CONTRATO DE LOCA CIÓN DE INMUEBLE - RENOVA CIÓN
CONTRATO DE LOCA CIÓN DE INMUEBLE - RENOVA CIÓN
En la ciudad de Neuquén, capital de la provincia del mismo nombre, a los _____
días del mes de ___________________ del año_____ entre el Estado Provincial, representado en este acto por la señora Ministra de Seguridad, Dra. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, D.N.I. Nº 27.883.953, organismo con C.U.I.T N° 30-71743796-5, en adelante “EL LOCA T A RIO” por una parte y por la otra, la firma La X xxxxxxx S.R.L. (R-0261), C.U.I.T. Nº 30-71071317-7, representada por su apoderado el señor Xxxx Xxxx Xxxxx, D.N.I. N° 12.617.878, en adelante “EL LOCA DOR”, convienen en celebrar la presente renovación de contrato de locación del inmueble, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: DEL OBJETO. “EL LOCADOR” cede en locación a “EL LOCATARIO”
un inmueble donde funciona la Dirección Provincial de Población Judicializada dependiente de la Subsecretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad, sito en xxxxx Xxx Xxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Nº 09-20- 000-0000-0000. El mismo está compuesto por los muebles y artefactos que se detallan en el Anexo I – Inventario, que forma parte integrante del presente contrato. SEGUNDA: DEL PRECIO. El valor total de la locación se establece en la suma de pesos dieciocho millones doscientos veintiocho mil con 00/100 ($ 18.228.000,00) pagaderos por mes adelantado del 1º al 10º día de cada mes, siendo el valor locativo de pesos seiscientos veintinueve mil con 00/100 ($ 629.000,00) mensuales, para el período comprendido desde el día 01 de enero de 2022 hasta el día 31 de diciembre de 2022; y de pesos ochocientos noventa mil con 00/100 ($ 890.000,00) mensuales, para el período comprendido desde el día 01 de enero de 2023 hasta el día 31 de diciembre de 2023.
TERCERA: DE LA VIGENCIA. El presente contrato tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses, prestando conformidad su propietario, a partir del día 01 de enero de 2022 hasta el día 31 de diciembre de 2023.
CUARTA: DE LOS IMPUESTOS Y LAS TASAS. Será por cuenta de “EL
LOCADOR” el pago de impuestos, tasas y/o contribuciones existentes o futuros que incidan sobre el inmueble locado, siendo por cuenta de “EL LOCATARIO” el pago de los servicios de gas, electricidad, teléfono y agua potable, como así también los gastos de habilitación y baja de los mismos. “EL LOCATARIO”, será responsable del pago que correspondan a expensas del inmueble locado.
QUINTA: MANTENIMIENTO. “EL LOCADOR” entrega el bien a “EL
LOCATARIO” y este se obliga a conservarlo en buen estado tal como lo recibió oportunamente, respondiendo por los daños, deterioros y roturas que se produzcan por su culpa o negligencia, la de sus dependientes, con excepción de aquellos producidos por el transcurso del tiempo ocasionado por desgaste natural y el buen uso. “EL LOCADOR” se hará cargo de las reparaciones que sea necesario efectuar y que surjan por vicios ocultos del inmueble arrendado. A tal fin “EL LOCADOR” deberá proceder a efectuar las reparaciones en forma inmediata, a partir de la fecha de notificación fehaciente de “EL LOCATARIO”. De no hacerlo, “EL LOCATARIO” procederá a realizar los arreglos necesarios, siendo los gastos deducidos de los alquileres que se devenguen sin admitir reclamos futuros por tal concepto.
SEXTA: DE LAS MEJORAS Y/O MODIFICACIONES. Se conviene expresamente que “EL LOCATORIO” podrá ejecutar en el inmueble las mejoras que fueren útiles a
su gestión, previa autorización expresa de “EL LOCADOR”, quedando en todos los casos las realizadas en beneficio del inmueble. “EL LOCATORIO” no podrá realizar construcciones o modificaciones sin la previa autorización por escrito de “EL LOCADOR”, obligándose restituir el inmueble al vencimiento del presente contrato en las mismas condiciones en las que recibió.
