Términos y Condiciones Generales de Entrega
Términos y Condiciones Generales de Entrega
de Productos de Servicio
para SMA Ibérica Tecnología Solar, S.L.U.
Estado: abril de 2021
I. Disposiciones generales
1. Los presentes Términos y Condiciones Generales de Entrega (en lo sucesivo, "Condiciones Generales") se aplicarán a todas las ofertas, entregas y servicios (en lo sucesivo, "Entregas") de SMA Solar Technology AG (en lo sucesivo, "SMA") a sus clientes (en lo sucesivo, "Cliente"). Las presentes Condiciones Generales se aplicarán exclusivamente a los clientes comerciales (B2B). El Cliente confirma por la presente que se califica como cliente comercial, es decir, que realiza una transacción en el ejercicio de su comercio, negocio o profesión y no en su calidad de consumidor ordinario.
2. Las presentes Condiciones generales se aplicarán exclusivamente y también a todas las transacciones futuras entre las partes del contrato sin que sea necesario volver a hacer referencia a ellas. Los términos y condiciones generales divergentes, contrarias o complementarias del Cliente solo formarán parte del contrato si SMA ha consentido explícitamente su aplicabilidad y en la medida en que lo haya hecho. Este requisito de consentimiento explícito también se aplicará cuando SMA realice incondicionalmente la Entrega al Cliente a pesar de conocer las condiciones generales del Cliente.
3. Si, en casos individuales para determinadas Entregas, en particular los acuerdos de servicio y garantía, se acuerdan por escrito dispo- siciones específicas que se apartan de estas Condiciones Generales, estas Condiciones Generales se considerarán subordinadas y com- plementarias.
4. En caso de duda, para la interpretación de los términos comerciales serán vinculantes los Incoterms® aplicables en ese momento. Actualmente se aplican los Incoterms® 2020.
5. Cualquier cesión de los derechos del Cliente derivados de la relación contractual por parte del Cliente solo será efectiva con el consen- timiento previo por escrito de SMA.
6. Los productos suministrados por SMA no son adecuados para su uso en áreas médicas, en el tráfico ferroviario o en la aviación. En caso de duda, el Cliente deberá consultar con SMA antes de cualquier uso.
II. Propiedad Intelectual, Software Estándar, Uso de Marcas Comerciales
1. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, todos los derechos sobre los documentos de la oferta, incluidas las copias de los documentos de la oferta, seguirán siendo de SMA. El Cliente no tiene derecho a reproducir, distribuir, mostrar (públicamente), modificar o cambiar de cualquier otro modo los documentos de SMA.
2. SMA tendrá derecho a todos y cada uno de los productos de trabajo y derechos de propiedad intelectual que surjan en relación con el proceso de fabricación u otro proceso comercial y tendrá la propiedad exclusiva de los productos de trabajo y de los derechos de propiedad intelectual. SMA podrá exigir la devolución o entrega de los productos de trabajo en cualquier momento.
3. Si se proporciona software estándar, se aplicarán condiciones adicionales.
4. El Cliente solo podrá utilizar las marcas de SMA con fines publicitarios con el consentimiento previo por escrito de SMA y de acuerdo con las instrucciones de esta, en el diseño original y solo en relación con la presentación del producto no modificado. XXX puede retirar su consentimiento en cualquier momento. El Cliente será el único responsable de la presentación de sus anuncios.
III. Suministro de bienes y servicios, condiciones de entrega, incumplimiento
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1. La entrega se realiza de acuerdo con los Incoterms® cláusula CIP. Si se ha acordado el FCA, el Cliente tiene que proporcionar el medio de transporte o el transportista y el Cliente es responsable de la provisión oportuna. Cualquier retraso debe ser comunicado a SMA a su debido tiempo. Los costes derivados de dicho retraso correrán a cargo del Cliente.
2. SMA tiene derecho a realizar entregas parciales, aunque estas no hayan sido acordadas. Si el pedido no pudiera entregarse de una sola vez, SMA informará al Cliente en la confirmación del pedido sobre cada semana de entrega por artículo.
