Contract
ID DOCUMENTO: f3AUxxFdcJ
Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares del contrato de Servicio de Asistencia Técnica General de Gestión y de Información y Comunicación de la "Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020", cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España, 2014-2020.
Contenido
1.- Introducción 2
2.- Antecedentes 2
3.- Objeto del servicio 5
4.- Ámbito territorial y funcional 7
5.- Contenido de los trabajos 7
6.- Características y organización de los trabajos 11
7.- Confidencialidad de la información 13
8.- Equipo y medios de trabajo 13
9.- Contenido de la proposición técnica 15
10. Plazo de ejecución del contrato 15
11. Presupuesto del contrato 16
12.- Seguro 16
13.- Cumplimiento de las obligaciones sociales, laborales e igualdad de género 17
14.- Penalizaciones 17
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1.- Introducción
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Este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares tiene por objeto establecer las condiciones que deberán cumplirse en el desarrollo de los trabajos requeridos para la prestación del Servicio de Asistencia Técnica General de Gestión y de Información y Comunicación de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado: "Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020".
La empresa adjudicataria deberá realizar todos los trabajos necesarios en orden a conseguir los objetivos fijados en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Esta operación está cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España, 2014-2020.
2.- Antecedentes
La Administración General del Estado a través de la Dirección General de Fondos Comunitarios, (ahora de Fondos Europeos) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ha programado un Eje Urbano dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible (POCS) 2014-2020 (ahora integrado en el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible, 2014-2020 X.X.X.X), dedicado en su totalidad a financiar líneas de actuación de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER.
La implementación de las Estrategias DUSI obedece a la importancia que la Comisión Europea otorga al desarrollo urbano sostenible y a fla contribución de las ciudades al cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Europea 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea.
Con fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 xx xxxxxxx xx Xxxxx HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo de Crecimiento Sostenible FEDER 2014-2020.
Con fecha 00 xx xxxxx xx 0000 xx xxxxxx xx xx Xxxxx anterior en sesión ordinaria del Pleno Municipal del ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx se aprueba la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado: "Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020" y la solicitud para participar en la convocatoria realizada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Con fecha 29 de septiembre de 2016 la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (ahora de Función Pública) resolvió con carácter provisional la solicitud.
Con fecha 12 de diciembre de 2016 la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (ahora de Función Pública), resolvió con carácter definitivo, la concesión de una ayuda de 10.000.000€ del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) al Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx, para una inversión
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total de 12.500.000 €, para la ejecución de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado: "Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020", en el marco de la convocatoria realizada por el citado Ministerio, a través de la referida Orden HAP/2427/2015 de 13 de noviembre.
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La citada Orden HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, por la que se aprueban las bases y la primera convocatoria para la selección de Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado dice literalmente:
Undécimo. Gestión y seguimiento de las Estrategias.
"2. La Subdirección General de Cooperación Territorial Europea y Desarrollo Urbano de la Dirección General de Fondos Comunitarios y la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales serán los Organismos Intermedios de Gestión.
3. Las entidades beneficiarias de las operaciones a cofinanciar en el marco de las Estrategias DUSI serán Organismos Intermedios únicamente a los efectos de la selección de operaciones."
Vigésimo tercero. Información y comunicación.
Las Entidades beneficiarias deberán cumplir lo establecido en materia de información y publicidad en el anexo XII del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 «Información y Comunicación sobre el apoyo procedente de los Fondos».
ANEXO II. Contenido de las estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (DUSI)
“7. Capacidad Administrativa. (…)La entidad beneficiaria deberá disponer de un equipo técnico conocedor de la reglamentación y normativa tanto nacional como comunitaria sobre fondos europeos en lo relativo, especialmente, a: selección de operaciones (artículo 125.3 del reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013 disposiciones comunes de los Fondos Europeos), contratación pública, medio ambiente, igualdad de oportunidades y no discriminación, elegibilidad del gasto, información y publicidad y otras materias necesarias para cumplir correctamente con la legislación vigente, así como con conocimientos y experiencia en el campo del desarrollo urbano sostenible e integrado”.
El apartado segundo de la Resolución definitiva de fecha 12 de diciembre de 2016 de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (ahora de Función Pública), dice literalmente:
“Designar, según lo indicado en el artículo undécimo de la Orden HAP/2427/2015, a las entidades beneficiarias del anterior apartado «Organismos Intermedios xxx XXXXX» únicamente a los efectos de la selección de operaciones. Debido a esta condición, deberán elaborar un Manual de Procedimientos. Este Manual, en el que deberán documentar todos aquellos aspectos y procesos que le permitan cumplir con sus obligaciones deberá ser remitido al Organismo Intermedio de Gestión del que dependan, en el plazo máximo de dos meses a contar desde la publicación de esta resolución en el «BOE», por los cauces y en el formato que se establezcan.
