Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR CONCURSO PUBLICO Y PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE LOS POLIDEPORTIVOS CON PISCINA DEPENDIENTES O GESTIONADAS POR EL INSTITUTO MUNICIPAL DEL DEPORTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX DE MALLORCA
1.- OBJETO DEL CONTRATO
1.1. Mantenimiento de la piscina
1.2. Mantenimiento de las instalaciones
2.- NORMATIVAS TÉCNICAS
3.- ÁMBITO DE LA PRESTACIÓN
4.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
4.1. Tipos de mantenimiento
4.2. Adscripciones del adjudicatario
5. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA PISCINA
5.1.Elementos y sistemas mecánicos.
6. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
6.1.Mantenimiento preventivo 6.2.Mantenimiento correctivo 6.3.Mantenimiento normativo 6.4.Mantenimiento conductivo
7. PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
7.1. Jefe de Servicio
7.2. Personal de mantenimiento
8. DEDICACIÓN, CALENDARIO Y HORARIO DEL PERSONAL.
9. MODIFICACIÓN
10. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
11. PROGRAMA DE TRABAJOS
12. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE
13. REPUESTOS, UTILES Y MAQUINARIA
14. OBLIGACIONES GENERALES E INFORMES
15. INSPECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS.
16. ASESORAMIENTO
17. FORMA DE PAGO
18. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
ANEXO 1. RELACION DE CENTROS ANEXO 2. NORMATIVA APLICABLE
ANEXO 3. OPERACIONES Y FRECUENCIAS DEL MANTENIMIENTO ANEXO 4. RELACIÓN DE PERSONAL DE LA EMPRESA
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de mantenimiento de las instalaciones de las piscinas dependientes del Instituto Municipal de los Deportes, por concurso público y procedimiento abierto, con arreglo a las especificaciones contenidas en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas.
En el Anexo I se adjunta una relación de centros dependientes del Instituto Municipal de Deportes que son objeto del servicio de mantenimiento de instalaciones.
Cada edificio, dependencia o instalación a que se refiere el apartado anterior tendrá, a los efectos de la presente contrata, la consideración de centro de trabajo.
Los centros de trabajo son inicialmente a efectos del objeto de la contrata los que figuran relacionados en el anexo I del presente Xxxxxx, a los que se deducirán o a los que se adicionarán en el futuro, los que resulten de la aplicación a lo largo de la vigencia de la contrata, de lo previsto en la cláusula 9 sobre ampliaciones y/o reducciones de centros de trabajo.
El presente pliego de condiciones regula las prescripciones técnicas particulares de la contratación de los trabajos de mantenimiento preventivo, correctivo, normativo y conductivo, que a continuación se describen, relativos a las piscinas existentes en las instalaciones pertenecientes al Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxx de Mallorca:
1.1. Mantenimiento de la piscina
El mantenimiento relativo a los elementos y sistemas mecánicos siguientes:
▪ Vaso de compensación.
▪ Llaves de paso y valvulería.
▪ Prefiltros.
▪ Bombas de recirculación.
▪ Filtros.
▪ Equipo de tratamiento químico y dosificación por microprocesador.
▪ Equipo de tratamiento electrofísico (hidrólisis).
▪ Inyectores (PH y CLH).
▪ Intercambiadores.
▪ Boquillas de salida del agua al vaso de la piscina.
▪ Vaso de la piscina.
▪ Rebosaderos.
▪ Calderas y placas de calor.
1.2. Mantenimiento de las instalaciones
El mantenimiento relativo a los elementos pertenecientes a las siguientes materias:
1.2.1. Electricidad
▪ Acometidas.
▪ Cuadros Generales de Distribución y Secundarios.
▪ Derivaciones.
▪ Cuadros eléctricos interiores y exteriores.
▪ Tomas de corriente.
▪ Equipos de compensación de energía reactiva.
▪ Red de tierras.
▪ Equipos de alumbrado interiores y exteriores.
▪ Equipos de alumbrado de emergencia.
▪ Instalaciones interiores y líneas.
▪ Sistemas de prevención de sobretensiones y protección con pararrayos.
▪ Mecanismos, protecciones, etc.
1.2.2. Fontanería y Saneamiento.
▪ Redes generales y acometidas.
▪ Recogida y evacuación de aguas pluviales.
▪ Emboces.
▪ Atascos.
▪ Grifería y valvulería.
▪ Sanitarios.
▪ Duchas.
▪ Sistemas de presión de agua (calderines).
▪ Sistemas de tratamiento de aguas (potabilizadoras y descalcificadoras).
1.2.3. Agua Caliente Sanitaria.
▪ Distribución.
▪ Elementos terminales.
▪ Termostatos, etc.
▪ Prevención de la Legionela.
1.2.4. Cerrajería, carpintería xx xxxxxx y metálica
▪ Ventanas y sus accesorios.
▪ Taquillas.
▪ Manillas de apertura y soporte.
▪ Puertas convencionales, puertas cortafuegos y sus accesorios.
▪ Puertas y verjas automáticas y sus accesorios.
▪ Trabajos de persianas interiores y accesorios xx xxxxxxxx de oficina.
▪ Trabajos de persianas exteriores y lamas de ventanas.
▪ Otros elementos metálicos y xx xxxxxx.
1.2.5. Otras tareas complementarias
▪ Trabajos de mantenimiento básico de máquinas de gimnasio (máquinas deportivas, de musculación, bicicletas aerostáticas, etc.).
▪ Trabajos necesarios para desemboces de bajantes.
▪ Reparación de mobiliario de oficina.
▪ Retirada y destrucción y/o reciclaje de basuras industriales, muebles, etc.
▪ Traslado, montaje y desmontaje de material deportivo, y equipamientos deportivos; así como de mobiliario, estanterías y archivos en los casos que fuese necesario.
▪ También estarán incluidos todos los trabajos de ayuda correspondientes al ramo de albañilería, carpintería, cerrajería, pintura y otros trabajos necesarios para completar los trabajos de reparación efectuados y las tareas relativas al mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones descritas en los apartados anteriores, para dejar dichas instalaciones en su estado original antes de la avería y en condiciones adecuadas después de la intervención.
2.- NORMATIVAS TÉCNICAS
Los trabajos y operaciones de los servicios de mantenimiento objeto del presente contrato estarán sujetos a las normas y recomendaciones técnicas vigentes, que se citan en el Anexo 1 del presente pliego.
