PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CON- TRATACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA SIN MODIFICADOS
MINISTERIO DE FOMENTO
SUBSECRETARIA
JUNTA DE CONTRATACION
PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CON- TRATACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA SIN MODIFICADOS
SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE FOMENTO (CONSEJO DE OBRAS PUBLICAS Y COMISION DE INVESTIGACION DE ACCIDEN- TES E INCIDENTES DE AVIACION CIVIL) SITAS EN LA XXXXX XXXXXX Nº6-3, EN MADRID, PARA 12 MESES
PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
I.- DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO: |
La contratación del servicio de limpieza en las instalaciones del Ministerio de Fomento (Consejo de obras publicas y Comisión de investigación de accidentes e incidentes de aviación civil) sitas en la xxxxx Xxxxxx nº 6 - 3, en Madrid, para 12 meses |
Nomenclatura NACE: Código CPV: 74700000-6 |
Informado por la Abogacía del Estado en fecha:
Aprobado por el órgano de contratación en fecha:
2. INFORME JURÍDICO Y APROBACIÓN XXX XXXXXX
Las necesidades a satisfacer serán las de la limpieza de las instalaciones especificadas en el Pliego de prescripciones técnicas particulares, para asegurar la limpieza de las zo- nas comunes del edificio de la xxxxx Xxxxxx, nº 6 - 3 en Madrid perteneciente al Ministerio de Fomento.
3. NECESIDADES A SATISFACER Y CIRCUNSTANCIAS DEL CONTRATO
a) Valor estimado (IVA excluido; y teniendo en cuenta las eventuales prórrogas así co- mo la totalidad de las modificaciones previstas en el pliego; artículo 88.1 y 88.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP). En cifra: 84.961,29 €.
b) Importe del IVA del valor estimado: 17.841,87 €
c) Presupuesto correspondiente a la duración inicial del contrato o presupuesto base de licitación (IVA excluido): En cifra: 84.961,29 €
d) Importe del IVA del presupuesto: 17.841,87 € (21%)
4. VALOR ESTIMADO. PRESUPUESTO. ANUALIDADES Y APLICACIÓN PRESU- PUESTARIA
MINISTERIO O CENTRO DIRECTIVO | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD | TOTAL (IVA INCLUIDO) |
MINISTERIO DE FOMENTO | 17.01.451.227.00 | 2013 | 102.803,16 € |
Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos:
- El pliego de cláusulas administrativas particulares.
- El pliego de prescripciones técnicas particulares.
- El documento de formalización.
5. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL
- Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (TRLCSP)
- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas [RCAP], en lo que no se oponga al TRLCSP
- RD 817/2009 de 8 xx xxxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 octubre de Contratos del Sector Público [RCSP]
6. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
- Por correo certificado
- Por correo electrónico:
- Por telefax:
- Página web : xxx.xxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
7. MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON LOS LICITADORES
- [artículo 53.1 del TRLCSP]. Es accesible desde la siguiente dirección de Internet:
8. PERFIL DE CONTRATANTE
e) Desglose:
f) Tramitación anticipada.
II.- PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Deberá cumplirse lo establecido en la Sección primera del Capítulo I del presente pliego.
1. LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Los enumerados en las Sección segunda del Capítulo I.
2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE Nº 1
3. CLASIFICACIÓN (art. 65 TRLCSP). SOLVENCIA (art. 62 TRLCSP). COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS (art. 64.2 TRLCSP)
a) Clasificación: No se exige.
b) Solvencia: Las empresas licitadoras deberán aportar la siguiente documentación:
Solvencia económica y financiera:
• Declaración de entidad financiera, mediante la cual quede acreditada la posibilidad de aquellas de hacer frente a las obligaciones económicas derivadas de la adjudicación del presente contrato.
• Declaración sobre el volumen global de negocio. Se requiere que el volumen global de negocios de empresa en cada uno de los tres últimos ejercicios, sea al menos al importe del presupuesto base de licitación, IVA excluido, del presente contrato (84.961,29 €)
Solvencia técnica:
• Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos. Al menos dos de los citados trabajos deberán ser por un importe igual o superior al presupuesto base de licitación.
Estos servicios o trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este.
c) Compromiso de adscripción de medios: Para que la empresa licitadora pueda ser admiti- da a licitación es imprescindible que aporte una declaración responsable en que se compro- meta a adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios personales, con los perfiles y las especificaciones incluidas en la cláusula 7:
- Xxxxx Xxxxxx nº 6:
• 3 Limpiadoras/es de 15:00 a 19:00 horas, de lunes a jueves y de 15:00 a 18:30 horas los viernes (limpieza de aseos, despachos, biblioteca, zonas de circulación y escale- ras, etc.), lo que representa 19,5 horas por persona y semana.
• 1 Peón especializado de 12:00 a 20:00 horas, de lunes a jueves y de 12:00 a 19:00 horas los viernes (limpieza xx xxxxxxxxx, abrillantado y pulido de paramentos verticales y suelos), lo que representa 39,0 horas semanales.
- Xxxxx Xxxxxx nº 3:
• 1 Limpiador/a en turno de 12 horas semanales, lunes, miércoles y viernes (no festi- vos).
Ministerio de Fomento. Subdirección General de Ad-
Se constituirá a disposición de:
a) Provisional [103.2 TRLCSP]:
⌧ No se exige
b) Definitiva [95.1 TRLCSP]: Se exige, el 5% del importe de adjudicación, IVA excluido.
c) Complementaria
⌧ No se exige
4. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS
ministración y Gestión Financiera NIF: S-2800441-D
a) El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación has- ta el siguiente importe máximo [67.2.g) RCAP]: El de inserción por una sola vez en el BOE.
b) En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada licitador por los gastos en que hubiese incurrido hasta el límite del tres por mil del presupuesto del contrato [155.2 TRLCSP].
5. GASTOS DE PUBLICIDAD. GASTOS POR RENUNCIA Y DESISTIMIENTO
III.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Los enumerados en la Sección tercera del Capítulo II. Este sobre se designará con el nº 2
1. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
Los enumerados en la Sección cuarta del Capítulo II para formulación de la proposición económica. Este sobre se designará con el nº 3
2. DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE EN EL SOBRE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (PRECIO)
Se aplicarán los criterios establecidos en la Sección segunda del Capítulo II, con la si- guiente ponderación:
- Criterios no evaluables mediante fórmulas. Ponderación de la oferta técnica (POT).
