LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
EXPEDIENTE Nº 10230/22
LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
Señor/es: Proveedor
APERTURA: El día 17 de octubre de 2022, a las 12:00 horas.
LUGAR: Dirección General de Compras y Contrataciones.
Tercer Piso - Centro Cívico - Santa Xxxx - La Pampa
PLANILLA DE COTIZACIÓN
Ítem Descripción
1 Servicio especial de traslado de pasajeros en ómnibus con un VEHÍCULO CON CAPACIDAD MÁXIMA DE (45) PERSONAS, destinado a dos (2) familiares como máximo, por cada persona privada de su libertad que cumplen su condena en la Unidad Carcelaria Nº 9 ubicada en Senillosa
– Neuquén, efectuando dos (2) viajes mensuales, con vigencia durante el 01 de enero y hasta el
31 de diciembre de 2023, de acuerdo al Cronograma adjunto en Anexo A, con salida desde la Ciudad de General Pico – La Pampa hasta Senillosa – Neuquén, con escala en las localidades de Xxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxx x 00 xx Xxxx y su regreso.
COTIZACIÓN POR VIAJE $.....................
Total Cotizado... $
Son Pesos
SR. PROVEEDOR: Las propuestas deben ser presentadas por duplicado. (Artículo 26 del Reglamento de Contrataciones)
CONDICION PARA PARTICIPAR
Para PARTICIPAR en la licitación los proveedores deberán tener ACTIVA su inscripción en el REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO PROVINCIAL, en razón de contar con CUMPLIMIENTO FISCAL en el IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, tanto
en el caso de los Obligados Directos como de los contribuyentes de Convenio Multilateral (Artículo 12 del Decreto Nº 1245/22)
Quedan EXCEPTUADOS los proveedores comprendidos en el Artículo 25 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorios.
Los precios cotizados deberán incluir IMPUESTOS NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES.-
LEY Nº 1863 - COMPRE AL PROVEEDOR Y PRODUCTO PAMPEANO.-
Se encuentra en vigencia la Ley Nº 1863 (prorrogada por la Ley Nº 2132) que establece beneficios para la compra a Proveedores Pampeanos y/o Productos Pampeanos. Ver Cláusula Décima Xxxxxxx xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares.
CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA ALIMENTARIA
Al momento de la apertura de la licitación, los oferentes deberán presentar CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA REGISTRADA expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, sito en xxxxx 00 xx Xxxx Xx 383 – Xxxxxx Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xxxx, xxxx apercibimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 2201 y su Decreto Reglamentario Nº 219/06. Se considerará cumplida la exigencia de acreditar Libre Deuda Alimentaria, con la presentación, debidamente suscripta, de la Autorización que como Xxxxx XX se adjunta al presente pliego.
En caso de tratarse de personas jurídicas, el certificado deberá ser presentado por cada uno de los integrantes del Directorio, adjuntando además copia del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.-
La no presentación del citado certificado o la correspondiente Autorización (Xxxxx XX) debidamente suscripta, producirá la invalidez automática de la propuesta.
EXPEDIENTE Nº 10230/22
LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES
PRIMERA.- OBJETO:
Este llamado tiene por objeto la contratación de dos (2) viajes mensuales en ómnibus, con una capacidad máxima de 45 personas, para el traslado de dos (2) familiares, como máximo, por cada persona privada de su libertad, que cumplen su condena en la Unidad Carcelaria Nº 9 ubicada en Senillosa – Neuquén, y su regreso, de acuerdo al Cronograma establecido en Pliego de Especificaciones del Servicio. El servicio debe iniciarse y finalizar en la terminal de ómnibus de General Pico y los familiares deben ser trasladados a la Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xx 0 xx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
SEGUNDA.- PRESENTACION DE LA PROPUESTA:
Las propuestas serán presentadas en sobre cerrado y por duplicado, observando las formalidades establecidas en el Reglamento de Contrataciones. Deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. En este último caso deberá acreditarse la representación que se invoca.
TERCERA.- DECLARACION JURADA:
Los oferentes deberán adjuntar Declaración Jurada en la que conste no encontrarse en Concurso Preventivo, Quiebra o Liquidación (Anexo I).