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SÉPTIMA: DE LA RESCISIÓN. “EL LOCATARIO” queda facultado para rescindir el presente contrato previa notificación fehaciente a “EL LOCADOR” con sesenta
(60) días de anticipación, conforme el artículo 83, Sección IV del Reglamento de Contrataciones de la Provincia del Neuquén, Decreto Nº 2758/95 de la Ley de Administración Financiera y Control 2141. La rescisión operará a partir del último día
del mes en que ella se hubiere efectuado, pero será requisito indispensable la entrega o consignación de las llaves del inmueble a “EL LOCADOR”. Dicho acto será formalizado mediante un acta que labrará el funcionario competente del organismo que utiliza el bien locado y será suscripta por “EL LOCADOR” o quien lo represente. OCTAVA: DE LA PRÓRROGA. Las partes estipulan de común acuerdo que, al vencimiento del contrato, el mismo podría ser prorrogado por igual período, previo consentimiento de ambas partes.
NOVENA: EL SELLADO xx Xxx que corresponda abonar será soportado por “EL LOCADOR” en la parte que corresponda, estando exento el Estado Provincial.
DÉCIMA: SUB-ARRENDAMIENTO. Queda terminantemente prohibido a “EL LOCATARIO”, bajo apercibimiento de rescisión del presente contrato, ceder total o parcialmente el contrato o sub-arrendar total o parcialmente el bien locado.
DÉCIMA PRIMERA: JURISDICCIÓN. Ambas partes contratantes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Neuquén, renunciando al Fuero Federal o a cualquier otro de excepción.
DÉCIMA SEGUNDA: DOMICILIO. A los efectos legales, las partes constituyen domicilio en: “EL LOCATARIO” en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx x
“EL LOCADOR” en calle ________________________________ de la ciudad de
____________________________, y a todos los efectos derivados del presente y donde se tendrán por válidas las notificaciones.
De plena conformidad, ambas partes firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
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A NEXO I - INVENT A RIO
El inmueble ubicado en xxxxx Xxx Xxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx, posee los siguientes muebles y artefactos:
En Xxxx de entrada – Planta Baja:
• Un (1) calefactor CTZ 9000 calorías.
• Dos (2) equipos de refrigeración grandes frío calor, sin placa de identificación a la vista.
• Un (1) calefactor CTZ 6000 en el pasillo medio de planta baja.
• Lavatorio con pedestal, con inodoro y mochila incorporada, ubicada en baño situada bajo escalera.
• Un (1) Termotanque marca SA IA R de 50 litros.
• Un (1) cocina cuatro hornallas y horno.
• Un (1) ventilador de techo de tres palas.
• Dos (2) Lavatorios sin pedestal y Un (1) inodoro con mochila incorporada en dos (2) baños contiguos a cocina.
• Un (1) calefactor CTZ 4000 en pasillo.
• Lavatorio con pedestal, un (1) inodoro con mochila y un (1) bidet en baño privado.
• Un (1) equipo de aire acondicionado marca Hitachi en oficina.
• Un (1) calefactor marca Orbis 5000 calorías en oficina.
Planta Superior:
• Un (1) calefactor marca CTZ 6000 (primera escalera a la derecha).
• Lavatorio con pedestal, un (1) inodoro con mochila, un (1) bidet.
• Dos (2) ventilador tres (3) palas.
• Dos (2) equipos de aire acondicionado de 2500 cal (frío calor).
• Un (1) calefactor CTZ 6000 (segunda escalera).
• Un (1) equipo de aire acondicionado frío calor (segunda escalera).
• Un (1) equipo de aire acondicionado frio calor (en oficina directorio).
• Un (1) calefactor CTZ 4000 (en oficina directorio).
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Provincia del Neuquén 2022
Hoja Adicional de Firmas
Número: IF-2022-00108565-NEU-LEGAL#MG
NEUQUEN, NEUQUEN
Viernes 21 de Enero de 2022
Referencia: Contrato de Locación de Inmueble.
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Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961 Date: 2022.01.21 15:48:19 -03'00'
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Directora General
MG-Dirección Provincial de Legal y Técnica Ministerio de Gobierno y Seguridad
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961
Date: 2022.01.21 15:48:49 -03'00'