Contract
El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, en lo sucesivo el Instituto FONACOT, en cumplimiento de las disposiciones que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 25, 26 fracción II, 28 fracción I, 31 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 53, 54 y 54 A de su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia; por conducto de la Subdirección General de Administración, ubicada en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx C.P. 06760 en México, Distrito Federal, con teléfono 00-00-00-00 extensiones 7611 y 7380, celebrará la Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas No. 06, para la Contratación de los Servicios Externos de Cobranza Judicial de acuerdo a las siguientes:
BASES
GLOSARIO DE TÉRMINOS.
1. Área Requirente: Las áreas administrativas del Instituto FONACOT facultadas para llevar a cabo procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa, en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, así como de contratación de servicios.
2. Área Participante: Las que de acuerdo con sus funciones y programas a su cargo requieran adquirir, arrendar o contratar bienes y servicios.
3. COMPRANET: Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales, desarrollado por la SFP, con dirección electrónica en Internet: http:/xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
4. SFP: Secretaría de la Función Pública.
5. Contrato: Instrumento legal que suscribe el Instituto FONACOT con el Licitante adjudicado en el que constan los derechos y obligaciones conforme a los cuales se regirán las partes.
6. Convocante: Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y/o Instituto FONACOT.
7. Internet: Red Mundial de Computadoras.
8. IVA: Impuesto al Valor Agregado.
9. Ley: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
10. Licitante: La persona que participe en la presente Invitación y que ofrece sus servicios al Instituto FONACOT.
11. Prestador del Servicio: La persona física o moral, que celebre con el Instituto FONACOT, el contrato o pedido que se derive de esta Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas.
12. Reglamento: Reglamento de la Ley.
13. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social.
14. RFC: Registro Federal de Contribuyentes.
15. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
16. APF: Administración Pública Federal.
1.- ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE.
Los licitantes con objeto de acreditar su personalidad en el acto de presentación y apertura de propuestas técnicas, presentarán un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por si o por su representada de acuerdo al Anexo No. 01, el cual forma parte de estas bases.
El domicilio que se señale en el Anexo No. 01, será aquel en el que el licitante pueda recibir todo tipo de notificaciones que resulten de los actos, contratos y convenios, y mientras no se señale otro distinto, el manifestado, se tendrá como domicilio convencional para practicar toda clase de notificaciones, de conformidad a lo previsto en el artículo 37 del Reglamento.
Asimismo, en caso de que el licitante nombre un representante para efectos de presentar las proposiciones técnicas y económicas, o bien, para asistir a todos los eventos de la Invitación, bastará con la entrega de una carta poder, conforme al Anexo No. 02, el cual forma parte de estas bases, otorgada por la persona que suscriba las proposiciones, anexando copia de una identificación vigente de quien entregue las proposiciones, para cotejo contra el original, la carta poder y la identificación a la que se ha hecho referencia, documentos que deberán ir dentro del sobre de la propuesta Técnica, como lo indica el numeral 10 de estas bases.
El licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
2.- COSTO DE LAS BASES.
Con fundamento en el artículo 29 fracción II de la Ley y 27 de su Reglamento, estas bases serán gratuitas.
3.- INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE LA INVITACIÓN.
3.1.- FECHA, HORA Y LUGAR DE LA JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES:
Con fundamento en el artículo 32 de la Ley y 34 de su Reglamento y con el objeto de eliminar las dudas que puedan motivarse con la lectura del contenido de estas bases, la junta de aclaración se realizará el día 3 xx xxxx de 2007, a las 11:00 horas, en la Sala de juntas 3 de la Planta Baja de Av. de los Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
Las modificaciones y aclaraciones que se hicieren durante este evento serán parte integrante de las presentes bases, por lo que deberán ser consideradas para la elaboración de las propuestas.
Los licitantes a los que se les hayan entregado las presentes bases, podrán solicitar por escrito y/o en forma electrónica, formato Word en disco de 3 1/2 ó por correo electrónico a xxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, a la Convocante hasta 24
horas antes de la fecha de la junta de aclaraciones, los comentarios que sobre las bases estimen pertinentes. Por su parte la Convocante contestará en la junta de aclaraciones las solicitudes recibidas en la fecha prevista en este numeral. Si por algún motivo el licitante no hubiere podido enviar sus preguntas en la fecha antes prevista, éstas se podrán recibir incluso durante el desarrollo de la junta de aclaraciones, cuyas respuestas se otorgarán por la Convocante dentro de las 24 horas siguientes a su recepción convocándose a una nueva junta de aclaraciones.
Al término del evento, se levantará el acta de la Junta de Aclaraciones que será firmada por los asistentes y de la que se entregará copia a los mismos.
3.2.- FECHA, HORA Y LUGAR DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:
De conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley, el Acto de apertura de proposiciones se llevará a cabo el día 7 xx xxxx de 2007, a las 14:00 horas, en la Sala de juntas 3 de la Planta Baja de Av. de los Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, únicamente podrán participar los representantes de las personas xxxxxxx y/o físicas, que hayan sido invitadas por la Convocante; el evento se realizará aún cuando no se cuente con la presencia del representante del Órgano Interno de Control que invariablemente será invitado.
El registro de los asistentes se podrá llevar a cabo durante la hora anterior a la señalada para el acto de apertura de las proposiciones, conforme se vayan presentando al lugar del evento, los licitantes acreditados deberán identificarse plenamente y firmar el registro de asistencia respectivo.
La propuesta técnica y económica, deberán entregarse en un sólo sobre cerrado de manera inviolable conforme se vayan requiriendo en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
3.3.- FECHA, HORA Y LUGAR DEL ACTO DE FALLO:
De conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley, el fallo que se emita de acuerdo con el dictamen que se elabore para el efecto, se dará a conocer el día 9 xx xxxx de 2007, a las 11:00 horas, en la Sala de juntas 3 de la Planta Baja de Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxx Xxx, xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
3.4.- DESARROLLO DE LOS ACTOS:
Conforme a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 39 del Reglamento, los actos serán presididos por el Director de Recursos Materiales y Servicios y como suplente lo hará el Experto Funcionario en Adquisiciones, Arrendamiento e Inventarios, el desarrollo será el siguiente:
• Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura, se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos.
• Por lo menos un licitante, si asiste alguno, y el servidor público facultado para presidir el acto o el servidor público que éste designe, rubricarán las partes de las propuestas que previamente haya determinado la convocante en las bases de la invitación, las que para estos efectos constarán documentalmente, debiendo enseguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas.
• Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se hará constar las propuestas aceptadas para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas y las causas que lo motivaron; el acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición o se les entregará copia de la misma; la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación.
• En el acta se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Invitación. La convocante procederá a realizar la evaluación de la o las propuestas aceptadas.
3.5.- EL LICITANTE GANADOR DEBERÁ ENTREGAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN QUE RESULTE APLICABLE PARA LA ELABORACIÓN DEL CONTRATO:
a) Comprobante de domicilio (copia del último recibo de teléfono, luz, agua, etc.)
b) Carta con datos bancarios (No. de plaza, No. de sucursal y nombre, No. de cuenta con once dígitos y CLABE)
c) Identificación oficial del representante legal (copia de credencial de elector, etc.)
d) Acta constitutiva (copia)
e) Poder notarial del representante legal (copia)
f) RFC y alta ante la SHCP (copia)
g) El licitante deberá presentar carta en la que manifieste bajo protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente en sus declaraciones de conformidad al artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación y a la regla
2.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2006 Anexo No. 08.
3.6.- FIRMA DEL CONTRATO:
El contrato se firmará al día hábil siguiente a la notificación del acto del fallo en la sala de juntas de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios, sita en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, Del. Xxxxxxxxxx, México, Distrito Federal, de conformidad al modelo de contrato. Anexo No. 10.
Si el licitante a quien se le hubiere adjudicado el contrato, por causas ajenas a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley y se dará aviso a la SFP, para que resuelva lo procedente en términos de los artículos 59 y 60 de la Ley.
3.7.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del contrato será a partir del día 00 xx xxxx x xxxxx xx 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000.
3.8.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
De conformidad al artículo 52 de la Ley, la Contratante, podrá dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y motivadas, acordar con el prestador del servicio respecto del contrato vigente, la ampliación de la vigencia del mismo, dentro de los doce meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% (Veinte por ciento) de la vigencia y el precio sea igual al pactado en el contrato, ajustándose a lo siguiente:
• Que la fecha de prestación del servicio correspondiente al incremento que en su caso se solicite, deberá ser pactada de común acuerdo entre la Contratante y el prestador del servicio.
• Que la ampliación del servicio sea debidamente justificada por el área requirente.
• Que se cumpla con los lineamientos que en materia de austeridad presupuestal dicte la SHCP.
