SEGUNDA ETAPA ANEXO DOS REQUISITOS PARTICULARES
DEDE
SEGUNDA ETAPA
ANEXO DOS
REQUISITOS PARTICULARES
Requisitos particulares para la prestación de servicios portuarios.
El solicitante, deberá acreditar y mantener actualizados, de acuerdo al tipo de servicio de que se trate, los equipos, permisos y demás requisitos particulares, para dar cumplimiento con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, así como los tratados y convenios internacionales celebrados y ratificados por el gobierno mexicano y demás normatividad aplicable a la que está sujeta esta Administración, mismos que se detallan a continuación:
I. Servicio de maniobras:
Consiste en la prestación de los servicios de maniobras para la transferencia de bienes o mercancías, tales como la carga, descarga, alijo, almacenaje, estiba y acarreo dentro del puerto. Para la prestación de este servicio, el solicitante, además de observar lo dispuesto por los artículos 79 y 80 del reglamento de la Ley, y deberá presentar:
1.- Plantilla del personal, equipo y maquinaria para la carga, descarga, transferencia de mercancías, equipo de protección y uniforme, para proporcionar el servicio, así como sus características. |
2.- Presentar un proyecto de Rendimiento y Productividad que permita alcanzar o superar los estándares mínimos de producción a que se refiere la Regla de Operación N. 70 de las Reglas de Operación |
3.- Anexar una lista del número de unidades, fecha de adquisición y características, así como las condiciones de operatividad en que se encuentran. |
4.- Incluir la razón social y contacto de los clientes y anexar cartas de solicitud de servicios da cada uno de los mismos. |
Regla 70 Estándares de Rendimientos. Para la realización de las maniobras, los operadores deberán emplear equipos que satisfagan los siguientes estándares mínimos de productividad. Los estándares por tipo de carga serán los siguientes:
PRODUCTO |
TONELADA/ HORA/BUQUE EN MUELLE |
TONELADA/ HORA/BUQUE EN OPERACIÓN |
CARGA GENERAL FRACCIONADA* |
55 |
75 |
CARGA GENERAL UNITIZADA* |
130 |
160 |
GRANEL AGRÍCOLA MECANIZADO* |
600 |
650 |
GRANEL AGRÍCOLA SEMIMECANIZADO* |
250 |
300 |
GRANEL MINERAL MECANIZADO* |
500 |
650 |
GRANEL MINERAL SEMIMECANIZADO* |
250 |
300 |
CONTENEDORES** |
20 |
27 |
FLUIDOS PETROLEROS* |
1050 |
1300 |
*Toneladas/hora **Contenedores Cajas/hora
II. Servicio de Pilotaje:
El servicio portuario de pilotaje o practicaje el cual consiste en conducir una embarcación mediante la utilización por parte de los capitanes de éstas, de un piloto o práctico de puerto para efectuar las maniobras de entrada, salida, fondeo, enmienda, atraque y desatraque en los puertos.
Para ser piloto de puerto se deberán cubrir como mínimo los siguientes requisitos:
I. Ser mexicano por nacimiento y no adquirir otra nacionalidad;
II. Contar con título profesional de una escuela náutica acreditada ante la Secretaría.
III. Contar con el certificado de competencia para el puerto respectivo, otorgado por la Dirección General de Xxxxxx Xxxxxxxx de la Secretaría; y
IV. Contar con equipo de radiocomunicación VHF, debidamente autorizado ante la misma Secretaría.
Además de las normas relativas a responsabilidad en términos del art. 58 de la Ley de Navegación y comercio marítimos.
III. Servicio de Remolque:
El servicio portuario de remolque, es aquel que se presta para auxiliar a una embarcación en las maniobras de fondeo, entrada, salida, atraque, desatraque y enmienda, dentro de los límites del puerto, para garantizar la seguridad de la navegación
El solicitante, además de observar lo dispuesto por los artículos 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de la Ley, deberá acreditar los requisitos que establezca la Secretaría, además de los que señale el concurso público y/o la Administración, relativos a inversión, productividad, eficiencia, ecología, calidad, equipamiento, aptitud de la plantilla laboral, mantenimiento, entre otros, cuando conforme al Programa Maestro de Desarrollo Portuario vigente proceda la admisión de uno o más prestadores de este rubro, adicionales a los actualmente autorizados en el Puerto.
