COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000125-01
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000125-01
“Compra de una Pareja de Receptores xx Xxxxx Frecuencia GNSS (G.P.S.)”
Se recibirán ofertas hasta las 09:00 Horas | Del día: 03 de noviembre del 2017. |
En la oficina de Proveeduría: | Ubicada en el Edificio Anexo xxx Xxxxxxx Municipal |
CAPÍTULO PRIMERO
Condiciones de la Contratación
1. GENERALIDADES
La Proveeduría de la Municipalidad de Escazú, invita a participar en la presente contratación. La oficina encargada del procedimiento y que proporcionará la información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con el presente concurso será el Proceso de Proveeduría Municipal.
El pliego de condiciones podrá obtenerse en forma digital a través de sitio web xxx.xxxxxx.xx.xx o en la oficina de Proveeduría, para lo cual las personas interesadas deberán traer un dispositivo de almacenamiento USB libre de virus. Se advierte que, si el dispositivo USB se encuentra infectado, no se transferirá el archivo solicitado. El horario para gestionar la solicitud de información es de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.
La presente invitación se rige de conformidad a los parámetros establecidos en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
2. PARTICULARIDADES DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
2.1 Aclaraciones y modificaciones a este cartel.
Por el tipo de procedimiento licitatorio, no procede el recurso de objeción al cartel, por lo tanto, las solicitudes de aclaración o modificación al presente cartel deberán efectuarse por escrito ante la oficina de Proveeduría de esta Municipalidad o vía fax al 0000-0000, dentro del primer tercio del plazo fijado para la apertura de ofertas. En caso de enviar las solicitudes por fax, debe remitirse el original en un máximo de un (1) día hábil.
La Administración se reserva el derecho de efectuar las modificaciones y / o aclaraciones a las condiciones o especificaciones del cartel, cuando se consideren necesarias, y se comunicaran a los potenciales oferentes oportunamente. La oficina de Cooperación Institucional supervisará la correcta entrega del bien o servicio para lo cual efectuará los controles de calidad respectivos. Asimismo, esa dependencia será la encargada de recibir el bien o servicio.
2.2 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
2.2.1 Presentar facturación timbrada acorde al bien o servicio que presta.
2.2.2 La Administración no aceptará la presentación de ofertas en conjunto para contratar estos servicios.
2.2.3 La Administración, según lo indicado en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
0.0.0.0: Se aceptará la participación de hasta dos (2) o más participantes en consorcio, siempre y cuando
una sola de las personas responda por ambas.
0.0.0.0: Presentar copia certificada del acuerdo del Consorcio en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración. El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
2.2.3.2.1: Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
2.2.3.2.2: Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.
2.2.3.2.3. Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y de los compromisos y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual.
2.2.3.2.4. El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
2.2.3.2.5. Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
2.2.3.2.6. En dicho acuerdo debe dejarse constancia de que la responsabilidad de que cada una de los integrantes respecto de los trámites de consorcio y la ejecución del proyecto, es solidaria, así como en relación con las garantías que se ofrezcan en respaldo de tal ejecución.
2.2.3.2.7. Tal documento deberá ser otorgado por los representantes legales de cada uno de los integrantes que presentan la oferta en consorcio y firmado por cada uno de ellos.
2.2.4. Igualmente, la Oferta, deberá estar firmada por cada uno de los representantes legales de los integrantes que la presentan de manera tal que sean legalmente obligatorios para todos los asociados.
2.2.5. Cada uno de los oferentes debe aportar las declaraciones y certificaciones solicitadas en el Capítulo Primero, punto Nº 8 xxx xxxxxx de condiciones.
2.2.6 En caso de que esta oferta en consorcio resulte adjudicada, los involucrados deberán nombrar un único representante con facultades suficientes para asumir responsabilidades y recibir órdenes para y en nombre de todos los asociados de la oferta adjunta. Tal representante deberá ser representante legal de alguna de los integrantes que participan en la sociedad.
2.3 ENTREGA DE LA OFERTA
La oferta se presentará escrita a máquina o procesador de texto, sin borrones ni tachaduras que la hagan de difícil lectura o interpretación; en caso de error, la corrección correspondiente deberá efectuarse por medio de fe de erratas, incluida dentro del mismo sobre de la oferta o sobre adicional, siempre y cuando éste último se presente antes de la fecha y hora de apertura. La oferta se presentará en sobre cerrado en el Proceso de Proveeduría, antes de la fecha y hora de recepción de ofertas. El sobre indicará en su parte exterior la siguiente información:
Municipalidad de Escazú Proceso de Proveeduría
Contratación directa Nº 2017CD-000125-01
“Compra de una Pareja de Receptores xx Xxxxx Frecuencia GNSS (G.P.S.)” Apertura a las horas del de del 2017.
Nombre del Oferente: tel.:
En ningún caso se aceptará la presentación de ofertas por vía telefónica, casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios de transmisión de datos. Si se acepta la presentación de la oferta vía fax, al 0000-0000, con la salvedad de que todas las páginas que conforman la oferta deberán ingresar antes de la fecha y hora indicados como plazo máximo para recibir ofertas, (y la oferta original deberá ser presentada en los próximos dos (2) días hábiles en las oficinas de Proveeduria de la municipalidad). Caso contrario se considera la oferta como extemporánea y quedará inelegible en este procedimiento.
Por el solo hecho de presentar oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este cartel, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
Forman parte de la oferta, el original y los documentos que la acompañen. Una vez depositada la oferta en la recepción de Proveeduría, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. Aquellas ofertas que se presenten tardíamente, entiéndase, posterior a la fecha y hora de apertura de ofertas, se recibirán, pero no serán analizadas ni tomadas en cuenta en este procedimiento y serán declaradas extemporáneas.
En caso de discrepancia entre la fecha y/u hora de la recepción de ofertas publicadas en la invitación y la establecida en el pliego de condiciones, prevalecerá este último.
Se permitirá la presentación de ofertas alternativas según lo estipulado en el Artículo Nº 70 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Por lo tanto, el oferente deberá identificar claramente cuál oferta deberá tomarse como la oferta base y cuál como oferta alternativa.
2.4 OFERTAS DE ORIGEN EXTRANJERO
El oferente podrá concurrir bajo cualquiera de las formas establecidas en el artículo 54 del Reglamento General de Contratación Administrativa.
2.5 EN ORIGINAL
Cada oferta se compone de un original debidamente firmado en papel común (sin empastes). No se aceptarán las ofertas con firmas escaneadas.
Además, la oferta debe ser firmada por la persona facultada legalmente, ya que de acuerdo con al artículo Nº81 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la falta de la firma la falta de la firma en la oferta es un aspecto insubsanable. La oferta de empresas extranjeras, la personería del firmante debe ser debidamente acreditada.
2.6 INDICAR EN LA OFERTA
⮚ Nombre de la Persona física o jurídica proveedora
⮚ Dirección exacta
⮚ Teléfono
⮚ Fax u otro medio alternativo
2.7 PLAZO PARA ADJUDICAR
El tiempo para adjudicar es xx xxxx (10) días hábiles, con posibilidad de prórroga por igual plazo.
