Contract
CONTRATO DE SUMINISTRO MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD TRAMITACIÓN URGENTE, Y POR LOTES, PARA EL EQUIPAMIENTO DE COCINA DEL I.E.S. “JEREZ Y CABALLERO” DE XXXXXXXX XXX XXXXX.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es el suministro y, en su caso, instalación y puesta en funcionamiento, de los bienes necesarios para equipar la cocina del I.E.S. “Jerez y Caballero”, sito en calle Paseo de la Constitución, nº 14, de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, destinado al ciclo de formación profesional de grado medio, denominado “Cocina y gastronomía”, cuya codificación es CPV 39220000-0 (Equipo de cocina, artículos de uso doméstico).
De conformidad con el artículo 86.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando el objeto del contrato admita fraccionamiento y así se justifique debidamente en el expediente, podrá preverse la realización independiente de cada una de las partes mediante su división en lotes, siempre que éstos sean susceptibles de utilización o aprovechamiento separado y constituyan una unidad funcional, o así lo exija la naturaleza del objeto.
En estos supuestos, las normas procedimentales y de publicidad que deben aplicarse en la adjudicación de cada lote o prestación diferenciada se determinarán en función del valor acumulado del conjunto. De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con el informe emitido por los Técnicos Municipales que obre en el expediente, el contrato se divide en los siguientes lotes, cuya descripción de los elementos a suministrar, incluyendo la lista detallada de los mismos figuran en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas (ANEXO a este Pliego):
- Lote 1.MAQUINARIA COCINA.
- Lote 2. MOBILIARIO Y UTILLAJE COCINA.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Necesidad e Idoneidad del contrato.
Procedimiento de Selección, Adjudicación y Tramitación
La necesidad a satisfacer e idoneidad del contrato han quedado justificadas en la
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documentación preparatoria del expediente de contratación.
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La forma de adjudicación del contrato de suministro de equipamiento de cocina será el procedimiento negociado sin publicidad y tramitación urgente, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
La tramitación de este procedimiento es URGENTE, al objeto de poder disponer el alumnado del equipamiento necesario para su formación, toda vez que el curso académico está ya iniciado.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su
actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Así mismo, se anunciará en el perfil de contratante, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía.
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 49.564,00 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 10.408,44 euros, lo que supone un total de 59.972,44 euros.
El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 49.564,00 euros (IVA excluido), teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo.
El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 32600.62300 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden tanto el precio del contrato como los gastos de la entrega, instalación y transportes de los equipamientos y bienes suministrados, el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes.
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Al adjudicarse el contrato por lotes, a continuación se desglosa el importe máximo de cada uno de los lotes:
LOTES | PRECIO(sin IVA) | IVA (21%) | PRECIO (con IVA) |
Lote 1. Maquinaria de cocina | 35.881,00 € | 7.535,01 € | 43.416,01 € |
Lote 2.Mobiliario y utillaje de cocina | 13.683,00 € | 2.873,43 € | 16.556,43 € |
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TOTAL | 49.564,00 € | 10.408,44 € | 59.972,44 € |
CLÁUSULA QUINTA. Plazo de Ejecución del Contrato
El contrato finalizará con la firma del acta de recepción de los bienes suministrados.
La duración del contrato de suministro será de UN MES contado desde el día siguiente a la firma del contrato, pudiendo prorrogarse por el Ayuntamiento por plazo entre diez y quince días, si queda debidamente justificado y así es informado por los Técnicos Municipales.
Podrán existir hasta una única prórroga siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de ésta y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluido el periodo de prórroga.
La prórroga se acordará expresamente por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
a´) De los empresarios que fueren persona físicas mediante fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
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a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por
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una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad].
3.2. En los contratos de suministro, la solvencia técnica de los empresarios deberá ser acreditada por uno o varios de los siguientes medios:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
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e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
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f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas].