Coeficiente: Hasta 30 puntos.
- Criterios evaluables mediante fórmulas. Ponderación de la oferta económica (XXX).
Coeficiente: Hasta 70 puntos.
3. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Conforme al artículo 150.4 del TRLCSP, para ser admitidos a la fase de evaluación glo- bal, se exigirá que, en los criterios no evaluables mediante fórmulas, los licitadores al- cancen el siguiente umbral mínimo de puntuación: 15 puntos.
4. UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITE- XXXX NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS.
Se adjudicará el contrato dentro del plazo:
🗷 general de dos meses
5. PLAZO PARA LA ADJUDICACIÓN
🞎 especial por [artículo 161 del TRLCSP]
IV.- EFECTOS DEL CONTRATO
1. Plazo de duración: 12 meses. Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 o 1 año contado desde el día siguiente al de la fecha de la firma del contrato.
2. Prórrogas: No admite prórroga
3. Lugar de prestación. Por la naturaleza de la prestación a realizar, se autoriza a la empresa adjudicataria a ejecutar los servicios objeto del contrato en la siguientes de- pendencias o instalaciones: Edificio de oficinas de la xxxxx Xxxxxx nº 6 y nave de la ca- lle Xxxxxx nº 3 del Ministerio de Fomento en Madrid.
1. PLAZO DE DURACIÓN Y LUGAR DE LA PRESTACIÓN.
a) Forma de pago: El pago se efectuará, a mes vencido, previa presentación de las oportunas facturas debidamente conformadas por la Unidad o Servicio correspon- diente.
b) Revisión de precios: Este contrato no tendrá revisión de precios.
2. FORMA DE PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DE PRECIOS
Como condición especial de ejecución del contrato el licitador adjudicatario y sus sub- contratistas, en su caso, cumplirán las medidas recogidas en la Orden PRE/116/2008 de 21 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Contratación Pública Verde de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social. Igualmente el adjudicatario utilizará durante la ejecución del contrato, productos biodegradables, no tóxicos, no cancerígenos ni mutagénicos y que no dañen la capa de ozono, envasados en recipientes hechos con materiales reciclables, productos con distintivos de calidad medioambiental. Asimismo, deberá justificar que la maquinaria a utilizar cumpla requisi- tos de minoración en consumo de energías, ruidos y aguas.
La Administración contratante, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, podrá exigir al licitador adjudicatario que presente los sistemas de gestión medioambien- tal de la empresa, aplicables a la prestación del servicio, con objeto de reducir los impac- tos medioambientales derivados de su actividad.
3. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
a) Por incumplir las condiciones de ejecución calificadas como condiciones especiales de ejecución [artículo 212.1 del TRLCSP y cláusula 26].
b) Por cumplimiento defectuoso [artículo 212.1 del TRLCSP y cláusula 26]:
4. PENALIDADES.
La suma de las penalidades impuestas al contratista por todas o cualquiera de las cau- sas señaladas no podrá exceder del máximo legal (10% del presupuesto del contrato; artículo 212.1 del TRLCSP).
No se prevén modificaciones en el contrato [ artículo 106 TRLCSP y cláusula 28]
5. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS.
V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Tres meses
1. PLAZO DE GARANTÍA
VI.- CAPÍTULOS Y ANEXOS QUE INTEGRAN EL PLIEGO.
CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Cláusula 1. Formalidades de los documentos. Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta. Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones.
Cláusula 4. Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores. Cláusula 5.- Confidencialidad.
Sección segunda.- EL SOBRE Nº 1: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.
Cláusula 6.- Identificación exterior. Cláusula 7.- Contenido del sobre nº 1.
CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- JUSTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
Cláusula 8.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración. Cláusula 9.- Apertura de proposiciones.
Sección segunda.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Cláusula 10.- Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Cláusula 11.- Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
Cláusula 12.- Enumeración de los criterios evaluables mediante fórmulas. Cláusula 13.- Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas.
Cláusula 14.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados. Cláusula 15.- Valoración global de las ofertas.
Cláusula 16.- Adjudicación y formalización del contrato.
Sección tercera.- EL SOBRE Nº 2: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Cláusula 17.- Identificación exterior Cláusula 18.- Contenido del sobre nº 2.
Sección cuarta.- EL SOBRE Nº 3: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Cláusula 19.- Identificación exterior. Cláusula 20.- Contenido del sobre nº 3. CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO
Cláusula 21.- Dirección del contrato. Cláusula 22.- Plazos.
Cláusula 23.- Precio del contrato y régimen de pagos. Cláusula 24.- Subcontratación.
Cláusula 25.- Lugar de realización.
Cláusula 26.- Condiciones especiales de ejecución. Cláusula 27.- Penalidades.
Cláusula 28.- Modificación del contrato. Cláusula 29.- Xxxxxx exigibles al contratista. Cláusula 30.- Daños a terceros.
Cláusula 31.- Propiedad intelectual. Cláusula 32.- Personal del contratista.
Cláusula 33: Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista. CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 34.- Cumplimiento del contrato. Cláusula 35.- Resolución del contrato.
Cláusula 36.- Plazo de garantía. Cláusula 37.- Tramitación anticipada .
ANEXO 1: MODELO DECLARACIÓN NO INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRA- TAR.
ANEXO 2: MODELO DECLARACION SOBRE XXXXXXXXXXX X XX X XXXXX XX- XXXXXXXXX .
XXXXX 0: MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONA- LES Y MATERIALES.
ANEXO 4: MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA.
CAPÍTULO I. PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- LUGAR, TIEMPO Y FORMA PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Cláusula 1. Formalidades de los documentos.
Todos los documentos que se presenten por los licitadores deberán ser originales o tener la consideración de auténticos según la legislación vigente [artículo 46 LRJPAC].
Conforme a lo establecido en el artículo 23 del RCAP, los documentos se presentarán en castellano.
Cláusula 2. Sobres en los que se incluye la oferta.
Se presentarán los sobres numerados en la forma señalada por el cuadro de característi- cas, cada uno de ellos con el contenido establecido en el presente pliego.