2.8 VIGENCIA DE LA OFERTA
La vigencia de la oferta es de veinte (20) días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de esta Compra Directa.
2.9 PRECIO
El oferente deberá cotizar precios unitarios y totales, firmes y definitivos, en moneda nacional o extranjera, sin sujeción a condición alguna no autorizada por este cartel. El monto deberá indicarse en números y letras coincidentes (en caso de divergencia entre esas dos formas de expresión, prevalecerá la consignada en letras), libre de todo tipo de impuestos, ya que de acuerdo con el artículo 8 del Código Municipal, las municipalidades están exentas del pago de todo tipo de impuestos. Además, el precio unitario deberá incluir todos los gastos o costos necesarios para la prestación del servicio, tales como mano de obra, materiales, herramientas, equipo, costos indirectos, utilidad, imprevistos entre otros. Cuando sea necesario, la Administración solicitará al oferente presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen, no se aceptarán aquellas ofertas con una utilidad negativa.
2.10 IDIOMA
Las ofertas deberán ser presentadas en idioma español, no obstante, la literatura que la complemente podrá presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción, donde se muestren las características y calidades del bien ofrecido. El oferente deberá realizar la traducción total al idioma español de toda la literatura que se aporte junto con la oferta.
3 NOTIFICACIONES
El oferente deberá indicar en la oferta un número de fax como medio para recibir notificaciones, para realizar los comunicados referentes al procedimiento de contratación en cualquiera de sus etapas (las notificaciones no se harán por correo electrónico). Se recuerda la excepción de los procedimientos que por Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento deban ser publicados en el Diario Oficial La Gaceta.
Se excluyen los procedimientos que por Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento deban ser publicados en el diario oficial La Gaceta.
4 APERTURA DE LAS OFERTAS.
El proceso de Proveeduría, a la hora y fecha del plazo para la recepción de ofertas, procederá a las aperturas de las mismas, solamente en el caso que hay una persona interesada que solicite la apertura, la cual se hará con la presencia de las personas que tengan a bien participar en este acto.
En el acto de apertura de las ofertas se dará a conocer los nombres de los oferentes, los precios de las ofertas, el monto total de cada una de ellas y de las ofertas alternativas (en caso de solicitarse o permitirse su presentación), así como los descuentos ofrecidos. Con respecto a los descuentos, no serán tomados en cuenta para efectos de comparación de precios, según artículo
28 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
El Proceso de Proveeduría levantará un acta de la apertura de las ofertas, en la que incluirá la información que se da a conocer a los asistentes a este acto, acta que será firmada por el o la funcionaria de Proveeduría y por los asistentes al acto.
5 EVALUACION DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se hará de conformidad con el sistema de calificación establecido en este cartel, para determinar la oferta más conveniente a la Administración Municipal y recomendar la respectiva adjudicación.
En virtud de los principios de eficiencia, eficacia e interés público, la Municipalidad de Escazú se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial o total cada reglón, a un solo proveedor, al que resulte mejor calificado globalmente en cada uno, de acuerdo con el contenido presupuestario existente. Para lo cual, se podrá solicitar a los oferentes abrir algunas líneas de su oferta (Desglose de actividad general, en actividades que la componen).
Igualmente, la Administración podrá aceptar o rechazar todas las ofertas y, por tanto, declarar desierta la contratación, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna hacia los oferentes afectados por este motivo, según artículo Nº 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
La Municipalidad de Escazú está facultada para solicitar a cualquier oferente aclaraciones de sus ofertas y de la composición de los precios unitario inclusive, con el propósito de facilitar el análisis y evaluación de las mismas. El o los oferentes deberán responder por escrito de acuerdo con los artículos Nº 79,80,81 y 82 del Reglamento a la Ley de contratación Administrativa.
6 FORMALIZACION Y CONTRATO
Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, se debe suscribir un contrato el cual será sometido al trámite de aprobación de aprobación interna ante el Proceso de Asuntos Jurídicos.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
⮚ Primero: Adjudicación en firme.
⮚ Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, especies fiscales, personería jurídica y certificación de la Caja Costarricense del Seguro Social de que se encuentra al día con el pago de las cuotas obrero-patronales.
⮚ Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad.
⮚ Cuarto: Revisión y no objeción al contrato por parte del adjudicado.
⮚ Quinto: Firma de contrato entre las partes.
⮚ Sexto: Refrendo contralor del contrato o aprobación interna.
⮚ Sétimo: Entrega de una copia del contrato y una copia de la orden de compra. El adjudicado dispondrá de los siguientes plazos:
La revisión, la no objeción y la firma del contrato deberán realizarla en un plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a partir de la notificación respectiva.
El expediente administrativo estará integrado por:
⮚ este cartel
⮚ la oferta
⮚ las condiciones legales y complementarias que lo afectan y regulen.
⮚ el acuerdo de adjudicación por parte del Concejo Municipal.
⮚ el contrato
⮚ el refrendo contralor o aprobación interna.
⮚ la orden de inicio, minutas de reunión, los documentos y correspondencia girada entre las partes durante la ejecución del servicio.
Todos los documentos de esta contratación se complementan entre sí y lo que uno se exija será tan obligante como si se exigiera en todos. Las condiciones especiales prevalecerán sobre las generales.
El adjudicado no podrá ceder los derechos y obligaciones de la presente contratación, salvo autorización previa y expresa de la Municipalidad.
La Municipalidad se reserva el derecho de reclamar indemnización por daños sufridos por incumplimiento del adjudicado, así como de resolver administrativamente la relación contractual de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Contratación Administrativa.
El adjudicado será responsable ante esta Municipalidad por el correcto y oportuno cumplimiento del contrato suscrito, el cual no podrá ser cedido, traspasado o enajenado sin consentimiento previo y por escrito del órgano adjudicador.
Si existieren modificaciones respecto al representante legal, deberá ser presentada mediante certificación de un notario público dicha modificación donde se señale la nueva persona que ostenta la representación legal de la empresa, o que tiene pleno poder para ello. Para efectos de la firma se exigirá la cédula de identidad vigente o documento de identificación vigente (cédula de residencia, pasaporte, otro)
7 CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones derivados de un contrato en ejecución o listo para iniciarse podrán ser cedidos a un tercero, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
En todo caso la cesión debe ser autorizada por la Administración mediante acto debidamente razonado, en el que al menos analizará:
⮚ Causa de la cesión.
⮚ El cumplimiento por parte del cesionario de las principales condiciones legales, técnicas y financieras solicitadas en el cartel.
⮚ Que el cesionario no esté afectado por alguna causal de prohibición.
⮚ Ventajas de la cesión de frente a resolver el contrato.
⮚ Eventuales incumplimientos del cedente hasta el momento y medidas administrativas adoptadas.
Si la cesión excede el cincuenta (50) por ciento del objeto contractual, independientemente del avance en su ejecución, deberá ser autorizada por la Contraloría General de la República de la República, quien resolverá dentro del décimo día hábil una vez presentada la solicitud. La petición de la Administración deberá contener como mínimo la solicitud formulada por el cedente; aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones, cartel y resolución motivada de la Administración.