3.- ÁMBITO DE LA PRESTACIÓN
El ámbito de aplicación del contrato son las piscinas que se citan a continuación y en el anexo 1:
▪ Piscina S’Xxxxx
▪ Piscina Xxxx Xxxxxxx
▪ Piscina Sant Xxxxxx – Xxxx Xxxxxxxxx
▪ Piscina Son Roca
▪ Piscina Sant Jordi – Xxxx Xxxxxx
▪ Piscina Son Ferriol – Xxxxx Xxxxxx
4.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
4.1. Tipos de mantenimiento
Para cada una de las instalaciones objeto del contrato, se efectuarán los siguientes trabajos en las instalaciones:
Mantenimiento preventivo
Operaciones planificadas de revisión, ajuste, limpieza, etc. necesarias o convenientes para lograr un óptimo rendimiento, eficacia y seguridad de las piscinas, instalaciones, equipos y elementos componentes de las mismas.
Mantenimiento correctivo
Reparación de las averías urgentes o de emergencia.
Reparación de las averías no urgentes, que serán objeto de planificación. Mantenimiento técnico - legal
Operaciones de mantenimiento conforme con la legislación vigente. Se incluirá cualquier actuación preceptiva o recomendada en la normativa vigente aplicable a las distintas instalaciones, esté recogida o no en este Pliego.
Mantenimiento conductivo
Conducción de las instalaciones de la piscina y alumbrado.
4.2. Adscripciones del adjudicatario
El adjudicatario deberá adscribir al contrato los siguientes recursos:
▪ Los recursos humanos necesarios para ejecutar las tareas de mantenimiento anteriormente descritas.
▪ Los recursos técnicos necesarios para una adecuada ejecución del mantenimiento, entendiéndose por tales entre otros, las herramientas, así como los equipos de medición y control.
▪ Adquisición y suministro del material a reponer, así como del material consumible* necesario para llevar a cabo las tareas de conducción y mantenimiento, que irán a cargo del IME:
o Inyectores.
o Tubos.
o Electrodos del equipo de desinfección.
o Repuestos en general.
o Aceites corrientes, grasas, lubricantes, aflojatodos, etc.
o Fusibles de señalización xx xxxxxxx, material de señalización, etiquetas, terminales, bridas, cinta aislante, etc.
o Productos de estanqueidad, juntas de acoplamiento de válvulas, griferías, tuberías, material soldante ( estaño, electrodos,..), remaches, etc.
o Productos tales como masillas, estopas, teflón, y todo tipo de sellantes ( siliconas, resinas, etc.)
o Colas y pegamentos, tornillería, tacos de fijación y pequeños accesorios.
o Papel de lija, cartón de amianto para juntas.
*NOTA: Excluidos gasoil, productos químicos y productos de limpieza.
▪ Todos los gastos indirectos: comunicaciones, mandos intermedios, prevención de riesgos, vehículos y su explotación, controles de calidad, soporte informático,
gestión de almacenes para repuestos y otros materiales, estructura, beneficios e impuestos.
5. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA PISCINA
5.1. Elementos y sistemas mecánicos.
Los elementos y sistemas mecánicos en los que será necesario prestar el mantenimiento son los descritos en el punto 1.1. del presente pliego.
5.2. Operaciones y frecuencias
A continuación se describen las operaciones de mantenimiento, clasificadas según la frecuencia de actuación.
5.2.1. Mantenimiento diario
1. Supervisar el estado de la temperatura del agua, ambiente y nivel de humedad xxx xxxxxxx de piscina.
El personal encargado de mantener y conservar la instalación tendrá como primer cometido el comprobar el estado de temperatura xxx xxxxxxx como el agua del vaso de piscina, dirigiéndose al monitor para comprobar su estado.
En el caso de detectar un problema de temperatura actuará inmediatamente para corregir la incidencia. En este caso comprobará:
▪ El estado de las calderas y si fuera preciso rearmarlas
▪ Bombas de recirculación
▪ Intercambiador
▪ Cuadro eléctrico
▪ Otros
2. Retirada y almacenaje del limpiafondos
▪ Revisión ocular comprobando el estado de trasparencia del agua y fondo del vaso.
▪ Retirada del limpiafondos del vaso.
▪ Recogida de bolsas y preparación de la limpieza de las mismas.
▪ Almacenamiento del limpiafondos.
3. Limpieza de filtros
▪ Parar bombas.
▪ Manipulación de llaves de paso.
▪ Poner en marcha una bomba de recirculación.
▪ Iniciar lavado.
▪ Cambio de llaves.
▪ Iniciar contralavado.
▪ Retorno al proceso inicial.
Antes de iniciar el lavado de los filtros se observará la presión de los manómetros, los cuales indicarán el nivel de suciedad de los mismos. En la operación de la limpieza de filtros se realizará la renovación del agua de la piscina.
4. Analítica de piscinas
▪ Realizar test de nivel de CLH y PH con Photomether.
▪ Toma de temperatura del agua del vaso de la piscina.
▪ Anotación de los datos en el libro de registro de piscinas.
▪ Limpieza y recogida del Photomether.
▪ Realizar comparativa de datos del sistema de tratamiento de aguas.
Antes de tomar la muestra del agua de la piscina, se deben limpiar los recipientes. La recogida se realizará evitando los puntos donde se encuentran las boquillas de salida del agua. Las toma de muestras se debe hacer en puntos diferentes y a una profundidad aproximada de 50 cms.
5. Limpieza superficial del aljibe
▪ Eliminar los restos de suciedad que observemos superficialmente.
Antes de iniciar la limpieza de prefiltros es recomendable realizar una limpieza de la lamina de agua del aljibe. Para ello se utilizará un colador para retirar los restos que se observen.
6. Limpieza de prefiltros
▪ Parar bombas de recirculación.
▪ Cerrar llaves de paso.
▪ Abrir prefiltros.
▪ Comprobar estado de juntas.
▪ Extraer cestillas. Comprobar su estado.
▪ Limpieza de las cestillas.
▪ Incorporar cestillas al prefiltro.
▪ Cierre del prefiltro.
▪ Abrir llaves de paso.
▪ Poner en marcha las bombas de recirculación.
7. Limpieza de las bolsas limpiafondos
▪ Eliminar los restos de suciedad con agua a presión.
▪ Colocación de las bolsas al limpiafondos.
8. Comprobación de estado de los sistemas de la sala de máquinas.
▪ Comprobar el estado del monitor de control de sistema:
o Temperatura del vaso de la piscina.
o Temperatura ambiental xxx xxxxxxx.
o Nivel de humedad.
o Comprobar la temperatura de salida de duchas.
o Observar el buen funcionamiento del sistema.
o Anotación al libro de control de estados.
▪ Comprobar el estado de los climatizadores:
o Comprobar su funcionamiento.
o Comprobar estado de las filtrinas.
o Comprobar el nivel de desinfectante.
o Anotación al libro de control de estados.
o Comprobar motores y estado de tensión de las correas.