Los sobres se presentarán cerrados e identificados en su exterior conforme a lo estableci- do en el presente pliego y en el artículo 80 del RCAP.
Dentro de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente [artículo 80 RCAP].
Cláusula 3.- Presentación de las proposiciones.
Los sobres deberán ser entregados en las dependencias u oficinas designadas en el anuncio, o remitidos a ellas por los medios establecidos en el artículo 80 del RCAP.
Para justificar la presentación en plazo de las proposiciones remitidas por correo se exigi- rá que, conforme al artículo 80.4 del RCAP, en el texto del télex, fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío hecho por correo. Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contrata- ción con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
De cada proposición que se presente se expedirá un recibo, cuya devolución será indis- pensable para retirar la documentación y la garantía provisional, sin perjuicio de lo esta- blecido en el artículo 103.4 del TRLCSP en cuanto a la devolución de ésta.
A los efectos previstos en las disposiciones adicionales 15ª y 16ª del TRLCSP, y mientras no se apruebe el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final 4ª del TRLCSP, no se admitirá la presentación de proposiciones por teléfono, telefax, medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Tampoco se admite la presentación de más de una proposición por una sola empresa, ya licite individualmente o agrupada en UTE [artículo 145 del TRLCSP], ni la presentación de variantes [artículo 147 del TRLCSP].
Cláusula 4. Comunicaciones entre el órgano de contratación y los licitadores.
Para los actos de comunicación con el órgano de contratación distintos de la presentación o anuncio del envío de las proposiciones, los licitadores podrán emplear el correo electró- nico, siempre que se haya indicado la correspondiente dirección en el cuadro de caracte- rísticas [apartado I.7] del presente pliego. Igualmente, el órgano de contratación podrá comunicarse con los licitadores a través del correo electrónico y del telefax que éstos de- berán designar en su proposición. No obstante, para que todas estas comunicaciones puedan surtir plenos efectos jurídicos se tendrá en cuenta lo establecido en el TRLCSP [apartado 1.f) de la disposición adicional 16ª].
El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando éstos sean accesibles a través del perfil de con- tratante o cualesquiera medios electrónicos, informáticos o telemáticos indicados en el cuadro de características [apartado 1.7]; [artículo 158.1 del TRLCSP].
Cuando los pliegos y la documentación complementaria no sean accesibles en la forma expuesta, los interesados podrán solicitar su envío, en la forma prevista por el artículo 158 del TRLCSP, mediante escrito presentado al órgano de contratación dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación de la licitación en el perfil de contratante.
Cláusula 5.- Confidencialidad.
Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 140.1 del TRLCSP, los contratistas podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento designado como tal.
Sección segunda.- EL SOBRE Nº 1: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE.
Cláusula 6.- Identificación exterior.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 1
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Título del Proyecto:
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NÚMERO DE EXPE- DIENTE:
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Fecha y Firma:
Cláusula 7.- Contenido del sobre nº 1.
En el sobre nº 1 se presentarán los siguientes documentos, preferiblemente encuaderna- dos, y ajustándose al orden en que a continuación se citan:
1. Documentos acreditativos de la personalidad jurídica.
a) Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI [artículo 21 del RCAP].
b) Los restantes empresarios, la escritura o los documentos en los que consten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos en el Registro que corresponda [artículo 72.1 del TRLCSP].
2. Documentos acreditativos de la representación.
Poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, para su bastan- teo en la Junta de contratación, así como copia auténtica del DNI correspondiente a éstos.
3. El compromiso de constituir una UTE.
Cuando los empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento en el que se comprometan a constituir una UTE para el caso de resul- tar adjudicatarios, designen un representante único y expresen la participación que corresponde a cada uno de ellos [artículo 59 TRLCSP].
El citado compromiso podrá formalizarse en documento privado, que deberá estar fir- mado por los representantes de cada una de las empresas agrupadas.
4. Clasificación o solvencia y compromiso de adscripción de medios
La clasificación cuando sea exigible en los casos contemplados en el art. 65.1 del TRLCSP, vendrá especificado en el cuadro de características (apartado II.3 a) de este pliego.
En estos casos, la clasificación deberá acreditarse mediante certificado expedido por el Registro Oficial de Empresas Clasificadas del Ministerio de Hacienda y Administra- ciones Públicas o testimonio notarial del mismo, y deberá comprender los grupos, subgrupos y categorías que se especifican en el cuadro de características (apartado
II.3 a) citado anteriormente.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, se aplicará lo establecido en el artículo 146.1 b) del TRLCSP.
A los efectos establecidos en el artículo 146.3 del TRLCSP, no se aceptarán certifica- ciones electrónicas del certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cla- sificadas. Tampoco se prevé que dicho certificado se incorpore al expediente, de ofi- cio, por el órgano de contratación.
Conforme a lo establecido en el articulo 65.1 del TRLCSP, será requisito indispensa- ble que la empresa licitadora cuente con la correspondiente clasificación, sin que ello pueda suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos, posibili- dad que se entiende regulada en el articulo 63 del TRLCSP sólo para los casos en que no se exige clasificación.
Además de acreditar su clasificación el oferente presentará un compromiso de adscri- bir a la ejecución del contrato los medios personales que seguidamente se indican, con los perfiles que se especifican:
- Xxxxx Xxxxxx nº 6:
• 3 Limpiadoras/es de 15:00 a 19:00 horas, de lunes a jueves y de 15:00 a 18:30 horas los viernes (limpieza de aseos, despachos, biblioteca, zonas de circula- ción y escaleras, etc.), lo que representa 19,5 horas por persona y semana.
• 1 Peón especializado de 12:00 a 20:00 horas, de lunes a jueves y de 12:00 a 19:00 horas los viernes (limpieza xx xxxxxxxxx, abrillantado y pulido de paramen- tos verticales y suelos), lo que representa 39,0 horas semanales.
- Xxxxx Xxxxxx nº 3:
• 1 Limpiador/a en turno de 12 horas semanales, lunes, miércoles y viernes (no festivos).
Para exponer las circunstancias anteriores el licitador utilizará los modelos de decla- ración que figuran como anexo a este Pliego.