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La formalización de la designación de las Entidades Locales seleccionadas como Organismos Intermedios a efectos de selección de operaciones, se realizará mediante un acuerdo de compromiso en materia xx xxxxxxxx de funciones para la gestión FEDER. Este documento, donde se recogen las funciones que estas Entidades asumen como Organismos Intermedios a efectos de selección de operaciones frente a la Autoridad de Gestión xxx XXXXX, se facilitará por parte del correspondiente Organismo Intermedio de Gestión, a quien se deberá remitir cumplimentado firmado por el máximo responsable de la Entidad Local.”
La citada Resolución definitiva en su ANEXO I establece que el Organismo Intermedio de Gestión asignado a la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020” es la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
El Reglamento (UE) n.° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, modificado por el REGLAMENTO (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de julio de 2018, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, en su TERCERA PARTE DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES AL FEDER, AL FSE Y AL FONDO DE COHESIÓN en el TÍTULO III SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN, INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
CAPÍTULO II artículos 115°, 116° y 117°, así como, en el Anexo XII establecen las responsabilidades en materia de Información, comunicación y visibilidad, detallando el alcance de las mismas, así como las medidas de información y comunicación y medidas para aumentar la visibilidad dirigidas al público, a los beneficiarios potenciales y a los beneficiarios.
Por todo lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx, o Entidad DUSI, en calidad de entidad beneficiaria de la convocatoria, atendiendo a la firma del acuerdo de compromiso en materia xx xxxxxxxx de funciones para la gestión FEDER suscrito con fecha 16 de diciembre de 2016, en virtud del Manual de procedimientos de fecha 20 de septiembre de 2017 remitido al Organismo Intermedio validado con fecha 25/09/2017 y el documento Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones (CPSO) aprobado por el Comité de Seguimiento del Programa Operativo el 7 xx xxxxx de 2017 va a seleccionar las operaciones concretas que se integran dentro de las distintas líneas de actuación de su Estrategia, actuando como organismo intermedio, que coloquialmente han sido denominados organismos intermedios "ligeros" (OIL).
El Acuerdo de Compromiso en materia xx xxxxxxxx de funciones para la gestión FEDER suscrito, establece que el Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx se compromete a asumir, como Organismo Intermedio, entre otras, las correspondientes funciones ante la Autoridad de Gestión xxx XXXXX, en las siguientes materias:
• Organización interna.
• Selección y puesta en marcha de operaciones.
• Cumplimiento de la normativa de aplicación.
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• Aplicación de medidas antifraude.
• Contribución al Comité de Seguimiento del Programa Operativo.
• Contribución a la evaluación del Programa Operativo.
• Disponibilidad de la documentación de cara a pista de auditoría.
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• Contribución a los informes de ejecución anual y final.
• Suministro de información al sistema informático Fondos 2020.
• Remisión de copias electrónicas auténticas.
• Sistema de contabilización separada.
• Subvencionabilidad del gasto.
• Comunicación de los incumplimientos predecibles.
• Aplicabilidad de la normativa comunitaria a Organismo Intermedio.
• Seguimiento de las directrices dadas por la Dirección General de Fondos Comunitarios.
• Suspensión de las funciones.
• Revocación del presente compromiso.
• Efectos y duración del presente Acuerdo de Compromiso.
En la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020”, el Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx y áreas funcionales que lo integran, asumen el papel de promotores de una serie de operaciones financiables a través de las líneas de actuación definidas en el mismo. Como beneficiarios de las ayudas de la Estrategia DUSI deberán asumir una serie de funciones y cumplir una serie de requerimientos, de cara a participar en las diferentes convocatorias y cumplir con las obligaciones recogidas en el documento en el que se establezcan las condiciones de la ayuda para cada operación financiada (DECA).
3.- Objeto del servicio
El objeto de la presente licitación consiste en la prestación de un servicio de Asistencia Técnica General de Gestión y de Información y Comunicación de la "Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020" de forma eficaz y eficiente, garantizando la transparencia en todos los procesos. Y todo ello con estricto cumplimiento de las "Directrices a los Organismos Intermedios para la gestión y el control de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER 2014- 2020 en España".
