VOLUMEN 2
VOLUMEN 2
SECCIÓN
3:
CONDICIONES
PARTICULARES
CONTENIDO
Artículo 2: Legislación aplicable al Contrato y lengua utilizada
2.1 Todas las cuestiones no cubiertas por las disposiciones contractuales se regirán por la legislación de Perú y/o Bolivia según corresponda.
2.2 La lengua utilizada será el español.
Articulo 3: Orden de prelación de los documentos contractuales
Los siguientes documentos se considerarán, leerán e interpretarán como parte integrante del presente Contrato y tendrán el orden de prelación siguiente:
a) Contrato,
b) Condiciones Particulares del Contrato,
c) Condiciones Generales del Contrato,
d) Especificaciones Técnicas,
e) Planos y documentación técnica,
f) Estado de mediciones, incluidas las correcciones aritméticas, con detalle de precios unitarios y presupuesto,
g) La oferta con su apéndice,
h) Todos los demás documentos que formen parte del Contrato.
Articulo 4: Comunicaciones por escrito
Las comunicaciones por escrito serán dirigidas al Órgano de contratación a la siguiente dirección ALT Ciudad de La Paz Bolivia Av 20 de Octubre 2782
Artículo 8: Entrega de documentos
8.1 En un plazo de de 03 días siguientes a la firma del Contrato, el Supervisor suministrará al Contratista, con carácter gratuito, un ejemplar de los planos elaborados para la ejecución operativa del contrato así como dos copias de las características técnicas definitivas y otros documentos del contrato. El Contratista podrá adquirir ejemplares adicionales de los planos, especificaciones técnicas y otros documentos en la medida en que se disponga de ellos. En el momento de la recepción definitiva, el Contratista devolverá al Supervisor todos los planos, especificaciones técnicas y otros documentos del contrato (para el caso de obras).
Articulo 9: Acceso al solar
9.1. Se llama la atención del Contratista sobre la presencia de un Jefe de Delegación de la Comisión Europea en el estado del Órgano de Contratación. El Contratista debe proporcionar al Jefe de Delegación acceso libre al solar, fábricas, talleres, etc. y en general asistir al Jefe de Delegación, de las misma manera que el Supervisor en el ejercicio de sus funciones. Las mismas obligaciones se aplican respecto de los representantes designados por el Jefe de Delegación.
Artículo 12: Obligaciones generales del Contratista
12.8 Las medidas de visibilidad deben respetar las normas establecidas en la Comunicación y el Manual de Visibilidad de la Unión Europea en la acción exterior publicados por la Comisión Europea: xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxxxxxx/xxxxx_xx.xxx
Artículo 15: Garantía de ejecución
15.1 El importe de la garantía de ejecución será el 5 % del valor del contrato y de cualquier modificación del mismo.
Artículo 16: Seguros
16.4. Las cantidades cubiertas por los seguros de riesgo y de responsabilidad civil serán: limitada de acuerdo al siguiente detalle:
Xxxxxx xx Xxxxxxx por accidentes, la que será flotante permanente, que cubra contra infortunios provenientes del trabajo durante la ejecución de la obra a todo su personal técnico y/o profesional. El capital asegurado será igual a € 50,000.00 (cincuenta mil euros).
Seguro de responsabilidad civil: Póliza por un monto no menor de €. 10,000.00 (diez mil euros) por daños incluyendo muerte accidental, por persona afectada, y daños materiales por un monto no menor de € 10,000.00 (Cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles)
Seguro con respecto a la Obra: El Titular tomará una Póliza de Seguro por el importe de la Obra a ejecutarse, la misma que necesariamente será a nombre del Órgano de Contratación. El seguro en mención será contra todo riesgo para contratistas, además de una póliza de incendio y líneas aliadas en la cual deben considerar los siguientes riesgos: huelga, motín y conmoción civil, daño malicioso, vandalismo y terrorismo; desastres naturales.
