PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 312/SECAYGC/18
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES
Art. 1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN
La presente Licitación Pública Nacional de Etapa Múltiple se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 2.095, conforme al texto consolidado por la Ley N° 5666, y su Decreto Reglamentario N° 326/17, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17, las presentes Cláusulas Particulares y sus Anexos respectivos y el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos, y se gestiona bajo el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF).
Art. 2.- DEL OBJETO
El presente Xxxxxx tiene por objeto regular el proceso de selección y la ejecución del contrato de “SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SOSTENIDO DE LOS ESPACIOS VERDES COMUNALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES”, de conformidad con lo establecido en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos correspondientes.
Se encuentra incluido dentro del objeto de la presente Licitación todas las acciones necesarias para el mantenimiento integral de los espacios verdes objeto de la presente Licitación, incluyendo tanto las tareas que periódicamente se deben realizar como aquellas excepcionales o no regulares (Mantenimiento Integral básico y tareas complementarias o adicionales, respectivamente).
Las Comunas de la Ciudad, en su carácter de unidades de gestión descentralizada, y en el marco de las competencias que le fueron asignadas, tendrán a cargo la administración, ejecución y fiscalización de los contratos que surjan de la presente contratación, en coordinación con la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana.
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Art. 3.- TERMINOLOGÍA
A los fines del presente pliego, el significado de los términos que se emplean son los que a continuación se detallan:
Acta de Inicio: Instrumento suscripto entre las Comunas y el Contratista en el que consta la fecha de iniciación de los trabajos, a partir de la cual comenzarán a computarse los plazos contractuales establecidos. La misma se firmará con posterioridad a la presentación de los seguros correspondientes y la firma de la Contrata.
Acto de Apertura: Acto público formal a llevarse a cabo en el lugar, día y hora que indique el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el cual se procederá a la apertura de los sobres que contengan las propuestas formuladas y recibidas dentro de los plazos estipulados.
Adjudicación: Acto administrativo del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por el que se selecciona la/s oferta/s más conveniente/s, notificando a los Oferente/s que resultaron Adjudicatarios de la Licitación Pública efectuada
Adjudicatario: Es el/los Oferente/s que resulta/xxx ganador/es del proceso de selección.
Año: Período de doce (12) meses.
Autoridad de Aplicación: Será cada Comuna en el ámbito de su competencia.
B.O.C.B.A.: Xxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Circular con Consulta: Contestaciones emitidas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del funcionario competente designado al efecto, por la cual se da respuesta a pedidos de aclaración sobre temas o aspectos del llamado a Licitación Pública durante el proceso de selección del Contratista y que son comunicadas a todos los interesados que hubieran adquirido Pliego.
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Circular sin Consulta: Aclaraciones de oficio emitidas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionadas con aspectos del Proceso de Compra y comunicada a todos los interesados.
Comisión de Evaluación de Ofertas: Es la Comisión que evalúa las ofertas, la cual emitirá el acta de preadjudicación, de la cual surgen los fundamentos y el Orden de Mérito de las diferentes ofertas.
Contrata: Es el instrumento a suscribirse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Adjudicatario de cada Zona con posterioridad a la emisión de la Orden de Compra.
Contratista: Adjudicatario de cada servicio, una vez perfeccionada la Orden de Compra.
Días: Días hábiles administrativos, salvo indicación en contrario.
Domicilio electrónico: El correo electrónico declarado al momento del retiro de Xxxxxxx y/o en la oferta presentada. En caso de que no se hubiera constituido un domicilio electrónico se tendrá por válida toda notificación relacionadas con el presente proceso de selección y posterior ejecución del contrato realizada al domicilio electrónico que figura en el RIUPP.
Domicilio legal: El domicilio que deberá constituir el Oferente a los efectos de la presente Licitación Pública en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Domicilio real: El domicilio donde tiene la sede de sus negocios la empresa oferente, pudiendo ser el mismo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en otra jurisdicción.
Garantía de Mantenimiento de Oferta: Garantía que debe presentar todo Oferente a los fines de asegurar la seriedad de su Oferta durante todo el proceso de selección.
Garantía de Cumplimiento del Contrato y/o Adjudicación: Garantía que debe constituir el Adjudicatario una vez notificada la Adjudicación y previamente a la suscripción de la Contrata.
GCABA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
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Inspección: Equipo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que depende de cada Comuna, designado para fiscalizar y controlar el cumplimiento de las obligaciones del/los Contratista/es autorizado para emitir Órdenes de Servicio dentro del marco del Contrato; no estando habilitado a ordenar la ejecución de trabajos extra contractuales o que demanden erogaciones adicionales, sin la previa conformidad expresa de la autoridad competente.
Licitación Pública: Constituye el procedimiento de selección del Contratista estatal, regulado en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado Ley Nº 5666) mediante el cual se propenderá a contratar el servicio que conforma el objeto del presente Pliego.
Mes: Período comprendido entre un día determinado y el mismo día del mes siguiente.
Representante legal: Persona humana designada por el Oferente para actuar en su nombre, con amplias facultades para obligar, considerar y resolver cuestiones relativas a la presente Licitación o el Contrato.
RIUPP: Registro Informatizado Único y Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Oferente: Todo postulante que habiendo adquirido el Pliego correspondiente participe de la presente Licitación Pública mediante la presentación de una oferta, previamente al plazo dispuesto para ello.
Pliego de Bases y Condiciones: Documentos redactados por la Administración que establece los requisitos, condiciones y obligaciones de las partes, que deben cumplirse para la provisión de los bienes y ejecución de todas las tareas comprendidas en el alcance del objeto de la contratación. Comprende el presente documento, complemento xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los Pliegos de Especificaciones Técnicas, y sus Anexos, y rigen el procedimiento de la Licitación Pública Nacional, el trámite de perfeccionamiento de la Adjudicación y el Contrato.
• PCG.: Pliego Único de Bases y Condiciones Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx aprobado por Disposición Nº 1274/DGCYC/2017.
• PCP: EL presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
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• PET: Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos.
Preadjudicación: El Acta emitida por la Comisión Evaluadora mediante la cual se recomienda adjudicar el servicio a la/s Oferta/s más conveniente/s en la presente Licitación, la cual se notifica a todos los Oferentes y se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de internet del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Precio contratado: Significa el precio a abonar al Contratista de conformidad con el Contrato, a cambio del pleno cumplimiento de sus obligaciones.
Presupuesto Oficial: Presupuesto oficial de la Licitación para la totalidad de los renglones que la integran.
Presupuesto Oficial de la Zona: Presupuesto oficial de cada una de las Zonas/Comunas por las que se puede presentar una Oferta.
Profesional/ Responsable Técnico: Persona humana con título habilitante, designado por el Oferente, Adjudicatario o Contratista para actuar en su nombre en el tratamiento de cuestiones técnicas relativas a la Licitación o el Contrato.
Semana: Período de SIETE (7) días corridos.
Unidad de Medida: Se abonará de acuerdo al valor unitario establecido en el Preciario.
UT: Unión Transitoria de Empresas, conforme el Código Civil y Comercial de la Nación.
Zona: Cada zona se encuentra constituida por una Comuna y representa en la presente Licitación Pública un Renglón, el que deberá cotizarse en forma integral al momento de la presentación de ofertas, no aceptándose ofertas parciales para una Zona/Renglón.
Todo otro término empleado en la documentación de los Pliegos y de la Orden de Compra no mencionado en el presente artículo debe interpretarse conforme a los usos y costumbres.
Art. 4.- PERIODO DE LA PRESTACION
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El plazo total de la contratación es de TREINTA Y SEIS (36) meses consecutivos e ininterrumpidos contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en el Acta de Inicio.
Art. 5.- AMPLIACIÓN DEL CONTRATO. PRORROGA
Al finalizar el contrato original o su prórroga, en caso de que así lo requiera el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Contratista deberá continuar con la prestación de los servicios atento el interés público involucrado en la prestación de éste.
El Organismo Contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el Artículo 119 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666), pudiendo proceder una vez perfeccionado el contrato, a aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos.
En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el VEINTE POR CIENTO (20%), con un tope del CINCUENTA POR CIENTO (50%) y se deberá requerir la conformidad del co- contratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al Contratista ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción.
Asimismo, se prevé que la presente contratación se podrá prorrogar a su vencimiento, por un plazo menor o igual al del Contrato Original, bajo idénticas condiciones y respetándose los valores contractuales, conforme lo previsto por el artículo 119 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) (TC Ley Nº 5.666)
Por otra parte, vencido el plazo de prórroga, siempre y cuando se estuviera gestionando el nuevo procedimiento de selección correspondiente, la Autoridad Competente podrá disponer su continuidad en aquellos casos de necesidad debidamente fundada. Los servicios correspondientes a dicho lapso serán retribuidos en la misma forma que durante el plazo de vigencia de la contratación, rigiendo todas las estipulaciones y condiciones del contrato, con más aquellas condiciones y adecuaciones que las partes establezcan de común acuerdo y que resultaren indispensables para garantizar la eficiente prestación del servicio, siendo controlados en los mismos términos que aquellos efectuados durante el período de ejecución del contrato, debiendo el 6
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Adjudicatario y su personal acatar en todo momento las instrucciones e indicaciones que imparta el GCABA.
Art. 6.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
A los efectos de la presente contratación, se considera domicilio el constituido por el Oferente y domicilio electrónico el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de retirar los Pliegos y/o al momento de presentación de la Oferta en los que se tendrán por válidas todas las notificaciones que sean cursadas por el GCABA.
Los domicilios constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan mientras no medie notificación fehaciente de su cambio.
Todo cambio de domicilio o de domicilio electrónico deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En el primer supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, a los efectos del presente proceso licitatorio y en tanto dure el proceso de selección, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la xxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen entre el Organismo Contratante y los interesados, Oferentes y Adjudicatarios, en el transcurso del procedimiento de selección, se efectúan a través del domicilio electrónico constituido como parte integrante de la oferta (pudiendo el mismo coincidir o no con el declarado en el RIUPP), bajo declaración jurada.
Asimismo, al momento de la firma de la Contrata el Adjudicatario y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires constituirán los domicilios electrónicos donde serán válidas todas las comunicaciones que se realicen entre las partes.
Se deja establecido que toda aquella instrucción que se deba manifestar en el libro de Órdenes de Servicio o los comentarios realizados a través del libro de Notas de Pedido
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podrán ser comunicadas a la contraparte mediante correo electrónico a los domicilios constituidos.
Sin perjuicio de ello, la Administración Contratante podrá establecer otro régimen de notificaciones entre las partes, una vez perfeccionado el Contrato en cualquier etapa de ejecución del mismo, cuando lo considere conveniente a fin de propender el alcance del cumplimiento adecuado y efectivo del Contrato.
Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
Art. 7.- SISTEMADE CONTRATACIÓN
Para las tareas comprendidas en la prestación del “Mantenimiento Integral básico por abono”, se aplicará el Sistema de Ajuste Alzado.
Para las tareas consideradas como “Mantenimiento complementario”, se aplicará el Sistema de Unidad de Medida.
Será considerado como “Mantenimiento complementario” a aquel que incluye las tareas no comprendidas en el mantenimiento básico por abono, que sean eventuales y necesarias para el mantenimiento integral de los espacios verdes comprendidos ya sea: por el paso del tiempo, por accidentes o eventos imponderables y/o readecuaciones.
Art. 8.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Y ORDEN DE PRELACIÓN
Los siguientes documentos constituyen la Documentación Contractual, siendo el orden de prelación de la misma el que se indica a continuación:
1. El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus Circulares con y sin consulta de todo tipo.
2. El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos y sus Circulares con y sin consulta de todo tipo.
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3. El Pliego de Especificaciones Técnicas, sus Anexos y las Circulares con y sin consulta de todo tipo.
4. La Contrata y el Acta de Inicio suscripta entre la Comuna y los Adjudicatarios.
5. La Oferta.
6. Los documentos aclaratorios o complementarios.
Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases, será resuelto de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) y en los principios generales del derecho administrativo.
Art. 9.- ALCANCE DE LAS PROPUESTAS
Los Oferentes deberán presentar sus propuestas por la totalidad de los servicios licitados para cada Zona/Renglón. En caso de presentarse en más de una zona, deberán completar toda la documentación solicitada para cada una de ellas.
Los Oferentes podrán cotizar una o más zonas (conf. Planilla de Cotización ANEXO V), e incluso todas, si bien podrán resultar Adjudicatarios en sólo DOS (2) de las mismas.
Art. 10.- RENGLONES. ÁREA DE PRESTACIÓN. PRESUPUESTO OFICIAL
El Presupuesto Oficial de la presente contratación asciende a un total de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS VEINTIUN MILLONES SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 93/100 ($1.821.065.156,93).
A los efectos de la ejecución de los trabajos, la Ciudad ha sido subdividida en QUINCE
(15) Zonas/Renglones, que abarcarán cada una de ellas los espacios verdes que se encuentren dentro de cada Comuna involucrada, de conformidad con el detalle obrante en los Pliegos de Especificaciones Técnicas y la normativa vigente en la materia. Los Renglones que componen la Licitación son los siguientes:
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MANTENIMIENTO MENSUAL POR COMUNA | ||||
TIPO DE MANTENIMIENTO | UD | CANTIDAD | PRESUPUESTO OFICIAL POR 36 MESES | |
1 | SUP. VERDE | ha | 14,290 | $ 78,932,612.16 |
SUP. SECA | ha | 12,672 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 4 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 1 | ha | 26,962 | ||
2 | SUP. VERDE | ha | 32,630 | $ 153,801,074.09 |
SUP. SECA | ha | 16,725 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 5 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 2 | ha | 49,355 | ||
3 | SUP. VERDE | hA | 3,020 | $ 20,439,085.43 |
SUP. SECA | hA | 2,880 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 2 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 3 | ha | 5,900 | ||
4 | SUP. VERDE | hA | 63,146 | $ 291,900,948.70 |
SUP. SECA | hA | 34,665 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 6 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 4 | ha | 97,811 | ||
5 | SUP. VERDE | hA | 1,902 | $ 15,570,612.41 |
SUP. SECA | hA | 2,311 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 0 | ||
XXXX. X XXXX. XXXXXXXX | xx | 0 | ||
XXXX. X XXXX. TELÉFONO | ud | 5 |
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TOTAL COMUNA 5 | ha | 4,213 | ||
6 | SUP. VERDE | hA | 9,879 | $ 53,475,908.69 |
SUP. SECA | hA | 7,239 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 3 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 6 | ha | 17,118 | ||
7 | SUP. VERDE | hA | 24,000 | $ 111,625,303.71 |
SUP. SECA | hA | 10,390 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 4 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 7 | ha | 34,390 | ||
8 | SUP. VERDE | hA | 69,169 | $ 284,075,902.01 |
SUP. SECA | hA | 15,118 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 4 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 8 | ha | 84,287 | ||
9 | SUP. VERDE | hA | 18,068 | $ 89,479,755.65 |
SUP. SECA | hA | 8,629 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 5 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 9 | ha | 26,697 | ||
10 | SUP. VERDE | hA | 16,750 | $ 85,835,544.56 |
SUP. SECA | hA | 8,018 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 6 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 10 | ha | 24,768 | ||
11 | SUP. VERDE | hA | 10,857 | $ 61,304,725.23 |
SUP. SECA | hA | 7,389 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | Ud | 5 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | Ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 11 | ha | 18,246 | ||
12 | SUP. VERDE | hA | 52,034 | $ 222,193,861.64 |
SUP. SECA | hA | 15,989 |
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PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 4 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 12 | ha | 68,023 | ||
13 | SUP. VERDE | hA | 37,133 | $ 171,704,093.99 |
SUP. SECA | hA | 17,732 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 5 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 13 | ha | 54,865 | ||
14 | SUP. VERDE | hA | 28,311 | $ 142,199,490.39 |
SUP. SECA | hA | 21,473 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 4 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 14 | ha | 49,784 | ||
15 | SUP. VERDE | hA | 6,749 | $ 38,526,238.54 |
SUP. SECA | hA | 4,652 | ||
PERSONAL EMBLEMATICA | ud | 3 | ||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | ud | 1 | ||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | ud | 5 | ||
TOTAL COMUNA 15 | ha | 11,401 | ||
TOTAL | $1.821.065.156,93 |
*En todos los Renglones, se abonará en forma diferenciada la provisión y mantenimiento de CINCO
(5) teléfonos celulares, UN (1) vehículo y el personal fijo requerido para las plazas emblemáticas de cada Comuna, conforme los mínimos exigidos en el cuadro que antecede.
CAPÍTULO II PROCESO DE SELECCIÓN
Art. 11.- OBTENCION DE PLIEGOS
Los Pliegos podrán ser adquiridos gratuitamente en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Uspallata Nº 3160, piso 2º (internos 7474/7091/7797) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 10 a 17 horas, hasta
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CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha y hora fijadas para la celebración del Acto de Apertura de Ofertas.
La adquisición xxx Xxxxxx es requisito indispensable para la presentación de la Oferta. Asimismo, solamente los interesados que hayan adquirido el Pliego de Bases y Condiciones podrán solicitar información complementaria o aclaraciones hasta CINCO
(5) días antes de la fecha fijada para el Acto de Apertura de Ofertas.
Los Pliegos podrán ser impugnados conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17.
Art. 12.- CONSULTAS Y ACLARACIONES
Solo podrán efectuar consultas referidas al presente proceso de selección aquellos interesados que hubieran adquirido los Pliegos de conformidad con lo establecido en el artículo precedente.
Todas las consultas relacionadas a los Pliegos y demás documentación, deberán ser presentadas por escrito, en la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Uspallata Nº 3160, piso 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta CINCO (5) días previos a la fecha del Apertura de las Ofertas.
La aclaración que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emita a tal efecto deberá ser remitida hasta TRES (3) días antes de la fecha de la Apertura de las Ofertas.
Las respuestas de las consultas efectuadas por los interesados u Oferente con relación a la Licitación o las aclaraciones formuladas de oficio por el GCABA, serán notificadas a cada uno de los participantes hasta TRES (3) días antes de la fecha fijada para el Acto de Apertura de Ofertas.
Las Circulares emitidas formarán parte de los documentos contractuales que rigen la presente Licitación. Serán notificadas a los adquirentes de los Pliegos en el domicilio electrónico que denunciaren al momento de su retiro. No obstante lo expuesto, los adquirentes de los Pliegos deberán constatar en la sede del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, DOS (2) días antes del Acto de Apertura, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia. En
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consecuencia, los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
Art. 13.- VISITA TÉCNICA PREVIA
Como requisito de admisibilidad de sus propuestas los Oferentes deberán realizar una visita técnica obligatoria a una plaza emblématica de cada Renglón/Comuna de la presente Licitación a fin de tomar total conocimiento de los detalles técnicos sobre los que habrán de formular sus propuestas. Las mismas serán fijadas cronológicamente por el acto administrativo que autorice la convocatoria. En dicha oportunidad, la Autoridad designada que se fijará al respecto extenderá la constancia que deberá ser adjuntada a sus presentaciones por cada Oferente.