El cesionario queda subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente y este quedará libre de todas las obligaciones con la Administración. En el supuesto de que la cesión genere modificaciones contractuales éstas seguirán los procedimientos comunes establecidos al efecto.
8 CERTIFICACIONES Y DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar en su propuesta.
8.1 LEGITIMACIÓN DEL OFERENTE
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería original, expedida por notario público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. La propiedad de las acciones o cuotas debe hacerse con vista en el Libro de Registro de Accionistas que al efecto lleva la sociedad debidamente legalizado; la restante información debe darse con vista de la inscripción existente en el Registro Público. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial. Igualmente, puede presentar la certificación extendida por el Registro Nacional.
Si es una persona física, presentar copia de la cédula de identidad vigente, con las calidades de la persona.
8.2 CERTIFICACIONES Y CONSTANCIAS
El oferente, deberá presentar:
8.2.1Certificación de que se encuentra inscrito y al día en el pago de las obligaciones obrero-patronales con la Caja Costarricense del Seguro Social, o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de la apertura de las ofertas. En caso de no aportarse, la administración realizará impresión de la consulta en la página Web de SICERE el día de apertura.
En caso de que el oferente presente certificación de que no se encuentra inscrito como patrono ante la Caja Costarricense del Seguro Social, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Caja Costarricense del Seguro Social, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes.
Así mismo, la Ley de Protección al Trabajador, en la modificación de la Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, en el Artículo Nº 74 establece “ los patronos y las personas
que realicen total o parcialmente actividades independientes no asalariados deberán estar al día en el pago de las obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social, conforme a la ley. Para realizar los siguientes trámites administrativos, será requisito estar al día en el pago de las obligaciones de conformidad con el Artículo Nº 3 de esta Ley ( ) Participar en cualquier proceso
de contratación pública regulado por la Ley de Contratación Administrativa o por la Ley de Concesión de Obra Pública. En todo contrato administrativo deberá incluirse una cláusula que establezca como incumplimiento contractual, el no pago de las obligaciones con la seguridad social ”
De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el Proceso de Seguridad Cantonal verificará que el oferente se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que podrá solicitar, que se le proporcione las certificaciones correspondientes.
8.2.2El oferente debe aportar constancia original y vigente, emitida por el Instituto Nacional de Seguros, de la póliza del Seguro Contra los Riesgos del Trabajo, vigente y al día, lo anterior según lo indicado por una norma técnica publicada en La Gaceta 250 del 24 de diciembre del 2010.
8.2.3Certificación de que se encuentra al día en el pago de los aportes con el Fondo de Asignaciones Familiares. En caso de no aportarse, la administración realizará impresión de la consulta en la página Web de respectiva. Lo anterior según lo indicado mediante oficio DG-217-2011.
8.2.4Asimismo, la persona física o jurídica oferente deberá aportar certificación o documento idóneo emitido por la Administración Tributaria donde indique que se encuentra inscrita como contribuyente.
8.3 DECLARACIONES JURADAS
El oferente, deberá presentar una declaración jurada donde indique que:
8.3.1Que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
8.3.2Que no está afectado por ninguna causal de prohibición (Artículo Nº 22 y 22 Bis de la Ley de Contratación Administrativa)
8.3.3Que no se encuentra inhabilitado con la Administración Pública ya que de ser así no podrá participar en este proceso de contratación.
No se requiere que esta declaración sea autenticada con por notario público, pero sí firmada por la persona que tenga el poder para hacerlo.
9 CONDICIONES GENERALES
9.1 No podrá el oferente ni el adjudicado, aprovecharse de los errores u omisiones que existan en las especificaciones. En caso de que la persona oferente advierta un error u omisión deberá notificar de inmediato a la Proveeduría Municipal, quien comunicará las correcciones de acuerdo con lo que le indique La Oficina de Cooperación Institucional Por lo tanto, cualquier condición no prevista en el presente cartel, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
9.2 Si en caso de duda que no haya sido evacuada previamente y no se indicó ninguna restricción en la oferta, la Municipalidad considerará que el oferente asumió las dudas dentro del precio original de la oferta.
9.3 Queda entendido que, con la presentación de la oferta, el participante cumplió con la obligación de estudiar el Cartel, así como la planificación para cumplir con el objetivo de servicio, por tanto, se da por cierto que el oferente conoce, acepta realizar, puede estimar y planificar perfectamente los objetivos, la magnitud, alcance y clase de suministro a que se obliga tal y como lo indican los documentos de esta licitación.
9.4 En vista de lo anterior el oferente debe conocer y aceptar las consecuencias y responsabilidades de las mismas en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en este documento no se halla indicado.
9.5 Quien resulte adjudicado, deberá presentar las pólizas contra riesgos del trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros.
9.6 La vigencia de los seguros deberá ser por el plazo que dure la ejecución del contrato.
10 CLAUSULA DE DESEMPATE
En caso de presentarse empate en la calificación se utilizarán los siguientes criterios para desempate:
De acuerdo con el Alcance nº105 a la Gaceta nº92 del 17 xx xxxx de 2017, se adiciona a la Ley de Contratación Administrativa el artículo 10 bis, por lo que, en casos de empate, si uno de los oferentes es una Asociación de Desarrollo se deberá preferir por encima de otros oferentes, salvo que el otro oferente sea una PYME, la cual sigue teniendo prioridad.
Por lo anterior, se otorgará una puntuación adicional a las PYME que han demostrado su condición a la Administración, según lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Ley Nº 8262 y sus reglamentos. La puntuación que se asigne será la siguiente:
PYME de industria 5 puntos PYME de servicio 5 puntos PYME de comercio 2 puntos
Pasado el anterior filtro, y aún existe empate, se adjudicará al oferente con menor precio, y si aún continúa el empate, se recurrirá a la suerte, lanzando una moneda al aire. Este método se ejecutará en presencia física de una parte legal (de la Municipalidad) que levantará un acta que otorgue validez a la metodología empleada.
La Administración convocará por escrito y con antelación a la fecha en que se resolverá el desempate. La no asistencia de las partes no impedirá la realización del desempate.
11 GARANTÍAS
11.1 PARTICIPACIÓN
No se requiere para esta contratación.
11.2 CUMPLIMIENTO
No se requiere para esta contratación.
12 OBSERVACIONES FINALES
Todo oferente debe cumplir con todos los aspectos estipulados en el cartel y se advierte que las especificaciones técnicas de este cartel fueron dadas por el Proceso de Seguridad Cantonal, por tanto, son de entera responsabilidad de ese Proceso.
En caso fortuito la administración recurrirá a las razones de lógica y al Principio de Buena Fe entre las partes. Es claro que la Municipalidad de Escazú se reserva el derecho de verificar en cualquier momento sin previo aviso, y confirmar los datos que a su juicio se considere necesario investigar. La falsedad de algún dato o información descalifica inmediatamente la oferta de concurso.
