ACUERDO DE COLABORACIÓN QUE SUCRIBE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL
ACUERDO DE COLABORACIÓN QUE SUCRIBE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL
CON LA ASOCIACIÓN DE RESCATE FELINO “GATÓMICAS” (ACUERDO JGL 14/11/2022)
CONVENIO REGULADOR DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN DE RESCATE FELINO “GATÓMICAS” PARA EL CONTROL DE LAS COLONIAS DE GATOS Y LA GESTIÓN DEL REFUGIO FELINO
Se reúnen de una parte Doña Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx, con D.N.I 05667922D, actuando en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, con CIF X0000000X y domicilio social en Xxxxx Xxxxx xx. 1, en su calidad de Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real
Y de Otra Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, con D.N.I. 05712154N, en calidad de Presidenta de la Asociación de Rescate Felino “Gatomicas” (beneficiario) con CIF 13589379 y domicilio social en xxxxx Xxxxx Xxxx xx Xxxxxx xx0, xxxxxxxx 00 xx Xxxxxx Xxxx.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para otorgar este convenio, y en su virtud
MANIFIESTAN
Que el objeto de este Convenio es canalizar a favor de GATÓMICAS una subvención directa para el control de las colonias de gatos en la ciudad y la gestión del Refugio Felino.
La cuantía de la subvención asciende para el año 2022 a 6.400€, que serán imputados a la aplicación presupuestaria 1721 48919 “Convenio Refugio Felino”.
El presente convenio se formaliza en conformidad con los artículos 22.2 c) y 28.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 9.3. del Texto Regulador de las Bases Generales para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciudad Real y sus Organismos Autónomos, aprobado por el Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el 27 xx xxxx de 2021 y publicado en el BOP de Ciudad Real num. 120, de 25 xx xxxxx de 2021.
De conformidad con lo establecido en las citadas disposiciones, ambas partes acuerdan suscribir el presente Xxxxxxxx, el cual se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.- Finalidad y Objeto de la Colaboración
Que la finalidad de esta colaboración es realizar el Proyecto de Gestión de Colonias Felinas en Ciudad Real, que se adjunta al acuerdo como ANEXO I, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 7/2020, de 31 xx xxxxxx, de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales xx Xxxxxxxx-La Mancha, al establecer que “corresponde a los municipio el velar para que las colonias felinas no produzcan molestias a los vecinos ni a sus bienes, y evitar que se dé lugar a una masificación del número de colonias o de gatos que albergan”, estableciéndose asimismo la posibilidad de establecer Convenios con Asociaciones de Protección y Defensa de Animales Domésticos, para el cumplimiento de estas obligaciones.
Ambas partes suscriben que el objeto del presente convenio es el cuidado de los animales y la Gestión de las Colonias de felinos de aquellas zonas que se determinen como prioritarias con los objetivos de:
• Control de la natalidad y cuidados veterinarios básicos.
• Reducción de las molestias al vecindario
• Disminución de la suciedad de las zonas
• Acogimiento de gatos sociables o en edad de socializar y su puesta en adopción.
Segunda.- Importe de la subvención
El Ayuntamiento colaborará con el sostenimiento económico de la actividad mediante una dotación económica establecida para el presente ejercicio en 6.400€ (aplicación presupuestaria 1721 48919 “Convenio Refugio Felino”).
La dotación anual que GATÓMICAS reciba se destinará a sufragar los siguientes gastos:
• Servicios veterinarios
• Vacunas, microchips, medicamentos y otros productos necesarios para el cuidado higiénico-sanitario de los animales
• Personal contratado por la asociación
• Alimentación de los animales
• Gastos de limpieza y desinfección de las instalaciones
• Material de oficina necesario para desarrollar la actividad.
Tercera.- Plazo de ejecución
El plazo para la ejecución del proyecto en el que se enmarca esa subvención será el 31 de diciembre de cada año, iniciándose tras la notificación del acuerdo de concesión de la subvención
Cuarta.- Régimen de pago de la subvención
La subvención se hará efectiva en un pago único, del importe total de la ayuda concedida, y se realizará, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, como pago anticipado, que supondrá la entrega de los fondos con carácter previo a la justificación.