En los contratos de suministro que requieran obras de colocación o instalación, la prestación de servicios o la ejecución de obras, la capacidad de los operadores económicos para prestar dichos servicios o ejecutar dicha instalación u obras podrá evaluarse teniendo en cuenta especialmente sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.
En el anuncio de licitación o invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato se especificarán los medios, de entre los recogidos en este artículo, admitidos para la acreditación de la solvencia técnica de los empresarios que opten a la adjudicación del contrato, con indicación expresa, en su caso, de los valores mínimos exigidos para cada uno de ellos y, en su caso, de las normas o especificaciones técnicas respecto de las que se acreditará la conformidad de los productos. En su defecto, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará según lo dispuesto a tales efectos en el apartado 1 del artículo 65 de la Ley.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación
Administrativa
Las ofertas se presentarán en este Ayuntamiento en horario de atención al público, en el
plazo que se indique en la invitación a participar, hasta las 14:00 horas del último día que se establezca. Así mismo, se anunciará en el perfil de contratante, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional séptima de la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
La acreditación de la recepción del referido fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
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Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna
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oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para negociar la contratación del suministro para el equipamiento de cocina del I.E.S. “Jerez y Caballero”». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE
a) Declaración Responsable del candidato indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en
, con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del suministro de
.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de suministro consistente en , en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo
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60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del
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cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al candidato. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de del 20 .
Firma del declarante, Fdo.: »
SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN
a) Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
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, con NIF n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , habiendo recibido invitación para la presentación de ofertas y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación por procedimiento negociado, tramitación urgente, y por lotes del contrato de suministro del equipamiento, instalación y puesta en funcionamiento de la cocina del I.E.S. “Jerez y Caballero”, hago constar que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas que sirven de base al contrato y que acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato de acuerdo con el siguiente desglose:
LOTES | PRECIO (sin IVA) | IVA (21%) | PRECIO (con IVA) | |
LOTE 1 MAQUINARIA COCINA.- | ||||
LOTE 2. MOBILIARIO Y UTILLAJE DE | ||||
COCINA | ||||
TOTAL |
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(Instrucción: El licitador deberá rellenar cada uno de los lotes a los cuales concurre).
- El licitador declara que los bienes ofertados cumplen las calidades exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En , a de del 20 .
Firma del candidato, Fdo.: .».
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los aspectos de negociación. (Al establecerse un único criterio de negociación, el precio más bajo, solo se incluye la oferta económica debidamente cumplimentada y firmada).
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
Los candidatos no deberán constituir garantía provisional.
CLÁUSULA NOVENA. Aspectos Objeto de Negociación con la
Empresa
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más
ventajosa se atenderá a un único aspecto de negociación: el precio más bajo.
En la realización de la negociación con los licitadores, al ser el único criterio el precio más bajo, para apreciar ofertas con valores anormales o desproporcionados, se solicitará el correspondiente informe a los Técnicos Municipales.
En caso de empate entre las ofertas presentadas, el mismo se dirime mediante sorteo público en el salón de sesiones del Ayuntamiento, dando publicidad al citado acto
CLÁUSULA DÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
- El Alcalde del Ayuntamiento, D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, como Presidente de la Mesa.
-La Secretaria de la Corporación, Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxx, Vocal.
-El Interventor de la Corporación, D.Xxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Vocal.
-Los siguientes representantes de cada uno de los tres grupos políticos municipales, o quienes los sustituyan, Vocales:
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– Xx Xxx Xxxxx Xxxx Xxxxx (PSOE).
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– D.Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx (PP).
– D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx (IULV-CA)
-Actuará como Secretaria de la Mesa la funcionaria del Ayuntamiento, Xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Ofertas
La Mesa de Contratación se constituirá el día hábil siguiente, tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, a las 12:00 horas y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Y posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B» y comenzará la negociación de acuerdo con los aspectos fijados en el pliego.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Requerimiento de la Documentación
Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de Contratación, realizará la
correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El órgano de contratación requerirá al candidato que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto de la Ley de Contratos del Sector Público; hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Administración pública estatal, autonómica y local) y con la Seguridad Social, o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Garantía Definitiva
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El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá
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acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el citado artículo 100.
