SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA S.A.
SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA S.A.
CVE-2020-9465 Convenio de Colaboración entre la Sociedad para el Desarrollo Regio- nal de Cantabria, S.A. y la Cámara de Comercio de Cantabria para el Desarrollo y Ejecución de las Acciones Contenidas en el Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM) para el 2020.
De conformidad con lo dispuesto el CAPÍTULO V, de los convenios, art. 163. 3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
RESUELVO
Disponer la publicación del "CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S. A. Y LA CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE CANTABRIA PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS AC- CIONES CONTENIDAS EN EL PROGRAMA DE APOYO EMPRESARIAL A LAS MUJERES (PAEM) PARA EL 2020".
Santander, 2 de diciembre de 2020.
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El director general, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx.
CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S.A. Y LA CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS
Y NAVEGACION DE CANTABRIA
En Santander, a 2 de octubre de 2020
REUNIDOS
De una parte, D. XXXXXX XXXXXXX XXXX, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 0, x xxxxxxxx xx
D.N.I. número XXXXXXXXX.
Y de otra parte XXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX-XXXX, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en la Xxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxxx y provisto de D.N.I. número XXXXXXXXX.
INTERVIENEN
D. XXXXXX XXXXXXX XXXX, en nombre y representación de la SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO REGIONAL DE CANTABRIA, S.A. en adelante SODERCAN, S.A., con C.I.F. A- 39044557 y domicilio social en Santander (Cantabria), Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 0, X.X. 39011. Constituida por tiempo indefinido mediante escritura pública autorizada por el Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx el día 15 de diciembre de 1.984, bajo el número 2.646 de su Protocolo y debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Cantabria al Tomo 296, Libro 161, folio 50, hoja 1.751. Resulta facultado para este acto en virtud de nombramiento como Apoderado de la Sociedad en escritura otorgada el día 21 de noviembre de 2019, ante el Notario Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx-Madroño Xxxxxxxxx, bajo el número 2450 de su protocolo, y debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Cantabria, al Tomo 1171, Folio 100, Hoja S-2574, inscripción 102ª.
XXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX-XXXX, en nombre y representación de la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACION DE CANTABRIA, en adelante LA
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CÁMARA, con domicilio en Xxxxxxxxx (Xxxxxxxxx), Xxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, 0 x XXX X-0000000-X, constituida el 23 de septiembre de 1886, con arreglo a las disposiciones del Real Decreto de 9 xx xxxxx de 1886.
Actúa en su calidad de PRESIDENTE, en virtud de la elección celebrada en Sesión Plenaria el 9 xx xxxxx de 2010, cargo que ostenta en la actualidad y que le habilita, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, en representación de la citada Corporación.
Ambos se reconocen capacidad y legitimación para la suscripción del presente Convenio de Colaboración y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación son Corporaciones de derecho público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas, cuya actividad se rige por Ley 4/2014, de 1 xx xxxxx, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación. Entre las actividades encomendadas en el artículo 22 de dicha Ley está la de elaborar y ejecutar, de acuerdo con el Ministerio de Economía y Competitividad, un Plan Cameral de Internacionalización con periodicidad anual.
Segundo
Que SODERCAN, S.A., como sociedad pública adscrita a la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social del Gobierno de Cantabria, tiene entre sus objetivos impulsar el crecimiento, proyección y creación de empresas en Cantabria; atraer inversiones hacia el ámbito industrial de la Región; asesorar de forma integral a empresas y emprendedores; centralizar trámites y gestiones, en nombre de las empresas ante las distintas Administraciones regionales; canalizar ayudas regionales, estatales y comunitarias a través de diversos programas en las áreas de Emprendimiento Industrial, Implantación Empresarial, Investigación, Sociedad de la Información e Internacionalización.
Que entre las diferentes acciones que desarrolla SODERCAN, S.A., se encuentran aquellas que van dirigidas a facilitar la creación y consolidación de nuevas iniciativas empresariales, el asesoramiento, formación en emprendimiento en diferentes centros de la Región. Todo ello en pos de la promoción de la cultura empresarial, el carácter emprendedor, y la consolidación de un nuevo tejido empresarial cántabro, como un conjunto de iniciativas viables, innovadoras y competitivas.