En cualquier momento de la fase de selección, el órgano de contratación podrá exigir la acreditación de las circunstancias expuestas y en caso de que tal acreditación no se produzca en el plazo que se indique, el licitador será excluido.
5. Garantía provisional.
En la forma y cuantía que, en su caso, se establezca en el cuadro de características [apartado II.4], deberá aportarse la documentación acreditativa de haber constituido la garantía provisional [artículo 103 del TRLCSP].
6. Documentos acreditativos de no estar incurso en prohibición de contratar.
Deberá presentarse la declaración responsable regulada en el artículo 146.1.c) del TRLCSP, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente de las obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social. Esta declaración deberá ser firmada por el repre- sentante del licitador y cumplir las formalidades establecidas en el artículo 73.1 del TRLCSP, es decir:
“1. La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación admi- nistrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesio- nal cualificado.
2. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.”
Cuando no se presente dicha declaración responsable, podrá justificarse este requisi- to mediante los demás documentos regulados en el artículo 73 del TRLCSP.
Podrá utilizarse potestativamente como modelo de declaración, el que figura en el Anexo 1 del presente pliego.
7. Declaración responsable justificativa de otras circunstancias.
En la misma declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar (número 6 de esta cláusula), o en documento distinto, el licitador deberá igualmente realizar una declaración responsable sobre los siguientes extremos:
a) Cuando el licitador sea persona jurídica, que las prestaciones propias del contrato quedan comprendidas en el objeto social o en el ámbito de actividad de su empre- sa [artículo 57.1 del TRLCSP].
b) Cuando el licitador, para acreditar su personalidad, representación o solvencia, haya aportado una certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o un certificado comunitario de clasificación; que las circunstancias expresadas en el certificado no han experimentado variación [artículo 146.3 del TRLCSP]
c) Empresas que forman parte del grupo empresarial al que pertenezca el licitador individual o cualquiera de las empresas que liciten con el compromiso de constituir una UTE, expresando la circunstancia que justifica la vinculación al grupo. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constar igualmente me- diante declaración responsable. Estas declaraciones se tendrán en cuenta a los efectos establecidos en el artículo 145.4 del TRLCSP [cálculo de las ofertas que presentan con valores anormales o desproporcionados]. Podrá utilizarse potestati- vamente como modelo de declaración, el que figura en el Anexo 2 del presente pliego
8. Contratación con empresas que tengan en su plantilla personas con discapaci- dad o en situación de exclusión social.
Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberá aportar además cualquiera de es- tos documentos:
- Los que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100.
- Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida disposición adi- cional 4º del TRLCSP.
9. Documentación adicional exigida a las empresas comunitarias no españolas.
Para justificar su capacidad, deberán aportar la inscripción en los Registros o las certi- ficaciones exigidas en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RCAP.
Igualmente deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el contrato, debe- rán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circuns- tancia.
10. Documentación adicional exigida a las empresas no comunitarias.
El informe de la Misión Diplomática regulado en los artículos 55.1 del TRLCSP y 10 del RCAP.
11. Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras.
Cuando el contrato vaya a ejecutarse en España, una declaración de someterse a los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera corres- ponder al licitador [artículo 146.1.e) del TRLCSP].
12. Información de contacto.
Los licitadores deberán indicar un domicilio a efectos de notificaciones, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono.
CAPÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Sección primera.- JUSTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
Cláusula 8.- Justificación del procedimiento y de los criterios de valoración.
A los efectos de la justificación exigida en el artículo 109.4 del TRLCSP sobre elección del procedimiento y criterios de adjudicación, se hace constar que:
- Se licita por el procedimiento abierto en garantía de los principios de publicidad y con- currencia.
- Los criterios de valoración se han elegido con el objetivo de seleccionar la oferta más ventajosa en su conjunto [artículo 150.1 del TRLCSP].
Cláusula 9.- Apertura de proposiciones.
1. Apertura del sobre número 2
Conforme a lo establecido en el artículo 27 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx, la apertu- ra de los sobres que contienen la documentación relativa a los criterios cuya pondera- ción dependa de un juicio de valor (sobre número 2) se llevará a cabo en un acto de carácter público. La fecha, hora y dependencia exactas se publicará en el perfil del contratante xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
2. Apertura del sobre número 3
Conforme al artículo 160 del TRLCSP, la apertura de proposiciones se realizará en ac- to público.
Sólo se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que cumplan con los requisitos de admisión a que se refiere el Capítulo I del presente pliego (sobre nº 1) y el umbral mínimo de puntuación del sobre nº 2
En el acta correspondiente a la Junta de contratación en la que se abran las proposi- ciones económicas se hará constar que, antes de comenzar dicho acto, la valoración final de los aspectos técnicos de cada oferta ha sido ya realizada y puesta a disposi- ción de los miembros de la Junta [ello a efectos de lo exigido en el artículo 150.2 del TRLCSP]
Sección segunda.- CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Cláusula 10.- Enumeración de los criterios no evaluables mediante fórmulas. Los criterios no evaluables mediante fórmulas se valorarán hasta con 30 puntos. Se valorarán en este apartado los siguientes criterios:
1. Memoria plan de gestión | Hasta 18 puntos |
2. Recursos asignados al servicio | Hasta 6 puntos |
3. Calidad Ambiental | Hasta 6 puntos |
Cláusula 11.- Valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas.
Para la valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas se tendrá en cuenta lo siguiente:
Se deberá presentar un índice con cada uno de los aspectos a valorar. Cada punto a valorar estará ordenado conforme aparecen recogidos en los apartados siguientes xxx Xxxxxx de
Cláusulas Administrativas Particulares. En el supuesto de que en la oferta técnica de los lici- tadores se aprecie la falta de la documentación precisa para la aplicación de alguno o algu- nos de los criterios recogidos, dará lugar a que no se valore el criterio o criterios de que se trate.
Hasta 18 puntos
1. Memoria plan de gestión
Los licitadores adjudicatarios cumplirán escrupulosamente y como mínimo la periodicidad de las prestaciones, horarios y tareas recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP), siendo obligatorio su total cumplimiento.
