PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICAS-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y SUBASTA DE LA OBRA SIGUIENTE:
CENTRO SOCIAL PARA LA TERCERA EDAD(2ª FASE)
PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICAS-ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y SUBASTA DE LA OBRA SIGUIENTE:
OBJETO DEL CONTRATO 2
BASE 1ª.-OBJETO DEL CONTRATO 2
CONDICIONES ECONOMICAS DEL CONTRATO 2
BASE 2ª.-FINANCIACION Y PAGO DE LAS OBRAS. 2
BASE 3ª.-GARANTIAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA 2
BASE 4ª.-PRECIO DEL CONTRATO 3
BASE 5ª.-REVISION DE PRECIOS. 3
BASE 6ª.- GASTOS DERIVADOS DEL CONTRATO 3
EJECUCION DE LAS OBRAS. 4
BASE 7ª.-DURACION DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA. 4
BASE 8º.-DIRECCION DE OBRAS. 4
BASE 9ª .-REPLANTEO DE LAS OBRAS Y PROGRAMA DE TRABAJO. 4
BASE 10ª.-EJECUCION Y SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. 5
BASE 11.-DEMORA EN LA EJECUCION. 6
BASE 12ª.-CERTIFICACIONES DE OBRAS. 6
BASE 13ª.-RECEPCION DE LAS OBRAS. 7
BASE 14ª .-PLAZO DE GARANTIA Y LIQUIDACION DE LAS OBRAS. 8
CONDICIONES DEL CONTRATISTA 8
BASE 15º.-DEL CONTRATISTA. 8
BASE 16ª.- SOLVENCIA DEL CONTRATISTA. 9
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION 9
BASE 17ª CONSULTA Y OBTENCION DE COPIAS DE LOS PLIEGOS Y PROYECTOS TECNICOS. 9
BASE 18ª.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES. 9
BASE 19ª.- FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES. 9
BASE 20ª.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. 10
BASE 21ª.-MESA DE CONTRATACION. 12
BASE 22º.- APERTURA DE PROPOSICIONES. 12
BASE 23ª.-BAJA TEMERARIA. 13
BASE 24ª.-MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 14
BASE 25º.- ADJUDICACION DEFINITIVA. 14
FORMALIZACION, RESCISION Y TRANSMISION DEL CONTRATO. 14
BASE 26.-. FORMALIZACION DEL CONTRATO 14
BASE 27ª.- TRANSMISION DEL CONTRATO. 15
BASE 28ª.-CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO. 15
PRERROGATIVAS, INTERPRETACION Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.-
.................................................................................................................................................... 15
BASE 29º.-PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION 15
BASE 30ª.- REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO 16
BASE 31ª.- JURISDICCION COMPETENTE. 16
CLAUSULAS ADICIONALES. 16
BASE 32ª.-CARTEL ANUNCIADOR DE LAS OBRAS. 16
A N E X O I 17
EN LAREDO, A DE 18 DE OCTUBRE DE 2007 17
OBJETO DEL CONTRATO
BASE 1ª.-OBJETO DEL CONTRATO.-
Es objeto del presente Pliego de Condiciones Económicas-Administrativas particulares la contratación mediante procedimiento abierto, adjudicación mediante subasta y tramitación por el procedimiento ordinario de la ejecución de la obra siguiente:
CENTRO SOCIAL PARA LA TERCERA EDAD(2ª FASE)
De conformidad con el proyecto técnico redactado por los servicios técnicos municipales.
El referido proyecto, estudio de seguridad y salud y los Pliegos de Cláusulas y Prescripciones Técnicas, con los documentos que preceptivamente lo integran, formarán parte del contrato de adjudicación de obra, que en su día se otorgue.
Tendrá en todo caso carácter preferente este Pliego de Condiciones Económicas-Administrativas en caso de discrepancia entre el mismo y las especificaciones económico-administrativas contenidas en el Proyecto Técnico que le sirven de referencia.
CONDICIONES ECONOMICAS DEL CONTRATO
BASE 2ª.-FINANCIACION Y PAGO DE LAS OBRAS.-
El abono de las obras comprendidas en la presente contratación se realizará con cargo a la partida 322-6222 (Centro social 3ª Edad) del presupuesto municipal.
BASE 3ª.-GARANTIAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA
1.-De conformidad con lo establecido al artículo 35 del RD Legislativo 2/2000 de 16 xx Xxxxx no será preciso la constitución de garantía provisional para acudir a la presente licitación.
2.-El adjudicatario deberá depositar, en el plazo de quince días hábiles a contar desde la notificación de la adjudicación del contrato, una fianza definitiva por importe del 4% del importe de la adjudicación, la cual responderá de la ejecución del contrato en los términos fijados en este Pliego de Condiciones.