El incumplimiento de la obligación de justificación, la justificación insuficiente o cualesquiera otras causas contempladas en el artículo 37 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dará lugar al reintegro total o parcial de la subvención
Quinta.- Régimen de compatibilidades.
Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la unión Europea o de Organismos internacionales, siempre que su importe, aisladamente o en concurrencia con oras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere el coste de la actividad subvencionada.
Sexta.- Obligaciones de la Asociación Gatómicas
• No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Estar al corriente en sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
• Estar al corriente en sus obligaciones tributaria con la Agencia Estatal y Local Tributaria, autorizando con la suscripción de este convenio la obtención del certificado acreditativo de esta circunstancia por parte del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real.
• Hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
• Realizar la actividad subvencionada y justificar su financiación.
• Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación en la actividad objeto de la subvención, que pueda tener incidencia sobre los gastos recogidos en el Presupuesto para su aprobación por el Ayuntamiento.
• Cumplir con las exigencias normativas, respecto a la sanidad animal, de este tipo de centros y, en particular, la relativa a núcleos ZOOLÓGICOS.
• Gestionar adecuadamente las instalaciones del Refugio Felino con el fin de mantener en óptimas condiciones higiénico-sanitarias y de bienestar animal a los animales abandonados en el término municipal de Ciudad Real, y tenerlos en tanto se procura su adopción por terceros o recuperación por parte de los dueños. GATOMICAS se compromete a hacer un buen uso de las instalaciones que le son cedidas mediante este convenio.
• Hacerse cargo del personal, de las personas que colaboren con la Asociación desde el voluntariado en el Centro de Acogida de Felinos, el cual dependerá única y exclusivamente de la Asociación de Rescate Felino “Gatomicas”.
• Transporte, alimentación, limpieza, vacunación, cuidado higiénico-sanitario de los animales.
Séptima.- Medios de difusión de la subvención por parte del beneficiario.
Se estará a lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incorporándose de forma visible en el material que se utilice para la difusión de la actividad, el logotipo del Ayuntamiento de Ciudad Real, una vez dado el visto bueno por la Comisión de Seguimiento del acuerdo.
Octava.- Instalaciones
Con el fin que la Asociación de Rescate Felino “Gatomicas” desarrolle el Proyecto objeto de la colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento y esta asociación, se cede en uso del Centro de Adopción y Sensibilización Felino, sito en Camino de Xxxxxx Xxx de Ciudad Real. Estas Instalaciones serán gestionadas por la Asociación Protectora con el único fin de mantener en óptimas condiciones los felinos recogidos por la Asociación en el término municipal de Ciudad
La Asociación de Rescate Felino “Gatomicas”, dispondrá de estas instalaciones mientras mantenga su actividad y se encuentre el acuerdo de colaboración en vigor. De no darse alguna de estas dos condiciones, las instalaciones retornarán de inmediato a la gestión municipal.
Asimismo, el núcleo zoológico nº ES130340000267, pasará a la titularidad de la Asociacion, manteniendo la misma mientras el convenio de colaboración se mantenga en vigor.
Novena.- Mantenimiento Instalaciones y Otros Gastos
Excepción hecha de la limpieza de las instalaciones, el Ayuntamiento será responsable del mantenimiento y conservación de las instalaciones cuyo uso cede, así como el pago de suministros de agua y electricidad. El resto de gastos que implique la gestión de las instalaciones y el desarrollo de la actividad correrán de cuenta de la Asociación firmante.
Décima.- Recogida y Traslado de los Animales
La recogida y traslado de los animales de las colonias objeto del Proyecto será realizada mediante medios propios de la Asociación de rescate Felino “Gatomicas”.
Decimoprimera.- Gestión de Residuos
La gestión de RSU (gestión de Residuos) y de cadáveres será asumida por el Ayuntamiento (sección de limpieza municipal) y se gestionará conforme determinen los servicios municipales competentes.