Se valorarán, por tanto, con independencia de lo exigido en el PPTP los siguientes aspec- tos:
a) Descripción de técnicas de limpieza a utilizar en cada superficie. Hasta 3 puntos
b) Detalle de la asignación de tareas por zonas, plantas, patios y demás partes del edifi- cio y detalle de equipos y efectivos destinados a la realización de esas tareas. Hasta 6 puntos
c) Seguimiento del servicio: control interno, desviaciones y revisión de las mismas. Me- canismos de control: metodología a emplear. Hasta 6 puntos
d) Coordinación con responsable de la Administración: medidas propuestas. Hasta 3 puntos
Hasta 6 puntos
2. Recursos asignados al servicio
a) Se valorará el número, tipo, características y disponibilidad de la maquinaria, útiles y herramientas que se aporten para la realización de las tareas especificadas en el PPT.
Hasta 3 puntos
b) Se valorarán los productos consumibles necesarios para la realización de las tareas de limpieza en función de sus características. Hasta 3 puntos
Hasta 6 puntos
3. Calidad ambiental
a) Se valorarán las ofertas que incluyan una especificación detallada del procedimiento de gestión de residuos a emplear en el centro de trabajo donde se practique el servi- cio de limpieza, encargándose de la recogida selectiva de los residuos de cualquiera de las zonas del ámbito de este contrato. Hasta 3 puntos
b) Asimismo se valorará a aquellas empresas que procedan a la retirada a punto limpio del tóner de la fotocopiadora/impresora. Hasta 3 puntos
Las empresas que presenten documentos o aporten datos que permitan deducir el conte- nido de su oferta económica en el sobre que incluya documentación a ser valorada me- diante criterios no evaluables mediante fórmulas, serán excluidas de la licitación.
Cláusula 12.- Enumeración de los criterios evaluables mediante fórmulas.
Se valorará en este apartado el precio (oferta económica), al que se asignarán como má- ximo 60 puntos, y las mejoras, que recibirán un máximo de 10 puntos. (Total 70 puntos)
Se entiende a estos efectos por precio la cantidad que figura en la proposición económica, IVA excluido.
Cláusula 13.- Valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas.
a) Valoración del precio (oferta económica). Máximo 60 puntos
Con carácter previo a la valoración, se determinará, conforme a la cláusula 14, si exis- ten ofertas con valores anormales o desproporcionados, en cuyo caso se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 152 del TRLCSP
Para la valoración de los criterios evaluables mediante fórmulas se asignarán hasta un máximo de 55 puntos. Para ello se realizarán los siguientes cálculos previos:
BOj
= 100 ×(1
Ofj ) PB
1 j=n
n
BM = × ∑BOj
j=1
⎛ j = n
⎜
2
⎞
(BO )2 − n(BM )2 ⎟
⎜ ∑ j ⎟
σ = ⎜ j =1 ⎟
⎜ n ⎟
⎜ ⎟
⎝ ⎠
Teniendo que,
BOj = Baja de la oferta económica (%) del licitador j con respecto al presupuesto base de licitación.
PB = Presupuesto base de licitación Of j = Importe de la oferta del licitador j BM = Baja media
n =número de ofertas
Para el cálculo de la valoración se determinará en primer lugar, el grado de dispersión (representada por σ) entre las ofertas, siempre que éstas no presenten valores anor- males o desproporcionados.
Una vez determinado dicho grado de dispersión, para el cálculo de la valoración se tendrá en cuenta lo siguiente:
Si σ ≥ 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación = 60 x Presupuesto base de licitación - Importe de la oferta j Presupuesto base de licitación – Importe umbral baja desproporcionada
A los efectos de aplicar dicha fórmula, se considera “Importe umbral baja despropor- cionada”, al resultado de calcular el importe del umbral por debajo del cual una oferta se considera desproporcionada o temeraria, en función del método de determinación contenido en la cláusula 14.
Si σ < 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación = 60 x Importe de la oferta más económica
Importe de la oferta j
A los efectos del cálculo de los puntos que se deben asignar a cada empresa, se en- tenderá que los importes que se deben incluir en las fórmulas anteriores son los co- rrespondientes a los importes consignados en la oferta económica, previa la exclu- sión del IVA.
Cuando cumplido el procedimiento establecido en el artículo 152.3 del TRLCSP en el supuesto de ofertas con valores anormales o desproporcionados, el órgano de contra- tación aceptara, en su caso, la justificación efectuada por el/los licitador/es inicialmen- te incursos en temeridad, la valoración final de las ofertas se realizará de la siguiente forma:
Si σ ≥ 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación = 60 X Presupuesto base de licitación - Importe de la oferta j Presupuesto base de licitación - Importe de la oferta más eco-
nómica aceptada por el órgano de contratación
Si σ < 5, entonces se aplicará la siguiente fórmula:
Puntuación = 60 X
Importe de la oferta más económica aceptada por el órgano de contratación
Importe de la oferta j
b) Mejoras (máximo 10 puntos):
Se valorarán las mejoras al servicio, siempre que éstas no sean de índole económica, indicando plazos de realización, que respetando las condiciones generales estableci- das en el presente pliego, se aporten por la empresa que resulte adjudicataria para la realización del contrato.
En concreto se valorarán las siguientes mejoras, en caso de no constar la valoración se calificará con 0 puntos:
1. Atención extraordinaria. Se valorarán las ofertas en función de la dotación del retén y el tiempo de respuesta, de forma que la mejor oferta recibirá 5 puntos y el resto de ofertas obtendrán la puntuación proporcionalmente. Para ser valorado este punto se- rá necesario un mínimo de 2 personas como retén y un tiempo máximo de respuesta de 60 minutos (las dos condiciones a la vez). La valoración se distribuirá de la si- guiente manera:
a) Retén: La mejor oferta será valorada con 2,5 puntos. El resto se valorarán pro- porcionalmente.
b) Tiempo de respuesta: La mejor oferta será valorada con 2,5 puntos. El resto se valorarán proporcionalmente.
2. Incremento de hasta un 5% del número de horas anuales exigidas en el PPT (hasta un máximo de 2.000 horas). Se valorarán aquellas ofertas que presenten una bolsa anual de horas ofrecidas en gratuidad que serán requeridas por la Administra- ción cuando lo estime necesario. La máxima oferta hasta el 5 % de las exigidas en el PPT (máximo 2.000 horas.) recibirá 5 puntos y el resto de ofertas obtendrán la pun- tuación de forma proporcional.