3.9.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
La Convocante, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato mediante comunicación por escrito con 10 (diez) días hábiles de antelación al prestador del servicio, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el servicio originalmente contratado, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a la Convocante, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la SFP, quedando únicamente obligada la Convocante, a reembolsar al prestador del servicio los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
3.10.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.
En términos del artículo 54 de la Ley, la Convocante, podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato que derive de esta invitación, sin ninguna responsabilidad a su cargo, cuando:
a) No inicie la prestación de los servicios objeto del contrato en la fecha pactada.
b) Sin motivo justificado no acata las indicaciones de la Convocante.
c) La falta de atención en tiempo de los requerimientos de autoridades judiciales y/o administrativas.
d) Si procediera de tal manera que cause a la Convocante menoscabo en su imagen, seriedad y/o prestigio.
e) Si no entregara a la Convocante dentro de las veinticuatro horas siguientes las cantidades que reciba, derivados de la cobranza judicial que se le haya encomendado.
f) Si suspende injustificadamente la realización de su actividad conforme a lo establecido en el presente contrato, o si no le da a la misma la debida atención, el Prestador del Servicio será responsable ante la Convocante de los hechos, actos u omisiones en que incurra en caso de negligencia, ineficiencia, dolo o mala fe.
g) No ejecute debidamente las actividades inherentes a la prestación de servicios objeto de este contrato.
h) No guarde estricta reserva en cuanto a la información que reciba de la Convocante con motivo de la prestación de sus servicios.
i) No entregar dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes el informe relativo a los avances procesales de los asuntos encomendados y/o que exista falsedad en cuanto al estatus procesal real de los referidos asuntos.
j) Suspenda injustificadamente los servicios materia del contrato.
k) Por cualquier causa deje de tener capacidad técnica y los elementos necesarios para proporcionar el servicio.
l) Ceda en forma parcial o total a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del contrato.
m) No de a la Convocante las facilidades y datos necesarios para la supervisión y verificación del servicio contratado.
n) Se declare en quiebra o suspensión de pagos o le sobreviene una huelga o por cualquier causa análoga.
o) En general, por cualquier incumplimiento a las obligaciones pactadas en el contrato y en sus anexos.
En caso de que la Convocante, rescinda administrativamente el contrato se le adjudicará a otra empresa o persona física de las que participaron en este procedimiento, siempre que no exceda del 10% (diez por ciento) del precio ofertado por la primera y sus propuestas se consideren solventes.
El Prestador del Servicio quedará obligado ante la Convocante, a responder de los daños y perjuicios que cause durante la vigencia del contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra.
3.11.- CESIÓN DE DERECHOS.
Los derechos y obligaciones que se deriven del contrato una vez adjudicado, no podrán cederse en forma parcial ni total en favor de cualquier otra persona física o moral excepto los derechos de cobro, previa autorización expresa y por escrito de la Convocante.
4.- CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN, DESECHAMIENTO, SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN Y/O DECLARACIÓN DESIERTA DE LA INVITACION.
4.1.- DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES.
Se descalificará a los licitantes que incurran en alguna de las situaciones siguientes:
a. Si se comprueba que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar los precios del servicio objeto de esta invitación o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
4.2.- SE DESECHARAN LAS PROPUESTAS DE LOS LICITANTES QUE INCURRAN EN UNO O VARIOS DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
a. Si no cumplen con todos los requisitos especificados en la convocatoria, cualquiera de los requisitos o características establecidas en estas bases o los que se deriven del acto de aclaración de dudas y que afecten la solvencia de la propuesta.
b. Cuando proporcionen información o documentación falsa y/o alterada.
c. Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley.
d. Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la Ley, al Reglamento o a cualquier otro ordenamiento en la materia.
4.3.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA INVITACION:
La SFP o el Órgano Interno de Control, con base en sus atribuciones, podrán suspender la presente invitación, al dar trámite a alguna inconformidad o realizar las investigaciones que conforme a sus facultades resulten pertinentes.
Recibida la notificación de la SFP o del Órgano Interno de Control, la Convocante suspenderá todo el acto relacionado con el procedimiento de Invitación. En tal situación la Convocante se compromete a informar por escrito a los concursantes, en un término no mayor de 5 (cinco) días hábiles, independientemente de asentar tal circunstancia en el acta que al efecto se levante y que se pondrá para efectos de su notificación a disposición de los participantes.
4.4.- SE PODRÁ CANCELAR LA INVITACIÓN EN LOS SIGUIENTES CASOS:
A) En caso fortuito o de fuerza mayor.
B) Si se comprueba la existencia de casos de arreglos entre los licitantes para elevar el precio del servicio requerido objeto de la invitación; o bien, si se comprueba la existencia de otras irregularidades graves, siempre y cuando no quede por lo menos un licitante que no haya sido descalificado. Cuando se cancele una invitación, se avisará al respecto por escrito, a todos los licitantes involucrados.
C) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad del servicio requerido objeto de la Invitación para la Convocante.
Cuando la invitación sea cancelada debido a una de las situaciones indicadas en el punto anterior la Convocante podrá convocar a una nueva Invitación.
4.5.- DECLARACIÓN DESIERTA DE LA INVITACIÓN:
La Convocante procederá a declarar desierta una invitación y expedirá una nueva convocatoria en los siguientes casos:
A) Cuando ningún licitante presente propuestas.
B) Cuando ninguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos establecidos, o sus precios no fueren aceptables, conforme a la investigación de precios realizada.
C) Si después de realizada la segunda convocatoria concurren causas señaladas en los puntos anteriores, la Convocante procederá a una contratación directa, según el monto y se adjudicará el contrato a la empresa que satisfaga los requisitos exigidos y ofrezca las mejores condiciones en precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
D) Si al abrir las propuestas, no se cuenta cuando menos con tres propuestas susceptibles de analizar técnicamente.
5.- IDIOMA EN QUE PODRÁN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones se presentarán en idioma español.
6.- MONEDA EN LA QUE SE DEBERÁ COTIZAR.
La cotización y el pago del servicio se realizarán en moneda nacional.
7.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La Convocante llevará a cabo la adjudicación del contrato que se derive de esta invitación, considerando los siguientes criterios:
Las proposiciones técnicas y económicas de los licitantes deberán incluir y cumplir con toda la información, documentos y requisitos establecidos en las presentes bases y sus anexos.
El contrato se adjudicará de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes por que satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la Convocante, se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el mas bajo incluyendo, en su caso, el porcentaje previsto en el ultimo párrafo de este numeral.
La adjudicación se efectuará a un solo licitante.
La Convocante emitirá un dictamen en el que se sustente el fallo, exponiendo el análisis de las proposiciones admitidas y se hará mención de las proposiciones desechadas de conformidad al artículo 36 de la Ley y al artículo 46 de su Reglamento.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley, para el caso de que en igualdad de condiciones se presente un empate, se dará preferencia a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5 (cinco) por ciento cuando menos de la totalidad de la planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS.
7.1.- EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS:
Se verificará que las proposiciones técnicas cumplan con lo estipulado en el punto 10.1 de estas bases.
Se verificará documentalmente que el servicio ofertado cumpla con los requisitos solicitados en el Anexo No. 04 a que se refiere el numeral 8.1 de estas bases, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones.
7.2.- EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS:
Se verificará que las mismas cumplan con los requisitos solicitados en estas bases, analizando los precios y verificando las operaciones aritméticas de los mismos; en el caso de que las proposiciones económicas presentaren
errores de cálculo, la convocante procederá a la rectificación conforme a lo establecido en el artículo 45 del Reglamento.
La evaluación de las proposiciones se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todos los precios ofertados por los licitantes en el Anexo No. 07 y los resultados se asentarán en un resumen comparativo de precios ofertados.
Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante, en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador.
7.3.- MODIFICACIONES A LAS BASES DE LA INVITACIÓN:
La Convocante podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de la invitación, a partir de la fecha en que sean entregadas y hasta, inclusive, el tercer día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, siempre que:
Se notifique por escrito a los interesados, para dar a conocer de manera específica las modificaciones respectivas. No será necesario avisar a los interesados cuando las modificaciones deriven de las juntas de aclaraciones.
Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características.
Cualquier modificación a las bases de la invitación, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases de esta invitación.
8.- INFORMACIÓN SOBRE EL OBJETO DE ESTA INVITACIÓN.
8.1.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
La descripción amplia y detallada del servicio solicitado, se presenta en el Anexo No. 04, el cual forma parte integrante de estas bases.
Los licitantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en estas bases y sus anexos, describiendo en forma amplia y detallada el servicio que estén ofertando.
8.2.- NO NEGOCIACIÓN DE CONDICIONES:
Bajo ninguna circunstancia podrán ser negociadas las condiciones asentadas en estas bases o las proposiciones presentadas por los licitantes.