Art. 14.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las Ofertas deberán presentarse en la sede de la Unidad Operativa de Adquisiciones de Jefatura de Gabinete de Ministros sita en Uspallata Nº 3160, piso 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la fecha y hora prevista en el acto administrativo de llamado a Licitación Pública, procediéndose a otorgar una constancia de recepción de las mismas.
No se admitirán más ofertas que las presentadas en mano, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.
Los sobres presentados pasada la hora indicada para su recepción, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos.
La presentación de cada Oferta se hará en UN (1) sobre o paquete debidamente cerrado, identificado con el número de Expediente Electrónico por el cual se tramita y su denominación: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE “MANTENIMIENTO SOSTENIBLE DE LOS ESPACIOS VERDES
COMUNALES” sin ninguna otra inscripción exterior que identifique al Oferente. Dentro del mismo se colocará la Oferta técnica, administrativa y un sobre lacrado que deberá contener la Oferta económica. Dicho sobre lacrado deberá contar con los mismos datos del sobre exterior.
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La Oferta se efectuará en UN (1) original y DOS (2) copias. Todos los folios, tanto original como la copia deberán ser firmados por el Titular o Representante Legal del Oferente. Toda documentación que forma parte de la Oferta deberá estar foliada correlativamente y con un índice de contenido y anexos. Las enmiendas, entrelíneas y raspaduras deberán ser debidamente salvadas.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original, sin perjuicio de ello si la Comisión Evaluadora de Ofertas lo considera pertinente podrá requerir la traducción de los folletos al Oferente.
Las autenticaciones, certificaciones y legalizaciones requeridas para la presentación de documentos podrán constar solamente en el original. El duplicado deberá integrarse en juegos completos de fotocopias firmadas por el Representante Legal del oferente. Los documentos expedidos por autoridad extranjera deberán presentarse debidamente legalizados por el Consulado Argentino que corresponda y por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación. La apostilla suple y tiene el mismo efecto que la legalización exigida.
La información contenida en cada sobre deberá ser presentada en su totalidad en soporte digital (CD o DVD R o pendrive) que deberá adjuntarse a cada sobre correspondiente, respetando el mismo orden que la información impresa.
Art. 15.- CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como Oferentes al presente llamado a Licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Ser una sociedad comercial regularmente constituida en el país de conformidad con el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley Nacional Nº 19.950, pudiendo presentarse en forma individual o en forma de UT.
b) Tener domicilio en el país y constituir domicilio a efectos de esta Licitación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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c) Acreditar la inexistencia de deudas por aportes y contribuciones sindicales y obra social, ni deudas de la seguridad social.
d) Los Oferentes deberán tener y acreditar por documentos certificados y en
su caso, debidamente legalizados, capacidad jurídica suficiente, la cual se determinará en base al objeto de los contratos constitutivos, los estatutos sociales y demás documentación prevista en este Pliego.
El plazo de vigencia del contrato social de cada una de las sociedades Oferentes, en forma individual, no podrá ser menor al plazo contractual previsto en este Pliego y su posible prórroga o hasta el plazo que fuere necesario a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales emergentes del contrato, el que fuere mayor.
Podrán presentarse, en su caso, en forma de UT de acuerdo a lo establecido en este Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y demás artículos de los Pliegos que resulten de aplicación.
Art. 16.- PRESENTACIÓN MEDIANTE ASOCIACIONES EMPRESARIAS O UNIONES TRANSITORIAS
Deberán ajustarse estrictamente a lo establecido en el Artículo 1463 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. Las Ofertas deben contener los documentos de compromiso de constitución de la UT en los que deberán constar:
a) La acreditación fehaciente de la decisión irrevocable de asociarse para la ejecución del servicio objeto de la presente Licitación expresada a través de los órganos correspondientes de cada Sociedad integrante de la UT con el compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las empresas integrantes de la UT durante el proceso licitatorio, por el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales.
b) El objeto de la UT deberá versar sobre el objeto de la presente Licitación Pública
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c) El compromiso de mantener la vigencia de la UT así como su composición y porcentajes hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato.
d) Constituir domicilio legal en el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
e) El compromiso de no introducir modificaciones en los contratos sociales de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
f) La designación de uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado mediante escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
g) Los documentos por los que se confieren los poderes y por los que se constituye la UT, donde deberá constar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades
h) El compromiso expreso de que las empresas integrantes de la UT serán solidariamente responsables por el cumplimiento del contrato en caso de Adjudicación.
i) El contrato a constituirse por la UT deberá tener cómo único y exclusivo objeto el cumplimiento del Contrato y una duración superior al tiempo que demande el alcance del servicio.
Queda expresamente prohibida la transferencia de acciones que implique el reemplazo de la Sociedad con antecedentes en el servicio a contratar, o la reducción de su participación mínima establecida, siendo una trasgresión a esta prohibición causal automática de rescisión del Contrato con causa imputable al Adjudicatario.
En el supuesto que la documentación que acredita la personería jurídica de algún integrante de la UT o cualquier otro instrumento legal relacionado con la presente
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Licitación no estuviera redactada en idioma castellano, deberá ser acompañada por una traducción legalizada.
Asimismo, en la carta de presentación deberá figurar el nombre de cada una de las sociedades integrantes de la UT con identificación de la Empresa con antecedentes operativos, el domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cada una de ellas, y el domicilio especial común de la UT en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se fija en TRES (3) el número máximo de empresas que podrán presentarse asociadas en UT, y ningún integrante de la misma podrá tener una participación menor xxx XXXX POR CIENTO (10 %).
En el caso de presentaciones en UT, la vigencia de los Estatutos o Contratos Sociales de cada uno de los integrantes de la misma debe ser como mínimo igual al plazo previsto para esta Contratación, con más TRES (3) años o hasta el plazo que fuere necesario a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales emergentes del Contrato, el que fuere mayor.
Art. 17.- MANTENIMIENTO DE OFERTA
El plazo de Mantenimiento de la Oferta se establece en SESENTA (60) días hábiles, contados a partir de la fecha del Acto de Apertura del Sobre N° 1 y se prorrogará automáticamente por igual término, salvo que con quince (15) días hábiles de anticipación al vencimiento del plazo de Mantenimiento de la Oferta el Oferente notifique por medio fehaciente su decisión de no mantenerla.
Art. 18.- GARANTÍA DE OFERTA
Los Oferentes, en forma inexcusable, integrarán a su Oferta la Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto igual al CINCO POR CIENTO (5%) del Presupuesto Oficial establecido para el Renglón que hubiera cotizado en el Artículo 10 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
En caso de cotizarse DOS (2) o más Renglones, el Oferente deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) de las DOS (2) Zonas con mayor Presupuesto Oficial.
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La constitución de esta Garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17.
En ningún caso podrán aceptarse como forma de garantía: pagarés, cheques simples, o letras de cambio.
Las garantías deberán expresar que mantienen su vigencia por el plazo de mantenimiento de oferta y que el garante declara conocer y aceptar.
La falta de presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto indicado, será causal de exclusión automática de la Oferta., salvo que por error, la Garantía presentada fuera de un importe inferior a la que corresponda, siempre que el mismo no supere un VEINTE POR CIENTO (20%) del importe correcto.
Cuando al hacer el estudio de las Ofertas se observara el error señalado en el párrafo anterior, debe intimarse al Oferente a cubrir la diferencia en un plazo de TRES (3) días, bajo apercibimiento de aplicar las penalidades establecidas para el desistimiento de la oferta.
Art. 19.- ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
x Acto de Apertura Sobre Nº 1:
Una vez iniciado el Acto de Apertura de Ofertas, no se admitirá interrupción alguna.
Se comenzará el acto procediendo a la Apertura de las Ofertas, en el orden de su recepción. La totalidad de la documentación original integrante de las Ofertas, será incorporada al Expediente, según corresponda.
Los Sobres Nº 2 debidamente cerrados/lacrados serán apartados indicando el número de oferta a la cual pertenecen y conservados en custodia por la Unidad Operativa de Adquisiciones (UOA) hasta el momento del Acto de Apertura de dicho Sobre. En el caso de los Oferentes que no hubieran sido preseleccionados, se procederá a la devolución del Sobre Nº 2 sin proceder a su apertura.
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De todo lo ocurrido en el Acto de Apertura se labrará un acta que será suscripta por los funcionarios autorizados y por los Oferentes que quieran hacerlo, en la cual se dejará constancia de las observaciones al acto de apertura que se hubieren formulado.
Se invitará a participar del acto de apertura y se invitará a suscribir el Acta correspondiente a los presidentes de las Comunas, pudiendo estos delegar su representación.
Las observaciones al Acto de Apertura únicamente podrán ser formuladas por los Oferentes a través de sus representantes legales, los que a su vez deberán necesariamente firmar el acta, sin cuyo requisito se tendrán por no formuladas.
Ninguna Oferta podrá ser desestimada en el Acto de Apertura.
Finalizado el acto de apertura, se anunciará la cantidad de propuestas recibidas, el nombre de los Oferentes y los datos correspondientes a la Garantía de Oferta, entregándose la copia del Acta correspondiente a aquellos Oferentes que la soliciten.
El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto Licitatorio según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los que hubieren retirado pliegos en las condiciones establecidas en el presente Pliego.
x Acto de Apertura Sobre Nº 2:
En el acto administrativo que realice la preselección de las propuestas recibidas se establecerá el lugar, día y hora en los que se realizará el Acto de Apertura de los Sobres Nº 2 que se encuentren en custodia de la UOA.
Una vez iniciado el Acto de Apertura de Ofertas, no se admitirá interrupción alguna.
Se comenzará el acto procediendo a la apertura exclusivamente de las propuestas que hubieran sido preseleccionadas, manteniendo el orden otorgado al Sobre Nº 1 (Orden de recepción).
De todo lo ocurrido en el Acto de Apertura se labrará un acta que será suscripta por los funcionarios autorizados y por los Oferentes que hubieran asistido y quieran hacerlo,
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dejándose constancia de las observaciones al acto de apertura que se hubieren formulado.
Se invitará a participar del acto de apertura y se invitará a suscribir el Acta correspondiente a los presidentes de las Comunas, pudiendo estos delegar su representación.
Finalizado el Acto de Apertura del Sobre Nº 2, se procederá a entregarse copia del Acta a aquellos oferentes preseleccionados que la soliciten.
El GCBA, se reserva la facultad de postergar el Acto Licitatorio según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los Oferentes preseleccionados y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 20.- CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Los Oferentes deberán cumplir los recaudos exigidos en el presente artículo, además de los datos específicos requeridos en este Pliego y los requerimientos previstos en el PET.
x Documentación Sobre N° 1:
Los requisitos para la presentación de ofertas en la Primera Etapa – Sobre N° 1 son los que se detallan a continuación:
1. Carta de presentación del Oferente firmada por representante legal en la cual se constituya domicilio legal y electrónico, donde todas las notificaciones serán consideradas válidas, conforme ANEXO I.
2. Constancia de retiro xxx Xxxxxx.
3. Un ejemplar de los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares, de Especificaciones Técnicas, sus Anexos y Circulares Aclaratorias si las hubiere, firmados en todas sus fojas por el o los representantes legales. La documentación requerida en este apartado deberá ser incluida solo en la oferta original que se presente.
4. Estatutos, contratos sociales, designación de representantes y todo otro
documento societario debidamente inscripto. En el caso de las UT, esta documentación deberá ser presentada para cada uno de sus integrantes.
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5. Domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y domicilio real, indicando en cada caso calle, número, piso, unidad, código postal y números telefónicos, de fax en caso de tener y domicilio de correo electrónico.
6. Garantía de Mantenimiento de Oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del presente Xxxxxx, pudiendo constituirse la misma en cualquiera de las formas previstas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
7. Nombre y Documento de Identidad del personal jerárquico que cubre las distintas funciones en las sociedades que integre el Oferente.
8. Constancia de inscripción en la AFIP.
9. Certificado expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, REGISTRO Y MEDIACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD del GCABA, del que resulte que los directores, gerentes, representantes legales, miembros del Consejo de Vigilancia y/o síndicos de los Oferentes, incluidos los miembros suplentes del organismo de administración del Oferente, no se encuentran inscriptos en el mencionado Registro .En caso de empresas extranjeras integrantes de una UT, los directores o miembros del organismo de administración de las primeras, deberán presentar un certificado equivalente que acredite que no son deudores alimentarios morosos, emitido por la dependencia competente en su país de origen; o, en caso de no existir dicha dependencia, deberán presentar una declaración jurada individual para cada persona alcanzada, manifestando el cumplimiento de esta condición, todos ellos debidamente traducido y apostillado.
10. Certificado de inscripción o constancia de inicio de trámite, expedido por Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Es condición para la preselección que el oferente se encuentre inscripto en el Registro Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Gobierno de la Ciudad Autónoma.
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En caso que el Oferente se encuentre inscripto en el RIUPP, la documentación e información allí contenida deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta.
11. Acta de Directorio o documento similar donde surja la decisión social de presentarse a la Licitación.
12. Plazo de duración del contrato social del Oferente o integrante de la UT que deberá abarcar al menos hasta la finalización del servicio con más de TRES (3) años o hasta el plazo que fuere necesario a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales emergentes del contrato, el que fuere mayor.
13. Declaración Jurada de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad a las que hace referencia la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 326/2017 para contratar con el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Esta cláusula se extiende a los directores, representantes legales, miembros del Consejo de Vigilancia y/o síndicos de la Sociedad, y a idénticos miembros de las sociedades integrantes de la UT Oferente, tanto para empresas nacionales como extranjeras.
14. Declaración Jurada de no encontrarse comprendido en ninguno de los impedimentos para ser oferente establecidos en los pliegos que rigen las contratación. En el caso de que una empresa extranjera integre una Unión Transitoria y a fin de cumplir debidamente con lo exigido en el presente, es suficiente que se presente una Declaración Jurada de que ni la sociedad ni sus directivos se encuentran comprendidos en los impedimentos para ser oferente establecidos en los pliegos que rigen la contratación.
15. Declaración jurada que acredite la capacidad técnica del oferente para ejecutar el presente contrato, relativa a la organización empresarial y los medios materiales: organigrama, cantidad de personal actual, plantel profesional y técnico permanente, oficinas del oferente, medios informáticos, vehículos y otros medios vinculados a su actividad.
16. Organigrama detallado el personal calificado afectado a la operatoria propuesta, conforme XXXXX XX (PERSONAL CALIFICADO).
17. Antecedentes en los últimos TRES (3) años que hagan a la capacidad empresarial, económica, financiera y técnica de los oferentes, con mención de aquellas actividades relacionadas con la presente Licitación, tanto en el ámbito
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público (Nacional, Provincial, Local) como privado, la cual deberá acreditarse mediante la presentación de certificaciones, contratos, además de por lo menos una referencia bancaria y una comercial.
18. Descripción de los antecedentes técnicos del oferente o de sus integrantes, que demuestren la experiencia en mantenimiento de espacios verdes detallando las hectáreas mantenidas, e incluyendo información completa sobre los plazos de iniciación y finalización y persona de contacto respecto de cada uno de los principales contratos que informe, conforme XXXXX XX.
19. Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal de los directores, gerentes, miembros del Consejo de Vigilancia y/o síndicos de la sociedad y/o miembros suplentes de los órganos de administración.
20. Fotocopia autenticada por Escribano Público de las TRES (3) últimas declaraciones juradas correspondientes a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, a las Ganancias, al Valor Agregado y sus correspondientes constancias de pago. Las fotocopias autenticadas correspondientes a las TRES (3) últimas declaraciones juradas vinculadas al impuesto a las ganancias podrán corresponder a la fecha de apertura original y/o cualquier otra fecha posterior para la cual se hubiere postergado el presente llamado a licitación. En caso de considerarlo necesario, la Comisión Evaluadora de Ofertas podrá requerir una actualización de esta documentación a la fecha de evaluación de las ofertas. En cuanto hace a las fotocopias autenticadas correspondientes a las declaraciones juradas a los Impuesto a los Ingresos Brutos y al Valor Agregado y sus correspondientes constancias de pago, deberá corresponder a documentación actualizada a la fecha de apertura de ofertas original.
21. Listado de servicios y obras en ejecución o a ejecutar en los próximos VEINTICUATRO (24) meses. El Oferente podrá incluir servicios y obras ejecutados en carácter de Subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente, todo ello conforme el ANEXO IV (ANTECEDENTES EMPRESARIALES).
22. Listado de equipos, maquinarias, herramientas, insumos, materiales y vehículos a utilizar para la prestación del servicio en el cual deberán detallarse marcas, modelos y cualquier otra descripción que permita individualizar
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fehacientemente los elementos y demás que habrán de comprometerse para la prestación de los servicios, conforme el ANEXO III (EQUIPAMIENTO).
23. Plan Operativo de Mantenimiento Integral de los espacios verdes estableciendo
en el mismo la metodología de gestión general del servicio incluyendo allí el detalle de los servicios a brindar, detallado, descripción de personal a asignar, sus tareas diarias, semanales, mensuales, rutinas, periodicidad de los trabajos y frecuencias, estructura administrativa; descripción de vehículos, equipos maquinarias, implementos, folletos, y esquemas de cada uno, como asimismo todo aquello tendiente al cumplimiento de los niveles de servicio contemplados en el Pliego de Especificaciones Técnicas. En el caso de los vehículos se deberá acompañar la documentación correspondiente para acreditar que los mismos son propiedad del oferente o que posee su uso por todo el plazo de duración del presente contrato. Asimismo deberán acompañar programa de aseguramiento y control de calidad y planes de contingencia a situaciones adversas.
24. Plan de Trabajos de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Especificaciones Técnicas (ANEXO – Planilla de Tareas y Frecuencias) y a lo previsto en el ANEXO XI del presente Pliego, detallando cada una de las tareas comprendidas en la realización del servicio a desarrollar, indicando en forma cronológica fecha de inicio y fin de cada una de ellas, previendo y contemplando la posibilidad de superposición o no, entre las mismas, ajustándose a los plazos indicados en el PET.
25. Constancia de visita. Los oferentes deberán presentar las constancias de haber concurrido a las visitas establecidas en el Artículo 13°, para cada uno de los Renglones para los cuales cotice/coticen.
Asimismo deberá presentar una Declaración Jurada donde declare conocer todos los espacios verdes involucrados en el renglón a cotizar. La recorrida previa para el reconocimiento de los espacios verdes quedara exclusivamente a cargo de los oferentes, no pudiendo alegar desconocimiento alguno de las condiciones exigidas en el presente pliego y el pliego de especificaciones técnicas.
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26. Curriculum Vitae del Representante Técnico y en caso de que el mismo no posea relación de dependencia con el oferente un compromiso irrevocable de éste de asumir el cargo en caso de que la oferta resulte adjudicada.