Asimismo, deberá acreditar y mantener actualizados lo siguiente:
Certificado Internacional de prevención de la Contaminación por Hidrocarburos.
Certificado de Seguridad ISM.
Certificado Internacional de Francobordo.
Certificado Nacional de Seguridad Marítima.
Certificado Internacional de Arqueo.
Certificado de Matrícula.
Certificado de Clase.
Certificado de Internacional de Protección de Buque.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar su plan de Prevención y atención a emergencias, seguridad e higiene, así como las DC3 de usos y manejo de extintores.
Contar con Sistema de Identificación Automática (AIS)
Los criterios técnicos que rigen al Servicio de Remolque, se encuentran comprendidos en el ANEXO IX, denominado “Criterios para el Servicio de Remolque en el Puerto Chiapas.
IV. Servicio de Amarre de Cabos:
Es el servicio portuario a las embarcaciones, que se presta para sujetar a las mismas cuando se atracan a muelles, xxxxxx xx xxxx o boyas en el Recinto Portuario.
El solicitante además de observar lo dispuesto por los artículos 65, 66 y 67 del Reglamento de la Ley, deberá cumplir con lo siguiente.
Presentar sus procedimientos operacionales, donde determine el número de amarradores asignados por buque de acuerdo a las características de las embarcaciones, el cual no podrá ser menor a 8 (ocho) elementos por lo menos, considerándose que 2 (dos) de ellos cubrirán las posibles ausencias de la plantilla básica de (6) seis personas con las que se proporcionará cada servicio, deberán contar con un equipo de trabajo, de protección y uniforme.
Presentar las constancias comprobatorias de que su personal está capacitado para realizar las de amarre y desamarre, así como que cuenta con conocimientos sobre la seguridad y atención de emergencias.
En el caso que requiera introducir una o más lanchas a los muelles xxx Xxxxxxx Portuario para la prestación de este servicio, deberá acreditar que cuenta con equipo propio y mantener actualizado lo siguiente:
Certificado Nacional de Seguridad Marítima.
Certificado de Matrícula.
Presentar Libreta de Mar del personal a cargo de la lancha.
Presentar su plan de atención a emergencias, seguridad e higiene.
Contar con Sistema de Identificación Automática (AIS)
V. Servicio de Lanchaje:
Es el servicio portuario a la navegación, que se proporciona con una o más lanchas, para transportar a pasajeros, tripulantes, pilotos, autoridades o cualquier usuario hasta el costado de las embarcaciones, para abordarlas y/o regresar personal a tierra.
Para la prestación de este servicio, el solicitante además de observar lo dispuesto por los artículos 68, 69, 70, 71 y 72 del Reglamento de la Ley deberá acreditar que cuenta con equipo propio y mantener actualizado lo siguiente:
Certificado Nacional de Seguridad Marítima.
Certificado de Matrícula.
Presentar Libreta de Mar del personal a cargo de la lancha.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar su plan de Prevención y atención a emergencias, seguridad e higiene, así como las DC3 de usos y manejo de extintores.
Contar con Sistema de Identificación Automática (AIS)
VI. Servicio de Avituallamiento y Proveeduría:
Es el servicio portuario a las embarcaciones consistente en el suministro general de todos aquellos insumos que requiere la embarcación y sus tripulantes para la realización de sus travesías, siempre que el suministro a que se refiere esta fracción, no sea objeto de otro servicio portuario o conexo en particular.
Para la prestación de este servicio, el solicitante además de observar lo dispuesto por los artículos 74 y 75 del Reglamento de la Ley deberá acreditar que cuenta con equipo propio, así como presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Autorización sanitaria emitida por la Secretaría de Salud para el transporte de alimentos.
Presentar currículum de la empresa y su catálogo de servicios.
Contar por lo menos con 2 cartas de aceptación de diferentes agencias navieras.
Contar con equipo propio para la transportación de los productos con una antigüedad de no mayor de 7 años.
Presentar sus procedimientos operacionales.
VII. Servicio de suministro de agua potable:
Es el servicio portuario a las embarcaciones, proporcionado a través de pipas, consistente en el suministro de agua potable que requieren sus tripulantes para la realización de sus viajes.
