CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDADE DE SANTIAGO DE COMPOSTELA y LA ASOCIACIÓN AMNISTÍA
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDADE DE SANTIAGO DE COMPOSTELA y LA ASOCIACIÓN AMNISTÍA
INTERNACIONAL ESPAÑA PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE VOLUNTARIADO.
De una parte D. XXXXX XXXXX XXXXXXXX, Rector de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), con domicilio en praza do Obradoiros/n, en nombre y representación de esta Institución.
De otra parte, D. XXXXXXX XXXXXXX VERDES Director de la Asociación Amnistía Internacional España constituída como asociación por acuerdo de 1 xx xxxxx de 1978, y registrada con el n° 22.729
EXPONEN
La Asociación Amnistía Internacional tiene como finalidad primordial contribuir a la formación humana y solidaria de los estudiantes, como complemento necesario de los conocimientos académicos.
En este sentido, sus actividades van dirigidas desde la educación al deporte, de lo cívico a lo asistencial, siempre con carácter altruista, solidario y gratuito.
Por otra parte, la entrada en vigor de la antedicha Ley el 7 de febrero de 1996, que exige el cumplimiento de una serie de requisitos para tener la consideración de voluntariado, y el xxxxxxx xxx Xxxxxxxx de creación de un Cuerpo Permanente de Voluntariado Social, hace conveniente el establecimiento de acuerdos de colaboración con distintas entidades para la
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gestión, desarrollo y ejecución de programas de voluntariado social que convoque la Universidade.
A la vista de lo anterior ambas partes, reconociéndose plena capacidad de obrar, acuerdan suscribr el presente convenio de colaboración para la realización de programas de voluntariado de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
1. La USC y la Asociación Amnistía Internacional España colaborarán en la realización de programas de voluntariado social entre los estudiantes de la Universidad e de Santiago.
La Asociación Amnistía Internacional España propondrá a la Universidade de Santiago la realización de programas de voluntariado, tanto de carácter asistencial, como educativos, científicos y de defensa de la investigación, concretando las funciones a desarrollar, los lugares, las fechas de duración del programa, así como cualquier outra circunstancia de interés.
La USC, sobre aquellos programas propuestos y aceptados, realizará su correspondiente convocatoria para su cobertura.
Una vez admitidos los voluntarios, éstos serán nombrados por la universidad entregándoles la oportuna acreditación, contratación del seguro y gastos que se pudieran derivar, de conformidad con las disponibilidades presupuestarias del Vicerrectorado de Comunidad Universitaria y Compromiso Social
Una vez finalizado el programa, la Asociación Amnistía Internacional España realizará un informe individual izado del programa especificando las tareas, tiempo de realización (inicio y fin) y los resultados conseguidos. r ' '
2. La universidad podrá colaborar en la gestión de los programas de voluntariado aportando profesorado universitario así como la posibilidad de que se puedan suscribir, con carácter previo, convenios específicos para que, en determinadas actividades, la colaboración realizada pueda ser reconocida como créditos por equivalencia o de libre elección.
3. Por otra parte, ambas partes podrán promover, de común acuerdo, la realización de actividades de información, asesoramiento y difusión de actividades de voluntariado social.
4. Se crea una Comisión de Seguimiento del convenio formada por:
- El Vicerrector de Comunidad Universitaria y Compromiso Social
- El Coordinador del Servicio de Participación e Integración Universitaria
- El miembro de Al-Santiago: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx-Granada
- El miembro de Al-Santiago: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
Sus funciones serán las de interpretación, seguimiento, coordinación y cumplimiento del convenio, resolviendo las dudas que su ejecución pueda presentar.
5. La duración del convemo es de dos años. A su finalización se prorrogará
automaticamente, salvo denuncia expresa con dos meses de antelación, sin que pueda afectar a los programas pendientes de terminar.
7. Las cuestiones judiciales derivadas del convenio se sustanciarán en vía contencioso- administrativa; ante los Juzgados de este orden jurisdiccional de Santiago de Compostela.
En prueba de confonnidad, ambas partes xxxxxx el presente documento, en duplicado ejemplar y en el lugar y fecha indicados.
Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, 00 xx xxxxx de 2007.
Por la USC
Por la ASOCIACIÓN
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