27. En caso de disponerse una prórroga de la fecha de llamado a licitación, los certificados requeridos podrán ser presentados con la fecha correlativa con una cualquiera de las fechas de llamado a licitación, en tanto no se haya modificado la composición del Directorio - excluida la distribución de cargos-, o demás obligados a su tramitación. En caso de considerarlo necesario, la Comisión Evaluadora de Ofertas podrá requerir una actualización del certificado a la fecha de evaluación de las ofertas.
28. Estado contable correspondiente a los TRES (3) últimos ejercicios económicos anuales, los que deberán contar con Dictamen sobre su razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas con firma certificada por el Consejo Profesional respectivo y copia certificada del Acta de Asamblea de Accionistas aprobatoria de los mismos, en caso de corresponder.
29. Las personas humanas deberán presentar los TRES (3) últimos Estados de Situación Patrimonial y de Resultados correspondientes para fines fiscales, con sus respectivas declaraciones juradas de impuesto a las ganancias.
30. Declaración Jurada de aceptación de la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
31. Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total del Oferente.
32. Formulario AFIP de Pago de Aportes y Contribuciones de los últimos SEIS (6) meses previos a la fecha de la apertura con sus correspondientes acuses de presentación y pago (F N° 931).
33. Declaración Jurada consignando que se dará cumplimiento a todas las exigencias y/o especificaciones establecidas en los Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.
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La documentación requerida en los puntos 16, 23, 24 y 25, se deberá presentar individualmente para cada Zona o Renglón en la cual se presente oferta.
En el caso puntual del Representante Técnico, si se cotizara para más de DOS (2) Renglones, se podrá ofrecer solamente DOS (2) representantes técnicos sin individualizar el Renglón al cual serán afectados, dado que éste es el número máximo de Renglones a adjudicar por Oferente.
En los casos en que los oferentes se presenten constituyendo uniones transitorias (UT), los antecedentes requeridos en los incisos 15, 17 en lo atinente a lo técnico y 18, podrán ser aportados por sólo uno de sus integrantes, debiendo éste poseer, como mínimo, el CUARENTA POR CIENTO (40%) de participación en la misma.
Asimismo los requisitos establecidos en los incisos 4,7, 8, 9, 11,13, 14, 17, 19, 20, 22, 31 y 32 deberán ser aportados por cada uno de los integrantes de dicha UT debiendo los montos requeridos en el inciso 20 acreditarse como la sumatoria de los montos individuales de cada integrante de la UT multiplicados por su participación porcentual dentro de la misma.
x Segunda Etapa – Sobre N° 2
Dentro del Sobre Nº 2 se deberá incorporar la siguiente información:
1. Planilla de Cotización por Comuna - Mantenimiento Básico Integral (Anexo V 2° parte);
2. Planilla de Cotización Tareas Adicionales y Complementarias - Preciario – (Anexo
VI 2° parte). Se podrá presentar una sola por la totalidad de las comunas que se coticen;
3. Planilla de Cotización Desagregado (Anexo VII);
4. Modelo de Estructura de Costos (Anexo X).
Art. 21.- RENGLÓN SIN PRESTACIÓN DEL SERVICIO. CONTINUIDAD DEL SERVICIO
En el supuesto que la Licitación de una o más zonas fuera declarada desierta, fracasada o si sobreviniere que uno de los Adjudicatarios por cualquier causa imputable al mismo 27
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no asegurase la correcta continuidad en la prestación del servicio, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá requerir a la empresa adjudicataria de otro Renglón, que continúe con la prestación del servicio.
La empresa a la cual se le adjudicará la/s Zona/s vacante/s deberá/n ser una de las TRES (3) que hubiera obtenido mejor puntaje, de conformidad con el Artículo 34 del presente Xxxxxx.
Art. 22.- FORMA DE COTIZAR´
a) GENERALIDADES
Los Oferentes deberán cotizar un precio unitario por mes y un precio total por TREINTA Y SEIS (36) meses a partir del comienzo de la prestación del servicio.
En ningún caso se abonará un monto superior a los establecidos como Precio de Referencia/Máximos en el ANEXO V (1ª PARTE).
La cotización ofrecida no podrá encontrarse condicionada de acuerdo a fecha o lugar de realización, dejándose sentado que los pagos se realizaran en forma mensual y de conformidad con lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17.
Los Oferentes deberán expresar los montos en letras y números.
La moneda de cotización de la Oferta y de pago será en PESOS, moneda de curso legal en la República Argentina.
Además el Oferente deberá presentar junto con la oferta económica la estructura real de costos que respalda el precio ofertado de cada ítem que conforma el precio del Renglón ofertado, conforme modelos obrantes como ANEXOS VII y X. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. El GCABA podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario.
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Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la Adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato, conforme lo establecido en la Ley Nº 2.809 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666).
El Oferente asumirá e incluirá en la cotización, la provisión y reposición de todo el material e insumos necesarios para la prestación del mantenimiento integral, mano de obra, equipos, herramientas disponiendo en todo momento de los recursos materiales necesarios para su ejecución.
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la condición de Exento, en consecuencia, en las propuestas económicas que el interesado presente junto a las Ofertas no se deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
Lo indicado precedentemente según Resolución Nº 601-MHGC-14- ANEXO I – Artículo 4º inc. C).
Si bien se adjudicará como máximo hasta DOS (2) Zonas por Oferente, el mismo podrá cotizar una, algunas o todas las Zonas.
b) PRECIARIO
En referencia a las tareas complementarias por Preciario, el oferente deberá acompañar a su propuesta económica la cotización de cada uno de los ítems, contenidos en el ANEXO VI (FORMULARIO PARA COTIZAR) del presente, bajo condición de rechazo de su oferta ante su falta de presentación.
La citada planilla deberá ser elaborada conforme al sistema de Unidad de Medida, el cual se tendrá presente si concurrieren las causales y parámetros establecidos en el presente pliego. El mencionado ANEXO deberá ser incorporado en versión PDF y Excel.
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Deberá acompañar además los índices/precios de referencia asociados en el caso de materiales y análisis de precios con los índices/precios de referencia asociados a los insumos que lo integran, en el caso de las tareas complementarias.
La oferta económica deberá ser formulada y ajustada en un todo a la forma establecida en el presente Xxxxxx. Todos los precios deberán incluir el impuesto al valor agregado.
Art. 23.- PLAN DE TRABAJO
Los Oferentes deberán proponer junto con su Oferta el Plan de Trabajos de acuerdo a lo especificado en el Pliego de Especificaciones Técnicas (ANEXO – Planilla de Tareas y Frecuencias), detallando cada una de las tareas comprendidas en la realización del servicio a desarrollar, indicando en forma cronológica fecha de inicio y fin de cada una de ellas, previendo y contemplando la posibilidad de superposición o no, entre las mismas, ajustándose a los plazos indicados en el PET. Del mismo deberá surgir la forma en la que se cumplimentarán con los diferentes Niveles de Servicio establecidos, pudiendo ofrecer herramientas superadoras y de innovación, las cuales serán evaluadas por la Comisión Evaluadora de Ofertas, quien se reservará la facultad de aprobar dicho Plan de Trabajos con las modificaciones y correcciones que considere oportunas.
Art. 24.- REPRESENTANTE TÉCNICO
El Oferente deberá designar como Representante Técnico por cada Renglón adjudicado a un profesional responsable, quien deberá cumplir con los siguientes requisitos:
• Estar inscripto en el Consejo Profesional que corresponda de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
• Contar con antecedentes en servicios y/u obras de similares características a la presente.
El Representante Técnico será el responsable, en los términos que establezca la documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que a la firma se refiere. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén establecidos en la presente licitación y todos aquellos que le sean solicitados.
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La negligencia demostrada en los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones pertinentes o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se formularen por parte de la autoridad de aplicación, podrán dar lugar a la remoción del Representante Técnico.
En caso de producirse la remoción del Representante Técnico por decisión del Contratista o a requerimiento de la autoridad de aplicación, el Contratista, deberá proponer un reemplazante capacitado para el desempeño de tales funciones, conforme las exigencias del presente Xxxxxx, dentro de los dos (2) días de producida la vacante, debiendo comunicar tal circunstancia al GCBA.
La Inspección podrá aceptar o rechazar al profesional propuesto como Representante Técnico y en su caso, el Contratista deberá proponer otro cumpliendo los mismos requisitos y mecanismos mencionados en el presente artículo.
Art. 25.- VISTA DE LAS OFERTAS
Los Oferentes podrán tener acceso para su consulta a las Ofertas recibidas por el GCBA. Los Oferentes podrán tomar vista de las Ofertas dentro de los TRES (3) días siguientes a cada acto de apertura de ofertas como asimismo formular observaciones. A tal fin, una copia de las mismas estará a disposición de los Oferentes en la dependencia del Organismo donde se efectuó el Acto de Apertura. Las eventuales observaciones realizadas por los oferentes no generarán obligaciones de ningún tipo al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, así como ningún derecho a los oferentes que las realizaran.
Art. 26.- AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN
El GCBA podrá requerir la ampliación de la información suministrada o cualquier otra que sea necesaria para el mejor estudio de los antecedentes, dentro del plazo que a tal efecto se señale, siempre que ello no implicare alterar sustancialmente la propuesta original, ni modificar la Oferta económica.
El GCBA se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que fueren necesarias a efectos de comprobar la veracidad de la información suministrada en la propuesta. De establecerse la falsedad de dicha información, se desestimará la propuesta y en consecuencia se ejecutará la garantía mantenimiento de Oferta. El personal que determine el GCBA, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos, obras realizadas entre
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otros, que los Oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar en el lugar, su capacidad para la prestación de los servicios.
Art. 27.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La sola presentación de la Oferta implicará para el Oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas integrantes de la presente Licitación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la Licitación, como así también de las condiciones técnicas y fácticas de la contratación.
Art. 28.- VICIOS EXCLUYENTES
Sin perjuicio de las causales establecidas en el presente pliego licitatorio, será excluida toda Oferta que posea uno o más de los siguientes vicios:
1. Que se presente después de la hora límite fijada para la Apertura de las Ofertas y/o en lugar distinto del que se señala en el llamado.
2. Que el Oferente se hallare comprendido en alguna de las inhabilitaciones contempladas en el artículo 98 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) (conforme texto consolidado Ley 5666).
3. Que no esté cumplimentada la Garantía de mantenimiento de Oferta en cualquiera de las formas establecidas en este Pliego licitatorio.
4. Que se presente la Oferta sin firma, aclaración de firma, no se fije domicilio o no fuese posible identificar al Oferente.
5. Que se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al Oferente.
6. Que no indique claramente los precios cotizados, o el monto total de la
propuesta, y/o que no fuere posible interpretarla.
7. Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la Oferta.
8. Que existan falsedades en cualquiera de las disposiciones establecidas en el presente pliego licitatorio.
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Art. 29.- DE LA EVALUACIÓN DE REQUISITOS PRIMERAETAPA SOBRE N° 1 – PRESELECCIÓN
La Comisión de Evaluación de Ofertas estará integrada por los profesionales que a tal efecto se disponga en el Acto de Llamado. La misma, verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en la primera etapa - Sobre Nº1.
Se evaluará que los Oferentes alcancen un mínimo de SESENTA (60) puntos, no pudiendo obtener CERO (0) en ningún Ítem, conforme el siguiente detalle:
Rubro | Ítems | Variable | Puntaje | Máximo |
Técnico | Antigüedad | >6 | 10 | 10 |
>=3 | 5 | |||
<3 | 0 | |||
Antecedentes medido en relación a la zona cotizada | >160% | 40 | 40 | |
>140% | 35 | |||
>120% | 30 | |||
>100% | 25 | |||
>=80% | 20 | |||
< 80% | 0 | |||
Plan Operativo de Trabajo de cumplimiento de Niveles de Servicio | Conforme PET + Propuesta superadora/innovadora | 10 | 10 | |
Conforme PET | 5 | |||
No cumple con PET | 0 | |||
Económico Financiero | Índices | 10 | 40 | 40 |
>9 | 35 | |||
>8 | 30 | |||
>=7 | 25 | |||
<7 | 0 | |||
Total | 100 |
Antigüedad (puntaje máximo 10 puntos):
La antigüedad empresaria del oferente se determinará por el período de tiempo que va entre la fecha de constitución de la firma, establecida en los estatutos o contratos
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sociales o de la fecha de inscripción en AFIP para las personas humanas, y la fecha de apertura de la presente Licitación. En base a la antigüedad del oferente se establecerá el siguiente puntaje:
Corresponderá puntaje máximo diez (10) puntos, a los Oferentes con seis (6) o más años de antigüedad.
Corresponderá puntaje de cinco (5) puntos, a los Oferentes con una antigüedad empresaria mayor o igual a tres (3) años.
Aquellos cuya antigüedad sea menor a tres (3) años obtendrán cero (0) puntos.
Ítems | Variable | Puntaje |
Antigüedad | > 6 | 10 |
>= 3 | 5 | |
< 3 | 0 |
Antecedentes (puntaje máximo 40 puntos):
El puntaje se establecerá teniendo en cuenta la suma de los montos contractuales de los antecedentes de similar envergadura técnica presentados que fueron ejecutados en los últimos TRES (3) años, los cuales se compararán con el Presupuesto Oficial de cada una de las Zonas cotizadas. En base a ello se establecerán los siguientes puntajes. En base a ello se establecerán los siguientes puntajes:
Ítems | Variable | Puntaje |
40 | ||
Antecedentes | > 160% | |
> 140% | 35 | |
en relación a | ||
la zona | > 120% | 30 |
cotizada | ||
> 100% | 25 | |
>= 80% | 20 | |
< 80% | 0 |
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Para los antecedentes prestados en el Sector Privado se tomará el 50% del monto total de la suma de los contratos y para los antecedentes prestados en el Sector Público se tomará el 100% del monto total de la suma de los contratos.
Plan Operativo de Mantenimiento Integral (puntaje máximo 10 puntos)
El puntaje se establecerá considerando de mínima los lineamientos establecidos en el PET, y otorgándole el máximo puntaje a aquella propuesta que ofrezca soluciones superadoras y herramientas innovadoras a fin de cumplimentar con todas las tareas requeridas en el PET indicando en particular la metodología para satisfacer los niveles de calidad descriptos. En base a ello, se establecerán los siguientes puntajes:
Ítems | Variable | Puntaje |
Conforme PET | ||
Plan Operativo | + Propuesta | |
de Trabajo de | superadora | 10 |
Mantenimiento | Conforme PET | 5 |
Integral | ||
No cumple con | ||
PET | 0 |
Capacidad Financiera – Índices (puntaje máximo 40 puntos):
En lo referente a la estructura económica - financiera requerida se establecerán los siguientes puntajes:
Ítems | Variable | Puntaje |
Índices | 10 | 40 |
> 9 | 35 | |
> 8 | 30 | |
>= 7 | 25 | |
< 7 | 0 |
Para ello, se realizará la evaluación del promedio de los tres (3) Estados de Situación Patrimonial y de Resultados para fines fiscales o balances presentados, de la cual deberá surgir un puntaje mínimo de siete (7) puntos sin tener cero (0) en ningún indicador:
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Índice | Aclaración | Resultado | Puntaje |
Activo | >= 1,6 | 2 | |
Solvencia | Total / Pasivo | ||
= 1,2 y < 1,6 | 1 | ||
Total | < 1,2 | 0 | |
Activo | >= 1,3 | 2 | |
Liquidez Corriente | Corriente / Pasivo | ||
= 1 y < 1,3 | 1 | ||
Corriente | < 1 | 0 | |
Pasivo | <= 1 | 2 | |
Endeudamiento | Total / Patrimonio | > 1 y <= 1,5 | 1 |
Neto | > 1,5 | 0 | |
Utilidad | >= 8,5% | 2 | |
Rentabilidad | Neta / Patrimonio | = 0% y < 8,5% | 1 |
Neto | < 0% | 0 | |
Capital de | Activo Corriente – Pasivo Corriente | >= 75% | 2 |
Trabajo en | |||
función del | = 25% y < | 1 | |
Presupuesto | 75% | ||
Oficial | |||
anualizado de forma individual | < 25% | 0 | |
para cada zona | |||
cotizada. |
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Concluida la evaluación de la documentación legal, antecedentes y oferta técnica, sobre la cual se dará especial relevancia al asesoramiento técnico de las Comunas, la Comisión de Evaluación de Ofertas emitirá su Dictamen de Preselección, debidamente fundado, en el cual establecerá cuáles son las ofertas que han resultado preseleccionadas y que están en condiciones de ser evaluadas en la segunda etapa- Sobre Nº2, en un todo de acuerdo con lo requerido en el presente Xxxxxx.
El Dictamen de Preselección será comunicado a todos los oferentes de la presente Licitación Pública, y publicada por un (1) día en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Obras, Compras y Mantenimiento de la Jefatura de gabinete de Ministros sita en la calle Uspallata 3160 2° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la página web del GCBA.
El presente Dictamen, correspondiente a cada Renglón, deberá ser suscripto por la Comisión de Evaluación de Ofertas y por el Presidente de la respectiva Comuna. En caso contrario, la misma no será válida.
Art. 30.- IMPUGNACIÓN A LA PRESELECCIÓN
Los interesados podrán formular impugnaciones a la preselección dentro del plazo de TRES (3) días, contados desde el día de publicación de la preselección, previo depósito de la garantía pertinente.
Será condición de admisibilidad de las impugnaciones descriptas, la constitución de una garantía del cuatro por ciento (4%) del Presupuesto Oficial, la que será constituida mediante alguna de las formas previstas en el artículo 102 de la Ley 2095 (según texto consolidado por Ley 5666), siendo reintegrada solo en caso de que la impugnación prospere totalmente.
En el caso que el Oferente optara por la forma de constitución de la garantía prevista en el art. 17.2 del PCG deberá acompañar la constancia del depósito efectuado en el Banco Ciudad, cuenta N° 200.581/2 “GARANTÍA POR IMPUGNACIONES”. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previo dictamen de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
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La formulación de estas Impugnaciones en ningún caso importará suspensión de la licitación, pero deberán ser consideradas y evaluadas al momento de emitir el acto administrativo de preselección.
Art. 31.- RESOLUCIÓN DE LA PRESELECCIÓN
Una vez vencido el plazo de impugnación establecido en el artículo anterior, se emitirá el acto administrativo de preselección que, además de comunicar el resultado de la Preselección, informará día y hora del acto de apertura de los sobres Nro. 2.
Art. 32.- APERTURA DE LAS OFERTAS DE LA SEGUNDA ETAPA- SOBRE Nº2
Los SOBRES Nº 2 que contengan las Ofertas Económicas de los Oferentes cuyas Ofertas hubieran sido declaradas Preseleccionadas, serán liberados el día y hora establecidos en el acto administrativo de preselección, formulándose el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados.
Art. 33.- EVALUACIÒN DE REQUISITOS SEGUNDAETAPA SOBRE Nº2
El análisis y evaluación de las ofertas económicas contenidas en los Sobres Nº 2 estará a cargo de la Comisión de Evaluación, sólo se considerarán los Sobres Nº 2 de las Ofertas Preseleccionadas.