9.- LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
La prestación del servicio será proporcionada en todo el territorio de la República Mexicana. Asimismo, el prestador del servicio deberá señalar dentro de su propuesta técnica, un domicilio ubicado en el Distrito Federal; lo anterior, a efecto de que la convocante este en posibilidades de contactarlo, vía personal para la atención de los asuntos que se le encomienden.
10.- REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN.
A) Las personas que deseen participar en la invitación deberán cumplir con lo establecido en las presentes bases.
B) Las cartas protestadas que presenten los licitantes, deberán ser firmadas autógrafamente por la persona facultada para ello. Adicionalmente, las proposiciones que presenten los licitantes deberán ser firmadas autógrafamente en la última hoja del documento que las contenga, no siendo motivo de descalificación el que el resto de las hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
C) Presentar su proposición en original y de acuerdo a lo indicado en estas bases
D) Los licitantes podrán optar por presentar en forma conjunta proposiciones, de conformidad al articulo 34 párrafo II de la Ley, y del articulo 31 fracciones I y II incisos A), B), C), D) y E) del Reglamento de la misma Ley.
E) Xxxxxxxx sus proposiciones técnicas y económicas, en original y en sobre cerrado de manera inviolable, en el acto correspondiente en papel membretado de la empresa, sin tachaduras ni enmendaduras y firmada en forma autógrafa por el representante legal en la última hoja de cada una de las propuestas.
F) Presentar los Anexos Nos. 01, 02, 03, 05, 06 y 09 en papel membretado de la misma empresa, mismos que deberán ir dentro del sobre de la propuesta.
10.1.- PROPUESTA TÉCNICA:
La propuesta técnica, deberá contener la siguiente documentación:
• Presentar dentro de la propuesta en original, escrito en los términos del Anexo No. 01, el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí, o por su representada a suscribir la proposición correspondiente.
• Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce la Ley, su Reglamento, las presentes bases, sus anexos y, en su caso, las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones; así como de no encontrarse en los supuestos de los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley, en términos del Anexo No. 05 el cual forma parte de las presentes bases, mismo que deberá ir dentro del sobre de la propuesta.
• Escrito de declaración de integridad, a través del cual manifiesta que se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes, en términos del Anexo No. 06 el cual forma parte de las presentes bases, el cual deberá ir dentro del sobre de la propuesta.
• Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de la Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE), en términos del Anexo No. 09 el cual forma parte de las presentes bases, mismo que deberá ir dentro del sobre de la propuesta.
• Copia de identificación Oficial vigente de quien suscriba las proposiciones, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial de elector o cedula profesional), la cual deberá ir dentro del sobre de la propuesta.
• Original de la propuesta técnica del licitante que describa de manera amplia y detallada sus ofrecimientos para cubrir todos y cada uno de los términos y condiciones establecidos en el Anexo No. 04.
• Currículum vitae de los profesionistas requeridos; así como copia certifica del título profesional y original de la cédula profesional, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, en los que se acredite los conocimientos solicitados para la prestación del servicio solicitado.
• Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que su representada cuenta con presencia en toda la República Mexicana.
10.2.- PROPUESTA ECONÓMICA:
Actualmente la Convocante cuenta con aproximadamente 320 asuntos civiles, mercantiles y penales, existiendo la posibilidad de que se incrementen o disminuyan en función de los asuntos que se encuentran pendientes de presentar ante la autoridad jurisdiccional competente y de aquellos que están por concluir. Aclarando que estas cifras se hacen del conocimiento de los licitantes únicamente para fines de referencia y para que se encuentren en posibilidad de elaborar su propuesta económica.
El licitante deberá considerar dentro de su propuesta económica que aquellos gastos que se generen con motivo de la tramitación de las averiguaciones previas o con motivo de las solicitudes de los servicios que haga la Convocante, se encuentran incluidos en el costo total de los honorarios, sin incluir los gastos por copias.
Asimismo, la propuesta económica, deberá contener la cotización del servicio ofertado conforme al Anexo No. 07 el cual forma parte de las presentes bases.
11.- CONDICIONES DE PRECIO Y PAGO.
11.1- PRECIO:
Los licitantes deberán cotizar precios fijos, a partir de la fecha de presentación de las proposiciones y durante la vigencia del contrato, debiendo señalar el precio total del servicio ofertado sin IVA.
Para la mejor conducción del proceso los licitantes, de preferencia, deberán proteger con cinta adhesiva la información que proporcionen en sus cotizaciones. La omisión de este requisito no será causa de descalificación.
11.2.- PAGOS:
El pago se efectuará en Moneda Nacional, a través de una iguala mensual y será pagada a través de transferencia bancaria, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la presentación del recibo correspondiente, el cual deberá contener previamente visto bueno del área usuaria y deberá ser presentado en el lugar establecido en el numeral 9.
De igual forma, en los asuntos especiales, tales como demandas en las que la Convocante o sus trabajadores o funcionarios sean parte demandada y en aquellos en que así lo determine la Convocante, éste y el Prestador del Servicio acuerdan que el primero pagará al Prestador del Servicio, hora/hombre que se emplee en la atención, seguimiento y desahogo de dichos asuntos, para lo cual el Prestador del Servicio presentará adjunto a la factura mensual, el informe correspondiente a las horas invertidas en cada asunto.
Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 56-A del Reglamento, la Convocante pagará al Prestador del Servicio una comisión por éxito en los asuntos especiales, en los siguientes términos:
MONTO DEL ASUNTO | COMISION POR EXITO |
De $10,000.00 a $100,000.00 | 3% |
De $100,001.00 a $2`000,000.00 | 2% |
De $2`000,001.00 en adelante | 1% |
Para los pagos se deberá entregar los siguientes documentos:
a. Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique el servicio realizado y el número de contrato que lo ampara, misma que deberá ser entregada en la oficina de Adquisiciones, Arrendamiento e Inventarios, ubicada en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, Xxx Xxxx Xxx, Xxx. Xxxxxxxxxx C.P. 06760, México, Distrito Federal, de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas.
b. En caso de que el prestador del servicio presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 62 del Reglamento.
c. Los pagos se efectuarán a través del sistema denominado “Pago Interbancario” mediante depósito en la cuenta de cheques del prestador ganador.
11.3.- IMPUESTOS Y DERECHOS:
La Convocante únicamente cubrirá el Impuesto al Valor Agregado, por lo que todos los demás impuestos, derechos y gastos que se generen de la contratación objeto de este procedimiento de invitación, correrán a cuenta del prestador del servicio.
12.- GARANTÍAS.
12.1.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES:
El Prestador del Servicio, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza a favor de la Convocante, en la misma moneda en que cotizó el servicio, expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10 % (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el impuesto al valor agregado.
La póliza de fianza deberá contener, además de las cláusulas que la Ley establece, lo siguiente:
A. La presente fianza se otorga para garantizar todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato que se derive del procedimiento de invitación.
B. A elección de la Convocante, el pago de la fianza podrá reclamarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
C. La fianza continuará vigente aun cuando se otorguen prórrogas o esperas al prestador del servicio, para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan.
D. La fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte la resolución definitiva por autoridad competente.
E. La presente garantía de cumplimiento, únicamente podrá ser liberada mediante autorización por escrito emitida por el Instituto FONACOT.
La garantía deberá presentarse dentro del término xx xxxx días naturales siguientes a la firma del contrato, tal como se refiere en la fracción II del Artículo 48 de la Ley.
12.2.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA.
La garantía para el cumplimiento del contrato será liberada por la Convocante, una vez que el licitante demuestre haber cumplido con la totalidad de los compromisos adquiridos en la presente invitación, para liberar la fianza será indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Convocante, con fundamento en el artículo 68, fracción I, inciso b, del Reglamento.
13.- PENAS CONVENCIONALES.
La Convocante aplicará penas convencionales al Prestador del Servicio por la demora en el cumplimiento de las obligaciones contractuales objeto de esta invitación, por un monto equivalente a 1% por cada día de atraso, sobre el monto de lo incumplido, tomando como base la cantidad establecida como iguala mensual, por los siguientes supuestos:
• Por no presentar los informes en la fecha pactada en el contrato.
• Los atrasos no podrán ser mayores de 5 (cinco) días consecutivos, ni sumar más de 10 (diez) días en el período del contrato, en cuyo caso podrá ser motivo de rescisión.
Dichas penalizaciones deberán ser cubiertas mediante una nota de crédito, mismas que se descontarán de la facturación correspondiente.
La Convocante podrá rescindir administrativamente el contrato sin su responsabilidad, por incumplimiento que consiste en acumular el 10% del valor del contrato en servicios no prestados del Prestador del Servicio, mediante comunicación por escrito dirigida al licitante en la cual le otorgará cinco días hábiles para que alegue lo que a su derecho convenga respecto a la situación del incumplimiento, de acuerdo a lo previsto por el artículo 54 de la Ley.