3.-La garantía definitiva será devuelta al adjudicatario transcurridos un año a contar desde la fecha de levantamiento del acta de recepción de las obras si no se ha efectuado durante dicho periodo reclamación alguna en orden a las ejecutadas.
BASE 4ª.-PRECIO DEL CONTRATO.-
1.-El precio del contrato se establece en la cantidad 86.679,53€, el cual podrá ser mejorado a la
baja.
2.-El precio citado corresponde a los de ejecución por contrata de la obra, y estudio de seguridad y salud, estando incluido en el mismo por tanto el 13% por Gastos Generales, 6% Beneficio Industrial e I.V.A, así como los gastos derivados del Estudio de Seguridad y Salud unido al Proyecto Técnico.
3.-Será a cargo del adjudicatario, dentro del importe de adjudicación, los gastos del anuncio de licitación y del de adjudicación, así como los que se deriven de la formalización del contrato, incluidos los tributos y todos los demás por las disposiciones vigentes. En particular corresponderán los pagos originados, en su caso, por la realización de las gestiones, el pago de todos los gastos, tasas y arbitrios, etc, así como la redacción y visado de los proyectos que hayan de presentarse en los Organismos competentes, a efectos de obtener el alta o baja y permiso de puesto en marcha de las instalaciones, enganches a redes, servicios, boletines, dictámenes, ejecución de acometidas provisionales necesarias y, en general, todo lo preciso para el funcionamiento adecuado y legalizado de las instalaciones, aun cuando hayan de ser titulados a nombre del Ayuntamiento, así como los honorarios, gastos e IVA del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
Será asimismo de cuenta del adjudicatario en su caso, la tasa por inspección de obras del Gobierno de Cantabria por importe del 4% y que será abonada por éste con la presentación de la certificación.
BASE 5ª.-REVISION DE PRECIOS.-
De conformidad con lo señalado en el proyecto en razón del plazo de ejecución previsto, no habrá lugar a la revisión de precios.
BASE 6ª.- GASTOS DERIVADOS DEL CONTRATO.
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos derivados de la preparación, adjudicación, formalización y ejecución del contrato, incluidos los anuncios de la publicación de esta licitación en el BOC y Diarios y en concreto:
a) Los de anuncio que genere el concurso comprendiendo los publicados en el B.O.C para la licitación y el de notificación de la adjudicación estimados en aproximadamente 350 €.
b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
c) Asumir el pago del IVA que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación.
d) Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
e) Los gastos, honorarios e IVA correspondientes a la contratación en su caso del coordinador de seguridad y salud.
f) Los gastos de tramitación de boletines, bajas, instalaciones etc, con excepción de los correspondientes a los abonos de los derechos de enganche.
g) Los gastos de control de calidad hasta el importe del 1% del presupuesto de licitación de la
obra.
EJECUCION DE LAS OBRAS.
BASE 7ª.-DURACION DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA.-
1.-El contrato tendrá una duración comprendida entre la fecha de adjudicación provisional del mismo y la finalización del plazo de garantía
Las obras deberán iniciarse en el plazo máximo de TRES MESES a contar desde el levantamiento del acta de comprobación del replanteo, el cual se efectuará conforme a la base 9ª y deberán concluirse en el plazo máximo de 3 meses desde el acta de comprobación del replanteo.
El incumplimiento de tales plazos será sancionado a tenor de lo establecido al artículo 95 y 96 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx.
2.-En la ejecución del contrato deberá cumplirse igualmente los plazos parciales establecidos en las fases de trabajo recogido en el proyecto técnico, si bien estos no dará lugar a la realización de recepciones parciales.
BASE 8º.-DIRECCION DE OBRAS.-
La Dirección e inspección de las obras corresponderá a los Servicios Técnicos Municipales.
Por el Técnico encargado de la Dirección de obra se dictarán las ordenes oportunas en orden a la ejecución de estas, las cuales serán de obligada aceptación por el contratista. A este efecto se recogerán en el libro de ordenes cuantas se consideren oportunas en relación con las mismas, debiendo suscribirse por la Dirección y el contratista.
No obstante, cuando la ejecución de la obra implique la necesidad de incorporar a la misma adicionales en razón de la aparición de unidades de obra no previstas en el Proyecto Técnico, deberá previamente tramitarse el oportuno expediente para la aprobación por la Corporación del mismo.
No se efectuará al contratista liquidación alguna por los gastos correspondientes a la dirección de obra y coordinación de seguridad.
El Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra llevará a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del RD 1697/97 de 24 de Octubre y quedará por tanto integrado en la Dirección facultativa.
BASE 9ª .-REPLANTEO DE LAS OBRAS Y PROGRAMA DE TRABAJO.-
El acto de comprobación del replanteo se levantará en el cuarto día hábil siguiente a la fecha de formalización del contrato de obras, y a la misma acudirá el contratista y la Dirección de Obras, así como la persona designada como Coordinador en materia de seguridad.