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Tercero
Que la CÁMARA va a desarrollar a lo largo del año 2020 una serie de programas y actividades, de apoyo empresarial a las mujeres, y participará entre otros en el “Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres” (PAEM), cuyo objetivo básico es sensibilizar a las mujeres y a su entorno hacia el autoempleo y la actividad empresarial y actuar como instrumento eficaz para la creación y
consolidación de empresas lideradas por mujeres con inquietud emprendedora, con una idea o programa de negocio y/o con un plan de modernización o ampliación.
Dichas actividades se enmarcan en el Convenio suscrito entre la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España y la Cámara de Cantabria.
Que las actividades conllevarán la puesta en marcha, ejecución y difusión de varias actuaciones, con el fin de favorecer el desarrollo del tejido productivo y de la actividad industrial cántabra, por lo que la CÁMARA, como organismo responsable de la ejecución de las actuaciones, ha solicitado la colaboración de XXXXXXXX, S.A.
Cuarto
Que es de interés para el Gobierno de Cantabria, a través de SODERCAN, S.A., participar en la promoción, divulgación, apoyo y desarrollo de actividades relacionadas con el desarrollo empresarial y el emprendimiento de la mujer y colaborar con la CÁMARA, dado que ésta última va a desarrollar a lo largo del año 2020 una serie de programas y actividades de apoyo empresarial a las mujeres, por lo que las partes convienen la celebración de este Convenio de Colaboración, que se regulará en virtud de lo establecido en las siguientes,
CLAÚSULAS
PRIMERA.- Objeto
El presente Xxxxxxxx tiene como objeto regular la colaboración entre SODERCAN y la CÁMARA en el desarrollo y ejecución de un proyecto común para la realización de actividades relacionadas con el desarrollo empresarial y el emprendimiento de la mujer, que se llevará a cabo mediante la ejecución de las acciones contenidas en el “Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres” (PAEM) para el 2020.
Las acciones a desarrollar en el Programa se plantean a través de la creación de una red de gabinetes presenciales de promoción empresarial para mujeres ubicados en las Cámaras de Comercio, que proporciona principalmente los siguientes servicios:
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• Realización de acciones de sensibilización, información, asesoramiento y orientación que demanden las mujeres emprendedoras y empresarias en relación con el inicio o desarrollo de la actividad como profesionales autónomas o con la puesta en marcha o funcionamiento de actividades empresariales.
o Información empresarial.
o Actividades de asesoramiento general.
o Realización de al menos una jornada dirigida a mujeres emprendedoras y/o empresarias cuyo tema se adapte a las necesidades del territorio.
o Tramitación de expedientes.
o Seguimiento de cualquier actividad iniciada por el Gabinete.
• Apoyo en la elaboración de Planes de Empresa, dirigidos a promover el empresariado femenino.
• Tramitación de solicitudes de acceso a líneas de financiación en las que existe apoyo de la Cámara de España.
Realización de un plan de tutorización personalizado a las mujeres emprendedoras o empresarias que hayan obtenido financiación a través de los microcréditos de las líneas de financiación del punto anterior.
• Apoyo a la creación y consolidación de redes europeas y nacionales.
Todo ello con la intención de potenciar la creación de empresas lideradas por mujeres o la consolidación de las ya existentes.
SEGUNDA.- Aportaciones de las partes
XXXXXXXX, S.A. realizará una aportación económica al proyecto común de:
▪ Hasta VEINTIUN MIL SETECIENTOS SESENTA CON DIECINUEVE céntimos de euro (21.760,19- €), destinados a la financiación de las ACCIONES DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y EL EMPRENDIMIENTO DE LA MUJER. Este importe tope será desembolsado siempre y cuando se ejecuten las acciones previstas.
No podrán utilizarse dichos fondos en gastos de distinta naturaleza y finalidad a la que es propia de los gastos imputables a dicho proyecto, todo ello de acuerdo con el contenido del Manual de Operaciones Básicas del Programa Operativo de Apoyo a las Mujeres.