3. Los plazos y fechas de entrega se refieren a la fecha de entrega al transitario, al transportista o a cualquier otro tercero encargado de prestar servicios de transporte. Los plazos y fechas de entrega previstos por SMA solo se considerarán aproximaciones, independiente- mente de cualquier plazo o fecha fija previstos, según sea el caso. A los efectos de cualquier entrega, el Cliente deberá proporcionar toda
la cooperación necesaria, en particular la provisión de aprobaciones y comunicados. En caso contrario, el plazo de entrega se considerará
ampliado por un periodo de tiempo adecuado.
4. Los plazos de entrega acordados están sujetos a la recepción puntual de toda la asistencia, documentos, aprobaciones, comunicados que debe proporcionar el Cliente, así como al cumplimiento por parte del Cliente de las condiciones de pago acordadas, incluidos los pagos por adelantado, y de todas las demás obligaciones necesarias para la realización de las Entregas. En caso de retraso, el plazo de entrega se ampliará en consecuencia, más un período de tiempo adecuado para volver a iniciar la ejecución de la Entrega retrasada.
5. Las obligaciones de entrega de SMA están sujetas a la condición de que los propios proveedores de SMA realicen un suministro completo y puntual, así como a la condición de que se concedan las autorizaciones de exportación necesarias y se obtengan otros documentos necesarios para la exportación.
6. Sujeto al Apartado X, cualquier responsabilidad por la incapacidad de cualquier Entrega o por los retrasos de cualquier Entrega al Cliente será excluida en la mayor medida permitida por la ley. En la medida en que cualquier circunstancia dificulte significativamente la entrega para SMA o la haga imposible desde el punto de vista legal o práctico y los impedimentos no sean solo de carácter breve y temporal, SMA tendrá derecho a rescindir o terminar el contrato mediante notificación por escrito. En tal caso, SMA reembolsará al Cliente cualquier importe pagado por adelantado. No se aceptarán más reclamaciones hacia SMA. En el caso de impedimentos de naturaleza breve y temporal, los plazos de entrega se ampliarán o las fechas de entrega se pospondrán por el período en que existan los impedi- mentos. En la medida en que no se pueda esperar razonablemente que el Cliente cumpla el contrato, el Cliente podrá rescindir el contrato mediante notificación por escrito a SMA.
7. Si el Cliente se retrasa en la aceptación, SMA tendrá derecho a los daños y perjuicios resultantes, incluido el reembolso de los gastos adicionales (por ejemplo, los costes de almacenamiento/depósito). En concepto de reembolso de los gastos adicionales, SMA cobrará un importe global del 0,5 % del importe de la factura por cada semana completa transcurrida después de la fecha de inicio del incumpli- miento de la aceptación, aunque no podrá superar el 5 % del importe de la factura. SMA se reserva la prueba de una mayor indemnización por daños y perjuicios, así como todos los demás derechos que le confiere la ley, especialmente el derecho a rescindir el contrato. El importe de la indemnización a tanto alzado se acreditará a todas las demás reclamaciones monetarias de SMA.
8. SMA se reserva el derecho de prestar servicios, a su razonable discreción, en países con altos riesgos de seguridad si dicho riesgo se ha producido después de la celebración del contrato. En este contexto, se aplicarán las normas de la Calificación de la Seguridad de la Ciudad/País (CSAR), el IJET® de gestión de riesgos o instituciones similares que proporcionan estimaciones de riesgo para determinadas regiones. En tal caso, SMA tiene derecho a rescindir el contrato o a terminarlo.
IV. Precios, facturación, condiciones de pago
1. Los precios indicados son importes netos y no incluyen el impuesto sobre el valor añadido ni otros impuestos, derechos de aduana u otros gravámenes que deban pagarse en virtud de la legislación aplicable. Los impuestos, gravámenes y derechos de aduana correrán siempre a cargo del Cliente y aumentarán el precio final, a menos que se haya celebrado otro acuerdo, incluso en forma de Incoterms®. El precio indicado no incluye los gastos de transporte, embalaje y seguro, incluso si se acuerda cláusula CIP. Estos costes se calculan por separado y se facturan al Cliente. Una vez establecido el precio del servicio, SMA se reserva el derecho de aumentar el precio del servicio anualmente si los costes de transporte, embalaje y seguro aumentan durante la vigencia del contrato.