El suministro de agua potable se prestará durante el tiempo de operación del buque, por lo que no deberá afectar la permanencia de las embarcaciones.
Para la prestación de este servicio, el solicitante deberá acreditar que cuenta con equipo propio, así como presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Contar con unidades para el transporte del agua en buen estado, las cuales deberán tener extintor en lugar accesible.
Programa de mantenimiento anual por unidad que transporte de agua.
Oficio emitido por la Comisión Nacional del Agua, en el cual autoriza la carga de agua potable al parque vehicular referido por el solicitante y el pozo en el cual deberán de cargar.
Resultado de la verificación sanitaria emitida por la Secretaría de Salud para almacenar y transportar agua en pipas
Acreditación de los resultados de los exámenes del agua, por parte de la Secretaría de Salud.
Presentar sus procedimientos operacionales.
VIII. Servicio de suministro de combustibles y lubricantes:
Es el servicio portuario a las embarcaciones proporcionado a través de los medios de transporte autorizados para tal fin, consistente en el suministro de combustibles y/o lubricantes que en su carácter de insumos requieren las mismas para sus viajes.
El solicitante podrá optar por la prestación del servicio de suministro de ambos insumos de manera conjunta, o bien de forma independiente de uno u otro servicio.
Para la prestación del servicio de combustibles a través de embarcaciones, el solicitante deberá acreditar y mantener actualizados lo siguiente:
Contar con contrato vigente de distribución de combustibles marinos celebrado con Petróleos Mexicanos.
Contar con el equipo especializado de preferencia bomba neumática, para suministro de combustible, en caso de ser rentado, el contrato respectivo.
Certificado Internacional de prevención de la Contaminación por Hidrocarburos.
Certificado de Seguridad ISM.
Certificado Internacional de Francobordo.
Certificado Nacional de Seguridad Marítima.
Certificado Internacional de Arqueo.
Certificado de Matrícula.
Certificado de Internacional de Protección de buque.
Presentar su plan general de zafarrancho.
El servicio de suministro de combustible podrá realizarse también vía auto tanque, para lo cual el solicitante deberá acreditar y mantener actualizado lo siguiente:
Contar con contrato vigente de distribución de combustibles marinos celebrado con Petróleos Mexicanos.
En caso de rentar el equipo de transporte a un tercero, el interesado deberá presentar el contrato de prestación del servicio de transporte vigente.
Autorización de la SCT para el transporte de sustancias peligrosas a nombre del prestador, o en su caso xxx xxxxxxx a quien se contrate el servicio.
Presentar relación de unidades de transporte con placas del servicio público federal, a nombre del prestador, o en su caso xxx xxxxxxx a quien se contrate el servicio.
Presentar licencias de conducir de los operadores de las unidades de transporte (tipo E), especial para residuos peligrosos.
Para ambos servicios el solicitante deberá acreditar y mantener actualizado lo siguiente:
Procedimientos operacionales.
Procedimientos de atención de emergencias
IX. Servicio de recolección de basura:
Para la recolección de desechos orgánicos e inorgánicos no peligrosos, el solicitante deberá acreditar que cuenta con equipo propio, así como presentar y mantener actualizado lo siguiente:
En caso de cambio de situación fiscal formato R-2 SHCP
Carta compromiso de celebración de convenio entre el interesado y el H. Ayuntamiento de Tapachula Chis., en el cual se otorga el acceso a las unidades con desechos y materiales sólidos no peligrosos a las instalaciones del basurero.
Contar con transporte terrestre con caja cerrada para evitar escurrimientos y derrames, el cual contará con extintor en lugar accesible,
Autorización y Xx.Xx., por parte de Sanidad Internacional al inicio de sus operaciones. (Secretaria de Salud, Autorización de SAGARPA, Autorización de SEMARNAT)
Contar con el Certificado de Registro vigente expedido por la Dirección General de Xxxxxx Xxxxxxxx dando cumplimiento al Convenio Internacional para prevenir la Contaminación del Mar por los Buques, MARPOL 1973/Protocolo de 1978. XXXXX XXX (en caso de que se trate del primer contrato suscrito con la Administración
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar su programa de protección civil para casos de emergencia.
Presentar su programa de seguridad e higiene
Presentar su programa de control ambiental.
Montos de Inversión
Ajustarse al procedimiento para la recolección y destrucción de residuos sólidos urbanos, provenientes de las embarcaciones atracadas en Puerto Chiapas.
X. Servicio de recolección de residuos peligrosos y de aguas residuales:
Consiste en la recolección de todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características son consideradas como peligrosas, corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, biológico infecciosas, o irritantes, y que representan un peligro para la salud humana, el equilibrio ecológico o el ambiente.
Para la eliminación de aguas residuales y materiales peligrosos, el solicitante deberá presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Relación de unidades de transporte con placas de servicio público federal, sean propias o rentadas.
Autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para recolección y transporte de materiales peligrosos a nombre del interesado, así como en caso de rentar equipo adicional al propio, se deberá presentar el contrato vigente de prestación del servicio de transporte celebrado entre el interesado y una empresa autorizada por SEMARNAT, mostrando su autorización correspondiente, de la empresa a quien subcontrate.
Autorización de la SEMARNAT a nombre del interesado para el almacenamiento (acopio) de materiales peligrosos o cualquier otra disposición final que establezca la SEMARNAT, en caso de que el interesado no cuente con dicha autorización, deberá presentar un contrato para la disposición final de materiales peligrosos celebrado con una empresa autorizada por la SEMARNAT, presentando su autorización correspondiente.
Autorización de la SCT para el transporte de materiales peligrosos a nombre del interesado, así como en caso de rentar equipo adicional al propio, se deberá presentar la autorización de la SCT de la empresa a quien se subcontrate el equipo.
Presentar licencias de conducir de los operadores de las unidades de transporte (tipo E), especial para el transporte de materiales peligrosos
Contar con el Certificado de Registro expedido por la Dirección General de Xxxxxx Xxxxxxxx dando cumplimiento al Anexo I y II del Convenio Internacional para prevenir la Contaminación del Mar por los Buques, MARPOL 1973/Protocolo de 1978
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar su plan de Prevención y atención a emergencias.
Los criterios técnicos que rigen al Servicio de recolección de basura, se encuentran comprendidos en el ANEXO X denominado “Procedimientos para la prestación de servicios que afectan al medio ambiente.”
XI. Servicio de reparación a flote:
Es el servicio portuario que incluye todos los trabajos de reparación y mantenimiento que se proporciona a los buques que se encuentran a flote. Para la prestación del servicio de reparación naval a flote, el solicitante deberá acreditar y mantener actualizado lo siguiente:
Presentar Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, debido al riesgo al intervenir con tanques, o áreas con posibilidad de explosión y/o contaminación de combustibles (presentar posterior a la firma del contrato)
Presentar todos los procedimientos operacionales.
Contar con un control de calidad y de certificación de materiales, así como procedimientos aceptados por las sociedades clasificadoras.
Plan de Manejo Ambiental
Plan de Atención a emergencias
Este servicio deberá prestarse a cualquier hora del día y en cualquier día del año, única y exclusivamente durante la estadía del buque en sus maniobras de carga y/o descarga con el objeto de no incrementar la estadía de los barcos en el puerto, debiendo solicitar previamente a la Capitanía el permiso correspondiente para realizar dichos servicios como son eléctricas, electrónicas, soldadura u otros afines que tenga que ver con el uso de fuego a bordo del buque.
Requisitos particulares para la prestación de servicios conexos
El solicitante, deberá acreditar y mantener actualizados, de acuerdo al tipo de servicio de que se trate, los equipos, permisos y demás requisitos particulares, para dar cumplimiento con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, así como los tratados internacionales celebrados y ratificados por el gobierno mexicano y demás normatividad aplicable a la que está sujeta esta Administración, mismos que se detallan a continuación:
I. Fumigación a bordo de las embarcaciones, a las mercancías y sus embalajes, a los almacenes y sus instalaciones, contenedores y equipos de transporte terrestre:
Se considerará como fumigación a las técnicas de saneamiento consistentes en la utilización de agentes químicos destinados al control de plagas y microorganismos de efectos nocivos para la salud del hombre. El campo de aplicación de este servicio se limita a las actividades de desinsectación y desinfección.
Para la prestación de este servicio, el solicitante deberá acreditar que cuenta con equipo propio, así como presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Certificado Fitosanitario de cumplimiento a la NOM-022-FITO-1995 emitido por la SAGARPA.