En el caso de que por el adjudicatario se efectúe alegaciones en dicho acto que impidan iniciar las obras, y así sea admitido por los representantes municipales y la Dirección Técnica, se suspenderá la ejecución del contrato hasta la subsanación de las deficiencias.
El contratista estará obligado a presentar cronograma del programa de trabajo, ajustado a las fases establecidas en el proyecto técnico, con carácter previo al inicio de la obra.
Por la Alcaldía se resolverá sobre el programa de trabajo dentro de los diez días siguientes a su presentación, pudiendo imponer, cuando así lo aconsejen la seguridad del transito por la zona afectado, la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato.
En el programa de trabajo a presentar se deberán incluir la estimación en días de los plazos de ejecución de las diversas obras u operaciones preparatorias, equipo e instalaciones y de los de ejecución de las diversas partes o unidades de obra.
El director de la obra no dará curso a las certificaciones hasta que el contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por retraso en el pago de estas certificaciones.
BASE 10ª.-EJECUCION Y SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO.-
1.-Las obras se ejecutarán a riesgo y xxxxxxx del contratista y con estricta sujeción a este Pliego de Condiciones y al Proyecto Técnico que le sirve de referencia.
2.-El contratista deberá adoptar las medidas precisas para la adecuada seguridad en la obra, debiendo a este efecto cumplir los requisitos establecidos al RD 1627/97 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en obras de construcción, y siendo de su exclusiva responsabilidad la señalización y protección de la obra para la evitación de daños a trabajadores y terceros, de conformidad con el Estudio de Seguridad e Higiene que se une al Proyecto y Plan de Seguridad y Salud en el trabajo que se haya aprobado con el correspondiente informe favorable del Coordinador en materia de seguridad y salud en la ejecución de la obra.
3.-El contratista, conforme al artículo 97 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx, deberá tener suscrito un contrato de seguro que garantice la indemnización de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato y que sea valido para la obra de la que es adjudicatario, pudiendo el Ayuntamiento requerir en cualquier momento la presentación de justificante del mismo.
4.-Será responsabilidad del adjudicatario la señalización y protección adecuada de los accesos y zonas de ejecución de las obras, debiendo establecer las medidas adecuadas para garantizar el paso de peatones y el acceso a viviendas y establecimientos sin mas restricciones que las indispensables y mínimas exigibles por la realización de la obra, o las derivadas de las prescripciones contenidas en el Proyecto de obras para seguridad del tránsito rodado y peatonal, así como en su caso la señalización de los desvíos alternativos para el tráfico y los peatones que exija la ejecución de la obra.
5.-Por el contratista deberá aportarse, en el acto del levantamiento del acta de replanteo, el Plan de Seguridad redactado de conformidad con el "Estudio de seguridad y salud " del Proyecto Centro social para la Tercera Edad, suscrito con el conforme del Coordinador en materia de seguridad y salud.
El Plan de Seguridad y Salud, en aplicación del artículo 7,2 del RD 1627/1997, será aprobado por la Alcaldía de conformidad con la propuesta del Coordinador en materia de seguridad y salud en la ejecución de las obras.
6.-La falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado 4 de esta cláusula no impedirá el levantamiento de la acta de replanteo, en la que se hará constar tal deficiencia, si bien la obra no podrá iniciarse hasta la presentación del Plan de Seguridad y salud en el trabajo suscrito por el Coordinador, computándose los plazos de ejecución siempre a partir de la fecha del acta de replanteo con independencia de la fecha de inicio efectiva de la obra.
BASE 11.-DEMORA EN LA EJECUCION.-
1.-El contratista está obligado a cumplir el contrato derivado de la presente adjudicación dentro de los plazos previstos en los mismos, no siendo preciso la intimación de la Administración para la constitución en xxxx del contratista.
2.-Cuando por causas imputables al contratista este incurra en xxxx respecto al plazo final o a cualquiera de los intermedios se impondrá en concepto de cláusula penal una cuantía igual a la equivalente a la proporción de 0,12 € por cada 601,01 € del precio de adjudicación del contrato.
BASE 12ª.-CERTIFICACIONES DE OBRAS.-
Las certificaciones de obra deberán ser satisfechas dentro de los dos meses siguientes a la fecha de presentación de las mismas en el Registro Municipal. En todo caso se aplicará el artículo 99 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx.
Mediante petición suscrita por el contratista se podrán realizar abonos a cuenta de instalaciones, acopios de materiales y equipos de maquinaria pesada adscrita a la obra, en los términos establecido a la cláusula 54 del Decreto 3854/1970 de 31 de diciembre y cuyo pago deberá garantizarse mediante aval bancario.