Se elaborará el Orden de Mérito de cada Zona/Comuna teniendo en cuenta los precios más convenientes ofertados para cada una de ellas.
La Comisión evaluará la estructura de costos presentada, en especial, si la misma resulta conteste con el monto global a fin de evitar cualquier tipo de error de cotización.
Art. 34.- DICTAMEN DE PREADJUDICACIÓN
Finalizada la evaluación prevista, la Comisión de Evaluación emitirá un Dictamen fundado, no vinculante, en el cual aconsejará la preadjudicación a los Oferentes que cumplan con las condiciones fijadas en este Pliego y que resulten más convenientes a los intereses del GCABA en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica de los Oferentes, de su propuesta técnica y los precios ofertados.
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ZONAS PREADJUDICADAS. CANTIDADES MÁXIMAS. EXCEPCIONES
Se podrá pre adjudicar hasta DOS (2) Renglones por Oferente.
Si una empresa resulta ser la oferta más conveniente en más de DOS (2) zonas, se le pre adjudicará la cantidad máxima establecida, eliminándose la propuesta de este Oferente del orden de mérito del resto de los renglones.
Si un Renglón resultare desierto o fracasado, la Comisión de Evaluación de Ofertas, con la firma del Presidente de la Comuna correspondiente, podrá pre adjudicar éste, a alguno de los Oferentes que resulten dentro de los TRES (3) mejores ”Puntajes de Evaluación Promedio”, el cual surgirá de conformidad con la siguiente formula.
PEP= SPRC
CRC
PEP= Puntaje de Evaluación Promedio
SPRC: Sumatoria del Puntaje obtenido en cada uno de los renglones cotizados CRC: Cantidad de renglones cotizados
Si el oferente seleccionado no estuviera interesado en la prestación el servicio en el renglón desierto o fracasado, podrá negarse a asumir dicho compromiso en cuyo caso se procederá a seleccionar a otro de los oferentes que cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente.
Art. 35.- PRECIO MÁXIMO
Los precios a cotizarse no podrán superar los consignados para cada concepto (área verde, área seca, vehículo, personal de plaza emblemática y telefonía) en el “Mantenimiento Integral Básico” (Anexo V 1ª Parte), como así tampoco los previstos para cada tipo de intervención en el Preciario por Trabajos Adicionales y Complementarios establecido en el Anexo VI (1ª Parte) del presente Pliego.
Art. 36.- NOTIFICACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN. IMPUGNACIÓN
El Acta de Preadjudicación deberá ser notificada a cada uno de los oferentes al correo electrónico constituido en la Oferta. Asimismo, se hará en la cartelera oficial de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, sita en la calle Uspallata Nº 3160, piso 2º de la Ciudad Autónoma de Buenos
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Aires y se publicará por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página web del GCBA.
Contra dicha Acta se podrán presentar impugnaciones, debiendo los impugnantes realizar el depósito de garantía acorde a lo establecido en el presente, el que les será devuelto en caso de ser procedente la impugnación realizada. La constitución de garantías de impugnación no devengará interés alguno y deberá ser realizada mediante depósito bancario en la cuenta de la Jurisdicción o entidad contratante.
Las impugnaciones que los Oferentes deseen formular deberán ser presentadas dentro de los TRES (3) días de notificado el acto preadjudicación.
La formulación de estas Impugnaciones en ningún caso importará suspensión de la Licitación, pero deberán ser consideradas y evaluadas al momento de emitir el acto administrativo de adjudicación.
Art. 37.- GARANTÍA DE IMPUGNACIONES
Se establece como condición previa para la tramitación de las impugnaciones que presenten los Oferentes, la constitución de un depósito equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del Presupuesto Oficial, de acuerdo a lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
El mismo, deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado a los Oferentes en el caso de que su impugnación prospere totalmente.
Art. 38.- ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo de impugnación, el GCABA resolverá en forma fundada la Adjudicación, previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 39. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La Adjudicación será notificada a los Oferentes conforme los términos de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires DNU Nº 1510/97 (Texto Consolidado por Ley Nº 5.666) y lo establecido en el presente Pliego de
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Bases y Condiciones Particulares, procediéndose asimismo a su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página Web del GCABA.
Art. 40.- MODIFICACIÓN O INCORPORACIÓN DE ESPACIOS VERDES
El GCBA se reserva el derecho de incorporar, modificar o disminuir la cantidad de espacios verdes existentes en el espacio territorial correspondiente a cada Renglón de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su decreto reglamentario.
En el caso de que se incorporen nuevos espacios verdes, el Adjudicatario de la zona o renglón al cual corresponda el mismo, deberá incorporar dicho espacio a la prestación del servicio, el cual se abonará de conformidad con el valor por hectárea cotizado para el renglón.
Art. 41.- PRECIARIO GENERAL ÚNICO
En el marco de la presente contratación, se elaborará un PRECIARIO GENERAL ÚNICO para todas las Zonas de acuerdo a los siguientes parámetros:
Para cada uno de los ítems del PRECIARIO GENERAL ÚNICO se utilizará el menor precio ofertado por cada una de las empresas preadjudicadas en cada una de las Zonas. Ello siempre que el valor de cada ítem no sea inferior al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor de referencia.
En ningún caso se abonara un monto superior al establecido en el los precios de referencia que se establecen en el ANEXO VI (PRECIOS MÁXIMOS A ABONAR Y CANTIDADES ESTIMADAS) y en los casos (ítems) de que todas las ofertas se encuentren por sobre los valores de referencia, el PRECIARIO GENERAL ÚNICO se elaborará utilizando estos últimos.
En caso de que el precio ofertado por alguna o algunas de las empresas preadjudicadas sea inferior al 10% del valor de referencia del ítem, el precio del Preciario único para ese ítem será el correspondiente al 90% del valor de referencia para el resto de los oferentes, menos para el oferente cuyo precio es inferior al 10% del valor de referencia, quien tendrá asignado el precio por él cotizado.
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El PRECIARIO GENERAL ÚNICO será aprobado por acto administrativo y notificado a todos los interesados.
Art. 42.- INTERPOSICIÓN DE RECURSOS
Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de Adjudicación, se regirán por las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97 (Texto consolidado por Ley Nº 5.666)-. La interposición de recursos no suspenderá el trámite licitatorio y no dará lugar a la suspensión de la Adjudicación ni a los trámites posteriores relacionados con la prestación del servicio, excepto cuando por razones de interés público así lo disponga el GCABA, cuando la ejecución del acto traiga aparejados mayores perjuicios que su suspensión, o cuando se alegare fundadamente una nulidad ostensible y absoluta.
Art. 43.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE OFERTA
Transcurridos DIEZ (10) días de notificada la adjudicación por parte del GCBA y siempre que no hubieran recurrido la misma, los oferentes no adjudicatarios podrán solicitar la devolución de las Garantías de Oferta.
Art. 44.- GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
Dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la Adjudicación, el Adjudicatario deberá integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato por el DIEZ POR CIENTO del monto que le hubiera sido adjudicado.
Si el Adjudicatario no integrará en el plazo debido la Garantía de Adjudicación, se le intimará a que lo haga en igual plazo (5 días hábiles) y en caso de que no lo hiciera el Gobierno podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso el oferente perderá la garantía de oferta.
Es facultad del Gobierno proceder en esta forma o acordar, si mediaren razones atendibles, un plazo adicional para integrar la garantía de adjudicación. Esta garantía podrá constituirse de acuerdo a las formas de constitución de garantías previstas en el artículo 17. 2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición Nº 1274/DGCYC/17.
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La Garantía de Adjudicación será devuelta dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de finalización del contrato a entera satisfacción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 45.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO LA LICITACIÓN
El GCBA se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte, sin que ello genere a favor del proponente derecho a reclamo o indemnización alguna.
Art. 46.- FIRMA DE LA CONTRAT A. PRESENTACIÓN DE SEGUROS. ENTREGA DE FACILIDADES PARA EL GCBA
Dentro de los diez (10) días de notificada la adjudicación, se procederá a citar a los Adjudicatarios para la suscripción de la Contrata. En este documento se establecerá la fecha en la cual se suscribirá el Acta de Inicio, la cual dará comienzo a la prestación efectiva del servicio.
Dentro de los DIEZ(10) días de firmada la Contrata, los contratistas deberán entregar a la Autoridad de Aplicación los teléfonos celulares con las características previstas en el ANEXO VIII del presente y los seguros exigidos en el presente Xxxxxx. No se podrá suscribir el Acta de Inicio de los servicios si previamente no se hubieran presentado la totalidad de los seguros a entera conformidad del GCBA.
Asimismo, los contratistas tendrán un plazo de TREINTA (30) días para la entrega de los vehículos. Serán a cargo de la empresa los cargos de seguro, patente y vales de nafta que cada Comuna irá requiriendo periódicamente.
Art. 47.- FIRMA DEL ACTA DE INICIO
La Secretaria de Atención y Gestión Ciudadana, o el organismo que en el futuro la reemplace, establecerá la fecha en que se celebrará el Acta de Inicio que dará comienzo a la prestación de los servicios, la cual será igual para todos los renglones. Las Actas de Inicio serán suscriptas por cada Comuna con la empresa que hubiera resultado adjudicataria del renglón correspondiente.
Si el Adjudicatario no se presentare a la firma del Acta de Inicio, el GCABA podrá anular la Adjudicación, en cuyo caso el Adjudicatario perderá la Garantía constituida a tales efectos.
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Art. 48.- REQUISITOS ACUMPLIR PARA EL INICIO DEL CONTRATO
Una vez suscripta la Contrata, el contratista deberá presentar en el término xx XXXX (10) días los requisitos para el inicio de la contratación que se detallan a continuación:
1 - SEGUROS
• Póliza original Seguros Laborales.
• Póliza original de Riesgos de Trabajo.
• Póliza original de Seguros de Accidentes Personales.
• Póliza original del Seguro de Responsabilidad Civil.
• Póliza original del Seguro de Responsabilidad Civil Construcción.
2 – A.R.T
• Contrato de Afiliación con ART.
• Constancia de Pago de ART.
• Inscripción del Contratista y eventuales Subcontratistas en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.
• Programa de Higiene y Seguridad con nómina del personal aprobado por ART.
3 – HIGIENE Y SEGURIDAD
x Dar cumplimiento a los requisitos requeridos en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
4 - SUBCONTRATACIONES
• Documentación contractual con Subcontratista/s.
• Aprobación por la Inspección de Servicio.
• Póliza de Garantía de la/s Subcontratista/s.
5 - LIBROS
• Libro de Órdenes de Servicio (OS) - (tamaño grande, 50 hojas x tripl.)
• Libro de Notas de Pedido (NP) – (tamaño grande, 50 hojas x tripl.)
• Libro de Higiene y Seguridad - (tamaño grande, 50 hojas x tripl.)
• Libro de Partes Diarios – (tamaño grande, 50 hojas x tripl.)
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Vencidos los plazos fijados en el presente artículo, y si el contratista no hubiera cumplimentado la presentación de los requisitos descriptos, el Comitente podrá rescindir el contrato suscripto, dando por decaída la adjudicación y pudiendo seguir la adjudicación del servicio en orden de mérito de conveniencia de las restantes Ofertas presentadas.
Art. 49.- PROCEDIMIENTO DE ENCOMIENDA Y PAGO DE TAREAS ADICIONALES POR PRECIARIO
En cualquier momento del contrato, el GCBA podrá solicitar al contratista la ejecución de tareas complementarias, de conformidad con el Preciario General Único establecido al efecto.
La encomienda de estos trabajos se regirá de acuerdo a lo siguiente:
i. Cada encomienda de tareas adicionales por Preciario deberá tramitar por un expediente separado. No será tenido en cuenta todo reclamo que efectúe el Contratista por trabajos de servicios adicionales por Preciario realizados sin previa encomienda y aprobación por acto administrativo de la autoridad de aplicación.
ii. La inspección elaborará un informe en el que dará cuenta de la necesidad de ejecutar tareas adicionales por Preciario. Este informe será dirigido al Presidente de la Comuna que corresponda, quien, de considerarlas convenientes, emitirá un acto administrativo encomendando los trabajos al Contratista. Dicho acto, en su parte dispositiva deberá especificar:
• La encomienda de los trabajos a ejecutar.
• El valor de los trabajos de acuerdo al PRECIARIO GENERAL ÚNICO.
• El plazo de ejecución de los trabajos.
El acto será notificado en forma fehaciente al Contratista. Sobre estas tareas se retendrá una suma de dinero para constituir la garantía de adjudicación y otra por el fondo de reparo correspondiente hasta la recepción definitiva de las mismas.
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iii. Al momento de iniciarse las tareas, se firmará un acta de inicio por parte de la inspección y del representante técnico del Contratista.
iv. Una vez concluidos los trabajos encomendados, la inspección y el representante técnico del Contratista firmaran un acta de recepción de los trabajos.
v. El acta de recepción de los trabajos será aprobada por acto administrativo de la autoridad de aplicación. Dicho acto también deberá aprobar el gasto de los trabajos.
vi. Una vez aprobada el acta de recepción de cada trabajo se emitirá el correspondiente Parte de Recepción Definitiva.
Art. 50.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
I. En todos los casos, el Contratista deberá cumplir con lo solicitado a continuación:
a) Presentación de Documentación: El Contratista deberá exhibir tantas veces como reclame la Inspección de la Autoridad de aplicación, la documentación referida a seguros del personal y terceros, como así también los correspondientes a los aportes previstos en las leyes previsionales.
b) Gestiones ante Empresas de Servicios: Deberá gestionar ante cada una de las empresas de servicios (agua - gas - luz - cloacas - cable, etc.), los permisos, documentación pertinente y solicitar las inspecciones que considere necesarias, para poder coordinar los trabajos previstos por las mismas y no ocasionar roturas posteriores a la terminación de las tareas. Cada vez que sea necesario el cierre de calles, se deberá pedir con la debida anticipación. Así mismo les deberá informar de: 1) fecha de inicio de los trabajos, 2) cambios en el proyecto que puedan afectar las instalaciones de las empresas, 3) plano con la delimitación exacta del área de intervención.
c) Registro de los Trabajos: El Contratista llevará a cabo un adecuado registro de la ejecución y resultado de los trabajos realizados y la información que obtenga como consecuencia de los mismos, el que a día vencido presentará por Nota de Xxxxxx, a la Inspección de la Autoridad de aplicación, la que verificará su
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contenido con la realidad conformándose este informe en documento fehaciente. El Contratista se compromete a entregar copia de la documentación correspondiente (notas, croquis, fotografías, etc.) a la Inspección, al solicitar la aprobación de los trabajos.
II. Cuando la autoridad de aplicación solicite la realización de TRABAJOS ADICIONALES Y COMPLEMENTARIOS (Anexo VI) el Contratista asimismo deberá atenerse a lo dispuesto a continuación:
a) Estudio del proyecto: Deberá estudiar todos los aspectos que influyen en la ejecución de los trabajos, así como también toda la documentación referida a ella. Asume, por lo tanto, plenamente su responsabilidad y en consecuencia no podrá manifestar ignorancia ni disconformidad con ninguna de las condiciones inherentes al proyecto o a la naturaleza de las tareas complementarias, ni efectuar reclamos extra contractuales de ninguna especie.
De manera alguna podrá eximirse de su responsabilidad técnica en función de realizar los trabajos de acuerdo a las especificaciones y/o a la documentación que se presente y/o a las instrucciones que le imparta la Inspección impuesta por la Comuna. Deberá realizar los trabajos de acuerdo a las reglas del buen arte, de manera tal que resulten completos y adecuados, aunque en las especificaciones no figuren todos los detalles necesarios.
b) Interpretación de la Documentación: El Contratista es responsable por la correcta interpretación de la documentación técnica. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación técnica podrán ser consultados o solicitada a través de aclaratorias mediante los libros correspondientes y no serán motivo de reconocimiento adicional alguno, ni de circunstancia liberatoria de sus responsabilidades.
En toda la documentación contractual o complementaria que reciba el Contratista durante el desarrollo de los trabajos, se deja establecido que primarán las acotaciones o las cantidades expresadas en letras, sobre las indicadas en números, y estas sobre las apreciadas en escala.
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c) Plan de Trabajos: El Contratista propondrá un Plan de Trabajos de acuerdo a lo especificado en el presente Pliego de Condiciones Particulares, detallando cada una de las tareas comprendidas en la realización del servicio a desarrollar, en forma cronológica indicando fecha de inicio y fin de cada una de ellas, previendo y contemplando la posibilidad de superposición o no, entre las mismas, ajustado al plazo final indicado en el pliego para su aprobación por la Inspección de la Autoridad de aplicación. Tendrá en cuenta por ello, el estado de conservación de las partes determinando el orden de las tareas de modo de garantizar la salvaguarda de las partes originales, evitando su alteración o deterioro.
Las tareas se iniciarán una vez que la Autoridad de aplicación apruebe este Plan de Trabajos con las modificaciones y correcciones que crea oportuno.
d) Reuniones de Coordinación: El Contratista deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con participación de su Representante Técnico y la eventual de los técnicos responsables de las tareas, por las distintas empresas a cargo de subcontratos especializados, a reuniones periódicas promovidas y presididas por la Inspección de la Autoridad de aplicación, a los efectos de obtener la necesaria coordinación entre las empresas participantes, suministrar aclaraciones de las prescripciones de pliegos, evacuar cuestiones de interés común, facilitar y acelerar todo tipo de intercomunicación en beneficio de la prestación del servicio, y del normal desarrollo del plan de trabajos. La periodicidad de estas reuniones la establecerán los inspectores que designe la Autoridad de aplicación, de acuerdo a las necesidades.
Para asegurar el cumplimiento de esta obligación, el Contratista deberá comunicar y transferir el contenido de esta disposición a conocimiento de los Subcontratistas que fuesen expresamente autorizados por el organismo a cargo de la Inspección.
e) Aprobación de los Trabajos: Al iniciar cada trabajo el Contratista deberá pedir la presencia de la Inspección, la que verificará el estado del material, y los elementos que serán empleados en las tareas que se traten. La Inspección que propicie la Autoridad de aplicación hace reserva de su derecho a efectuar toda inspección en taller, depósito y/u oficina del Contratista, que estime oportuna, a
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efecto de tomar conocimiento de los materiales empleados y condiciones de depósito y/o de la marcha y el estado de los trabajos realizados para sí o a través de empresas subcontratadas.
El Contratista se compromete a avisar a los inspectores antes de proceder a desarmar andamios o retirar plataformas de trabajo, para que se efectúe cualquier tipo de inspección general. Asimismo, durante la marcha de los trabajos, el Contratista facilitará el acceso de la Inspección al área correspondiente tantas veces como le sea requerido por ésta.
Una vez que éstos hayan finalizado, el Contratista deberá solicitar la inspección final de los trabajos y su aprobación.