▪ Comprobar el estado de las calderas:
o Comprobar su funcionamiento.
o Comprobar el encendido de las calderas (electrodo y quemadores).
o Comprobar la temperatura del termostato de la caldera.
o Anotación al libro de control de estados.
▪ Comprobar el estado de las bombas de impulsión de agua de las calderas:
o Comprobar su funcionamiento.
o Observación de cualquier anomalía que se pudiera presentar en cojinetes, cierre mecánico, ventilador, etc.
o Comprobar el nivel de presión de los manómetros.
o Anotación al libro de control de estados.
▪ Comprobar el estado de las bombas de recirculación del agua de la piscina:
o Comprobar su funcionamiento.
o Comprobar presiones del circuito primario y secundario.
o Comprobar circuito de placas solares.
o Comprobar Xx xx entra y salida de intercambiadores.
o Observación de cualquier anomalía que pudiese presentar.
▪ Comprobar el estado de los filtros:
o Comprobar su funcionamiento.
o Velocidad de filtración.
o Presión de entrada y salida de agua en el filtro.
o Anotar datos en el libro de control de estados.
▪ Comprobar el estado de los inyectores de CLH y PH:
o Comprobar la inyección de los mismos
▪ Comprobar el normal funcionamiento del cuadro de control de mandos:
o Comprobar su estado.
o Anotar datos en el libro de control de estados.
▪ Comprobar el funcionamiento del equipo de tratamiento de agua:
o Purgado del sistema y calibración de electrodos.
o Comprobar indicadores de CLH, PH y temperatura del agua de la piscina.
o Comprobar el estado de las bombas impulsoras así como de todos los elementos que se compone.
o Comprobación de los niveles de productos químicos.
o Anotar datos en el libro de control de estados.
▪ Comprobar equipo electrofísico.
Todos los datos a que se refieren los puntos anteriores deberán ser anotados en un libro de control de estados donde se incluirá la fecha, hora y nivel de dificultad de la avería así como la intervención que se realiza. Una vez realizada la revisión se trasladará al responsable del IME para la verificación de los mismos.
5.2.2. Mantenimiento días alternos
1. Lunes
▪ Mantenimiento y conservación de los elementos mecánicos de la sala de máquinas realizando una limpieza de los mismos.
▪ Mantenimiento y conservación de los elementos mecánicos de la sala de máquinas realizando un engrase de los mismos.
▪ Anotar tareas de limpieza y engrase en el libro de estados.
▪ Limpieza de prefiltros. Anotar en el libro de control de estados.
El personal encargado del mantenimiento y conservación de la instalación se responsabilizará de la limpieza de todos los sistemas y elementos que afecten a la sala de máquinas como, climatizadores, calderas, bombas, filtros, prefiltros, inyectores, control de mandos, equipo de tratamiento de agua, tuberías etc.
2. Miércoles
▪ Mantenimiento del espació físico de la sala de máquinas mediante limpieza de la sala.
▪ Cambio de filtrinas de los climatizadores y comprobación del nivel de desinfectante. Anotar en el libro de control de estados.
▪ Limpieza de prefiltros. Anotar en el libro de control de estados.
3. Viernes
▪ Trasiego de productos químicos. CLH y PH. El personal de mantenimiento respetará las medidas de seguridad establecidas. Asimismo se deberá informar por escrito las necesidades de material para el mantenimiento de la piscina.
▪ Reposición de material y de producto químico.
▪ Limpieza de prefiltros.
▪ Purgar calderas y filtros de piscina.
▪ Poner en marcha el grupo electrógeno. Comprobar niveles de aceite y gasoil.
▪ Verter producto anti - algas en el vaso de la piscina. Esta tarea se realizará a última hora de la tarde y una vez que la piscina permanezca cerrada al público.
5.2.3. Mantenimiento quincenal
▪ Limpieza de inyectores de CLH y PH
▪ Revisión de los electrodos del equipo de tratamiento de agua.
5.2.4. Tareas programadas
▪ Sellar juntas de la playa de la piscina.
▪ Limpieza de las boquillas de salida del vaso de la piscina.
▪ Abrir filtros. Comprobar arenas.
▪ Comprobar juntas de dilatación.
▪ Limpieza de los aljibes de piscina.
▪ Limpieza de las cubetas de los productos químicos.
▪ Revisión de las correas de los climatizadores.
▪ Vaciado de la piscina.
6. CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES
6.1. Mantenimiento preventivo
El mantenimiento preventivo incluye una serie de actuaciones programadas de acuerdo con el programa elaborado por el adjudicatario. Asimismo, mientras no se justifique la conveniencia de un cambio se deberán respetar las operaciones y frecuencias mínimas que se definen en las gamas mantenimiento preventivo.
Las tareas de mantenimiento preventivo deberán respetar el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante, con el mejor rendimiento energético posible, conservando permanentemente la seguridad de las instalaciones y la defensa del medio ambiente, realizándose el cómputo de operaciones recomendadas por los fabricantes de los equipos, o como mínimo
aquellas que se consideran adecuadas (normativas y preventivas de acuerdo a la gama de operaciones preventivas), con el fin de conseguir un funcionamiento adecuado y mantener la vida útil de los equipos e instalaciones objeto de este contrato.
Se asume que el personal de mantenimiento y operadores entiende correctamente la terminología corriente que se indica a continuación. Esta terminología será la utilizada en la ejecución de los trabajos objeto del Contrato:
A) VERIFICAR: Comprobar el correcto funcionamiento, estado de niveles, limpiar y engrasar ligeramente, comprobar los componentes y ajustarlos, si es necesario; en su caso, realizar sencillas operaciones de mantenimiento. Comunicar al responsable si el problema detectado supera la capacidad de resolución.
B) INSPECCIONAR: Verificar detalladamente cada uno de los componentes.
C) ENGRASAR : Aplicar el aceite o grasa requerido.
D) DESMONTAR : Desmontar los componentes, comprobar y limpiar.
E) MONTAR: Montar los componentes y ajustarlos.
F) REEMPLAZAR: Desmontar los componentes dañados, sustituirlos por otros nuevos y montarlos.
G) MEDICIÓN: Comprobar los elementos de medida y ajustarlos.
H) AJUSTAR: Regular adecuadamente los componentes para obtener un funcionamiento correcto.
I) AFLOJAR: Aflojar cualquier componente que se requiera para montar, desmontar o ajustar otros componentes.
J) APRETAR: Apretar cualquier componente que se requiera para montar, desmontar o ajustar otros componentes.
K) LIMPIAR: Limpiar con un paño, agua, detergente o jabón.
L) REVISAR: Inspeccionar la instalación, solventar las deficiencias observadas y realizar la operación de mantenimiento pertinente.
6.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo puede ser planificado o no.