14.- DAÑOS Y PERJUICIOS.
El Prestador del Servicio se obligará a responder por el 100% de las cantidades que resulten por concepto de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar a la Convocante por errores, omisiones, negligencias y demoras en la tramitación de los asuntos en litigio, excepto por aquellos generados por la falta de información correcta y oportuna por parte del INSTITUTO FONACOT. Dicho porcentaje se tomará tomando en consideración la cuantía y la naturaleza del asunto.
15.- CONFIDENCIALIDAD.
El Prestador del Servicio reconoce que son propiedad exclusiva del INSTITUTO FONACOT todos los documentos e información a que tenga acceso o se le proporcione con efecto de la prestación de los servicios, obligándose a mantener la estricta confidencialidad sobre cualquier información. Asimismo, El Prestador del Servicio se obliga igualmente, a no divulgar, ni a servirse de ninguno de los aspectos de la información proporcionada por el INSTITUTO FONACOT.
16.- CONTROVERSIAS:
Las controversias que se susciten en materia de adquisición, arrendamiento de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, se resolverán con apego a lo previsto en las disposiciones de carácter federal aplicables en los tribunales competentes.
17.- INCONFORMIDADES.
Los licitantes podrán presentar por escrito su inconformidad en términos de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley, ante el Órgano Interno de Control en el Instituto FONACOT, dependiente de la SFP, directamente en el Área de Responsabilidades, cuyas oficinas se ubican en Xx. xx xxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000 Xxx. Xxxx Xxx xxxx 0x, xx Xxxxxx, X.X., en horario de 9:00 a 15:00 horas, en días hábiles para el Instituto FONACOT.
La inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la SFP, o al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que ocurra el acto o el inconforme tenga conocimiento de éste.
18.- SITUACIONES NO PREVISTAS EN LAS BASES.
Para cualquier situación que no esté prevista en las presentes bases, se aplicará lo establecido en la Ley invocada y su Reglamento y, en su caso, la opinión de las autoridades competentes.
(nombre) , manifiesto bajo protesta a decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las proposiciones en la presente invitación, a nombre y representación de: (persona física o moral)
No. de la Invitación Nacional a Cuando Menos Tres personas:
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.- Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. De la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma:
No. Del Registro Público de Comercio Fecha:
Relación de socios.-
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.-
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma:
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario (firma)
ANEXO No. 02
CARTA PODER
(NOMBRE) , BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE APODERADO DE LA EMPRESA
, SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO NOTARIAL No._ _ DE FECHA _ , OTORGADO ANTE EL NOTARIO PÚBLICO No. _ , (NOMBRE XXX XXXXXXX), (LOCALIDAD DE LA NOTARIA), OTORGO LA PRESENTE CARTA PODER A (NOMBRE DE QUIEN RECIBE EL PODER) PARA QUE A MI NOMBRE Y REPRESENTACIÓN, RESPECTO DE LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. , CONVOCADA POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES, SE ENCARGUE DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN, COMPAREZCA A LOS ACTOS RELATIVOS A LA JUNTA ACLARATORIA, PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS, FALLO, ASÍ COMO HAGA LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE DICHOS ACTOS.
LUGAR Y FECHA
(NOMBRE DE LA PERSONA QUE OTORGA) (NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBE)
(NOMBRE DE TESTIGO) (NOMBRE DE TESTIGO)
ANEXO No. 03
DOCUMENTO SOLICITADO | PRESENTADO SI NO | |
Escrito en los términos del Anexo No. 01, el cual forma parte de estas bases, que manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí, o por su representada a suscribir la proposición correspondiente. | ||
En caso de que se nombre a un representante para asistir a los eventos de esta invitación y para presentar las proposiciones respectivas deberá acreditarse con carta poder simple otorgada por la persona que suscriba las proposiciones, de acuerdo al Anexo No. 02 el cual forma parte de estas bases, así como copia y original para cotejo, de identificación vigente de quien entregue las proposiciones. | ||
Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce la Ley, su Reglamento, las presentes bases, sus anexos y, en su caso, las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones; así como de no encontrarse en los supuestos de los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley, en términos del Anexo No. 05 el cual forma parte de las presentes bases. | ||
Escrito de declaración de integridad, a través del cual manifiesta que se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes, en términos del Anexo No. 06 el cual forma parte de las presentes bases. | ||
Escrito bajo protesta de decir verdad, que conoce el contenido de la Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (OCDE), en términos del Anexo No. 09 el cual forma parte de las presentes bases. | ||
Copia de identificación Oficial vigente de quien suscriba las proposiciones, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial de elector o cédula profesional). | ||
Original de la propuesta técnica del licitante que describa de manera amplia y detallada sus ofrecimientos para cubrir todos y cada uno de los términos y condiciones establecidos en el Anexo No. 04. | ||
Currículum vitae de los profesionistas requeridos; así como copia certifica del título profesional y original de la cédula profesional, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, en los que se acredite los conocimientos solicitados para la prestación del servicio solicitado. | ||
Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que su representada cuenta con presencia en toda la República Mexicana. |
DOCUMENTO SOLICITADO | PRESENTADO SI NO | |
LA PROPUESTA ECONOMICA DEBERA CONTENER: | ||
La Propuesta económica, Anexo No. 07. | ||
Cuando resulte aplicable, deberá entregar el siguiente documento: | ||
Cuando la empresa cuente con personal con discapacidad en una proporción del 5% (cinco por ciento) cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a 6 (seis) meses, el licitante manifestará por escrito y bajo protesta de decir verdad, que se encuentra en este supuesto, incluyendo copia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social por cada trabajador. |
_____________ ________ ________ ________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO No. 04
Descripción del servicio
La Convocante requiere la contratación de los Servicios en materia jurídica para la atención de asuntos en litigio ante las autoridades jurisdiccionales en materias civil, mercantil y penal.
I.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO.
Los servicios profesionales consistirán en la atención, instauración, continuación, seguimiento y conclusión, según corresponda, de todos los asuntos de naturaleza contenciosa que tenga la Convocante en las materias civil, mercantil y penal, en todas las instancias.
En la prestación de los servicios requeridos, el Prestador del Servicio deberá ajustar su actuación a la índole social y naturaleza pública de la Convocante; en consecuencia, deberá proceder con la debida probidad frente a las contrapartes de la Convocante.
Coadyuvando en la integración de la Averiguación Previa, de la querella o denuncia ante el Ministerio Público, aportando los elementos necesarios que éste requiera para la consignación ante el Juez Penal, así como la defensa de la convocante ante el Juez competente.
PRESENTACIÓN DE INFORMES MENSUALES
El Prestador del Servicio deberá rendir al Representante Jurídico de la Convocante, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, un informe por escrito sobre las actividades realizadas y los avances de los asuntos encomendados, e informar inmediatamente sobre aquellos incidentes urgentes que deba conocer la Convocante, o bien, en cualquier momento cuando así lo requiera la Convocante, ya sea por escrito, mediante sistemas electrónicos de concentración de información determinados por la Convocante y soportados documentalmente; o bien, asistiendo a juntas con personal de la Convocante.
Para los efectos de esta cláusula el PRESTADOR deberá utilizar las formas impresas de informes, reportes y documentos análogos que acuerden las partes para tal fin y seguirá las indicaciones que el Representante Jurídico de la Convocante le instruya, consultando previamente aquellas acciones que impliquen un riesgo para los intereses de la Convocante, así como asistir a las reuniones que para ello se le convoque.
El informe de referencia, deberá contener todas las acciones realizadas y en proceso de ejecución, contener las cifras y datos definitivos.
De igual manera deberá especificarse en un apartado, los asuntos relevantes, precisando las acciones y los compromisos que requieran de atención especial y, en su caso, aquello que sea necesario atender de inmediato por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar a la Convocante.
El informe deberá estar firmado bajo protesta de decir verdad, avalando que se cumplió con cada una de las cláusulas del contrato y que no fue omitido ningún asunto o aspecto importante.
Que el contenido de ésta información será verificado dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma del mismo, por lo que podrá ser requerido para realizar las aclaraciones y proporcionar la información adicional que se le solicite.
INFORME FINAL DE ACTIVIDADES.
El Prestador del Servicio dentro de los lineamientos generales e instrucciones dadas por la Convocante, quedará obligado a prestar los servicios objeto del presente procedimiento de contratación, con toda diligencia y capacidad que el caso requiera, debiendo rendir un informe dentro de los siguientes cinco días hábiles posteriores a la terminación del contrato que resulte, respecto de los servicios prestados.