La no suscripción de la misma por parte de los oferentes producirá la INVALIDEZ INMEDIATA DE LA OFERTA.
CUARTA.- APERTURA DE LA PROPUESTA:
La apertura de las propuestas se realizará el día 17 de octubre de 2022, a las 12:00 horas, en la Dirección General de Compras y Contrataciones - Contaduría General de la Provincia - Tercer Piso - Centro Cívico - Santa Xxxx - La Pampa.
QUINTA.- MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Las propuestas deberán ser mantenidas por el término de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha del acto de apertura. Si al vencimiento del término de mantenimiento de las ofertas no se hubiere adjudicado la licitación, se prorrogará automáticamente el plazo de mantenimiento por un término de 7 días hábiles, salvo que los proponentes comuniquen su decisión en contrario, por un medio fehaciente antes del vencimiento del plazo original.-
SEXTA.- PLAZO DE LA CONTRATACION:
El contrato regirá a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2023, pudiendo renovarse en las mismas condiciones hasta el 31 de diciembre de 2024.
SEPTIMA.- FORMA DE PAGO.
El pago se abonara cada vez que se preste el servicio, dentro de los siete (7) días hábiles de presentada la facturación y la recepción de conformidad por parte del Ministerio de Seguridad.-
OCTAVA.- REQUISITOS DE LA EMPRESA:
1. REQUISITOS ESENCIALES: conjuntamente con la oferta económica, los oferentes deberán presentar: fotocopia de inscripción de impuestos vigente en la AFIP, en DGR de la Provincia de La Pampa; Fotocopias autenticadas de la Habilitación Municipal vigente para prestar servicios extendida por la Municipalidad o Comisión de Fomento de la localidad y Habilitación Provincial, Constancia de Verificación Técnica y del seguro vigente de cada una de las unidades afectadas a esta contratación, fotocopia certificada del carnet de conductor profesional de las personas que conducirán las unidades afectadas, y del título de propiedad del/os vehículo/s afectados al presente contrato. Se aceptará contrato de leasing siempre que el plazo de vigencia de dicho contrato exceda el plazo de duración de la presente licitación privada. La Empresa deberá
presentar, con la oferta, la constancia de habilitación para operar en el transporte público de pasajeros expedida por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C.N.R.T.) o un comprobante similar expedido por el mismo organismo que certifique que es un medio de transporte habilitado para el transporte interjurisdiccional de pasajeros. El oferente, en el caso de resultar adjudicatario, deberá asumir la responsabilidad civil derivada de los daños causados a los pasajeros transportados y de los daños o extravío del equipaje de los mismos, según lo establecido por la Ley Nº 24449 y la CNRT. A tal fin deberá adjuntar copia certificada de la documentación y requisito exigidos por la CNRT.
2. Las propuestas serán presentadas en sobre cerrado y por duplicado, observando las formalidades establecidas en el Reglamento de Contrataciones. Deberán estar firmadas por el oferente o su representante legal. En este último caso deberá acreditarse la representación que se invoca.
En caso de incumplimiento o la presentación incompleta de cualquiera de los requisitos exigidos en el presente apartado se tendrá por desestimada la oferta.
El Ministerio de Seguridad se reserva la facultad de solicitar, previo a la preadjudicación, la información de los organismos y/o personas jurídicas expedidoras de informes o certificados que considere necesarios, a los efectos de una mejor interpretación y evaluación de las propuestas. QUEDA COMPRENDIDO EN ESTE PARRAFO EL CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 9 DEL DECRETO Nº 1293/12 REGLAMENTARIO DE LA Ley Nº 2547.
NOVENA.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
La preadjudicación recaerá en la propuesta que, ajustándose a las bases de contratación, resulte más conveniente. A esos efectos se ponderarán los siguientes factores:
1. Precio del servicio.
2. Antecedentes en la prestación del servicio, si los tuviere.
3. Cualquier otro factor que se considere necesario ponderar.
DECIMA.- NOMINA DE PERSONAS
El Ministerio de Seguridad, proporcionará la nómina de familiares a trasladar, en el que constará el nombre, apellido, documento nacional de identidad, domicilio y/o barrio en el que reside.