1. No planificado (averías urgentes y emergencias): Reparación de todo tipo de averías y resolución de incidencias, cualquiera que sea su causa, que pueden provocar daños de consideración al resto de instalaciones, o reduzcan la seguridad del edificio, o
puedan generar problemas moderados y graves en el desarrollo de las actividades propias del edificio.
Se incluye, con cargo a la empresa adjudicataria el personal y los medios técnicos necesarios para la resolución de la incidencia.
2. Planificado: Actuaciones que, aunque correctivas, han estado previamente planificadas o pueden planificarse durante la vigencia del contrato. Normalmente corresponden a aquellas actuaciones que no causan daños a las instalaciones, o que generan problemas leves en el desarrollo de las actividades propias del edificio, o son de mayor envergadura y que puedan estar programadas ya que supongan la modificación sustancial de algún elemento.
En aquellos casos de averías no urgentes (mantenimiento planificado) en que fuera necesaria la sustitución de elementos o piezas de recambio de mayor importancia, se indicará previamente esta circunstancia al responsable del IME.
Independientemente de la categoría profesional y especialidad de la plantilla adscrita al contrato, cualquiera de las personas que componen este equipo, estará obligada a atender las averías que se produzcan y en especial las de carácter urgente, para atender de la forma más rápida y eficiente posible dichas averías.
6.3. MANTENIMIENTO NORMATIVO
Este mantenimiento será realizado sobre aquellas instalaciones que, conforme a las especificaciones exigidas por las normas industriales comunitarias, nacionales o autonómicas, deba realizarse.
Para ello la empresa creará un libro de mantenimiento técnico-legal que recogerá las observaciones e incidencias derivadas de las correspondientes intervenciones.
En el citado libro se indicará, para cada equipo sujeto a revisiones técnico-legales incluido en el presente contrato, la siguiente información:
▪ Datos del equipo: según su ficha de inventario
▪ Datos de la normativa legal aplicable:
o Organismo regulador.
o Fecha de la orden.
o Copia de la normativa.
o Periodicidad.
o Encargado de las revisiones.
o Fecha de próxima revisión.
o Resultado de la revisión: incidencias y otros datos relativos a la revisión.
El adjudicatario notificará al IME cualquier cambio de legislación durante la vigencia del contrato que puede implicar la modificación total o parcial de las instalaciones.
Especial relevancia tendrá el mantenimiento de prevención de la Legionela, que aplicará a las instalaciones (a excepción de las xxxxxx de refrigeración, que corresponderán a la empresa contratada por el IME para el mantenimiento preventivo de la climatización).
6.4. MANTENIMIENTO CONDUCTIVO
Comprende todas las actividades relacionadas con la puesta en marcha y parada de las instalaciones.
Instalaciones de climatización, calefacción y ventilación
Esta conducción incluye la puesta en marcha, parada y cuantas operaciones sean necesarias para que los locales a climatizar mantengan la temperatura adecuada de confort de acuerdo con la estación del año.
Estas temperaturas estarán siempre dentro de las condiciones de confort, si bien dadas las características especiales de los centros a mantener, en cada caso se dará la temperatura adecuada a petición del Responsable del centro, siempre y cuando las instalaciones hayan sido proyectadas para obtener la temperatura solicitada.
El personal que realice el mantenimiento conductivo, comunicará a su Jefe de Servicio y al Responsable del centro del IME, cualquier anomalía detectada en la conducción de este tipo de instalaciones, dando aviso a la empresa encargada del mantenimiento de las instalaciones de clima, a la mayor brevedad posible.
Instalaciones de alumbrado
Incluye una adecuada planificación de encendidos y apagados sectorizados de las instalaciones de alumbrado de los centros y cuantas operaciones y verificaciones sean necesarias para que las instalaciones cumplan su cometido de forma óptima y con el mínimo consumo de energía.
La función del mantenimiento del alumbrado es crear las condiciones visuales adecuadas para desarrollar con un buen rendimiento las actividades propias del centro, en cada una de sus dependencias.
Cualquier medida de ahorro energético de alumbrado debe evitar disminuir las prestaciones de iluminación necesarias para el desarrollo normal de las actividades.
Conducción del resto de instalaciones.
Incluye la puesta en marcha, paro y cuantas operaciones y verificaciones sean necesarias para que las instalaciones cumplan su cometido de forma optima y con el mínimo consumo de energía. Para ello se deberá revisar las conducciones y limpiarlas periódicamente, sobre todo cuando se hayan producido problemas de salud y puedan tener relación.
7. PERSONAL PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
7.1. Jefe de Servicio
Debido a la complejidad de las instalaciones y requerimientos técnicos que se precisan, el contratista aportará un responsable, con una dedicación mínima al contrato del 50 % de la jornada completa (39 horas semanales), con experiencia en trabajos similares, y que permanecerá adscrito al contrato durante toda la vigencia del mismo.
El IME deberá aprobar su nombramiento expresa o tácitamente, si en el plazo de las dos semanas siguientes a la formalización del contrato no se opone al mismo, y tendrá derecho a exigir al contratista su sustitución por razones técnicas de negligencia, incompetencia o errores en el cumplimiento de sus deberes o por otras causas objetivas (en tal caso, el contratista lo sustituirá en el plazo máximo de dos semanas).
Las funciones del responsable serán:
▪ La programación y coordinación de todos los trabajos relacionados con el mantenimiento, que deberán ser consensuados y validados por los Responsables del IME.
▪ Ser el interlocutor único entre el adjudicatario y el IME.
▪ Redactar los informes de seguimiento y los certificados de cumplimiento del servicio.
▪ Gestionar eficaz y eficientemente los recursos humanos y materiales adscritos al contrato.
▪ Ser el responsable directo de la buena ejecución de todos los trabajos realizados conforme a lo dispuesto en el presente pliego.
El responsable dispondrá de teléfono móvil para su localización inmediata en horario de 7:30 a 22:30 horas, así como de correo electrónico.
7.2. Personal de mantenimiento
Para la ejecución de los trabajos de mantenimiento incluidos en este contrato el adjudicatario dispondrá del personal especializado (técnicos y oficiales por categorías), teniendo en cuenta que en cada tipo de operación se requieren un número determinado de horas mínimas con el fin de efectuar las revisiones, verificaciones, comprobaciones y reparaciones necesarias.
El personal asignado deberá estar adecuadamente cualificado y acreditado con los títulos de instaladores que se precisen: Oficiales 1ª y 2ª polivalentes.
La asignación del personal a cada centro, se realizará cumpliendo los siguientes criterios:
▪ El personal asignado en turno de mañana de lunes a viernes dispondrá la categoría de Oficial de 1ª.
▪ El personal asignado en turno de tarde de lunes a viernes dispondrá la categoría de Oficial de 2ª.