2. Todos los pagos deben realizarse en euros en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura, a menos que se convenga lo contrario.
3. Si el Cliente no realiza los pagos a su vencimiento, los importes pendientes están sujetos a un interés del 5 % anual a partir de la fecha
de vencimiento. Queda reservado el derecho a reclamar daños adicionales en caso de incumplimiento.
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4. Si el Cliente se encuentra en situación de incumplimiento o si, tras la celebración del contrato, se conocen hechos y dudas razonables que pongan en duda la solvencia del Cliente, SMA tendrá derecho a declarar inmediatamente exigible la totalidad de los import es pendientes de pago, a solicitar el pago anticipado o la constitución de garantías o, tras el vencimiento de un periodo xx xxxxxx adecuado, a rescindir el contrato, sin perjuicio de otros derechos.
5. El Cliente no tiene derecho a compensar o retener los pagos adeudados.
V. Transferencia de riesgo, lugar de ejecución
1. En el caso de la venta de mercancías, el riesgo se transmitirá al Cliente a más tardar en el momento de la entrega de la mercancía al transportista, al transportista de mercancías o a otro tercero encargado de realizar el envío, según la cláusula CIP de los Incoterms®, a menos que se convenga explícitamente lo contrario.
2. Si el envío o la entrega se retrasa debido a una circunstancia de la que es responsable el Cliente, el riesgo se transmitirá al Cliente a partir del día en que el objeto de la entrega esté listo para su envío y SMA lo haya notificado al Cliente.
3. El lugar de ejecución de todas las obligaciones de la relación contractual es el domicilio social de SMA, salvo que se especifique lo
contrario.
4. SMA puede elegir el canal de distribución, a menos que se haya convenido lo contrario por escrito.
VI. Aceptación
Si el objeto del contrato es un producto de trabajo, la aceptación tendrá lugar al finalizar el trabajo. El producto del trabajo se conside- rará aceptado si el Cliente no ha presentado un rechazo por escrito de los trabajos en un plazo de 14 días que incluya las razones ra- zonables y exhaustivas del rechazo.
VII. Conservación de la titularidad
1. En la medida en que lo permita la legislación aplicable, SMA retendrá, y el Cliente acepta que SMA retenga, la titularidad de la mercancía entregada (mercancía sujeta a reserva de dominio) hasta que se cumpla cualquier reclamación de la relación comercial. Antes de la transferencia de la titularidad al Cliente, queda prohibida cualquier prenda o cesión en garantía de la mercancía. Además, cuando sea necesario, SMA podrá registrar su retención de la titularidad ante todas las autoridades u oficinas competentes y tomar cualquier otra medida necesaria o aconsejable para conservar la titularidad de las mercancías entregadas. A petición de SMA, el Cliente deberá ayudar a SMA a efectuar dicha retención de la titularidad [x xxxxx del Cliente]
2. Cualquier trabajo de mecanización o transformación realizado en relación con la mercancía sujeta a reserva de dominio se realiza en beneficio de SMA, sin que se deriven obligaciones para esta. En el caso de la transformación junto con mercancías de terceros que no pertenezcan a SMA, esta tendrá derecho a un interés de copropiedad en las nuevas mercancías basado en la proporción del valor de la factura de las mercancías sujetas a reserva de dominio en relación con las otras mercancías en la fecha de la transformación. Lo mismo se aplicará si el Cliente obtiene la propiedad exclusiva. La mercancía nueva, almacenada por el Cliente para SMA de forma gratuita, se considerará mercancía con reserva de dominio en el sentido de esta cláusula.
3. El Cliente tiene derecho a revender la mercancía sujeta a reserva de dominio en el curso normal de los negocios sujetos a reserva de
dominio.
4. Los créditos del Cliente derivados de la reventa de la mercancía con reserva de dominio se transfieren a SMA por adelantado. Sirven de garantía en la misma medida que los bienes sujetos a reserva de dominio. Si la mercancía sujeta a reserva de dominio es vendida por el comprador junto con otras no suministradas por SMA, la cesión de los créditos de la reventa solo se aplicará por el importe del valor de reventa de la respectiva mercancía sujeta a reserva de dominio. En caso de enajenación de bienes en los que SMA tenga un interés de copropiedad según el apartado VII.2, la cesión del crédito se refiere al importe de este interés de copropiedad.