El pago del precio del remate y sus variaciones legales (modificaciones objetivas) se efectuará contra una única certificación de obra expedida por el Técnico Director de la obra a la finalización de la misma, la cual será entregada en el Registro de Entrada Municipal para su aprobación por el Ayuntamiento.
La denegación de la aprobación de la certificación por el Ayuntamiento, en base a la existencia de deficiencias en la misma, dará lugar a la suspensión del plazo de pago, a que se refiere el párrafo 4 del art. 99.
La certificación de la obra final al agotar el presupuesto de ejecución por contrata deberá venir acompañada del acta de recepción de la obra, sin cuyo requisito la misma no será tramitada.
Sin perjuicio de lo establecido a la base 32 de este Pliego de condiciones, sólo podrán introducirse variaciones sin previa aprobación cuando consistan en la alteración en el número de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en las mediciones del proyecto, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10 por 100 del precio primitivo del contrato, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido.
Las variaciones mencionadas en el apartado anterior deberán ser recogidas en la certificación final a que se refiere el artículo 147.1 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx. No obstante, cuando con posterioridad a las mismas hubiere necesidad de introducir en el proyecto modificaciones de las previstas en el artículo 146 de la Ley, habrán de ser recogidas tales variaciones en la propuesta a elaborar, sin necesidad de esperar para hacerlo a la certificación final citada.
BASE 13ª.-RECEPCION DE LAS OBRAS.-
1.-Terminadas las obras por el contratista, y en el plazo xxxxxx xx xxxx días a contar desde dicha finalización, la Dirección de obra, o subsidiariamente el contratista, lo comunicará al Ayuntamiento mediante escrito a entregar en el Registro de Entrada municipal, al que se incorporará informe emitido por el técnico director de la obra de encontrarse la misma completamente finalizada y correctamente ejecutada.
2.-La solicitud del contratista, a la que se acompañará el informe favorable de los Servicios Municipales será elevado al Sr. Concejal responsable del área de obras procediéndose, en caso de conformidad, al levantamiento del acta de recepción a suscribir por el representante de la Contrata , el Director de las Obras y el Concejal delegado del área de obras.
En caso de conformidad la fecha correspondiente al inicio del plazo de garantía, con independencia de la fecha de levantamiento del acta de recepción, se iniciará en el mes siguiente a la que por la Dirección de obra se indique como fecha de fin de las obras o en la fecha de levantamiento del acta de recepción si esta es anterior a dicho plazo.
3.-En caso de informe desfavorable de la Dirección Técnica o de los Servicios Municipales se concederá al contratista un plazo de quince días para alegaciones.
En este último caso se hará constar así en el Acta que se levante, que no tendrá carácter de “Acta de recepción” y que puede ser sustituida por notificación de las deficiencias al que debe ir incorporado el recibí del contratista, señalándose por el Director de la misma, o por el representante de la Administración, los defectos detectados, detallándose las instrucciones precisas y plazo para subsanarlas. Corregidos los defectos se procederá a tramitar la recepción conforme al apartado segundo de este artículo, en caso contrario se concederá un nuevo plazo para la corrección o se propondrá la resolución del contrato
El plazo para la resolución de la solicitud de recepción provisional, y en su caso del levantamiento del acta de recepción, será de un mes, a contar desde la fecha de la comunicación de la finalización de la obra por el contratista.
4.-El acto de recepción se regirá por lo establecido al artículo 147 del RD Legislativo 2/2000 de 16 xx Xxxxx, computándose a partir de dicha fecha, conforme a lo establecido al apartado segundo de esta base, el plazo de garantía establecido en estas bases, debiéndose aportar al mismo, para entender finalizada las obras, los boletines de instalaciones, permisos y autorizaciones precisas.
5.-Si tras notificación del contratista de finalización de la obra no se efectuase la recepción dentro del plazo de un mes señalado anteriormente, ni se realizase por el Ayuntamiento alegación alguna en cuanto a la deficiencia de la obra, esta se entenderá recibida provisionalmente de forma tácita, iniciándose el plazo de garantía conforme a lo señalado en el apartado segundo, recepción que no enerva el deber del contratista de mantenimiento de la obra durante el plazo de garantía y de entrega de la misma en perfecto estado una vez finalizado el mismo
6.-Transcurrido los plazos fijados al apartado dos para la recepción, es decir un mes desde la notificación de terminación de la obra y el plazo de garantía, sin que por los Servicios Municipales se proceda al levantamiento del acta de recepción o a la realización de informe de deficiencias se entenderá recibida la obra de forma tácita y con carácter definitivo.
7.- Tanto en la recepción como en la correspondiente a la finalización del plazo de garantía, transcurrido el segundo plazo de subsanación sin que se encontrasen conformes las obras ejecutadas, se procederá a la tramitación de expediente de resolución del contrato de obras.
