del domicilio [de usted] y si usted desea ir al funeral, nosotros pagaremos el importe que habríamos abonado para un billete de ida y vuelta a su domicilio.
3.7 Regreso anticipado a causa de un grave siniestro en la vivienda (D/E)
Si su vivienda resulta dañada durante su viaje a causa de un incendio, daños inundación, tormenta, granizo, explosión, implosión o robo, y se requiere su presencia, organizaremos y abonaremos el transporte de un asegurado para que pueda volver a su domicilio y, seguidamente, si es necesario, pueda regresar a su lugar de alojamiento. El regreso a su lugar de alojamiento tendrá en un plazo de 15 días.
Deberá hacernos llegarlo antes posible una prueba del siniestro, expedida por las autoridades locales competentes.
3.8 Envío de mensajes urgentes (D/E)
Si a usted le resulta imposible contactar con una de las personas que estuviera en uno de los países mencionados en el artículo 1.2.1, enviaremos a nuestro cargo sus mensajes urgentes nacionales o internacionales con motivo de un suceso grave (enfermedad, lesiones o accidente). No nos hacemos responsables en ningún caso del contenido de dichos mensajes, que deberán cumplir la legislación belga e internacional.
3.9 Puesta a disposición de dinero (E)
Si en el marco de este contrato, usted ha solicitado asistencia debiera enfrentarse a unos gastos inesperados, pondremos a su disposición a su solicitud la suma requerida en la moneda correspondiente divisas hasta un importe máximo de 5000 EUROS. Antes de adelantarle dichos fondos, le exigiremos una garantía de reembolso.
3.10 Asistencia de un intérprete (E)
Si usted dispone de asistencia en el extranjero, puede solicitar ayuda a nuestros servicios o representantes si el idioma del país en el que estuviera, le impide comunicarse. No nos haremos responsables de la interpretación o del uso que usted haga de la información que se le facilite.
3.11 Asistencia en caso de enjuiciamiento(E)
Si usted a raíz de un accidente de tráfico es procesado judicialmente, a partir del depósito de una garantía o fianza a nuestro favor, le adelantaremos las siguientes sumas:
• el importe de la multa exigida por el juzgado, hasta un importe máximo de 12.500 EUROS por asegurado procesado. Para aplicar esta prestación le solicitaremos una copia certificada de la sentencia;
• el honorario de un abogado, que usted podrá elegir libremente en el extranjero, hasta un importe máximo de 1300 EUROS.
Usted se compromete a reembolsarnos estos adelantos en un plazo máximo de 30 días después de nuestro ingreso. No intervendremos en las consecuencias judiciales en Bélgica de un posible juicio en el extranjero.
Apartado IV - Servicio de información
4.1 Cómo contactar con nuestro servicio de información
• Puede contactar con nuestro servicio de información de lunes a sábado, de las 9:00 a las 18:00 horas (hora de Bélgica). Las líneas de información médica urgente están disponibles día y noche.
• Esta información únicamente se puede recibir y facilitar mediante contacto telefónico. Es posible que no podamos responder a algunas preguntas de inmediato.
• No nos hacemos responsables en ningún caso de la interpretación que usted pueda hacer de la información que le hayamos facilitado ni tampoco del uso de misma.
La información se facilitará en francés, neerlandés o inglés.
4.2 Leisure Line
4.2.1 Datos generales de viajes
Facilitamos toda la información referente a:
• el visado y las formalidades administrativas que usted deba cumplir antes y durante el viaje para las personas y los vehículos;
• las vacunas obligatorias o recomendadas;
• las medidas preventivas de salud y de seguridad sanitaria que deba tener en cuenta en el país que usted visite;
• los requisitos que deban cumplir los animales de compañía que quiera llevarse de viaje;
• las disposiciones aduaneras respecto acerca del uso privado;
• las direcciones y números de teléfono de los representantes consulares y de las oficinas de turismo de los países de la Unión Europea;
• el clima y la ropa que se le aconseja que lleve de viaje;
• los días festivos, la diferencia horaria;
• las condiciones de viaje: medios de transporte (aire, mar y tierra), horarios.
4.2.2 Información adicional para los países mencionados en el artículo 1.2.2
Le facilitamos información sobre hoteles y restaurantes (precios, direcciones, restaurantes especializados) en los países mencionados en el artículo 1.2.2.