La acreditación de la constitución de la garantía no podrá hacerse mediante medios electrónicos.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato
dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
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La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
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• En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
• Con respecto de los candidatos excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
• En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes candidatos cuyas ofertas hayan sido admitidas.
• En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
[La notificación se hará por cualquiera de los medios previstos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 41.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será xx xxxx días].
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
[Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la garantía provisional que en su caso se hubiese constituido].
CLÁUSULA
Adjudicatario
DECIMOSÉPTIMA.
Derechos y Obligaciones del
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato,
son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo
227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación.
— La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
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— El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta
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hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
[Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
En el caso de bienes o productos perecederos, una vez recibidos éstos, será responsable la Administración de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos].
— Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Revisión de Precios
Dada la duración del contrato, no es aplicable al mismo la revisión de precios, conforme al artículo 89 del TRLCSP.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Plazo de Garantía
Se establece un plazo de garantía de DOS AÑOS a contar desde la fecha de entrega de los bienes. Si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Ejecución del Contrato
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
CLÁUSULA VIGÉSIMOPRIMERA. Modificación del Contrato
De conformidad con el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sin perjuicio de los supuestos previstos en dicha normativa para los casos de sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, los contratos del sector público solo podrán modificarse cuando así se haya previsto en los pliegos de condiciones o en el anuncio de licitación, o en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del mismo texto legal.
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En el resto de supuestos, si fuese necesario que la prestación se ejecutase de forma distinta a la pactada, inicialmente deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro bajo las condiciones pertinentes.
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CLÁUSULA VIGÉSIMOSEGUNDA. Facturas
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, los extremos previstos en el apartado segundo de la citada Disposición Adicional Trigésimo Tercera, así como en la normativa sobre facturación electrónica.
[Téngase en cuenta que, conforme al apartado cuatro del artículo 216 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la prestación del servicio].
CLÁUSULA VIGÉSIMOTERCERA. Penalidades por Incumplimiento
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción prevista en el artículo 212.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre: de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
— Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
— Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía nos podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMOCUARTA. Resolución del Contrato
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La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
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Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMOQUINTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
ANEXO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
El Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx, en cumplimiento de sus obligaciones, así como de las disposiciones legales vigentes, y al objeto de contratar el suministro por lotes e instalación de equipamiento y mobiliario para la cocina del I.E.S. “Jerez y Caballero”, de este Municipio, redacta el presente Pliego a fin de disponer las condiciones técnicas que han de regir el presente contrato de suministro.
Cláusula primera.- El suministro del material, objeto de esta contratación, lleva implícita la instalación íntegra, incluidos los siguientes conceptos:
-Transporte, suministro y reparto del mobiliario hasta el interior de las dependencias correspondientes del I.E.S. “Jerez y Caballero” de Xxxxxxxx xxx Xxxxx.
- Desembalado, montaje e instalación de los mismos en el interior del edificio.
- Recogida xx xxxxx, embalajes, plásticos y, en general, de cualquier material sobrante que se origine en su montaje.
- La instalación de aquellos equipamientos que lo precisen, dejando los elementos suministrados en perfecto estado de uso y funcionamiento.
Cláusula segunda.-Características del suministro.
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Todo el suministro y, en su caso, instalación dispondrán de las certificaciones vigentes de seguridad, calidad, medioambiente e higiene, principalmente, emitidas por los Institutos o Servicios Oficiales Europeos, cumpliendo con las características específicas del material
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destinado al uso de cocina. Certificaciones que deberá aportar el adjudicatario.
En definitiva, el suministro debe contar con la documentación de identificación exigida por la normativa de obligado cumplimiento, así como con la documentación correspondiente al marcado CE, cuando ésta sea pertinente. En especial, deberá contar con un manual de uso y mantenimiento, así como con el correspondiente documento de garantía y servicio técnico oficial.
Cláusula tercera.- Mobiliario, equipamiento e instalación.