Autorización de la SEMARNAT para la aplicación de las medidas fitosanitarias y el uso de la marca en el embalaje xx xxxxxx utilizado en el comercio internacional de conformidad con la NOM-144-SEMARNAT-2004.
Licencia Sanitaria expedida por la Secretaría de Salud en la cual se autoricen los servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas.
Presentar oficio emitido por la SAGARPA que acredite como Tercer Especialista Fitosanitario al responsable de los servicios en la materia de “Empresas Prestadoras de Tratamientos Cuarentenarios”.
En caso de contar con unidades para el transporte de herramienta o equipo, éstas deberán estar acondicionadas con extintor debidamente accesible.
Presentar todos los procedimientos operacionales.
Plan de prevención y atención a emergencias, en caso de fuga o vertimientos de sustancias toxicas.
Plan de Manejo Ambiental
Plan de Atención a emergencias
II. Fumigación a la basura orgánica a bordo de embarcaciones
El servicio conexo de fumigación a la basura orgánica a bordo de la embarcaciones consiste en la aplicación de un tratamiento profiláctico a los desechos orgánicos que desembarcan los prestadores de servicios portuarios en el interior xxx xxxxxxx portuario del Puerto Chiapas Chis.
Para la prestación de este servicio, el solicitante deberá acreditar que cuenta con equipo propio, así como presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Licencia Sanitaria expedida por la Secretaría de Salud en la cual se autoricen los servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas.
En caso de contar con unidades para el transporte de herramienta o equipo, éstas deberán estar acondicionadas con extintor debidamente accesible.
Presentar todos los procedimientos operacionales.
Plan de prevención y atención a emergencias, seguridad e higiene, así como las constancias DC-3 de uso y manejo de extintores.
Plan de Manejo Ambiental
III. Inspección marítima
El servicio conexo de inspección marítima, se clasifica en tres rubros, 1) Servicios realizados por un inspector marítimo (marine surveyor); 2) Servicios realizados por una Sociedad Clasificadora; y 3) Servicios realizados a equipos contraincendios, artefactos navales y balsas salvavidas.
No obstante lo anterior, es importante señalar que el interesado que preste dos o tres servicios de los anteriormente referidos, podrá celebrar un solo contrato de prestación de servicios conexos, siempre y cuando acredite con la documentación requerida por la Administración en cada uno de los servicios que pretende realizar.
El Servicio realizado por un inspector marítimo, consiste en la inspección de las embarcaciones a fin de evaluar, monitorear y reportar sus condiciones, comúnmente dicha inspección incluye la estructura, maquinaría y el equipo (navegación, seguridad, radio, etc.) de la embarcación, así como inspección de la carga a bordo, cantidad y calidad del combustible, investigación de accidentes en el mar, entre otros, y para la prestación de éste servicio, el solicitante deberá presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Autorización o certificado por institución que avalen los conocimientos para prestar el servicio.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar carta firmada que se comprometen a cumplir con todas las disposiciones en materia de protección civil para casos de emergencias y de seguridad e higiene establecidos por la Administración o en su caso, la terminal.
El Servicio prestado por una Sociedad Clasificadora de inspección, es el que se realiza en representación de la Sociedad Clasificadores, o en nombre del país con el que el buque está registrado (país de abanderamiento), a fin de garantizar que la embarcación mantenga un estándar adecuado de navegabilidad en cuanto a su construcción y equipamiento, de acuerdo a las normas establecidas por la Sociedad de Clase, y para la prestación de este servicio, el solicitante deberá presentar y mantener actualizado lo siguiente
Ser miembros o estar registrados ante el International Association of Classification Societies LTD, (IACS)
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar carta firmada que se comprometen a cumplir con todas las disposiciones en materia de protección civil para casos de emergencias y de seguridad e higiene establecidos por la Administración o en su caso, la terminal.
Los servicios realizados a equipos contraincendios, artefactos navales y balsas salvavidas, son realizados por una estación de servicio autorizada por la Dirección General de Xxxxxx Xxxxxxxx, para realizar las actividades periódicas de revisión, prueba, mantenimiento y recarga a los equipos portátiles, móviles y sistemas fijos de contra incendio, incluyendo el equipo de respiración autónoma, detección, alarma y extinción de fuegos en embarcaciones, así como de los diferentes modelos de balsas salvavidas autoinflables que se tienen en las embarcaciones y artefactos navales para ser usadas como medio de salvamento, para la prestación de éste servicio, el solicitante deberá presentar y mantener actualizado lo siguiente:
Certificado de Aprobación Clase 2 emitido por la Dirección General de Xxxxxx Xxxxxxxx, que acredite el cumplimiento de la empresa como estación de servicios.