8.-En todo caso para el inicio del computo de los plazos que se fija en este artículo es preciso la acreditación fehaciente de la finalización de la obra por parte del contratista, sin la cual los mismos no se entenderán iniciados.
La aprobación por el Ayuntamiento de la certificación final de la obra, cuando reciba este nombre, o agote el presupuesto de ejecución material, y se acompaña el informe de la dirección de obra indicada al apartado primero, sustituirá al acta de recepción si esta no se ha levantado.
9.- Dentro de los dos meses siguientes a la fecha de finalización del plazo de garantía, la Administración acordará y notificará al contratista la certificación final de la obra y abonará, en su caso, el saldo resultante.
BASE 14ª .-PLAZO DE GARANTIA Y LIQUIDACION DE LAS OBRAS.-
1º.-El plazo de garantía se establece en un año a contar desde la fecha de levantamiento del acta de recepción de las obras, conforme al apartado segundo de la base anterior, durante el citado plazo el contratista deberá velar por la adecuada conservación y mantenimiento de la obra, efectuando cuantas actuaciones sean precisas para su adecuada conservación y entrega al Ayuntamiento.
2.- Transcurrido el plazo de garantía, si el informe del director de las obras sobre el estado de las mismas fuera favorable o, en caso contrario, una vez reparado lo construido, se formulará por el director en el plazo de un mes, la propuesta de liquidación de las realmente ejecutadas, tomando como base para su valoración las condiciones económicas establecidas en el contrato.
La propuesta de liquidación se notificará al contratista para que en el plazo xx xxxx días preste su conformidad o manifieste los reparos que estime oportunos.
Dentro del plazo de dos meses contados a partir de la contestación del contratista o del transcurso del plazo establecido para tal fin la Junta de Gobierno Local deberá aprobar la liquidación y abonar, en su caso, el saldo resultante de la misma.
CONDICIONES DEL CONTRATISTA
BASE 15º.-DEL CONTRATISTA.-
Podrán acudir a la presente licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar y no se encuentren incursas en causa alguna de prohibición de contratar fijada al artículo 20 del RD Legislativo 2/2000 de 16 xx Xxxxx de Contratos de la Administración Públicas.
El contrato podrá suscribirse con un solo empresario o con uniones de empresarios constituidas a tal fin, en cuyo caso se estará a lo fijado en el artículo 24 del RD Legislativo 2/2000 de 16 xx Xxxxx, quedando dichos empresarios obligados solidariamente ante la Administración.
Los licitadores no podrán presentar mas de una proposición, tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en mas de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
BASE 16ª.- SOLVENCIA DEL CONTRATISTA.-
El licitador acreditará la solvencia económica y técnica profesional de acuerdo a los medios que se establecen en la base 20ª de las presentes bases relativa al contenido de las proposiciones.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
BASE 17ª CONSULTA Y OBTENCION DE COPIAS DE LOS PLIEGOS Y PROYECTOS TECNICOS.-
Los licitadores podrán obtener copia de las bases de forma gratuita en la Secretaría del Ayuntamiento.
Igualmente podrán consultar en la Secretaria el Proyecto Técnico, sin coste alguno.
Para la obtención de copias integras del Proyecto, o de parte del mismo, deberán solicitarse en el centro que a este efecto se designe en las oficinas municipales, la cual los efectuará a los precios ordinarios fijados por la misma.
BASE 18ª.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE PROPOSICIONES.
La entrega de proposiciones deberá efectuarse en la Sección de Contratación del Servicio de Secretaría del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en el horario que se determine en el anuncio de licitación correspondiente al de apertura del Registro General de este Ayuntamiento, durante el plazo de veintiséis días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el B.O.C.
En caso de que el último día del plazo indicado en el apartado anterior sea Sábado, el plazo de presentación de proposiciones se entiende prorrogado hasta el siguiente día hábil a dicha fecha.
También podrán presentarse por correo, en cuyo caso el interesado debe acreditar, con el resguardo correspondiente la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de Contratación por Fax, Telex, Telegrama o Correo Electrónico la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
BASE 19ª.- FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
1. Las proposiciones se presentarán, cerradas y lacradas, divididas en dos sobres, denominados A y B, en la Sección de Contratación citada, debiendo ser rubricadas por el presentador de las mismas. En la cubierta de aquéllas figurará la inscripción siguiente:
“PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACION CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX CON DESTINO A LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y ADJUDICACION POR SUBASTA DE LA OBRA: CENTRO SOCIAL PARA LA TERCERA EDAD(2ª FASE)”
2. Las proposiciones deberán ajustarse al modelo que se adjunta como anexo al presente Xxxxxx.
3. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición,.
BASE 20ª.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
A la proposición se acompañarán los siguientes documentos, todos ellos originales o compulsados por Notario, los Servicios Municipales del Ayuntamiento u organismo en que se presente la propuesta.