El mobiliario y equipamiento suministrado quedará perfectamente montado, ensamblado e instalado, y en perfectas condiciones de uso. Todos los costes derivados del transporte, la correcta instalación y/o montaje correrán por cuenta del contratista y están incluidos en la oferta económica.
Cláusula cuarta.- Plazo de entrega y garantía.
El plazo de entrega será de un mes, contado desde el día siguiente al de la formalización del correspondiente contrato entre las partes.
El plazo mínimo de garantía será de dos años, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del suministro, en virtud de los extremos del artículo 123 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otra normativa complementaria.
Cláusula quinta.-Precio de licitación.
El presupuesto base de licitación del contrato asciende a la cuantía máxima total de 59.972,44 euros. El precio cierto anterior queda desglosado en un valor estimado de 49.564,00 euros y en el Impuesto sobre el Valor Añadido de 10.408,44 euros.
Se entenderá que las ofertas de los licitadores comprenden tanto el precio del contrato como los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto de suministro, Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes.
Este precio no podrá ser excedido en las ofertas pero sí mejorado a la baja por los licitadores.
Cláusula sexta.- Descripción del suministro.
Los licitadores podrán presentar oferta por cuantos lotes deseen, es decir, por uno de ellos o por los dos en su conjunto, ofertando siempre por la totalidad de bienes que compone cada uno de los lotes siguientes, conforme al modelo de oferta económica inserto en el Pliego:
LOTE 1 - MAQUINARIA COCINA
Abatidor de temperatura 5 bandejas
Abatidor de temperatura 5 bandejas modelo ABT51L o similar de iguales características.
1,00 Ud.
Horno mixto c/boiler MXB6GS
Horno mixto c/boiler MXB6GS o similar de iguales características.
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1,00 Ud.
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Plancha Xxx-Top
Plancha Xxx-Top con placa cromo duro Modelo FTG -71/LC+S-47 montada sobre elemento neutro (Incluido este) o similar de iguales características.
1,00 Ud.
Campana extractora 3100 x2700 + Turbina F400
Campana central de 3100 x 2700 construida en acero inoxidable con turbina de trasiego F4000. Caja de extracción de humos de instalación en fachada. Incluso tuberías de extracción de humos hasta cubierta de edificio. Totalmente terminada y funcionando. Incluso p/p. estructuras y elementos auxiliares.
1,00 Ud.
Sistema automático de extinción de incendios para campana
Sistema de extinción automático con activación mediante sprinklers para campanas de cocinas in- dustriales que cumple con la normativa de extinción sección SI 4 (Detección, control y extinción del incendio). Para campana de 3100 de longitud.
1,00 Ud.
Cocina encimera de 4 fuegos
Cocina encimera de 4 fuegos Modelo CG-740-MLC +S -87 montada sobre elemento neutro o simi- lar de iguales características.
2,00 Ud.
Horno Microondas 30 litros sin gril
Microondas domestico de 30 litros sin grill.
1,00 Ud.
Envasadora al vacio sobremesa
Envasadora al vacio con campana y tapa de metracilato. Modelo Ermetika carrocería xx xxxxx inox. Cámara interior. 40x35xh18 o similar de iguales características
1,00 Ud.
Amasadora
Amasadora KITCHEN AID 5tsm759lx ewh heavy duty Profesional o similar de iguales características.
1,00 Ud.
Batidora xxxxx MQ9005X Cream 750 W o similar de iguales características
1,00 Ud.
Triturador sammic TR-200 o similar de iguales características
1,00 Ud.
Armario Congelador para pastelería
Armario de congelación pastelería 600x400 Mod AGB701 BT. Medidas exteriores 700x800xh2135. o similar de iguales características.
Armario de Refrigeración para pastelería
Armario de refrigeración para pastelería 600x400 . Mod. AGB 701 Medidas exteriores 700x800xh2135. o similar de iguales características.
1,00 Ud.
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1,00 Ud.