Por su parte, la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACION DE
CANTABRIA como aportación al proyecto común llevará a cabo las siguientes acciones concretas, algunas de las cuales ya han sido descritas en CLAUSULA PRIMERA del presente Convenio:
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• Realización de acciones de sensibilización, información, asesoramiento y orientación que demanden las mujeres emprendedoras y empresarias en relación con el inicio o desarrollo de la actividad como profesionales autónomas o con la puesta en marcha o funcionamiento de actividades empresariales.
o Información empresarial.
o Actividades de asesoramiento general.
o Tramitación de expedientes.
o Apoyo en la elaboración de planes de empresa.
o Seguimiento de cualquier actividad iniciada por el Gabinete.
• Apoyo en la elaboración de Planes de Empresa, dirigidos a promover el empresariado femenino.
• Tramitación de solicitudes de acceso a líneas de financiación en las que existe apoyo de la Cámara de España.
• Realización de un plan de tutorización personalizado a las mujeres emprendedoras o empresarias que hayan obtenido financiación a través de los microcréditos de las líneas de financiación del punto anterior.
• Apoyo a la creación y consolidación de redes europeas y nacionales.
• Realización de acciones formativas para mujeres emprendedoras y empresarias.
• Hacer referencia e incorporar los logos de SODERCAN y de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio del Gobierno de Cantabria, en todas las actuaciones de difusión desarrolladas bajo el Programa PAEM correspondiente al ejercicio 2020
TERCERA. -Financiación
A la firma del presente Convenio SODERCAN participará en su financiación con una cantidad de hasta DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (10.880,09.-€)
destinados a desarrollar las primeras acciones previstas dentro de las acciones de desarrollo empresarial y el emprendimiento de la mujer.
El resto de las aportaciones de SODERCAN, hasta alcanzar la cantidad señalada en la cláusula segunda, añadida a la anterior, xx XXXX MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON DIEZ CÉNTIMOS DE EURO (10.880,10.-€) se abonará a medida en que se vayan ejecutando el resto de las acciones de desarrollo empresarial y el emprendimiento de la mujer, en su caso.
Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria a la cuenta XX00 0000 0000 0000 0000 0000 del Banco BANKINTER, de la que es titular la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACION DE CANTABRIA.
CUARTA. - Coordinación y supervisión
Para la coordinación y seguimiento de este Convenio, se creará una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un representante de SODERCAN y un representante de la CÁMARA:
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La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
❖ Efectuar el seguimiento y supervisión de las actividades previstas.
❖ Acordar las acciones a realizar.
❖ Aprobar los costes internos por acción.
❖ Determinar el grado de cumplimiento de las mismas.
❖ Aprobar cambios de actuaciones.
❖ Cualquier otra que la Comisión decida con relación al presente Convenio.
La Comisión de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez, y en todo caso siempre que lo solicite alguno de sus miembros.
Para el correcto funcionamiento de lo previsto en el presente Convenio tanto SODERCAN, S.A. como la CÁMARA dotarán los recursos humanos y materiales necesarios para asegurar el cumplimiento de los objetivos marcados.
QUINTA. - Duración
El presente Convenio de Colaboración entrará en vigor en el momento de su firma y permanecerá vigente hasta el 15 de febrero de 2021.
Sin perjuicio de la fecha de vencimiento, el presente Convenio se mantendrá vigente mientras resulten de aplicación y perduren los compromisos y obligaciones de alguna de las Partes en virtud del mismo.
SEXTA. – Plazo y forma de justificación
La justificación de las actuaciones objeto del presente Xxxxxxxx, que deberán haber sido realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se efectuará mediante la presentación antes del 15 de febrero de 2021, de la siguiente documentación:
• Memoria técnica descriptiva de las acciones desarrolladas y valoración de los resultados obtenidos.
• Memoria económica justificativa del coste de las actividades:
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o Memoria o Certificación con la relación detallada de los gastos objeto de este convenio. Se aportarán evidencias documentales que justifiquen convenientemente las actuaciones realizadas.
o Copia de nóminas de los meses de dedicación al proyecto, con la justificación de la totalidad de los costes por salario y cuotas de la Seguridad Social
o Partes de trabajo mensuales del personal implicado en el proyecto, debidamente cumplimentados, en el que claramente se identifiquen las horas dedicadas al proyecto.
o Copia de los justificantes del pago por parte de la entidad de cada una de las nóminas. Serán válidos los justificantes obtenidos a través de Internet y sellados por la entidad financiera.
o Facturas o documentos con valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa junto al comprobante de pago. (Original y copia)
o Certificado de gastos firmado y sellado por la Cámara.
o Copia de las actas de las comisiones de seguimiento realizadas a lo largo de la duración del convenio.