4.2.3 Información comercial
Le proporcionamos información sobre:
• congresos, salones y exposiciones en todo el mundo;
• hoteles de negocios (seminarios, organización de reuniones, …);
• Cámaras de Comercio e instituciones públicas;
• información práctica: moneda, días festivos, diferencia horaria;
• los "centros de negocios" (secretariado, copiado de documentos, traducciones) que hay disponibles en las grandes ciudades;
• los eventos culturales de las principales ciudades de la Unión Europea (conciertos, exposiciones, teatros, ...).
Apartado V - Exclusiones y limitaciones generales de garantía
5.1 Exclusiones
Quedan excluidos de esta garantía:
• los daños que sean consecuencia de accidentes ocurridos durante competiciones de vehículos motorizados (carreras, competiciones, rallys, raids, ...) en los que usted participe como competidor o ayudante y durante incidentes o accidentes más en general debido a un uso indebido y negligente del vehículo;
• los diagnósticos y los tratamientos establecidos en el país del domicilio del asegurado;
• los gastos médicos, paramédicos, quirúrgicos, farmacéuticos, y hospitalarios como consecuencia de los cuidados recibidos en el país del domicilio del asegurado, sin importar si se derivan o no de una enfermedad o accidente sucedido en el extranjero o si están relacionados con un diagnóstico que hubiera tenido lugar antes del viaje;
• los gastos de gafas, lentes de contacto, equipos médicos y compras o reparaciones de prótesis;
• los gastos de controles médicos, controles periódicos o de observación, así como de medicina preventiva;
• las curas de salud, estancias y tratamientos de recuperación, rehabilitación y fisioterapia;
• los tratamientos estéticos, tratamientos dietéticos y todos los gastos de tratamiento y diagnóstico no reconocidos por el RIZIV (el Instituto nacional belga de seguros de enfermedad e invalidez), tales como homeopatía, acupuntura, quiropráctica, …;
• las vacunas;
• los gastos de ambulancia en el país del domicilio del asegurado, excepto si están expresamente previstos en una de las disposiciones de este contrato;
• la repatriación por dolencias o lesiones leves que puedan ser tratadas en el lugar y que no impidan proseguir su viaje o alojamiento;
• los estados patológicos que ya se conocieran antes de la partida;
• la recaída o empeoramiento de una enfermedad o de un estado patológico que ya se conociera antes del viaje;
• la repatriación para el trasplante de órganos;
• las dolencias o sucesos que sean consecuencia (1) del consumo de alcohol, en la medida en que el contenido de alcohol en la sangre de la persona en cuestión supere los 1,2 gramos/litro, sin que el consumo de alcohol sea la única causa de la dolencia o el suceso, o (2) de un consumo agudo o crónico de estupefacientes o de cualquier otra sustancia que no hubiera sido recetada por un médico y que altere la conducta;
• los estados de salud que sean consecuencia de un intento de suicidio;
• el estado de gestación de más de 28 semanas para viajes en avión, a excepción de los viajes para los cuales el ginecólogo que le está tratando le haya expedido una autorización por escrito y que haya confirmado el médico de la compañía aérea en cuestión (con vistas al bienestar de la madre y del feto);
• los derechos de aduana;
• los gastos de comida y bebida;
los sucesos derivados de las consecuencias de un accidente nuclear o de un acto terrorista;
• los gastos y daños como consecuencia de un robo que no estén previstos en el este contrato;
• y en general todos los gastos que no estén previstos expresamente en este contrato.
5.2 Circunstancias excepcionales
No nos hacemos responsable de los retrasos, deficiencias o impedimentos que puedan producirse por la ejecución de las prestaciones que no se nos pudieran imputar o si fueran consecuencia de fuerza mayor.
Apartado VI - Disposiciones comunes para todas las garantías
6.1 Duración y fecha de inicio del contrato
El contrato empieza el día en que el tomador del seguro haya firmado y abonado el seguro de asistencia. Será de aplicación durante el periodo mencionado en el billete de viaje, que es el periodo entre la fecha de salida y la fecha de regreso. El contrato finalizará en la fecha de regreso y no se podrá prolongar de manera tácita.