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Placas de inducción portátiles
Xxxxxxxx pi 4750 o similar de iguales características.
3,00 Ud.
Bascula electrónica
Xxxxxxxx PC1009 – Bascula electrónica para cocina , bol transparente, máximo 3 kg. o similar de iguales características.
3,00 Ud.
Amasadora
Amasadora de brazos cobepan 10 l o similar de iguales características.
1,00 Ud.
Exprimidor xxxxx mpz 22 o similar de iguales características
1,00 Ud.
Cámara frigorífica
Cámara Refrigerada 1720x3000xh2400 realizada con panel industrial de espesor 80 mm sin suelo. C/ Puerta pivotante 800x1900. Equipo simicompacto monofásico con compresor hermético. Unidad Condensador con soportes montada en el exterior, Evaporador cúbico con bandeja de condensados en inox y desescarche eléctrico. Termostato de control con teclado aislado. Xxxxxxxx xx xxxxx pvc. Totalmente instalada y funcionando. P.P. de tornillería, tuberías de cobre, aislamientos, desagüe, canaletas, soportes, bridas, tacos tornillos, cintas de aluminio y gas.
1,00 Ud.
Balanza cocina 30 kg
Balanza industrial de 30 kg de capacidad con plataforma de 42x52
1,00 Ud.
Cazo eléctrico de cobre 4-5 litros
Cazo eléctrico de cobre con baño interior de cromo de 4/5 litros
1,00 Ud
TOTAL LOTE 1. MAQUINARIA DE COCINA 35.881,00 €
IVA ( 21 %) 7.535,01 €
TOTAL LOTE 1. IVA INCLUIDO 43.416,01 EUROS.-
LOTE 2 - MOBILIARIO Y UTILLAJE COCINA
Utillaje según descripción adjunta
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BATERÍA
NÚM. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | NÚM. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL |
2 | Cacerola acero Ø 50 cm. Con tapa | 1 | Olla a presión grande |
2 | Cacerola acero Ø 40 cm. Con tapa | 1 | Paellera Ø 60 cm. |
2 | Cacerola acero Ø 36 cm. Con tapa | 1 | Paellera Ø 55 cm. |
2 | Cacerola acero Ø 32 cm. Con tapa | 1 | Paellera Ø 40 cm. |
2 | Cacerola acero Ø 24 cm. Con tapa | 1 | Paellera Ø 30 cm. |
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2 | Rondones con tapa de 45 cm LACOR | 1 | Rosco de gas paellero |
2 | Cazo Recto Ø 18 cm | 2 | Sautes Ø 24 cm |
2 | Cazo recto alto acero inox. Ø 24cm | 2 | Sautes Ø 20 cm |
2 | Cazo recto acero inox. Ø 28 cm | 1 | Sartén asas (parisien) Ø 45 cm |
1 | Cazo recto acero inox. Ø 24 cm | 1 | Sartén asas (parisien) Ø 37 cm |
2 | Marmitas Ø 32 cm. | 2 | Sartén antiadherente Ø 40 cm |
2 | Sautex 28x7 | 2 | Sartén antiadherente Ø 32 cm |
2 | Sartén antiadherente Ø 24 cm | ||
2 | Sartén antiadherente Ø 20 cm |
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UTILLAJE VARIO
NÚM. | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | NÚM . | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL |
1 | Centrifugador Verduras pequeño | 2 | Hilador de huevos |
1 | Pasapurés Ø 25 cm. | 2 | Jarra medidora 1L. |
1 | Colador Chino Ø 24 cm | 2 | Jarra medidora 2 L. |
1 | Colador Chino Ø 21 cm | 1 | Mandolina metálica |
1 | Colador Chino Ø 18 cm | 2 | Rallador 4 caras |