Art. 51.- SUBCONTRATACIONES
El Contratista podrá subcontratar parte de sus trabajos si media la previa conformidad escrita del GCBA y su aprobación del subcontrato. Lo antedicho no exime al Contratista de sus obligaciones para con el GCBA. El GCBA podrá denegar la conformidad a la subcontratación, sin necesidad de invocar causa o fundamento alguno y sin que tal negativa otorgue algún derecho al Contratista ni justifique atrasos en la prestación del servicio.
Sin perjuicio de ello, el Comitente no reconocerá ninguna obligación contractual entre él y ningún Subcontratista y la subcontratación no eximirá al Contratista de la responsabilidad de ejecutar las tareas objeto de la presente Licitación de acuerdo con los Documentos Contractuales, ni el Comitente asumirá ninguna responsabilidad por la aprobación de cualquier Subcontratista o subcontrato. Si durante la ejecución del contrato, el comitente considerase que un Subcontratista es incompetente para la ejecución del trabajo subcontratado, lo notificará al Contratista, quien deberá tomar las medidas necesarias para la cancelación de dicho Subcontrato.
Queda entendido que cualquier trabajo subcontratado estará sujeto a las disposiciones pertinentes de los Documentos Contractuales.
Art. 52.- SEGUROS
a) Generalidades
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El Adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC).
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho
(48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El Adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad 50
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de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $
500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo dicho anteriormente y enumerado en materia de patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx., sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modificatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en 51
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especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de corresponder)
En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario.
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión de trabajo.”
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000)
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Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil (según el tipo de actividad a realizar)
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a la actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de $1.500.000 (Pesos un millón quinientos mil).
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de bienes
D) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
E) Montaje y desmontaje de estructuras (de corresponder).
F) Bienes bajo custodia, cuidado y control (de corresponder).
G) Grúas, Guinches, autoelevadores (de corresponder).
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
4) Seguro de Responsabilidad Civil Construcción (según el tipo de actividad a realizar)
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El adjudicatario deberá amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCABA, como consecuencia, directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente Licitación, por un monto mínimo de suma asegurada de pesos tres millones ($3.000.000).
A continuación se detalla un listado enunciativo y no taxativo de adicionales de cobertura sugeridos:
a) Derrumbe, fracturas, fisuras, roturas, desmoronamiento de la obra y/o equipos y otros daños análogos, típicos de la construcción.
b) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
c) Incendio y/o Explosión.
d) Carga y descarga de materiales.
e) Abertura de zanjas. (De corresponder)
f) Bienes bajo custodia, cuidado y control. (De corresponder)
La cobertura incluirá los daños que se ocasionen por el uso y desplazamiento de los automotores o maquinarias y equipos viales afectadas a los servicios contratados y/o los que provoquen o involucren a la carga transportada, así como aquellos que sean ocasionados por el personal a su cargo y/ó subcontratado.
También estarán cubiertos por estas pólizas los eventos producidos como consecuencia de cualquier accidente que se produzca como consecuencia directa o indirecta de los trabajos en ejecución.
En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante es asumida por el contratista.
Las pólizas deberán contener:
- Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA
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- Una clausula por medio de la cual la adjudicataria se compromete a comunicar fehacientemente al GCABA con treinta (30) días de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación y/o vencimiento de la misma y/o de reducciones en los montos de las coberturas.
5) Seguro de Daño Ambiental de Incidencia Colectiva (En caso de corresponder)
El adjudicatario deberá contratar la póliza de Seguro por Daño Ambiental emitidas a efectos de cumplir las exigencias del art. 22º de la Ley General del Ambiente N° 25.675. Asimismo dicha póliza deberá remitirse en original ante la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros (DGCyC), de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta N° 2/SSFIN-APRA/15.
Art. 53.- COMUNICACIONES
Las Órdenes de Servicio es el instrumento de comunicación a través del cual se plasman las comunicaciones impartidas por el GCBA y/o la Inspección hacia el Contratista. Las mismas se notificarán por medio del Sistema de Gestión SAP o el que en un futuro lo reemplace, comenzándose a computar los plazos para el cumplimiento de las tareas al primer día hábil subsiguiente.
En tal sentido, el Contratista deberá proveerse de los medios para la comunicación con las interfaces de los sistemas de Gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires SAP, o el que en un futuro lo reemplace.
El Contratista podrá impugnar la Orden de Servicio dentro de las CUARENTA Y OCHO
(48) horas contados a partir de su notificación, y en ese caso, se suspenderá la obligatoriedad de su cumplimiento por el mismo plazo.
Si luego de la impugnación realizada, el inspector reiterase la misma orden de servicio, entonces el contratista deberá cumplir la orden sin más dilaciones.
En la Orden de Servicio se registrarán las solicitudes pertinentes a la prestación del servicio, observaciones y/o deficiencias detectadas, como así también las sanciones aplicadas, etc.
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Todas las Órdenes de Servicio y Notas de Pedido deben ser comunicadas a la contraparte mediante SAP, quedando automáticamente notificada la contraparte.
Se entenderán que se podrán notificar Órdenes de Servicio y Notas de Pedido en el horario de 7 a 19 horas de lunes a viernes y sábados de 7 a 13 horas.
A tales efectos, cada Comuna constituirá un domicilio electrónico al momento de la firma del Acta de Inicio, donde resultarán válidas todas las notificaciones allí efectuadas.
Libro de Órdenes de Servicio
El Libro de Órdenes de Servicio es el instrumento de comunicación a través del cual se dejan sentadas por escrito las Órdenes de Servicios impartidas por el GCBA y/o la Inspección. El mismo deberá ser firmado diariamente por el GCBA y/o el Inspector y por el Profesional Responsable, y constituirán constancia fehaciente de haberse notificado.
En caso de que el profesional responsable designado por el proveedor no consigne diariamente las Órdenes de Servicio establecidas por el Inspector del GCBA se lo tendrá por igualmente notificado, comenzándose a computar los plazos para el cumplimiento al primer día hábil subsiguiente.
El proveedor podrá impugnar la Orden de Servicio dentro de las cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de su notificación, y en ese caso, se suspenderá la obligatoriedad del cumplimiento de la orden de servicio por el mismo plazo.
Si luego de la impugnación realizada, el inspector reiterara la misma orden de servicio, entonces el proveedor deberá cumplir la orden sin más dilaciones.
El Libro de Órdenes de Servicio deberá tener hojas numeradas por triplicado y será provisto por el Proveedor.
Libro de Notas de Pedido
El libro de Notas de Pedido del Proveedor asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas, otras observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración.
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El Representante Técnico firmará las Notas de Pedido emitidas, y el inspector o verificador de la autoridad de aplicación procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo, firmando al pie.
El libro de Notas de Pedido deberá tener hojas numeradas por triplicado y será provisto por la Empresa Proveedora.
Bibliorato de Certificados
En este Bibliorato se deberá archivar un duplicado de los certificados de avance de tareas.
Libro de Partes Diarios
El Contratista estará obligado a entregar diariamente a la Inspección el parte diario donde se consigne:
1) Número de personal ocupado: presentes y ausentes.
2) Gremios que trabajan, con indicación del número del personal ocupado.
3) Materiales ingresados; detalle, cantidad y fecha.
4) Trabajos realizados.
5) Condiciones atmosféricas.
6) Equipos: características, cantidad y calidad.
Estos partes se confeccionarán por triplicado y quedarán dos ejemplares en poder del inspector. Los formularios serán numerados correlativamente y provistos por el Contratista, previa aprobación por la inspección de su texto.
Registros Fotográficos
El Contratista deberá llevar un registro fotográfico de todas las secuencias de los trabajos efectuados en la misma y de cada uno de sus avances.
Las fotografías deberán ser adjuntadas a los certificados a efectos de acreditar los mismos.
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Asimismo, la Inspección podrá solicitar la ampliación de los registros fotográficos que considere necesario para controlar la ejecución de los trabajos efectuados.
A tal fin, las fotografías deberán tener como mínimo las siguientes características:
a) deberán ser a color;
b) de una medida de once (11) cm x quince (15) cm;
c) con una resolución de 3264x2448.
Art. 54.- PENALIDADES Y SANCIONES GENERALIDADES:
El incumplimiento de las obligaciones contractuales en los términos y plazos establecidos en el presente pliego, el Pliego de especificaciones técnicas y sus anexos, y en las Ordenes de Servicio a requerimiento de la inspección, coloca al Contratista en estado de incumplimiento y xxxx automática, y por lo tanto, sujeta a la aplicación de las penalidades y sanciones que se establecerán a continuación.
Dichas penalidades y/o sanciones procederán aun cuando el GCBA optare por la rescisión del Contrato o éste se encontrare cumplido en su totalidad, al momento en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad o sanción.
Cuando los oferentes y/o los adjudicatarios incumplieren sus obligaciones, las Comunas, en su carácter de Unidades Operativas de Adquisiciones, así como la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Jefatura de Gabinete, instituirán el procedimiento conforme la normativa vigente para la imposición de las penalidades de la ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666), sin perjuicio de las que estuvieren previstas en el presente pliego de bases y condiciones o en la restante documentación contractual.
La facultad para imponer sanciones será resuelta únicamente por el Órgano Rector de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) , a saber, la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, a solicitud de la Unidad Operativa de Adquisiciones.
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Planimetría e inventario
Las firmas adjudicatarias de cada zona deberán entregar, a la Autoridad de Aplicación, un plano en soporte magnético y tres copias en papel de cada uno de los espacios verdes de su zona, de conformidad con las características y requerimientos previstos en el ANEXO IX.
PENALIDADES:
Los oferentes o adjudicatarios pueden ser pasibles de las siguientes penalidades:
a. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato.
b. Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
c. Rescisión del contrato por culpa del co-contratante.
d. Multa por ausencia de personal.
e. Descuentos por trabajos complementarios.
f. Penalidades al Representante Técnico.
g. Multa por incumplimiento en la entrega de los planos.
h. Multa por incumplimiento en la actualización de las pólizas de seguro.
i. Omisión de suscribir diariamente el libro de órdenes de servicio.
La aplicación de las penalidades es facultad de las Unidades Operativas de Adquisiciones. A los efectos de la aplicación de las penalidades se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o co-contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad.
a) PÉRDIDA DE LA G ARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA O DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
a.1 Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido conlleva la pérdida de la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se pierde en forma proporcional.
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a.2 Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato: Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en la reglamentación, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de la adjudicación o de un monto equivalente a dicha garantía.
b) MULTAPOR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES:
b.1 Xxxx en el cumplimiento del plazo contractual:
La prórroga en el cumplimiento del plazo contractual, así como los incumplimientos de las obligaciones convenidas, determinan en todos los casos la aplicación de una multa por incumplimiento.
Las prórrogas concedidas según lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) determinan en todos los casos la aplicación de una multa por xxxx en el cumplimiento del contrato.
Dicha multa por xxxx es del uno por ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días.
Si el plazo de entrega fuera inferior a siete (7) días y no se hubiera establecido una multa por xxxx distinta a la determinada en el párrafo precedente, no resulta de aplicación lo previsto en el artículo 122 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) (Texto Consolidado por Ley W 5.666), procediéndose a la rehabilitación del contrato conforme al artículo 123 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) (Texto Consolidado por Ley W 5.666) y del presente reglamento.
b.2 Xxxx en la ejecución de tareas encomendadas:
Incumplimientos en el mantenimiento integral básico por abono: Incumplimiento de tareas básicas que no implican riesgo:
El incumplimiento de una tarea en el plazo, fecha o frecuencia establecido en el Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, en el
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Plan de Trabajo o estipulado en una Orden de Servicio, hará pasible al Contratista de una multa diaria igual a 0,06% multiplicado por el resultante de la división entre monto del contrato de la zona correspondiente y el plazo de ejecución en días.
M= multa
xxx % = porcentaje establecido por el GCBA C= monto del contrato de la zona
P= plazo de ejecución en días M= xx* (C:P)
Incumplimiento de tareas básicas que configuran un riesgo:
Riesgo Grave: Para aquellos casos que el incumplimiento de las tareas en el plazo, fecha o frecuencia establecido en el Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, en el Plan de Trabajo o estipulado en una Orden de Servicio, configure un riesgo grave para terceros, el incumplimiento hará pasible al Contratista de una multa diaria igual a 0,5% multiplicado por el resultante de la división entre monto del contrato de la zona correspondiente y el plazo de ejecución en días.
M= multa
xxx % = porcentaje establecido por el GCBA C= monto del contrato de la zona
P= plazo de ejecución en días M= xx* (C:P)
Riesgo leve: Para aquellos casos que el incumplimiento de las tareas en el plazo, fecha o frecuencia establecido en el Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Anexos, en el Plan de Trabajo o estipulado en una Orden de Servicio, configure un riesgo leve, el incumplimiento hará pasible al Contratista de una multa diaria igual a 0,3% multiplicado por el resultante de la división entre monto del contrato de la zona correspondiente y el plazo de ejecución en días.
M= multa
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xxx % = porcentaje establecido por el GCBA C= monto del contrato de la zona
P= plazo de ejecución en días M= xx* (C:P)
Se deja constancia que la configuración del riesgo (leve o grave) será resuelto por la Administración, atendiendo a las características y circunstancias particulares de cada caso.
Incumplimientos en el mantenimiento complementario: Incumplimiento de tareas que no implican riesgo:
El incumplimiento de una tarea complementaria en el plazo, fecha o frecuencia estipulada en una Orden de Servicio, hará pasible al Contratista de una multa diaria igual a 0,6% multiplicado por el resultante de la división entre el valor de la tarea establecido en el Preciario y el plazo de ejecución en días establecido en la orden de servicio.
M= multa
xxx % = porcentaje establecido por el GCBA V= valor de la tarea establecido en el Preciario
P= plazo de ejecución en días establecido en la orden de servicio M= xx* (V:P)
Incumplimiento de tareas que configuran un riesgo:
Para aquellos casos que el incumplimiento de las tareas en el plazo, fecha o frecuencia estipulado en una Orden de Servicio, configure un riesgo para terceros, el incumplimiento hará pasible al Contratista de una multa diaria igual a 1,2% multiplicado por el resultante de la división entre valor de la tarea establecida en el Preciario y el plazo de ejecución en días establecido en la Orden de Servicio.
M= multa
xxx % = porcentaje establecido por el GCBA V= valor de la tarea establecido en el Preciario
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P= plazo de ejecución en días establecido en la orden de servicio M= xx* (V:P)
Se deja constancia que la configuración del riesgo (leve o grave) será resuelto por la Administración, atendiendo a las características y circunstancias particulares de cada caso.
c) RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CULPADEL CO-CONTRATANTE:
c.1 Rechazo de la orden de compra o venta: Queda rescindido el contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de oferta, cuando éste rechace la orden de compra o venta dentro del plazo que fije la reglamentación.
Si el adjudicatario rechazare la Orden de Compra o Venta notificada dentro del plazo de mantenimiento de oferta, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía mantenimiento de la oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales que correspondieren.
c.2 Incumplimiento del contrato: Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes hayan sido entregados o prestados los servicios de conformidad, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión.
c.3 Prestaciones de carácter especial: El incumplimiento de las prestaciones en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella.
c.4 Fraude o negligencia: Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del co-contratante y con las consecuencias
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precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión.
c.5 Transferencia o cesión del contrato: Cuando el co-contratante transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato.
c.6 Modificación de Integración de UTES: De resultar adjudicatarias, las Uniones Transitorias no podrán modificar su integración, es decir cambiar las empresas que las componen ni aumentar o disminuir su número, ante ninguna situación relacionada con la licitación sin previa autorización del organismo comitente. Lo contrario será causal de rescisión contractual.
De configurarse este supuesto, el GCBA podrá además optar por la aplicación de una multa de hasta un diez por ciento (10 %) de la facturación correspondiente al mes anterior al de la aplicación de la penalidad.
Rescisión total o parcial: La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. En caso de efectuarse una rescisión parcial en un contrato de tracto sucesivo, el co-contratante debe cumplir con la parte no rescindida, aún en el caso que se le imponga una sanción de suspensión o inhabilitación.
En caso de rescisión del contrato correspondiente a uno de los renglones/comuna, y en virtud de tratarse de un servicio que requiere de continuidad y regularidad en la prestación del mismo, se procederá a adjudicar los servicios correspondientes a dicho renglón/ comuna a alguna de las empresas que se encuentren prestando servicios en las restantes comunas.
d) AUSENCIA DE PERSONAL.
Ante la comprobación por parte del Inspector del GCBA de la ausencia o falta de personal en relación a la nómina de personal declarado por el Oferente en el Plan de Trabajo, el Contratista será pasible de la aplicación de la multa igual a la del incumplimiento de tarea básica que configuran un riesgo leve por cada día comprobado.
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Incremento de multa por incumplimientos reiterados:
Cantidad de incumplimientos | % Incremento |
1-2 | - |
3-5 | + 10%* |
6 en adelante | + 30%* |
*El incremento se realizará sobre el valor de la multa aplicada con anterioridad.
Las multas diarias serán aplicadas hasta el momento de subsanarse el incumplimiento origen de las mismas. Estas serán progresivas y acumulativas.
Cuando el importe de las multas por cualquier concepto alcance al diez por ciento (10%) del monto del contrato, el GCBA podrá optar por su rescisión, o bien decidir la continuación del mismo, sin que en el período restante hasta la terminación de la licitación pueda hacérsele pasible de nuevas penalidades en virtud de la demora.
En todos los casos, la multa se devengará en forma automática desde el vencimiento del plazo o fecha establecida para la ejecución de la tarea hasta su efectivo cumplimiento, sin necesidad de interpelación alguna.
Una tarea se considerará cumplida cuando la misma haya sido realizada conforme las especificaciones técnicas detalladas en el pliego de especificaciones técnicas y/o en el presente pliego.
e) DESCUENTOS POR TRABAJOS MAL EJECUTADOS.
En los casos que el GCBA solicite al Contratista la ejecución de tareas complementarias, cuando se compruebe la carencia en cualquier lugar de prestación de las tareas del dosaje, materiales exigidos, resistencia o espesores.
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Este descuento es de carácter penal y no será necesariamente proporcional al valor económico del material o elemento ausente sino al de disminución de la calidad de resistencia o durabilidad que ese hecho es susceptible de producir.
Su aplicación está regulada por lo que establezcan las respectivas especificaciones técnicas y sus complementarias. Ello será determinado por la Repartición cuya decisión será inapelable y de no ser aceptado, corresponderá la reconstrucción de las tareas.
f) AL REPRESENTANTE TÉCNICO:
f.1. Llamado de atención
I. Por no concurrir a citación debidamente efectuada.
II. Por desobediencia en ejecutar trabajos no autorizados sujetos a inspección.
f.2. Apercibimiento
I. Cuando se produzca un segundo motivo para llamado de atención se aplicará apercibimiento.
f.3 Suspensión
I. Al cumplirse DOS (2) apercibimientos corresponderá suspensión automática de UN (1) mes.
II. La reiteración de estos hechos que puedan comprometer la calidad de los servicios. Suspensión por seis (6) meses.
f.4 Sustitución
I. Cuando por reiteración de hechos punibles se haga pasible de nueva suspensión, habiendo sido antes suspendido UNA (1) vez.