Todo a la luz de los principios de eficiencia y eficacia que rige la materia de contratación administrativa. Atentamente,
13 FIRMA
Licda. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Proveedora Municipal
Gerencia de Gestión Hacendaria
CAPÍTULO SEGUNDO
Objeto Contractual, Requisito y Especificaciones Técnicas
Justificación:
El área de Gestión Ambiental requiere de la compra de dos Receptores GNSS (G.P.S), para realizar controles de movimientos de masas de Tierra en diferentes partes del Cantón, como también para salvaguardar el Área de Protección de los Cerros de Escazú.
El equipo que se adquiera debe ser de última tecnología, igual o superior a los R10 Trimble, ya que como sabemos la tecnología avanza a pasos agigantados.
El equipo debe trabajar complementariamente con la Estación Robótica que ya posee la Municipalidad.
Descripción:
Se desea comprar dos Receptores Doble Frecuencia GNSS (G.P.S, por lo cual se solicita contratar lo siguiente:
1.0 Una pareja de Receptores xx Xxxxx Frecuencia GNSS (G.P.S), con capacidad de funcionar en modo Estático RTK, Cinemático STOP and GO, los receptores deben poder ser configurados como modo Base o modo Rover cualquiera puede ser usado como Estación de Referencia y como control remoto en función hibrida para la Estación Total Robótica con que cuenta la Municipalidad de Escazú, además los receptores deben contar con un sensor de inclinación y tecnología de nivelación, que le permita la medición en lugares de difícil acceso, con las siguientes características mínimas:
A.) 1.1 Debe tener como mínimo 452 canales
B.) 1.2 Debe tener un sensor de inclinación (IMU) unidad de medición inercial de 9 ejes y una Brújula compacta de 3 ejes, C.) 1.3. GPS: Mínimo X0, X0, X0X.X0X & L5, con código CA, código P y ciclo completo de portadora L1, L2 y L5.
D.) 1.4. GLONASS: Mínimo X0, X0, código L1-CA, L2-P y L1 y L2 ciclo completo de portadora.
E.) 1.5. Posibilidad de rastrear señales Galileo y Beidou (COMPASS) cuando estas estén en funcionamiento a un 100%. F.) 1.6. Con canales adicionales para la señal WAAS, activados o preparados para su funcionamiento.
G.) 1.7. Con bluetooth integrado, comunicación tipo Wireless con Bluetooth última versión entre receptor GPS y colector de datos.
H.) 1.8. Post-Proceso L1, L2: de ± 3mm ± 0.1 ppm en horizontal y ± 3.5 mm ± 0.4 ppm en vertical. Post-Proceso estático L1, L2: de ± 3mm ± 0.1 ppm en horizontal y ± 3.5 mm ± 0.4 ppm en vertical.
I.) 1.9. Tiempo real RTK: ± 5mm ± 0.5 ppm en horizontal y ± 10mm ± 0.8 ppm en vertical.
J.) 1.10. Resistente al agua y polvo que cumpla con la norma IP67 como mínimo y humedad del 100% de condensación de todos los componentes como receptor GPS y colector de datos.
K.) 1.11. Rango de temperatura de operación y almacenamiento: -40 °C a + 80°C de todos los componentes como receptor GPS y colector de datos.
L.) 1.12. Resistente a golpes y caídas apagado y encendido de por lo menos a 2.0 metros sobre concreto u hormigón. M.) 1.13. Soporte vibración según especificaciones militares estándar 810F según método 514.5.
N.) 1.14. Tiempo de inicialización RTK menor a 30 segundos con confiabilidad del 99.9%. O.) 1.15. Voltaje entre 6 a 28 voltios DC para el receptor GPS.
P.) 1.16. Formato de datos de salida en RTK: RTCM 2.X, CMR y CMR+, Salida ASCII NMEA 0183.
Q.) 1.17. Las actualizaciones del software será gratuita el primer año, desde la activación de las licencias y firmware deberán estar incluidas durante el tiempo de vida útil de los receptores.
R.) 1.18. La garantía debe incluir la sustitución inmediata de equipo en caso de daño por defecto de fabricación o falla. S.) 1.19. Funcionamiento en pareja Base-Rover vía radio UHF con frecuencia seleccionable entre 400 a 470Mhz.
T.) 1.20. También debe tener capacidad para trabajar con señal de internet U.) 1.21. Memoria interna no removible de cada receptor de 8 GB.
V.) 1.22. Baterías recargables tipo Li-Ion para los colectores de datos y receptor GNSS, con sus respectivos cargadores inteligentes.
W.) 1.23. Los receptores GNSS y el colector de datos deben ser de la misma marca y país de fabricación, la cual debe ser reconocida en el mercado y se debe indicar mediante tabla las licitaciones en que han sido adjudicados. Para su respectiva verificación y comprobación de buen funcionamiento de parte de los compradores.
X.) 1.24. Tasa de actualización de 1 a 20 Hz.
Y.) 1.25. Todos los equipos deben tener las mismas características físicas.
Z.) 1.26. Todos los equipos deben de funcionar en modo estático o en modo rover.
AA.) 1.27. Suministro de energía por medio de baterías recargables internas o una fuente de poder externa.
BB.)1.28. Debe tener un puerto de suministro de energía, un puerto USB, un puerto para colector de datos RS-232 y salida de datos vía radio, un puerto antena de radio, puerto de antena GNSS para convertir en estación de Referencia, puerto para chip de internet (tarjeta Usim) compatible con la Estación Robótica que posee la Municipalidad de Escazú.
CC.)1.29. Estuche de transporte robusto para los receptores y accesorios, y estuche para transporte de la base.
DD.) 1.30. Xxxxxxx xx xxxxxx para el receptor Base, bastón y Bípode para el Rover. Soporte para el colector de datos al bastón
EE.) 1.31. Cada receptor debe tener los siguientes accesorios: un xxxxxxx xx xxxxxx y un kit de base nivel ante con accesorios que permitan poner a funcionar los receptores GNSS en modo estático, cinta métrica de 3m. Se deberán de suministrar los bolsos para transporte de los trípodes. Todos los accesorios deben de ser de la marca ofertada.
FF.) 1.32. Cada pareja de receptores debe tener los accesorios necesarios que permitan la descarga de datos y configuración en oficina.
2.0 CONTROLADOR-RECEPTOR DE DATOS TOPOGRÁFICO Y GPS INDIVIDUALES DE MANO (TIPO NAVEGADOR)
2.1 Deben funcionar de manera independiente como equipos navegadores en una frecuencia (L1 – CA como mínimo). También deben poder operar todas las funciones de los equipos.
2.2 Tener una precisión de 3-10 metros cuando funcionan solos, de 0,4 a 3 metros funcionando conjuntamente con un receptor que opera en modo autónomo y precisión milimétrica funcionando con dos receptores que operarán conjuntamente. En modo de Pos proceso, y precisión milimétrica funcionando uno como estación base y otro como receptor Rover (Móvil ) en modo RTK.