6.2 Las primas
La prima, más impuestos y contribuciones, se puede pagar con tarjeta de crédito en el momento de la contratación del seguro La prima no será devuelta, ni en su totalidad ni parcialmente, tras la fecha de la entrada en vigor del seguro.
6.3 Sus obligaciones
6.3.1 Sus obligaciones
Si usted solicita las prestaciones garantizadas, se compromete a:
• excepto en caso de fuerza mayor, a informarnos a la mayor brevedad, para que podamos organizar
la prestación solicitada de la manera correcta y para permitirle que realice los gastos cubiertos por el seguro;
• cumplir las obligaciones específicas descritas en este contrato respecto a las prestaciones solicitadas;
• responder de manera precisa a preguntas sobre los sucesos cubiertos por el seguro y facilitarnos toda la información o documentos necesarios;
• tomar todas las medidas razonables para prevenir o limitar las consecuencias del siniestro;
• informarnos de otros posibles seguros que tengan el mismo objeto o que estén relacionados con los mismos riesgos que los que están cubiertos por este contrato;
• hacernos llegar los comprobantes originales de los gastos cubiertos por el seguro que usted ha tenido; hacernos llegar el acuse de recibo de la denuncia por robo en la policía si el robo da motivo a una prestación;
• devolvernos los billetes de transporte no utilizados que le hayamos expedido.
6.3.2 Incumplimiento de sus obligaciones
Si usted no cumple con las obligaciones enumeradas en el artículo 6.3.1, nosotros podremos:
• limitar la prestación adeudada o reclamarle el importe de los gastos que hayamos tenido como perjuicio;
• denegar la prestación adeudada o recabar la devolución de la totalidad de nuestros gastos, si su negligencia nace de una intención fraudulenta.
6.4 Varios contratos de asistencia
6.4.1 Otros contratos firmados con nosotros
Si el mismo riesgo está cubierto por varios contratos firmados con nosotros, las prestaciones de los diferentes contratos no serán acumulables. En este caso se aplicarán las condiciones del contrato con las mejores prestaciones.
6.4.2 Otros contratos con diferentes aseguradoras
Si el mismo riesgo está cubierto por diferentes aseguradoras, usted puede solicitar indemnización a cualquier aseguradora, en las condiciones de dichas aseguradoras. Excepto en caso de fraude ninguna aseguradora podrá invocar la existencia de otros contratos para cubrir el mismo riesgo con el fin de denegar la prestación. La carga del siniestro se repartirá entre las diferentes aseguradoras en virtud de la ley de 4 xx xxxxx de 2014.
Apartado VII - Marco jurídico
7.1 Subrogación
Nosotros nos subrogamos en sus derechos y acciones frente a cualquier tercero responsable en el importe de los gastos en que usted incurra. Excepto en caso de mala fe, no podemos hacer reclamación alguna a sus descendientes, ascendientes, pareja, familiares directos, personas que vivan bajo su mismo techo, sus invitados o los miembros de su personal doméstico. Sin embargo, sí podemos ejercer una reclamación legal frente a estas personas siempre y cuando su responsabilidad esté cubierta en el marco de un contrato de seguro.
7.2 Reconocimiento de culpa
Usted se compromete a reembolsarnos en un plazo de 1 mes los costes de las prestaciones no cubiertas por este contrato que le hayamos abonado como anticipo.
7.3 Prescripción
Todas las acciones derivadas de este contrato prescribirán transcurridos tres años después de los sucesos que los causaron.
7.4 Jurisdicción
Cualquier disputa derivada de este contrato es competencia exclusiva de los tribunales belgas.
7.5 Ley sobre contratos
Este contrato está sujeto a la ley sobre seguros del 0 xx xxxxx xx 0000 (Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxx del 30 xx xxxxx de 2014).
7.6 Quejas
Cualquier reclamación relativa al contrato puede enviarse a:
Europ Assistance Belgium NV, a la atención del Complaints Officer (Jefe de conformidad), Xxxxxxxxxx 000, 0000 Xxxxxxxx (xxxxxxxxxx@xxxxx-xxxxxxxxxx.xx), tel. + 00 0 000 00 00 de lunes a jueves de 10:00 a 12:00 h y de 14:00 a 16:00h, o bien por correo electrónico a
Ombudsman van de Verzekeringen (Defensor del pueblo en materia de seguros), de Xxxxxxxxxxx 00, 0000 Xxxxxxxx (xxx.xxxxxxxxx.xx), sin perjuicio de la posibilidad de que el tomador del seguro presente una reclamación.
7.7 Protección de la privacidad
7.7.1 Protección de la privacidad – General
Toda persona cuyos datos personales recopile o registre la aseguradora recibirá información sobre los puntos siguientes, tal y como establece la ley de 8 de diciembre de 1992 relativa a la protección de la intimidad relativa al procesamiento de datos personales:
- El responsable del procesamiento de los datos es Europ Assistance, con sede central en B- 1160 Bruselas, Triomflaan 172;
- El procesamiento de datos personales tiene como objeto identificar al tomador del seguro, a los asegurados y a los beneficiarios en el marco de la gestión de los contratos, incluida la gestión de seguros y costes, el desarrollo del procesamiento y la gestión de eventuales disputas. Además, los datos personales se recopilan con fines estadísticos que permiten a la aseguradora analizar estos datos con fines de evaluación y optimización de sus servicios a los clientes;
- Europ Assistance no comunicará datos personales a terceros en ningún caso, excepto para los fines indicados más arriba. Si, con el fin de cumplir los objetivos descritos más arriba fuera necesario enviar sus datos personales fuera de la Unión Europea, Europ Assistance tomará
las medidas contractuales necesarias con los receptores de la información para controlar la tramitación de la información por parte de este tercero, a no ser que no fuera obligatorio por ley (con estricto cumplimiento de las disposiciones legales);
- Cualquier persona que certifique su identidad (por ejemplo, mediante una copia de su documento de identidad) tiene derecho a consultar sus datos personales en los ficheros de Europ Assistance y a corregirlos si son erróneos. Para ejercer estos derechos, la persona en cuestión debe enviar una solicitud fechada y firmada al servicio de Control de datos de clientes de Europ Assistance a la dirección indicada más arriba o a xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Si tiene alguna otra pregunta sobre la tramitación de datos personales, también puede consultarla a Europ Assistance del mismo modo.
Además, la persona en cuestión puede consultar el registro público de tramitación de datos personales en línea, gestionado por la Comisión de protección de la intimidad.
7.7.2 Procesamiento de datos médicos u otros datos sensibles
El tomador del seguro también autoriza a la aseguradora a procesar datos médicos u otros datos personales sensibles en la medida de lo necesario para los fines indicados en el artículo 7.7.1.
Esto permite a la aseguradora evaluar la solicitud de asistencia.
Los datos médicos u otros datos sensibles se procesan siempre bajo supervisión de un profesional médico. Se puede consultar una lista de las categorías de personas que tienen acceso a los datos personales en la dirección indicada en el artículo 7.7.1 o por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx-xxxxxxxxxx.xx.
7.7.3 Aprobación de los asegurados o beneficiarios
El tomador del seguro, que actúa por nombre y cuenta de los asegurados o beneficiarios, garantiza y responde ante la aseguradora de que estas personas han autorizado a la aseguradora a procesar sus datos personales en el marco de este contrato.
El tomador del seguro se compromete a proporcionar a los asegurados o beneficiarios la información necesaria conforme a los artículos 7.7.1 hasta 7.7.3 de este contrato.
7.8 Fraude
Toda forma de fraude por parte del asegurado al redactar la reclamación o al cumplimentar los cuestionarios, comporta la pérdida de todos los derechos del asegurado frente a la aseguradora. Por tanto, todos los documentos deberán rellenarse de manera completa y correcta.
La aseguradora se reserva el derecho de denunciar al asegurado que cometa fraude ante los tribunales competentes.
Europ Assistance (Bélgica) N.V., IVA BE 0457.247.904. RPR Bruselas, reconocida por el Banco Nacional de Bélgica (Berlaimontlaan 14 – 1000 Bruselas) con el número de código 1401 para el desempeño de los epígrafes de actividad 1, 9, 13, 15, 16 y 18 (Prestación), con sede social en Triomflaan 000 - 0000 Xxxxxxxx (Xxxxxxx).