DECIMA PRIMERA.- Será de aplicación en el presente Contrato, la Redeterminación de Precios prevista en la Ley N°3105, reglamentada por el Decreto Nº 3791/18.
DECIMA SEGUNDA.-DECLARACIONES JURADAS
Los oferentes deberán adjuntar Declaración Jurada en la que conste no encontrarse en Concurso Preventivo, Quiebra o Liquidación (Anexo I). La no suscripción de la misma por parte de los oferentes producirá la INVALIDEZ INMEDIATA DE LA OFERTA.-
DECIMA TERCERA.- GARANTIAS:
Las garantías de oferta y de adjudicación deberán constituirse a la orden del Organismo Licitante, en alguna de las formas previstas en el Artículo 39 del Reglamento de Contrataciones.
En caso de realizarse mediante depósito bancario, deberá hacerse a la cuenta “Garantía de Licitaciones - Nº 347/4 - Provincia de La Pampa - CUIT: 30-99907583-1 - CBU: 09303001/10100000034746 - Banco de La Pampa”.
En caso de que la garantía sea mediante Seguro de Caución deberán ser Certificadas por Escribano Público y Legalizada por el Colegio de Escribanos.
Los oferentes deberán constituir garantía de oferta por el UNO POR CIENTO (1%) del monto total cotizado, en alguna de las formas establecidas en el Artículo 39º del Reglamento de Contrataciones, a excepción del pagaré a la vista que solo puede ser usado como garantía de oferta por las firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de la Provincia.
La garantía de adjudicación que deberá presentar cada firma adjudicataria será equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del monto total adjudicado.
No podrá integrarse las citadas garantías, con PAGARE A LA VISTA SIN PROTESTO, cuando el importe de la misma supere la suma de PESOS UN MILLON DOS MIL ($ 1.002.000,00).
XXXXXX XXXXXX.- CONDICION PARA PARTICIPAR:
Para PARTICIPAR en la licitación los proveedores deberán tener ACTIVA su inscripción en el
REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO PROVINCIAL, en razón de contar con CUMPLIMIENTO
FISCAL en el IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, tanto
en el caso de los Obligados Directos como de los contribuyentes de Convenio Multilateral (Artículo 12 del Decreto Nº 1245/22).
Quedan EXCEPTUADOS los proveedores comprendidos en el Artículo 25 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Acuerdo Nº 470/73 y sus modificatorios.
DECIMA QUINTA.- CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA ALIMENTARIA:
Los oferentes deberán presentar CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA REGISTRADA expedido por el Registro Provincial de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas, sito en Xx. Xxx Xxxxxx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xxxx, xxxx apercibimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 2201 y su Decreto Reglamentario Nº 219/06.
Se considerará cumplida la exigencia de acreditar Libre Deuda Alimentaria, con la presentación, debidamente suscripta, de la Autorización que como Xxxxx XX se adjunta al presente pliego.
En caso de tratarse de personas jurídicas, el certificado deberá ser presentado por cada uno de los integrantes del Directorio, adjuntando además copia del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.
DECIMA SEXTA.- COMPRE PAMPEANO:
Se pone en conocimiento de los oferentes que se encuentra en vigencia la Ley Nº 1863 - Compre al Proveedor o Productor Pampeano. Los beneficios están contemplados en el artículo 6 de la citada ley. A continuación se transcribe la parte principal del mismo:
“Artículo 6.- En las contrataciones que se lleven a cabo la preferencia se materializará a través de:
a) Cuando se trate de productos pampeanos de acuerdo a lo definido en el artículo 3, se adjudicará cuando el precio de los mismos no supere en un cinco por ciento (5%) en más al de la oferta más conveniente, ante especificaciones técnicas semejantes de calidad y finalidad de uso.
b) Cuando el precio del proveedor pampeano no supere en un dos por ciento (2%) en más, al de la oferta más conveniente, ante especificaciones semejantes de calidad o finalidad de uso y ésta corresponda a un proveedor no definido como pampeano”.
Los interesados deberán inscribirse en el Registro creado al efecto, el cual se encuentra a cargo de la Dirección General de Compras y Contrataciones - Xxxxxx Xxxx - Xxxxxx Xxxxxx - Xxxxx Xxxx - Xx Xxxxx - 🕿 (02954) – 452600 Internos 1208 o 1311.
En caso de cotizarse PRODUCTOS PAMPEANOS deberá presentarse indefectiblemente el correspondiente certificado otorgado por la Subsecretaría de Industria, Comercio y PyMEs.
DECIMA SEPTIMA.- LEGISLACION APLICABLE:
Todo cuanto no esté previsto en el presente pliego de Cláusulas Particulares se regirá por las disposiciones del Reglamento de Contrataciones de la Provincia aprobado por Decreto-Acuerdo N° 470/73 y sus modificatorios.-
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxx.xxxx
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LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
ANEXO “A”
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
PRIMERA.- ITINERARIO DEL SERVICIO SOLICITADO:
Los viajes tendrán como día de salida, de acuerdo a lo estipulado en clausula segunda, los días viernes, salvo directivas en contrario del Ministerio de Seguridad a requerimiento del Servicio Penitenciario.
Cronograma Año 2023:
• ENERO: Los días 06 y 20.
• FEBRERO: Los días 03 y 17.
• MARZO: Los días 03 y 17.
• ABRIL: Los días 08 y 22.
• MAYO: Los días 05 y 19.
• JUNIO: Los días 09 y 23.
• JULIO: Los días 07 y 21.
• AGOSTO: Los días 04 y 18.
• SEPTIEMBRE: Los días 08 y 22.
• OCTUBRE: Los días 06 y 20.
• NOVIEMBRE: Los días 10 y 24.
• DICIEMBRE: Los días 08 y 22.
En caso de ejercerse la opción de prórroga el CRONOGRAMA para el año 2024 será entregado por el organismo licitante a la empresa, en forma oportuna.
SEGUNDA.- FRECUENCIA:
Dos (2) viajes mensuales, partiendo de la localidad de General Pico – La Pampa hasta Senillosa – Neuquén, con escalas en las localidades de Santa Xxxx, General Acha y 25 xx Xxxx, y su regreso, según siguiente itinerario :
SALIDA: Terminal de ómnibus de la Ciudad de General Xxxx, Partiendo aproximadamente a la 23:00 PM.
ARRIBO: Unidad Carcelaria Nº 9 Senillosa – Neuquén, llegando en horario aproximado 9:15 AM.
REGRESO: Unidad Carcelaria Nº 9 Senillosa – Neuquén, partiendo en horario aproximado 19:30 PM.
ARRIBO: Terminal de ómnibus de la Ciudad de General Pico, llegando aproximadamente a la 02:45 AM.
TERCERA.- CONFORT DE LA UNIDAD:
La unidad debe contar con aire acondicionado, climatizador, butacas doble, reclinables en tres posiciones con apoya piernas, toilette, luces de lectura, auto bar (agua caliente y fría), incluyendo un desayuno y cena por cada pasajero.
CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO:
El Servicio debe rendir con las reglamentaciones de la Ley Nº 24.449 (chofer con carnet profesional, habilitación, verificación técnica vehicular y requisitos de seguridad), acorde al listado de pasajeros, él que será suministrado, con cuarenta y ocho (48) horas de antelación a cada salida, por el Organismo competente.
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LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
ANEXO I DECLARACIÓN JURADA
DECLARO BAJO JURAMENTO NO ENCONTRARME EN ESTADO DE CONCURSO PREVENTIVO, QUIEBRA Ó LIQUIDACIÓN, NI INHABILITADO XXXX- CIALMENTE.-
EXPEDIENTE Nº 10230/22
LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
ANEXO II AUTORIZACIÓN
Por este medio AUTORIZO a la Contaduría General de la Provincia de La Pampa, y a toda persona que este organismo designe, a solicitar información ante el Registro de Deudores Alimentarios dependiente de la Dirección General del Registro Civil y Capacidad de las Personas con asiento en la ciudad de Santa Xxxx, creado por Ley Nº 2201.