2.3 El colector debe de poseer el sistema operativo Windows 10 y un interfaz de usuario el cual contiene un programa con las siguientes funcionalidades RTK, levantamientos topográficos, replanteo, usar códigos de características, levantamiento estático y cinemático, ver el estado GNSS y la navegación.
2.4 Tener adaptador de carga externa y baterías internas.
2.5 Configuraciones de Opciones de operación GNSS para agrimensura:
-Estática
-Estático Rápido
-Cinemática
-En tiempo real Cinemático
-Punto de Navegación / Replanteo
-Funcionamiento de la red RTK
-Posicionamiento híbrido con estación total robótica óptico
2.6 Colector de Datos- (Receptor tipo Navegador) TIPO TABLET
2.6.1 Controlador interno, capaz de operar independiente del receptor y debe utilizar el sistema operativo de Windows 10 de Microsoft™, capaz de operar los receptores GNSS, estaciones totales, y las unidades de nivel digital.
2.6.2 La utilización de la tecnología de la plataforma que soporte tanto memoria (SD) y formatos de tecnología que pueden ser utilizados para las comunicaciones a través de la tecnología Bluetooth o ranuras de memoria adicionales. El hardware del controlador debe ser compatible fuera de la plataforma en el mercado de baterías de videocámara
disponibles recargable de iones de litio que son extraíbles.
2.7 Requisitos Específicos
2.7.1 Procesador INTEL ATOM Z3745 de 1.33 GHz.
2.7.2 Sistema operativo con ventana Microsoft Windows 10.
2.7.3 Memoria RAM de 4GB.
2.7.4 Almacenamiento flash de 64 GB ampliable con tarjeta SD.
2.7.5 Puerto Accesible USB por el usuario.
2.7.6 Cámara de 8 MP, de resolución con enfoque automático y flash LED con captura de video y cámara web frontal de 2MP.
2.7.7 Pantalla de 7 pulgadas 1280*800 Wide XGA, legible a la Luz del Sol.
2.8 Potencia
2.8.1 Toma de entrada 12v o Toma entrada de potencia de 24v
2.8.2 Batería Inteligente xx Xx-ion 2.8.3 3.65v DC en 10600mAh 38.7Wh.
2.9 Puertos
2.9.1 COM1
2.9.2 Conector D con 12v DC con Indicador de anillo
2.9.3 USB Host (Full A)
2.9.4 La conectividad inalámbrica con Bluetooth, WiFi 802.11b / g / n
2.9.5 La conectividad móvil con integrada en todo el mundo, 800/850, 900, 1800, 1900, 2100 MHz, UMTS / HSPA +
2.9.6 La precisión del GPS interno 2-5m
2.10 Debe de tener una interfaz de usuario la cual contendrá un programa con las siguientes características:
2.10.1 RTK
2.10.2 Topo
2.10.3 Replanteo
2.10.4 Usar códigos de características
2.10.5 Levantamiento estático y cinemático,
2.10.6 Ver el estado GNSS y la navegación.
2.10.7 Tener adaptador de carga externa y baterías internas.
2.11 Pantalla
2.11.1 Las pantallas de los colectores de mano deben ser táctiles. Las conexiones a los receptores deben ser inalámbricas.
2.12 Software
2.12.1 Sistema:
Utilidad Receptor PC: El sistema debe de suministrarse con el software de utilidad receptor para la operación en un PC Windows TM de oficina estándar. Este software permitirá al usuario la capacidad de controlar manualmente el funcionamiento del receptor, establecer parámetros del receptor y los incumplimientos de operación del sistema, y configurar manualmente las opciones de receptor. Debe de ser de la misma marca del receptor y del colector ofertado
2.13 Software del Colector de Datos
2.13.1 El sistema operativo debe ser basado en Windows 10 con software de campo para controlar los Instrumentos.
2.13.2) Debe contar con el sistema GNSS que llevará a cabo todas las funciones de topografía estándar.
2.13.3 El software debe mostrar la información a todo color. Esto incluye la recopilación de datos, el replanteo, la creación de offset, trazado de carreteras y el código de atribución.
2.13.4 El software también debe ser modular para apoyar la operación de los niveles digitales y estaciones totales ópticas tanto, motorizadas, robóticas o manualmente.
2.13.5 El software controlador también debe incorporar tecnología de imagen digital que permitirá al usuario capturar imágenes digitales con la cámara digital de enfoque fijo o genérico e importarlos en el archivo de trabajo como una nota de foto o alinear la imagen con una estación total robótica con el propósito de digitalización de datos.
2.13.6 El software controlador debe ser compatible con la solución de posicionamiento GNSS híbrido.
2.13.7 El software del controlador debe tener la capacidad de marcar a una dirección a través de Bluetooth conectado a un módem celular o teléfono interno a una estación de control de la red e iniciar sistemas de corrección basadas en Internet.
2.13.8 El software del controlador debe conectarse desde la aplicación a una solución de gestión de proyectos basados en la nube, y apoyar la carga / descarga de datos del proyecto, trazado de los proyectos directamente en la interfaz xxx xxxx de la solución en la nube.
2.13.9 La solución en la nube también debe apoyar un servicio de reparto de datos RTK para apoyar la solución directo en la red y así a través de una conexión celular para la Base y el Rover.
2.14 Descripción general del Software del Controlador
2.14.1 El software del controlador se ejecutará en una plataforma estándar Windows 10 que cuenta ya sea un formato de despliegue en pantalla retrato (Vertical) o paisaje (Horizontal).
2.14.2 El software es capaz de transferir de forma remota datos de levantamientos en tiempo real desde el campo a la oficina a través del colector de datos.
2.14.3 El software debe de contener una función de chat mediante el cual los trabajadores de campo pueden comunicarse con personal de la oficina mediante mensajes instantáneos.
2.14.4 El software será capaz de mostrar y convertir los datos en las siguientes unidades: Metros
Pies internacionales Pies EE.UU.
pies y pulgadas Internacionales pies y pulgadas de EE.UU.
2.14.5 El software debe ser capaz de:
Cargar/Descargar trabajos topográficos y los archivos asociados a un servicio de almacenamiento basado en la nube. El software debe de realizar levantamientos RTK.
El software debe ser capaz de realizar levantamientos estáticos.
El software debe ser capaz de realizar método Stop and Go y Cinemática.
El software debe contener un método para personalizar perfiles GNSS instrumento. El software debe contar con un administrador del sistema de coordenadas.
El software debe convertir y mostrar datos en varios formatos de los sistemas de coordenadas.
2.14.6 El software debe aceptar parámetros de proyección definidos por el usuario para varias proyecciones, incluyendo: Universal Transversal de Mercator, Mercator Transversal, Oblique Mercator, Lambert Cónica Conforme 1, Xxxxxxx
Cónica Conforme 0, Xxxxxxx Xxxxx XX, Xxxxxxx Xxx XX, XXXX00, Cuadrícula local, Stereographic, Doble estereográfica y cualquier otra proyección que surja en el futuro.
2.14.7) El software debe de contar con un método gráfico para navegar a un punto de diseño.