Cláusula 14.- Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
Para determinar las ofertas con valores anormales o desproporcionados, se aplicarán los siguientes criterios:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcen- tuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presen- ten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporciona- das o temerarias, la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de ofertas desproporcionadas o temera- rias, respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio,
respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.
Si, conforme a los criterios expuestos, alguna oferta presentara valores anormales o des- proporcionados, se estará a lo dispuesto en el artículo 152 del TRLCSP en cuanto a las justificaciones exigibles y a la adjudicación del contrato.
Cláusula 15.- Valoración global de las ofertas.
La valoración global de las ofertas será el resultado de sumar la puntuación obtenida en los criterios no evaluables mediante fórmulas y en los evaluables mediante fórmulas.
Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 151.1 del TRLCSP y 22 del Real Decreto 817/2009, la Junta de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Para reali- zar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ellos cuantos informes técnicos estime pertinentes.
En caso de igualdad en la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación, aquellas empresas o entidades que hayan acreditado en el sobre 1 “Documentación Administrati- va” algunos de los supuestos contemplados en la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
Cláusula 16.- Adjudicación y formalización del contrato.
1. Conforme al artículo 151.2 del TRLCSP, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa será requerido para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requeri- miento, presente la siguiente documentación:
- Certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguri- dad Social.
- Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria exigida en el cuadro de características [apartado II.4]. Cuando así se admita en di- cho cuadro de características, la constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
- Cuando así sea exigible en el cuadro de características y por los importes indica- dos, original o copia compulsada de la póliza y último recibo del seguro de respon- sabilidad civil, que cubra los riesgos derivados de la prestación del servicio en las dependencias del Ministerio de Fomento.
- Cuando el licitador, para justificar su solvencia, se hubiera basado en la solvencia y medios de otras entidades [artículo 63 del TRLCSP], la escritura pública en que se formalice el compromiso de puesta a disposición de medios. No se considerará jus- tificado este requisito cuando en la escritura figuren estipulaciones de las que se derive que, en el caso de adjudicarse el contrato al licitador, éste no dispondría
efectivamente de los medios necesarios para ejecutar el contrato. Además deberá justificar:
• La solvencia, medios o clasificación de las entidades con las que pretenda complementar las que le faltaban para poder celebrar el contrato.
• Los contratos, por los cuales, esas entidades se comprometen a ejecutar una parte de la prestación objeto del contrato. Estos contratos deberán estar suscri- tos en escritura pública. También podrán suscribirse en documento privado pe- ro, en este caso, deberán suscribirse ante funcionario competente del órgano de contratación por un representante del adjudicatario y un representante con poder bastante de esas entidades.
Se considerará que no se ha cumplido este requisito cuando:
- La suma de los medios o clasificaciones aportados no sean suficientes para cubrir los exigidos en este pliego.
- Los contratos aportados no permitieren, a juicio del órgano de contratación, dedu- cir que el contratista tendrá efectivamente a su disposición los medios de las enti- dades con quienes se hubiesen celebrado, o pueda obligarlas legalmente a ejecu- tar la parte de prestación que las corresponda.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se en- tenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasi- ficadas las ofertas.
2. La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en el plazo señalado en el artículo 151.3 del TRLCSP, y se notificará a los licitadores y publicará conforme a lo establecido en los artículos 53 y 151.4 del TRLCSP.
3. La adjudicación del contrato se realizará dentro del plazo regulado en el artículo 161.2 del TRLCSP, salvo que en el cuadro de características [apartado III.5] se haya esta- blecido un plazo especial.
4. La notificación de la adjudicación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores hubiesen designado al presen- tar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007 de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
5. Tanto en la notificación de la adjudicación a los licitadores como en su publicación en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato conforme el artículo 140.3
6. Conforme a lo establecido en el artículo 59.1 del TRLCSP, cuando los licitadores ha- yan concurrido en UTE, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la for- malización del contrato.
7. La formalización del contrato se llevará a cabo y se publicará conforme a lo dispuesto en los artículos 154 y 156 del TRLCSP.
Sección tercera.- EL SOBRE Nº 2: DOCUMENTOS QUE DEBEN INCLUIRSE PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Cláusula 17.- Identificación exterior.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 2
DOCUMENTACIÓN CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (DOCUMENTACIÓN TÉCNICA)
Título del Proyecto:
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NUMERO DE EXPEDIEN- TE:
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Fecha y Firma:
Cláusula 18.- Contenido del sobre nº 2.
Deberá incluirse en este sobre la documentación técnica sujeta a valoración conforme a los criterios establecidos en las cláusulas 10 y 11.
Sección cuarta.- EL SOBRE Nº 3: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Cláusula 19.- Identificación exterior.
Se consignará en este sobre, en forma bien visible y sin que sea preciso abrirlo para su lectura, el siguiente cuadro:
SOBRE Nº 3
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Título del Proyecto:
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN DEL B.O.E. Y NUMERO DE EXPE- DIENTE:
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Fecha y Firma:
Cláusula 20.- Contenido del sobre nº 3.
La proposición económica se formulará tomando como referencia el precio base de licita- ción y se ajustará estrictamente al modelo que figura como Anexo 3 al presente pliego.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL CONTRATO
Cláusula 21.- Dirección del contrato.
La Administración, a través de la Oficialía Mayor del Ministerio de Fomento, por medio de los funcionarios designados al efecto, podrá dirigir, inspeccionar, y comprobar la correcta realización del mismo.
Cláusula 22.- Plazos.
El plazo de ejecución del contrato será el fijado en el cuadro de características. En todo caso, el plazo comenzará a partir del día siguiente al de la fecha de la firma del contrato, en caso de que ésta sea posterior a la prevista para su iniciación.
No se admiten prórrogas en este contrato
Cláusula 23.- Precio del contrato y régimen de pagos.
Se aplicará el artículo 216 del TRLCSP y concordantes del RCAP.
El precio del contrato, de acuerdo con el artículo 88.5 del TRLCSP se ha determinado por el valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio pre- cedente o durante los doce meses previos, excluido el IVA, ajustado en función de los cambios de cantidad o valor previstos para los doce meses posteriores al contrato inicial.
El pago se efectuará por mensualidades vencidas, previa presentación de las correspon- dientes facturas debidamente conformadas, debiendo acreditarse la conformidad a la prestación por la Unidad o servicio correspondiente.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en incumplimien- to xxx Xxxxxx aportando menor número de personas y horas trabajadas de las contratadas, la Administración abonará exclusivamente las horas trabajadas en la factura correspon- diente al período donde se hubiera producido el incumplimiento según el precio/hora re- sultante de la adjudicación, pudiendo aplicar, previa audiencia del contratista, las penali- dades contempladas en el cuadro de características (apartado IV.4).
El presupuesto del contrato tiene la consideración de gasto máximo a ejecutar y la Admi- nistración no contrae ninguna obligación de consumirlo. A tales efectos, las cantidades que, en su caso, figuren en el pliego de prescripciones técnicas son orientativas, pudiendo el gestor del contrato superar algunas de ellas o no gastar en otras en función de las ne- cesidades que surjan. El reparto de financiación, en su caso, será el vigente en el acuerdo de cofinanciación interdepartamental que corresponda al período de vigencia del contrato.
Cláusula 24.- Subcontratación.
El licitador está obligado a indicar en su oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, aplicándose lo establecido en el artículo 227.2.a) y c) del TRLCSP para el caso de cambio en el subcontratista.
Cláusula 25.- Lugar de realización.
El servicio se efectuará en las dependencias señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Cláusula 26.- Condiciones especiales de ejecución.
A los efectos del artículo 118 del TRLCSP, tendrán la consideración de condiciones espe- ciales de ejecución las contenidas expresamente en el cuadro de características [apartado IV.3],
Cláusula 27.- Penalidades.
1. Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.
Cuando en el cuadro de características [apartado IV.3] se haya calificado como condi- ción especial de ejecución alguna o algunas de las obligaciones de las establecidas en dicho apartado, su incumplimiento podrá dar lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades:
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
- Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 212.8 del TRLCSP.
El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato.
2. Por cumplimiento defectuoso.
Si así se hubiera previsto en el Cuadro de características [apartado IV.4], podrán im- ponerse al contratista penalidades por cumplimiento defectuoso de la prestación [ar- tículo 212.1 del TRLCSP]. Estas penalidades se sujetarán al siguiente régimen:
- Se impondrán cuando, al tiempo de la recepción, se constatara por el órgano de contratación que, por causas imputables al contratista, los trabajos no se encuen- tran en estado de ser recibidos [artículo 235.2 del TRLCSP].
- Se impondrán con independencia de la obligación que legalmente incumbe al con- tratista en cuanto a la reparación de tales defectos.
- Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
3. Por incumplimiento de las condiciones para la subcontratación establecidas en el TRLCSP.
Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.2 del TRLCSP se impondrá la penalidad regulada en el artículo
210.3 de dicho texto refundido, con sujeción a lo siguiente:
- Se hará efectiva mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al ar- tículo 212.8 del TRLCSP.
- Como regla general, su cuantía será un 5% del importe del subcontrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 10% o hasta el máximo legal del 50%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
Cláusula 28.- Modificación del contrato.
A los efectos establecidos en el artículo 219.1 del TRLCSP, el contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en el Título V del Libro I del TRLCSP y, de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP. Las modificaciones así acordadas por el órgano de contratación serán obli- gatorias para el contratista.
A efectos de lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP, no existe ninguna previsión de modificación en la documentación que rige esta licitación.
Cláusula 29.- Xxxxxx exigibles al contratista.
1. Gastos de formalización del contrato.
Si el contrato se formaliza mediante escritura pública, el adjudicatario entregará a la Administración una copia de la misma. Los gastos de formalización serán de cuenta del adjudicatario.
2. Tasas e impuestos.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en las propuestas de adjudica- ción, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos comprendidos en la ejecución del contrato.
En cuanto al IVA, se estará al artículo 145.5 del TRLCSP.
3. Gastos de publicidad.
El contratista adjudicatario estará obligado al abono de la inserción del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial del Estado, por una única vez.
Cláusula 30.- Daños a terceros.
El contratista responderá conforme al artículo 214 del TRLCSP de los daños ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato.
Cláusula 31.- Propiedad intelectual.
Se entenderán cedidos a la Administración General del Estado los derechos de propiedad intelectual o industrial que surjan como consecuencia de los servicios objeto del presente contrato [artículo 301 del TRLCSP].
Cláusula 32.- Personal del contratista.
Cuando se hubiera exigido al contratista, como concreción de las condiciones xx xxxxxx- cia, una determinada adscripción de medios o la especificación de los nombres o cualifi- cación del personal, la sustitución de tales medios no podrá realizarse sin la previa autori- zación de la Administración. A tal fin, el contratista deberá remitir a aquélla una justifica- ción de los nuevos medios o un historial profesional de las nuevas personas propuestas.
Cláusula 33: Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contra- tista:
1. En relación con los trabajadores destinados a la ejecución de este contrato, la empre- sa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el po- der de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustitucio- nes, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, la impo- sición -cuando proceda- de sanciones disciplinarias, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre em- pleado y empleador.
2. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsa- ble, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a) Recibir y transmitir cualquier comunicación que el personal de la empresa contra- tista deba realizar a la Administración en relación con la ejecución del contrato se realizará a través del coordinador, técnico o interlocutor designado al efecto.
b) Controlar el cumplimiento de las normas laborales de la empresa, en particular en materia de asistencia del personal al lugar de trabajo y disfrute de vacaciones, de manera que no se perturbe la prestación del servicio contratado.
c) Informar a la Administración de los empleados del contratista que dejen de estar adscritos a la ejecución del contrato, en especial a los efectos de poder gestionar adecuadamente los medios de trabajo de que aquellos hubieran dispuesto.
CAPÍTULO IV.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 34.- Cumplimiento del contrato.
La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 222 del TRLCSP.
Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones:
- El cumplimiento no defectuoso del contrato [cláusula 26].
- El cumplimiento de los criterios de adjudicación, cuando se hayan establecido penali- dades por incumplimiento de estos [cláusula 26].
Cláusula 35.- Resolución del contrato.