2 | Colador Chino con malla fina | 2 | Rallador planos microplane |
1 | Escurridor redondo grande | 1 | Mortero polietileno con mazo |
1 | Escurridor redondo pequeño | 1 | Abrelatas profesional xx xxxx |
2 | Rizador de mantequilla | 6 | Platillos de huevos Ø 16 cm. |
2 | Araña Ø 20 cm | 4 | Pinzas desespinar pescado |
2 | Araña Ø 18 cm | 1 | Xxxxx XXX |
0 | Xxxxx Ø 13 cm | 1 | Sopera acero inox. 22 Ø cm |
1 | Aguja mechadora | 1 | Sopera acero inox. 24 Ø cm |
6 | Biberón 250 cc | 2 | Coladores finos grandes |
6 | Biberón 400 cc | 2 | Coladores finos medianos |
3 | Biberón 700 cc | 1 | Rodillo lasaña "Matfer" |
2 | Cazo apartar 18 cm | 10 | Tablas corte polietileno 40x30 |
2 | Cazo apartar 24 cm | 2 | Tablas de picar carne roja |
2 | Cazo apartar 28 cm | 2 | Tablas de cortar verdura |
2 | Tablas de cortar azul | ||
2 | Cestillos de patatas Nido 7-9cm | 1 | Termómetro laser |
1 | Colador de Huevo hilado | 3 | Termómetros Sonda |
16 | Colador xx xxxxx Ø cm | 1 | Guitarra xx xxxxx |
2 | Cuchara vaciadora nº 10 | 1 | Tenedor de asados |
1 | Cuchara vaciadora nº 20 | 2 | Escamadores |
2 | Cuchara vaciadora nº 25 | 4 | Guantes de horno |
2 | Cucharones de goma | 2 | Guantes xx xxxxx de charcutero |
2 | Deshuesadores de aceitunas | 4 | Espumaderas Ø 14 cm |
1 | Embudo grande | 2 | Espumaderas Ø 16 cm |
1 | Embudo Mediano | 4 | Bol de plástico grande |
1 | Embudo chico | 4 | Bol de plástico mediano |
2 | Espalmaderas | 1 | Caja mangas pasteleras |
6 | Espátula de Exoglas 30 cm | 3 | Pinzas de cocina |
6 | Espátula de Exoglas 35 cm | 5 | Rodillos de polietileno grandes |
3 | Espátula de Exoglas 50 cm | 2 | Silpac (30x60) |
4 | Brochas de silicona | 2 | Silpac (28x38) |
24 | Cucharas de metal grandes | 2 | Rejillas de pastelería |
24 | Tenedores de metal grandes | 2 | Rasquetas de placas |
24 | Cucharas de metal pequeñas | 1 | Cortapastas extensible |
24 | Cucharas de metal pequeñas | 2 | Pinzas de hielo |
4 | Lenguas grandes | 2 | Cortador de pastas rizado (2 tamaños) |
4 | Lenguas medianas | 2 | Pies xx xxxxxx |
1 | Tamiz (35 x 35 x 10) | 2 | Cuchillas de pan |
1 | Tamiz (23 x 23 x 6) | 2 | Bandejas de horno onduladas baguette |
1 | Xxx xx xxxxx con asas (caldero) 20x11 | 1 | Cortadores de pizzas |
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Moldes | |||
4 | Moldes de pan (35 x 9,5 x 10) | 8 | Molde de silicona marrón 30x15 |
2 | Xxxxxx xx xxxx cake (22 x 8,5 x 8,5) | 2 | Xxxxxx xx xxxxxx |
2 | Xxxxxx xx xxxx cake (18 x 7 x 7,5) | 6 | Moldes ramiqui huevo |
1 | Molde desmontable redondo 24 cm | 10 | Aros tarta y emplatar redondos 7cm |
1 | Molde desmontable redondo 28 cm | 10 | Aros tarta y emplatar cuadrados 7 cm |
3 | Moldes de corazón medianos | 1 | Aros tarta y emplatar redondo (6) 30 cm |
2 | Molde lagrima | 1 | Aros tarta y emplatar redondo (6) 26 cm |
2 | Moldes de turrón | 1 | Aros tarta y emplatar cuadrado (6) 60x40cm |
2 | Molde tarta grande redondo rizado | 20 | Conos |