2.14.8 El software debe de permitir con un mapa o una vista planimétrica que proporcione una confirmación visual de la topografía levantada.
2.14.9 El software debe de permitir una configuración de detección que avisa al usuario de la omisión de medición de la altura de la antena
2.14.10 El software debe de contar con los ajustes de identificación de la entidad en el que el usuario puede definir un identificador de inicio (identificación del punto).
2.14.11 El software debe permitir al usuario crear una biblioteca de códigos de característica personalizada.
2.14.12 El software debe permitir ser cargado como mínimo con los siguientes idiomas: Español
Inglés
Y los archivos de idioma personalizados
2.14.13 El software debe de tener un módulo de estado GNSS que contiene:
Mapa cielo que muestra las posiciones de satélites GPS, GLONASS y configurar cualquier otra constelación que entre en actividad en el futuro.
Seguimiento Información Receptor Posición actual
Velocidad actual Topografía – RTK
2.14.15 El software debe contar con un módulo de activación de producto, donde varios módulos se puedan activar una vez comprados (GPS +, SIG, óptico, Carreteras y robótica, Posicionamiento híbrido).
2.14.16 El software debe ser capaz de colectar datos GNSS y datos ópticos como opción de posicionamiento híbrido.
2.14.17 El software debe tener un módulo que contenga como mínimo las siguientes funciones de cálculo topográfico:
-Inversa
-Punto en dirección
-Intersección
-Calculadora
-Curvas
-Área
-Ángulo
-Compensaciones
-Ajuste
-Poligonales
-Superficie
-Triángulo
2.14.18 El software debe de presentar un cuadro de diálogo para el levantamiento RTK y la configuración de replanteo que contenga los siguientes ajustes de tolerancia:
Tipo de solución de filtro (Fijo, Flotante, individual, etc.) Medición del valor promedio
La tolerancia de precisión
2.14.19 El software debe contener un método para personalizar los tipos de Levantamientos GNSS en el Colector, con las siguientes configuraciones:
Base RTK y Rover Red RTK
DGPS Tiempo real DGPS Red
Estático post proceso
Cinemática post proceso
2.14.20 Una vez que una solución RTK se ha establecido el módulo de levantamiento debe de tener como mínimo las siguientes funcionalidades:
Topo Auto-Topo X-Sección
Levantamiento por cadenamiento.
Levantamiento con Cinta Métrica o Distanciometro manual. Superficie
2.14.21 Una vez que una solución RTK se ha establecido el módulo de Replanteo debe de tener como mínimo las siguientes funcionalidades:
Punto
Línea (por Punto final o acimut de inicio de Punto)
Las compensaciones de (Línea, Intersección, Curva, Curva de 3 puntos, Espiral) Replantear Superficie (por superficie, elevación o Código)
Punto de replanteo en dirección (por Azimut a Punto) Lista de Replanteo de Punto
Replanteo de Curvas (Radios, acordes ángulo, curva xx xxxxxx) Replanteo Real- (Carreteras, H-Alineación, HV-Alineación)
Estacas de Talud (Carreteras, H-Alineación, HV-Alineación, Código, un trabajo de línea) Líneas de trabajo (de un trabajo de línea o Código)
2.14.22 El módulo de replanteo debe ser capaz de producir un informe de replanteo que contendrá información relativa al replanteo de puntos, líneas, superficies, carreteras.
2.14.23 El software debe ser capaz de cargar / descargar datos desde un servicio de datos basado en la nube.
2.14.24 El software debe ser capaz de importar / exportar a los formatos de datos comunes:
ASCII (PNEZD o Personalizado) CSV (NEZ, ENZ)
TP3 (puntos, líneas, carreteras) PT3 (Puntos)
XX0 (Xxxxxxxx) TN3 (superficie) GC3 (Localización)
AutoCAD DXF (puntos, líneas, caminos, superficies) AutoCAD 2000 DWG (puntos, líneas, caminos, superficies) ESRI SHP (puntos, líneas, las zonas)
TDS XX0
Xxxxxxx XX0
Xxxxxxx FCL (Códigos)
LandXML (puntos, líneas, caminos, superficies) XXXX Genio MGN (Puntos)
MX Genio TXT (Líneas)) Microstation DGN SBG Geo (puntos y líneas)
SBG LIN (Carreteras)
SBG PXY (puntos y líneas)
2.14.25 Metodología de Levantamiento Estático del software del controlador, debe realizar levantamientos estáticos con las siguientes funciones:
Debe de asignar un ID de punto en el fichero de observación Almacenar el punto de base de datos del software y la vista en planta.
Ser capaz de asignar una altura de la antena en el fichero de observación.
Ser capaz de asignar un modelo de antena en el fichero de observación.
Ser capaz de asignar un método de antena (inclinación, vertical, vertical verdadera) para el archivo de observación. capaz de almacenar un código de función elegido a partir de una biblioteca predefinida.
Ser capaz de establecer el intervalo de grabación receptor. Ser capaz de establecer la máscara de elevación del receptor.
Ser capaz de almacenar registros de nota en cualquier momento durante la observación.
Los datos del sitio de observación se deben almacenar automáticamente en el archivo de GNSS en bruto, lo que elimina la necesidad de descargar el archivo de controlador en el software de post-procesamiento.
El software debe contar con un contador de época que informa al usuario de cuántas medidas se han completado para la observación
El software debe contar con un contador que informa al usuario de cómo ha transcurrido tanto tiempo real durante la observación.
El software debe de almacenar el punto de base de datos en el software y la vista en planta.
3.0. Metodología de Levantamiento Cinemático Stop and Go
3.01 El software del controlador debe de ser capaz de realizar levantamientos 'stop and go' y levantamientos cinemáticos que cuenten con las siguientes funciones:
Asignar un ID de punto en el interior del archivo de observación. Almacenar el punto de base de datos del software y la vista en planta. Asignar una altura de la antena a la medición.
Asignar un modelo de antena a la medición.
Asignar un método de antena (inclinación, vertical, vertical verdadero) para la medición. Almacenar un código de función elegido a partir de una biblioteca predefinida.
Establecer el intervalo de grabación receptor.
Establecer la máscara de elevación del receptor.
Almacenar registros de nota en cualquier momento durante la medición.
Los datos del sitio de medición se deben almacenar automáticamente en el archivo de GPS en bruto, lo que elimina la necesidad de descargar el archivo de controlador en el software de post-procesamiento.
El software debe de contar con un contador de época que informa al usuario de cuántas medidas se han completado para la observación
El software debe de contar con un contador que informa al usuario de cómo ha transcurrido tanto tiempo real durante la medición.
Los Colectores de Datos con su antena, la memoria, la batería y la tecnología inalámbrica Bluetooth® deben integrarse en una sola unidad.
Deberá poseer conectividad Bluetooth, que proporcione comunicaciones de base y móvil a través de una conexión Bluetooth.
Será capaz de utilizar la conexión a Internet en el controlador inalámbrico para proporcionar en tiempo real correcciones Red RTK.