Al sobre A)
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del firmante de la proposición.
b) Si el contratista fuese persona física y actuase mediante representante, se acompañará igualmente copia compulsada del Documento Nacional de Identidad de este, así como poder que acredite la representación que ostenta.
c) En el caso de que concurra una Sociedad, se acompañará copia debidamente compulsada de la
Escritura de constitución de la misma, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
d) Si en nombre de la Sociedad concurriera algún Administrador o Representante de la misma, éste deberá justificar documentalmente que está facultado para ello, adjuntado a tal efecto poder, debidamente bastanteado por Notario o por el Sr. Secretario General o funcionario Letrado de la Corporación, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
Se admitirán como válidos los bastanteos efectuados por los Letrados de otras Administraciones Públicas siempre que los mismos tengan carácter general y no se refieran a licitaciones o concursos determinados.
e) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada uno de ellos, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
f) En el caso de Sociedades Civiles deberá acompañarse copia del acta de constitución de la misma, debidamente liquidada, debiendo aportar la documentación fijada en estas bases para todos y cada uno de los miembros de la Sociedad, salvo que la misma se encuentre inscrita en el Registro Mercantil.
g) Declaración responsable en la que el licitador, o su representante, afirme bajo su responsabilidad que el primero está facultado para contratar y no se halla comprendido en ninguno de los supuestos de incapacidad e incompatibilidad previstos en la normativa vigente.
h) Declaración jurada de encontrarse al corriente de las obligaciones para la Seguridad Social y Hacienda Pública y compromiso de aportación de los oportunos certificados en tal sentido expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social y Delegación de Hacienda en caso de resultar adjudicatario de la obra.
i) Original o copia compulsada del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas.
j) Solvencia del contratista, que se acreditará necesariamente mediante los siguientes medios contemplados en los art 16 y 17 del TRLCAP:
Solvencia Económica por los dos medios siguientes:
a) Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras, suministros, servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
Solvencia Técnico Profesional por los dos medios siguientes:
a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años acompañada de certificados de buena ejecución para las más importantes.
b) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá el empresario para la ejecución de las obras.
Los contratistas incluidos en el Registro Municipal de Contratistas del Ayuntamiento xx Xxxxxx estarán exentos de presentar la documentación recogida a los apartados a),b),c) d) f) g) y debiendo incorporar a este efecto copia de la notificación de inclusión en el Registro Municipal.
Al sobre B)
a) Proposición económica conforme Anexo I.
Propuesta económica: Se sujetará al modelo que figura en este pliego y en ella se entenderá incluidos el Impuesto de Valor Añadido, todos los impuestos, tasas y gastos de cualquier índole deriven de la ejecución de las obras.
b) Propuesta de designación del Coordinador en materia de seguridad y salud en ejecución de obra con los justificantes de la habilitación necesaria para el ejercicio de tales funciones No pudiendo pertenecer al equipo técnico de la empresa adjudicataria
La citada propuesta no tendrá carácter vinculante pudiendo no admitirse cuando, a juicio de los Servicios Técnicos municipales, se carezca de la habilitación necesaria para el ejercicio de tal función, en cuyo caso por la contrata deberá efectuarse nueva proposición con anterioridad a la fecha de levantamiento del acta de replanteo
BASE 21ª.-MESA DE CONTRATACION.-
La Mesa de contratación estará presidida por el Sr Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, formando parte de la misma como vocales el Sr Concejal Presidente de la Comisión de Contratación, el Sr Ingeniero de Caminos responsable del área de rehabilitación, el Interventor y el Secretario de la Corporación.
En caso de ausencia o imposibilidad de asistencia de los titulares podrán ser estos sustituidos por los representantes municipales, o funcionarios, en los que por los mismos se delegue de conformidad con la representación en que se actúa.
Actuará como Secretaria de la Mesa la Técnico de contratación.
BASE 22º.- APERTURA DE PROPOSICIONES.-
1. El acto de apertura de proposiciones será público y tendrá lugar, para el sobre B), en la dependencia de la Casa Consistorial que se determine, a las 13’00 horas del segundo día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de las mismas, bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde o miembro de la Corporación en quien éste delegue.
En caso de efectuarse aviso de presentación de proposición mediante el Servicio de Correos, se retrasará la apertura de plicas hasta el onceavo día hábil siguiente al de finalización del de presentación de proposiciones.
2. En el supuesto de que la apertura de proposiciones deba realizarse en sábado, se trasladará el acto de apertura al primer día hábil siguiente.
3.-Previamente en el mismo día, y con anterioridad a la apertura de la proposición económica, en acto no público, se procederá por la Mesa a la calificación de la documentación contenida en el Sobre A, levantando a este efecto Acta en el que se recogerá la conformidad de la documentación presentada, o en su caso las deficiencias observadas en la misma.