1 | Flanero rizado 22 cm | 12 | Moldes de tartaleta rizado redondo |
1 | Molde savarín ondas 22x5,5 | 20 | Molde de tartaleta ovalado rizado (5 x 12 x1) |
1 | Molde savarín 22x4,5 | 20 | Molde de tartaleta ovalado liso (5 x 10 x 1) |
1 | Molde flexicook multi rojo (a) | 15 | Flaneras individuales |
1 | Molde flexicook multi rojo (b) | 1 | Juego de cortapastas fantasía |
1 | Juego de boquilla de metal rizada | 5 | moldes de bombones policarbonato de diferentes formas |
1 | Juego de boquillas de metal lisas | 4 | Cubetas de policarbonato |
1 | Juego de cortapastas redondo liso | 15 | Tapet herméticos diferentes tamaños |
1 | Juego de cortapastas redondo rizado | ||
1 | Juego de cortapastas ovalado liso | ||
1 | Juego de cortapastas ovalado rizado |
1 | Xxx xx xxxxx con asas (caldero) 25x11,5 | 3 | Pinzas cocina |
2 | Xxx xx xxxxx con asas (caldero) 30x13 | 2 | Espátulas alargadas(4 x 35,5) |
2 | Perol cónico 20x7 | 2 | Espátulas alargadas(4 x 18,5) |
2 | Perol cónico 24x8,5 | 2 | Espátulas alargadas(4 x 20) |
2 | Calderos semiesféricos 26x13 | 2 | Espátulas alargadas de codo grande |
3 | Varillas pequeñas | 2 | Espátulas alargadas de codo pequeñas |
5 | Varillas medianas | 3 | Espátulas de plancha |
1 | Varillas de silicona | 1 | Espátula alargada mini |
1 | Soplete tipo ISI | 1 | Espátula perforada de silicona |
1 | Soplete algo más grande | 2 | Bandejas ovaladas planas medianas |
1 | Mini compresor | 2 | Bandejas ovaladas planas pequeñas |
1 | Pistola de chocolate | 2 | Bandejas ovaladas planas grandes |
12 | Cucuruchos xx xxxxx pastelería | 8 | Platillos xx xxxxx inoxidable de pesaje |
1 | Descorazonador | 1 | Servidor de espaguetis |
1 | Rodillo de pinchos para hojaldre | 2 | Bandejas de plástico cuadradas |
5 | Bandeja Horno Gastronorm. 1/1. 1L. | 2 | Tijeras de pescado |
2 | Bandeja Horno Gastronorm. 1/1. 3L. | ||
2 | Bandeja Horno Gastronorm. 1/1. 6L. | 1 | Xxxxxxxxxxx |
0 | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx. 2/1 | 12 | Platos planos trincheros |
2 | Bandeja Horno Gastron Perforada | 12 | Platos planos pequeños |
1 | Prensapatatas | 12 | Platos soperos |
4 | Cubetas de policarbonato grandes | 12 | Platos de diseños de diferentes colores y formas |
4 | Cubetas de policarbonato Medianas | 1 | pinza de servir |
4 | Cubetas de policarbonato Grandes | 2 | Librador de policarbonato |
CUCHILLERÍA
NÚM. DE ARTICULOS | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL | NÚM. DE ARTIC ULOS | DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL |
1 | Chaira | 1 | Afilador |
1 | Cuchillo cebollero | 2 | Soportes magnéticos de cuchillos |
1 | Cuchillo Deshuesador | 1 | Sierra |
1 | Cuchillo golpe | 1 | Deshuesadores |
1 | Cuchillo medio golpe | 2 | Machetes. |
1 | Cuchillo media luna | 2 | Cuchillos xx xxxxxx |
.
Mesa estante
Mesa de trabajo Ac. Inoxidable de medidas 900x800xh900 con estantes interior.
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1,00 Ud.