4.0 Software de oficina pos proceso
4.01 Se deberá suministrar una licencia para el sistema la cual se utilizará en la oficina, procesado datos de campo.
4.02 El software GNSS debe ser compatible con sistemas de cómputo de 64 Bits, Windows 8.1 o superior, Autocad 2017 o superior.
4.03 El software de procesamiento deberá descargar y utilizar todos los datos crudos GNSS registrados por los equipos de campo. Este software de oficina debe proporcionar al usuario todas las funciones estándar de procesamiento posterior que utilizan las señales de todos los satélites observados.
4.04 El software deberá poseer funciones modulares y adicionales tales como Diseño Road, CAD y los sensores convencionales tales como, estaciones totales ópticas, robóticas y datos digitales de nivel.
4.05 Debe ser compatible con todos los aspectos de la recopilación de datos en las modalidades de RTK, STOP AND GO, Estático y GIS.
4.06 El software de postproceso, debe ejecutar el análisis, cálculo y ajuste de los datos de campo, tanto para puntos individuales, como para redes de puntos.
4.07 El software debe poseer un módulo que permita la detección de errores interactivos, además debe permitir editar datos de satélites primarios y ajustarlos. El software de deberá quedar debidamente instalado y funcionando en todas las computadoras con que cuenta el departamento de Topografía de la Municipalidad.
5.0 CONDICIONES GENERALES
5.01 Condiciones y Garantías
5.01.01 Con base a las especificaciones técnicas y la compatibilidad que deben tener los equipos entre sí, los equipos ofertados, software y sus accesorios, de las tres líneas, deberán ser de la misma marca, su ensamblaje y producción deberán ser del mismo país de procedencia. Todos los equipos y accesorios deben de venir plaqueados y con número de serie correspondiente con lo ofertado
5.01.02 El oferente deberá aportar las fichas técnicas del fabricante de los productos ofertados que permitan corroborar las especificaciones técnicas solicitadas en el cartel en español o inglés técnico.
5.01.03 La garantía sobre los equipos ofertados no será menor a 12 meses, incluyendo, mantenimiento preventivo, correctivo y sustitución de partes defectuosas. El oferente deberá presentar una declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa garantizando los mantenimientos antes citados y aportar una carta emitida por el fabricante en donde se certifique la garantía solicitada.|
5.01.04 El contratista deberá aportar las actualizaciones del software de los equipos ofertados durante el periodo de garantía.
5.01.05 El oferente deberá contar con inventario de repuestos básicos, personal técnico capacitado, taller de servicio, con el propósito de cubrir los equipos durante el periodo de garantías, y fuera de estas. El lapso de respuesta de atención no será mayor a 24 horas y 48 horas para el diagnóstico correspondiente.
5.01.06 El oferente deberá entregar una declaración jurada y una carta emitida por el fabricante del equipo donde se comprometen y garantizan la existencia de repuestos por un periodo mínimo de 10 años, aun cuando el modelo del equipo sea descontinuado durante el tiempo citado.
5.01.07 El contratista deberá realizar al menos dos visitas de mantenimiento preventivo, durante el tiempo de vigencia de la garantía (1 visita por año), utilizando los protocolos del fabricante y las herramientas requeridas. En ambas visitas los repuestos corren por cuenta del oferente.
5.01.08 El contratista deberá entregar al departamento de Topografía de la Municipalidad, un informe del mantenimiento realizado.
5.01.09 No se aceptarán ofertas parciales, los oferentes deberán presentar oferta por las tres líneas.
6.0 Garantía técnica
6.01 El periodo de garantía por defectos de fabricación no será menor a 12 meses, tiempo que regirá a partir de la fecha de recibido el equipo. La aplicación de la garantía será sin costo alguno adicional para la Municipalidad. Deberá comprender lo siguiente:
6.02 Mediante una carta el oferente indicará y se comprometerá con la Jefatura del departamento de Topografía, a definir el tiempo máximo de respuesta para atender los reclamos por garantía, este tiempo de respuesta se define desde el momento mismo en que se recibe el equipo defectuoso en las instalaciones del adjudicatario hasta que se entregue debidamente reparado, o bien, desde que se presenten a revisar los equipos.
6.03 El contratista deberá remplazar el equipo en reparación (durante el periodo de garantía) por otro de la misma marca y de características similares, en un lapso no mayor a 36 horas, que permita realizar las labores diarias, durante el periodo de reparación.
7.0 Servicio de soporte
7.01 Entiéndase por el soporte, al mantenimiento reparación suministro de repuestos, asesoría durante la vigencia de la garantía del equipo y sus componentes. El oferente deberá presentar una carta donde se compromete a brindar el servicio de soporte con el personal técnico y profesional con experiencia demostrada.
7.02 Lo ofertado deberá tener soporte local (servicio de asesoría, reparación, mantenimiento, suministro de repuestos, etc.), por lo que el oferente deberá mediante declaración jurada indicar que cumple con dicho aspecto.
7.03 Para el soporte, el oferente se entiende sometido incondicionalmente y sin necesidad de manifestación expresa, a no recibir remuneración por este.
7.04 El oferente debe indicar en la oferta cuál es el tiempo máximo de respuesta para suplir repuestos de importación, al menos, durante la vigencia de la garantía técnica. Este lapso no puede ser superior a veinte días hábiles, para los repuestos de importación y cinco días hábiles para los nacionalizados, esta fecha contará a partir de que exista el pedido o documento de compromiso debidamente notificado al contratista.
8.0 Entrega de los equipos
8.01 El contratista debe suministrar junto con el equipo, los manuales de instalación, operación y/o mantenimiento en idioma español.
8.02 La entrega se deberá en un máximo de treinta días (30) hábiles luego de recibida la orden de compra, en las oficinas de la Municipalidad de Escazú.
8.03 El contratista deberá realizar una verificación de las exactitudes por medio de la puesta en funcionamiento del equipo a la hora de entrega. Deberá demostrar que los colectores de datos funcionan correctamente con la Estación Robótica con que cuenta la Municipalidad.
8.04 Todos los equipos, accesorios y software deberán de venir plaqueados con la marca y o con número de serie el cual deberá corresponder con la orden de despacho de la Fábrica. Lo cual será verificado a la hora de la entrega.
8.05 El equipo deberá ser entregado debidamente calibrado y ajustado de Fábrica.
9.0 Curso de Capacitación
9.01 El contratista deberá brindar un curso de capacitación para cada una de las líneas en el uso, funcionamiento y mantenimiento básico de los equipos adquiridos que satisfaga los intereses del personal del área Ambiental de la Municipalidad.
9.02 Cada curso de capacitación deberá tener como mínimo 40 horas para un grupo de 4 a 8 personas, sin costo adicional para la Municipalidad.
9.03 La capacitación será impartida en los sitios designados a convenir por Municipalidad y debe incluirse todo el material impreso o digital necesario en relación a los manuales de capacitación del usuario.