El informe de referencia, deberá contener todas las acciones realizadas y en proceso de ejecución, contener las cifras y datos definitivos.
De igual manera, deberá especificarse en un apartado los asuntos en trámite destacando los relevantes, precisando las acciones y compromisos que requieran atención especial y, en su caso, aquello que sea necesario atender de inmediato por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar a la Convocante.
El informe deberá estar firmado bajo protesta de decir verdad, avalando que se cumplió con cada una de las cláusulas del contrato y que no fue omitido ningún asunto o aspecto importante.
Que el contenido de ésta información será verificado dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma del mismo, por lo que podrá ser requerido para realizar las aclaraciones y proporcionar la información adicional que se le solicite.
COBRO Y TASAS DE INTERES.
El Prestador del Servicio para los efectos de la cobranza judicial recibirá de la convocante las tasas de interés vigentes, normales y moratorias que deberán utilizar tanto en el cobro, como en los convenios de pago previstos en sus políticas y lineamientos, bajo pena para el licitante ganador de cubrir con sus propios recursos los remanentes que resulten en caso de no aplicarlas.
Para obtener las cantidades cobradas a los deudores, el Prestador del Servicio utilizará exclusivamente las facturas de caja numeradas que la convocante le otorgue, obligándose a seguir el procedimiento descrito por la convocante sobre la forma de llenado de las facturas que emita, ya que por su uso rendirá cuentas y responderá civil y penalmente. De las anteriores facturas el Prestador del Servicio enviará la copia que corresponda con su firma en las relaciones en donde éstas se encuentren detalladas, asimismo, integrará dicha información a los sistemas o programas informáticos que para el efecto le proporcione la convocante.
En el supuesto que una vez turnado el asunto al Prestador del Servicio y antes de iniciar el litigio o que durante el mismo se presente algún ofrecimiento de pago o de entero, el Prestador del Servicio deberá someterlo de inmediato a consideración de la convocante, para que ésta determine las acciones a seguir.
Las cantidades en efectivo y cheques que el Prestador del Servicio reciba de los deudores, los depositará dentro de las 24 horas del día hábil siguiente de recibido el pago, en la cuenta de cheques de la Institución Bancaria que la convocante le indique para ese efecto.
Los comprobantes de depósito a la cuenta de cheques indicada, los entregará el Prestador del Servicio semanalmente en las oficinas que al efecto le designe la convocante, a los que adjuntará las facturas de caja que hubiere extendido con motivo del pago, los que invariablemente deberán suscribirse en los formatos oficiales que la convocante le proporcione para tal efecto, verificando el uso consecutivo de los folios que éstos contienen.
REVISION Y SEGUIMIENTO DEL SERVICIO.
Durante la vigencia del contrato que se llegase a firmar con motivo de la prestación de los servicios requeridos, la convocante estará facultada para efectuar revisiones periódicas, en los registros relativos que deba llevar el Prestador del Servicio respecto de los asuntos que tenga encomendados y para tal fin proporcionará todas las facilidades al personal que para tal efecto designe la convocante.
REGISTROS.
Para los efectos del control sistematizado de los asuntos que le sean turnados, el Prestador del Servicio llevará los registros que le indique la convocante, a través de los formularios que en su caso para este fin le entregue y de los cuales acusará recibo por escrito.
PERSONAL MINIMO REQUERIDO.
Para la prestación del servicio la Convocante requiere, de por lo menos:
• 1 Licenciado en Derecho, especialista en materia civil;
• 1 Licenciado en Derecho, especialista en materia mercantil;
• 1 Licenciado en Derecho, especialista en materia penal;
El Prestador del Servicio deberá acreditar que los profesionistas solicitados, cuentan con la experiencia necesaria para el cumplimiento de la prestación de los servicios materia del presente procedimiento de contratación, para lo cual deberán presentar dentro de su propuesta técnica currículum vitae, copia certifica del título profesional y original de la cédula profesional, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
• Como mínimo 4 Pasantes de la carrera de derecho.
• Como mínimo 2 Gestores.
• Personal administrativo.
La Convocante se reserva el derecho de verificar durante la vigencia del contrato que se llegue a celebrar, que exista el personal mínimo requerido para la prestación del servicio objeto del presente procedimiento de contratación.
ANEXO No. 05
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE
(__________NOMBRE_____________) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA SIGUIENTE:
__________________ ________ ______, DECLARO LO
QUE CONOZCO LA LEY, SU REGLAMENTO, LAS PRESENTES BASES, SUS ANEXOS Y, EN SU CASO, LAS MODIFICACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES; ASÍ COMO NO ENCONTRARME EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 31 FRACCION XXIV, 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
LUGAR Y FECHA
_____________ ________ ________ _
(FIRMA REPRESENTANTE LEGAL)
ANEXO No. 06
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES CONVOCANTE
(__________NOMBRE_____________) BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE
REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA SIGUIENTE:
__________________ ________ ______, DECLARO LO
QUE ME ABSTENDRÉ DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS LICITANTES.
LUGAR Y FECHA
_____________ ________ ________ _
(FIRMA REPRESENTANTE LEGAL)
FECHA | DIA MES AÑO | ||
NOMBRE DEL LICITANTE_______________________ _ ____________ ________ _____________ ________ ________ _R.F.C.____________________ _________ DOMICILIO__________________________ ________ ____________ _________ | |||
TELÉFONO | FAX | CORREO ELECTRÓNICO | |
ANEXO No. 07 PROPUESTA ECONÓMICA
LO PROPUESTO, SE APEGA A LA DESCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN SOLICITADA POR LA CONVOCANTE Y QUE SE INDICAN EN EL ANEXO No. X, DE LAS BASES DE LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
NÚMERO ________________________
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | IMPORTE DE LA IGUALA MENSUAL | I.V.A. | TOTAL |
Contratación de los servicios en materia jurídica para la atención de asuntos en litigio ante las autoridades jurisdiccionales en materias civil, mercantil y penal | |||
Asuntos especiales, hora/hombre que se emplee en la atención, seguimiento y desahogo de dichos asuntos. |
EN EL CASO QUE EL INSTITUTO FONACOT ME OTORGUE LA ADJUDICACIÓN ME OBLIGO EN NOMBRE DE MÍ REPRESENTADA A SUSCRIBIR EL CONTRATO, QUE SE DERIVE, EN LOS TÉRMINOS, CONDICIONES Y PORCENTAJE ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES.
NOMBRE CARGO FIRMA
ANEXO No. 08
(ESTE FORMATO DEBERÁ SER REQUISITADO Y SUSCRITO EXCLUSIVAMENTE POR EL LICITANTE ADJUDICADO EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA)
Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas: Conforme al procedimiento establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por que el importe de la contraprestación no excede el monto autorizado por el Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2007.
Monto de la Adjudicación sin I.V.A. ($CON NÚMERO) (CON LETRA).
MANIFESTACIÓN
México, D.F a ---- de de 2007
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
P r e s e n t e
Me refiero al contrato No. XXXXXX, para la prestación de Servicios externos de Cobranza Judicial, que esa Entidad adjudicó a la empresa XXXXXXXXXXXX, mediante el procedimiento derivado de la Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas número. , por un monto total de: $XXXXX (XXXXXXX PESOS 00/100 M.N.)
----------------------------------------, representante legal de --.
(RFC: XXXXXXXXXX), con domicilio fiscal en la calle de xxxxxxxxxxxxxx número xx, Colonia xxxxxxxxxxxx Delegación xxxxxxxxxxxx, Código Postal xxxxxx, con actividad preponderante xxxxxxxxxxxxxxxxx, en la ciudad de México D.F., y en los términos establecidos por el articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación en vigor y la Regla 2.1.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, emitida esta última por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, bajo protesta de decir verdad manifiesto lo siguiente:
a) Que mi representada ha cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento.
b) Que mi representada se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales por los que se encuentren obligados; así como de los pagos mensuales del IVA y retenciones de ISR de salarios de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación del escrito a que se refiere esta fracción. Cuando los contribuyentes tengan menos de dos años de inscritos en el RFC, la manifestación a que se refiere este inciso, corresponderá al periodo transcurrido
desde la inscripción y hasta la fecha que presenten el escrito, sin que en ningún caso los pagos mensuales excedan de los últimos 12 meses.
c) Que mi representada no tienen créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y todos los accesorios, como recargos, sanciones, gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto, que deriven de las anteriores.
d) En el caso que existan créditos fiscales determinados firmes, mi representada se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretendan contratar, en la fecha en que las citadas autoridades señalen, en este caso, se estará a lo establecido en la regla 2.1.17 de esta Resolución.
e) Que tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF.
f) En caso de contar con autorización para el pago a plazo, manifestarán que a la fecha de presentación del escrito no han incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
(NOTA: en caso de tener adeudos fiscales, sustituir la expresión anterior por la siguiente:)
Que mi representada si tiene adeudos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos al ISAN e ISTUV., pero se compromete a celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan por el objeto a que se refiere la adjudicación del contrato por parte del Instituto FONACOT, en la fecha en que las citadas autoridades señalen.