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Estantería A. Inox. 1200x400x2000 5 peldaños
Estantería construida en Acero inoxidable con 5 líneas de entrepaños. Medidas ext. 1200x400xh2000
1,00 Ud.
Estantería A. Inox. 1200x400x2000 4 Peldaños
Estantería construida en Acero inoxidable con 4 líneas de entrepaños. Medidas ext. 1200x400xh2000
1,00 Ud.
Mesa ac. Inox trabajo 2000x900x850
2,00 Ud.
Estanterías con Cartelas A. Inox. 1400x300
Estanterías con Cartelas A. Inox. 1400x300
2,00 Ud.
Fregadero industrial 2100x700 2 senos + esc
Fregadero industrial 2100x700xh850 con dos senos mas escurridor montado sobre bastidor y estante bajo, incluso grifo ducha sobremesa de dos Aguas y xxxx.
1,00 Ud.
Mesa de trabajo Refrigerada
Mesa de refrigeración 2000x600 de 2 módulos con puerta y 1 modulo con 2 cajones. Remate exte- rior con ac. Inox.
1,00 Ud.
Estantería Escalerilla Ac. Inox
Estantería escalerilla de ac inox. 2000x400x1000 con 5 líneas de entrepaños.
1,00 Ud.
Mesa central con orificio de desbarace 1800x600x850
Mesa central construida en acero inoxidable con orificio desbarace con estante inferior. Medidas ext. 1800x600xh850.
1,00 Ud.
Mesa con peto y estante
Mesa de trabajo construida en acero inoxidable con peto de 10 cm. y estante inferior. Medidas exterio- res 1400x600xh850.
Estantería de pie 1400x500xh2000
Estantería construida en acero inoxidable con angulo ranurado y bandejas. Medida exteriores 1400x500xh2000 con 4 líneas de peldaños.
1,00 Ud.
1,00 Ud.
Fregadero industrial 2 senos y escurridor 2000x600
Fregadero industrial de dos senos y escurridor, incluso estante inferior. Medidas exteriores 2000x600xh850 y grifo ducha de dos aguas.
3,00 Ud.
Mesa de Trabajo 1900x700xh850
Mesa de trabajo construida en acero inoxidable con peto en la parte trasera con estante interior. Me- didas exteriores 1900x700xh850
1,00 Ud.
Carro Portalatas 60x40
Xxxxx xx xxxxxxxxxx de 20 bandejas 60x40 construido en acero inoxidable.
1,00 Ud.
pie_firma_corto_dipu_01
Bandejas horno 60x40
Código seguro de verificación (CSV):
51C2 357E 417B 00AB 87BA
51C2357E417B00AB87BA
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Firmado por SECRETARIA XXXXX XXXX XXXXXX el 24/10/2017
Bandeja de aluminio para pastelería de 600x400.
20,00 Ud.
LOTE 2. MOBILIARIO Y UTILLAJE COCINA ……………………………. | 13.683,00 € |
IVA ( 21 %) ……………………………………………………………………… | 2.873,43 € |
TOTAL LOTE 1. IVA INCLUIDO …………………………………………….. | 16.556,43 € |
SUMA TOTAL LOTES 1 Y 2 …………………………………………………… | 49.564,00 € |
IVA (21 %) ………………………………………………………………………… | 10.408,44 € |
TOTAL LOTES 1 Y 2 IVA INCLUIDO ……………………………… | 59.972,44 € |
DILIGENCIA DE APROBACIÓN. Por la presente hago constar que, el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación del suministro de equipamiento de la cocina del I.E.S. “Jerez y Caballero” DE XXXXXXXX XXX XXXXX, que contiene veinticinco cláusulas y su correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas (ANEXO), fue aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día veinte de octubre de dos mil diecisiete. Doy fe.
La Secretaria.
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Fechado y firmado electrónicamente.
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Firmado por SECRETARIA XXXXX XXXX XXXXXX el 24/10/2017
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Firmado por SECRETARIA XXXXX XXXX XXXXXX el 24/10/2017
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