II. Por faltas graves o comprobación de dolo.
La sustitución del Representante Técnico es una penalidad que alcanza a sus titulares en la totalidad de los servicios en que desempeñen sus funciones.
g) INCUMPLIMIENTO EN LA ENTRAGA DE LOS PLANOS:
Conforme lo establecido en el ANEXO IX “Planimetría e Inventario”, las firmas adjudicatarias de cada zona deberán entregar los planos de cada uno de los espacios verdes de su zona. El incumplimiento por parte del Contratista de dicha obligación 66
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importará una multa de hasta un diez por ciento (10 %) de la facturación correspondiente al mes anterior al de la aplicación de la penalidad.
h) INCUMPLIMIENTO EN LA ACTUALIZACIÓN DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO: Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. El incumplimiento por parte del Contratista de dicha obligación importará una multa de hasta un diez por ciento (10
%) de la facturación correspondiente al mes anterior al de la aplicación de la penalidad.
i) OMISIÓN DE SUSCRIBIR DIARIAMENTE EL LIBRO DE ÓRDENES DE SERVICIO:
El incumplimiento por parte del Contratista de dicha obligación importará una multa de hasta un diez por ciento (10 %) de la facturación correspondiente al mes anterior al de la aplicación de la penalidad.
Afectación de las multas: Las multas que se apliquen se afectan en el orden siguiente:
a) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite. b) A los créditos del co-contratante resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales. c) A la correspondiente garantía. d) Ejecución Fiscal.
Art. 55.- SANCIONES
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades arriba mencionadas los oferentes o cocontratantes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones, de conformidad con lo previsto en el Capítulo VIII del Título VI de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) (TC 5.666):
a. Apercibimiento.
b. Suspensión.
c. Inhabilitación.
A los efectos de la aplicación de las sanciones citadas, las Unidades Operativas de Adquisiciones deben remitir al Órgano Rector copia fiel de los actos administrativos firmes mediante los cuales hubieran aplicado penalidades a los oferentes o cocontratantes, con más los antecedentes referidos al desempeño del oferente o cocontratante durante la ejecución del contrato.
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Las sanciones aplicadas a los oferentes o cocontratantes inciden en su aptitud para contratar en el futuro, debiendo ser registradas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP).
La imposición de las sanciones de suspensión e inhabilitación impiden la presentación del Contratista a cualquier otro procedimiento de selección mientras dure el tiempo de aplicación de las mismas.
No podrán presentarse en los procedimientos de selección del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las personas humanas y/o jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666), mientras dichas sanciones sigan vigentes. La misma inhabilitación será de aplicación para el cónyuge de un sancionado.
La aplicación de sanciones no libera al Contratista de su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados al GCABA por su incumplimiento. En caso que un hecho diere lugar a DOS (2) o más tipos de sanciones se aplicara la de mayor valor.
a) Apercibimiento:
Los oferentes o cocontratantes serán pasibles de apercibimiento en los siguientes casos:
1. Por desistimiento de la oferta
2. Por incumplimientos o demora en sus obligaciones contractuales, siempre y cuando dichas inobservancias hayan afectado el normal desenvolvimiento del área usuaria.
b) Suspensión:
Será sancionado con suspensión en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP):
a) De UNO (1) a SEIS (6) meses:
1. El Contratista que rechazare la Orden de Compra;
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2. El Contratista que, intimado para que deposite en la cuenta de la jurisdicción o entidad contratante el valor de la multa o de la garantía perdida, no lo haga dentro del plazo que se le fijare a tal efecto;
3. El Contratista al que se le hayan impuesto TRES (3) apercibimientos en el lapso de UN (1) año contando a partir de la imposición del primero de ellos.
4. Cuando se proceda a la rescisión del contrato con culpa del cocontratante.
b) De SIETE (7) meses a UN (1) año:
1. El Contratista que incurra en el incumplimiento del presente Contrato, no entregando los bienes o prestado los servicios previstos en el presente Xxxxxx.
c) De UNO (1) a DOS (2) años:
1. El Contratista que incurra en negligencia en la ejecución del contrato e incumpla las obligaciones a su cargo.
2. Cuando el cocontratante hubiera incurrido en cualquier tipo de fraude que fuera determinante para la adjudicación de la oferta en cuestión.
3. Cuando el cocontratante cediera o transfiriera todo o parte del contrato sin que
ello se encontraré de conformidad con los requisitos establecidos en el presente Xxxxxx.
c) Inhabilitación:
Será sancionado con inhabilitación en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) cuando:
1. El Contratista que acumulara suspensiones por más de (2) años en el transcurso de un lapso de CINCO (5) años calendario;
2. El Contratista que, habiendo cumplido la suspensión prevista en el artículo 139, inciso b) de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado Ley Nº 5.666) (TC 5.666) no haya efectuado el depósito correspondiente a la multa o garantía pérdida, hasta tanto no efectúe el pago respectivo.
Art. 56.- VERIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS VERIFICACIÓN
Al final de cada mes calendario, el adjudicatario en colaboración y bajo la supervisión de la Inspección efectuará los certificados que correspondan según el caso, ajustándose a
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lo estipulado en el presente P.C.P. y a las indicaciones complementarias que pudiera haber formulado la Inspección.
El pago se efectuará dentro del plazo de TREINTA (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura y parte de recepción definitiva, de conformidad con lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 1274/DGCYC/17.
Durante toda la vigencia de la relación contractual que se generará entre el GCBA y la Empresa Adjudicataria de la presente licitación, han de existir dos (2) tipos de “Certificados”, a saber:
A) CERTIFICADO BÁSICO:
Es el certificado por medio del cual el GCBA reconoce al Contratista el monto correspondiente a la realización de los trabajos contractuales, “a los precios de contrato”, ejecutados en el mes anterior al de su emisión. Estos certificados, deben encontrarse numerados en forma correlativa, partiendo del número UNO (1), que corresponderá al primer mes de trabajo. Por la prestación de los servicios contratados, el GCBA pagará mensualmente a cada Contratista el monto ofertado para su zona.
Se entenderá por trabajos ejecutados a los fines de la medición, aquellas tareas incluidas en el mantenimiento integral con el cual se encontrarán las zonas relevadas, limpias, mantenidas y controladas.
La presentación del certificado básico mensual se realizará por mesa de entrada del sector correspondiente dentro de los CINCO (5) primeros días del mes siguiente al certificado SIN EXCEPCIÓN, siendo la presentación fuera de este período causal del rechazo de dicho certificado. El mismo incluirá un listado con las tareas a inspeccionar junto con su correspondiente porcentaje de incidencia sobre el valor del mantenimiento por hectárea conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Dicha presentación se hará por duplicado quedando sendas copias para el adjudicatario y para la autoridad de aplicación, ambas con firma y sello del Responsable Técnico de la empresa adjudicataria y del inspector. Se utilizará a los fines de la gestión de la
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certificación la herramienta informática SAP. El documento certificatorio debe incluir fotografías actuales de los espacios verdes a certificar.
No se certificarán trabajos realizados de forma incorrecta o que han sido ejecutados sin autorización expresa de la Autoridad de aplicación y serán multados según las penalidades previstas.
B) CERTIFICADOS COMPLEMENTARIOS:
Es el certificado por medio del cual el GCBA reconoce al Contratista las tareas complementarias realizadas para el mantenimiento integral y/o recuperación de los espacios ya existentes.
A efectos de determinar el precio que el Contratista cobrará al GCABA, por la realización de los trabajos o tareas complementarias debidamente solicitadas, se calcularán los precios totales que resulten de multiplicar las cantidades físicas de la encomienda a ejecutar por los precios expuestos en las planillas del Preciario Único General.
La autorización de estos trabajos serán válidos siempre y cuando se emita cumplimentando los requisitos antes referenciados y emanen de la Autoridad de aplicación, quien deberá emitir el pertinente acto administrativo que le otorgue legitimidad, y validez con carácter previo a su ejecución; caso contrario no será tenido en cuenta todo reclamo que efectúe el Contratista por trabajos extraordinarios realizados sin autorización.
Los Certificados se numeraran en forma correlativa, bajo el nombre de “Certificado Complementario Nº...., Zona...., el que deberá estar firmados por el Representante, el Profesional Responsable del Contratista y el inspector designado por el GCBA; no pudiendo tener enmiendas o raspaduras o entrelíneas, aun cuando las mismas se encuentren salvadas.
De existir observaciones sobre la documentación presentada, cualquiera sea su naturaleza, se comunicará al Contratista, en forma fehaciente, los hechos observables, disponiendo este de un plazo de TRES (3) días para realizar una nueva presentación; a partir de tal fecha se vuelve a contar el plazo que dispone el GCABA para la aprobación.
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Art. 57.- APROBACIÓN DE LOS CERTIFICADOS
Previo a la tramitación del pago de los certificados, los mismos deberán contar con la expresa aprobación de la Inspección de la Autoridad de aplicación.
Art. 58.- PAGO DE LOS CERTIFICADOS
El pago de cada certificado se efectuará dentro de los TREINTA (30) días hábiles administrativos contados desde la conformidad prestada por la Repartición Técnica interviniente.
Fíjase, además, un plazo xx XXXX (10) días hábiles administrativos que correrán a partir de la presentación de cada certificado para efectuar dicha conformación. Si dentro de este último plazo el certificado fuese observado, la cuenta del período para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso.
Aprobado el certificado por la Autoridad de aplicación, esta entregará al Contratista la copia necesaria para que presente la factura correspondiente ante el CENTRO DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE PAGO, dependiente de la Contaduría General.
Las facturas que el Contratista ha de presentar al GCABA, una vez aprobado el Certificado, se ajustaran a las normas legales que rigen para la emisión de estos documentos.
El Contratista deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en la Casa Central o en cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan (conf., Decreto N° 34/98).
Art. 59.- DEMORA EN LOS PAGOS
En caso que el GCBA tenga una demora en el pago de los certificados aprobados, el Contratista tendrá derecho a reclamar intereses a Tasa Xxxxxx xxx Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.
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En ningún caso la demora en los pagos acordará al Contratista el derecho de obtener una prórroga de plazo en la ejecución del mantenimiento integral o la ejecución de tareas complementarias.
Art. 60.- GASTOS Y DERECHOS
Todos los pagos de gastos y derechos que deriven de la ejecución del contrato serán abonados por el Contratista, incluso los derechos correspondientes al pago de agua de la construcción.
Asimismo, los trámites, derechos, aranceles y gastos que demande la instalación, provisión y consumo de energía eléctrica, fuerza motriz, gas, etc., correrán por cuenta del Contratista.
Art. 61.- PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Las facturas deberán ser confeccionadas conforme los términos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y presentadas en el área de la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, conjuntamente con:
a) Copia del Certificado con el sello de recepción del área especificada en el Pliego de Condiciones Particulares o del área que la jurisdicción determine y número de actuación por el cual tramita.
b) Fotocopia autenticada del comprobante de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del último vencimiento operado al momento de presentar la factura.
c) Fotocopia autenticada de la declaración jurada de cargas sociales (formulario 931) correspondiente al mes anterior al momento de presentación de la factura y constancia de su pago.
d) Otra documentación que exija el presente Pliego o la normativa aplicable.
No se aceptarán facturas que no estén acompañadas de la totalidad de la documentación mencionada precedentemente.
Art. 62.- RECEPCIÓN PROVISORIADEL SERVICIO BÁSICO
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Por tratarse de un servicio mensual la Recepción Provisoria el mismo queda habilitado con la aprobación del Acta de Medición de los trabajos básicos del correspondiente mes aun cuando en dicha Acta se detallen tareas pendientes a realizar en el siguiente período.
Se labrará el acta de recepción provisional dejando constancia de las fallas por corregir y de la fecha inicial del plazo de garantía.
El Acta de Recepción Provisoria será suscripta por la Inspección y aprobada mediante la emisión de un acto administrativo del Presidente de la Comuna.
Art. 63.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL SERVICIO BÁSICO
Dadas las características del contrato y de las tareas a desarrollar dentro del servicio básico, estará sujeto a una única Recepción Definitiva, que se llevará a cabo a la expiración del plazo contractual con más las prórrogas que se otorguen.
Sin perjuicio de lo anterior, se admitirán recepciones definitivas parciales, que involucren períodos mensuales del servicio de operación y mantenimiento de SEIS (6) meses, siempre que no existan tareas pendientes.
Vencido el plazo de garantía y corregidos, si existieran, deficiencias detalladas en el acta de la recepción provisoria se procederá a la Recepción Definitiva del Servicio Básico, labrándose la correspondiente acta que será aprobado por Resolución del Presidente de la Comuna o por certificado según corresponda.
Art. 64.- RECEPCIÓN DE TRABAJOS COMPLEMENTARIOS. GENERALIDADES
En este Numeral se describen los trámites y actos que se llevarán a cabo para acordar la Recepción Provisional y Definitiva de los trabajos complementarios, así como de los documentos que han de entregarse para ello.
Se tendrá en cuenta que aun cuando el GCBA haga uso de las instalaciones a su terminación, la Recepción Definitiva sólo se llevará a cabo cuando esté cumplimentado el objeto del contrato; es decir cuando se concluyan todos los trabajos a cargo del Contratista.
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Este Numeral se complementa con las estipulaciones xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
Concluidos los trabajos complementarios encomendados, el Contratista queda habilitada a solicitar a la Inspección la Recepción Provisional de las tareas ejecutadas, cosa que hará por medio de una Nota de Xxxxxx.
Para que tal solicitud sea tenida en cuenta, la Empresa acompañará la misma con una
Memoria Descriptiva de lo realizado con su correspondiente Plano General y/o de Detalles, confeccionados en AUTO CAD o similar, entregándose al GCBA copia del mismo en CD, la copia estará rubricada por el Profesional Representante Técnico, con su correspondiente sello donde constará el número de matrícula.
Art. 65. RECEPCIÓN PROVISORIA DE TRABAJOS COMPLEMENTARIOS
La recepción se otorgará cuando los trabajos se encuentren terminados, las instalaciones funcionado y el sector de las tareas libre de escombros o restos.
De existir deficiencias menores que no afecten el objeto principal de las tareas ejecutadas, podrá accederse a la Recepción Provisional, dejando constancia de tales hechos y fijando un plazo para concretar las correcciones, el cual no podrá superar el TERCIO (1/3) del Plazo de Garantía.
Bajo las circunstancias antes indicadas, se procederá a la Rúbrica del ACTA DE RECEPCIÓN PROVISIONAL, en la cual se dejará constancia de la fecha a partir de la cual se otorga la recepción y por ende a partir de la cual comienza a correr el plazo de garantía, así como de la existencia o no de deficiencias menores que deben ser corregidas, las que se harán constar en la misma, y el plazo fijado, el cual no puede ser superior al anteriormente indicado.
El Acta de Recepción Provisional será firmada por la Inspección designada y por el Profesional Representante Técnico.
Vencido el plazo fijado en el Acta de Recepción Provisional para la corrección de las deficiencias, la Inspección, de oficio llevará a cabo las tareas necesarias que permitan
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verificar que se han llevado a cabo las reparaciones indicadas en el Acta de Recepción Provisional.
De constatarse que los trabajos no han sido realizados, el Contratista se hará pasible de las sanciones previstas en este PCP, quedando habilitado el GCBA a llevar a cabo los trabajos en un todo de acuerdo a lo indicado en este PCP.
El Acta de Recepción Provisoria será suscripta por la Inspección y aprobada mediante la emisión de un acto administrativo del Presidente de la Comuna.
Art. 66.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS COMPLEMENTARIOS
Vencido el plazo de garantía y corregidos, si existieran, deficiencias detalladas en el acta de la recepción provisoria se procederá a la Recepción Definitiva de las tareas Complementarias, labrándose la correspondiente acta que será aprobado por Resolución del Presidente de la Comuna, por cada ítem del Preciario o por certificado, según corresponda. Con este documento se liberará la correspondiente póliza de caución que sustituyó al fondo de reparo para esa ocasión.
Art. 67.- RECEPCION DEFINITIVA DEL CONTRATO
La Recepción Definitiva del Contrato debe ser solicitada por la Empresa Contratista al vencimiento del Plazo del mismo siempre que no existan Recepciones Definitivas pendientes de trabajos complementarios, en cuyo casi se deberá esperar el vencimiento; la solicitud que será hecha por medio de una Nota de Pedido, a la cual se acompañará la documentación que se indica en este Numeral.
El Contrato no se podrá considerar terminado hasta que haya sido firmado por la Autoridad de aplicación, a propuesta de la Inspección y entregado al Contratista un Certificado de Recepción Definitiva en el que conste que los trabajos solicitados en las Zonas objeto del Contrato, cumplen las condiciones requeridas, para lo cual se realizará una evaluación final.
Las recorridas, inspecciones y ensayos previos a la firma del Acta de Recepción Definitiva, se realizaran con la participación del Representante Técnico del Contratista.
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En caso que algún tramo o sector no cumpla con los niveles de servicio, se hará constar así en el acta de evaluación, dando la Inspección instrucciones detalladas y precisas y un plazo para subsanar los defectos observados. A la expiración de éste plazo, o antes si el Contratista lo pidiese, se efectuará un nuevo reconocimiento, y si de él resultase que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, se procederá a la Recepción Definitiva de los trabajos y considerara finalizada la relación contractual.
Firmadas las Actas de Recepción Definitiva, las mismas quedarán convalidadas mediante el dictado del acto administrativo emitido por el Presidente de la Junta Comunal.
Art. 68.- DOCUMENTACIÓN
A la expiración de la relación contractual, ya sea por vencimiento del Plazo del Contrato, o anticipada por alguna de las causales indicadas en este Pliego, el Contratista hará entrega de toda la documentación relacionada con los servicios prestados.
La Nota de Pedido por medio de la cual el Contratista solicita la Recepción Definitiva del Contrato debe estar acompañado por la siguiente documental, a saber:
Listado de los certificados básicos y sus correspondientes resoluciones aprobatorias de recepción definitiva parcial.
Listado de los certificados complementarios y sus correspondientes resoluciones aprobatorias de recepción provisoria.
Todos los documentos indicados, se entregarán en soporte papel con la firma del Representante Legal y del Profesional Representante Técnico y una versión fidedigna en soporte digital.
Aquellos documentos que sean copia de originales que han de quedar en poder de la Empresa, deben estar certificados por Escribano Público, con su firma avalada por el Colegio Profesional respectivo.
La Inspección, fijará la fecha y hora en que se darán comienzo a los controles, inspecciones y ensayos que consideren necesarios para verificar el correcto funcionamiento y mantenimiento de los espacios verdes que se han de recibir.
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Esto será notificado mediante una Orden de Servicio al Representante Técnico requiriéndole los medios de transporte, equipos de medición y apoyo que se estime conveniente para la realización de la inspección final a la cual está obligado a participar el mencionado profesional.