Certificado de aprobación a estaciones de servicio para balsas salvavidas autoinflables emitido por la Dirección General de Xxxxxx Xxxxxxxx.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar carta firmada que se comprometen a cumplir con todas las disposiciones en materia de protección civil para casos de emergencias y de seguridad e higiene establecidos por la Administración o en su caso, la terminal.
IV. Inspección de mercancías de comercio exterior
Servicios que consisten en la evaluación del peso, la calidad y condición de las mercancías de comercio exterior en las instalaciones y patios de almacenamiento ubicados en el interior xxx xxxxxxx portuario, así como a bordo de las embarcaciones, y para la prestación de éste servicio, el solicitante deberá presentar y mantener actualizado lo siguiente
Acreditar que cuenta con personal capacitado para realizar los servicios.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar carta firmada que se comprometen a cumplir con todas las disposiciones en materia de protección civil para casos de emergencias y de seguridad e higiene establecidos por la Administración o en su caso, la terminal.
V. Servicios submarinos.
Los servicios submarinos a las embarcaciones, tales como pruebas no destructivas, inspección submarina, limpieza submarina, reparaciones submarinas, corte y soldadura submarina y atmosférica, medición de espesores de placa, video y fotografía submarina y atmosférica, medición de potenciales catódicos, rescate submarino, batimetría y cualquier otro servicio a la embarcación que se realice en el agua, y para la prestación de éste servicio, el solicitante deberá presentar y mantener actualizado lo siguiente
Presentar certificado de la empresa y/o sus trabajadores expedido por alguna Sociedad Clasificadora que sea miembro o que se encuentre registrada ante el IACS (International Association of Classification Societies LTD) para la prestación de los servicios.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Plan de Manejo Ambiental
Plan de prevención y atención a emergencias, seguridad e higiene
Presentar carta firmada que se comprometen a cumplir con todas las disposiciones en materia de protección civil para casos de emergencias y de seguridad e higiene establecidos por la Administración o en su caso, la terminal.
VI. Tendido xx xxxxxxxx
Consiste en la colocación xx xxxxxxxx físicas con el objeto de prevenir la dispersión de hidrocarburos hacia los canales y dársenas xxx Xxxxxxx Portuario ocasionados por algún probable derrame.
Para la prestación de este servicio, el prestador deberá cumplir con lo siguiente:
Acreditar que cuenta con personal capacitado para realizar los servicios.
Presentar sus procedimientos operacionales.
Presentar carta firmada que se comprometen a cumplir con todas las disposiciones en materia de protección civil para casos de emergencias y de seguridad e higiene establecidos por la Administración o en su caso, la terminal.
Plan de Manejo Ambiental
En el caso que requiera introducir una o más lanchas a los muelles xxx Xxxxxxx Portuario para la prestación de este servicio, deberá acreditar que cuenta con equipo propio y mantener actualizado lo siguiente:
Certificado Nacional de Seguridad Marítima.
Certificado de Matrícula.
Presentar Libreta de Mar del personal a cargo de la lancha.
Presentar su plan de atención a emergencias, seguridad e higiene.
VII. Servicios en el Centro Integral de Atención a Cruceros
Consiste en la prestación de servicios turísticos relacionados con la atención de pasajeros y visitantes en el Centro Integral de Atención a Cruceros, el cual será proporcionado por empresas o personas físicas, además de cumplir con la primera etapa de los requisitos deberá presentar:
Para el servicio de Transporte deberá contar con la póliza de seguro vigente del vehículo que cubra al pasajero y daños a terceros, licencia de conducir, tarjeta de circulación.
Lista de las unidades y personal para operar el servicio en el Centro Integral de Atención a Cruceros.
Dominar el Idioma inglés.
Acatarse al Reglamento para el uso y aprovechamiento de los Locales Comerciales del Centro Integral de Atención a Cruceros.
Revisión 2 27/07/2018