ATENTAMENTE
_____________ ________ ________ ________ __ (NOMBRE)
Representante Legal (RFC XXXXXXXXXXXXX) e-mail XXXXXXXXXXXXX
ANEXO No. 09
Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación -la primera ya fue aprobaba- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
• El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
• Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta. de mejores practicas corporativas (controles internos, monitoreo. información financiera pública. auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos. para obtener beneficios particulares o para la empresa.
• Los contadores públicos: realizar auditorias: no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222”
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dadiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos,
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del estado.
Capitulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros.
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales. Ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión:
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
Ill. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el articulo 11 de este código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá declarar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el dañó causado o el beneficio obtenido por la persona moral”.
ANEXO No. 10 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO No. I-SD-2007-
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “INSTITUTO FONACOT”, Y POR LA OTRA, , A QUIEN EN LO SUBSIGUIENTE SE LE DENOMINARÁ COMO EL “PRESTADOR”, REPRESENTADO POR EL
, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, SUJETÁNDOSE A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. DECLARA EL REPRESENTANTE LEGAL DEL INSTITUTO FONACOT:
I.1 Que el INSTITUTO FONACOT, es un organismo público descentralizado de interés social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autosuficiencia presupuestal y sectorizado en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en virtud a lo establecido en el Decreto por el que se crea la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 xx xxxxx del 2006.
I.2 Que su representado se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la clave IFN060425C53.
I.3 Que cuenta con facultades legales suficientes para obligar a su representado en los términos y condiciones de este contrato como se desprende de la Escritura Pública No. 26,529 de fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx xx Xxx, Notario Xxxxxxx Xx. 000 xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
I.4 No tener ninguna relación de parentesco o afinidad con el PRESTADOR, en términos de la fracción XX del Artículo 8º de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
I.5 Que cuenta con los recursos presupuestales autorizados y necesarios para cubrir el costo del presente contrato, de conformidad con la autorización en la partida presupuestal No. 3414.
I.6 Que la adjudicación del presente contrato, se realizó con fundamento en los artículos 26, fracción II, 31 y 43, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 53, 54 y 54A de su Reglamento, bajo el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. .
I.7 Que de conformidad con lo previsto en el artículo 55-A del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, en su carácter de Representante Jurídico de lo Contencioso, será el encargado de vigilar y administrar el cumplimiento del presente contrato.
I.8 Que su representado tiene su domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxx Xxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxxxxxx, en México, Distrito Federal, mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
I.9 Que derivado de las necesidades de su representado, tiene interés en contratar el servicio que le proporcionará el PRESTADOR.
II. DECLARA EL REPRESENTANTE LEGAL DEL PRESTADOR:
II.1 Que su representada es , constituida conforme a las leyes mexicanas, mediante Escritura Pública No. , de fecha , otorgada ante la fe del Lic. , Notario Público No. de , e inscrita en el Registro Público del Comercio, bajo el folio mercantil No.
, cuyo objeto social entre otros consiste en .
II.2 Asimismo, que su representada se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la clave .
II.3 Que cuenta con las suficientes facultades legales para obligar a su representada, de conformidad con lo establecido en la escritura pública , de fecha , otorgada ante la fe del Lic.
, Notario Público No. de , facultades que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le han sido revocadas o limitadas a la fecha y que se identifica con
.
II.4 Que su representada cuenta con los conocimientos, experiencia, capacidad y elementos técnicos suficientes y adecuados para prestar al INSTITUTO FONACOT los servicios objeto del presente contrato, en los términos y condiciones que se establecen en el mismo
II.5 Que su representada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con las disposiciones fiscales y en especial con el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y con la Regla 2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 o la que la sustituya.
II.6 Que bajo protesta de decir verdad, su representada no se encuentra en ninguno de los supuestos de los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
II.7 Que su representada tiene su xxxxxxxxx xx , xx xxxx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, mismo que señala para los fines y efectos legales de este contrato.
III. DECLARAN AMBAS PARTES:
III.1 Que están de acuerdo en que los apartados, títulos e incisos del presente contrato, únicamente se asignan para fines de claridad y de referencia y de ninguna manera se consideran como interpretación de condiciones del texto de este contrato.
III.2 Que se reconocen la personalidad con la que se ostentan y manifiestan que las facultades con que actúan no les han sido revocadas o modificadas en forma alguna, por lo que están conformes en obligarse de acuerdo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. OBJETO DEL CONTRATO.- El PRESTADOR se obliga a prestar al INSTITUTO FONACOT los servicios en materia jurídica para la atención de asuntos en litigio ante las autoridades jurisdiccionales en materias civil, mercantil y penal, además de la atención de asuntos especiales, en toda la República Mexicana.
Para la prestación de los servicios referidos en el párrafo que antecede, el INSTITUTO FONACOT encomienda, entre otras actividades y asuntos, las gestiones relativas a los expedientes detallados en el Anexo I del presente contrato, el que debidamente firmado por los contratantes forma parte integrante del mismo y que contiene, entre otros, un informe de las actividades realizadas en cada caso y de su estado procesal, para que instaure o continúe el PRESTADOR las acciones legales a que haya lugar.
Coadyuvando en la integración de la Averiguación Previa, de la querella o denuncia ante el Ministerio Público, aportando los elementos necesarios que éste requiera para la consignación ante el Juez Penal, así como la defensa del INSTITUTO FONACOT ante el Juez competente.
De igual forma para los asuntos que son materia de este contrato, el INSTITUTO FONACOT entregará al PRESTADOR los soportes necesarios para que cumpla en tiempo y forma con las obligaciones derivadas del presente instrumento.
Por lo que se refiere a los servicios jurídicos en las materias señaladas en el primer párrafo de esta cláusula, el INSTITUTO FONACOT podrá solicitar información por medio telefónico, electrónico, escrito o en forma personal y, en su caso, entregará al PRESTADOR la documentación y/o información necesaria para su atención oportuna; esta última además deberá ser expedita y en el tiempo que fijen las partes o la naturaleza misma del procedimiento judicial.
Segunda. LUGAR DE LA PRESTACION DEL SERVICIO.- Para la prestación del servicio el PRESTADOR cuenta con presencia en todo el país, en virtud de que dicho servicio será proporcionado en todo el territorio nacional. Asimismo, el
PRESTADOR señala el siguiente domicilio Distrito Federal; a efecto de que el INSTITUTO FONACOT este en posibilidades de contactarlo, vía personal para la atención de los asuntos que se le encomienden.
Tercera. VIGENCIA.- Este contrato estará vigente a partir del 00 xx xxxx xx 00 de diciembre de 2007.
Asimismo, este acuerdo de voluntades podrá ser modificado en su vigencia hasta en un 20%, siempre y cuando no se modifique el precio y se pacte por escrito esta prórroga, conforme a lo dispuesto por el Artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuarta. COBRANZA.- El INSTITUTO FONACOT proporcionará al PRESTADOR las tasas de interés vigentes, normales y moratorias, que deberán utilizar tanto en el cobro, como en los convenios de pago previstos en sus políticas y lineamientos, bajo pena para el PRESTADOR de cubrir con sus propios recursos los remanentes que resulten en caso de no aplicarlas.
En la prestación de los SERVICIOS, el PRESTADOR ajustará su actuación a la índole social y naturaleza pública del INSTITUTO FONACOT, en consecuencia, procederá con la debida probidad frente a los deudores del mismo.
Asimismo, el PRESTADOR deberá ceñir sus actos relativos al cumplimiento del presente contrato, al Código de Ética de la Asociación de Profesionales en Cobranza y Servicios Jurídicos, A.C.
En el caso de requerir de dictámenes contables durante procesos administrativos o judiciales, el INSTITUTO FONACOT le indicará al PRESTADOR la persona o el despacho contable con quien debe coordinarse, debiendo cubrir el INSTITUTO FONACOT, en su caso, los honorarios de dicho dictamen contable.
Para el supuesto en que no sea viable la recuperación judicial de adeudos, el PRESTADOR, deberá sin costo alguno para el INSTITUTO FONACOT, emitir acuerdo de conclusión debidamente fundado y motivado, acompañando al mismo los soportes documentales que acrediten fehacientemente dicha inviabilidad.