▪ Los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, podrán ser cubiertos indistintamente por cualquiera de las dos categorías.
Al hacerse cargo de las instalaciones y, en todo caso, dentro de las tres semanas siguientes a la fecha de formalización del contrato, el adjudicatario presentará a la Gerencia Territorial la relación de técnicos y operarios cualificados, y su acreditación profesional necesaria para ejecutar cualquiera de las tareas indicadas en este pliego (dicha relación será vinculante durante la vigencia del contrato).
Las bajas por vacaciones, enfermedad o licencias reglamentarias serán cubiertas por otros trabajadores con la misma cualificación profesional, quedando estas suplencias incluidas en el contrato.
El personal encargado de las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo deberá pertenecer a la plantilla de la empresa adjudicataria, contar con la cualificación profesional necesaria correspondiente en función de las tareas y especialidades que deba desarrollar y estará convenientemente acreditado. La subcontratación de personal se permitirá en operaciones que así lo requieran, previa comunicación y posterior autorización por parte del IME.
El IME podrá exigir al contratista el cambio de cualquiera de los trabajadores adscritos al contrato por razones de negligencia, incompetencia o errores en el cumplimiento de sus deberes o por otras causas objetivas. El contratista se comprometerá a sustituir a todo aquel técnico u operario que requiera el IME en el plazo máximo de dos semanas.
Todos los operarios que tengan que realizar cualquier tarea en los edificios y dependencias del IME deberán ir debidamente uniformados y llevarán identificación de la empresa adjudicataria.
En su caso, la empresa adjudicataria tendrá que cumplir la normativa vigente en temas laborales.
En ningún caso los operarios de mantenimiento adscritos al contrato serán utilizados para realizar tareas de carácter administrativo, dado que el contratista debe contar con estructura suficiente para atender estas tareas. Por tanto, todo el tiempo de los operarios será completamente operativo en funciones de tareas de mantenimiento indicadas en el presente pliego.
8. DEDICACIÓN, CALENDARIO Y HORARIO DEL PERSONAL.
El horario de servicio que realizará el adjudicatario en los diferentes centros será:
Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Dom.y fest. Piscina Mañ. Tarde Mañ. Tarde Mañ. Tarde Mañ. Tarde Mañ. Tarde Mañ. Tarde Mañ. Tarde | ||||||||||||||
S'Xxxxx | 5 | 3 | 5 | 3 | 5 | 3 | 5 | 3 | 5 | 3 | 5 | 3 | 8 | |
Xxxx | ||||||||||||||
Xxxxxxx | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 2 | 8 | |
Sant Xxxxxx | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6,5 | 6 | 8 | |
Son Roca | 6,5 | 2 | 6,5 | 2 | 6,5 | 2 | 6,5 | 2 | 6,5 | 2 | 8 | |||
Sant Jordi | 6,5 | 2 | 8 | 6,5 | 2 | 8 | 6,5 | 2 | 8 | |||||
Son Ferriol | 8 | 6,5 | 2 | 8 | 6,5 | 2 | 6,5 | 2 | 8 |
Por razones de interés público, el Responsable de centro del IME podrá variar el horario y la distribución de las horas de prestación, teniendo en cuenta las necesidades reales de mantenimiento de los edificios y lo comunicará al contratista por escrito.
Para cubrir la eventualidad de una avería grave que deba ser reparada con urgencia el contratista deberá disponer permanentemente de un servicio de atención de 24 horas y
365 días al año, con un tiempo de respuesta inmediato, y de actuación para su reparación desde que se produzca el aviso, menor de tres horas. Estas situaciones de emergencia se limitarán a las que así sean consideradas por el IME.
Cualquier incidencia que interfiera en el uso normal de las instalaciones (por ejemplo, molestias a terceras personas y usuarios…) se realizará en el horario de la instalación cerrada al público
9. MODIFICACIÓN
Una vez perfeccionado el contrato, el Instituto Municipal de Deportes solamente podrá introducir modificaciones en los elementos que lo integran por razones de interés público, siempre que estas modificaciones sean debidas a nuevas necesidades o a causas imprevistas, debidamente justificadas en el expediente de modificación que se tramite al efecto.
Son supuestos de modificación del contrato:
a) La ocupación por parte del Instituto Municipal de Deportes de otros locales o dependencias que precisen de servicios adicionales de mantenimiento.
Durante la vigencia de la contrata el Instituto Municipal de Deportes podrá requerir al contratista para que asuma los servicios objeto del Presente Pliego respecto de: incorporación de nuevos edificios o ampliaciones de los existentes, modificación de dependencias e instalaciones, por razones de aparición de nuevas actividades de los centros actuales, o siempre que la propiedad requiera, de manera excepcional, el servicio en otras instalaciones del Instituto Municipal. A tal efecto el contratista presentará propuesta del plan de trabajo respecto del centro de trabajo objeto de ampliación, con especificación del número de horas previstas para su ejecución, que será informado por el departamento competente, teniendo en cuenta, básica y comparativamente, el plan de trabajo aplicado a centros de trabajo de naturaleza similar. El acuerdo de ampliación
corresponderá adoptarlo al Instituto Municipal de Deportes, previo informe de la Intervención de Fondos sobre la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto .
Salvo que se resuelva otra cosa, la ampliación será efectiva a partir del día primero del mes siguiente al de la fecha de notificación del acuerdo.
b) Los edificios o dependencias que dejen de estar destinados al servicio actual del Instituto Municipal de Deportes del Ayuntamiento Palma, y que no necesiten de los servicios de mantenimiento contratados.
Asimismo, durante la vigencia de la contrata, el Instituto Municipal de los Deportes podrá reducir el número de centros de trabajo a efectos del objeto de la presente contrata, o el número de horas aplicadas para este servicio en el respectivo plan correspondiente a los centros ya existentes: por razones de cese de la actividad, desafección de edificios o instalaciones, modificación de dependencias e instalaciones, cambio de las actividades desarrolladas en los mismos, etc. y que se establecerá mediante resolución de la Junta Rectora, notificada al contratista con un mes de antelación a la fecha prevista para la efectividad de dicha reducción.
Las valoraciones del coste de tales ampliaciones o reducciones, a efectos de su adición o reducción de la facturación mensual por trabajos ordinarios, se efectuará mediante la aplicación del precio/hora resultante de la oferta para los servicios de mantenimiento de instalaciones, al número de horas incrementadas o reducidas efectivamente. El adjudicatario deberá indicar dicho precio/hora.
En caso de que el contratista considere necesario el cierre de alguna instalación estará obligada a garantizar unos servicios mínimos, si procede. de un 15%.