Esto implica un conocimiento profundo de la reglamentación y normativa tanto nacional como comunitaria sobre fondos europeos en lo relativo, especialmente, a: selección de operaciones (artículo 125.3 del reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre de 2013 disposiciones comunes de los Fondos Europeos modificado por el REGLAMENTO (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de julio de 2018), contratación pública, medio ambiente, igualdad de oportunidades y no discriminación, elegibilidad del gasto, información, y publicidad y otras materias necesarias para cumplir correctamente con la legislación vigente,
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así como con conocimientos y experiencia en el campo del desarrollo urbano sostenible e integrado y recogidas en las diferentes líneas de actuación de la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020”.
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Todo ello hace aconsejable contar con el apoyo y asesoramiento de profesionales expertos, lo que, dado la especialización de la materia, justifica la necesidad de acudir a la contratación de un servicio para disponer de los recursos necesarios que permitan lograr dichos objetivos.
Además, la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020” conlleva una ayuda de 10.000.000 euros del Fondo Europeo FEDER, que se incrementa con una cofinanciación local de 2.500.000 euros, lo que supone una inversión total, con cargo a la citada Estrategia DUSI, de 12.500.000 euros, en la cual el Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx asume diferentes funciones, compromisos y responsabilidades derivadas de su condición de Organismo Intermedio "Ligero" (OIL) y de Promotor/Beneficiario de operaciones financiadas a través de la propia Estrategia.
La “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020” aborda los cinco retos urbanos (económicos, ambientales, climáticos, demográficos y sociales) que afectan a las zonas urbanas y promueve vínculos entre el ámbito urbano y el rural, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento xx XXXXX (Reglamento (UE) N° 1301/2013, de 17 de diciembre de 2013 modificado por el REGLAMENTO (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de
julio de 2018).
La implementación de la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020” se realizará mediante 9 líneas de actuación, 7 de ellas asociadas a los cuatro Objetivos Temáticos que se contemplan en el Eje 12: Desarrollo urbano integrado y sostenible del POCS 2014-2020; y 2 líneas de actuación asociadas al Eje 13, para la asistencia técnica de gestión y comunicación de la Estrategia DUSI.
Líneas de actuación de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e integrado Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020:
OT2 | LA1 | REDES ACCESIBLES |
LA2 | REDES INTELIGENTES | |
OT4 | LA3 | REDES SOSTENIBLES |
LA4 | MOVILIDAD EFICIENTE | |
OT6 | LA5 | SANLÚCAR, PAISAJE NATURAL Corredor Ecológico |
LA6 | SANLÚCAR, PAISAJE CULTURAL | |
OT9 | LA7 | SANLÚCAR, PAISAJE SOCIAL Y PRODUCTIVO |
LA8 | ASISTENCIA TÉCNICA para el apoyo a la GESTIÓN | |
LA9 | ACTUACIONES DE APOYO A LA COMUNICACIÓN |
La definición de las líneas de actuación se ha realizado a partir del diagnóstico desarrollado en la Estrategia.
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Los objetivos temáticos abordados por la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020" son los siguientes:
OT2: Mejorar el acceso, el uso y la calidad de las tecnologías de la información y la comunicación.
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OT4: Favorecer el paso a una economía de bajo nivel de emisión de carbono en todos los sectores.
OT6: Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. OT9: Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza.
La empresa adjudicataria del presente contrato realizará todos los trabajos necesarios en orden a conseguir los objetivos fijados en este documento.
El alcance de la presente contratación deberá en último término facilitar el proceso de transferencia de conocimiento al personal involucrado en la gestión del programa, y en este sentido, definir los mecanismos, herramientas y procedimientos, que faciliten una vez finalizado el contrato objeto de licitación dar cumplimiento durante el periodo de vigencia del programa a los requerimientos exigidos por el Ministerio en su convocatoria.
4.- Ámbito territorial y funcional
Las actuaciones y trabajos desarrollados tendrán el ámbito territorial definido en la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020”.
El Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx facilitará las instalaciones donde desarrollar los trabajos, cuando la naturaleza de los mismos así lo requiera.
5.- Contenido de los trabajos
Con el objetivo de cumplir el obligado principio de separación de funciones, la Asistencia Técnica objeto de este pliego se dedicará al desarrollo de trabajos para la Unidad de Gestión.
Los trabajos a realizar se llevarán a cabo según las directrices establecidas por la Autoridad de Gestión (Ministerio de Hacienda y Función Públicas) en base a la normativa aplicable.
Dichos trabajos incluirán servicios de apoyo al Ayuntamiento en el desarrollo de sus funciones de gestión y de información y comunicación bajo el cumplimiento de los procedimientos y criterios establecidos. A estos efectos, se prestarán los siguientes servicios que no tienen carácter de exhaustivo:
Asistencia Técnica a la Gestión en General:
• Asesoramiento experto en la aplicación de las indicaciones, instrucciones y normativas aplicables a la Estrategia DUSI revisando los documentos internos cuando fuesen necesarios.
• Apoyo en el desarrollo de la estructura organizativa prevista en el documento de la Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx y en el Manual de procedimientos, así como, en la elaboración de los procedimientos necesarios para su correcto funcionamiento.
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• Soporte en el registro, archivo y custodia de la documentación justificativa garantizando que se dispone de una pista de auditoría apropiada.
• Asesoramiento, de acuerdo con la Intervención municipal, en la puesta en marcha de un sistema de contabilidad separada para las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación.
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• Asistencia en la cumplimentación de las aplicaciones informáticas puestas al efecto por la AG y el OIG en todas las fases de la gestión de la EDUSI (actuaciones, selección de operaciones, solicitudes de reembolso, indicadores de Productividad y Resultado, Información y Publicidad).
• Representación, cuando así se considere necesario, del Ayuntamiento de Sanlúcar ante el Organismo Intermedio de Gestión y en eventos, jornadas y reuniones de coordinación para los que pudiera ser convocado.
• Canalización de consultas e informaciones pertinentes entre el Ayuntamiento y el Organismo Intermedio de Gestión o, en su caso, la Comisión Europea.
• Coordinación con el resto de asistencias técnicas involucradas en la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020” que se pongan en marcha.
• Dinamización de los potenciales promotores de operaciones que desarrollaran las líneas de actuación de la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020".
• Realización de cursos de al menos 25 horas por anualidad para unos 20 alumnos relacionados con conocimientos del objeto del contrato.
Asistencia técnica a la Gestión en la Selección de operaciones:
• Elaboración de los procedimientos administrativos, como bases reguladoras de convocatorias de expresiones de interés, perfiles para la contratación de personal, etc., necesarios para la puesta en marcha y selección de las operaciones por parte de la Entidad Local DUSI.
• Análisis y verificación de la información presentada por las Unidades Ejecutoras en las Expresiones de Interés al objeto de valorarlas y preparar la documentación necesaria para la selección de las operaciones mediante el análisis de: elegibilidad del gasto de las operaciones presentadas, los Criterios y Procedimientos de Selección de Operaciones, los aspectos técnicos del desarrollo de las operaciones y su coherencia con la Estrategia definida.
• Coordinación con las distintas concejalías y áreas de gobierno municipales asegurando la participación e integración de todas las entidades involucradas garantizando que las operaciones seleccionadas cumplen la normativa comunitaria, nacional y regional (en su caso) aplicable y el respeto de las directrices remitidas por la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales y/o la Dirección General de Fondos Europeos.
• Elaboración de los documentos en los que se establecen las condiciones de la ayuda (DECA) para cada operación apoyada por la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020", actuando como OIL, de acuerdo con las orientaciones dictadas por la Autoridad de Gestión y el OIG.
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Asistencia técnica a la Gestión en la Certificación:
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• Control, seguimiento y apoyo experto en relación con la certificación de los gastos de cualquiera de las operaciones realizadas, de conformidad con las normas que establezca la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales y/o la Dirección General de Fondos Europeos y de la adecuación de los procedimientos administrativos aplicados en cada caso, especialmente de contratación pública y, en general, la documentación asociada al gasto presentado según las especificaciones técnicas.
• Revisión administrativa y financiera de las certificaciones de gastos propuestas por el Ayuntamiento como Organismo Intermedio Ligero.
• En el procedimiento de solicitud de reembolso ante el OIG de la ayuda FEDER en función de los gastos que se vayan ejecutando y certificando.
• Detección de posibles desviaciones en la ejecución y propuesta de medidas correctivas.
• Análisis, recopilación y elaboración de la información para la verificación del cumplimiento de los Indicadores de Resultado y Productividad, siguiendo las directrices de la Autoridad de Gestión y OIG, evaluando los logros conseguidos.
• Atención y respuesta a los requerimientos de la AG/OI para la realización de las verificaciones de la certificación.
Asistencia técnica a la Gestión en la Implementación:
• Desarrollo y puesta en marcha del modelo de seguimiento de las operaciones y definición de las metodologías, indicadores, estándares y especificaciones técnicas necesarias para el seguimiento de las mimas.
• Elaboración de informes para la toma de decisión por la Entidad Local DUSI en calidad de OIL que permitan el seguimiento de la ejecución del Plan de implementación de la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020”, proponiendo actuaciones para la aplicación de remanentes.