En dichos gastos y de conformidad con lo establecido en el Manual Operativo se incluirán como gastos indirectos el 23,70 % de los costes del personal subvencionables.
En consecuencia, ambas partes se obligan a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación les sea requerida.
A tales efectos, la no justificación por parte de la Cámara de las acciones/ gastos incurridos mediante el informe anteriormente citado, facultará a SODERCAN, S.A. para solicitar a la CÁMARA la devolución de la cantidad correspondiente a las acciones no desarrolladas.
En consecuencia, el importe efectivamente se ajustará proporcionalmente al gasto correctamente justificado.
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XXXXXXXX, S.A. podrá designar los órganos, comisiones o auditores que estime necesarios para realizar las oportunas actuaciones de comprobación de la aplicación de la aportación a los fines previstos.
SÉPTIMA.- Causas de Resolución
En el supuesto de no cumplimiento de las condiciones del convenio, por cualquiera de las partes, podrá procederse a su resolución sin esperar a su vencimiento, corriendo a cargo de la parte que haya incumplido sus obligaciones todos los gastos que por ello hayan sido originados.
Serán Causas de Resolución, además del incumplimiento de las condiciones del Convenio de Colaboración, la falta de justificación de las actuaciones realizadas.
En caso de producirse el incumplimiento, las partes podrán dar por resuelto el presente Convenio de Colaboración, previa comunicación por escrito y sin esperar a su vencimiento, corriendo a cargo de la parte que haya incumplido sus obligaciones, todos los gastos que por ello hayan sido originados.
Cuando el incumplimiento de este Convenio fuera denunciado por SODERCAN por alguno de los motivos anteriormente mencionados, la otra parte deberá proceder a la devolución de la cantidad correspondiente en base al incumplimiento.
OCTAVA. - Confidencialidad y Protección de Datos.
Las partes se comprometen a mantener estricta Confidencialidad sobre cualquier información a la que tengan acceso como consecuencia de la firma del mencionado Convenio.
De acuerdo con el Reglamento 2016/679/UE, de 27 xx xxxxx, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Parte que tenga la condición de encargado del tratamiento de los datos, únicamente tratará dichos datos conforme a las instrucciones de la otra Parte, prohibiéndose expresamente su aplicación o utilización con un fin distinto al establecido en la relación que les vincula. Las Partes no podrá ceder o comunicar los datos que le son aportados, ni siquiera a efectos de su conservación, a terceras personas.
Asimismo, las Partes se comprometen a implementar en sus sistemas técnicos y organizativos las medidas pertinentes para la seguridad de los ficheros automatizados y no automatizados que contengan datos de carácter personal.
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Las Partes declaran que todas las obligaciones asumidas como consecuencia de la firma del presente Convenio y derivadas de la legislación en materia de Confidencialidad y Protección de Datos serán cumplidas tanto por el personal de XXXXXXXX, como por el personal de la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACION DE CANTABRIA.
NOVENA.- Publicidad
Las partes firmantes del Convenio darán publicidad conjunta del objeto del mismo comunicándolo previamente a la otra parte y obligándose las partes a incluir el logo de ambas organizaciones en cualquier acción divulgativa. Así mismo, las partes se comprometen a hacer difusión de todas las acciones de desarrollo empresarial y el emprendimiento de la mujer, estén o no incluidas en el marco del Convenio, con el objeto de manifestar ante el empresariado cántabro una estrategia conjunta de desarrollo empresarial.
DÉCIMA.- Fuero
La resolución de controversias que pudieran plantearse sobre su interpretación y ejecución deberán solventarse por mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento.
Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx para resolver cuantas cuestiones puedan derivarse del cumplimiento del presente Convenio.
Y EN PRUEBA DE CONFORMIDAD con cuanto antecede, las partes suscriben el presente documento por duplicado, en el lugar y fecha de su encabezamiento.
Por SODERCAN | Por la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVCIOS Y NAVEGACION DE CANTABRIA |
XXXXXX XXXXXXX MALO | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX-XXXX |
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2020/9465