La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 223 a 225 del TRLCSP y específicamente para el contrato de servicios en los artículos 308 y 309 de dicha Ley.
A los efectos de apreciar la causa de resolución establecida en el artículo 206.g), se con- siderarán incumplimientos de obligaciones contractuales esenciales:
- Los incumplimientos de las obligaciones que, en el cuadro de características [aparta- do IV.3], se hubieran calificado como condiciones especiales de ejecución del contra- to.
- La declaración incompleta o falsa de la relación de empresas que integran el grupo empresarial al que pertenece el contratista.
- El incumplimiento de lo establecido en el artículo 227 del TRLCSP en cuanto a la sub- contratación.
- Cualquier incumplimiento grave de estipulaciones contenidas en los documentos de valor contractual citados en el Cuadro de características [apartado I.5], que tendrá, a estos efectos, el carácter de condición especial de ejecución del contrato.
Cláusula 36.- Plazo de garantía.
El plazo de garantía será el señalado en el cuadro de características [apartado V.1] de este pliego, y comenzará a partir de la fecha de la recepción, ya sea parcial o total.
Cláusula 37.- Tramitación anticipada
Si el procedimiento de adjudicación del contrato se iniciara en el ejercicio anterior al de comienzo de su ejecución, según lo especificado en el artículo 110. 2 del TRLCSP, la ad- judicación y formalización del correspondiente contrato quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato, en el ejercicio correspondiente, en su caso, se especificará en el apartado I.4.f) del cuadro de características.
Queda aprobado el Pliego Madrid, a de de 2012
LA PRESIDENTA
P.D.: LA VICEPRESIDENTA DE LA JUNTA DE CONTRATACIÓN
Regulada por Orden Ministerial 14/03/2001, (P.D. Res 5/06/2001)
Fdo.: Xx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
XXXXX 0: MODELO DECLARACIÓN NO INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRA- TAR
D./Dña. , con
domicilio en …………………………………………………….. Provincia de
………………………. Calle …………………………………………… número
…………………., según documento de identidad núm. , en represen-
tación de la empresa ……………………………con NIF número……….., enterado/a del anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado” del día …………….de …………………
de para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIO-
NES DEL MINISTERIO DE FOMENTO (CONSEJO DE OBRAS PUBLICAS Y COMISION DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACION CIVIL) SITAS EN LA XXXXX XXXXXX Nº6-3, EN MADRID, PARA 12 MESES
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que a efectos de la participación en la licitación del servicio referenciado, ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus adminis- tradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose la persona físi- ca/jurídica representada al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en ………….. a …………..de… de 20
Fdo. …………………………………
ANEXO 2: MODELO DECLARACION SOBRE PERTENENCIA O NO A GRUPO EM- PRESARIAL
D./Dña. , con
domicilio en …………………………………………………….. Provincia de
………………………. Calle …………………………………………… número
…………………., según documento de identidad núm. , en represen-
tación de la empresa ……………………………con NIF número……….., enterado/a del anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado” del día …………….de …………………
de para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIO-
NES DEL MINISTERIO DE FOMENTO (CONSEJO DE OBRAS PUBLICAS Y COMISION DE INVESTIGACION DE ACCIDEN-TES E INCIDENTES DE AVIACION CIVIL) SITAS EN LA XXXXX XXXXXX Nº6-3, EN MADRID, PARA 12 MESES
DECLARA RESPONSABLEMENTE: (escoja una de las dos opciones a) ó b)
a) Que a efectos de la participación en la licitación del servicio referenciado, la persona física/jurídica representada no forma parte de grupo empresarial alguno, según la de- finición de grupo contemplada en el artículo 42 del Código de Comercio.
b) Que a efectos de la participación en la licitación del servicio referenciado, y según la definición de grupo contemplada en el artículo 42 del Código de Comercio. la persona física/jurídica representada forma parte del grupo empresarial……………….., integra- do por las siguientes empresas….
EMPRESA A EMPRESA B EMPRESA C
.
.
.
EMPRESA X
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración en ………….. a …………..de… de 20
Fdo. …………………………………
ANEXO 3: MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONA- LES Y MATERIALES.
D./Dña ……………………………………………………………………………………………
con domicilio en …………………..,calle ………………………………………………………….
y D.N.I. número ……………………, en nombre propio o en representación de la empresa
………………………………………………………..con domicilio en ………….………………..
calle ………………………………………………………………………… C.P Telé-
fono …………………. y C.I.F …………………………………..
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE FOMENTO (CONSEJO DE OBRAS PUBLICAS Y COMISION DE INVESTIGACION DE ACCIDEN-TES E INCIDENTES DE AVIACION CIVIL) SITAS EN LA XXXXX XXXXXX Nº 6 - 3, EN MADRID, PARA 12 ME-
SES, y su plazo de garantía, como mínimo, los medios personales y materiales detallados en la cláusula 7 xx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, con los siguientes per- files exigidos:
APELLIDOS Y NOMBRE | CATEGORÍA | PERFIL |
Lugar, fecha y firma.
ANEXO 4: MODELO DE PROPOSICION ECONÓMICA
D. …………………………………………………………………………………………., con do- micilio en …………………………………………………….. Provincia de……………………….
Calle …………………………………………… número …………………., según documento de identidad núm. ……………………….., enterado del anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado” del día …………….de ………………… de ……………..y de las condi- ciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE FOMENTO (CONSEJO DE OBRAS PU- BLICAS Y COMISION DE INVESTIGACION DE ACCIDEN-TES E INCIDENTES DE AVIACION CIVIL) SITAS EN LA XXXXX XXXXXX Nº6-3, EN MADRID, PARA 12 MESES,
se compromete, en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRESENTA), a tomar a su cargo la ejecución del citado contrato DE SERVICIOS DE LIMPIEZA, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la
CANTIDAD DE ………………………………………………..
IMPORTE DEL IVA ………………………………..…………..
Mejoras ofertadas:
Dotación del retén | personas |
Tiempo de respuesta | minutos |
Incremento de horas anuales | horas |
(expresada claramente escrita en letra y número la cantidad de euros por la que se com- promete el proponente a la realización del servicio)
………………………de… de 20 .
(Fecha y firma del proponente)