• Elaboración de la documentación necesaria de cara a contribuir por parte de la Entidad Local DUSI al seguimiento, evaluación, informes anuales e informe final del Programa Operativo siguiendo las instrucciones y plazos establecidos por el OIG.
• Asistencia en la autoevaluación anual en materia de SMART CITY, con el fin de evaluar el cumplimiento del objetivo de transformación en Smart City derivado del objetivo temático 2, siendo responsable de la elaboración de la documentación que corresponda.
• Definición y soporte en la implantación del modelo de gobierno y transferencia de conocimiento y metodologías al equipo de gestión coordinador del programa en el Ayuntamiento.
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Asistencia técnica a la Gestión en la aplicación de la Evaluación del riesgo de fraude:
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• Elaborar los informes requeridos por el OIG en materia de riesgo de fraude. Incorporación, al sistema de gestión de la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020" y a la operativa de las actuaciones, de las medidas y actuaciones correspondientes a los riesgos evaluados con el objetivo de garantizar la prevención, detección, corrección y persecución del mismo, siendo la correspondiente aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas.
• Asesoramiento a las respuestas que puedan llegar al canal de denuncia.
• Asistencia en la autoevaluación anual del riesgo de fraude. En todos los casos, siendo responsable de la elaboración de la documentación que corresponda.
• Formación al personal de cursos apropiados en materia deontología y de integridad.
Asistencia técnica a la Gestión en el diseño y dinamización del Plan de Participación:
• Definición y seguimiento del Plan de participación en cumplimiento de los requerimientos de participación exigidos por el Programa para el desarrollo de la Estrategia DUSI.
• Apoyo en cuantas reuniones organice la Unidad de Gestión para la concertación e implementación del Plan de Participación.
• Organización y dinamización de al menos 2 reuniones al año para realizar el seguimiento de la ejecución del proyecto con las partes interesadas.
Actuaciones de información, comunicación y visibilidad:
• Asistencia y apoyo técnico en el cumplimiento de las obligaciones en materia de información, comunicación y visibilidad de acuerdo con la Estrategia de Comunicación del Organismo Intermedio de Gestión (OIG) y demás normativa de aplicación.
• Definición, planificación y ejecución en materia de información, comunicación y visibilidad en el marco de la Estrategia DUSI “Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020”.
• Elaboración, edición, distribución y publicación de todos los contenidos destinados a informar de la existencia de la Estrategia DUSI “Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020” insistiendo en divulgar las oportunidades de financiación que ofrece y su ejecución y resultados los resultados conseguidos.
• Elaboración, edición, distribución y publicación de buenas prácticas, que cumpla con las indicaciones del Organismo Intermedio y de la Autoridad de Gestión y con los límites de ejecución como buena práctica.
• Elaboración cumplimentación y actualización de un registro documental y gráfico de todas las acciones de comunicación que tengan que ver con la estrategia de comunicación, que cumpla con las indicaciones del Organismo Intermedio y de la Autoridad de Gestión.
• Definir e implementar el plan de seguimiento y evaluación de las medidas y actuaciones en materia de información, comunicación y visibilidad desarrolladas. Recopilación de los indicadores, procesamiento y elaboración de la información necesaria para la cumplimentación de las bases de datos INFOCO2014 y de las herramientas diseñadas para el cumplimiento de las obligaciones en materia de
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comunicación. Realizar los informes de evaluación intermedia en materia de información, comunicación y visibilidad, previstos en los ejercicios 2018 y 2021.
• Elaboración del contenido de los apartados de comunicación e informe para la ciudadanía de los Informes Anuales, conforme a las directrices marcadas por la Autoridad de Gestión.
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• Organización de al menos una (1) Jornada Informativa y de difusión de resultados del desarrollo de la EDUSI en la ciudad al año. Asumiendo los gastos inherentes a las mismas. Incluye: planificación, coordinación, ejecución, publicidad del evento, selección de ponentes, elección y adecuación de localizaciones y difusión/publicidad del mismo, así como cualquier otra actuación necesaria para la realización de las mismas.
Desarrollo de todas las tareas, actuaciones y actividades necesarias para la correcta gestión y comunicación de la “Estrategia DUSI Sanlúcar xx Xxxxxxxxx 2020", dentro del objeto del contrato, no contempladas en las anteriores.
6.- Características y organización de los trabajos
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados. Será obligación específica del contratista la preparación de toda la documentación justificativa necesaria que demuestre que las acciones propuestas en la oferta técnica y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares han sido efectivamente realizadas y en conformidad con lo dispuesto en Reglamento (UE) n° 1303/2013 y en toda la normativa de aplicación. Para ello, el contratista estará obligado:
• Para la gestión global del proyecto, la empresa adjudicataria deberá proponer un/a responsable de la asistencia técnica que será el principal interlocutor con el Ayuntamiento. Este tendrá que estar disponible y localizable para el/la responsable del contrato a través de teléfono fijo directo, teléfono móvil y correo electrónico.
