CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO CON PERIODO DE PRUEBA
E mpresa X (Este es un ejemplo de un contrato obtenido a partir de una plantilla)
CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO CON PERIODO DE PRUEBA
En la ciudad de Quito, el , entre el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx, en su calidad de Gerente General y representante legal de la compañía Empresa X a quien en adelante y para efectos de este contrato se le denominará simplemente como EL EMPLEADOR, por una parte, y por otra, el señor Xxxxxxx Santiago portador (a) de la Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xx. 0000000000 xxxxxxxxxxx(x) xx xx xxxxxx xx Xxxxx, por sus propios y personales derechos, a quien en adelante se le denominará como EL TRABAJADOR, cuando se lo mencione en este contrato, en forma libre, expresa y voluntaria convienen en celebrar el contrato de trabajo contenido en las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- ANTECEDENTES:
a) Empresa X es una compañía Anónima legalmente constituida en el Ecuador y que tiene como objetivo social prestar servicios de administración de negocios, en cada uno de los ámbitos de la actividad económica permitidos por la ley.
b) EL EMPLEADOR requiere contratar los servicios de un (a) Obrero planta.
SEGUNDA.- OBJETO:
EL TRABAJADOR se compromete a prestar sus servicios al EMPLEADOR, en calidad xx Xxxxxx planta, sujetándose a las estipulaciones del presente contrato, a las instrucciones verbales y escritas que reciba de sus superiores, a los reglamentos internos legalmente aprobados, a las disposiciones legales aplicables y pudiendo ser destinada a cumplir su labor en cualquiera de las actividades conexas que desarrolla EL EMPLEADOR, incluso en otro lugar, sin que aquello constituya un cambio de ocupación que de motivo a un reclamo por despido intempestivo.
TERCERA.- JORNADA:
EL TRABAJADOR se compromete a efectuar su labor en cumplimiento del horario de trabajo establecido por EL EMPLEADOR, (40 horas semanales de conformidad al Art. 47 del Código de Trabajo) el mismo que declara conocerlo, aceptarlo y reconoce que EL EMPLEADOR tiene derecho a variar dichos horarios, los mismos que serán comunicados con la debida oportunidad.
CUARTA.- REMUNERACION:
Como remuneración por su labor, EL TRABAJADOR recibirá la suma de US$ 850.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA DOLARES) más los beneficios xx xxx, en calidad xx xxxxxx que le serà pagado por mensualidades vencidas y proporcionalmente de acuerdo al tiempo trabajado, de conformidad con la modalidad establecida por EL EMPLEADOR y sin perjuicio de los demàs derechos que le correspondan de conformidad con la ley.
El trabajador acepta y autoriza que el pago de la remuneración se realice a través del sistema automatizado de acreditación a cuenta bancaria, que para el efecto utiliza la Compañía. Consecuentemente, si el trabajador durante los 30 días posteriores a la acreditación no formula reclamo alguno, se entenderá que el pago de la remuneración con las deducciones practicadas ha sido recibido a entera satisfacción por parte del trabajador.
QUINTA.- OBLIGACIONES:
EL TRABAJADOR prestará sus servicios sujetándose a las estipulaciones del presente contrato y a las disposiciones legales aplicables, así como también de acuerdo a las instrucciones que reciba de sus superiores en el momento de la prestación de servicios y a los Reglamentos Internos vigentes, y en todo caso, con absoluta responsabilidad, dedicaciòn y honorabilidad y guardando las normas de buena conducta , codigo de Etica y educación así como cumpliendo puntualmente con el horario de trabajo. Adicionalmente, EL TRABAJADOR se obliga a guardar absoluta reserva respecto de las informaciones, datos y cuestiones técnicas o comerciales que llegaren a su conocimiento en razón de la labor que realiza en virtud de este contrato.
SEXTA.- DEPENDENCIA Y AFILIACION AL IESS:
Es obligación del EMPLEADOR afiliar al TRABAJADOR al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social durante todo el tiempo por el cual efectivamente preste servicios en virtud de este contrato.
SEPTIMA.- RESPONSABILIDADES:
El TRABAJADOR ejecutará su labor con la intensidad, esmero y cuidado apropiados, así como con absoluta responsabilidad, dedicación y honorabilidad, siendo responsable de todo daño o pérdida que ocasione con su trabajo o por omisión de sus obligaciones.
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD:
EL TRABAJADOR se compromete y obliga en forma expresa y voluntaria a no divulgar, bajo ningún modo la información que obtenga del EMPLEADOR, como consecuencia del presente contrato. EL TRABAJADOR reconoce expresamente que la información que obtenga como consecuencia de la ejecución de sus trabajo es de propiedad exclusiva del EMPLEADOR, por tanto toda información obtenida se considera confidencial y expresamente se prohíbe a EL TRABAJADOR su divulgación, quedando entendido que de producirse este evento, se considerará causa para dar por terminado el presente contrato, reservándose EL EMPLEADOR el derecho de iniciar las acciones legales pertinentes.
El trabajador declara y acepta que todo producto de su intelecto que se genere a consecuencia de su trabajo, pasa a ser de propiedad del EMPLEADOR respetando su derecho de propiedad intelectual.
NOVENA.- ELEMENTOS DE TRABAJO:
Además de lo establecido en el Código de Trabajo, EL TRABAJADOR se compromete de manera especial a conservar en buen estado los vehículos, instrumentos, maquinarias, útiles de trabajo y uniformes y a devolver los mismos cuando le sean requeridos por la empresa. Corresponde a EL TRABAJADOR reparar todo daño que sufrieren los bienes de propiedad del EMPLEADOR, sea por su descuido o negligencia.
DECIMA.- PLAZO:
El plazo de duración del presente contrato de trabajo a tiempo fijo es el de un año contado a partir de la fecha de suscripción, pudiendo ser renovado automáticamente por un período similar, si ninguna de las partes por escrito decide lo contrario. Al amparo de la facultad prevista en el Art. 15 del Código de Trabajo, los contratantes estipulan que los primeros noventa días de vigencia del contrato constituyen un período de prueba tiempo durante el cual, cualquiera de las partes puede darlo por terminado libremente sin incurrir en responsabilidades indemnizatorias de ninguna especie, y dentro del cual EL TRABAJADOR se compromete a realizarse todos los exámenes médicos que EL EMPLEADOR establezca en sus reglamentos internos, códigos de ética, y demás documentos internos.
DECIMA PRIMERA.- LEGISLACIÓN:
Las partes incorporan a este contrato todas las disposiciones legales que sean aplicables y para caso de juicio, renuncian domicilio y se someten a los Jueces de Trabajo de PICHINCHA y al trámite oral.
DECIMA SEGUNDA.- DOCUMENTOS HABILITANTES
Reglamento Interno de trabajo
Código de Ética
Políticas y procesos de la compañía
DECIMA TERCERA.- FINAL:
EL EMPLEADOR Y EL TRABAJADOR aceptan y ratifican en todas sus partes el contrato contenido en las cláusulas que anteceden, sin reserva de ninguna clase y por convenir a sus intereses, para constancia de lo cual, lo firman por triplicado y autorizan su registro de conformidad con la ley.
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