Quinta. PAPELERÍA DE USO OFICIAL.- Para obtener las cantidades cobradas a los deudores, el PRESTADOR utilizará exclusivamente las facturas de caja numeradas que el INSTITUTO FONACOT le otorgue, obligándose a seguir el procedimiento descrito por el INSTITUTO FONACOT sobre la forma de llenado de las facturas que emita, ya que por su uso rendirá cuentas y responderá civil y penalmente. De las anteriores facturas el PRESTADOR enviará la copia que corresponda con su firma en las relaciones en donde éstas se encuentren detalladas, asimismo, integrará dicha información a los sistemas o programas informáticos que para el efecto le proporcione el INSTITUTO FONACOT.
Queda estrictamente prohibida la utilización y otorgamiento de recibos provisionales o análogos a los acreditados del INSTITUTO FONACOT, en el entendido que el único documento válido para el INSTITUTO FONACOT que acredita los pagos, es la Factura de Caja que éste le proporcione al PRESTADOR.
Los cheques que reciba el PRESTADOR en pago de los adeudos de trabajadores o centros de trabajo, deberán estar librados invariablemente a nombre del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INSTITUTO FONACOT) o al nombre quien éste le informe, y en todo caso, se recibirán “salvo buen cobro”.
En el evento de que el cheque librado no fuere pagado por causas imputables al librador, el PRESTADOR realizará la gestión para su recuperación cobrando la indemnización a que se refiere el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Xxxxxxx, sin que esta gestión amerite pagos adicionales de honorarios.
Sexta. PAGO DE ADEUDO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN.- En el supuesto de que exista ofrecimiento de pago por parte del deudor en cualquier asunto turnado al PRESTADOR, éste deberá someterlo de inmediato a consideración del INSTITUTO FONACOT.
Séptima. DEPÓSITOS. Las cantidades en efectivo y cheques que el PRESTADOR reciba de los deudores, los depositará dentro de las 24 horas del día hábil siguiente de recibido el pago, en la cuenta de cheques de la Institución Bancaria que el INSTITUTO FONACOT le indique para ese efecto.
Los comprobantes de depósito a la cuenta de cheques indicada, los entregará el PRESTADOR semanalmente en las oficinas que al efecto le designe el INSTITUTO FONACOT, a los que adjuntará las facturas de caja que hubiere extendido con motivo del pago, los que invariablemente deberán suscribirse en los formatos oficiales que el INSTITUTO FONACOT le proporcione para tal efecto, verificando el uso consecutivo de los folios que éstos contienen.
Octava. PRESENTACIÓN DE INFORMES MENSUALES.- El PRESTADOR deberá rendir al Representante Jurídico del INSTITUTO FONACOT, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, un informe por escrito sobre las actividades realizadas y los avances de los asuntos encomendados, e informar inmediatamente sobre aquellos incidentes urgentes que deba conocer el INSTITUTO FONACOT, o bien, en cualquier momento cuando así lo requiera el INSTITUTO FONACOT, ya sea por escrito, mediante sistemas electrónicos de concentración de información determinados por el INSTITUTO FONACOT y soportados documentalmente; o bien, asistiendo a juntas con personal del INSTITUTO FONACOT.
Para los efectos de esta cláusula el PRESTADOR deberá utilizar las formas impresas de informes, reportes y documentos análogos que acuerden las partes para tal fin y seguirá las indicaciones que el Representante Jurídico del INSTITUTO FONACOT le instruya, consultando previamente aquellas acciones que impliquen un riesgo para los intereses del INSTITUTO FONACOT, así como asistir a las reuniones que para ello se le convoque.
El informe de referencia, deberá contener todas las acciones realizadas y en proceso de ejecución, contener las cifras y datos definitivos.
De igual manera deberá especificarse en un apartado, los asuntos relevantes, precisando las acciones y los compromisos que requieran de atención especial y, en su caso, aquello que sea necesario atender de inmediato por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar al INSTITUTO FONACOT.
El informe deberá estar firmado bajo protesta de decir verdad, avalando que se cumplió con cada una de las cláusulas del contrato y que no fue omitido ningún asunto o aspecto importante.
Que el contenido de ésta información será verificado dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma del mismo, por lo que podrá ser requerido para realizar las aclaraciones y proporcionar la información adicional que se le solicite.
Novena. PRESENTACIÓN DE INFORME FINAL.- El PRESTADOR deberá rendir dentro de los lineamientos generales e instrucciones dadas por el INSTITUTO FONACOT, quedará obligado a prestar los servicios objeto del presente procedimiento de contratación, con toda diligencia y capacidad que el caso requiera, debiendo rendir un informe dentro de los siguientes cinco días hábiles posteriores a la terminación del contrato que resulte, respecto de los servicios prestados.
El informe de referencia, deberá contener todas las acciones realizadas y en proceso de ejecución, contener las cifras y datos definitivos.
De igual manera, deberá especificarse en un apartado los asuntos en trámite destacando los relevantes, precisando las acciones y compromisos que requieran atención especial y, en su caso, aquello que sea necesario atender de inmediato por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar al INSTITUTO FONACOT.
El informe deberá estar firmado bajo protesta de decir verdad, avalando que se cumplió con cada una de las cláusulas del contrato y que no fue omitido ningún asunto o aspecto importante.
Que el contenido de ésta información será verificado dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma del mismo, por lo que podrá ser requerido para realizar las aclaraciones y proporcionar la información adicional que se le solicite.
Décima. PAGO DE HONORARIOS.- El INSTITUTO FONACOT pagará al PRESTADOR la cantidad de
$ _ ( pesos 00/100 M.N.) mensuales más el Impuesto al Valor Agregado, por concepto de iguala por la atención, seguimiento, administración y resolución de todos los asuntos en materias civil, mercantil y penal, depositando dicha cantidad a la cuenta No. , CLABE
_ _, que el PRESTADOR tiene a abierta a su nombre en el banco _ , S.A., sucursal _ _, plaza _ , dentro de los diez días hábiles posteriores a la presentación del recibo de honorarios correspondiente, el cual deberá contener los requisitos xx xxx y el visto bueno del área usuaria.
De igual forma, en los asuntos especiales, tales como demandas en las que el INSTITUTO FONACOT o sus trabajadores o funcionarios sean parte demandada y en aquellos en que así lo determine el INSTITUTO FONACOT, éste y el PRESTADOR acuerdan que el primero pagará al PRESTADOR la cantidad de $ .00 ( pesos M.N. 00/100) más el Impuesto al Valor Agregado, hora/hombre que se emplee en la atención, seguimiento y desahogo de dichos asuntos, para lo cual el PRESTADOR presentará adjunto a la factura mensual, el informe correspondiente a las horas invertidas en cada asunto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 56-A del Reglamento, el INSTITUTO FONACOT pagará al PRESTADOR una comisión por éxito, en los siguientes términos:
MONTO DEL ASUNTO | COMISION POR ÉXITO |
De $10,000.00 a $100,000.00 | 3% |
De $100,001.00 a $2`000,000.00 | 2% |
De $2`000,001.00 en adelante | 1% |
Cualquier asunto al que le resulte aplicable la tabla anterior que supere las cantidades señaladas, el monto a pagar será pactado previamente de común acuerdo por las partes, con la aclaración de que el importe máximo a pagar en estos asuntos en ningún caso podrá ser mayor a $2’500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.)
Décima Primera. GASTOS.- Todos los gastos que para el PRESTADOR se generen con motivo de la tramitación de las averiguaciones previas o con motivo de las solicitudes de los servicios que haga el INSTITUTO FONACOT, se encuentran incluidos en el costo total de los honorarios descritos en la Cláusula Octava del presente instrumento jurídico, sin incluir los gastos por copias.
Décima Segunda. GARANTÍA.- El PRESTADOR garantizará el cumplimiento del presente contrato entregando al INSTITUTO FONACOT dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, tal como refiere en la fracción II del artículo 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, póliza de fianza expedida por institución legalmente autorizada para operar en el ramo conforme a la legislación mexicana, a favor del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INSTITUTO FONACOT), por un importe equivalente al 10% (Diez por ciento) del monto total del presente contrato sin incluir el 15% (Quince por ciento) del Impuesto al Valor Agregado.
Esta garantía permanecerá bajo custodia del INSTITUTO FONACOT y su devolución se hará a través de su Subdirección General de Administración, mediante autorización por escrito, una vez que se hayan recibido los servicios materia de contratación, en los términos y condiciones establecidos.
La póliza de fianza correspondiente deberá prever en su texto, cuando menos las siguientes declaraciones:
a) Que la fianza se otorga para garantizar todas y cada una de las obligaciones del presente contrato.
b) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito del INSTITUTO FONACOT.
c) Que la fianza estará vigente hasta que el INSTITUTO FONACOT acepte los servicios materia de contratación y en su caso durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte y se ejecute la resolución definitiva por autoridad competente.
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, quedando a elección del INSTITUTO FONACOT poder reclamar el pago de la fianza por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
e) Que la fianza continuará vigente aún cuando se otorguen prórrogas o esperas al PRESTADOR, para el cumplimiento de sus obligaciones.