Las modificaciones del contrato, que impliquen, aislada o conjuntamente, alteraciones del precio en el momento de aprobar la respectiva modificación, en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por 100 del importe de este contrato, o represente una alteración sustancial del mismo, motivaran la realización de un nuevo contrato.
10.PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
En materia de riesgos laborales, se estará a lo establecido en Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx Xxxxx, por el que se Aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, su artículo 52.1, y que afirma, en relación a la normativa aplicable que las prescripciones técnicas se establecerán “sin perjuicio de las instrucciones o reglamentos técnicos nacionales, siempre y cuando sean compatibles con el derecho comunitario, las prescripciones técnicas serán definidas por referencia a normas que transpongan normas europeas “, de modo que lo dispuesto en este apartado, como en el resto xxx Xxxxxx, se estará a lo prescrito por la normativa nacional y europea, que en el caso de la materia que en este punto nos ocupa tienen una especial importancia las directivas comunitarias, así como la normativa específica del sector en el
cual se enmarca el adjudicatario. Así, la empresa que desarrolle el servicio de mantenimiento de las instalaciones deportivas con piscina dependientes o gestionadas por el IME objeto del presente concurso para adjudicación de contratos de servicios, deberá ajustarse, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, a la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de “Prevención de Riesgos Laborales” (y demás leyes que la afecten o reglamentos que la desarrollen).
La empresa adjudicataria deberá realizar las siguientes actuaciones:
▪ Planificación de la prevención en riesgos y salud laborales, así como la evaluación periódica de la misma.
▪ Ordenación de un conjunto coherente y general de medidas preventivas y de control de la efectividad de las mismas
▪ Cumplimiento en las obligaciones dispuestas hacia el trabajador, en relación con su derecho a participación, comunicación, formación e información sobre materia de riesgos laborales. De esta manera, la plantilla y en su caso, el sistema de representación que en salud laboral proceda, según criterios de plantilla y condiciones de trabajo, han de estar debidamente informados y formados sobre los riesgos a los que están expuestos (riesgos existentes), y la forma de prevenirlos (prevención activa previa al daño).
Dentro de los treinta días siguientes a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar al IME su Plan de prevención de riesgos laborales y seguridad en el trabajo. Dicho Plan contendrá obligatoriamente un resumen explicativo de la implantación de medidas de prevención de riesgos laborales y la modalidad preventiva adoptada (empresario, trabajador designado, servicio de prevención propio, servicio de prevención ajeno), y acreditar documentalmente la evaluación de riesgos y la formación e información de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
Además, la empresa adjudicataria deberá cumplir con las obligaciones documentales desarrolladas en el RD 171/2004 en lo que a la Coordinación de Actividades Empresariales se refiere. Periódicamente se organizarán reuniones de coordinación entre el Comité de Seguridad y Salud del Institut Municipal de l’Esport y representantes del Servició de Prevención de Riesgos Laborales (propio o ajeno) de la empresa ganadora.
Deberán equipar a su personal con los equipos de protección individual adecuados para cada trabajo y estos deberán ser suficientes, siguiendo todas las pautas establecidas en el RD 773/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por parte de los trabajadores de equipos de protección individual. Su personal deberá estar formado e informado sobre la utilización de los mismos.
Las diferentes máquinas y equipos de trabajo de la empresa adjudicataria deberán cumplir con los requisitos establecidos en el RD 1215/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, constar con la documentación pertinente, estar en buenas condiciones de uso y se deberán acreditar la realización de las pertinentes revisiones realizadas por los
organismos competentes, en caso de que ello sea necesario. Su uso se realizará siempre según las instrucciones del fabricante. Se nos comunicará si el personal que debe utilizarlas necesita algún tipo de formación o permiso complementario o extraordinario para ello.
Así mismo, la empresa adjudicataria deberá aportarnos las fichas de seguridad de los productos que sean utilizados en las instalaciones del IME. El personal de dicha empresa conocerá su existencia y contenido, debiendo de ser estas fichas fácilmente localizables en caso de emergencia.
En el supuesto de trabajos de mantenimiento especialmente delicados, como por ejemplo tratamiento del agua con productos químicos, se estará a lo dispuesto en el procedimiento o protocolo de actuación que el IME marque al respecto.
El personal de mantenimiento formará parte de los diferentes equipos de emergencia que les sean asignados (según instalación y turno horario) establecidos en los planes de autoprotección de las instalaciones.
11. PROGRAMA DE TRABAJOS
Dentro de los treinta días siguientes a la formalización del contrato el adjudicatario presentará, para su aprobación expresa o tácita (si no se opone en el plazo de dos semanas) por el IME, el programa de trabajo de las instalaciones ubicadas en los edificios integrados en el Anexo 1, así como un Manual de Procedimientos, en el que queden claramente definidos los Procesos a ejecutar en los que como mínimo se expongan:
▪ Responsable de la ejecución.
▪ Objetivo del procedimiento.
▪ Medios humanos y técnicos en la ejecución.
▪ Definición del procedimiento.
▪ Medidas de prevención y seguridad a aplicar.
En este programa se detallarán, para cada instalación y elementos constitutivos de la misma, las operaciones de mantenimiento que les correspondan y la frecuencia de las mismas. En todo caso, se deberán respetar las operaciones y frecuencias mínimas definidas en las fichas de mantenimiento de este Pliego (Anexo 3), o las que realmente correspondan legalmente y a nivel normativo en cada momento. También se encargará la empresa de controlar y supervisar la efectiva y adecuada realización de dichas operaciones.
Será de especial importancia, el Plan de prevención de la Legionela que se deberá incluir en el programa, adjuntándose los procedimientos asociados.
El contratista no podrá modificar estos programas sin la aprobación expresa del IME.
12. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE
El contratista es responsable de garantizar el cumplimiento de toda la normativa vigente aplicable a cada una de las instalaciones objeto de este contrato en cuanto a operaciones de mantenimiento o seguridad, estén o no recogidas específicamente en este pliego. También será responsable de dar constancia por escrito, en su caso, de cuantos incumplimientos de dicha normativa observara en las instalaciones, aunque estas sean cuestiones que no pertenezcan al ámbito de mantenimiento o seguridad contratado.
A título enunciativo se indican unas tareas y frecuencia a nivel normativo en el Anexo 1. No obstante, en relación con lo anterior, se deben cumplir como mínimo las normativas existentes en cada momento editadas por el Ministerio de Industria y Energía, R.I.T.E., las normativas editadas por el MOPT, NTE, lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, lo establecido para el mantenimiento xx xxxxxx de refrigeración por la Comunidad Autónoma de les Xxxxx Balears y el resto de disposiciones vigentes e incluso normas establecidas por las compañías suministradoras.
Igualmente se deberán cumplir las normas que afecten al mantenimiento de las instalaciones existentes en el ámbito local.