La ausencia ocasional o la incomparecencia total del Profesional Representante Técnico a todos o cada uno de los actos tendientes a la Recepción Definitiva, no invalidará los actos y documentos que de ellos surjan.
El profesional Representante Técnico podrá observar y estar en desacuerdo con las conclusiones a que se arribe en los actos de los que hubiere participado, no aconteciendo lo mismo en aquellos en los cuales no estuvo presente.
Cuando estas tareas demanden más de una jornada laboral, al finalizar la misma se redactará un Acta Parcial, en la cual constaran las tareas llevadas a cabo durante ella, los resultados obtenidos y la presencia o ausencia del Profesional Representante Técnico.
Concluida la inspección, mediciones, ensayos, observaciones, etc, apropiados para determinar la existencia xx xxxxxx y vicios, el estado mantenimiento de los espacios verdes, se procederá a rubricar el Acta de Recepción Definitiva, la cual debe estar acompañada de las Actas Parciales que hubieren levantado al término de cada jornada.
El Acta de Recepción Definitiva será firmada por el Inspector y el Profesional Representante Técnico del Contratista.
Art. 69.- OTORGAMIENTO DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
Para que la solicitud de Recepción Definitiva sea tenida por tal, es condición inexcusable que esté acompañada de las actas de recepción definitiva de tareas básicas y las actas de recepción definitiva de trabajos complementarios.
La Inspección, fijará la fecha y hora en que darán comienzo a las recorridas, controles, inspecciones y ensayos que consideren necesarios para verificar el correcto funcionamiento, conservación y mantenimiento de los espacios verdes a recibir.
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La oportunidad de dar comienzo a esas tareas y los elementos necesarios (herramientas, instrumentos, personal de apoyo, móviles, etc.) se hará conocer al Profesional Representante Técnico mediante una Orden de Servicio.
En las recorridas antes indicadas debe estar presente el Profesional Representante Técnico, no pudiendo delegar en otra persona esa responsabilidad.
La ausencia ocasional o la incomparecencia total del Profesional Representante Técnico a todos y cada uno de los actos tendientes a la Recepción Definitiva, no invalidará los actos y documentos que de ellos surjan.
El Profesional Representante Técnico podrá observar y estar en desacuerdo de las conclusiones a que se arribe en los actos de los que hubiere participado, no aconteciendo lo mismo en aquellos en los cuales estuvo ausente.
Cuando estas tareas demanden más de una jornada laboral, al finalizar la misma se redactará un Acta Parcial, en la cual constarán las tareas llevadas a cabo durante ella, los resultados obtenidos y la presencia o ausencia del Profesional Representante Técnico.
Concluidas las recorridas, mediciones, ensayos, observaciones, etc, apropiados para determinar la inexistencia xx xxxxxx y vicios, el estado de conservación y mantenimiento de los espacios verdes, el funcionamiento de las mismas, etc, se procederá a rubricar el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, la cual debe estar acompañada de las Actas Parciales que hubieren levantado al término de cada jornada.
El Acta de Recepción Definitiva será firmada por el Inspector y funcionario designado por la autoridad de aplicación y por el Profesional Representante Técnico del Contratista y quedará aprobada mediante el pertinente acto administrativo de esta última.
1. Fiscalización durante el período de garantía: el G.C.B.A. fiscalizará la ejecución de los trabajos de conservación tanto del mantenimiento integral como de los resultados de la ejecución de tareas complementarias y a tal efecto, el Contratista deberá suministrar en todos los casos con dos (2) días de anticipación, las fechas en que procederá a ejecutarlos. La falta de cumplimiento de esta disposición, determinará considerar tales trabajos como
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faltos de fiscalización. Establecido que los trabajos fueron mal ejecutados, sea por el empleo de distintos materiales o por defectos constructivos, el Contratista deberá rehacer en un todo o en parte los trabajos observados, según se le ordene y a su xxxxx.
2. Reparaciones por el G.C.B.A.: en el caso que el Contratista no procediera a efectuar las reparaciones, tal cual se indica en el presente P.C.P., el G.C.B.A. dispondrá su ejecución por administración en cualquier momento. El importe del trabajo, cuando se trate de reparaciones, será cobrado al Contratista al precio efectivo que resultare, independientemente de la multa que le correspondiere.
3. Garantías.
El plazo de garantía por todos los trabajos de mantenimiento integral as í como de aquellos trabajos ejecutados que complementen dicho mantenimiento será de ciento ochenta días (180) corridos a partir de su correspondiente certificación y los trabajos complementarios que se soliciten para la creación de espacios verdes y reparación de ya existentes, será de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos a contar desde la recepción provisoria de acuerdo a lo establecido en el punto 4 del presente numeral. Durante estos períodos el Contratista deberá mantener en perfecto estado los espacios verdes de acuerdo a lo estipulado en los Pliegos de Especificaciones Técnicas y/o lo solicitado mediante Ordenes de Servicio por la autoridad de aplicación, procediendo a efectuar todas las reparaciones o subsanar los inconvenientes que surgieren por deficiencias, tanto del material como del trabajo. Se deberá elaborar en conjunto con la Inspección un acta mensual, consignando los problemas detectados. Los mismos deberán subsanarse de inmediato librando el inspector asignado por la autoridad de aplicación el correspondiente certificado de corrección de las fallas detectadas.
4. Recepción provisoria y definitiva: A los efectos de la aprobación y recepción de las tareas que impliquen el mantenimiento integral de los espacios verdes y/ o reparación de existentes, cabe aclarar que el acta de recepción provisoria será suscripta por la Inspección y aprobada mediante la emisión de un acto administrativo emanado del señor Presidente de la Junta Comunal. Asimismo, el acta de recepción definitiva, será suscripta por la Inspección y la autoridad de
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aplicación y aprobada mediante la emisión de un acto administrativo emanado del Presidente de la Comuna.
Art. 70.- LIQUIDACIÓN FINAL Y DEVOLUCIÓN DE LA G ARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
Luego de finalizado el contrato o de aprobadas las recepciones Provisorias, y, en este último caso con anterioridad a la Recepción Definitiva, el Contratista preparará una Liquidación Final. Constarán en la misma los montos de los trabajos, incluso adicionales y deductivos, u otros conceptos si los hubiere, determinando el monto total al que ascendieron los trabajos ejecutados. Se indicarán además los datos principales de las teareas ejecutadas, decretos, resoluciones o disposiciones de aprobación, fechas de terminación, recepciones, prórrogas, reajustes y su aprobación, etcétera. La Liquidación Final será conformada en su caso por la autoridad de aplicación del contrato, el que impulsará su aprobación. Los remanentes que hubiere de las Garantías de Adjudicación o los saldos que hubiera de la misma, les serán devueltos al Contratista después de aprobada la Liquidación final, y una vez satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por su cuenta y que surja de la Liquidación final.
Art. 71.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Se designa como Autoridad de Aplicación para cada zona a la Comuna de la Ciudad que corresponda la cual tendrá a su cargo la inspección y fiscalización de los trabajos objeto del presente.
Sin perjuicio de ello, la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana funcionará como un órgano de contralor
Art. 72.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El Régimen de Redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la presente licitación se rige por la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación.
ESTRUCTIRA DE PONDERACIÓN
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RUBRO | INCIDENCIA | INDICE UTILIZADO |
Mano de Obra | 15,00% | Básico Convenio Colectivo 653/12- Categoría Oficial de Espacios Verdes |
40,00% | Básico Convenio Colectivo 653/12 Operario | |
Maquinaria | 20,00% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – MAQUINAS Y EQUIPOS (29) INDEC. |
Combustibles y Lubricantes | 11,00% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – Productos refinados del Petróleo (23) INDEC |
Insumos | 2,00% | IPIB Mayor desagregación posible – Cubiertas agrícolas (Cód. 36111-3) |
Bolsas | 2,00% | ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 7.2.1 – Productos de caucho y plástico (25) – INDEC |
Gastos Generales | 10,00% | IPIM Nivel General |
TOTAL | 100% |
Art. 73.- GASTO FUTURO
De conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobadas por Decreto Nº 496/17, la autorización y el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para el ejercicio se consigne en el respectivo presupuesto anual
Art. 74.- TRIBUNALES COMPETENTES
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.
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ANEXO I
Modelo de Carta de Presentación
Buenos Aires, de 2018
Señores
Gobierno de la Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
La (Empresa y/o Unión Transitoria)……………………………………..
CUIT………………………………………………………….. en adelante el Oferente, con domicilio legal en …………………………………… , representada legalmente por el Señor……………………………………………………………..,DNI…………………………
…………………………………presenta su oferta de conformidad con lo establecido en los Pliegos de la Licitación denominada “SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL Y SOSTENIDO DE LOS ESPACIOS VERDES COMUNALES DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES”, para los renglones identificados con el / los número / s.(ejemplo: Comuna 1, Comuna 2, etc.)
…………………………………………..”, y que es objeto de la LICITACION PUBLICA NACIONAL DE ETAPA MÚLTIPLE N° ……………...
A los todos efectos de la presente Licitación denunciamos los siguientes datos de contacto, donde serán válidas las notificaciones:
a) Domicilio Especial:
b) Teléfono:
c) Domicilio electrónico:
Dicha Oferta cubre todos los trabajos, incluyendo mano de obra, materiales, equipos y demás elementos necesarios para llevar a cabo la totalidad de los servicios y trabajos ofertados, a los precios cotizados.
El Oferente declara expresamente que:
1) La Oferta se ajusta íntegramente a los Documentos de la Licitación, a las disposiciones establecidas y a los documentos suministrados por el GCBA a los Oferentes.
2) La presentación no está impedida o afectada por ninguna de las incompatibilidades que se establecen en los Documentos de Licitación.
3) La Oferta es válida y permanecerá vigente por el lapso y en los términos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.
4) Ha examinado y acepta sin reserva lo estipulado en los Documentos de la Licitación, y expresamente las condiciones establecidas en el Preciario General Único. Que asimismo ha estudiado con cuidado todos los ítems y cantidades
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mostradas en las “Planillas de Cómputo y Cotización” y “Análisis de Precios”, y revisado con cuidado la exactitud de cada frase y cada palabra incluida en esta Oferta y sus Anexos.
5) Ha efectuado un examen cuidadoso de tales Documentos de la Licitación y de las condiciones generales y locales que podrán ser encontradas durante la realización de cualquier trabajo.
6) Ha recogido la información necesaria para la elaboración del Plan de Trabajo, los equipos afectados a la realización de los trabajos, el cronograma de necesidades de personal; como asimismo, cualquier otro elemento que pudiese en alguna forma afectar los trabajos o el costo de los mismos.
7) Cumple con todas las exigencias y/o especificaciones técnicas establecidas en los Documentos de la Licitación y conoce la Comuna por la que presenta la Oferta y el estado de la misma.
8) Toda la información proporcionada es verdadera y exacta, y autoriza mediante la presente, a que cualquier persona humana o jurídica a que suministre al GCBA o a sus representantes autorizados toda la información que ese organismo considere necesaria para verificar la documentación que se presenta, y en caso de comprobarse cualquier incorrección en la misma se da por notificado que el GCBA tiene el derecho de invalidar su participación, ejecutando la garantía correspondiente.
9) No se encuentra dentro de las causales de impedimento para contratar con el GCBA. Siendo que ésta declaración se extiende a los directores, representantes legales y síndicos de la Sociedad.
10) No ha sido condenados ni actualmente se encuentra acusado por fraude, estafa o cualquier otro delito contra la fe pública.
11) No se encuentra suspendido o inhabilitado en el Padrón de Proveedores.
12) No pertenece a la planta de personal municipal, tanto permanente como contratado en cualquiera de las formas posibles, durante los dos últimos años previos al llamado de la presente Licitación.
13) No se encuentra quebrado ni concursado no rehabilitado.
14) No se encuentra en concurso de acreedores, ni posee acuerdo de acreedores pendiente de homologación judicial.
15) No se encuentra inhibido.
16) No pertenece al directorio, no es socio comanditado, o socio gerente, respectivamente, de Sociedades Anónimas, Sociedades en Comanditas por Acciones o Sociedades de Responsabilidad Limitada, de Empresas incluidas en el Registro de Sancionados de la Dirección General de Compras y Suministros.
17) No se encuentra condenado en juicio y con sentencia firme por el cobro de tasas, impuestos o contribuciones municipales no habiendo dado cumplimiento a las sanciones.
18) No es una empresa que se haya sido sancionada con caducidad de concesiones o permisos.
19) No tiene relación de dependencia ni vinculación directa o indirecta con el GCBA ni con sus directivos o funcionarios.
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Que designa como Representante/s Técnico al Sr/Sres. y
_ con D.N.I. y
, respectivamente.
Que se compromete a proporcionar cualquier información adicional que le fuera requerida, entendiendo que se refiere única y exclusivamente a aclaraciones sobre la documentación presentada y en caso de no hacerlo será motivo suficiente para eliminar su Oferta. Dicha información adicional en ningún caso permitirá suministrar documentos o información que hubiere sido omitida en la oferta original.
Que las divergencias, errores o incompatibilidades entre los distintos documentos de la Oferta presentada pueden ser motivo suficiente para eliminar su participación.
Que en caso de ser invalidada su participación por las causales precedentes o por incumplimiento a las condiciones estipuladas en los Documentos de la Licitación, renuncia a cualquier reclamación o indemnización, reconociendo derecho al GCBA a realizar la eliminación de su participación a su exclusivo juicio.
Que renuncia a cualquier reclamación o indemnización en caso de error en la interpretación de los Documentos de la Licitación del llamado y demás documentos del Contrato.
Que en el caso de resultar adjudicatario, se compromete a presentar la Garantía de Adjudicación del Contrato, así como también a firmar el Contrato dentro del plazo fijado por el GCBA.
Que en el caso que no mantuviera la Oferta por el plazo indicado, que no presentase la Garantía de Adjudicación a satisfacción del GCBA, o que no firmase el Contrato dentro del plazo fijado por el GCBA, se perderá la Garantía de Oferta.
Que todos los términos en mayúsculas utilizados en el presente tendrán el significado que se le asigna en los Pliegos.
Atentamente.
Firma del Representante Legal Nombre de la Sociedad o UT
Sello de la empresa / consorcio de cooperación
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ANEXO II
Planilla de Personal Calificado
ESPECIALIDAD | DATOS PERSONALES (Nombre completo, documento, domicilio, datos de inscripción en Colegios o Consejos con matrícula si aplica) | ANTECEDENTES PROFESIONALES |
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ANEXO III
Planilla de Equipamiento
TIPO (1) | MARCA | MODELO | CAPACIDA D | N° (2) | AÑO (3) | ESTADO (4) | SITUACION | ||
PROPIO | A ADQUIRIR. | A ALQUILAR | |||||||
Referencias:
Adjuntar descripción complementaria.
(1) Indicar N° de equipo interno de la empresa y de fabricación.
(2) Indicar año de fabricación.
(3) Indicar si el estado es bueno, regular, etc. y donde puede ser inspeccionado
En el caso de equipos a adquir ir o alquilar, indicar como mínimo: tipo (adjuntando descripción s i es necesar io) y capacidad. En las columnas de situación, marcar una “X” donde corresponda.
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ANEXO IV
Antecedentes de servicios similares
UBIC. (1) | DENOMINACIÓN. (2) | COMIT. (3) | MONTO CONTRA CTUAL | FECHA TERMINA CION | OBSERVAC. (4) | ||
ORIGINAL | FINAL | ORIGINAL | REAL | ||||
Para completar el cuadro, se deberá:
- Indicar los servicios similares y de magnitud técnica equivalente a la Licitación.
- Adjuntar para cada antecedente de servicio las siguientes ref erencias:
-
(1) Localidad, provincia y país donde se encuentre ubicada la prestación del servicio.
(2) Memoria descriptiva de los aspectos princ ipales de los servic ios, del equipamiento y demás recursos utilizados.
(3) Dirección y teléf ono del Comitente.
(4) Personer ía legal del Oferent e, mediante la indicación de: a) El Oferente como empresa indiv idual; b) El Oferente como empresa asoc iada en una UT, en cuyo caso se deberá adjuntar el instrumento legal de conf or mación de la UT en el que conste el porcentaje de participación del Oferente en la misma.
De cada contrato de servicio, el Oferente deberá presentar copia certificada de los document os princ xxxxxx que hagan al contrato firmado.
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ANEXO V (1ª PARTE) PRECIOS MÀXIMOS/ DE REFERENCIA
TIPO DE MANTENIMIENTO | UD | Precio Unitario x mes |
SUP. VERDE | ha | $ 102.192,43 |
SUP. SECA | ha | $ 36.879,13 |
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Unidad | $ 36.150,13 |
PROV. Y MANT. TELÉFONO | Unidad | $ 955,63 |
Personal de Plazas Emblemáticas | x Persona | $ 55.995,53 |
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ANEXO V (2ª PARTE)
PLANILLA DE COTIZACIÓN POR COMUNA MANTENIMIENTO BÁSICO INTEGRAL
MANTENIMIENTO POR COMUNA | ||||||
COMUNA | TIPO DE MANTENIMIENTO | UD | CANTIDA D | Precio Unitario (ha/mes) | SUBTOT AL MENSUA L | Presupuest o Oficial por 36 meses |
1 | SUP. VERDE | ha | 14,290 | |||
SUP. SECA | ha | 16,672 | ||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | ||||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | Und . | 5,00 | ||||
Personas Plazas Emblemáticas | 4 | |||||
TOTAL COMUNA 1 | $ mensual | |||||
2 | SUP. VERDE | ha | 32,630 | |||
SUP. SECA | ha | 16,725 | ||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | ||||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | Und . | 5,00 | ||||
Personas Plazas Emblemáticas | 5 | |||||
TOTAL COMUNA 2 | $ mensual | |||||
3 | SUP. VERDE | ha | 1,902 | |||
SUP. SECA | ha | 2,880 | ||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | ||||
PROV. Y MANT. TELÉFONO | Und . | 5,00 |
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TOTAL COMUNA 3
4
TOTAL COMUNA 4
5
TOTAL COMUNA 5
6
TOTAL COMUNA 6
7
Personas Plazas Emblemáticas
SUP. VERDE
SUP. SECA
PROV. Y MANT. VEHÍCULO
PROV. Y MANT. TELÉFONO
Personas Plazas Emblemáticas
SUP. VERDE
SUP. SECA
PROV. Y MANT. VEHÍCULO
PROV. Y MANT. TELÉFONO
Personas Plazas Emblemáticas
SUP. VERDE
SUP. SECA
PROV. Y MANT. VEHÍCULO
PROV. Y MANT. TELÉFONO
Personas Plazas Emblemáticas
SUP. VERDE SUP. SECA
PROV. Y MANT. VEHÍCULO
PROV. Y MANT. TELÉFONO
ha
ha Und
.
Und
.
ha
ha Und
.
Und
.
ha
ha Und
.
Und
.
ha ha Und
.
Und
.