Decimosegunda.- Comisión de Seguimiento
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del acuerdo de colaboración, compuesta por representantes del Ayuntamiento, Asociación de rescate Felino “Gatomicas” y la Protectora de Animales “La Bienvenida” y el responsable veterinario del núcleo zoológico.
Esta Comisión realizará un seguimiento de la gestión del centro, adoptando las decisiones pertinentes, entre otras cosas sobre la reubicación de felinos, entre los centros de protección animal.
Decimotercera.- Protocolos de Actuación
La Asociación de rescate Felino “Gatomicas” adjunta el Protocolo de Gestión de Colonias Felinas en Ciudad Real como Anexo I del citado Acuerdo de Colaboración
Decimocuarta.- Campañas de Sensibilización
La asociación de rescate Felino “Gatomicas” y el Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, realizarán campas de sensibilización en los medios de comunicación locales y redes sociales de adopción de felinos y de cuidado de los mismos,
Decimoquinta.- Órgano gestor
El órgano gestor de esta subvención es la Concejalía de Sostenibilidad y Agenda 2030 del Ayuntamiento de Ciudad Real. Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con la Concejalía de Sostenibilidad y Agenda 2030, sita en xxxxx Xxxxxx xx0, 0x , X.X.00000- Xxxxxx Xxxx, por teléfono en el 000000000 o por correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxx.xx.
Decimosexta.- Justificación
El beneficiario deberá presentar en las dependencias de la Concejalía de Sostenibilidad y Agenda 2030 del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, antes del 31 de enero, justificación de la subvención concedida, que deberá contener la siguiente documentación:
1. Certificado o declaración, expedido por el órgano competente en el que conste:
• Convenio en el que se enmarca la subvención
• Importe de la subvención
• Que la subvención ha sido aplicada a los fines para los que fue concedida.
• En su caso, mención de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea u organismos internacionales.
2. Memoria de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos.
3. Memoria económica, que contendrá:
• Relación justificada de gastos e inversiones de la actividad, con indicaciones del acreedor y número de factura, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.
• Ejemplares de cada uno de los folletos, carteles, videos, libros, CD, etc., que en su caso, se hayan editado o publicado con ocasión de las actividades subvencionadas.
4. Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación e tales fondos a las actividades subvencionadas.
El incumplimiento de la obligación de justificación, la justificación insuficiente o cualesquiera otras causas contempladas en el artículo 37 de la ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dará lugar al reintegro total o parcial de la subvención .
Decimoséptima.- Resolución o incumplimiento del Convenio
Será causa de resolución del presente convenio, el incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las obligaciones asumidas en el mismo, lo que conllevará el reintegro de la subvención otorgada, sin perjuicio de las sanciones a que pueda haber lugar en base a la normativa aplicable.
Decimoctava.- Vigencia del Acuerdo de Colaboración
Se establece un plazo de vigencia del presente convenio de dos años que será prorrogado tácitamente por periodos de un año, con un máximo de cuatro, siempre que no medie denuncia expresa y por escrito de una de las entidades firmantes, con al menos un mes de antelación de la fecha de su conclusión.
Decimonovena.-Régimen Jurídico
Este Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa. En lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 9.3 del Texto Regulador de las Bases Generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Ciudad Real y sus organismos autónomos, aprobado por el Ayuntamiento en sesión plenaria el 27 xx xxxx de 2021 y publicado en el B.O.P. de Ciudad Real núm. 120 el 25 xx xxxxx de 2021, y demás normativa estatal o autonómica que resulte de aplicación.
Disposición Adicional
En base al principio de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como la regla de gasto recogida en la Ley Orgánica 2/2012 de 27 xx xxxxx, la aportación municipal prevista en el presente Convenio podría quedar afectada.
Firmado por Xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx 05712154N
Y en prueba de conformidad firman el presente convenio, en Ciudad Real, a 14 de noviembre de 2022.
P1303400D)
05667922D XXX XXXXX XXXXXX (R:
Firmado digitalmente por 05667922D XXX XXXXX XXXXXX (R: P1303400D)
Fecha: 2022.11.25
15:00:09 +01'00'
El Ayuntamiento Gatómicas
Xx Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxx Xx. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx