PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES SECCIÓN I GENERALIDADES
“CONTRATACIÓN DE UN (1) CONSULTOR POR PRODUCTO - PERITO VALUADOR PARA LA DETERMINACIÓN DEL PRECIO BASE DE (1) BIEN MUEBLE (VEHÍCULO AUTOMOTOR) QUE SE ENCUENTRA LISTO PARA EL RESPECTIVO AVALUO, EN LA CIUDAD DE SANTA XXXX”
PARTE I INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES SECCIÓN I GENERALIDADES
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación de Servicios de Consultoría Individual por producto se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones.
2 PROPONENTES ELEGIBLES
En esta convocatoria podrán participar únicamente personas naturales con capacidad de contratar.
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
3.1 Consultas escritas sobre el DBC “No corresponde”
3.2 Reunión Informativa de Aclaración “No corresponde”
4 GARANTÍAS
De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro Caución a Primer Requerimiento.
La presentación de las garantías en sus diferentes tipos se realizará de manera física, conforme las condiciones establecidas, independientemente de que la propuesta sea presentada electrónicamente o de manera física.
En el caso de propuestas presentadas electrónicamente, el proponente podrá optar por el Depósito a la cuenta corriente fiscal dispuesta para el efecto por la entidad contratante, en remplazo de la Garantía de Seriedad de Propuesta o realizar la presentación de uno de los tipos de garantía establecidos en el presente numeral.
4.1 Las garantías requeridas, de acuerdo con el objeto, son:
a) Garantía de Seriedad de Propuesta. “No corresponde”
b) Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato.
Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la garantía de cumplimiento de contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
c) Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. “No corresponde”
4.2 Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta “No corresponde”
4.3 Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta “No corresponde”
La Garantía de Seriedad de Propuesta o el depósito por este concepto, en caso de haberse solicitado, será devuelto a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, computables a partir del día siguiente hábil de la:
a) Notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta.
b) Notificación de la Resolución que resuelve el Recurso Administrativo de Impugnación, si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS).
c) Comunicación del proponente rehusando aceptar la solicitud de la entidad convocante sobre la extensión del periodo de validez de propuestas.
d) Notificación de la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación.
e) Notificación de la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria.
f) Suscripción del contrato con el proponente adjudicado.
En caso del Depósito por concepto de Garantía de Seriedad de Propuesta, el mismo será devuelto a la cuenta que señale el proponente para el efecto.
4.4 El tratamiento de ejecución y devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato y Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.
4.5 De acuerdo a los incisos a) y b) del Artículo 21 de las NB-SABS, para Consultorías Individuales de Línea no se solicitará ninguna garantía ni se realizará retenciones.
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
5.1 Procederá el rechazo de la propuesta cuando ésta fuese presentada fuera del plazo (fecha y hora) y/o en lugar diferente al establecido en el presente documento.
5.2 Las causales de descalificación son:
a) Incumplimiento a la Declaración Jurada del Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
b) Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas.
c) Cuando el período de validez de la propuesta, no se ajuste al plazo mínimo establecido en el subnumeral 11.2 del presente.
d) Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma propuesta.
e) Cuando el proponente presente dos o más propuestas.
f) Cuando la propuesta contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
g) Cuando la propuesta presente errores no subsanables.
h) Si para la suscripción del contrato, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
i) Si para la suscripción del contrato la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitada por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 21.1 del presente.
j) Cuando el proponente desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato.
La descalificación de propuestas deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES
6.1 Se deberán considerar como criterios de subsanabilidad los siguientes:
a) Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la propuesta cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente.
b) Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no incidan en la validez y legalidad de la propuesta presentada.
c) Cuando la propuesta no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente.
d) Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en los Términos de Referencia, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la propuesta contenga errores subsanables, estos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la suscripción del contrato.
6.2 Se deberán considerar errores no subsanables, siendo objeto de descalificación, los siguientes:
a) Ausencia de cualquier Formulario, solicitado en el presente, salvo el Formulario de Propuesta Económica (Formulario B-1), cuando la evaluación sea mediante el Método de Selección y Adjudicación Presupuesto Fijo, donde el proponente no presenta propuesta económica.
b) Falta de firma del proponente en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
c) Falta de la propuesta técnica o parte de ella.
d) Cuando se presente en fotocopia simple el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
7 DECLARATORIA DESIERTA
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 del Decreto Supremo Nº 0181.
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de la suscripción del Contrato mediante de Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 del Decreto Supremo Nº 0181.
SECCIÓN II PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
9 PREPARACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas deben ser elaboradas conforme los requisitos y condiciones establecidos en el presente.
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE
10.1 Los documentos que deben presentar los proponentes son:
a) Formulario de Presentación de la Propuesta (Formulario A-1). En el caso de presentación electrónica de propuestas este formulario deberá consignar la firma (documento escaneado o documento firmado digitalmente).
b) Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2).
c) Formularios de Propuesta Técnica, en base a los Términos de Referencia (Formulario C-1 y Formulario C-2).
En caso de la presentación electrónica de propuestas, se podrá hacer uso del Depósito por concepto de Garantía de Seriedad de Propuesta.
10.2 La propuesta deberá tener una validez no menor a treinta (30) días calendario, desde la fecha fijada para la apertura de propuestas.
SECCIÓN III PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 11 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
11.1 Forma de presentación física
11.1.1 La propuesta deberá ser presentada en sobre cerrado y con cinta adhesiva transparente sobre las firmas y sellos, dirigido a la entidad convocante.
11.1.2 La propuesta deberá ser presentada en un ejemplar.
11.1.3 La propuesta deberá incluir un índice, que permita la rápida ubicación de los Formularios y documentos presentados.
11.2 Plazo y lugar de presentación física
11.2.1 Las propuestas deberán ser presentadas dentro del plazo (fecha y hora) fijado y en el domicilio establecido en el presente.
Se considerará que el proponente ha presentado su propuesta dentro del plazo, si ésta ha ingresado al recinto en el que se registra la presentación de propuestas, hasta la fecha y hora límite establecidas para el efecto.
11.2.2 Las propuestas podrán ser entregadas en persona o por correo certificado (Courier). En ambos casos, el proponente es el responsable de que su propuesta sea presentada dentro el plazo establecido.
11.3 Modificaciones y retiro de propuestas físicas
11.3.1 Las propuestas presentadas sólo podrán modificarse antes del plazo límite establecido para el cierre de presentación de propuestas.
Para este propósito, el proponente deberá solicitar por escrito la devolución total de su propuesta, que será efectuada bajo constancia escrita y liberando de cualquier responsabilidad a la entidad convocante.
Efectuadas las modificaciones, podrá proceder a su presentación.
11.3.2 Las propuestas podrán ser retiradas mediante solicitud escrita firmada por el proponente, hasta antes de la conclusión del plazo de presentación de propuestas.
La devolución de la propuesta cerrada se realizará bajo constancia escrita.
11.3.3 Vencidos los plazos citados, las propuestas no podrán ser retiradas, modificadas o alteradas de manera alguna.
12 APERTURA DE PROPUESTAS
12.1 Después del cierre del plazo de presentación de propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación procederá a la apertura de las propuestas en acto público, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta. En caso de no existir propuestas, la Comisión de Calificación suspenderá el acto de apertura y recomendará al RPA que la convocatoria sea declarada desierta.
12.2 El Acto de Apertura comprenderá:
a) Lectura de la información sobre el objeto de la contratación, las publicaciones realizadas y la nómina de las propuestas físicas presentadas y rechazadas, según el Acta de Recepción.
b) Apertura de todas las propuestas físicas y/o electrónicas recibidas dentro del plazo, para su registro en el Acta de Apertura.
c) Dar a conocer públicamente el nombre de los proponentes y el precio total de sus propuestas económicas, excepto cuando se aplique el Método de Selección y Adjudicación de Presupuesto Fijo.
d) Verificación de los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ, del Formulario V-1 correspondiente.
El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación procederá a rubricar todas las páginas de cada propuesta original.
12.3 Durante el Acto de Apertura de propuestas no se descalificará a ningún proponente, siendo esta una atribución del el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación en el proceso de evaluación.
El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
12.4 Concluido el Acto de Apertura, la nómina de proponentes será remitida, por el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, al RPA en forma inmediata, para efectos de eventual excusa.
SECCIÓN IV EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN 13 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La entidad convocante, para la evaluación de propuestas podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
a) Presupuesto Fijo;
b) Calidad, Propuesta Técnica y Costo; No corresponde
c) Calidad. No corresponde
14 EVALUACIÓN PRELIMINAR
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación determinarán si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la Propuesta, utilizando el Formulario V-1 correspondiente.
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y
COSTO. No corresponde
15.1 Evaluación Propuesta Económica
15.1.1 Errores Aritméticos
15.2 Evaluación de la Propuesta Técnica
15.3 Determinación del Puntaje Total
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD No corresponde
16.1 Evaluación de la Propuesta Económica
16.1.1 Errores Aritméticos
16.2 Evaluación de la Propuesta Técnica
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE PRESUPUESTO FIJO
Este método se aplicará para la contratación de Servicios de Consultoría Individual de Línea o Por Producto, en el que el presupuesto será determinado por la Entidad, por lo que los proponentes no deberán presentar propuesta económica y en caso de ser presentada la misma no será considerada para efectos de evaluación.
La evaluación tendrá una ponderación de setenta (70) puntos y se realizará de la siguiente forma:
17.1 Evaluación de la Propuesta Técnica
La propuesta técnica contenida en el Formulario C-1, será evaluada aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, utilizando el Formulario V-3.
A las propuestas que no hubieran sido descalificadas, como resultado de la metodología CUMPLE/NO CUMPLE, se les asignarán treinta y cinco (35) puntos. Posteriormente, se evaluará las condiciones adicionales establecidas en el Formulario C-2, asignando un puntaje de hasta treinta y cinco (35) puntos, utilizando el Formulario V-3.
El puntaje de la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi), será el resultado de la suma de los puntajes obtenidos de la evaluación de los Formularios C-1 y C-2, utilizando el Formulario V-3.
Las propuestas que en la Evaluación de la Propuesta Técnica (PTi) no alcancen el puntaje mínimo de cincuenta (50) puntos serán descalificadas.
El Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, recomendará la Adjudicación, de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total (PTi).
En caso de existir empate entre dos o más propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
18 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
a) Nómina de los proponentes.
b) Cuadros de Evaluación.
c) Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
d) Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda.
e) Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
f) Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.
19 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA
19.1 El RPA, recibido el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta y dentro del plazo fijado en el cronograma de plazos, emitirá la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
19.2 En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del Cronograma de Plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
19.3 Para contrataciones con montos menores a dicho monto la entidad determinará el documento de adjudicación o declaratoria desierta.
19.4 El Documento de Adjudicación o Declaratoria Desierta será motivada y contendrá mínimamente la siguiente información:
a) Nómina de los participantes y precios ofertados, cuando corresponda.
b) Los resultados de la calificación.
c) Identificación del proponente adjudicado, cuando corresponda.
d) Causales de descalificación, cuando corresponda.
e) Lista de propuestas rechazadas, cuando corresponda.
f) Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
El Documento de Adjudicación o Declaratoria Desierta será notificada a los proponentes de acuerdo con lo establecido en el Artículo 51 de las NB-SABS. La notificación, deberá incluir copia de la Resolución y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
SECCIÓN V SUSCRIPCIÓN, MODIFICACIONES AL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
20 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y PAGO
20.1 La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, computables a partir de su notificación.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.
En caso que el proponente adjudicado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o más documentos requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
20.2 El proponente adjudicado deberá presentar, para la suscripción de contrato, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1).
20.3 Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de suscribir el contrato, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad.
El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la suscripción del contrato, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso.
Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación.
Si producto de la revisión efectuada para la suscripción del contrato los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la consolidación del depósito o la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada.
21 CIERRE DEL CONTRATO Y PAGO
21.1 Una vez que la Contraparte de la entidad emita su conformidad a la prestación del servicio, la Unidad Administrativa, efectuará el cierre del contrato, verificando el cumplimiento de las demás estipulaciones del contrato suscrito, a efectos del cobro de penalidades, la devolución de garantías, si corresponde, y emisión del Certificado de Cumplimiento de Contrato.
21.2 Los pagos por el servicio se realizarán previa conformidad de la entidad convocante, entrega de la factura (si corresponde) y entrega del comprobante de pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones.
Para Consultores Individuales por Producto en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
1. DATOS DEL PROCESOS DE CONTRATACIÓN | ||||||
Entidad Convocante SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES – GERENCIA GRACO SANTA XXXX “CONTRATACIÓN DE UN (1) CONSULTOR POR PRODUCTO - PERITO VALUADOR PARA LA Objeto de la contratación DETERMINACIÓN DEL PRECIO BASE DE (1) BIEN MUEBLE (VEHÍCULO AUTOMOTOR) QUE SE ENCUENTRA LISTO PARA EL RESPECTIVO AVALUO, EN LA CIUDAD DE SANTA XXXX” Calidad Propuesta Técnica y Método de Selección y Calidad Calidad Propuesta Técnica y Costo Adjudicación X Presupuesto Fijo Forma de Adjudicación POR EL TOTAL Precio Referencial La contratación se CONTRATO formalizará mediante Plazo para la ejecución de la Consultoría Garantía de Cumplimiento de Contrato El proponente adjudicado deberá constituir la garantía del cumplimiento de contrato o solicitar la retención (sólo en el caso de Consultoría del 7% en caso de pagos parciales (aplicable sólo en el caso de Consultoría por Producto) por Producto) # Nombre del Organismo Financiador % de Financiamiento (de acuerdo al clasificador vigente) Organismos Financiadores 1 TGN 100 2 (*) Aplica sólo para Consultores Individuales de Línea | ||||||
2. INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: | ||||||
Domicilio de la Entidad Convocante | SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES UBICADA EN LA XXXXX XXXXXXX Xx 000, ENTRE CAMPERO Y XXXXXXXX DE LA CIUDAD DE SANTA XXXX | Horario de Atención de la Entidad | 07:30 a 16:30 | |||
Nombre Completo Cargo Dependencia | ||||||
Encargado de atender consultas | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | PROFESIONAL I | UNIDAD DE COBRANZA COACTIVA DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO Y DE COBRANZA COACTIVA. | |||
Teléfono | 3334416 Interno 3965 Correo Electrónico | |||||
3. CRONOGRAMA DE PLAZOS | |||||||||||||||||
De acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS, los siguientes plazos son de cumplimiento obligatorio: 1. Presentación de propuestas, plazo mínimo cuatro (4) días hábiles, computable a partir del día siguiente hábil de la publicación de la convocatoria; 2. Presentación de documentos para la suscripción de contrato, plazo de entrega de documentos no menor a cuatro (4) días hábiles); El incumplimiento a los plazos señalados precedentemente será considerado como inobservancia a la normativa. | |||||||||||||||||
El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: | |||||||||||||||||
ACTIVIDAD | FECHA | HORA | LUGAR Y DIRECCIÓN | ||||||||||||||
Publicación y la Convocatoria en la Mesa de Partes Consultas Escritas (No es obligatoria) Reunión Informativa de aclaración (No es obligatoria) | Día 02 Día Día | Mes 10 Mes Mes | Año 2022 Año Año | Hora - Hora Hora | Min. - Min. Min. | ||||||||||||
1. | XXXXX XXXXXXX Xx000 XXXXX – XXXX XX XXXXXX | ||||||||||||||||
0. | |||||||||||||||||
NO CORRESPONDE | |||||||||||||||||
3. | NO CORRESPONDE | ||||||||||||||||
Día | Mes | Año | Hora | Min. | |||||||||||||
4. | Fecha límite de Presentación y Apertura de Propuestas | 07 | 10 | 2022 | 09 | 00 | RECEPCIÓN DE PROPUESTAS: XXXXX XXXXXXX Xx000, XXXX 0 XXXXXXXX XXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXXXXX ADMINISTRATIVO Y RECURSOS HUMANOS | ||||||||||
07 | 10 | 2022 | 09 | 30 | APERTURA DE SOBRES: XXXXX XXXXXXX Xx000, XXXX 0 GERENCIA GRACO SANTA XXXX | ||||||||||||
XXXX DE REUNIONES | |||||||||||||||||
“CONTRATACIÓN DE UN (1) CONSULTOR POR PRODUCTO - PERITO VALUADOR PARA LA DETERMINACIÓN DEL PRECIO BASE DE (1) BIEN MUEBLE (VEHÍCULO AUTOMOTOR) QUE SE ENCUENTRA LISTO PARA EL RESPECTIVO AVALUO, EN LA CIUDAD DE SANTA XXXX”
1. ANTECEDENTES.
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) a través de la Gerencia GRACO Santa Xxxx, tiene la necesidad de contratar los servicios de un Perito Valuador para la determinación del precio base de un bien mueble, conforme a lo establecido en Resolución Normativa de Directorio No. 101800000019, Art. 14 Parágrafo I que señala en su parte pertinente:“ A efecto de determinar el precio base de los bienes objeto de disposición, la Gerencia Distrital o GRACO emitirá convocatoria pública para contratar al perito valuador en audiencia pública, por sorteo y en presencia o no del sujeto pasivo o tercero responsable deudor, se elegirá al perito debiendo dejar constancia de su elección en acta…”, y asimismo siendo que el área operativa no cuenta con personal exclusivo y/o especializado dedicado a las acciones y/o gestiones para peritaje de bienes muebles en etapa de disposición forzosa, por lo que es necesario la contratación de los servicios de un consultor por producto (Perito Valuador).
2. JUSTIFICACION.
El trabajo realizado por el Perito Valuador, permitirá a la Administración Tributaria establecer el precio base de los bienes muebles objeto de disposición, sea mediante procedimiento de adjudicación Directa o Remate en Subasta Pública, para esta forma cumplir los requisitos establecidos en la RND Nº 101800000019 de fecha 13/08/2018.
3. OBJETIVO.
Establecer el valor de (1) bien mueble (Vehículo Automotor), para determinar el precio base para efectuar la disposición de los bienes muebles, trabajo que debe ser realizado con estricto apego al conocimiento de la profesión, entera independencia y responsabilidad, en sujeción a la norma y procedimientos establecidos, con eficiencia y calidad, pudiendo ser pasible a responsabilidad de acuerdo a la Ley N° 1178 y normativa conexa.
Detalle del bien mueble sujeto a avalúo pericial:
Nº | CLASE | MARCA | TIPO | MODELO |
1 | CAMION | FOTON | BJ1049V9JW6-A | 2015 |
* Datos extraídos de RUAT.
4. FORMACION PROFESIONAL, EXPERIENCIA GENERAL, ESPECIFICA Y OTROS. –
• Profesional A nivel (Técnico Superior y/o Ingeniero) en Mecánica Automotriz y ramas afines.
Las personas naturales con capacidad de contratar, deberán presentar la siguiente documentación:
✓ Carta especificando su Propuesta económica.
✓ Cedula de Identidad en fotocopia simple.
✓ Fotocopia del Número de Identificación Tributaria (NIT)
✓ Curriculum Vitae debidamente documentado.
Las personas jurídicas legamente constituidas en forma independiente o como asociados accidentales deberán presentar la siguiente documentación:
✓ Carta especificando su Propuesta económica.
✓ Poder del Representante Legal del proponente en fotocopia simple, con atribuciones para presentar propuestas y suscribir contratos incluidas las empresas unipersonales cuando el representante legal sea diferente al propietario.
✓ Cedula de Identidad del Representante Legal.
✓ Fotocopia del Número de Identificación Tributaria
✓ Curriculum Vitae debidamente documentado.
EXPERIENCIA GENERAL.
-Las personas naturales deberán contar con experiencia mínima de 1 año a partir de la emisión del Título Profesional.
-Las personas jurídicas y/o consultoras con 1 año a partir de la emisión de la personería jurídica y/o registro de comercio.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA.
-Elaboración de Avalúos periciales dentro de los procesos judiciales para entidades financieras y/o personas particulares.
-Disponibilidad inmediata.
COMPATIBILIDAD
- No encontrarse comprendido en las causales establecidas en el Art. 10 de la Ley No. 2341 de Procedimiento Administrativo.
5.- TRABAJO A DESARROLLAR. -
- INFORME DE AVALUO PERICIAL POR CADA BIEN INMUEBLE. –
De acuerdo al Art. 18 numeral 2 de la Resolución Normativa de Directorio No. 101800000019 los informes de los Peritos Valuadores deberán contener mínimamente las siguientes especificaciones:
a) Nombres del o los propietarios o condiciones de dominio y numero de Cedula de Identidad.
b) Matricula, placa, número de registro o propiedad u otros datos similares de individualización.
c) Valor xx xxxxxxx.
d) Antigüedad, años de vida útil, desgaste, depreciación u otros datos análogos.
e) Detalle de medios técnicos, tablas, valores, etc. Utilizados para realizar el avalúo.
f) Estado actual y condiciones del bien.
g) Otros datos que se consideren importantes de acuerdo a las características del bien.
h) Fecha y lugar del avalúo.
i) Firma y sello del profesional que suscribe.
Se hace notar que los Informes Periciales, conforme las especificaciones técnicas detalladas precedentemente, se deberán realizar por cada Bien mueble valuado.
- JURAMENTO Y PLAZO DE ENTREGA DE LOS INFORMES DE AVALUOS PERICIALES.
Conforme al Art. 16 de la Resolución Normativa de Directorio No. 101800000019, numerales I y II señala lo siguiente:
I. En el plazo de veinticuatro (24) horas computables a partir de la elección xxx xxxxxx o de resuelta su excusa o recusación, este deberá apersonarse ante la Gerencia Distrital o GRACO para que se le tome el juramento respectivo, dejándose constancia del hecho en acta.
II. El informe de avalúo pericial se presentará en un plazo xx xxxx (10) días siguientes a su juramento, salvo que, mediante Auto Administrativo por motivos de fuerza mayor, caso fortuito u otros debidamente justificados y aceptados, se otorgue un plazo adicional máximo de cinco (5) días.
- NOTIFICACION, ENMIENDAS, COMPLEMENTACIONES O ACLARACIONES AL INFORME DE AVALUO PERICIAL. –
De acuerdo al Art. 20 de la Resolución Normativa de Directorio No. 101800000019, cada informe de los Peritos valuadores deberá notificarse al sujeto pasivo o tercero responsable deudor en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de emitido el mismo. Además, la Gerencia GRACO Santa Xxxx, así como el sujeto pasivo o tercero responsable deudor, podrán solicitar enmiendas, complementaciones o aclaraciones al informe de avalúo pericial, en el plazo de cinco (5) días siguientes a su recepción y notificación respectivamente, en cuyo caso el perito valuador deberá presentar informe complementario en el plazo de cinco (5) días posteriores a la presentación de la o las solicitudes.
- PRODUCTOS ESPERADOS. -
Entrega de Informe de avaluó pericial conforme a las especificaciones técnicas del Artículo 18 de la Resolución Normativa de Directorio No. 101800000019 (Procedimiento de Disposición de Bienes en Etapa en Ejecución Tributaria o Cobro Coactivo), sea en (4) cuatro ejemplares impresos y (1) cd por ejemplar con las siguientes características:
AVALUO TÉCNICO DEL BIEN MUEBLE (mismo que mínimamente debe contener):
INFORMACIÓN GENERAL BIEN MUEBLE
Identificación de los propietarios del bien Fecha de avalúo
DESCRIPCIÓN DEL ESTADO
- Descripción del estado del bien mueble.
SITUACIÓN LEGAL
- Inscripción en el registro correspondiente
- Gravámenes
- Cualquier otro aspecto relevante
VALOR COMERCIAL
Valor comercial del bien mueble, asimismo se describa el procedimiento utilizado.
VALOR IMPOSITIVO
Valor impositivo del bien mueble, descripción del procedimiento para utilizado para estimarlo.
VALOR ESTIMADO DE REPOSICIÓN
Detallar diferentes componentes del bien mueble.
CONTEXTO
Análisis de ventajas y desventajas.
6. LUGAR Y PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
6.1. LUGAR.
El peritaje de valuación debe efectuarse en el inmueble objeto de la presente, previa coordinación con la Unidad Solicitante del avalúo pericial del bien inmueble, asimismo los informes deben presentarse en las oficinas de la Gerencia Graco Santa Xxxx ubicada en la xxxxx Xxxxxxx Xx 000 entre calles Quijarro y Campero.
6.2. PLAZO.
El plazo total para la ejecución de la consultoría será de (10) diez días calendario, computables a partir del día siguiente de la suscripción del contrato.
7.- MONTO Y FORMA DE PAGO. –
7.1. MONTO
El presupuesto fijado para esta consultoría es de Bs. 1.270,00.- (MIL DOSCIENTOS SETENTA 00/100 BOLIVIANOS)
7.2. FORMA DE PAGO.
Se realizará un pago único mediante SIGEP una vez que el consultor adjudicado entregue el producto esperado junto con la emisión de la factura además del informe de conformidad emitido por la Comisión o Responsable de Recepción designado por el SIN.
8.- RESPONSABILIDAD XXX XXXXXX VALUADOR. –
El perito valuador una vez elegido conforme lo establece la norma, deberá emitir informe de avalúo pericial con estricto apego al conocimiento de la profesión, materia, oficio, arte o técnica y con entera independencia e imparcialidad, pudiendo ser pasible a responsabilidad de acuerdo a la Ley Nº 1178 y normativa conexa, conforme lo establece el Art. 17º de la Resolución Normativa de Directorio No. 101800000019.
9.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION. -
Toda información obtenida y/o proporcionada por el SIN, así como aquella otra a la que tuviere acceso los peritos al realizar el trabajo encomendado, se encontrara bajo la aplicación del Art. 67º de la Ley Nº 2492 (Código Tributario Boliviano).
10.- METODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION.
10.1. CRITERIOS DE EVALUACION.
El método de evaluación será por Presupuesto fijo y se efectuará a las propuestas que alcancen las mayores calificaciones de los requisitos exigidos, el puntaje mínimo será de 50 (cincuenta) puntos, los criterios de evaluación son desglosados en el siguiente detalle:
CRITERIOS EVALUACIÓN | PUNTAJE MÁXIMO | |
CONDICIONES MÍNIMAS | ||
1. FORMACIÓN ACADÉMICA | 35 Puntos Habilitante | |
1.1 | PROFESIONAL: A nivel (Técnico Superior y/o Ingeniero) en Mecánica Automotriz contar con Titulo en Provisión Nacional al momento de su postulación. | |
2. | Experiencia General | |
2.1 | (1) año como mínimo de Experiencia General computable a partir de la emisión del Título en Provisión Nacional. | |
CONDICIONES ADICIONALES | 35 puntos | |
3. | Experiencia Especifica | |
3.1 | Experiencia relacionada con el avaluó de bienes muebles (Vehículos Automotores) dentro de procesos judiciales, entidades públicas, privadas o para personas particulares, computable a partir de la emisión del Título en Provisión Nacional. Por cada dos (2) avalúos se añadirá (5) puntos, hasta un máximo de (35) puntos |
11.- VIGENCIA. -
El contrato entrara en vigencia desde el día de su suscripción por ambas partes, hasta que las mismas hayan dado cumplimiento a todas las clausulas contenidas en el presente contrato.
12.- CONSENTIMIENTO DE LOS POSTULANTES. -
Al presentar su postulación, el profesional manifiesta tácitamente que acepta el contenido de los términos de referencia, por lo que no podrá argumentar desconocimiento del mismo, asumiendo responsabilidad propia inherente al proceso de contratación.
13.- MULTAS. -
Conforme a los Términos de referencia, el incumplimiento de los plazos establecidos en el numeral 6 será sancionado con el uno por ciento (1%) del costo total del producto por día calendario de retraso. La suma de las multas no podrá exceder en ningún caso el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato.
14.- SUSCRIPCION. -
Cumplidas las formalidades establecidas precedentemente, se procederá a la suscripción del contrato.