A fin de cumplimentar con la información que debe integrar la solicitud a presentarse ante el citado Registro, mis datos personales son:
APELLIDO: NOMBRES:
TIPO Y Nº DE DOCUMENTO: NACIONALIDAD:
DOMICILIO:
Firma y Aclaración
PROPONENTE PERSONAS JURÍDICAS: Deberán presentar el Anexo II - AUTORIZACIÓN, cada uno de los integrantes del Directorio, adjuntando además copia del instrumento -acta de distribución de cargos- que acredite la composición del mismo.
EXPEDIENTE Nº 10230/22
LICITACIÓN PRIVADA Nº 216/22
PROYECTO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
-------Entre el Ministerio de Seguridad de la Provincia de La Pampa, con domicilio en calle Avda. Xxxxxxxx Nº 1221, de la ciudad de Santa Xxxx – La Pampa, representado en este acto por su titular
……………………….., por una parte, en adelante "EL MINISTERIO", y la firma. ,
con domicilio en la calle……………………………………………… de la ciudad de ,
representada en este acto por el Señor ....................................... (D.N.I. Nº.....................), en el carácter de .............................. de la misma, en adelante llamada "LA EMPRESA", con el objeto de formalizar la adjudicación por Licitación Privada Nº 216/22, y regular los derechos y obligaciones de las partes, acuerdan en celebrar el presente Contrato de Prestación del Servicio de traslado de pasajeros, destinado a dos (2) familiares, como máximo, por cada persona privada de su libertad que cumplen su condena en la Unidad Carcelaria Nº 9 ubicada en Senillosa – Neuquén, que se integrará por los elementos exigidos por el Artículo 65 del Reglamento de Contrataciones (Decreto Nº 470/73 y modificatorios) y de conformidad a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: "LA EMPRESA" se obliga a prestar el servicio de transporte a dos (2) familiares, como máximo, por cada persona privada de su libertad cumpliendo condena en la Unidad Carcelaria Nº 9 xx Xxxxxxxxx – Neuquén, en virtud de sentencia proveniente de tribunales pampeanos en las condiciones y servicios especiales que se detallan.
SEGUNDA: El servicio de traslado se efectuará conforme lo establecido en el ANEXO “A” PLIEGO DE ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO, donde se estipula cronograma con itinerario, la frecuencia, el confort de la Unidad y las características del servicio.----------------------------------------------------------
TERCERA: La cantidad de viajes es la indicada en el ítem, siendo la misma de dos (2) viajes mensuales para el período comprendido entre enero a diciembre 2023 incluido. La lista de pasajeros será entregada por “EL MINISTERIO”, con cuarenta y ocho (48) horas de antelación al traslado a realizar. La misma será confeccionada con los datos personales de cada pasajero. Para los viajes sucesivos el Contratista mantendrá la comunicación directa con los pasajeros encargándose de la lista de transportados debiendo adjuntarla a la facturación.
CUARTA: El periodo de locación regirá a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2023, pudiendo renovarse en las mismas condiciones hasta el 31 de diciembre de 2024.. Para el supuesto que una de ellas decidiera resolver el contrato previo al vencimiento del mismo, la renunciante deberá comunicarlo a la otra, de manera escrita y por medio notificatorio fehaciente con un preaviso de noventa
(90) días.
QUINTA: “LA EMPRESA” se compromete a brindar el servicio en una unidad con aire acondicionado, climatizador, butacas dobles reclinables en tres posiciones y apoya piernas. Deberá proveer a cada pasajero a bordo de la unidad, un desayuno y una cena, conforme lo establecido en clausula tercera de ANEXO “A” PLIEGO DE ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO.--------------------------------------------
SEXTA: “LA EMPRESA” tomará a su cargo los siguientes gastos: remuneraciones, aportes y contribuciones de chóferes, impuestos, combustibles, reparaciones, seguros así como cualquier otro gasto que le pudieran corresponder por la prestación del servicio.-----------------------------------------
SÉPTIMA: “LA EMPRESA” tomará a su cargo la responsabilidad civil y penal por cualquier daño que se ocasione a las personas transportadas y/o terceros ajenos al contrato, que se produzcan durante la prestación del servicio de traslado. A fin de eximir de responsabilidad al concedente, La EMPRESA se obliga a garantizar los bienes y vidas transportados o los daños ocasionados a terceros, con un seguro de responsabilidad civil cuya vigencia cubra la duración total del contrato, siendo la presentación de la
póliza, requisito previo a la firma del contrato.
OCTAVA: Previo a la suscripción del contrato la EMPRESA deberá acreditar ante la Dirección de Presupuesto y Auditoría - MARCA, MODELO y NUMERO DE PATENTE del vehículo afectado a este servicio, así como también la/las unidades de reemplazo para los casos previstos en el párrafo siguiente. La EMPRESA se hará responsable del traslado en caso de desperfectos mecánicos u otros que impidan el traslado en el vehículo originalmente afectado.
NOVENA: La vinculación contractual se establece sólo entre el MINISTERIO y la EMPRESA; por lo tanto el MINISTRO DE SEGURIDAD no tiene la responsabilidad, en cuanto al cumplimiento por LA EMPRESA de las obligaciones impositivas, laborales y previsionales correspondientes; por lo tanto LA EMPRESA asume todas las obligaciones emergentes xx Xxxxx Impositivas, Laborales, de Riesgos de Trabajo (ART) y Previsionales con relación al personal que contrata y afecta al presente acuerdo.-----------------
DÉCIMA: El Precio de la prestación se fija en la suma de PESOS ……………....($........) por viaje para el ítem cotizado. Mensualmente se abonará el servicio de acuerdo a la cantidad efectiva de viajes realizados al mes. La factura y documentación, solicitada en cláusula quinta xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, deberán presentarse en la Dirección de Presupuesto y Auditoría del Ministerio de Seguridad. Se procederá al pago dentro los siete (7) días hábiles de recibidos de conformidad los bienes/ prestación del servicio o de la fecha de presentación de la documentación necesaria para el pago, lo que ocurra último.-----
DÉCIMA PRIMERA: “LA EMPRESA” deberá adjuntar por cada prestación la siguiente documentación:
1. Póliza de seguro vigente, con constancia del último pago realizado.
2. Copia certificada legible del carnet profesional emitido por la CNRT, vigente, de los choferes que prestan el servicio.
3. Verificación técnica vehicular vigente.
4. Constancia de pago de la tasa nacional de transporte.
5. Copia de la habilitación como transporte interjurisdiccional o comprobante similar de la CNRT que certifique de que es un transporte habilitado para realizar viajes afuera de la provincia de La Pampa.
DÉCIMA SEGUNDA: El incumplimiento reiterado de los horarios de salida y/o de las frecuencias de viajes, la reiteración de averías mecánicas en los vehículos y/o accidentes durante el trayecto, así como cualquier otro incumplimiento de las obligaciones a cargo de LA EMPRESA, facultará al MINISTERIO a rescindir unilateralmente el contrato, no teniendo derecho LA EMPRESA a reclamar indemnización alguna por ningún concepto.
Rescindido el contrato “LA EMPRESA”, deberá afrontar las penalidades establecidas en el Reglamento de Contrataciones Nº 470/73 y sus modificaciones.
DÉCIMA TERCERA: Será de aplicación en el presente Contrato, la Redeterminación de Precios prevista en la Ley N°3105, reglamentada por el Decreto Nº 3791/18.--------------------------------------------------
DÉCIMA CUARTA: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales resultantes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Xxxx, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción y expresamente al fuero federal.-------------------
DÉCIMA QUINTA: Los derechos emergentes del presente contrato no podrán ser cedidos, ni se podrá subcontratar con terceros los servicios adjudicados. Si se incumpliere la presente cláusula, el contrato quedará resuelto de pleno derecho.
DÉCIMA SEXTA: Las partes constituyen domicilio legal en calle Avda. Xxxxxxxx Nº 1221, de la ciudad de Santa Xxxx – La Pampa, EL MINISTERIO y en la calle ……… de la ciudad de …………, LA EMPRESA.--------
---En prueba de conformidad se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en Santa Xxxx, Capital de la Provincia de La Pampa, a los........días del mes de .......del año dos mil .---