4.-Por la Mesa podrá concederse a los licitadores un plazo de subsanación de tres días a fin de aportar la documentación que no se haya incorporado a los sobres o subsanar las deficiencias observadas en la documentación contenida en estos.
El acta correspondiente a la apertura de los sobres presentados a la licitación, y en su caso la existencia de deficiencias y la concesión del periodo de subsanación, no será notificada personalmente a los licitadores, siendo objeto de publicación exclusivamente en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, contándose los plazos para la presentación de la documentación a partir del día siguiente al de apertura de sobres.
No se considerará subsanables la falta de presentación de la propuesta económica.
En el caso de falta de bastanteo, este se efectuará de oficio por la mesa en caso de obrar al expediente los originales, o copias autenticadas, que así lo permitan, efectuándose en dicho caso liquidación de oficio a la empresa por el citado concepto, en caso contrarío se concederá un plazo de tres días para subsanar.
5. En el acto de apertura del Sobre B) se dará en primer lugar cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los Sobres A, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, así como en su caso la concesión del plazo de
subsanación y las empresas a las que se ha concedido, invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogerán en el Acta.
La concesión del periodo de subsanación no supondrá la suspensión del acto de apertura del Sobre B).
A continuación se procederá a la apertura de los Sobres B) y se dará lectura de las proposiciones económicas formuladas por ellos, solicitando la Mesa de Contratación los informes técnicos necesarios para la adjudicación provisional.
BASE 23ª.-BAJA TEMERARIA.-
1.-Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
a. Cuando concurriendo un solo licitador sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
b. Cuando concurran dos licitadores la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
c. Cuando concurran tres licitadores las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
d. Cuando concurran cuatro o más licitadores las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
2. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 83.3 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx, cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se tomará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temerarias previsto en el apartado anterior, la oferta mas baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido en el mismo respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
3. Cuando se presenten distintas proposiciones por sociedades en las que concurran algunos de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valoración de la oferta económica las mismas reglas establecidas en el apartado anterior.
4.-En caso de baja incursa en temeridad se concederá un plazo xx xxxx días, con suspensión del acuerdo de adjudicación, a la empresa cuya oferta supuestamente incurre en la misma a fin de que pueda efectuar cuantas alegaciones considere oportunas para justificación de la oferta, la cual deberá ser informada con carácter previo por los servicios municipales.
Por la Mesa de contratación a la vista de las alegaciones e informes emitidos se procederá a efectuar propuesta de adjudicación para su resolución por el órgano competente.
Igualmente, y con carácter previo a la resolución de concurso, se requerirá al licitador propuesto al objeto de que en el plazo máximo de cinco días aporte certificados de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Administración de Hacienda de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda Pública, salvo que se hubiesen aportado con la propuesta de adjudicación.
En el caso de adjudicación del contrato a licitante cuya proposición hubiera estado incursa inicialmente en presunción de temeridad, se exigirá al contratista una garantía definitiva por el importe del 20 por 100 del importe de adjudicación.
BASE 24ª.-MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Por los licitadores deberá mantenerse vigente la oferta durante un periodo de tres meses a contar desde la fecha de apertura de plicas, transcurrido los cuales podrán retirar la misma, si así lo consideran oportuno.
BASE 25º.- ADJUDICACION DEFINITIVA.
1.- La adjudicación definitiva se realizará por la Junta de Gobierno Local de conformidad con la propuesta de la Mesa, al licitador que haya formulado la proposición económicamente más ventajosa.
2.-La adjudicación definitiva, una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación y en su caso publicada en el BOC, siendo los gastos de dicho anuncio a cargo del adjudicatario.
3.-Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se le requerirá para que constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicada en este Pliego y aporte los documentos enumerados en la cláusula siguiente.
FORMALIZACION, RESCISION Y TRANSMISION DEL CONTRATO.-
BASE 26.-. FORMALIZACION DEL CONTRATO.
1. Antes de la formalización del contrato el adjudicatario deberá presentar en la Sección de Contratación del Ayuntamiento los siguientes originales o fotocopias debidamente adveradas:
a) Recibo de haber abonado todos los anuncios de licitación.
b) Resguardo de haber constituido la garantía definitiva.
c) Alta en el I.A.E en el ejercicio y en el domicilio fiscal o en el lugar de la obra conforme a la normativa de dicho Impuesto.
d) Cuantos otros documentos complementarios exigibles le fuesen requeridos por la Sección de Contratación.
e) Designación del representante del contratista en la obra.
2. La formalización del correspondiente contrato administrativo, que se realizará por escrito, se llevará a efecto dentro de los 30 días siguientes al de la notificación de la adjudicación del mismo.
No obstante por el contratista podrá requerirse la elevación a escritura pública del contrato administrativo, siendo en dicho caso, a su xxxxx, los gastos derivados de tal otorgamiento.