9.04 Al finalizar el curso de capacitación el personal debe contar con los conocimientos y destrezas que le permitan el manejo de los equipos y su software interno tanto para el levantamiento de información topográfica, y descarga de la información de forma que esta permita el procesamiento de los datos en los software con que cuenta la Municipalidad de Escazú.
9.05 El oferente deberá aportar el nombre de un capacitador, el cual debe ser certificado por el fabricante del equipo, garantizando que tiene al menos 2 cursos de capacitación de los equipos y modelos ofertados. El capacitador deberá ser empleado de la empresa adjudicada cuyo idioma natal sea el español y una experiencia mayor a 5 años de ser capacitador de la marca ofertada, para lo cual deberá aportar una carta del distribuidor que certifique dicha experiencia.
9.06 Los equipos y accesorios deberán ser entregados conjuntamente y en la cantidad contratada de forma completa.
10.0 Vida útil
10.01 La vida útil de los equipos ofertados no podrá ser menor de 10 años, para demostrar esta condición el oferente deberá aportar una certificación de Fábrica en donde así se haga constar.
11.0 Experiencia del oferente
11.01 El oferente debe tener la representación de la casa matriz de la marca del equipo ofertado desde hace 10 años como mínimo y deberá demostrarlo mediante certificación de la casa matriz, de no mayor de 1 mes de emitida.
11.02 El oferente deberá aportar 3 cartas emitidas por instituciones públicas a nivel nacional con menos de tres meses de emitidas, que indiquen la aplicabilidad, el desempeño de la empresa oferente, la robustez del equipo de la marca ofertada y su desempeño en el campo científico o industrial, y que aseguren la calidad del equipo y servicio técnico ofrecido por la compañía suplidora durante sus años de servicio, deben entregar un cuadro donde indicarán la Empresa, descripción del equipo vendido, teléfono y nombre del contacto.
12.0 ESTABLECER 2 PUNTOS AJUSTADOS EN LAS INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD
12.1 El Oferente deberá establecer dos puntos de Control Ajustados, en Mojones que la Municipalidad le indicará
12.2 Estos puntos de Control deben ajustarse con la Red de Segundo y Tercer Orden que posee la Municipalidad
12.3 El Oferente debe dar una ficha técnica con las coordenadas en CRTM05 y Geodésicas de los puntos medidos.
SELECCIÓN DE OFERTAS
Toda oferta deberá ajustarse a las condiciones establecidas en este cartel, para determinar su elegibilidad.
Se adjudicará a aquella oferta que cumpliendo con lo estipulado en el párrafo anterior y Especificaciones Técnicas resulte ser la de menor precio por posición.
En caso de existir un empate, se aplicará lo siguiente:
Se convocará por escrito a los posibles adjudicatarios, con tres días hábiles de anticipación, indicándoles la hora, día y lugar en que se realizará un sorteo entre ellos, que determine la adjudicación.
Para dicho sorteo se dispondrá de un recipiente en el cual se colocarán los nombres de los oferentes que se encuentren en la posición de empate, posteriormente, el funcionario encargado de la contratación en presencia de los oferentes (si es que quisieran estar presentes) que se encuentren empatados, sacará el adjudicatario respectivo y levantará un acta que será rubricada por todos los presentes que deseen hacerlo o bien dejando constancia de quienes no firman.
Recurso Humano
El recurso humano que se cuenta para la supervisión de este servicio será el Ing. Topógrafo del de Planificación Territorial
Calificación:
La contratación se adjudicará a aquella oferta con el mayor puntaje de evaluación, donde el criterio que prevalecerá para el escogimiento de la oferta será el siguiente con un total de 100% en su sumatoria:
⚫ Precio (valor 70%): este se medirá tomando en cuenta lo siguiente: Puntaje por oferta económica (P1/P2) x70%
Donde P1: será la oferta de menor precio.
P2: será la oferta a calificar.
• Años de Experiencia (10%): Esto se tomará de acuerdo a los años de experiencia que tenga la empresa en la venta de equipos de G.P.S | |
5% | de 1 a 5 años |
7% | de 5 a 10 años |
10% | más de 10 años |
Esta experiencia debe ser comprobada con una declaración jurada de los años que tiene la empresa en ventas de este tipo de equipos o similares.
• Garantía (20%): Esto se medirá de acuerdo a la garantía que aporte el oferente de la siguiente manera: 20% más de 1 año de garantía
10% Hasta un año de garantía
13. FORMA DE PAGO
13.1. Se pagará en un tracto, el 100% del producto contra la entrega del producto final.
13.2. La Municipalidad tendrá un máximo de treinta (30) días naturales para pagar, previa presentación de la factura y previa verificación del cumplimiento a satisfacción de conformidad con lo indicado en este cartel.
13.3. Toda transacción debe respaldarse con facturas o comprobantes que reúnan los requisitos establecidos por la Dirección General de la Tributación Directa. Las empresas a las que se les haya dispensado del trámite de timbraje, deberán hacer referencia en las facturas o comprobantes que presenten ante la Municipalidad de Escazú, del número de resolución mediante la cual se les eximió de ese trámite. La Municipalidad de Escazú no se responsabiliza por los atrasos que puedan darse en la fase de ejecución, con motivo del incumplimiento de este aspecto.
13.4. Los pagos se realizarán en colones costarricenses y sujeto a la cantidad de materiales.
13.5. En caso de cotizaciones en dólares de los Estados Unidos de América, se utilizará el tipo de cambio de venta de referencia que reporte el Banco Central xx Xxxxx Rica para el día en que se emite el pago.
13.6. Para estos efectos el oferente tramitará la factura original timbrada respectiva ante el Proceso Construcción de Obra Pública de la Municipalidad de Escazú.
13.7. El sistema de pago se verá interrumpido por la suspensión del contrato, la cual será indicada por el área técnica.
13.8. Los oferentes deberán indicar el Número de Cuenta Corriente con el Banco Nacional xx Xxxxx Rica, o en su defecto el Número de Cuenta Cliente SINPE, para efectos de trámite de pago por ese medio de ser posible por la Municipalidad de Escazú.
13.9. Del monto de cada factura se rebajará el 2% (dos por ciento), por retención adelantada del impuesto de la renta, salvo en aquellas excepciones que la Ley del impuesto sobre la renta (N°7092) contempla en forma expresa, de conformidad con lo que dispone en su Artículo Nº 3. Para lo cual, la persona adjudicada deberá acreditar debidamente tal condición ante la Administración Municipal.
14. MULTAS Y CLÁUSULA PENAL
14.1. El área de Gestión Ambiental cobrará por concepto de multa un 1% del total adjudicado por cada día de retraso en la entrega del bien o servicio, llegando a un máximo de 25% luego de este porcentaje se disuelve la compra. El monto se
retendrá de las facturas a cobrar. Alcanzado ese monto, se considerará dicho incumplimiento como falta grave y se procederá a resolver la contratación de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
14.2. Se cobrarán deduciéndolas de las facturas que se presenten al cobro posterior a haber acaecido el hecho, siguiendo el procedimiento legal respectivo.
Ing. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx VºBº Ing. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Planificación Territorial Jefe Planificación Urbana