5. El Cliente está autorizado a cobrar las reclamaciones derivadas de la reventa hasta la revocación de SMA, que es admisible en cualquier momento. SMA solo hará uso de su derecho de revocación si el Cliente no cumple con sus obligaciones de pago frente a SMA, se ha presentado una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia o aparece otra falta de solvencia significativa. El Cliente solo podrá ceder los créditos -incluida la venta de los mismos a bancos de factoring- previo consentimiento por escrito de SMA. A petición de SMA, el Cliente está obligado a notificar a sus compradores la cesión realizada a SMA y a facilitarle la información y documentación que esta requiera para el cobro de la(s) reclamación(es). SMA tiene derecho a notificar a los compradores sobre la cesión en sí.
6. En el caso de pignoraciones, embargos u otras disposiciones o interferencias de terceros, el Cliente deberá notificar a SMA sin demora.
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7. En caso de que el Cliente incumpla sus obligaciones, incluyendo, pero sin limitarse a ello, la falta de pago, SMA tendrá derecho, tras el vencimiento infructuoso de un plazo adecuado para el cumplimiento concedido al Cliente, a rescindir el contrato y a recuperar la mercancía bajo reserva de propiedad, así como, a tal efecto, a entrar en los locales del Cliente y a recuperar la mercancía para compensar los ingresos con las obligaciones existentes debidas a SMA.
8. Si el valor realizable de los títulos supera los créditos de SMA en más de un 10 %, SMA liberará garantías de su elección a petición
del Cliente.
9. Si las disposiciones existentes entran en conflicto con las leyes aplicables en el país de destino, se aplicarán las disposiciones legales
relativas a la reserva de dominio que más se aproximen a lo anterior.
VIII. Garantía de cumplimiento
En el caso de una entrega en el extranjero, con el fin de garantizar las reclamaciones de pago, SMA tiene derecho a solicitar al Cliente la prestación de una garantía de cumplimiento ilimitada, directamente ejecutable y sujeta a la legislación española, emitida por una institución de crédito admitida en la UE.
IX. Garantías
1. En caso de defectos materiales o de titularidad, se aplicarán las disposiciones legales vigentes, salvo que se establezca lo contrario en lo siguiente.
2. La garantía de SMA queda excluida en caso de que los productos se utilicen en aplicaciones médicas, en el tráfico xxxxx- viario o en la aviación o en usos similares. En caso de reventa, el Cliente debe mencionar explícitamente dicha falta de idoneidad e imponer al comprador la correspondiente obligación que se aplica en caso de una nueva reventa, de modo que cada comprador de productos esté informado sobre esta circunstancia específica.
3. Será responsabilidad del Cliente comprobar la mercancía entregada y notificar a SMA por escrito cualquier defecto o entrega falsa o incompleta sin demora indebida, aunque no más tarde xx xxxx (10) días laborables después de la entrega o, en el caso de defectos ocultos, en un plazo xx xxxx (10) días laborables a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de los defectos o de la fecha en que los defectos se hubieran descubierto mediante el ejercicio de investigaciones razonables. Si el Cliente no notifica a SMA por escrito a su debido tiempo, la mercancía entregada se considerará plenamente aceptada.
4. SMA tendrá derecho a subsanar los defectos de la mercancía entregada, a su discreción, reparando la mercancía entregada o entre-
gando mercancía no defectuosa. Si SMA no subsana el defecto, podrá, a su elección, reducir el precio de compra o rescindir el contrato.
5. XXX tiene derecho a llevar a cabo su acción correctiva con la condición de que el Cliente pague la remuneración debida.
6. El Cliente deberá conceder a SMA el tiempo necesario para subsanar los defectos y, en particular, deberá entregar o poner a disposi- ción de SMA la mercancía defectuosa para que pueda ser revisada. En caso de una entrega de sustitución, el Cliente deberá devolver a SMA la mercancía defectuosa de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, a menos que SMA renuncie a sus derechos al respecto.
7. La obligación de SMA de subsanar los defectos no incluirá el desmontaje del bien defectuoso ni el reensamblaje, a menos que SMA
haya asumido explícitamente una obligación de ensamblaje en el contrato subyacente.
8. Los derechos de garantía del Cliente se extinguirán si el Cliente, sin el consentimiento de SMA, modifica el objeto de la entrega o lo hace modificar y, al hacerlo, hace imposible la subsanación de los defectos o la dificulta injustificadamente. En cualquier caso, el Cliente deberá asumir los costes adicionales de reparación de los defectos derivados de dicha modificación.
9. El plazo general de prescripción de las reclamaciones de garantía es de un año a partir de la fecha de entrega.
10. Las reclamaciones del Cliente por daños y perjuicios o el reembolso de los gastos frustrados en caso de defectos solo estarán dispo- nibles de acuerdo con las disposiciones del apartado X y quedan excluidas en caso contrario. El apartado IX.9 no se verá afectado, lo que significa que, si se cumplen los requisitos de este apartado, las reclamaciones por daños y perjuicios derivados de los defectos también expirarán en el plazo de un año.
X. Limitación de responsabilidad, exención de responsabilidad, indemnización
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1. La responsabilidad de SMA en relación con la relación contractual con el Cliente o derivada de ella, independientemente del motivo (contrato o agravio o de otro tipo), se limitará al máximo permitido por la ley. En ningún caso SMA será responsable de (i) cualquier forma de negligencia (en la medida permitida por la ley) por parte de SMA o de cualquiera de sus empleados, ejecutivos o afiliados, (ii) daños indirectos, daños a consecuencia o pérdida de beneficios o de ahorros no realizados, y (iii) de cualquier acto y omisión por parte de personas auxiliares de SMA o del proveedor, ya sea contractual o extracontractual.
2. Queda excluida cualquier responsabilidad por daños que se deriven de la utilización de los bienes fuera del uso ordinario y designado. A petición de SMA, el Cliente deberá eximir a SMA de cualquier reclamación de terceros que se haga valer contra SMA en relación con el uso de la mercancía fuera del uso ordinario y designado.
3. Se excluye expresamente la indemnización por lucro cesante por parte de SMA.
XI. Varios, legislación aplicable, lugar de jurisdicción
1. El hecho de que SMA o el Cliente no apliquen alguna de las disposiciones de las Condiciones Generales o algún derecho con respecto a las mismas no se considerará en ningún caso como una renuncia a dichas disposiciones o derechos ni afectará en modo alguno a la validez del contrato y de las Condiciones Generales, respectivamente. La renuncia a cualquier incumplimiento del acuerdo por cualquiera de las partes no se interpretará como una renuncia a cualquier otro incumplimiento anterior o posterior.
2. Ninguna de las partes podrá ceder el acuerdo contractual ni los derechos u obligaciones que se deriven del mismo, incluyendo, pero sin limitarse a ello, la transferencia de activos o la desinversión, sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Lo anterior no se aplicará a los derechos y reclamaciones cedidos por SMA como garantía a sus fuentes de financiación (o agente común o representante de dichas fuentes de financiación).
3. Si alguna de las disposiciones del contrato, incluidas las presentes Condiciones Generales, se considera inválida o inaplicable por cualquier motivo, se revisará en lugar de anularla, si es posible, con el fin de lograr la intención de las partes en la mayor medida posible. En cualquier caso, todas las demás disposiciones del contrato, incluidas las presentes Condiciones Generales, se considerarán válidas y ejecutables en la mayor medida posible.
4. Todas las relaciones legales entre SMA y el Cliente en relación con esta relación contractual se regirán e interpretarán de acuerdo con el derecho sustantivo español. Queda excluida la aplicabilidad de la Convención de la ONU sobre Contratos de Compraventa Interna- cional de Mercaderías (CNUCCIM).
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5. Cualquier disputa que surja de la relación contractual o en relación con la misma se someterá a la jurisdicción de los tribunales compe- tentes de la ciudad de Barcelona. SMA también tendrá derecho a interponer acciones ante cualquier otro tribunal competente.