El contratista tendrá que comunicar al responsable del contrato cualquier acontecimiento panificable que pueda afectar a la disponibilidad del responsable del proyecto. De igual manera, cualquier indisponibilidad no planificada del mismo debe ser comunicada dentro de las 24 horas siguientes a que acontezca. En ambos casos, deberá asignar sustituto, que deberá contar con los mismos requisitos, que los establecidos en la cláusula 8 de este Pliego, para el desempeño de esta responsabilidad cuando la indisponibilidad sea superior a 10 días.
• Para el seguimiento y control, se establecerán reuniones de seguimiento cuyo objetivo es la revisión técnica y de planificación de los trabajos objeto del alcance del contrato. Las reuniones de seguimiento tendrán una frecuencia mensual, si bien ésta se puede ver modificada a indicación del responsable del contrato, según las necesidades de gestión del contrato.
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• De todas las reuniones que se mantengan la empresa adjudicataria levantará actas donde se recojan las propuestas, modificaciones, instrucciones y conclusiones que se adopten.
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• Para la gestión global del proyecto, la empresa adjudicataria deberá tener una presencia física en el municipio de al menos 250 horas al año que se distribuirán en función de las necesidades y se programarán trimestralmente.
• La empresa adjudicataria preparará un plan de trabajo detallado con las tareas a desarrollar en el tiempo durante la vigencia del contrato, así como un cuadro de mando de indicadores que permita hacer un seguimiento de los objetivos que en el marco de la Estrategia DUSI son requeridos. Este calendario será en su caso ajustado y previamente visado por el responsable del contrato.
• La empresa adjudicataria deberá tener disponibilidad para acompañar al Ayuntamiento en las reuniones de seguimiento y en las actuaciones de verificación que desde el Ministerio y/o otros organismos sean requeridas.
• La propiedad intelectual de todos los documentos y resultados de los trabajos realizados será del Ayuntamiento de Sanlúcar xx Xxxxxxxxx y quedará en poder de éste.
• Los trabajos deben estar desarrollados por el equipo de trabajo incluido en la propuesta técnica que realice el licitador y por tanto que cumpla los requisitos establecidos en el punto 8 de este pliego, debiendo ser este personal el que asista a las reuniones de seguimiento y a cualquier otro acto que se desarrolle.
• En cualquier momento bajo solicitud del Responsable del Contrato, la empresa adjudicataria estará obligada a entregar toda la documentación soporte de su actuación, tanto la original como la actualizada, al Ayuntamiento.
El contratista estará obligado a cumplir las obligaciones de información, comunicación y las medidas para aumentar la visibilidad establecidas en el anexo XII, sección 2.2. del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 modificado por el REGLAMENTO (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 18 de julio de 2018 y, especialmente, las siguientes:
a) En los documentos de trabajo, así como en los informes y en cualquier tipo de soporte que se utilice en las actuaciones necesarias para el objeto del contrato, aparecerá de forma visible y destacada el emblema de la UE, haciendo referencia expresa a la Unión Europea y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
b) En toda difusión pública o referencia a las actuaciones previstas en el contrato, cualquiera que sea el medio elegido (folletos, carteles, etc....), se deberán incluir de modo destacado los siguientes elementos: emblema de la Unión Europea de conformidad con las normas gráficas establecidas, así como la referencia a la Unión Europea y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, incluyendo el lema "Una manera de hacer Europa".
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El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Xxxxxx, observando fielmente lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como las instrucciones que, en su caso, haya dado el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
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La empresa adjudicataria estará obligada a presentar junto con cada factura trimestral la siguiente documentación al Ayuntamiento:
• Informes trimestrales de la actividad desarrollada por el adjudicatario de todas las acciones realizadas en el marco de este contrato, grado de ejecución del proyecto, incidencias, en su caso, detectadas y que pudieran alterar la normal ejecución.
• Copia de los informes técnicos emitidos por la asistencia técnica.
• Actas de las todas las reuniones que mantenga la empresa adjudicataria en relación a la ejecución del contrato.
• Otros documentos probatorios del trabajo realizado: comunicaciones vía correo electrónico en el marco de la asistencia técnica, etc.
• Las facturas deben incorporar en el concepto su vinculación con las operaciones de la estrategia DUSI en la que se incluye y la mención cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España, 2014-2020.
7.- Confidencialidad de la información
El contratista se verá obligado a guardar las normas vigentes sobre propiedad intelectual y documentación clasificada o de difusión restringida que, por necesidades del contrato, se vea obligado a manejar.
No se podrá transferir información alguna sobre los trabajos realizados a personas o entidades sin la autorización expresa del Ayuntamiento. Asimismo, se garantizará la confidencialidad de la información utilizada para la realización de los trabajos objeto del contrato, la de los trabajos mismos y la de cualquier otra que en el desarrollo de éstos pudiera llegar a conocimiento del personal contratado para los mismos.
8.- Equipo y medios de trabajo
El contratista proporcionará todos aquellos medios, materiales y técnicos, que garanticen la correcta ejecución del contenido de los trabajos.
Los gastos que se ocasionen, como consecuencia del desarrollo del trabajo realizado por el contratista, correrán única y exclusivamente a su cargo.
El personal técnico asignado a este proyecto por parte del contratista deberá conocer la reglamentación y normativa nacional y europea sobre fondos europeos en los relativo a la selección de operaciones, contratación pública, medio ambiente, igualdad de oportunidad y no discriminación, elegibilidad de gastos, información y publicidad, y otras materias necesarias para cumplir la legislación vigente, así como conocimientos y experiencia en el campo del desarrollo urbano sostenible e integrado.
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Dado que es uno de los elementos básicos que determinan la calidad del proyecto, la empresa adjudicataria dispondrá de personal con la cualificación profesional y académica acorde al trabajo a desarrollar, incluido el interlocutor responsable de la asistencia técnica.
ID DOCUMENTO: f3AUxxFdcJ
Partiendo de estos requisitos se establece que el contratista se compromete a contar como mínimo con el siguiente equipo técnico para el cumplimiento del contrato:
1 Coordinador/a con el siguiente perfil mínimo.
• Titulación universitaria superior o equivalente relacionada con el objeto del contrato.
• Experiencia acreditada de, al menos 10 años en diseño, gestión, implementación y/o evaluación de estrategias y/o proyectos públicos y/o privados.
• Experiencia acreditada de, al menos 5 años, en materia de programación, dirección, gestión, coordinación, seguimiento, evaluación y/o verificación de estrategias, programas, iniciativas y/o proyectos de desarrollo local y/x xxxxxx sostenible financiados por Fondos Europeos.
• Haber participado en la elaboración de al menos dos Estrategias DUSI en el periodo 2014-2020 habiéndose sido seleccionada al menos una.
1 Técnico/técnica con el siguiente perfil mínimo:
• Titulación universitaria superior o equivalente relacionada con el objeto del contrato.
• Experiencia acreditada de, al menos 5 años, en materia de programación, dirección, gestión, coordinación, seguimiento, evaluación y/o verificación de estrategias, programas, iniciativas y/o proyectos de desarrollo local y/x xxxxxx sostenible financiados por Fondos Europeos
• Haber participado en la elaboración de al menos dos Estrategias DUSI en el periodo 2014-2020 habiéndose sido seleccionada al menos una.
• Formación y/o experiencia acreditada en Nuevas Tecnologías y/o Comunicación. 1 Técnico/técnica con el siguiente perfil mínimo:
• Titulación universitaria superior o equivalente relacionada con el objeto del contrato.
• Experiencia acreditada de, al menos 5 años, en materia de programación, dirección, gestión, coordinación, evaluación y/o verificación de estrategias, programas, iniciativas y/o proyectos de desarrollo local y/x xxxxxx sostenible financiados por Fondos Europeos
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• Haber participado en la elaboración de al menos dos Estrategias DUSI en el periodo 2014-2020 habiéndose sido seleccionada al menos una.
De las personas asignadas al equipo técnico se debe garantizar que algunas dispongan de la siguiente formación y/o experiencia en:
ID DOCUMENTO: f3AUxxFdcJ
Inclusión Social.
Medio Ambiente.
Participación ciudadana.
Si el contratista procediera al cambio puntual de alguno de los miembros del equipo, lo deberá informar por escrito con al menos quince días de antelación, exponiendo de forma detallada y suficiente las razones del cambio respecto a la oferta presentada. La calidad del servicio prestado no podrá verse mermada en ningún caso por el cambio. La sustitución se ajustará en todo caso a los requerimientos técnicos establecidos en los pliegos de contratación.
Los inconvenientes de adaptación al entorno de trabajo debidos a las sustituciones de miembros del equipo deberán subsanarse mediante periodos de solapamientos, sin coste adicional para el Ayuntamiento durante el tiempo que estime necesario.
Xxxxx personal deberá figurar en la documentación de solvencia técnica y/o profesional mediante la incorporación de Curriculum vitae firmado de cada miembro del equipo de trabajo, titulación académica y certificaciones acreditativas de la experiencia del equipo técnico participante de manera directa en la ejecución del contrato. La documentación deberá presentarse en original o copia compulsada conforme a la legislación vigente.
Asimismo, el citado personal deberá incluirse en la propuesta técnica recogida en la Prescripción 9 con la asignación de tareas a realizar.
Este equipo experto realizará los servicios de asistencia técnica recogidos en los apartados tercero y quinto de este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
9.- Contenido de la proposición técnica
La propuesta técnica incluirá la información que permita la valoración de la misma conforme a los criterios de adjudicación establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
10. Plazo de ejecución del contrato
El plazo de ejecución del contrato será de cuatro años, contados desde el día siguiente al de la formalización del contrato.
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11. Presupuesto del contrato
El presupuesto base de la licitación del contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deberá soportar la Administración, se establece en 165.289,26 euros.
ID DOCUMENTO: f3AUxxFdcJ
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
El presupuesto base de licitación del contrato, incluido el IVA (21%) se establece en 200.000 euros. Dicho importe está cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo de Plurirregional de España, 2014-2020.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación adoptada por el órgano de contratación, de acuerdo con la oferta económica realizada en base al presupuesto base de licitación previsto en este mismo apartado, e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El precio del contrato será como máximo por cada anualidad completa de 50.000 euros (IVA incluido), que incluye los costes directos e indirectos, los gastos generales y el beneficio industrial del contratista, y con el siguiente desglose de anualidades:
Año 2018 | 29.166,67 |
Año 2019 | 50.000,00 |
Año 2020 | 50.000,00 |
Año 2021 | 50.000,00 |
Año 2022 | 20.833,33 |
Total incluido IVA por 4 años | 200.000,00 |
La forma de pago del presente contrato será mediante la realización de pagos parciales de carácter trimestral vencido, mediante presentación de factura, por importe del 6,25% del precio del contrato resultante de su adjudicación.
El precio del contrato no está sujeto a revisión.
12.- Seguro
El contratista deberá tener suscrito un seguro que cubra las responsabilidades derivadas de su actividad profesional.
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13.- Cumplimiento de las obligaciones sociales, laborales e igualdad de género
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El contratista se obliga a cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social y de seguridad e higienes en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
Todas las actividades asociadas a la ejecución del servicio objeto de contrato incorporarán la perspectiva de género de acuerdo a lo establecido en el Reglamento (CE) nº1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, modificado por el REGLAMENTO (UE, Euratom) 2018/1046 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 18 de
julio de 2018, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n o 1083/2006 del Consejo.
14.- Penalizaciones
Artículo 192. Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
Las infracciones que cometa el contratista en la ejecución de los trabajos se calificarán de leves, graves o muy graves.
A. Infracciones leves:
a. Tendrán la consideración de infracciones leves todas las que no estén catalogadas como graves o muy graves y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este pliego, con perjuicio no grave en la prestación del servicio así como la interrupción del servicio en una jornada laboral.
B. Infracciones graves:
a. La realización de los trabajos de forma manifiestamente irregular.
b. La desobediencia a las instrucciones del/de la responsable del contrato la encargado de la vigilancia de la prestación, relativas al desarrollo del trabajo y en general, a las normas que regulan la prestación de los mismos.
c. La reiteración de tres infracciones leves dentro de un periodo de cuatro meses.
C. Infracciones muy graves:
a. La cesión, subarriendo o traspaso total o parcial de los servicios sin autorización expresa del Ayuntamiento.
b. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y obligaciones establecidas en este Pliego, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
c. La demora en el comienzo de la prestación del servicio o la cesación en la prestación del mismo, salvo causas de fuerza mayor.
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d. Reiteración de tres infracciones graves en un periodo de cuatro meses. Las sanciones que se podrán imponer al contratista serán las siguientes:
A. Infracción leve. Apercibimiento.
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B. Infracción grave: 1/3 de la factura trimestral correspondiente a la factura de ese trimestre en el que se produzca la última infracción.
C. Infracción muy grave: Importe de la factura trimestral en el que se produzca la última infracción.
No obstante, en caso de infracciones muy graves el Ayuntamiento podrá optar entre la imposición de sanciones, según lo previsto en esta cláusula o el inicio del correspondiente expediente para la resolución del contrato.
La aplicación y pago de sanciones no excluye de la indemnización a la que el Ayuntamiento pueda tener derecho por daños y perjuicios imputables al contratista.
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