BASE 27ª.- TRANSMISION DEL CONTRATO.
1. El contratista no podrá ceder o traspasar bajo ningún título a tercera persona, física o jurídica, los derechos y obligaciones dimanentes del presente contrato sin la autorización expresa del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
2. Cualquier cambio de titularidad exigirá el correspondiente acuerdo de la Corporación Municipal, quien lo otorgará discrecionalmente, considerando las condiciones del nuevo titular y pudiendo, si así lo considerase oportuno, establecer las garantías adicionales que se estimen pertinentes.-
3.-Para las subcontrataciones que se desee efectuar por el adjudicatario se estará a lo fijado en los artículos 115 y 116 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx .
BASE 28ª.-CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO.-
Serán causas de resolución del contrato, además las fijadas al artículo 111 y 149 del RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx, las siguientes:
a) La demora de mas de un mes en la finalización de la obra o en cualquiera de los plazos parciales establecidos al programa de trabajo establecido por el contratista y aprobado por este Ayuntamiento.
b) La demora en mas de quince días en la firma del acta de comprobación del replanteo.
c) El incurrir el adjudicatario en falta muy grave de adopción de las medidas de seguridad oportunas que puedan afectar a terceros interesados, o trabajadores de la contrata, o en aquellas que se le hayan requerido expresamente y por escrito por parte de los Servicios Municipales.
d) Iniciar las obras sin previa presentación del Plan de seguridad o de establecimiento del Coordinador en materia de seguridad.
PRERROGATIVAS, INTERPRETACION Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.-
BASE 29º.-PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
1.-Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx y normativa de Régimen Local, el Ayuntamiento ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato administrativo, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de esta.
2.-En caso de oposición del contratista será preceptivo el informe del Consejo del Estado en los casos relativos a la nulidad del contrato.
3.-Por la Junta de Gobierno Local, o el Alcalde en caso de urgencia, podrán dictarse cuantas ordenes sean necesarias para la ejecución material de las actuaciones a que se refiere el presente Pliego de Condiciones, las cuales serán de obligada xxxxxxxx por el Contratista. Si de las ordenes emanadas se desprende un mayor coste en la ejecución de la obra este se computará como adicional de la inicial.
BASE 30ª.- REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por la Junta de Gobierno Local, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa.
BASE 31ª.- JURISDICCION COMPETENTE.
El presente contrato tiene carácter administrativo sujetándose las controversias que sobre el mismo se produzca a la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, rigiéndose en lo no previsto en el mismo por la Ley 7/85 de 2 xx Xxxxx, RD Legislativo 781/86 de 18 xx Xxxxx, RD 1372/86 de 13 xx Xxxxx, RD Leg 2/2000 de 16 xx Xxxxx, Reglamento General de Contratación del Estado y RD 3854/70 de 31 de Diciembre.
CLAUSULAS ADICIONALES.-
BASE 32ª.-CARTEL ANUNCIADOR DE LAS OBRAS.-
Será a cargo del contratista la instalación de Cartel anunciador de las obras, con una dimensión no inferior a 3 x 2 metros y en el que conste la denominación de la obra, dirección de obra, plazo de ejecución así como las entidades promotoras y financiadoras del proyecto cuyos colores y diseño le será facilitado por el Ayuntamiento a la firma del contrato.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
A N E X O I
D.......................................................... con D.N.I nº domicilio para notificaciones
en la Cl ............................................. de la localidad de ..................., Código Postal. , Tfno
..................., Fax..................., actuando en nombre propio ( o en representación de
.......................................................................................
............................................................................................................................... según acredita con la
escritura de poder otorgada en fecha ................... ante el Xx Xxxxxxx de ..............................
D.................................................................. y que manifiesta encontrarse vigente ), enterado de la licitación convocado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx con destino la contratación mediante procedimiento abierto y subasta de la ejecución de la obra: CENTRO SOCIAL PARA LA 3º EDAD(2ª FASE), cuyo pliego de condiciones fue anunciado en el B.O.C número .............. de fecha que manifiesta
conocer y asumir en todas sus cláusulas: M A N I F I E S T A:
Que se compromete a la ejecución de la obra citada, de conformidad con el Pliego de Condiciones y el Proyecto Técnico que le sirve de referencia, por el importe siguiente:.............................................................................................…………………….
..........................................................................................................................................................................
................................................................................................................
(IVA incluido) .
(lugar, fecha y firma)
.- PARA HACER CONSTAR QUE ESTE PLIEGO FUE APROBADO POR DECRETO XXX XXXXXXX DE ESTE AYUNTAMIENTO XX XXXXXX EL DÍA 18 DE OCTUBRE DE 2.007
EN LAREDO, A DE 18 DE OCTUBRE DE 2007
EL SECRETARIO GENERAL