13. REPUESTOS, UTILES Y MAQUINARIA
Repuestos y materiales
El contratista garantizara la existencia y disposición inmediata durante los 365 días del año de repuestos necesarios para operaciones normales y mantenimiento preventivo, normativo y correctivo de las instalaciones de todos los edificios a través de sus almacenes.
Para ello, dentro de los sesenta días siguientes a la formalización del contrato el adjudicatario presentará al IME un listado de material y piezas adaptadas a las utilizadas por cada equipo que se prevean necesarias para ejecutar los trabajos objeto del contrato. El listado incluirá cantidades y precios de venta al público de almacenistas.
Los repuestos serán siempre originales y específicamente destinados a la instalación, elemento o maquinaria que sea objeto de reparación. En el caso en que este tipo de repuesto no se encontrase en el mercado, el utilizado deberá tener unas características equivalentes al original.
Correrá a cargo de la empresa adjudicataria la adquisición y suministro del material consumible necesario para llevar a cabo las tareas de conducción y mantenimiento y la adquisición y suministro de todas las piezas de recambio. El coste de estos materiales se incluirá en la factura mensual.
El material de reposición deberá ser aprobado previamente por el Director del centro, al cual se le comunicará por comunicado escrito, mail o fax.
Inventario y control.
El contratista gestionará el almacén de piezas de repuesto que supondrá:
▪ La previsión inicial de todas aquellas piezas o materiales necesarias para las reparaciones, sustituciones o averías, dotando al sistema de mantenimiento de la suficiente agilidad para un rápido funcionamiento.
▪ La adquisición de dicho material y su constante reposición.
▪ La justificación de las compras y del consumo del material ante el IME.
▪ El orden físico xxx xxxxxxx de material de repuesto.
14. OBLIGACIONES GENERALES E INFORMES
El adjudicatario dejará constancia escrita de cuantas operaciones realice en cumplimiento del contrato en cada uno de los edificios; constancia que estará permanentemente actualizada a disposición del responsable técnico del IME.
En este sentido el adjudicatario establecerá libros de mantenimiento para cada una de las instalaciones objeto xxx xxxxxx, así como una serie de fichas históricas de los equipos de cada instalación en las que se recogerán todas las incidencias relacionadas con éstos.
Obligaciones genéricas.
1.- Mantener los equipos, instalaciones y sistemas auxiliares asociados de forma que al finalizar la vigencia del contrato se encuentren en buen estado de operación con salvedad del envejecimiento propio del equipo.
2.- Tener actualizados los libros de mantenimiento de las instalaciones (climatización, media tensión, protección contra incendios, etc.) y las fichas históricas de los equipos.
3.- Realizar inmediatamente todos los trabajos de reparación urgente y emergencias para minimizar los daños y el tiempo xx xxxxxx de los equipos e instalaciones, previniendo interrupciones o reducción del nivel de operación y servicio al usuario.
4.- El contratista garantizara la existencia y disposición inmediata durante los 365 días del año de herramientas necesarias para operaciones normales y mantenimiento preventivo, normativo y correctivo de las instalaciones de todos los edificios a través de sus almacenes.
Seguro de responsabilidad civil
El contratista tendrá suscrito un seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de
750.000 € para hacer frente a los posibles daños y perjuicios que le puedan ser imputados como consecuencia de sus acciones u omisiones.
Una copia de la póliza será entregada al IME dentro de las dos semanas siguientes a la formalización del contrato.
Recursos humanos.
1.- Mantener constantemente el número de efectivos adscrito al contrato y facilitarle la formación necesaria para asegurar un correcto cumplimiento del contrato.
2.- Incorporar cualquier personal adicional que pudiera ser requerido para resolver situaciones críticas o especiales o avería inesperadas, así como la acumulación imprevista de trabajos de mantenimiento correctivo o preventivo que puedan presentarse.
Compras y almacenamiento.
1.- Implantar una política eficaz de compras que asegure un servicio ininterrumpido de mantenimiento.
2.- Presentar mensualmente una lista completa con el material empleado en reparaciones o sustituciones, con expresión de su coste exacto.
3.- Reponer de manera inmediata todos los repuestos que se utilicen y procedan del inventario.
Informes
1.- Mensualmente, junto con la factura del mes, se presentará un informe que recoja:
▪ Mantenimiento preventivo y correctivo:
o Las principales operaciones realizadas.
▪ Mantenimiento conductivo
o Resumen de datos de funcionamiento de instalaciones.
2.- A la finalización del contrato:
▪ Inventario actualizado de todas las instalaciones actuales, con indicación de altas y bajas durante el período de contrato.
▪ Un informe final, tras la correspondiente inspección en cada una de las instalaciones, en el que figuren, al menos, los siguientes extremos:
o Las fichas técnicas e históricos de los equipos y componentes.
o Las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo: resumen de las operaciones realizadas, etc.
o Relación de informes y certificados entregados con indicación de la fecha de presentación.
Los documentos serán entregados en soporte papel e informático, conforme a las directrices que en su momento determine el IME.
15. INSPECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS.
1.- Desmontaje de materiales o trabajos no adecuados.
El IME, durante la ejecución de los trabajos, tendrá la capacidad de ordenar al contratista por escrito el desmontaje y retirada de cualquier material que en opinión de aquélla no sea conforme con los requisitos del contrato, y sustituirlo con el adecuado dentro del período de tiempo que determine el IME.
En ningún caso la empresa queda liberada de ninguna responsabilidad u obligación que pueda ser aplicable conforme a las condiciones del contrato.
2.- Garantía.
Tanto en las reparaciones efectuadas como en la sustitución de piezas, el contratista garantizará el correcto funcionamiento por un período mínimo de un año.
3.- Responsabilidades.
En el caso en que se efectúen operaciones de mantenimiento inadecuados, que provoquen daños en las instalaciones y equipos, la reparación correrá íntegramente por cuenta del adjudicatario. Si los daños se produjeran por omisión o negligencia de las operaciones necesarias de mantenimiento preventivo o normativo, la responsabilidad en las reparaciones de daños correrá a cargo igualmente del adjudicatario.
16. ASESORAMIENTO
Igualmente es objeto del contrato el asesoramiento técnico a la Gerencia Territorial, y para todos los edificios comprendidos en el Anexo I del presente Pliego, en las siguientes materias:
▪ Seguridad de las instalaciones y de los inmuebles y adaptación a la normativa vigente.
▪ Previsión y anticipación de posibles problemas, averías o incidencias graves en las instalaciones.
▪ Propuestas de mejoras en el funcionamiento de los equipos, sistemas e instalaciones y en las propias actuaciones de mantenimiento.
▪ Propuestas de optimización para un mejor aprovechamiento y rendimiento económico de las instalaciones y de su eficiencia de funcionamiento.
▪ Propuestas de optimización para la mejora de la contratación y gestión de contratos con compañías y empresas suministradoras (suministros energéticos, agua).
▪ Análisis y previsión de costes de reposición de instalaciones y cuadros de amortización.
▪ Solicitud de permisos y licencias.
▪ Preparación de presupuestos.
▪ Cualesquier otras tareas de gestión técnica necesarias para el adecuado mantenimiento de los edificios.
17. FORMA DE PAGO
Durante la vigencia del contrato la entidad adjudicataria presentará en sus diez primeros días de cada mes una factura juntamente con una copia del pedido y el albarán de entrega para cada suministro efectuado durante el mes anterior.
Estas facturas se expedirán a nombre del IME del Ayuntamiento xx Xxxxx y se especificará: la relación del material suministrado, el lugar y la entidad a la cual se ha suministrado, cuantía, precio unitario, IVA desglosado e importe total. Los importes deberán ajustarse a los precios xx xxxxxxx.
No será de aplicación el aumento del importe de la factura en concepto de gastos generales y beneficio industrial.
18. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios que han de servir de fundamento para la adjudicación de la contrata a favor de la proposición más ventajosa, son los siguientes:
1. Criterios técnicos: proyecto técnico:
a. Estudio, justificación y planificación de tiempos y tareas para la ejecución del servicio de forma satisfactoria. Distribución de carga de trabajo adecuada y estructura óptima por cada centro. (15 puntos)
b. Justificación y planificación de la utilización de maquinaria, equipos y medios materiales adecuados para el mantenimiento de instalaciones de cada centro o grupo de centros. Relación de los medios que se adscribirán al contrato permanentemente y de los medios con los que cuenta la empresa para uso esporádico en caso de necesidad (10 puntos)
c. Mayor cualificación técnica o mayor dedicación del personal de coordinación (supervisión del servicio) que las exigidas en el pliego técnico. Indicar dedicación parcial a cada centro (5 puntos).
d. Justificación de medios de formación técnica, seguimiento y apoyo al personal.
(5 puntos)
e. Otras mejoras relacionadas con el contrato: actuaciones que puedan mejorar la gestión de mantenimiento de las instalaciones (5 puntos)
El proyecto técnico a presentar ha de tener una extensión máxima de 75 páginas, siguiendo el guión establecido y que ha de estar correctamente paginado y con el correspondiente índice (no se contabilizará información de la empresa, copias de las fichas técnicas o catálogos de los materiales, medios y maquinaria, así como hojas de acreditación de servicios de características similares que se deben adjuntar en un documento aparte al proyecto).
2. Criterios objetivos:
a. Precio: 55 puntos
Se aplicará la siguiente fórmula lineal:
P=Mx(PL-Po)/(Pl-Pm)
On:
P = Puntuación de la oferta
M = Puntuación máxima = 55 PL = Importe de licitación
PO = Importe de la oferta a valorar
PM = Importe de la oferta más económica donde PM = ≥ 0,85 PL
b. Reducción precio unitario en tanto por ciento, de lo materiales según los precios de la construcción del colegio oficial de aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de edificación de Mallorca vigente (5 puntos)
Se establecerá 5 puntos a la oferta más ventajosa y 0 puntos si la baja es igual a
0. El resto de puntuaciones se realizará de manera proporcional. Para establecer la puntuación se aplicará la siguiente fórmula lineal:
Po=(pbxp)/mb
Donde:
Po: puntos otorgados
Pb: porcentaje de baja de precios unitarios
Mb: mayor porcentaje de baja P: puntuación máxima: 5
Palma, 20 de febrero de 2012
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Cap d’Àrea de Manteniment i Obres Institut Municipal de l’Esport.
ANEXO 1. RELACION DE CENTROS
1. Piscina S’Xxxxx
2. Piscina Xxxx Xxxxxxx
3. Piscina Sant Xxxxxx
4. Piscina Son Roca
5. Piscina Sant Jordi
6. Piscina Son Ferriol
ANEXO 2. NORMATIVA APLICABLE Y GUIAS DE REFERENCIA
▪ Decreto 53/1995 de 18 xx xxxx. Condiciones higiénico - sanitarias para las piscinas de establecimientos de alojamientos turísticos y los de uso colectivo.
▪ Orden de 5 marzo 1996. Conocimientos a acreditar por el personal encargado de las instalaciones en establecimientos turísticos y de las de uso colectivo.
▪ RD 374-2001, del 6 xx Xxxxx, sobre la protección y seguridad de los trabajadores contra los riegos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
▪ RD 773-1997, del 30 xx Xxxx, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de Equipos de Protección Individuales (EPI’s).
▪ Criterios higiénico sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis (R.D. 865/2003).
▪ Guía para la prevención y el control de la proliferación y diseminación de legionela en instalaciones según UNE 100030 IN de octubre de 2001.
NORMATIVAS A APLICAR EN LAS DIFERENTES INSTALACIONES DE LOS EDIFICIOS | ||||||
INSTALACIÓN | REGLAMENTOS | ORDENES Y/O REALES DECRETOS | FRECUENCIA | ENTIDAD AUTORIZADA | FRECUENCIA | ENTIDAD AUTORIZADA |
Electricidad de baja tensión | Reglamento electroténico de baja tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias | RD 842/2002, de 2 xx xxxxxx | Anual | Instalador autorizado | Bianual | Entidad inspección y control |
Norma tecnológica de la edificación NTE-IEB “Instalaciones de electricidad: baja tensión” | ||||||
Norma tecnológica de la edificación NTE-IEP “Instalaciones de electricidad: puesta a tierra” | ||||||
Depósitos de gasóleo | Reglamento de instalaciones petrolíferas e Instrucciones Técnicas Complementarias (MI-IP03) | RD 1427/1997 ( de 15/9/97) | 5 años | Instalador autorizado | 10 años | Empresa autorizada |
Instalaciones de climatización y A.C.S | Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios ( RITE) e Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) | RD 1751/1998 ( de 31/7/98), modificado según RD 1218/2002 y posteriores | Mensual para algunas operaciones | Instalador autorizado | ||
Suministr o interior de agua | Criterios higiénico- sanitarios para la prevención y control legionelosis | RD 909/2001 ( de 27/7/2001) | Diversa, dependiendo de la instalación | Empresa inscrita en el Registro de la Comunidad | ||
Instalacio nes gas | Reglamentos de redes y acometidas de combustibles gaseosos | Orden 18/11/74 | Mensual | Empresa mantenedora | Bianual | Instalado r autorizado |
Reglamento de instalaciones de gas en locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales | RD 1853/1993 ( de 22/10/93) | |||||
Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible | RD 494/88 ( xx00/0/00) |