El incumplimiento de la entrega de las pólizas contempladas en los incisos a), b) y c) dará lugar a la retención de todo pago. Las pólizas antes mencionadas serán vigentes hasta la fecha de la recepción de la obra sin observaciones.
.
Artículo 17: Programa de ejecución operativa de las obras/consultorías
El Titular elaborará y presentará al Jefe de Proyecto un Cronograma de Ejecución del Proyecto dentro de los quince (15) días posteriores a la firma del contrato:
- El Calendario de Avance de Obra/Consultoría (XXXXX-CPM).
- El Calendario Valorizado de Avance.
Determinada la fecha de inicio de estudio, se presentarán los dos calendarios anteriores ajustados a dicha fecha de inicio.
Asimismo el contratista deberá presentar en el mismo plazo, el Calendario de Adquisición de materiales.
Artículo 19: Planos del Contratista
19.7 El idioma de los manuales y planos exigidos no podrán ser diferentes al idioma del contrato (Español).
Artículo 20: Suficiencia del precio de la oferta
En cuanto al Precio de la oferta el limite máximo será el establecido en el presupuesto base ascendente que se detallan a continuación:
-
Item
CANTIDAD
DESCRIPCIÓN
VALOR REFERENCIAL
EUROS €
1
2
IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE GESTIÓN, Proyecto binacional de integración: "APROVECHAMIENTO DE RIBERAS EN EL ANILLO CIRCUNLACUSTRE XXX XXXX TITICACA", Zona fronteriza de Bolivia-Perú/Distrito Puerto Xxxxxx Provincia de Moho.
15.000.-
Artículo 21: Riesgos excepcionales
<Precísese cualquier tipo de condición climatológica extraordinaria>
Artículo 29: Obras provisionales
29.2 El Órgano de contratación no realizara obras provisionales
Artículo 30: Análisis del suelo
30.1 <Indíquense las modalidades de realización de los análisis del suelo, en caso necesario>
Artículo 34: Plazo de ejecución operativa del proyecto
34.1 El Titular se obliga a suministrar el bien en un plazo en 150 días (ciento cincuenta días calendario) contados a partir de la fecha de suscripción del contrato.
Artículo 36: Retrasos en la ejecución operativa
36.1 La indemnización a tanto alzado es de 1/1000 del valor del Contrato por día de retraso hasta un 20% del valor total del Contrato.
Artículo 40: Origen y calidad de la obra y de los materiales
40.1 Todos los bienes y materiales incorporados en las obras o exigidos por ellas deberán ser originarios de un Estado miembro de la UE o de un país o territorio de las regiones cubiertas y/o autorizadas por los instrumentos específicos aplicables al programa <…> con cargo al cual se financia el presente contrato. A este propósito, el término "origen" significa el lugar en el que los materiales y/o el equipo han sido extraídos, cultivados, producidos o fabricados y/o el lugar desde el que se han prestado los servicios. El origen de los bienes deberá determinarse conforme a las normas establecidas en el Código Aduanero Comunitario o en los acuerdos internacionales de los que sea signatario el país en cuestión.
Cuando se importen bienes se deberá informar de cualquier cambio en el origen especificado al Supervisor del proyecto, que deberá aprobarlo.
40.2. Los trabajos, objetos, dispositivos, equipos o materiales utilizados en la construcción debe cumplir con:
(*) las especificaciones siguientes…
(*) las condiciones previstas en la memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos metrados y presupuesto.
Artículo 44: Principios generales en materia de pagos
44.1. Los pagos se efectuarán en Euros.
44.3. Previa autorización, el pago al Contratista de las cantidades debidas con arreglo a los certificados de pagos a cuenta y a la liquidación final emitida por el Supervisor serán abonados por el Órgano de Contratación en un plazo de 45 días
Artículo 46: Prefinanciación
46.1 y 2 A solicitud del contratista podrá otorgarse prefinanciación que no debe exceder el 10% el precio original del contrato respecto del anticipo a tanto alzado, y 20% para la restante prefinanciación.
A fin de obtener un pago de prefinanciación, el Contratista deberá remitir al Supervisor la solicitud del pago y la garantía de ejecución conforme al artículo 15. Si se solicita prefinanciación y dicho pago excede de 150.000 EUR, el Contratista deberá presentar una garantía financiera por el importe íntegro del pago de prefinanciación.
46.8 La devolución de la prefinanciación tendrá lugar por medio de deducciones basadas en solicitudes mensuales.
a) La devolución de la prefinanciación a tanto alzado (con un máximo del 10%) tendrá lugar por medio de la deducción sobre los sucesivos pagos y, si fuera necesario, sobre el saldo debido al Contratista. La devolución comenzará con el primer pago y se completará, como muy tarde, en el momento en que el 80% de la cantidad total del contrato haya sido satisfecha.
La devolución se efectuará en la misma moneda que la prefinanciación.
La cantidad a deducir de cada pago se calculará usando la fórmula siguiente:
R
= Va
x D
Vt
x 0.8
, en la cual:
R = cantidad a devolver
Va = cantidad total de la prefinanciación
V t = cantidad inicial del contrato
D = cantidad del pago a cuenta
El resultado se redondea a dos cifras decimales
b)
La devolución de la prefinanciación para la planta, maquinaria y
herramientas y la correspondiente a otros desembolsos prioritarios
(con un máximo del 20%) será devuelta por medio de deducciones
sobre los sucesivos pagos y, si fuera necesario, sobre el saldo
debido al Contratista. La devolución comenzará con el primer pago y
se completará, como muy tarde, en el momento en que el 90% de la
cantidad total del contrato haya sido satisfecha.
La cantidad a
deducir de cada pago se calculará usando la fórmula siguiente:
R
= Va
x D
Vt
x 0.9
, en la cual:
R = cantidad a devolver
Va = cantidad total de la prefinanciación
V t = cantidad inicial del contrato
D = cantidad del pago a cuenta
Artículo 47: Retenciones
47.1 La cantidad a retener para los pagos provisionales a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista durante el período de mantenimiento es del 10% de cada pago
Artículo 51: Liquidación final
51.1. El proyecto de liquidación final se presentará a más tardar en el momento de la solicitud del Contratista del certificado de recepción provisional.
51.2. El Supervisor preparará y firmará la liquidación final en el plazo de 30 días a partir de la expedición del certificado de recepción definitiva referido en el artículo 62.
Artículo 53: Retraso en los pagos
53.1 El interés de demora se calculará:
- al tipo de redescuento aplicado por el banco central del Órgano de Contratación, si los pagos se efectúan en la moneda de ese país,
- al tipo aplicado por el Banco Central Europeo a sus operaciones principales de refinanciación en euros, publicado mensualmente en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, si los pagos se efectúan en euros,
en el primer día del mes durante el cual haya expirado el plazo, incrementado en tres puntos y medio. El interés de demora se aplicará al período transcurrido entre la fecha de expiración del plazo de pago y la fecha de adeudo en la cuenta del Órgano de Contratación.
Artículo 61: Garantía
61.1 Tal como se indica en el glosario de términos de los anexos generales, el periodo de garantía se define como el periodo fijado en el contrato que comienza a correr inmediatamente después de la fecha de recepción provisional, durante el cual al Contratista se le exige la ejecución total de las obras y la corrección de los defectos conforme a las instrucciones del Supervisor. Los derechos y las obligaciones de las partes en relación con este periodo de garantía vienen establecidos en el artículo 61 de las Condiciones Generales.
Artículo 68: Resolución de litigios
68.4.
Las diferencias que se deriven del presente contrato o que se planteen en relación con él y que no puedan solucionarse se remitirán a la jurisdicción exclusiva de de la sede del órgano de contratación que aplicará la legislación nacional.
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