2
63,146
34,665
1,00
5,00
6
1,902
2,311
1,00
5,00
2
9,879
7,239
1,00
5,00
3
24,00
10,390
1,00
5,00
$ mensual
$ mensual
$ mensual
$ mensual
91
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Personas Emblemáticas | Plazas | 4 | |||||
TOTAL COMUNA 7 | $ mensual | ||||||
8 | SUP. VERDE | ha | 69,169 | ||||
SUP. SECA | ha | 15,118 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 | ||||
Personas Emblemáticas | Plazas | 4 | |||||
TOTAL COMUNA 8 | $ mensual | ||||||
9 | SUP. VERDE | ha | 18,068 | ||||
SUP. SECA | ha | 8,629 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 | ||||
Personas Emblemáticas | Plazas | 5 | |||||
TOTAL COMUNA 9 | $ mensual | ||||||
10 | SUP. VERDE | ha | 16,750 | ||||
SUP. SECA | ha | 8,018 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 | ||||
Personas Emblemáticas | Plazas | 6 | |||||
TOTAL COMUNA 10 | $ mensual | ||||||
11 | SUP. VERDE | ha | 10,750 | ||||
SUP. SECA | ha | 8,018 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 |
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Personas Emblemáticas | Plazas | 5 | |||||
TOTAL COMUNA 10 | $ mensual | ||||||
12 | SUP. VERDE | ha | 52,034 | ||||
SUP. SECA | ha | 15,989 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 | ||||
Personas Emblemáticas | Plazas | 4 | |||||
TOTAL COMUNA 12 | $ mensual | ||||||
13 | SUP. VERDE | ha | 37,133 | ||||
SUP. SECA | ha | 17,732 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 | ||||
Personas Emblemáticas | Plazas | 5 | |||||
TOTAL COMUNA 13 | $ mensual | ||||||
14 | SUP. VERDE | ha | 28,311 | ||||
SUP. SECA | ha | 21,473 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 | ||||
Personas Emblemáticas | Plazas | 4 | |||||
TOTAL COMUNA 14 | $ mensual | ||||||
15 | SUP. VERDE | ha | 6,749 | ||||
SUP. SECA | ha | 4,652 | |||||
PROV. Y MANT. VEHÍCULO | Und . | 1,00 | |||||
PROV. Y TELÉFONO | MANT. | Und . | 5,00 |
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Personas Plazas Emblemáticas | 3 | |||||
TOTAL COMUNA 15 | $ mensual |
* Solo se deberán completar aquellas comunas que se quieran cotizar y por las cuales se hubiera presentado Plan de Trabajo y la restante documentación requerida.
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ANEXO VI (1ª PARTE)
PRECIARIO POR TRABAJOS ADICIONALES Y COMPLEMENTARIOS PRECIOS MÁXIMOS A ABONAR Y CANTIDADES ESTIMADAS
Item | Detalle | Un | Básico | Q estimada/ año | |
1 | TRABAJOS PRELIMINARES | ||||
1 | 1.1 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE CERCO DE SEGURIDAD | m | $ 852,82 | 21120 |
2 | 1.2 | OBRADOR, DEPÓSITOS Y SANITARIOS | mes | $ 23.959,15 | 50 |
3 | 1.3 | FLETE DE PROVISIÓN Y RETIRO XX XXXXXXX Y DEPÓSITO | ud | $ 7.996,18 | 100 |
4 | 1.4 | FLETE DE PROVISIÓN Y RETIRO DE SANITARIOS | ud | $ 407,97 | 50 |
5 | 1.5 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE CARTEL DE OBRA | ud | $ 9.217,57 | 14 |
6 | 1.6 | LIMPIEZA DE PREDIO Y REPLANTEO | m2 | $ 325,57 | 96986 |
7 | 1.7 | LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE OBRA | m2 | $ 112,83 | 125019 |
8 | 1.8 | RELEVAMIENTO PLANIALTIMÉTRICO | m2 | $ 863,45 | 48493 |
9 | 1.9 | CATEOS PREVIOS | m2 | $ 863,45 | 48493 |
10 | 1.10 | DOCUMENTACIÓN GRÁFICA, PROYECTO EJECUTIVO | gl | $ 236.621,52 | 70 |
11 | 1.11 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN XX XXXXXXX DE PLANTACION | m | $ 560,86 | 4224 |
2 | DEMOLICIONES Y RETIROS | ||||
12 | 2.1 | ESTRUCTURA DE HORMIGÓN ARMADO | m3 | $ 6.452,18 | 3326 |
13 | 2.2 | MAMPOSTERÍA | m3 | $ 2.803,78 | 7836 |
14 | 2.3 | PISOS | m2 | $ 271,46 | 37022 |
15 | 2.4 | CONTRAPISOS | m2 | $ 495,00 | 28086 |
16 | 2.5 | PICADO DE REVOQUES | m2 | $ 421,79 | 1028 |
17 | 2.6 | PICADO DE REVESTIMIENTOS | m2 | $ 372,16 | 1028 |
18 | 2.7 | OBRA COMPLETA | m2 | $ 11.455,69 | 400 |
19 | 2.8 | CORDONES DE ADOQUINES | m | $ 151,93 | 2986 |
20 | 2.9 | CORDONES DE HORMIGÓN | m | $ 151,93 | 2986 |
21 | 2.10 | RETIRO DE MATERIAL A GRANEL | m3 | $ 734,77 | 9388 |
22 | 2.11 | RETIRO DE ESCOMBROS | m3 | $ | 5156 |
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734,77 | |||||
23 | 2.12 | RETIRO DE EQUIPAMIENTO (incluye mobiliario, juegos, postas, etc.) | ud | $ 680,18 | 308 |
24 | 2.13 | RETIRO XX XXXXX (incluye demolición de bases) | m2 | $ 1.077,00 | 1528 |
25 | 2.14 | RETIRO DE COLUMNAS DE ILUMINACIÓN | ud | $ 1.790,77 | 308 |
3 | MOVIMIENTOS DE SUELO Y ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO | ||||
26 | 3.1 | DESMONTE Y NIVELACIÓN | m3 | $ 474,08 | 14004 |
27 | 3.2 | RELLENO Y TERRAPLENAMIENTO | m3 | $ 569,59 | 6046 |
28 | 3.3 | COMPACTACIÓN | m3 | $ 197,65 | 6046 |
29 | 3.4 | EXCAVACIONES MANUALES (para bases, vigas de fundación, etc.) | m3 | $ 1.569,06 | 2178 |
30 | 3.5 | EXCAVACIONES A MÁQUINA | m3 | $ 734,54 | 1089 |
31 | 3.6 | EXCAVACIONES PARA PILOTINES C/PALA VIZCACHERA | m | $ 806,68 | 544,5 |
32 | 3.7 | ZANJEO PARA PASE DE INSTALACIONES | m | $ 32,64 | 311968 |
33 | 3.8 | MEJORAMIENTO DEL SUELO CON APORTE DE CAL | m3 | $ 2.315,10 | 3023 |
34 | 3.9 | MEJORAMIENTO DEL SUELO CON APORTE DE CEMENTO | m3 | $ 1.303,31 | 3023 |
35 | 3.10 | EJECUCIÓN XX XXXXX DE DRENAJE (incluye provisión y colocación de cascote) | m3 | $ 2.121,62 | 380 |
36 | 3.11 | CARGA Y RETIRO DE TIERRA CON CAMIÓN | m3 | $ 452,36 | 2920,66 |
4 | TRABAJOS CORRECTIVOS | ||||
37 | 4.1 | NIVELACIÓN DE TAPAS DE SERVICIO - INSTALACIONES (D>0,40m) | ud $ 3.843,48 | 10 | |
38 | 4.2 | REUBICACIÓN DE ELEMENTOS DE MOBILIARIO URBANO | ud $ 10.849,15 | ||
5 | PROVISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIALES A GRANEL | ||||
39 | 5.1 | TIERRA NEGRA COMÚN | m3 | $ 668,71 | 53954 |
40 | 5.2 | TIERRA NEGRA ABONADA | m3 | $ 2.591,06 | 3300 |
41 | 5.3 | CÓMPOST | m3 | $ 1.272,50 | 26977 |
42 | 5.4 | RESACA DE RÍO | m3 | $ 6.739,28 | 3300 |
43 | 5.5 | LOMBRICOMPUESTO | m3 | $ 4.846,31 | 3300 |
44 | 5.6 | ARENA GRUESA | m3 | $ 6.474,91 | 3150 |
45 | 5.7 | ARENA FINA | m3 | $ 1.035,07 | 3150 |
46 | 5.8 | GRANZA CERÁMICA | m3 | $ 1.136,37 | 6451 |
47 | 5.9 | TOSCA | m3 | $ 505,52 | 12866 |
48 | 5.10 | PIEDRA PARTIDA | m3 | $ 1.853,44 | 946 |
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49 | 5.11 | BINDER | m3 | $ 1.593,40 | 350 |
50 | 5.12 | CHIPS XX XXXXXX | m3 | $ 3.638,72 | 1000 |
6 | ESTRUCTURAS DE H°A° | ||||
51 | 6.1 | PILOTINES d:20cm | m | $ 786,02 | |
52 | 6.2 | BASES PUNTUALES | m3 | $ 10.454,93 | 326 |
53 | 6.3 | VIGA DE FUNDACIÓN 150kg/m3 | m3 | $ 21.475,23 | |
54 | 6.4 | PLATEA DE FUNDACIÓN 70kg/m3 | m3 | $ 12.675,99 | |
55 | 6.5 | VIGA DE HORMIGÓN | m3 | $ 21.762,55 | |
56 | 6.6 | LOSA MACIZA 50kg/m3 | m3 | $ 15.802,66 | 702 |
57 | 6.7 | COLUMNA 90kg/m3 | m3 | $ 17.052,20 | |
58 | 6.8 | TABIQUES DE H°A° | m3 | $ 21.177,87 | 536 |
59 | 6.9 | XXXXXX PARA TABIQUE DE HORMIGÓN | m3 | $ 12.096,61 | 206 |
60 | 6.10 | XXXXXX PARA TABIQUE DE MAMPOSTERÍA | m3 | $ 8.352,57 | 206 |
61 | 6.11 | ESCALERA DE HORMIGÓN ARMADO | m3 | $ 37.937,55 | |
62 | 6.12 | ENCADENADO PARA MAMPOSTERÍA | m | $ 957,53 | |
63 | 6.13 | ENCADENADO PARA BLOQUES DE HORMIGÓN | m | $ 510,56 | |
7 | MAMPOSTERÍA (construcción y/o reconstrucción) | ||||
64 | 7.1 | LADRILLO HUECO ESPESOR 0,08m | m2 | $ 561,20 | 308 |
65 | 7.2 | LADRILLO HUECO ESPESOR 0,12m | m2 | $ 738,88 | 2362 |
66 | 7.3 | LADRILLO COMUN ESPESOR 0,15m | m2 | $ 1.161,68 | 2362 |
67 | 7.4 | LADRILLO COMUN ESPESOR 0,30m | m2 | $ 2.055,36 | 456 |
68 | 7.5 | BLOQUES DE HORMIGÓN 20X20X40cm | m2 | $ 1.261,81 | 456 |
8 | CONSTRUCCIÓN EN SECO | ||||
69 | 8.1 | TABIQUE SIMPLE DE XXXXX XX XXXX DE YESO e:9,5cm | m2 | $ 681,11 | 280 |
70 | 8.2 | PARED DIVISORIA DE UNIDADES FUNCIONALES | m2 | $ 988,91 | 280 |
71 | 8.3 | CIELO RASO SUSPENDIDO JUNTA TOMADA | m2 | $ 586,72 | 324 |
72 | 8.4 | CIELO RASO SUSPENDIDO JUNTA TOMADA DE PLACA VERDE | m2 | $ 670,16 | 162 |
73 | 8.5 | CIELO RASO SUSPENDIDO DESMONTABLE | m2 | $ 595,91 | 324 |
9 | AISLACIONES (incluye materiales y ejecución) | ||||
74 | 9.1 | VERTICAL SOBRE MUROS | m2 | $ 1.154,32 | 462 |
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75 | 9.2 | AZOTADO HIDRÓFUGO BAJO REVESTIMIENTOS | m2 | $ 168,82 | 462 |
76 | 9.3 | TECHADO CON MEMBRANA TIPO ORMIFLEX PEGADA CON ASFALTO, CON ALUMINIO | m2 | $ 431,22 | |
77 | 9.4 | HORIZONTAL CEMENTICIA | m2 | $ 239,18 | 412 |
10 | CONTRAPISOS (incluye materiales y ejecución) | ||||
78 | 10.1 | EJECUCIÓN DE SUB-BASES | m3 | $ 886,17 | 950 |
79 | 10.2 | PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE FILM DE 32/,(7,/(12 200ȝP | m2 | $ 85,36 | 3294 |
80 | 10.3 | CONTRAPISO DE HORMIGÓN DE CASCOTES e:12cm S/TERRENO NATURAL (no incluye sub-base) | m2 | $ 460,56 | 25740 |
81 | 10.4 | DE HORMIGÓN ARMADO e:12cm S/TERRENO NATURAL (no incluye sub-base) | m2 | $ 764,17 | 25740 |
82 | 10.5 | ELABORADO H8 ESP. 8 cm | m2 | $ 546,95 | 25556 |
11 | CARPETAS (incluye materiales y ejecución) | ||||
83 | 11.1 | CEMENTICIA DE NIVELACIÓN | m2 | $ 243,48 | 14624 |
84 | 11.2 | CLAVADORA DE PARQUET | m2 | $ 351,46 | 7312 |
12 | SOLADOS Y ZÓCALOS (construcción y/o reconstrucción) | ||||
85 | 12.1 | BALDOSAS CALCÁREAS | m2 | $ 1.111,45 | 3660 |
86 | 12.2 | LOSETAS GRANÍTICAS | m2 | $ 1.264,85 | 18000 |
87 | 12.3 | LOSETAS GUÍA | m2 | $ 1.329,81 | 1800 |
88 | 12.4 | BALDOSONES DE CEMENTO | m2 | $ 961,87 | 68 |
89 | 12.5 | SOLADO ANTI GOLPES EN BALDOSAS | m2 | $ 2.370,33 | 10698,7 |
90 | 12.6 | SOLADO ANTI GOLPES IN SITU | m2 | $ 2.732,28 | 10698,7 |
91 | 12.7 | INTERTRABADO DE HORMIGÓN GRIS e:6cm | m2 | $ 1.471,62 | 17512 |
92 | 12.8 | INTERTRABADO DE HORMIGÓN DE COLORES e:6cm | m2 | $ 1.747,12 | 18774 |
93 | 12.9 | HORMIGÓN ARMADO TEXTURADO | m2 | $ 1.444,40 | 22364 |
94 | 12.10 | HORMIGÓN XXXXXX XXXXXXX | m2 | $ 1.367,39 | 22364 |
95 | 12.11 | HORMIGÓN XXXXXX XXXXXXX DE COLORES | m2 | $ 1.486,34 | 11182 |
96 | 12.12 | BLOQUES DE HORMIGÓN TIPO XXXXX BLOCK | m2 | $ 623,77 | 3660 |
97 | 12.13 | LOMADAS XX XXXXX CON TERMINACIÓN DE HORMIGÓN ALISADO PARA PATIOS DE JUEGO DE VANGUARDIA | m3 | $ 3.378,58 | 60 |
98 | 12.14 | ALISADO DE CEMENTO | m2 | $ 456,03 | 214 |
99 | 12.15 | ADOQUINES PROVISTOS POR EL GCBA | m2 | $ 793,87 | 9442 |
100 | 12.16 | ADOQUINES | m2 | $ 1.721,30 | 7572 |
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101 | 12.17 | PIEDRA LAVADA EN BALDOSAS | m2 | $ 1.363,66 | 2378 |
102 | 12.18 | LAJAS | m2 | $ 1.479,36 | 6170 |
103 | 12.19 | PIEDRA BOLA | m2 | $ 1.551,81 | 4838 |
104 | 12.20 | SOLADO DRENANTE TIPO VEREDAS | m2 | $ 1.944,43 | 5620 |
105 | 12.21 | SOLADO DRENANTE TIPO SOLADOS | m2 | $ 1.701,55 | 5620 |
106 | 12.22 | SOLADO DRENANTE TIPO ORNAMENTAL | m2 | $ 783,45 | 4800 |
107 | 12.23 | SOLADO DRENANTE TIPO SENDEROS | m2 | $ 1.329,76 | |
108 | 12.24 | SOLADO DRENANTE TIPO CAZOLADOS | m2 | $ 1.862,16 | |
109 | 12.25 | DECK XX XXXXXX | m2 | $ 832,26 | 2450 |
110 | 12.26 | DECK DE PVC | m2 | $ 2.397,22 | 360 |
111 | 12.27 | CARPETA ASFÁLTICA | m2 | $ 2.108,67 | 3444 |
112 | 12.28 | ALFOMBRAS | m2 | $ 637,16 | |
113 | 12.29 | ZÓCALO DE CEMENTO ALISADO | m | $ 209,21 | |
114 | 12.30 | ZÓCALO GRANÍTICO | m | $ 597,10 | |
115 | 12.31 | ZÓCALO XX XXXXXX | m | $ 251,72 | |
116 | 12.32 | PROVISIÓN Y APLICACIÓN DE PINTURA EPOXI BICOMPONENTE | m2 | $ 341,14 | |
117 | 12.33 | PROVISIÓN Y APLICACIÓN DE POLIUREA | m2 | $ 364,50 | |
118 | 12.34 | PROVISIÓN Y EJECUCIÓN DE JUNTAS | m | $ 79,11 | |
13 | CORDONES Y H°A° EN PISOS (construcción y/o reconstrucción) | ||||
119 | 13.1 | CORDÓN DE HORMIGÓN ARMADO RECTO, CURVO REBAJADO (incluye remoción y retiro de excedente) | m $ 1.446,67 | ||
120 | 13.2 | CORDÓN DE MAMPOSTERÍA | m $ 985,88 | ||
121 | 13.3 | ALINEACIÓN Y/O NIVELACIÓN DE CORDONES XX XXXXXXX EXISTENTE | m $ 740,93 | ||
122 | 13.4 | VIGA DE H°A° DE 10X20cm PARA CAZOLETAS | m $ 876,77 | ||
123 | 13.5 | EJECUCIÓN XX XXXXX IN SITU TERMINACIÓN PEINADO | m2 $ 3.508,75 | ||
14 | CUBIERTAS | ||||
124 | 14.1 | PROVISIÓN Y CONTRUCCIÓN DE CUBIERTA XX XXXXX GALVANIZADA S/ESTRUCTURA METÁLICA | m2 | $ 1.809,58 | |
15 | REVOQUES Y REVESTIMIENTOS (incluye materiales y ejecución) | ||||
125 | 15.1 | REVOQUE GRUESO Y FINO A LA CAL AL FIELTRO P/INTERIORES | m2 | $ 678,89 | |
126 | 15.2 | REVOQUE GRUESO Y FINO A LA CAL AL FIELTRO P/EXTERIORES | m2 | $ 592,32 |
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PLIEG-2018-19755553- -SECAYGC