En el supuesto de rescisión de este contrato por causas imputables al PRESTADOR, la fianza se hará exigible de inmediato sin necesidad de juicio previo ni declaración judicial alguna, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiese fincarle el INSTITUTO FONACOT al PRESTADOR ante autoridad competente.
Décima Tercera. OBSERVACIONES AL SERVICIO.- Convienen las partes en que el INSTITUTO FONACOT queda facultado para hacer las observaciones que estime pertinentes para el mejor desarrollo del servicio objeto de este contrato, las cuales serán atendidas de inmediato por el PRESTADOR.
Décima Cuarta. RESPONSABILIDAD LABORAL.- El PRESTADOR bajo su más estricta responsabilidad podrá nombrar los auxiliares, especialistas o técnicos, que requiera para la prestación del SERVICIO materia del presente contrato, en el entendido de que asumirá responsabilidad total de la actuación de los mismos respondiendo de los daños o perjuicios que en su caso llegaren a ocasionar al INSTITUTO FONACOT.
EL PRESTADOR como patrón de las personas que, en su caso, designe como sus auxiliares, especialistas o técnicos, para llevar acabo el objeto del presente contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos aplicables en materia de trabajo y seguridad social, obligándose a responder de todas y cada una de las reclamaciones que dichas personas presenten en su contra o en contra del INSTITUTO FONACOT, obligándose en este mismo acto a dejar en paz y a salvo y libre de cualquier responsabilidad al INSTITUTO FONACOT, reconociendo expresamente que el PRESTADOR es el único responsable del pago de sus sueldos, salarios, cuotas del seguro social y todas las demás prestaciones establecidas en los ordenamientos legales, comprometiéndose a mantener a salvo en todo momento al INSTITUTO FONACOT en caso de cualquier reclamación que se presentaré en su contra derivada del presente contrato.
Asimismo, el PRESTADOR se obliga que para el supuesto de que la prestación del servicio objeto de este contrato, requiera del uso intensivo de mano de obra y que ésta implique un costo superior al treinta por ciento del monto total del presente contrato, cumplirá durante la vigencia del mismo, con la inscripción y pago de cuotas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, por lo que entregará al INSTITUTO FONACOT las constancias de cumplimiento.
En caso de que las personas designadas por el PRESTADOR como sus auxiliares, especialistas o técnicos, sufran accidentes de trabajo, en su acepción establecida por la Ley Federal del Trabajo, el PRESTADOR asumirá la responsabilidad, dejando libre al INSTITUTO FONACOT de cualquier acción que pudiera interponerse por tal acontecimiento.
Décima Quinta. PENAS CONVENCIONALES.- Las penas convencionales que se aplicarán por atrasos en la prestación del servicio objeto de contratación serán las siguientes:
1% por cada día de atraso en la presentación de los informes a que se refiere el presente contrato, calculado sobre el importe del incumplimiento, la cual será aplicada haciendo efectiva la fianza, o en su caso, en contra de las contraprestaciones no pagadas.
Los atrasos no podrán ser mayores de 5 (cinco) días consecutivos, ni sumar más de 10 (diez) días en el período del contrato, en cuyo caso será motivo de rescisión.
Décima Sexta. CAUSAS DE RESCISIÓN.- Serán causas de rescisión del presente contrato, sin responsabilidad para el INSTITUTO FONACOT, si el PRESTADOR:
a) No inicie la prestación de los servicios objeto del contrato en la fecha pactada.
b) Sin motivo justificado no acata las indicaciones del INSTITUTO FONACOT.
c) La falta de atención en tiempo de los requerimientos de autoridades judiciales y/o administrativas.
d) Si procediera de tal manera que cause al INSTITUTO FONACOT menoscabo en su imagen, seriedad y/o prestigio.
e) Si no entregara al INSTITUTO FONACOT dentro de las veinticuatro horas siguientes las cantidades que reciba, derivados de la cobranza judicial que se le haya encomendado.
f) Si suspende injustificadamente la realización de su actividad conforme a lo establecido en el presente contrato, o si no le da a la misma la debida atención, el Licitante ganador será responsable ante el INSTITUTO FONACOT de los hechos, actos u omisiones en que incurra en caso de negligencia, ineficiencia, dolo o mala fe.
g) No ejecute debidamente las actividades inherentes a la prestación de servicios objeto de este contrato.
h) No guarde estricta reserva en cuanto a la información que reciba del INSTITUTO FONACOT con motivo de la prestación de sus servicios.
i) No entregar dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes el informe relativo a los avances procesales de los asuntos encomendados y/o que exista falsedad en cuanto al estatus procesal real de los referidos asuntos.
j) Suspenda injustificadamente los servicios materia del contrato.
k) Por cualquier causa deje de tener capacidad técnica y los elementos necesarios para proporcionar el servicio.
l) Ceda en forma parcial o total a terceras personas los derechos u obligaciones derivados del contrato.
m) No de al INSTITUTO FONACOT las facilidades y datos necesarios para la supervisión y verificación del servicio contratado.
n) Se declare en quiebra o suspensión de pagos o le sobreviene una huelga o por cualquier causa análoga.
o) En general, por cualquier incumplimiento a las obligaciones pactadas en el contrato y en sus anexos.
Décima Séptima. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- El incumplimiento del PRESTADOR a cualquiera de sus obligaciones pactadas en el presente contrato, lo hará rescindible sin necesidad de juicio o declaración judicial previos, bastando para ello una notificación por escrito por parte del INSTITUTO FONACOT con el que se dará formal inicio al procedimiento administrativo de rescisión previsto en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicio del Sector Público, contando el PRESTADOR con cinco días hábiles para alegar lo que a su derecho convenga ante el INSTITUTO FONACOT y aportar, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Dicho escrito y pruebas serán evaluados conjuntamente con las causas que motivaron la notificación y se dictará la resolución final.
Décima Octava. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- El INSTITUTO FONACOT podrá dar por terminado anticipadamente el contrato mediante comunicación por escrito con 5 (cinco) días hábiles de antelación al PRESTADOR, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al INSTITUTO FONACOT quedando únicamente obligado el INSTITUTO FONACOT a reembolsar al PRESTADOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente, lo anterior de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 66 de su Reglamento.
Décima Novena. PATROCINIO.- El PRESTADOR se abstendrá de patrocinar a contendientes o partes con intereses opuestos a los del INSTITUTO FONACOT.
Asimismo, el PRESTADOR deberá abstenerse de prestar nombres, empleados, domicilios, o intervenir de cualquier forma para que terceros tramiten ante el INSTITUTO FONACOT su contratación como prestador de servicios profesionales. Igualmente, queda prohibido al PRESTADOR y a su personal prestar simultáneamente sus servicios profesionales de cobranza judicial o de asesoría jurídica o representar en juicio a otro Despacho contratado por el INSTITUTO FONACOT o a los acreditados de éste o a los responsables solidarios.
Vigésima. CONFIDENCIALIDAD.- El PRESTADOR reconoce que son propiedad exclusiva del INSTITUTO FONACOT todos los documentos e información a que tenga acceso o se le proporcione con motivo de la prestación de los servicios, obligándose a mantener estricta confidencialidad sobre los mismos.
El PRESTADOR se obliga igualmente, a no divulgar, ni a servirse de ninguno de los aspectos de los sistemas de operación del INSTITUTO FONACOT ni a proporcionar a terceras personas, verbalmente o por escrito, información alguna sobre los sistemas o actividades de cualquier clase del INSTITUTO FONACOT.
Vigésima Primera. CESIÓN DE DERECHOS.- EL PRESTADOR no podrá en forma alguna ceder en forma total o parcial, los derechos y obligaciones, derivados de este contrato, salvo los derechos de cobro, mismos que solo podrán ser cedidos con la aceptación expresa que por escrito otorgue el INSTITUTO FONACOT al PRESTADOR.
Vigésima Segunda. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLES.- Para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el presente contrato, las partes se someten a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás leyes aplicables, y para cualquier controversia que se suscite en la interpretación, cumplimiento y ejecución del mismo, se someten a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal; por lo tanto, renuncian expresamente al fuero que pudiera corresponderles, por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otro motivo.
ENTERADAS LAS PARTES DEL CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, LO FIRMAN POR TRIPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL DÍA DE DE 2007, CORRESPONDIENDO DOS EJEMPLARES AL INSTITUTO FONACOT, Y UNO PARA EL PRESTADOR.
POR EL INSTITUTO FONACOT POR EL PRESTADOR
LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX APODERADO LEGAL
XXXXXXXX Xx. X-XX-0000-
REVISO: LIC. XXXXX XXXXXX XXXXXXX
SUPERVISO: LIC. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX.